REGLAMENTO DE ACTIVIDADES PRÁCTICAS
PARA LAS CARRERAS DE GRADO
PRESENCIALES
REGLAMENTO DE ACTIVIDADES PRÁCTICAS PARA LAS CARRERAS DE GRADO
PRESENCIALES
CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
Dirección Académica
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
Del Objeto, Finalidad y Ámbito de Aplicación
Artículo 1° Del Objeto
El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas y procedimientos que gestionen las salidas a campo y las clases prácticas de laboratorio de los estudiantes y docentes en las asignaturas de las carreras de grado.
Artículo 2° De la Finalidad
El presente reglamento tiene la finalidad de:
a. Regular los aspectos organizacionales de las salidas a campo y las clases prácticas de laboratorio que realizan los estudiantes de las carreras de grado.
b. Garantizar el desarrollo integral del estudiante mediante un proceso de enseñanza–aprendizaje que consolida el conocimiento, contrastando lo teórico con lo práctico.
c. Contribuir en el desarrollo teórico y práctico que propicien la calidad en la formación profesional del estudiante.
Artículo 3° Del Ámbito de Aplicación
El presente reglamento es de cumplimiento obligatorio para la comunidad educativa universitaria y de aplicación universal en todas las unidades académicas.
TÍTULO SEGUNDO
SALIDAS A CAMPO
CAPÍTULO II
De las Salidas a Campo, Modalidades, Organización y Operatividad
Artículo 4° Salidas a Campo
Conforme al Art. Nº 29 del Reglamento Estudiantil de Grado: Las salidas a campo son sesiones donde el docente propicia la aplicación práctica de los contenidos teóricos, que permite al estudiante consolidar su aprendizaje en entornos reales y/o desarrollar simulaciones para la solución de casos y problemas concretos.
Estas serán desarrolladas a través de visitasacampos deprácticas, giras académicas a instituciones y/o empresas, entre otros.
Las salidas a campo están focalizadas en lo que el estudiante debe saber hacer y en consecuencia relacionadas con el programa de estudio de la asignatura para favorecer el desarrollo de conocimientos instrumentales y/o procedimentales.
Artículo 5° De las modalidades de las salidas a campo
Las salidas a campo de acuerdo a la actividad académica que desarrolle, tendrán las siguientes modalidades:
a. Práctica a campo.
b. Salida a campo en conjunto en campo propio.
c. Salida a campo en conjunto en establecimiento externo con convenio.
d. Visita guiada.
e. Participación en eventos científicos.
Artículo 6° Práctica a campo
Consiste en la realización de un conjunto de actividades en uno o varios sitios, donde los estudiantes apliquen métodos y técnicas en estudios cualitativos y cuantitativos, colecta de materiales de estudio, entre otras actividades académicas, que pueden ser también de investigación y servicios.
Artículo 7° Salida a campo en conjunto en campo propio
Son salidas a campo organizadas en los campos propios de la Universidad, donde varios grupos de estudiantes y docentes coinciden en una fecha y realizan sus actividades de forma conjunta, lo que incentiva el desarrollo de estos campos. Pueden ser planificadas por docentes de una misma filial o de diferentes filiales y coincidir con la expo ferias y eventos realizados por la Universidad.
Artículo 8° Salida a campo en conjunto en establecimiento externo con convenio
Consiste en promover las salidas a campo en forma conjunta a establecimientos de interés para el agronegocio y que favorezca la satisfacción de los estudiantes en la actividad realizada. Podrá ser realizada por todas las filiales en los establecimientos con convenios.
Artículo 9° Visita guiada
Son visitas que estudiantes y docentes realizan a instituciones del sector público, privado, nacionales o extranjeras, con el propósito de conocer las actividades que desarrollan y que son de interés para la formación profesional.
Deben ser planificadas y organizadas con la institución a ser visitada antes de su ejecución de manera a optimizar la actividad.
Artículo 10° Participación en eventos científicos
Consiste en la asistencia de estudiantes a simposios, congresos, foros, reuniones académico-científicas entre otros, que se relacionen directamente con los planes y programas de estudio impartidos en la Universidad, donde los estudiantes contrasten los conocimientos adquiridos en el aula con la opinión de expertos en la asignatura y que sean coadyuvantes con su preparación académica y profesional.
