
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
Del Objeto, Finalidad y Ámbito de Aplicación
Artículo 1° Del objeto
El presente Reglamento Estudiantil de la Modalidad a Distancia tiene como finalidad establecer las normas, procedimientos y responsabilidades que rigen la conducta académica y administrativa de los estudiantes que participan en los programas educativos ofrecidos a través de esta modalidad.
Este reglamento busca garantizar un entorno de aprendizaje equitativo, respetuoso y eficiente, promoviendo la excelencia académica, la integridad y la cohesión de la comunidad estudiantil.
Artículo 2° De la finalidad
El presente reglamento tiene como finalidad:
a. Definir derechos y deberes de los estudiantes en el contexto de la educación a distancia, asegurando la claridad en sus roles y responsabilidades.
b. Establecer las directrices para el uso adecuado de las plataformas y recursos tecnológicos, promoviendo un uso responsable y ético de las herramientas digitales.
c. Garantizar la calidad educativa mediante la regulación de las actividades académicas, evaluaciones y procedimientos de seguimiento del rendimiento estudiantil.
d. Proporcionar mecanismos de apoyo y orientación para los estudiantes, facilitando su adaptación y éxito en la modalidad a distancia.
e. Fomentar un ambiente de respeto y colaboración entre todos los miembros de la comunidad educativa, asegurando la resolución justa y eficiente de conflictos y situaciones disciplinarias.
f. Promover la inclusión y la equidad en el acceso y desarrollo de las actividades académicas, asegurando que todos los estudiantes, independientemente de sus circunstancias, puedan beneficiarse de una educación de calidad.
g. Facilitar la comunicación efectiva entre estudiantes, docentes y personal administrativo, asegurando que la información relevante sea accesible y oportuna.
Artículo 3° Del ámbito de aplicación
El presente Reglamento Estudiantil de la Modalidad a Distancia se aplica a todos los estudiantes inscritos en programas académicos ofrecidos bajo esta modalidad, así como a todos los aspectos relacionados con su vida académica y administrativa dentro de la institución. Específicamente, este reglamento abarca:
a. Programas Académicos: Todas las carreras, cursos, diplomados, talleres y cualquier otra oferta educativa impartida a través de la modalidad a distancia.
b. Estudiantes: Todos los individuos que se encuentran matriculados en cualquiera de los programas académicos a distancia, independientemente de su nivel de estudio o situación académica.
c. Docentes y Personal Administrativo: Los profesores y el personal administrativo involucrados en la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación de las actividades académicas en la modalidad a distancia.
d. Plataformas y Recursos Tecnológicos: El uso de todas las herramientas digitales, plataformas de aprendizaje, recursos educativos en línea y sistemas de gestión utilizados para la educación a distancia.
e. Actividades Académicas: Todas las actividades de enseñanza y aprendizaje, incluyendo clases, foros, evaluaciones, tutorías, asesorías y cualquier otra interacción académica en el entorno virtual.
f. Normas de Conducta: Los comportamientos y actitudes esperados de los estudiantes en el contexto de sus interacciones académicas y administrativas, incluyendo la ética en el uso de recursos tecnológicos y el respeto a la comunidad educativa.
Aprobada en reunión del CSU el 17 de setiembre de 2024 Resolución CSU N° 38/2024
g. Procedimientos Administrativos: Todos los trámites y procesos administrativos relacionados con la gestión académica, tales como inscripciones, matriculaciones, solicitudes, evaluaciones, quejas y recursos.
h. Evaluación y Seguimiento: Las directrices y procedimientos para la evaluación del desempeño académico, seguimiento del progreso estudiantil y medidas de apoyo y remediación.
Este reglamento se aplica tanto a las actividades realizadas de manera sincrónica como asincrónica, y tiene vigencia durante todo el periodo de matrícula activa de los estudiantes en los programas de educación a distancia.
TÍTULO SEGUNDO
DE LA INSCRIPCIÓN, MATRICULACIÓN Y CONDICIÓN DE ESTUDIANTE
CAPÍTULO II
De la Admisión e Inscripción del Estudiante
Artículo 4° De los postulantes
Podrán solicitar su admisión o inscripción a las carreras de grado los estudiantes egresados de la educación media o su equivalente, provenientes de instituciones educativas del país o del extranjero.
Artículo 5° De la admisión
La admisión a un curso de educación a distancia puede solicitarse a través de diversos medios, asegurando accesibilidad y conveniencia para los postulantes, reservándose la institución el derecho de aceptarla.
Artículo 6° De la inscripción
Es el acto por medio del cual el postulante solicita su inscripción, formulario mediante, a cualquiera de las carreras de grado, acompañándola con los requisitos establecidos para el efecto.
Excepcionalmente el postulante tendrá un plazo máximo de 60 (sesenta) días calendario posterior al inicio de clases para dar cumplimiento de los requisitos del Art. 8, del presente reglamento.
Artículo 7° Formulario de inscripción
Es un formulario en línea a través del cual el postulante formaliza su incorporación a la carrera pertinente precisando sus datos personales, y asumiendo el compromiso bajo declaración jurada de cumplir los estatutos, reglamentos y resoluciones de la Universidad.
Artículo 8° Requisitos de inscripción
Para formalizar la inscripción en cumplimiento de las exigencias académicas y administrativas deberá presentar los siguientes documentos:
a. Certificado de estudios original del bachillerato, en formato físico o digital, expedido por la institución de egreso o por el Ministerio de Educación y Ciencias.
b. Copia de la Cédula de Identidad vigente.
Artículo 9° Requisitos de inscripción para postulantes con estudios realizados en el extranjero
El postulante deberá presentar los documentos indicados a continuación:
a. Certificado de estudios original del bachillerato o su equivalente, con el apostillado original, acompañado por la resolución de reconocimiento de estudios de nivel medio expedido por el Ministerio de Educación y Ciencias en Paraguay.
b. Copia del documento de Identidad vigente.
En el caso que el estudiante extranjero cuente con cédula de identidad paraguaya no es necesario presentar admisión.
Artículo 10° Declaración de datos y documentos del estudiante
Aprobada en reunión del CSU el 17 de setiembre de 2024 Resolución CSU N° 38/2024
El estudiante asume la responsabilidad legal de que los datos, documentos personales y académicos entregados a la institución sean auténticos, por lo tanto, la Universidad deslinda responsabilidad y arbitrará los mecanismos administrativos para la desvinculación del estudiante, en caso de que no lo sean.
CAPÍTULO III
De la Matriculación, Estatus de Estudiante y Aranceles
Artículo 11° De la matriculación
Acto que vincula al estudiante con la Universidad y, en consecuencia, le otorga plenos derechos y obligaciones.
Artículo 12° Del estatus del estudiante
A los efectos del presente reglamento, el postulante, una vez que haya dado cumplimiento a los requisitos exigidos para la matriculación, adquiere el estatus de estudiante y se incorpora como miembro de la comunidad estudiantil de la institución.
Artículo 13° De los aranceles
Estas disposiciones aseguran que los estudiantes tengan una comprensión clara de los costos asociados con su educación y las opciones disponibles para gestionar esos costos de manera efectiva.
a. Arancel de Matrícula: Monto que debe pagarse al momento de la inscripción en el curso o programa, no reembolsable y necesario para asegurar la plaza del estudiante.
b. Aranceles de Curso: Costos asociados a cada curso específico dentro del programa educativo, que pueden variar según el contenido y la duración del curso.
c. Aranceles por Evaluaciones: Costos asociados a las instancias de evaluaciones:
• Recuperatorio de parcial
• Evaluación complementaria
• Evaluación Extraordinaria
d. Arancel de Certificación: Cuota adicional requerida para la emisión de certificados de finalización de cursos o programas, en caso de que aplique.
e. Aranceles por Defensa de Tesis: Incluye los costos asociados al soporte y guía de un tutor académico asignado durante el proceso de investigación y redacción de la tesis así también, la revisión, evaluación y tramitación de la tesis.
f. Título de grado: Montos que debe abonarse por la expedición, legalización y entrega del título oficial de grado una vez aprobado el proceso de tesis junto con la emisión del certificado de estudios y documentos adicionales requeridos para el proceso de graduación.
