Reglamento de Pasantía 2025

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REGLAMENTO DE PASANTÍA PARA LAS CARRERAS DE GRADO PRESENCIALES Y A DISTANCIA

REGLAMENTO

DE PASANTÍA PARA LAS CARRERAS DE GRADO PRESENCIALES Y A DISTANCIA

CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

Dirección Académica

OBJETO, ÁMBITOS Y OBJETIVOS DE LA PASANTÍA

Artículo 1º Del objeto

El presente reglamento regula la realización de las pasantías para los estudiantes de las carreras de grado desarrolladas en la Universidad, estableciendo los requisitos, procedimientos y obligaciones de los estudiantes y establecimientos receptores.

Artículo 2° Del ámbito de Aplicación - Alcance

El reglamento es aplicable a todos los estudiantes matriculados en las carreras de grado indistintamente de la modalidad en la que es impartida (presencial / a distancia) que hayan cumplido con los requisitos académicos establecidos para la realización de la pasantía.

Artículo 3° Definición de la pasantía

Se entenderá por “Pasantía” al conjunto de actividades donde el estudiante implementa sus conocimientos relacionados a su formación, sea en procesos productivos, investigación y/o gestión administrativa agraria, con el objetivo de aplicar las habilidades adquiridas, complementar su visión profesional, facilitar su empleabilidad y fomentar su capacidad de emprendimiento.

Artículo 4° Modalidades de la pasantía

Las pasantías tendrán dos modalidades; “Pasantía Académica” (no remunerada) y “Pasantía Profesionalizante” (remunerada). La primera tiene carácter obligatorio mientras que la segunda podrá ser utilizada a los mismos efectos académicos que la primera

Las pasantías podrán realizarse en las instalaciones de la Universidad, en instituciones públicas o privadas, en el ámbito nacional o internacional.

Artículo 5° De la obligatoriedad de la pasantía

Para la culminación de cada carrera de grado cursada en la institución, los estudiantes deberán realizar la pasantía académica cumpliendo los reglamentos vigentes En ningún caso, las pasantías podrán ser convalidadas u homologadas. En caso de realizar una pasantía profesionalizante, la aprobación de la misma tendrá el mismo valor de cumplimiento que la pasantía académica.

Artículo 6º Los objetivos de la pasantía

a. Aplicar los conocimientos adquiridos en clases prácticas y teóricas.

b. Participar en equipos de trabajo para la ejecución de actividades.

c. Desarrollar vínculos con empresas u organismos públicos o privados del sector agrario, industrial, social, económico y ambiental.

d. Experimentar situaciones prácticas

e. Validar conocimientos del entorno real.

f. Conocer y utilizar nuevas tecnologías.

g. Desarrollar habilidades para la toma de decisiones.

h. Fortalecer la confianza, independencia y capacidad para emprender proyectos.

i. Desarrollar habilidades comunicativas, procedimentales y de relacionamiento

j. En el caso de la pasantía profesionalizante, generar una relación a largo plazo entre la Universidad y las empresas colaboradoras, facilitando la inserción laboral de los estudiantes y ayudando a las empresas a identificar talentos emergentes, reduciendo sus costos de contratación y capacitación.

DE LOS RESPONSABLES DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS PASANTÍAS

Artículo 7º Obtención de pasantías

Los estudiantes son responsables en la gestión y obtención de posibilidades de pasantías en las instituciones públicas o privadas sean nacionales e internacionales.

CAPÍTULO II

En el caso de las pasantías profesionalizantes, las mismas serán ofrecidas, organizadas, convocadas y gestionadas a través de la Dirección Académica de la Universidad y derivarán de las alianzas estratégicas que la Universidad acuerde con las diferentes empresas colaboradoras que accedan a recibir estudiantes en las condiciones determinantes de estas pasantías.

Artículo 8º De los responsables de la pasantía

Las pasantías se llevarán a cabo bajo la organización, conducción y responsabilidad de la Coordinación de Clases Prácticas y Pasantías de la Dirección Académica, que se apoyará en los Directores de Departamentos Académicos, de Filiales y de Educación a Distancia para el cumplimiento de esta función.