Artículo 11° Otras modalidades de salida a campo
Requiere la presentación de un proyecto de realización para aprobación ante la Dirección Académica y deberá contar con la aprobación del director de Departamento Académico o Filial según corresponda.
Comprenden las siguientes posibilidades:
a. Diferente asignatura, mismo docente, mismo horario y fecha.
b. La misma asignatura, el mismo docente, mismo horario y fecha, pero diferentes secciones.
c. La misma sección con diferentes asignaturas, mismo horario y fecha, pero más de un docente.
d. Durante la expo feria de las filiales.
Artículo 12° De la condición para realizar más de una salida a campo en la misma fecha y horario
El docente podrá calendarizar y realizar una salida a campo de la misma asignatura, diferentes secciones, mismo horario y fecha. Lo anteriores válido también para asignaturascon 2 salidas acampo, cuando el docente las pretende desarrollar en el mismo horario y la misma fecha (la ejecución de esta modalidad de salida a campo será considerada una sola actividad académica).
Artículo 13° Establecimientos a ser visitados
En cada periodo lectivo se promoverá el incremento de las salidas a campo a los campos de prácticas propios existentes en las filiales y a los establecimientos externos con convenios vigentes que sean referentes en la tecnología, la innovación y la producción en la actividad que realizan
CAPÍTULO III
De la Calendarización, Registro y Evaluación en la USC Virtual.
Artículo 14° Calendarización de las salidas a campo
Consisteenel procesodecalendarizar la fecha, el establecimiento y la hora en la cual se desarrollará la actividad de salida a campo en consonancia con los programas de estudio de las asignaturas que se imparten en las carreras de grado y en todos los casos deberá contar con el visto bueno de la dirección de departamento académico o la dirección de filial correspondiente.
Artículo 15° De los plazos de la calendarización de las salidas a campo
El docente tendrá tiempo para calendarizar las salidas a campo en la USC Virtual hasta la cuarta semana después del inicio de clases. La fecha se puntualizará en las orientaciones académicas de cada trimestre.
Una vez calendarizada la fecha de salida a campo, el docente deberá actualizar esta actividad en su plan académico trimestral.
La realización de las salidas a campo para eventos y acontecimientos extraordinarios o no planificados con antelación al tiempo estipulado en el presente artículo, se podrán autorizar, siempre y cuando existan justificaciones académicas razonables y se presente una propuesta para el desarrollo de la actividad.
Artículo 16° De los responsables de la calendarización de las salidas a campo
El docenteeselresponsablede seleccionarel establecimientoque cumpla con los objetivos académicos propuestos en el programa de estudios de la asignatura y cumplir con los procedimientos de calendarización vigentes en el presente reglamento y otras disposiciones aplicables en las normativas. Para esta actividad podrá auxiliarse del director de departamento académico, el director de filial y la Dirección Académica.
Artículo 17° Procedimientos para la realización de las salidas a campo en establecimientos nuevos
El docente responsable de la salida a campo, deberá solicitar el registro del nuevo establecimiento ante la dirección de departamento académico o la dirección de filial correspondiente para el posterior registro del establecimiento en el sistema informático por parte de la Dirección Académica
Para el registro de un nuevo establecimiento serán necesarios los datos citados a continuación:
a. Nombre de la empresa, ubicación, contacto. b. Asignaturas a fines al establecimiento.
Artículo 18° Del periodo de realización de la salida a campo
Las salidas a campo se realizarán preferentemente entre la cuarta y decima semana de clases del trimestre en el cual se desarrolla la asignatura
Artículo 19° De los habilitados para participar de la salida a campo
Solo podrán participar a las salidas a campo los estudiantes de la universidad, quedando prohibida la participación de personas ajenas a la institución en dichas actividades.
Artículo 20° Cumplimiento de las normas procedimentales
Una vezcalendarizada lasalidaa campoycumplidos losrequisitos establecidos en el presente reglamento se realizarán, si fuere necesario las notas dirigidas alas instituciones receptoras, según sea el caso.