El costo para estos aranceles es establecido por el Consejo de Administración.
Artículo 14° De la vigencia del estatus del estudiante
Para ejercer sus derechos, deberá estar al día con sus obligaciones financieras y haber presentado la documentación académica exigida en el artículo N° 8 y para postulantes con estudios realizados en el extranjero lo establecido en el artículo N° 9 del presente reglamento.
Artículo 15°
Pérdida del estatus de estudiante
Podrán perder su estatus de estudiante:
a. Los estudiantes que incurrieran en alguna de las faltas graves que se puntualizan en el Art. 41 del Capítulo IX
b. Cuando un estudiante incurriera en el incumplimiento de sus obligaciones financieras y académicas.
c. El estudiante afectado por alguna medida disciplinaria establecida por las autoridades académicas y/o administrativas
Artículo 16° Matriculación en más de una carrera
Aprobada en reunión del CSU el 17 de setiembre de 2024 Resolución CSU N° 38/2024
El estudiante podrá matricularse en más de una carrera, siempre y cuando asuma el compromiso de cumplir con los requisitos académicos y administrativos establecidos para cada carrera.
En ningún caso, el estudiante podrá solicitar reducción de la asistencia mínima establecida para su promoción en cada asignatura y, en consecuencia, deberá cursar las asignaturas de cada carrera en horarios diferentes.
En ningún caso el estudiante podrá solicitar derecho a defensa de tesis de ambas carreras en un mismo año lectivo.
Artículo 17° De la vigencia de la matrícula
La matrícula tiene validez por un año académico debiendo ser renovada anualmente, para lo cual no deberá existir ninguna deuda pendiente.
Artículo 18° Del retiro temporal y abandono de la carrera
Solicitud de Retiro Temporal:
• El estudiante deberá presentar una solicitud formal de retiro temporal, especificando las razones del retiro y la duración estimada.
• La solicitud debe ser enviada a través del sistema de gestión académica en línea, correo electrónico institucional o de manera presencial en la oficina correspondiente.
Aprobación:
• La solicitud de retiro temporal será evaluada por el estamento que corresponda, quien emitirá una resolución en el plazo de días hábiles que corresponda.
• Se informará al estudiante sobre la decisión a través de correo electrónico institucional.
Condiciones:
• El estudiante puede solicitar un retiro temporal por un período máximo de un año académico, prorrogable una vez por un período adicional de hasta un año, previa evaluación y aprobación.
• Durante el período de retiro temporal, el estudiante no podrá participar en actividades académicas ni administrativas de la institución.
Reincorporación: el estudiante deberá notificar su intención de reincorporarse, en el plazo establecido y antes del inicio del trimestre académico en el que desea retomar sus estudios.
• La reincorporación estará sujeta a la disponibilidad de cupo y a los requisitos académicos vigentes al momento de la reincorporación.
Abandono de la Carrera: se considera cuando un estudiante cesa sus estudios de manera definitiva sin haber solicitado formalmente su retiro temporal.
Criterios de Abandono:
• Se considera que un estudiante ha abandonado la carrera si no se inscribe en las actividades académicas correspondientes durante dos periodos académicos consecutivos sin haber solicitado un retiro temporal.
• La institución enviará una notificación al estudiante, informando sobre su condición de abandono de la carrera.
Reintegro:
• Si el estudiante desea retomar sus estudios después de haber sido considerado en abandono, deberá solicitar su reintegro formalmente.
• La solicitud de reintegro estará sujeta a la evaluación y a la disponibilidad de cupo, así como a los requisitos académicos y administrativos vigentes al momento de la solicitud.
Condiciones para el Reintegro:
• El estudiante deberá cumplir con todos los requisitos académicos y administrativos vigentes al momento de su reintegro.
Aprobada en reunión del CSU el 17 de setiembre de 2024 Resolución CSU N° 38/2024
• La institución determinará si es necesario que el estudiante curse nuevamente asignaturas cuyo contenido haya cambiado significativamente.
Disposiciones Generales
• Todas las solicitudes y comunicaciones deberán realizarse utilizando los canales oficiales establecidos por la institución.
• El incumplimiento de estos procedimientos podrá resultar en la pérdida de la condición de estudiante regular y, en casos de reincorporación, la solicitud podrá ser denegada.
Artículo 19° De la reincorporación y plan de estudios
El estudiante que hubiere solicitado el retiro temporal o haya abandonado su carrera deberá cursar el total de las asignaturas del plan vigente al momento de su reincorporación.
Artículo 20° De la solicitud de constancias y certificados de estudios
El estudiante que no haya cumplido con la totalidad de los requisitos de inscripción y no esté al día con sus aranceles, no tendrá derecho a solicitar ningún tipo de constancias ni el certificado de estudio.
CAPÍTULO IV
De la Condición de Estudiante Regular y Condicional
Artículo 21° Estudiante regular
Un estudiante regular es aquel que se encuentra matriculado en un programa académico y cumple con las obligaciones académicas y administrativas establecidas por la institución.
La pérdida de la condición de estudiante regular implicará la imposibilidad de participar en actividades académicas y administrativas hasta regularizar su situación.
Artículo 22° Estudiante condicional
Será estudiante condicional aquel que:
a. Tenga pendiente de aprobación asignaturas del curso inferior.
b. No haya entregado o solicitado prórroga para la presentación de documentaciones y que no cumpliese con las exigencias de inscripción
c. Se encuentre en proceso de convalidación de asignaturas.
d. Tenga promedio general inferior a 2.0.
Artículo 23° Matriculación en el curso inmediato superior
El estudiante podrá matricularse en todas las asignaturas correspondientes al curso inmediato superior a través del canal oficial establecido, siempre que respete la secuencia de correlatividades de las asignaturas establecidas en el plan de estudios vigente y que no se encuentre pendiente la presentación de documentos académicos, de ser así, el sistema bloqueará automáticamente a la solicitud.
CAPÍTULO V
Régimen de Asistencia a Clase
Artículo 24° De la asistencia a clases
El estudiante tendrá derecho a participar de las clases una vez que haya dado cumplimiento al Art. 11 y, en ningún caso, el estudiante podrá solicitar la carga de asistencia previa a la fecha de pago de su matriculación al periodo lectivo.
El estudiante de Educación a Distancia está sujeto al cumplimiento de la asistencia para lo cual debe registrar participación en al menos una de las siguientes actividades didácticas establecidas como actividades autónomas disponibles en cada unidad/clase semanal:
Participación en Clases Sincrónicas:
Aprobada en reunión del CSU el 17 de setiembre de 2024 Resolución CSU N° 38/2024
a. Asistencia a sesiones en vivo a través de plataformas de videoconferencia.
b. Utilización de la funcionalidad de registro de asistencia proporcionada por la plataforma.
Interacción en Foros y Debates:
a. Participación regular y significativa en foros de discusión y debates en línea, con una frecuencia mínima establecida por el curso.
b. Contribuciones relevantes y constructivas en las discusiones, evaluadas tanto en cantidad como en calidad.
Entrega de Actividades y Tareas:
a. Presentación puntual de tareas, trabajos y otros ejercicios asignados, siguiendo el cronograma del curso.
b. Participación en evaluaciones continuas y actividades de aprendizaje asignadas semanalmente.
Participación en Evaluaciones Formativas:
a. Cumplimiento con la participación en cuestionarios y pruebas en línea diseñadas para evaluar el progreso y comprensión del estudiante.
b. Participación en evaluaciones formativas interactivas, como simulaciones o ejercicios prácticos.
El cumplimiento de todas estas actividades está regulado por el calendario de entrega de actividades disponible en el aula virtual para cada asignatura.
