Potestad y competencia tributaria

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EDITORIAL: YACAMBÚ

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¡Bienvenidos a Tributa Informa, tu fuente confiable de información y análisis sobre el fascinante mundo de los impuestos y las finanzas públicas! En nuestra revistadigital,nosdedicamosaproporcionartetodo lo quenecesitas saber para entender ynavegar por el complejo universo tributario.

En Tributa Informa, creemos firmemente en la importancia de estar bien informados sobre tus obligaciones tributarias, así como en comprender los principios legales que las sustentan. Nuestro objetivo es brindarte el conocimiento y las herramientas necesarias para que tomes decisiones financieras informadas y puedas cumplir contus responsabilidades fiscales de maneraefectiva.

 En cada edición de Tributa Informa, encontrarás análisis detallados sobre una amplia gama de temas tributarios, desde la potestad y competencia tributaria hasta los medios de extinción de la obligación tributaria. Además, exploraremos los principios constitucionales y legales que rigen la tributación, así como la administración dela Hacienda Pública y los elementos esenciales de la

obligación tributaria. Todo ello acompañado de ejemplos prácticos para facilitar tu comprensión.

 Estamos emocionados de embarcarnos en este viaje contigo, proporcionándote contenido relevante ydecalidadqueteayudeadestacarte en el mundo tributario. Así que prepárate para informarte, aprender y tomar el control de tus finanzas con TributaInforma ¡Gracias por unirte anosotrosen esta emocionanteaventura!

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En el complejo entramado del sistema tributario, la potestad y competencia tributaria son dos conceptos fundamentales que delinean el alcance y los límitesdelaautoridadfiscaldelEstado.Estosconceptosnosolodefinenquiéntiene el poder de establecer y recaudar impuestos, sino también cómo se ejerce ese poder ybajo qué condiciones legales.

La potestad tributaria se refiere al derecho que tiene el Estado para crear, modificar, suprimir y recaudar tributos, en virtud de su soberanía fiscal. Es el fundamentosobreelcualseerigetodoeledificiotributariodeunanación,otorgando alEstadolacapacidaddeimponercargasfinancierasasusciudadanosyentidades económicas.

Por otro lado, la competencia tributaria establece los límites y alcances de la potestad fiscal, definiendo qué entidades dentro de una estructura política tienen la facultad de ejercer la potestad tributaria en un determinado territorio. Esta competencia puede variar según las disposiciones constitucionales y legales de cada país, ypuede incluir anivel nacional, regional o local.

En esta edición de "Tributa Informa", exploraremos en detalle el concepto de potestadycompetenciatributaria,examinandocómoseaplicanenelcontexto venezolanoycuálessonsusimplicacionesparaloscontribuyentesylasautoridades fiscales. A través de ejemplos prácticos y análisis detallados, desentrañaremos la complejidad de estos conceptos y su importancia en el funcionamiento del sistema tributario.

¡Prepárate para sumergirte en el fascinante mundo de la potestad y competenciatributaria con nosotros!

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Se refiere al poder que tienen los entes públicos para crear, modificar, suprimir y recaudar tributos, de acuerdo con lo establecido en la Constitución y las leyes. Esta potestad debeejercerse dentro del marco de competencia y autonomía que les otorgan la Constitución y las leyes correspondientes.

En el caso de los tributos determinados por Administraciones Tributarias extranjeras, cuya recaudación sea solicitada a la República de conformidad con tratados internacionales, el Código Orgánico Tributario se aplicará en lo referente a las normas sobre el juicio ejecutivo.

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Además, este código establece que los procedimientos amistosos previstos en los tratados para evitar la doble tributación son optativos y pueden ser solicitados por el interesado independientementede los recursos administrativos y judiciales previstos enel código

os principios constitucionales y legales que rigen la tributación en Venezuela sonfundamentalesparagarantizarlalegalidad,equidadyjusticiaenelsistema tributario. Algunos de los principios másrelevantes son:

1. El principio de supremacía de la constitución establece que la Constitución prevalece sobre todas las demás normativas y es la máxima autoridad que rige el sistema tributario. Es el fundamento sobre el

cualseerigentodaslas leyes y regulaciones tributarias, asegurando así la coherencia y consistencia del ordenamiento jurídico.

2. El principio de legalidad dicta que los tributos solo pueden ser creados mediante ley. Esta norma actúa

como una salvaguarda contra el poder impositivo del Estado, garantizando que los impuestos sean establecidos de manera transparente y democrática, con el debido proceso legislativo.

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3. El principio dela generalidad, otro principio fundamental, implica que todas las personas sujetas al ordenamiento jurídico deben contribuir. Este principio asegura que la carga fiscal sea compartida equitativamente entre todos los ciudadanos, sin excepción.

4. El principio de capacidad contributiva establece que los tributos deben gravaracadaindividuo de acuerdo con su capacidad económica. Esto implica que aquellos con mayores recursos deben contribuir con una proporción más alta de su ingreso o riqueza, asegurando así un sistema tributario más equitativo.