En el caso de las pasantías profesionalizantes, las mismas estarán coordinadas por un “supervisor” nombrado por la empresa colaboradora, como por un “tutor” por la Universidad. Ambos tendrán la responsabilidad de velar por el cumplimiento de los objetivos y metas prácticas establecidas al momento de la convocatoria de cada pasantía en cuestión y con cada empresa en particular.

Artículo 9º Responsabilidades de la Coordinación de Clases Prácticas y Pasantías

a. Detectar potenciales establecimientos para la realización de las pasantías

b. Apoyar la gestión de los estudiantes que solicitan la realización de las pasantías

c. Realizar capacitaciones anuales, a los estudiantes habilitados para la realización de las pasantías.

d. Aprobar las solicitudes para la realización de las pasantías de los estudiantes.

e. Verificar la aprobación del plan de trabajo, previamente aprobado por el tutor externo.

f. Monitorear el cumplimiento del plan de trabajo desde la plataforma USC Virtual.

g. Velar por el buen desarrollo de las pasantías

h. Suspender las pasantías, cuando una de las partes no cumpla con las obligaciones establecidas en el acuerdo de pasantía o hiciere caso omiso a lo acordado en el plan de trabajo establecido.

i. Revisar y aprobar todos los documentos registrados en la plataforma USC virtual relacionados al desarrollo de las pasantías

j. Seleccionar a los candidatos a pasantes teniendo en cuenta el orden de inscripción de los estudiantes, las áreas específicas de interés tanto de las organizaciones como de los estudiantes y los requisitos exigidos por la Universidad.

k. Mantener actualizado en la plataforma USC Virtual el listado de establecimientos habilitados para la realización de las pasantías

Artículo 10º Responsabilidades del tutor externo de las pasantías académicas

a. Orientar a los estudiantes en el desarrollo del plan de trabajo.

b. Dar seguimiento a las actividades desarrolladas por los estudiantes

c. Informar por nota en forma inmediata de problemas surgidos durante el desarrollo de las actividades del pasante

d. Validar el informe final de la pasantía del estudiante para el registro

Artículo 11º Responsabilidades del supervisor a cargo de la empresa colaboradora de las pasantías profesionalizante

a. Recibir al estudiante y acompañarlo durante todo el proceso de la pasantía.

b. Acompañar la ejecución del plan de trabajo aprobado para la pasantía.

c. Brindar al estudiante los medios necesarios para la realización de las actividades asignadas.

d. Asistir al estudiante, durante todo el periodo de la pasantía, en el seguimiento de sus actividades y eventuales dudas o consultas que el mismo pudiera tener.

e. Informar a la Universidad el desempeño del estudiante al término del desarrollo de la pasantía.

CAPÍTULO III

DE LA DURACIÓN, TIPOS Y REQUISITOS DE LAS PASANTÍAS

Artículo 12º Duración de las pasantías académicas

Las pasantías tendrán una duración de 300 (trescientas) horas reloj, tanto la denominada pasantía académica parcial y la denominada pasantía académica completa. El comienzo efectivo de la actividad de pasantía podrá llevarse a cabo en cualquier momento del periodo lectivo

Artículo 13º Pasantías académicas parciales

Las pasantías académicas parciales tendrán una duración mínima de 60 (sesenta) horas reloj para ser acreditadas y deberán completar las 300 (trescientas) horas reloj para ser aprobada como requisito obligatorio.

Artículo 14º Pasantías académicas completas

Las pasantías académicas completas tendrán una duración de 300 horas (trescientas) horas reloj ininterrumpidas en un mismo establecimiento.

Artículo 15º Pasantías profesionalizantes

Las pasantías profesionalizantes tendrán una duración máxima de 3 (tres) meses y deberá conllevar una carga horaria de 300 (trescientas) horas reloj.