En caso de cualquier duda u omisión, el estudiante deberá recurrir a su docente quien tendrá el derecho y la responsabilidad de modificar la asistencia a clases si lo considerase pertinente siempre y cuando esté dentro del plazo establecido.
Artículo 25° De la obligatoriedad de la asistencia a clase
La participación en las actividades didácticas establecidas como actividades autónomas disponibles en cada unidad/clase semanal es de carácter obligatorio, tanto las teóricas como las prácticas.
Artículo 26° Asistencia mínima obligatoria del estudiante
La asistencia mínima obligatoria en cada asignatura para tener derecho al examen final es el 70% (setenta por ciento) de las actividades académicas planificadas.
El estudiante podrá consultar su asistencia, cargada por el docente en la USC virtual, admitiéndose el reclamo de modificación de una asistencia hasta 48 h , pasado ese tiempo se le computará inasistencia que deberá constar en el registro y ya no será modificado.
Artículo 27° De las ausencias a clases
El estudiante que no haya registrado participación o entrega de al menos una de las actividades expuestas en el Art. 24 no tendrá derecho a reclamar su asistencia con justificativo de ninguna índole.
Artículo 28° De las clases teóricas
El objetivo de las clases teóricas en la modalidad a distancia es proporcionar a los estudiantes una comprensión profunda y sólida de los conceptos fundamentales de cada materia, utilizando herramientas y metodologías digitales que faciliten la adquisición de conocimientos de manera flexible y accesible.
Metodología
Estructura y Planificación:
Las clases teóricas están estructuradas en módulos temáticos, cada uno con objetivos claros y contenidos específicos.
a. Se establecen un cronograma detallado con fechas y horas para las sesiones sincrónicas (en vivo) y el acceso a los materiales asincrónicos (grabaciones, lecturas, recursos multimedia).
Plataformas y Herramientas Digitales:
a. Los recursos y actividades del curso se encuentran centralizadas en una plataforma de gestión del aprendizaje (LMS).
Aprobada en reunión del CSU el 17 de setiembre de 2024 Resolución CSU N° 38/2024
b. Para impartir las sesiones en vivo se cuenta con la implementación de herramientas de videoconferencia lo cual, permite la interacción en tiempo real entre docentes y estudiantes.
c. Grabación de todas las clases sincrónicas para que los estudiantes puedan revisarlas posteriormente.
Contenido y Material Didáctico:
a. Los contenidos multimedia interactivo (videos, presentaciones, infografías) están desarrollados para complementar las lecturas y explicaciones teóricas.
b. Disponibilidad de documentos y materiales de lectura obligatoria y complementaria en formato digital.
c. Inclusión de ejemplos prácticos, estudios de caso y ejercicios aplicados para ilustrar los conceptos teóricos.
Interacción y Participación:
a. Fomento de la participación activa de los estudiantes a través de preguntas y respuestas durante las sesiones en vivo.
b. Utilización de foros de discusión en el LMS para debates y aclaración de dudas sobre los temas tratados en las clases teóricas.
c. Realización de encuestas y cuestionarios interactivos para evaluar la comprensión y obtener retroalimentación inmediata.
Evaluación y Seguimiento:
a. Implementación de evaluaciones formativas periódicas, mediante cuestionarios, para medir el progreso de los estudiantes y reforzar el aprendizaje.
b. Realización de evaluaciones sumativas (autoevaluaciones, trabajos escritos, participación en debates) al final de cada módulo o unidad temática.
c. Seguimiento continuo del progreso de los estudiantes a través de herramientas de análisis de datos disponibles en el LMS.
Accesibilidad y Flexibilidad:
a. La institución se asegurar que todos los materiales y recursos estén disponibles en línea, permitiendo el acceso en cualquier momento y desde cualquier lugar.
b. Se prevé opciones de accesibilidad para estudiantes con necesidades especiales, como subtítulos en videos y materiales en formatos accesibles.
Artículo 29° De las clases prácticas
El objetivo de las actividades prácticas en la modalidad a distancia es proporcionar a los estudiantes la oportunidad de aplicar los conocimientos teóricos adquiridos, desarrollar habilidades específicas y fomentar el aprendizaje activo a través de experiencias prácticas que pueden realizarse de manera remota.
Actividades Prácticas:
Proyectos de Investigación
a. Descripción: Los estudiantes seleccionan un tema relacionado con la materia, realizan una investigación exhaustiva y presentan sus hallazgos.
b. Herramientas: Bases de datos académicas, herramientas de búsqueda en línea, software de análisis de datos.
c. Entrega: Informe escrito, presentación en video o presentación en vivo a través de una plataforma de videoconferencia.
Estudios de Caso
a. Descripción: Análisis de situaciones reales o hipotéticas relacionadas con la materia, aplicando conceptos teóricos para resolver problemas o tomar decisiones.
b. Herramientas: Documentos de estudio de caso proporcionados por el docente, foros de discusión.
Aprobada en reunión del CSU el 17 de setiembre de 2024 Resolución CSU N° 38/2024
c. Entrega: Informe escrito, presentación en video o discusión grupal en línea.
Simulaciones Virtuales
a. Descripción: Uso de software o plataformas en línea que emulan situaciones reales, permitiendo a los estudiantes practicar y tomar decisiones en un entorno controlado.
b. Herramientas: Simuladores específicos de la materia (e.g., simuladores de negocios, laboratorios virtuales).
c. Entrega: Reporte de actividades y resultados, captura de pantalla o grabación de la simulación.
Foros de Discusión y Debates
a. Descripción: Participación en foros en línea donde los estudiantes discuten temas específicos, intercambian opiniones y debaten puntos de vista.
b. Herramientas: Foros de discusión en el LMS, herramientas de videoconferencia para debates en vivo.
c. Entrega: Resúmenes de discusiones, participación en debates en vivo.
Diarios de Reflexión
a. Descripción: Los estudiantes mantienen un diario donde registran sus reflexiones sobre el aprendizaje, aplicaciones prácticas y desafíos encontrados.
b. Herramientas: Documentos de texto, blogs en el LMS.
c. Entrega: Entradas de diario periódicas, informe final de reflexiones.
Proyectos Colaborativos
a. Descripción: Trabajo en grupos para desarrollar un proyecto conjunto, como el diseño de un producto, la creación de un plan de negocio o la realización de un experimento.
b. Herramientas: Herramientas de colaboración en línea (e.g., Google Docs, Microsoft Teams), plataformas de gestión de proyectos.
c. Entrega: Producto final del proyecto, presentación en video o informe colaborativo.
Talleres y Webinarios Interactivos
a. Descripción: Participación en talleres en línea o webinarios donde se realizan actividades prácticas guiadas por expertos o docentes.
b. Herramientas: Herramientas de videoconferencia, plataformas de aprendizaje interactivo.
c. Entrega: Participación activa, ejercicios completados durante el taller.
Laboratorios Remotos o Virtuales
a. Descripción: Realización de experimentos o actividades de laboratorio mediante el uso de software específico o equipos remotos controlados a través de internet.
b. Herramientas: Laboratorios virtuales, acceso remoto a equipos de laboratorio.
c. Entrega: Reportes de laboratorio, grabaciones de la actividad realizada.
Desarrollo de Aplicaciones o Prototipos
a. Descripción: Creación de aplicaciones, programas o prototipos como parte de un curso de tecnología, ingeniería o diseño.
b. Herramientas: Entornos de desarrollo de software, herramientas de diseño y modelado.
c. Entrega: Código fuente, prototipos funcionales, demostración en video.
Evaluaciones Formativas Interactivas
a. Descripción: Realización de quizzes, encuestas y actividades interactivas para evaluar el conocimiento práctico de los estudiantes de manera continua.
b. Herramientas: LMS, herramientas de evaluación interactiva (e.g., Kahoot, Quizlet).