5. El principio de no confiscatoriedad

prohíbe la aplicación de impuestos excesivamente altos que puedan despojar a los contribuyentes de su patrimonio. Este principio protege los derechos de propiedad y evita laimposición de cargas fiscales injustas o desproporcionadas.

6. El principio de justicia tributaria garantiza una distribución equitativa de las cargas públicas. Esto implica que el sistema tributario debe ser diseñado de manera que las personas contribuyan de manera justa y proporcionada según su capacidad económica y necesidades sociales.

7. El principio de progresividad del sistema tributario asegura que aquellos con mayores recursos

económicos contribuyan en mayor medida. Este principio busca reducir las disparidadessocialesy económicas al gravar más a quienes tienen mayores ingresos o riqueza.

8. El principio de libertad de elección y gestión otorga a los contribuyentes el derecho de organizar sus asuntos financieros de manera eficiente. Esto implica que los individuos tienen la libertad de tomardecisionessobre cómo administrar sus recursos y negocios, dentro de los límites legales establecidos.

9. El principio de no retroactividad prohíbe la aplicación retroactiva de leyes tributarias, garantizando la seguridad jurídica y

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protegiendo los derechosadquiridosde los contribuyentes.

10. Finalmente, el principio de recaudación eficiente obliga a las

Eadministraciones

tributariasanoimponer cargas fiscales injustas o excesivas a los contribuyentes. Este principio busca garantizar que la

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recaudación de impuestosserealicede manera efectiva y equitativa, sin imponer una carga fiscal injustificada sobre los ciudadanos.

ngloba los activos financieros y patrimoniales de una nación, así como la gestión de estos recursos para sufragar los gastos estatales y promover el bienestar social. En el ámbito tributario, se nutre principalmente de los ingresos generados por impuestos, tasas y contribuciones especiales.

 La gestión de la Hacienda Pública abarca la recaudación de ingresos, la planificación y ejecución del presupuesto, el control del gasto, lagestióndeladeudaylaplanificación financiera a corto y largo plazo. Una administración eficiente de estos recursoses esencial para mantener la estabilidad económica y social de un país, así como para garantizar la

provisión de servicios públicos de calidad.

 En el caso específico de Venezuela, el Código Orgánico Tributario establece las normativas y procedimientos para la recaudación de ingresos fiscales y la gestión de la Hacienda Pública, con el objetivo de asegurar la legalidad y transparencia en la administración de los recursos públicos.

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a obligación tributaria es la relación jurídica que surge entre el Estado (acreedor) y el contribuyente (deudor) como consecuencia de la norma tributaria que establece la obligación de pagar un tributo. Esta obligación se materializa cuando se cumplen los

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presupuestos fácticos previstos en la ley que generan la obligación de contribuir económicamenteal sostenimiento de los gastos públicos. (Artículo 13 COT).

La obligación tributaria se compone de dos

1. Sujeto Activo: Es el Estado o ente público que tiene la facultad de exigir el pago del tributo. En el caso de Venezuela, la Administración Tributaria es el sujeto activo encargado de recaudar los tributos. El Código Orgánico Tributario lo reseña en el Artículo 18º: “Es sujeto activo de la obligación tributaria el ente público acreedor del tributo”.

2. Sujeto Pasivo: Es el contribuyente o persona obligada a cumplir con la obligación tributaria, es decir, a pagar el tributo correspondiente. El sujeto pasivo puede ser una persona natural o jurídica, dependiendo del tipo de tributo y la situación específica Artículo 19. Es sujeto pasivo el obligado al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o de responsable.

La obligación tributaria se genera en el momento en que se produce el hecho imponible previsto en la ley, que es la circunstancia que da lugar al nacimiento delaobligacióndepagareltributo.Esimportantecumplirconestaobligaciónenlos plazos y condiciones establecidos por la normativa tributaria para evitar sanciones o recargos.

a obligación tributaria es la relación jurídica que establece la obligación de pagar un tributo entre el Estado y el contribuyente, siendo fundamental para el funcionamientodelaHaciendaPúblicayelfinanciamientodelosserviciospúblicos.

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os componentes esenciales que componen la relación jurídica entre el Estado (comosujetoactivo)yelcontribuyente(comosujetopasivo)enelámbitodelos

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tributos son cruciales para definir, entender y cumplir con la obligación tributaria.

Estos elementos engloban:

1. Sujeto Activo: Representa al Estado o entidad gubernamental con lafacultaddeexigirelpagodeltributo, desempeñando el papel de acreedor en la relación tributaria.

realización origina el nacimiento de la obligacióntributaria.

2. Sujeto Pasivo: Designa al contribuyente, sea persona natural o jurídica, que está obligado a cumplir con la obligación tributaria, es decir, a abonar el tributo correspondiente.

3. Hecho Imponible: Corresponde a la situación o evento definido por la ley que origina la obligación tributaria, ya sea un suceso material o legal reconocido por la normativa fiscal como generador del tributo. Artículo 36. El hecho imponible es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo y cuya

E4. Base Imponible: Consiste en el valor económico sobre el cual se aplica la tasa impositiva para determinar la cantidad del tributo a pagar. Esta base puede variar según el tipo de tributo y las disposiciones específicas decada impuesto.