Artículo 16° Pasantías en los campos de prácticas propios

Todas las pasantías a ser realizadas dentro de los campos de prácticas propios deberán cumplir con los requisitos del presente reglamento, referidos a los procedimientos e indicadores específicos, establecidos por la Dirección Académica y la Coordinación de Clases Prácticas y Pasantías

Artículo 17° Pasantías en los laboratorios internos

Los estudiantes interesados en realizar sus pasantías en los laboratorios internos de la Universidad, como el Laboratorio de Agua y la Clínica

Vegetal, podrán acceder a esta oportunidad, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el presente reglamento. Las solicitudes de las pasantías en estos laboratorios deberán realizarse siguiendo el procedimiento indicado por la Dirección de Laboratorio, quien gestionará la disponibilidad de vacantes y los requisitos específicos de cada área.

El trabajo en el Laboratorio de Agua se centra en el análisis de calidad de agua para diversos usos, asegurando estándares para consumo, riego y otros fines industriales y ambientales.

En la Clínica Vegetal, el enfoque está en el análisis fitopatológico, identificando y evaluando enfermedades en plantas para contribuir al manejo y la prevención de problemas en cultivos agrícolas.

Artículo 18º Horarios de las pasantías

El horario para la realización de la pasantía no deberá coincidir con el horario de clases del estudiante. El estudiante no podrá solicitar permiso ni disminución del porcentaje de asistencia a clases requeridas por las asignaturas del plan de estudio, fundamentando que realizará una pasantía

Artículo 19º Requisitos para el inicio de las pasantías académicas

Para que una pasantía parcial o completa pueda iniciarse, es indispensable que el estudiante:

a. Esté matriculado a partir del tercer curso y este al día con su legajo estudiantil

b. Complete la solicitud para la realización de la pasantía en la plataforma USC Virtual.

c. Gestione y obtenga una carta de aceptación para la realización de la pasantía por parte de la Institución donde se realizará la misma.

d. Registre en la plataforma USC Virtual la carta de aceptación de la pasantía expedida por la institución receptora y elabore un plan de trabajo consensuado entre el estudiante y el tutor externo (representante de la Institución donde se realizará la pasantía).

e. Asuma todas las responsabilidades personales que puedan emerger de la realización de este acto.

Artículo 20º Requisitos para el inicio de las pasantías profesionalizante

Para que una pasantía profesionalizante pueda iniciarse, es indispensable que el estudiante deba:

a. Ser mayor de edad.

b. Estar matriculado a partir del tercer curso y esté al día con su legajo estudiantil.

c. Realizar la postulación en tiempo y forma, conforme a los requisitos que serán establecidos en el llamado del puesto especifico y que será publicado para conocimiento de los interesados por parte de la Universidad

d. Completar la solicitud para la realización de la pasantía en la plataforma USC Virtual. Esta solicitud será online y de acuerdo con el perfil de cada puesto ofrecido por la empresa receptora.

Los postulantes que reúnan estas condiciones, podrán ser seleccionados como pasantes profesionalizantes, teniendo prioridad aquellos que obtengan mayor puntaje final en el proceso de selección.

Artículo 21º Exoneración de la pasantía

En el caso de los estudiantes que se encuentren trabajando en actividades afines a su carrera y con una antigüedad mínima de 03 (tres) meses deberán presentar la respectiva constancia laboral que acredite su conocimiento, experiencia y habilidades desarrolladas en su desempeño. La pasantía estará exonerada al cumplir el estudiante con todos los requisitos exigidos por la institución.

CAPÍTULO IV

DE LOS COMPROMISOS DE LAS INSTITUCIONES RECEPTORAS Y OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 22º Compromisos de las instituciones receptoras

a. Podrán presentar a la Dirección Académica y a las Direcciones de Filiales vacancias para pasantías identificando áreas específicas de interés. En el caso de las pasantías

profesionalizantes, las mismas serán fruto de las alianzas específicas firmadas entre la empresa y la Universidad.

b. Aprobar la solicitud de la pasantía con una carta de aceptación definiendo los requisitos para su realización.