Aprobada en reunión del CSU el 17 de setiembre de 2024 Resolución CSU N° 38/2024
c. Entrega: Resultados de quizzes y actividades completadas en línea.
Beneficios
a. Aplicación Práctica: Facilitan la aplicación de conocimientos teóricos en contextos prácticos.
b. Flexibilidad: Pueden realizarse en cualquier momento y lugar, adaptándose a las necesidades de los estudiantes.
c. Desarrollo de Habilidades: Fomentan el desarrollo de habilidades prácticas y el aprendizaje activo.
d. Colaboración: Promueven la colaboración y el trabajo en equipo, incluso en un entorno remoto.
TÍTULO TERCERO
DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL ESTUDIANTE CAPÍTULO VI
De los Derechos y Deberes del Estudiante
Artículo 30° Son derechos del estudiante:
a. Acceder a todos los materiales de estudio, bibliografía recomendada, y recursos educativos digitales necesarios para el desarrollo de las asignaturas.
b. Utilizar las plataformas y herramientas tecnológicas proporcionadas por la institución para el aprendizaje a distancia.
c. Recibir asesoramiento académico y orientación de los docentes y tutores asignados, incluyendo respuestas a consultas en un tiempo razonable.
d. Derecho a sesiones de tutoría individual o grupal para aclarar dudas y profundizar en los temas del curso.
e. Ser evaluado de manera justa y objetiva, siguiendo los criterios de evaluación establecidos y comunicados previamente por los docentes.
f. Recibir retroalimentación sobre las evaluaciones realizadas, con el fin de mejorar el aprendizaje.
g. Expresar opiniones y sugerencias sobre el curso y el proceso educativo sin temor a represalias.
h. Derecho a la confidencialidad de la información personal y académica, protegiendo los datos personales según las normativas de protección de datos vigentes.
i. Derecho a la privacidad en las interacciones y comunicaciones realizadas en el entorno de aprendizaje en línea.
j. Recibir soporte técnico para resolver problemas relacionados con el acceso y uso de las plataformas y herramientas tecnológicas proporcionadas por la institución.
k. Ser informado sobre actualizaciones o cambios en las plataformas tecnológicas utilizadas.
l. Derecho a la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación y en el proceso de aprendizaje, independientemente de su lugar de residencia, situación socioeconómica, o cualquier otra condición.
m. Solicitar adaptaciones o apoyos específicos en caso de discapacidad o necesidades especiales.
n. Recibir información clara y completa sobre los programas de estudio, requisitos del curso, calendario académico, y procedimientos administrativos.
o. Ser informado sobre cualquier cambio en las políticas, procedimientos, o contenido del curso en tiempo y forma.
p. Participar en encuestas de satisfacción y retroalimentación sobre los cursos y servicios ofrecidos.
q. Acceder a servicios complementarios como bibliotecas virtuales, servicios de orientación profesional, y actividades extracurriculares ofrecidas por la institución.
Aprobada en reunión del CSU el 17 de setiembre de 2024 Resolución CSU N° 38/2024
r. Participar en actividades de desarrollo personal y profesional organizadas por la institución.
Estos derechos aseguran que los estudiantes de educación a distancia reciban un trato justo, equitativo y respetuoso, y que tengan acceso a los recursos y el apoyo necesario para su éxito académico. Es responsabilidad de la institución educativa garantizar el cumplimiento de estos derechos y fomentar un entorno de aprendizaje inclusivo y efectivo.
Artículo 31° Son deberes del estudiante:
a. Cumplir con las actividades académicas, lecturas, y tareas asignadas dentro de los plazos establecidos por los docentes.
b. Participar activamente en las clases virtuales, foros de discusión, y demás actividades interactivas que formen parte del curso.
c. Organizar y gestionar el tiempo de manera efectiva para cumplir con las obligaciones académicas y personales.
d. Utilizar las plataformas y herramientas tecnológicas proporcionadas por la institución de manera responsable y ética.
e. Respetar las normas de uso de los recursos educativos digitales y no compartir material protegido por derechos de autor sin autorización.
f. Realizar todas las evaluaciones, tareas y proyectos de manera honesta, sin recurrir al plagio o cualquier otra forma de deshonestidad académica.
g. Atribuir correctamente las fuentes de información utilizadas en los trabajos académicos.
h. Informar a los docentes y a la administración académica sobre cualquier dificultad técnica o personal que pueda afectar el rendimiento académico.
i. Responder oportunamente a los correos electrónicos y otras formas de comunicación utilizadas por la institución y los docentes.
j. Respetar las opiniones, contribuciones y derechos de los compañeros y docentes.
k. Conocer y cumplir con las políticas, procedimientos y reglamentos establecidos por la institución para la modalidad a distancia.
l. Participar en las actividades de formación, orientación y actualización ofrecidas por la institución para mejorar las competencias de estudio a distancia.
m. Mantener la confidencialidad de las credenciales de acceso a las plataformas educativas y no compartirlas con terceros.
n. Proporcionar retroalimentación honesta y constructiva sobre los cursos, materiales, y servicios recibidos, con el fin de contribuir a la mejora continua de la educación a distancia.
o. Participar en encuestas y evaluaciones de satisfacción que ayuden a la institución a identificar áreas de mejora.
p. Apartarse de todo comportamiento que atente contra la moral y las buenas costumbres, tanto dentro como fuera de la institución; tal como se establece en el Art. 2° del CÓDIGO DE ÉTICA DE LA INSTITUCIÓN.
Estos deberes aseguran que los estudiantes de educación a distancia adopten un enfoque disciplinado, ético y comprometido hacia su aprendizaje. Cumplir con estos deberes es fundamental para el éxito académico y para el mantenimiento de un entorno educativo respetuoso y productivo. La institución apoyará y guiará a los estudiantes en el cumplimiento de estos deberes, promoviendo un aprendizaje efectivo y una conducta responsable.
CAPÍTULO VII
Reglas de Convivencia
Artículo 32° Normas de convivencia
El estudiante debe observar las normas esenciales de convivencia social que favorezcan la creación de un entorno universitario agradable y respetuoso en pro del crecimiento personal, intelectual y profesional de la comunidad educativa, para ello deberá observar lo establecido en el “CÓDIGO DE ÉTICA DE LA INSTITUCIÓN”
Artículo 33° Uso de la Netiqueta en la Interacción dentro del Aula Virtual
Aprobada en reunión del CSU el 17 de setiembre de 2024 Resolución CSU N° 38/2024
El correcto uso de la netiqueta es fundamental para mantener un ambiente respetuoso, efectivo y agradable en las interacciones dentro del aula virtual. A continuación, se detallan las principales normas de netiqueta que todos los estudiantes en la modalidad a distancia deben seguir:
a. Tratar a todos los participantes con respeto y cortesía en todas las comunicaciones, independientemente de las diferencias de opinión.
b. Evitar el uso de lenguaje ofensivo, insultos o comentarios despectivos hacia cualquier persona.
c. Utilizar un lenguaje claro y preciso en los mensajes para evitar malentendidos.
d. Redactar mensajes completos, usando una estructura adecuada y correcta ortografía y gramática.
e. Evitar escribir en mayúsculas, ya que esto puede interpretarse como gritar.
f. Utilizar mayúsculas de manera adecuada para resaltar títulos o secciones importantes, no para transmitir emociones.
g. Respetar el turno de palabra y no interrumpir a otros participantes durante las discusiones en vivo.
h. Responder a los mensajes y preguntas de manera oportuna, mostrando compromiso y responsabilidad.
i. Informar al grupo o al docente en caso de no poder participar en una actividad o sesión programada.
j. Utilizar emojis y abreviaturas con moderación y solo cuando sea apropiado, asegurándose de que el significado sea claro para todos.
k. Evitar el uso excesivo de jerga o abreviaturas que puedan no ser entendidas por todos los participantes.
