Código de Ética USC

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Audacia, prudencia y laboriosidad: En un actuar eminentemente creativo e innovador, con perseverancia y capacidad emprendedora, para ser pioneros y anticipar las demandas de una sociedad en un proceso de cambio cada día más acelerado a través de modernas y creativas metodologías para desarrollar conceptos, estrategias, productos, servicios, procesos, sistemas, materiales, tecnologías, imágenes, etc.

Profesionalismo: pasión por el trabajo bien realizado con eficiencia y efectividad altamente profesional.

Innovación: buscar constantemente nuevas y mejores formas de hacer las cosas con el fin de anticiparnos a los cambios.

Bien común y equidad social: Trabajamos por obtener un conjunto de condiciones materiales, socioculturales y espirituales que permiten a la sociedad y a quienes la integran acceder a una existencia digna y una calidad de vida cada vez mejor.

Aceptación y aprecio de la diversidad: Comprometidos con valorar al otro, como ser legítimo en la convivencia, e integrarlo a la sociedad sin discriminación por razones de raza, sexo, edad, condición religiosa, social ni política.

Interdependencia e interdisciplinariedad: Abierta a mantener la relación dinámica entre la universidad y la sociedad, que reconoce su mutua necesidad y que por ello requiere un diálogo permanente. Además, en la sociedad globalizada, la universidad no se puede aislar de la realidad internacional y de su vínculo con otras universidades e instituciones extranjeras.

Ciudadanía, democracia y participación: Comprometidos en aprender a vivir en democracia y consciente de ser protagonista en la construcción y cambio de su comunidad.

Desarrollo sostenible y cuidado del ambiente: Apoyamos el proceso que permite que la vida humana pueda continuar indefinidamente y que los individuos y la sociedad puedan participar y prosperar. Vemos el lado positivo y las oportunidades de desarrollo de manera sustentable y con responsabilidad social.

La incorporación de los aspectos éticos al proceso de enseñanza - aprendizaje en la universidad y la creación de condiciones que posibiliten un escenario altamente estimulante para el aprendizaje ético, requiere de una clara comprensión sobre el papel del enfoque integral y su instrumentación en el proceso educativo, pasando por el diseño del modelo de formación de valores en la carrera y concretándose en los objetivos formativos del año, como el subsistema donde se logra la integración de lo instructivo y lo educativo.

Este Código de Ética pretende constituirse en un instrumento diseñado para facilitar el cumplimiento y la puesta en práctica del mandato de los estatutos de la universidad en el que se enfatiza la ética como valor central de la comunidad educativa

CAPITULO SEGUNDO

COMPROMISOS ETICOS GENERALES Y ESPECIFICOS

Artículo 1º: Deberes de los Docentes

a. Conocer, cumplir y hacer cumplir el Código de Ética.

b. Tratar con respeto, imparcialidad y rectitud a todas las personas con quienes tenga relación.

c. Custodiar y cuidar los bienes, valores, documentación e información que, por razón del ejercicio de la docencia, se le hayan encomendado o a los cuales tenga acceso; impidiendo o evitando su sustracción, destrucción, ocultamiento, plagio o fraude y utilización indebida; de conformidad con los fines a que hayan sido destinados.

d. Esforzarse por adquirir y potenciar las cualidades que configuran el carácter propio y que son necesarios para el mejor cumplimiento de los deberes profesionales: autocontrol, paciencia, interés, curiosidad intelectual, tolerancia, etc.

e. Contribuir a la dignificación social de la docencia y asumir de forma correcta las responsabilidades y competencias propias de la profesión.

f. Actuar con integridad, no ocultar ni tergiversar jamás la verdad. Luchar contra la mentira, el engaño, el fraude, el plagio y la demagogia

g. Mantener un dominio permanente sobre el contenido de su asignatura o área esforzándose por incorporar a su didáctica los avances científicos, pedagógicos y didácticos correspondientes.

h. Educar y practicar la exigencia y el respeto consigo mismo y con los demás.

i. Promover su desarrollo académico con actividades de formación permanente y de innovación e investigación educativa, teniendo en cuenta que esta cuestión constituye un deber y un derecho del docente. No sólo en su actividad individual sino también en su proyección hacia los demás formando claustros o equipos de trabajo.

j. Ser honrado y practicar consecuentemente la crítica y la autocrítica.

k. Considerar como actitud dañina el espíritu justificativo, la inacción frente a las dificultades y errores, y la ausencia de iniciativas.

l. Entregarse con dedicación al desempeño cabal de la responsabilidad encomendada.

d. Todos los miembros de la comunidad educativa (directivo, administrativo, docentes y estudiantes) tienen el deber y el derecho de presentar denuncias de violaciones al código de ética.

e. Las denuncias deberán ser presentadas al superior inmediato.

f. El superior inmediato tomará intervención de la denuncia y fomentará a través del dialogo amistoso entre las partes, la solución del caso

g. El Consejo Superior Universitario nombrará una Comisión de Ética para las denuncias y remitirá un dictamen aconsejando las posibles sanciones a aplicar y en todos los casos, no se aplicará sanción alguna, sin antes oír el descargo y la defensa del acusado.

h. El Consejo Superior Universitario de oficio podrá investigar aunque el no medie denuncia alguna

NORMAS DE PROCEDIMIENTO DEL CÓDIGO DE ÉTICA

1. Sustanciación de la causa

1.1. - Las denuncias de ética se realizarán ante el superior inmediato cuando se trate de cuestiones que atañen a la comunidad educativa o ante el Comité de Ética de la Universidad cuando el asunto así lo amerite.

1.2 - Podrán promoverse denuncias a: personal docente, administrativo o estudiantes o de oficio por el superior competente según la comunidad educativa a la que pertenece el denunciado.

1.3. - Las denuncias deberán formularse por escrito y deberán contener:

a- Nombre y fecha

b- Comunidad educativa a la que pertenece (sede o filial)

c- Relación de los hechos que fundamenten la denuncia.

d- Elementos y medidas de prueba que se ofrezcan.

1.4. El denunciante será citado por la instancia que recepcionó la denuncia por un plazo de tres días para ratificar la denuncia.

1.5. Si vencido el plazo y no hubiere ratificación, la denuncia será reservada hasta tres meses y si dentro de dicho periodo no existiere ratificación se ordenará de oficio la caducidad de la denuncia y el archivo de lo actuado, sin embargo, cuando los cargos fueren graves, se podrá proseguir de oficio la investigación. El personal docente, administrativo o estudiante que solicitare la investigación de su propia conducta, lo

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