c. Asignar un tutor que oriente y supervise el desarrollo de las actividades

d. Aprobar nóminas de estudiantes presentados por la Universidad para realizar pasantías.

e. Apoyar al estudiante en el desarrollo de su plan de trabajo.

f. Determinar las funciones por cumplir y establecer los aspectos disciplinarios.

g. Solicitar la intervención de la Universidad en caso de incumplimiento de las obligaciones por parte del estudiante.

h. Solicitar la suspensión de la pasantía, cuando el estudiante no cumpliereconsusobligacionesuomitierelasrecomendacionesdel tutor asignado.

i. Proporcionar un informe de evaluación del desempeño del estudiante al finalizar la pasantía.

Artículo 23º Obligaciones del estudiante

a. Registrar y presentar toda la documentación requerida por este reglamento.

b. Respetar las cláusulas indicadas en la carta de aceptación de la pasantía con la empresa o institución donde se realiza la pasantía.

c. Cumplir el plan de trabajo previamente establecido.

d. Cumplir con el horario establecido por la institución receptora y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales.

e. Mantener una conducta acorde con la ética, la moral y responsabilidad que responda a las exigencias profesionales y personales.

f. Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la institución receptora y el secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.

g. Informar a la Coordinación de Clases Prácticas y Pasantías o en su defecto al director de Filial cualquier situación irregular que impida el buen

desarrollo del plan de trabajo previamente establecido.

h. Elaborar y registrar en la plataforma USC Virtual el informe final en correspondencia a la ejecución de la pasantía, previa aprobación del tutor externo.

i. Presentar un informe final de la pasantía dentro de los 30 (treinta) días posteriores a la finalización de la misma.

CAPÍTULO V

DE LA CULMINACIÓN DE LAS PASANTÍAS

Artículo 24º Requisitos para la culminación de las pasantías

a. Haber completado de forma parcial o completa las 300 (trescientas) horas reloj de pasantía académica o de las 300 (trescientas) horas reloj para las pasantías profesionalizantes.

b. Registrar en la plataforma USC Virtual el informe correspondiente al cumplimiento del plan de trabajo aprobado por el tutor externo.

Artículo 25º Informe final

El informe del resultado de la pasantía será el documento oficial que registrado en la plataforma USC Virtual acredita al estudiante la aprobación de la pasantía. El plazo para la aprobación del informe final será de 10 días hábiles contados a partir de la recepción del documento.

CAPÍTULO VI

DE LA INTERRUPCIÓN DE LAS PASANTÍAS

Artículo 26º De la cancelación de las pasantías

a. Por iniciativa de la empresa/institución, cuando el estudiante deje de cumplir con sus responsabilidades.

b. Por iniciativa de la Universidad, cuando la empresa/institución deje de cumplir con sus obligaciones previstas en la carta de aceptación de la pasantía y el plan de trabajo.

c. Por iniciativa de la Universidad o de la empresa/institución, cuando aparezcan imprevistos en el lugar donde se desarrolla la pasantía,

obstaculizando el logro de los objetivos previstos en el plan de trabajo.

d. Por iniciativa de la Universidad cuando el estudiante no cumpla las disposiciones de este reglamento y/o de la empresa/institución

e. Por solicitud expresa del estudiante, a través de una nota dirigida a la Dirección Académica argumentando las razones que justifiquen su pedido.

CAPÍTULO VII

DE LA PUBLICACIÓN Y VIGENCIA

Artículo 27° De la derogación de resoluciones y disposiciones

Todas las reglamentaciones, resoluciones y disposiciones que se contrapongan al presente reglamento perderán vigencia a partir de su aprobación.

Artículo 28° De los casos no previstos

Los casos no previstos o situaciones no contempladas en el presente reglamento, serán analizados y resueltos por el Consejo Superior Universitario y/o el Consejo de Administración.

Artículo 29° De la vigencia y cumplimiento

El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de la fecha de su aprobación por Resolución del Consejo Superior Universitario.

Los distintos estamentos de la comunidad educativa de la Universidad velarán por el fiel cumplimiento del presente Reglamento.

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