La aplicación responsable de estas normas de netiqueta ayudará a crear un entorno virtual positivo, respetuoso y propicio para el aprendizaje y la colaboración. Siguiendo estas pautas, los estudiantes de la modalidad a distancia pueden asegurar que sus interacciones sean productivas y que se mantenga un ambiente de respeto y cortesía en todo momento.
CAPÍTULO VIII
Delegados/as de Curso y la Organización Estudiantil
Artículo 34° De los delegados de cursos
Los delegados de cursos son representantes de los estudiantes de los distintos cursos de las diferentes carreras, los mismos, oficiarán de nexo con las autoridades de la institución.
Artículo 35° Funciones del delegado de curso
a. A los efectos del presente reglamento, el/la delegado/a de curso tiene las siguientes funciones: Oficiar de enlace con las autoridades de la Universidad.
b. Constituirse en la instancia de representación para canalizar las inquietudes, quejas y sugerencias del curso sobre temas académicos y/o administrativos.
c. Participar en reuniones periódicas con las autoridades de la Universidad.
d. Instar a los compañeros/as del curso a cumplir con las normas y pautas académicas establecidas por la institución.
e. Organizar actividades científicas, deportivas, sociales o culturales que sean de interés particular del curso en coordinación con las autoridades de la institución.
f. f. Otras que sean propias del interés del curso.
Artículo 36° Plazo para la elección
Dentro de los primeros 30 (treinta) días del inicio de las clases del periodo lectivo, cada curso deberá elegir un/a delegado/a y un/a subdelegado/a.
La nómina será comunicada por escrito a la dirección de calidad de atención, para arbitrar los mecanismos pertinentes que propicien una fluida comunicación entre los representantes estudiantiles y las autoridades de la Universidad.
Artículo 37° Creación y organización del centro de estudiantes
Aprobada en reunión del CSU el 17 de setiembre de 2024 Resolución CSU N° 38/2024
El presente reglamento garantiza la creación y organización del centro de estudiantes.
Dicha nucleación, para su funcionamiento, deberá ajustarse a los preceptos constitucionales y legales vigentes del país, como así también, a los estatutos, reglamentos y resoluciones de la institución.
Artículo 38° Finalidad del centro de estudiantes
El centro de estudiantes es la organización formada y liderada por la comunidad estudiantil de la Universidad y tiene, entre otras, la finalidad de:
a. Promover la participación de sus miembros en la consolidación de las metas, fines y objetivos institucionales de la Universidad.
b. Constituirse en espacio de crecimiento de la comunidad estudiantil a través del desarrollo de actividades académicas, sociales, culturales y deportivas.
c. Mantener buenas y cordiales relaciones con la comunidad educativa universitaria.
Artículo 39° De estructura y funcionamiento del centro de estudiantes
Todo lo concerniente al régimen jurídico de la estructura y funcionamiento del centro de estudiantes de la Universidad será regido por el REGLAMENTO DEL CONSEJO DE CENTROS DE ESTUDIANTES.
La institución respetará la autonomía de dicha nucleación y propiciará acciones conjuntas que contribuyan al fortalecimiento de la Universidad.
Artículo 40° Del uso del nombre de la Universidad Ningún estudiante, grupo o asociación de estudiantes podrá usar el nombre de la Universidad en actividades, dentro y fuera de sus instalaciones sean estas de carácter político, religioso u de otro tipo, sin la autorización explícita de las autoridades pertinentes.
TÍTULO CUARTO
DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL ESTUDIANTE
CAPÍTULO IX
De la Finalidad y Clasificación de las Faltas, Causales y Sanciones
Artículo 41° De la finalidad y clasificación de las faltas
El régimen disciplinario tiene la finalidad de prevenir, corregir y sancionar el comportamiento estudiantil que se aparta de las normas de convivencia establecidas en los estatutos, reglamentos, resoluciones y el CÓDIGO DE ÉTICA DE LA INSTITUCIÓN.
Las faltas pueden ser leves y graves:
a. Son faltas leves aquellas conductas contrarias a las normas que no perjudican gravemente la convivencia dentro de la institución.
b. Son faltas graves aquellas conductas que perjudican considerablemente el normal funcionamiento de la institución.
Artículo 42° Las faltas y las sanciones disciplinarias:
Estas faltas, tanto graves como leves, están claramente definidas en este reglamento estudiantil para asegurar que los estudiantes conozcan las consecuencias de sus acciones y se mantenga un entorno de aprendizaje respetuoso y efectivo.
Las faltas leves
a. Entregar tareas, trabajos o proyectos fuera de los plazos establecidos sin justificación previa.
b. Retrasarse en la participación en foros, discusiones o actividades grupales.
c. No participar regularmente en las actividades del curso, foros de discusión o sesiones en línea.
d. Utilizar un lenguaje informal o poco profesional en las interacciones con compañeros y docentes.
Aprobada en reunión del CSU el 17 de setiembre de 2024 Resolución CSU N° 38/2024
e. Utilizar recursos del aula virtual para fines personales o no relacionados con el curso, aunque sin causar daños graves.
f. No respetar las directrices de uso de plataformas y herramientas proporcionadas por la institución.
Las faltas graves que dan lugar a sanciones disciplinarias son:
a. Presentar trabajos, tareas o proyectos plagiados o copiados de otros estudiantes o fuentes sin la debida citación.
b. Facilitar a otros estudiantes trabajos para que los presenten como propios.
c. Hacerse pasar por otro estudiante en actividades, exámenes o cualquier tipo de evaluación.
d. Permitir que otra persona participe en actividades, exámenes o evaluaciones en lugar del estudiante inscrito.
e. Utilizar el aula virtual para actividades no relacionadas con el curso, como spam, publicidad o actividades comerciales.
f. Introducir virus, malware o cualquier otro tipo de software dañino en el sistema de la institución.
g. Acosar, intimidar o discriminar a otros estudiantes, docentes o personal administrativo.
h. Realizar comentarios ofensivos, insultos o cualquier forma de ciberacoso.
i. Falsificar documentos, registros académicos o cualquier tipo de información oficial.
j. Manipular resultados de exámenes, calificaciones o cualquier tipo de evaluación.
k. Compartir información confidencial de la institución, de otros estudiantes o del personal docente sin autorización.
l. Difundir materiales de estudio o contenido del curso sin el permiso del autor o la institución.
m. Participar u organizar actividades que perturben, obstaculicen o impidan el desarrollo normal de las actividades académicas.
n. Provisión por parte del estudiante de información o presentación de documentos personales y/o académicos de contenido falso comprobado por las autoridades competentes.
o. Cualquier acto que a criterio de las autoridades de la institución atente gravemente contra el normal desarrollo de las actividades de la Universidad.
Artículo 43° Tipos de sanciones disciplinarias
Las sanciones disciplinarias para los estudiantes tendrán el tratamiento de acuerdo de los casos establecidos en el Art. 42.
Las sanciones disciplinarias para aplicarse a estudiantes de la modalidad a distancia son consideradas y adaptadas a la naturaleza virtual del entorno educativo. Entre estas sanciones se incluyen:
a. Advertencias Formales: Enviar advertencias por escrito que se registren en el expediente académico del estudiante. Estas advertencias deben detallar la conducta inapropiada y las consecuencias de futuras infracciones.
b. Restricciones de Acceso Temporal: Suspensión temporal del acceso a la plataforma virtual o recursos educativos, como foros de discusión, tareas, materiales de estudio, entre otros.
c. Tareas o Proyectos Adicionales: Consiste en asignar tareas adicionales relacionadas con la conducta inapropiada. Por ejemplo, un ensayo sobre la importancia de la ética académica o un proyecto sobre el impacto de la mala conducta en el entorno educativo.
d. Reprobación del Curso: En casos graves de mala conducta académica o disciplinaria, el estudiante podrá ser reprobado en el curso, con la posibilidad de repetirlo bajo supervisión estricta.
e. Condiciones de Reinscripción: Consiste en establecer condiciones específicas para la reinscripción en futuros cursos, como la obligación de asistir a talleres de ética académica o de recibir asesoramiento adicional.