Artículo 21° De la cancelación y/o modificación de la salida a campo
La salida a campo programada podrá modificarse, cuando existan causas que lo justifiquen plenamente y sean avaladas ante la Dirección Académica a través de la coordinación de clases prácticas y pasantías
Artículo 22° Cumplimiento estricto de la planificación de la salida a campo
Una vez iniciado el viaje planificado a la salida a campo, no se podrán realizar cambios en el itinerario, por lo que deberá desarrollarse tal y como fue aprobada. Solamente podrán hacerse modificaciones, cuando existan circunstancias fortuitas o de fuerza mayor que lo justifiquen.
La salida a campo cumplirá con el tiempo establecido en el calendario académico para esta actividad y con lo dispuesto en los programas de estudios.
Artículo 23° Responsable del desarrollo de la salida a campo
El docente a cargo de la asignatura será siempre el responsable de orientar metodológicamente toda la actividad de la salida a campo. Se podrá auxiliar de personal técnico o especialista del establecimiento visitado, pero no se puede delegar completamente la actividad en este personal.
Artículo 24° Evaluación de la salida a campo
El docente deberá registrar la asistencia de los estudiantes participantes de la salida a campo en el día del desarrollo de la actividad y elaborar un informe completo sobre el cumplimiento de los objetivos propuestos y las principales actividades desarrolladas.
El estudiante deberá entregar un informe en la USC Virtual de la actividad desarrollada, en correspondencia con las indicaciones establecidas por el docente, teniendo como plazo hasta 7 días después del desarrollo de la actividad.
El informe de la salida a campo debe incluir de manera detallada: la descripción del establecimiento visitado, descripción cronológica de las actividades realizadas relatando los aspectos más resaltantes, percepción de la participación de los estudiantes y un cierre valorativo de la salida a campo.
La salida a campo se validará una vez que se cumplan los siguientes requisitos: Registro de la asistencia de los estudiantes presentes en el día de la actividad, informe completo del docente y el registro del 51% de los informes de la salida a campo de los estudiantes presentes en la actividad.
Artículo 25° Normas de seguridad
El docente responsable de la salida a campo, así como los estudiantes participantes, deberán observar la siguiente guía de seguridad:
a. El docente deberá instruir a los estudiantes participantes sobre la seriedad y comportamiento adecuado en el desarrollo de las actividades académicas, evitando acciones peligrosas, conflictos entre ellos o con otras personas ajenas al grupo, aislarse del grupo, formar grupos heterogéneos para seguridad de las mujeres que integran el grupo, evitar malas palabras y comportamiento agresivo y en general, cualquier comportamiento que comprometa la seguridade integridad de los participantes.
b. Instruir a los estudiantes de las acciones a tomar en caso de accidente, lugar y modo de comunicarse para pedir ayuda, aún en ausencia del docente.
c. Contar con equipo de comunicación indispensable, así como con los números telefónicos de emergencia y de las autoridades civiles, administrativas y académicas correspondientes.
Artículo 26° Causas de suspensión de la salida a campo
Será motivo de suspensión de la salida a campo, los siguientes casos:
a. La ausencia al inicio de la salida a campo del docente responsable.
b. Cuando alguno de los integrantes que participa en la salida a campo cometa faltas graves como: daños en propiedad ajena, desobediencia reiterada, agresiones físicas, ingestión de bebidas alcohólicas, sustancias enervantes o psicotrópicas.
c. Por existir causas de fuerza mayor o situaciones que pongan en riesgo la integridad física o la vida de los asistentes.
El incumplimiento de las disposiciones de este reglamento motivará la suspensión temporal o permanente de la realización de la salida a campo.
TÍTULO TERCERO
CLASES PRÁCTICAS DE LABORATORIO
CAPÍTULO IV
De las Clases Prácticas de Laboratorio
Artículo 27° Clases Prácticas de Laboratorio
Conforme al Art. Nº 29 del Reglamento Estudiantil de Grado: Las Clases Prácticas de Laboratorio son sesiones donde el docente propicia la aplicación práctica de los contenidos teóricos, que permite al estudiante consolidar su aprendizaje en entornos reales y/o desarrollar simulaciones para la solución de casos y problemas concretos. Estas serán desarrolladas a través del uso de aulas de prácticas destinadas para el efecto.
CAPÍTULO V
De la Calendarización y Registro en la USC Virtual.