5. Cuota Tributaria: Es la suma monetaria que el contribuyente debe pagar al Estado como resultado de la obligación tributaria. Se calcula multiplicando la tasa impositiva por la base imponible del tributo.

6. Período Impositivo: Se refiere al intervalo de tiempo durante el cual tiene lugar el hecho imponible y se establece la obligación tributaria. En este periodo se definen las condiciones para el cálculo y pago del tributo.

stos elementos constituyen la base fundamental de la obligación tributaria y son esenciales para el funcionamiento adecuado del sistema fiscal, garantizandoelcumplimientodelosprincipiosdelegalidad,equidadytransparencia en la recaudaciónde ingresos fiscales.

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La extinción de la obligación tributaria se refiere a los procedimientos o circunstancias que ponen fin a la relación legal entre el Estado (como sujeto activo)yelcontribuyente(comosujetopasivo)enrelaciónconelpagodeuntributo particular. En resumen, la obligación tributaria se da por concluida cuando se verifican determinadas condiciones o sucesos que eximen al contribuyente de la responsabilidad deabonar el tributo en cuestión.

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Losmediosdeextincióndelaobligacióntributariasondiversasformasdeponer fin a la responsabilidad del contribuyente frente al Estado. Artículo 39. La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios comunes:

1. Pago (Artículo 40): Es la forma más común de extinguir la obligación tributaria, mediante el abono de la deuda al Estado.

2. Compensación (Artículo 49): Se da cuando el contribuyente puede saldar una deuda tributaria con un crédito a su favor reconocido por la AdministraciónTributaria.

3. Confusión(Artículo52): Ocurre cuando el acreedor y el deudor de la obligación tributaria se convierten en la misma persona, eliminando la dualidad desujetos.

4. Remisión (Artículo 53): Implica el perdón totalo parcial delpagode la deuda tributaria por parte del Estado, bajo condiciones específicas establecidas por la normativa tributaria.

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5. Declaratoria de incobrabilidad (Artículo 54): Se aplica cuando la deuda tributaria se considera incobrable debido a la insolvencia del contribuyente u otras circunstancias.

6. Prescripción (Artículo 55): Es el plazo legal durante el cual la

Administración Tributaria puede exigir el pago de un tributo. Una vez transcurrido este plazo sin que se haya ejercido la acción de cobro, la obligación tributaria se considera extinguida.

Estos medios están regulados por la normativa tributaria de cada país y buscan garantizar la seguridad jurídica y eficiencia en la recaudación de ingresos fiscales.

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Hemos explorado diversos aspectos fundamentales del sistema tributario, desdelapotestadycompetenciatributariahastalosmediosdeextincióndela obligación tributaria. A lo largo de este recorrido, hemos destacado la importancia de la legalidad, equidad y justicia en la tributación, así como la necesidad de una gestióneficientedelaHaciendaPúblicaparagarantizarelbienestardelasociedad. Los principios constitucionales y legales que rigen la tributación son pilares esenciales que aseguran la transparencia y legalidad en la administración de los recursos públicos. Asimismo, hemos comprendido la importancia de la capacidad contributiva como criterioparauna tributaciónjusta y equitativa.

Además,hemosanalizadoendetalleloscomponentesdelaobligacióntributaria ylosmediosdesuextinción,reconociendolacomplejidaddeestasrelaciones jurídicas y la necesidadde garantizar la seguridad jurídicaen suaplicación.

En resumen, este recorrido por los aspectos clave del sistema tributario nos ha permitidocomprender laimportanciade una gestión responsabley transparentede los recursos públicos, así como la necesidad de promover una cultura fiscal que contribuyaal desarrollo sostenible yal bienestar de la sociedad.

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En esta edición, exploramos a fondo los pilares fundamentales que sustentan el sistema tributario. Desde la potestad y competencia tributaria, que define el poder de los entes públicos para crear y recaudar impuestos, hasta los principios constitucionales y legales que garantizan la equidad y justicia en la tributación. Sumérgete en el mundo de la Hacienda Pública y entiende cómo se gestionan los recursos financieros y patrimoniales del Estado para cubrir los gastos públicos y promover el bienestar social.

Además, analizamos la obligación tributaria en detalle, desglosando cada uno de sus elementos esenciales y explicando cómo se extingue mediante diversos medios, asegurando una comprensión completa de este aspecto crucial del sistema tributario.

En Tributa Informa, nos esforzamos por brindar conocimientos sólidos y prácticos sobre temas tributarios, con el objetivo de empoderar a nuestros lectores con la información necesaria para entender y cumplir con sus obligaciones fiscales.

Únete a nosotros en este viaje de exploración y aprendizaje sobre los fundamentos de la tributación.

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Tributa Informa - Tu guía confiable en temas tributarios.

Autor: EdgardoMoya Zapata

Ci:.18.386.443

Exp: CJP-223-00148I

Profesora: Yasmin DiGiacomo Marrufo

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