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f. Expulsión Temporal o Permanente: En situaciones extremadamente graves, la institución puede considerar la suspensión temporal o la expulsión definitiva del estudiante. Esta medida es la última opción y debe seguir un proceso justo y transparente.
g. Informe a Autoridades: En casos que involucren violaciones legales, como amenazas o acoso, se debe informar a las autoridades competentes para que tomen las acciones correspondientes.
h. Expulsión: Una falta grave que amerite la misma, previo sumario administrativo sometido a la autoridad del Rector.
Es importante que todas las sanciones estén claramente definidas en el código de conducta de la institución y que los estudiantes sean informados de las políticas y procedimientos desde el inicio de su participación en el programa a distancia. Además, cualquier proceso disciplinario debe ser justo, transparente y proporcionar al estudiante la oportunidad de defenderse.
TÍTULO QUINTO
DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DEL ESTUDIANTE
CAPÍTULO X
De la Evaluación
Artículo 44° De la evaluación
La evaluación del rendimiento académico del estudiante es el proceso continuo, permanente y progresivo por medio del cual se determina el logro del aprendizaje del estudiante para valorar el nivel de conocimiento y dominio de las competencias establecidas en el perfil profesional de cada carrera.
En el entorno de formación a distancia, las evaluaciones juegan un papel crucial para medir el progreso académico y el aprendizaje de los estudiantes.
A continuación, se indican puntos relevantes sobre las evaluaciones en este contexto:
a. Las evaluaciones incluyen exámenes en línea a través de cuestionarios.
b. Tienen fechas límite flexibles que permiten a los estudiantes gestionar su tiempo de estudio de manera efectiva. Esto facilita la participación de estudiantes con horarios variados.
c. La plataforma educativa proporciona herramientas para la creación, entrega y evaluación de tareas y exámenes. Los docentes pueden monitorear el progreso y la participación de los estudiantes de manera continua.
d. Después de cada evaluación, los estudiantes de la modalidad a distancia reciben retroalimentación detallada sobre su desempeño. Esto les ayuda a identificar áreas de mejora y fortalezas, fomentando el aprendizaje autónomo y continuo.
e. Se implementan medidas para garantizar la integridad académica, como la prevención del plagio y la supervisión remota durante exámenes. Esto asegura que las evaluaciones reflejen de manera precisa el conocimiento y habilidades adquiridas por los estudiantes.
f. Las evaluaciones están diseñadas para ser accesibles desde cualquier lugar con conexión a internet, permitiendo a los estudiantes participar independientemente de su ubicación geográfica. Además, pueden adaptarse para satisfacer las necesidades individuales de los estudiantes con diversas habilidades y capacidades.
g. Se utilizan tanto evaluaciones formativas (para monitorear el aprendizaje en curso) como sumativas (para evaluar el aprendizaje al final de una unidad o curso). Ambos tipos de evaluaciones son fundamentales para evaluar el progreso y el logro de los objetivos de aprendizaje.
Artículo 45° De la finalidad de la evaluación
La finalidad de las evaluaciones en modalidad a distancia es múltiple y abarca varios aspectos clave para asegurar la efectividad y el éxito del proceso educativo.
Algunas de estas finalidades se destacan a continuación:
a. Evaluar el nivel de conocimientos, habilidades y competencias adquiridas por los estudiantes durante el curso o la unidad de estudio.
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b. Seguir de cerca el progreso individual de los estudiantes a lo largo del curso, permitiendo ajustes y mejoras en la enseñanza si es necesario.
c. Reforzar el aprendizaje mediante la revisión y la aplicación de conceptos aprendidos en diversas situaciones evaluativas.
d. Ofrecer retroalimentación oportuna y constructiva que guíe a los estudiantes en su proceso de aprendizaje y mejora continua.
e. Determinar si los estudiantes han alcanzado los objetivos específicos establecidos para el curso o la unidad, asegurando la alineación con los estándares educativos.
f. Motivar a los estudiantes para que se involucren activamente en el aprendizaje y se comprometan con el logro de sus metas académicas.
g. Implementar medidas para asegurar que las evaluaciones reflejen de manera precisa y ética el nivel de conocimientos y habilidades de los estudiantes, previniendo el plagio y otras formas de fraude académico.
h. Formalizar la promoción del estudiante
Artículo 46° Del derecho a evaluaciones
Para acceder a la instancia de evaluación, el estudiante deberá cumplir con todos los requisitos preestablecidos.
Tendrá derecho a evaluación final (ordinario, complementario y/o extraordinario) el estudiante que cumpliere con todos los requisitos académicos y administrativos establecidos en este reglamento.
En el contexto de la educación a distancia, el medio para realizar evaluaciones de manera efectiva es la plataforma de aprendizaje virtual.
Artículo 47° De las fechas programadas en el calendario académico para las evaluaciones
Las evaluaciones, tales como exámenes parciales (exámenes recuperatorios de parcial) y exámenes finales (ordinarios, complementarios y extraordinarios), serán fijados por la institución y administrados en las fechas y horas establecidas en el calendario académico y no podrán ser modificadas.
Artículo 48° De las ausencias a evaluaciones
El estudiante que no haya cumplido con una instancia evaluativa (evaluación parcial, recuperatorio o presentaciones orales y escritas), no podrá exigir recuperar la prueba en fecha distinta a la establecida por la institución.
El estudiante que no se presente a la evaluación final (ordinario, complementario y/o extraordinario) en el día y hora que establece la institución, perderá el derecho a dicho examen y llevará ausente.
Artículo 49° De la evaluación del rendimiento académico
Es el proceso continuo, permanente y progresivo por medio del cual se determina el logro del aprendizaje del estudiante para valorar el nivel de conocimiento y dominio de las competencias establecidas en el perfil profesional de cada carrera.
Artículo 50° Rendimiento académico mínimo para aprobar
Para aprobar una asignatura se deberá obtener el rendimiento académico mínimo del 60% (sesenta por ciento), que corresponderá a la calificación 2 (dos) conforme a la escala de calificaciones establecida por la institución.
Artículo 51° Promedio académico mínimo para la permanencia en la institución
El promedio mínimo acumulado requerido al estudiante para la permanencia en la institución será 2.0 y el cálculo incluirá las calificaciones de las asignaturas aprobadas y reprobadas.
Si al finalizar el primer año lectivo, el estudiante hubiere acumulado un promedio inferior al mínimo, deberá firmar un acta de compromiso para elevar su promedio.
Si al finalizar el segundo año lectivo continuase con un promedio inferior al mínimo, entrará en periodo de prueba el siguiente año y deberá firmar el acta de condicionalidad, asumiendo el compromiso de obtener el promedio exigido.
En caso de no lograrlo, la Universidad se reserva el derecho de aceptar la matriculación del estudiante para el siguiente periodo lectivo.
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CAPÍTULO XI
Del instrumento y las instancias de evaluación
Artículo 52° Instrumento de evaluación
Los instrumentos de evaluación son herramientas o métodos utilizados para medir el aprendizaje y el rendimiento de los estudiantes en diversos contextos educativos.
En el ámbito de la educación a distancia en la Universidad San Carlos, el instrumento utilizado para el proceso de evaluación incluye:
a. Cuestionarios de opción múltiple: Evalúan el conocimiento sobre un tema con preguntas de respuesta única.
Artículo 53° Instancias evaluativas
Las evaluaciones previstas en el presente instrumento y de conformidad al tiempo de su aplicación podrán ser:
a. Examen parcial, examen parcial recuperatorio.
b. Examen final ordinario, complementario y extraordinario.
c. Trabajos prácticos.
d. Actividades autónomas
- Foros
- Autoevaluaciones
- Tareas
- Glosario Colaborativo
- Salida de campo (si la asignatura lo exige)
- Práctica de laboratorio (si la asignatura lo exige)
Diseño de Evaluaciones:
a. Preguntas Aleatorias: Consiste en la generación de preguntas aleatorias de un banco de preguntas para que cada estudiante reciba una combinación única.
b. Tiempo Limitado: Se establece un tiempo límite razonable para cada pregunta o sección de la evaluación.