Artículo 28° Calendarización, Organización y Registro de las clases prácticas de laboratorio
Consiste en el proceso de calendarizar la fecha y la hora en la cual se desarrollará la clase práctica de laboratorio en función de lo estipulado en los programas de estudio de las asignaturas que se imparten en la Universidad y en todos los casos deberá contar con la aprobación de la Dirección Académica, a través de la coordinación de clases prácticas y pasantías.
Artículo 29° De los plazos de la calendarización de las clases prácticas de laboratorio
El docente tendrá tiempo paracalendarizar lasclases prácticas de laboratorio en la USC Virtual hasta la cuarta semana después del inicio de clases. El aula de prácticas se reservará y se organizará por orden de solicitud de los docentes en el sistema USC virtual. La
fecha se puntualizará en las orientaciones académicas de cada trimestre.
Artículo 30° De los responsables de las clases prácticas de laboratorio
La actividad y los procedimientos estarán bajo la coordinación del docente, la Dirección Académica o dirección de filial, conforme a lo establecido en el presente reglamento y demás disposiciones aplicables a las normativas
Artículo 31° Planificación de la clase práctica de laboratorio
El docente encargado de la realización de la clase práctica de laboratorio en una determinada fecha deberá socializar con los estudiantes el cuadernillo que contienen las guías de la actividad.
Artículo 32° Del periodo de realización de la clase práctica de laboratorio
Las clases prácticas de laboratorio se realizarán preferentemente en el periodo comprendido entre la cuarta y decima semana de clases del trimestre en el cual se desarrolla la asignatura.
Artículo 33° De los habilitados para participar de las clases prácticas de laboratorio
Solo podrán participar a las clases prácticas de laboratorios los estudiantes de la universidad, quedando prohibida la participación de personas ajenas a la institución en dichas actividades.
Artículo 34° De la cancelación y/o modificación de la clase práctica de laboratorio
La clase práctica de laboratorio programada podrá modificarse, cuando existan causas que lo justifiquen plenamente y sean avaladas ante la Dirección Académica, a través de la coordinación de clases prácticas y pasantías.
Artículo 35° Normas de seguridad
El docente responsable de la clase práctica de laboratorio, así como los estudiantes participantes, deberán observar la siguiente guía de seguridad:
a. Cumplir con las normas establecidas en el manual de bioseguridad.
b. El docente deberá instruir a los estudiantes participantes sobre la seriedad y comportamiento adecuado para el desarrollo de las actividades académicas, evitando acciones peligrosas.
c. Durante la estancia en el aula el estudiante deberá llevar obligatoriamente una bata blanca, pantalones largos y zapatos
cerrados (si es requisito del lugar en donde se desarrollará la práctica)
d. Está terminantemente prohibido fumar, vapear y consumir alimentos o bebidas dentro del aula, salvo sea parte de las prácticas realizadas según el cuadernillo de las diferentes asignaturas.
e. Instruir a los estudiantes de las acciones a tomar en caso de accidente, lugar y modo de comunicarse para pedir ayuda, aún en ausencia del docente.
f. Al acabar la práctica se deberá dejar limpio y seco los materiales utilizados, así como también la mesada de trabajo.
Artículo 36° Causas de suspensión
Será motivo de suspensión de la clase práctica de laboratorio, los siguientes casos:
a. La ausencia al inicio del profesor responsable de las mismas.
b. Por existir causas de fuerza mayor o situaciones que pongan en riesgo la integridad física o la vida de los asistentes.
El incumplimiento de las disposiciones de este reglamento motivará la suspensión temporal o permanente de la realización de la clase práctica de laboratorio.
TÍTULO CUARTO
DISPOSICIONES FINALES
CAPÍTULO VI
De la Observación de Las Normas Referidas a la Propiedad Intelectual y la Comunicación Social
Artículo 37° Respeto de la propiedad intelectual y la Comunicación Social
Los estudiantes y docentes participantes en las diferentes modalidades de salidas a campo y clases prácticas de laboratorio deberán respetar las normas correspondientes a la propiedad intelectual, secreto de marcas y patentes observadas durante la visita a los establecimientos. Además, se abstendrán de publicar fotos, imágenes o cualquier información sensible en sus redes sociales o en las de la institución que evidencien detalles de la visita realizada a los diferentes establecimientos, salvo autorización explícita por parte de la entidad visitada y la institución. Cualquier publicación no autorizada será considerada una falta grave y podrá derivar en sanciones correspondientes