Artículo 54° Examen parcial y examen parcial recuperatorio
La evaluación parcial en una formación a distancia es un proceso de evaluación que se realiza en un punto intermedio del curso para medir el progreso y el nivel de comprensión de los estudiantes sobre el material cubierto hasta ese momento.
Esta evaluación permite a los docentes y a los estudiantes identificar fortalezas y áreas de mejora antes de llegar a la evaluación final.
Artículo 55° Ponderación examen parcial recuperatorio
El examen parcial recuperatorio deberá regularizarse a los 15 días posteriores al examen parcial, y la manera de su realización son en las mismas condiciones que el examen parcial
El estudiante habilitado para el examen parcial recuperatorio tendrá una ponderación del 90% respecto a la totalidad de puntajes posibles para el examen parcial y el estudiante tiene la obligación de inscribirse 24 horas antes de la fecha del examen y cumplir con el requerimiento administrativo.
Artículo 56° Examen final ordinario
El examen final en una formación a distancia es una evaluación comprehensiva que se realiza al final del curso para medir el conocimiento y las habilidades adquiridas por los estudiantes a lo largo de todo el periodo de instrucción.
Este examen es crucial para determinar si los estudiantes han alcanzado los objetivos de aprendizaje del curso y puede influir significativamente en su calificación final.
Son requisitos esenciales para tener derecho a examen final ordinario:
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a. Tener habilitación administrativa: Estar al día con los aranceles, por lo menos 24 (veinticuatro) horas antes de la fecha del examen.
b. Tener habilitación académica: Contar con la asistencia mínima de 70% (setenta por ciento) en la asignatura.
c. Haber acumulado un mínimo de 20% (veinte por ciento) en el proceso enseñanzaaprendizaje durante el desarrollo de clase.
Artículo 57° Examen complementario
El examen complementario es una evaluación adicional que se ofrece a los estudiantes que no han alcanzado la calificación mínima requerida en los exámenes regulares del curso o que no han podido rendir en la fecha establecida por la Institución, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Art. 59. del este reglamento.
Su objetivo es brindar una segunda oportunidad para demostrar el dominio de los conocimientos y competencias esperados.
Artículo 58° Examen extraordinario
El examen extraordinario es una evaluación especial ofrecida en circunstancias excepcionales, generalmente cuando el estudiante no pudo presentarse a las evaluaciones regulares debido a razones justificadas, como problemas de salud o emergencias personales.
Artículo 59° Requisitos para tener derecho a examen complementario y extraordinario
Son requisitos esenciales para tener derecho a examen complementario y extraordinario en una asignatura los exigidos para el examen final ordinario (Art. 56) y la obligación de inscribirse y abonar el arancel correspondiente 24 horas antes de la fecha del examen.
Artículo 60° Trabajos Prácticos
El trabajo práctico en la formación a distancia es una herramienta clave para evaluar las habilidades aplicadas de los estudiantes en contextos reales o simulados.
Este tipo de evaluación permite a los estudiantes demostrar su comprensión y aplicación de los conocimientos teóricos adquiridos a lo largo del curso.
Artículo 61° De las actividades autónomas
Las actividades autónomas en la formación a distancia es una parte fundamental del proceso de aprendizaje. Se refieren a todas las actividades que los estudiantes realizan de manera independiente, con el objetivo de consolidar y profundizar los conocimientos adquiridos en las clases.
A efectos de este reglamento las actividades autónomas son identificadas en el Art. 53.
El estudiante tiene acceso en todo momento a los resultados de las entregas realizadas en términos de actividades autónomas a través del aula virtual desde la herramienta Calificador
Artículo 62° Conocimiento de los resultados de las evaluaciones
El estudiante tendrá acceso a los resultados de las evaluaciones (parciales y finales) inmediatamente después de haber efectuado mediante la plataforma virtual. La carga efectiva de dicho resultado se realiza dentro del plazo de 72 (setenta y dos) horas posteriores a la fecha de realización del examen en la USC virtual
El estudiante tiene acceso en todo momento de los resultados de sus evaluaciones a través del aula virtual desde la herramienta Calificador
Artículo 63° Derecho de revisión de exámenes
El estudiante tiene derecho a conocer el resultado de los exámenes y es una obligación del docente comunicar a los mismos el resultado a través de los medios institucionales oficiales.
El estudiante podrá solicitar la revisión de su examen, dentro del plazo máximo de 5 días después de que el docente registrará los resultados en la USC virtual.
Vencido dicho plazo, no se podrá realizar ninguna modificación en el puntaje ni en el acta de examen y en consecuencia, caduca el derecho del estudiante de incorporar cualquier cambio en el acta.
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CAPÍTULO XII
Valoración del proceso de enseñanza – aprendizaje
Artículo 64° De la valoración del proceso de enseñanza – aprendizaje
Con el propósito de valorar el rendimiento académico de los estudiantes, se establece una ponderación del 60% para el proceso y 40% para la evaluación final del producto, conforme se detalla en la siguiente tabla de especificaciones:
Actividades de proceso
Actividades autónomas 25%
Trabajo Práctico 15%
Evaluación Parcial 20%
Total de proceso 60%
Evaluación final 40%
Total Final 100%
En caso de que la asignatura requiera clases prácticas, estas inciden dentro de las actividades autónomas El estudiante que complete el formulario de evaluación al desempeño docente se adjudicará un 2% de este proceso.
Los trabajos prácticos deberán ser entregados en la plataforma virtual en tiempo y forma preestablecidos por cada cátedra.
Artículo 65° Registro de proceso
El estudiante deberá verificar su proceso evaluativo como máximo hasta 48 horas antes del examen final ordinario y solicitar su revisión, en caso que fuere pertinente. Cumplido este plazo no se aceptarán reclamos.
Artículo 66° De la escala de calificación final
A los efectos de determinar el nivel de rendimiento académico del estudiante se deberá aplicar la siguiente escala:
Puntaje
Cuantitativa
Calificación
Cualitativa Nº Letra
91 a 100 5 CINCO SOBRESALIENTE
81 a 90 4 CUATRO DISTINGUIDO
70 a 80 3 TRES BUENO
60 a 69 2 DOS REGULAR
1 a 59 1 UNO REPROBADO
Artículo 67° Recursar la asignatura
El estudiante que no haya aprobado la asignatura en cualquiera de las tres instancias evaluativas finales deberá recursar la asignatura.
Artículo 68° Promoción del estudiante
La promoción de un estudiante en cada asignatura se efectúa conforme a la secuencia establecida en el plan de estudios, respetando la correlatividad y a las pautas normativas de evaluación establecidas por la institución, salvo autorización expresa del Rectorado.
Artículo 69° Del fraude
Durante la aplicación de los exámenes se tomarán todas las medidas de seguridad y se aplicarán los mecanismos de control pertinentes, a fin de evitar fraudes y cualquier otra irregularidad que desnaturalice el fin de la evaluación.
Diseño de Evaluaciones:
Aprobada en reunión del CSU el 17 de setiembre de 2024 Resolución CSU N° 38/2024
a. Preguntas Aleatorias: Consiste en la generación de preguntas aleatorias de un banco de preguntas para que cada estudiante reciba una combinación única.
b. Tiempo Limitado: Se establece un tiempo límite razonable para cada pregunta o sección de la evaluación.
El estudiante que fuere sorprendido realizando cualquier maniobra fraudulenta durante la realización de un examen parcial o final, será reprobado en dicha prueba.
En caso de que el fraude se produjera durante el examen final, el estudiante perderá su derecho a dicha asignatura y, en consecuencia, deberá recusarla.
Se considerará así mismo, como una maniobra fraudulenta, que un estudiante realice capturas de pantalla con preguntas y sus resultados y lo comparta
En todos los casos el docente deberá comunicar a la instancia correspondiente y dejar asentado por escrito el incidente.
TÍTULO SEXTO
RÉGIMEN DE LAS BECAS UNIVERSITARIA
CAPÍTULO XIII
OBJETIVO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y VIGENCIA
Artículo 70° Este capítulo se regirá por el “REGLAMENTO DE BECAS VIGENTE EN LA UNIVERSIDAD”.
TÍTULO SÉPTIMO
DE LOS TRASLADOS, CAMBIOS DE CARRERA, TURNO, SECCION HOMOLOGACIONES Y CONVALIDACIONES
CAPÍTULO XIV
Disposiciones Generales
Artículo 71° Del traslado de sede/filial
Los estudiantes de educación a distancia no están sujeto a ninguna sede o filial, los cual, no aplica para la modalidad.
Artículo 72° Cambio de carrera
Es el acto en virtud del cual un estudiante de una carrera solicita el cambio a otra carrera dentro de la Universidad.
Para el efecto, el estudiante deberá solicitar formulario mediante, dentro del plazo de las tres primeras semanas de iniciadas las clases de cada trimestre.
La solicitud deberá indicar el motivo y ser entregada a la Dirección de Calidad de Atención de la sede central o a la secretaria de filial según el caso.
Artículo 73° Cambio de turno
No aplica para la modalidad.
Artículo 74° Cambio de sección
Es el acto en virtud del cual un estudiante, solicita el cambio de sección.
Para el efecto, el estudiante deberá solicitar formulario mediante, indicando el motivo de su solicitud, dentro del plazo de las tres primeras semanas de iniciadas las clases de cada trimestre.
La solicitud deberá ser entregada a la Dirección de Calidad de Atención de la sede central o a la secretaria de filial según el caso y estará sujeta a aprobación dependiendo de los cupos disponibles en las asignaturas de dicha sección
Artículo 75° Cursar Asignaturas en Otra Sede / Filial
No aplica para la modalidad.
Artículo 76° Inscripción para recursar asignaturas de 1° año
Es el acto en virtud del cual un estudiante de cursos superiores solicita la inscripción a asignaturas del 1º año.
Aprobada en reunión del CSU el 17 de setiembre de 2024 Resolución CSU N° 38/2024
Para el efecto, el estudiante deberá solicitar formulario mediante, indicando el motivo de su solicitud, dentro del periodo de matriculación de cada periodo lectivo hasta el día de inicio de clases.
La solicitud deberá ser entregada a la Dirección de Calidad de Atención de la sede central o a la secretaria de filial según el caso y estará sujeta a aprobación dependiendo los cupos disponibles.
Artículo 77° De las homologaciones de asignaturas cursadas en otras carreras de la Universidad
Entiéndase por homologación el procedimiento interno, académico y administrativo, por el cual se reconocen las asignaturas cursadas en una carrera, con una vigencia de 8 (ocho) años. La asignatura Metodología de la Investigación no podrá ser homologada.
Artículo 78° Convalidación de asignaturas
Es el procedimiento por el cual aquellos estudiantes que hayan cursado y aprobado asignaturas de alguna carrera, en otras instituciones, habilitadas legalmente, obtienen el reconocimiento de dichas asignaturas; siempre y cuando exista similitud en el contenido programático, no inferior al 75% y cuya carga horaria sea semejante a la de esta institución.
La calificación final de cada asignatura cursada debe ser de 2,5 como mínimo para que puedan ser convalidadas por la Institución.
Para la formalización de dicha solicitud, el estudiante deberá matricularse, presentar un pedido a la Dirección Académica y las siguientes documentaciones:
a. Certificado de estudio original de la institución de origen.
b. Programas de estudios originales debidamente foliados, sellados y refrendados por las autoridades competentes de la institución de origen.
c. Cuando se trata de asignaturas cursadas y aprobadas en Universidades extranjeras, legalmente reconocidas, el estudiante deberá adjuntar a la solicitud, el certificado de estudio original de la institución de origen apostillado y los documentos citados en el inciso “b”.
d. Comprobante del pago del arancel correspondiente.
Artículo 79° Del plazo
El plazo de presentación de las solicitudes de convalidaciones será definido en el Calendario Académico y en todos los casos serán antes del inicio de cada periodo lectivo.
La Dirección Académica se expedirá en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles, contados a partir de la fecha de presentación, para emitir el dictamen de convalidación y comunicar al alumno.
Artículo 80° Del reconocimiento de la vigencia de los méritos académicos a convalidar
La Dirección Académica elevará a consideración del Consejo Superior la convalidación de asignaturas aprobadas anteriormente en universidades nacionales o extranjeras.
Podrán ser convalidadas como máximo hasta el 50% de las asignaturas que contiene la malla curricular de la Universidad.
La asignatura de metodología de la investigación no podrá ser convalidada.
TÍTULO OCTAVO
DE LA MODALIDAD DE ENSEÑANZA TUTORIAL Y PASANTIAS
CAPÍTULO XV
Finalidad – Beneficiarios – Duración
Artículo 81° No aplica para la modalidad.
CAPÍTULO XVI
De las pasantías
Artículo 82° Conceptos, ámbitos y objetivos de la pasantía
Es el conjunto de actividades para la capacitación en áreas relacionadas a la formación del estudiante, sea en producción, investigación y/o extensión, realizadas por el mismo en instituciones públicas o privadas, con el objetivo de aplicar los conocimientos adquiridos en aula.
A todos los efectos se regirá por el “REGLAMENTO DE PASANTÍA”.
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TÍTULO NOVENO
TESIS DE GRADO
CAPÍTULO XVII
De la Tesis de Grado
Artículo 83° Tesis de Grado
La tesis de grado es un proyecto académico que los estudiantes universitarios deben completar al final su carrera como requisito para obtener el título de grado.
Este proyecto debe estar orientado al análisis y resolución de situaciones vinculadas a las ciencias agrarias en general y a los agronegocios en particular.
La tesis de grado podrá estar encaminada hacia una Investigación académica o un proyecto que implique la Evaluación técnicas, financiera y económica de un emprendimiento agrario.
A todos los efectos se regirá por el REGLAMENTO DE TESIS DE GRADO.
CAPÍTULO XVIII
DE LA EXTENSIÓN UNIVERSITARIA
Artículo 84° De la Naturaleza
La extensión universitaria es un componente integral de la educación superior que se enfoca en conectar las universidades con la sociedad en general. Se trata de un conjunto de actividades y programas diseñados para promover el intercambio de conocimientos, experiencias y recursos entre la institución académica y la comunidad externa. A través de la extensión universitaria, las universidades buscan contribuir al desarrollo social, cultural y económico de su entorno.
Artículo 85° De los Fines
Los fines de la extensión universitaria buscan no solo enriquecer la formación académica de los estudiantes, sino también generar un impacto positivo y duradero en la sociedad, promoviendo el desarrollo integral y sostenible a través de la colaboración y el intercambio de conocimientos. Para lograrlo a continuación se describen algunos de los principales:
a. Fortalecer la relación entre la universidad y la sociedad, fomentando la transferencia de conocimientos y tecnología para el desarrollo comunitario. Impacto: Facilita el acceso de la comunidad a recursos y conocimientos universitarios, promoviendo el bienestar social y el desarrollo equitativo.
b. Complementar la formación académica con experiencias prácticas que desarrollen habilidades sociales, éticas y profesionales. Impacto: Proporciona a los estudiantes oportunidades de aprendizaje en contextos reales, enriqueciendo su educación y preparándolos para enfrentar desafíos profesionales y personales.
c. Promover la investigación aplicada y el desarrollo de tecnologías que respondan a las necesidades y problemas de la sociedad. Impacto: Fomenta la creatividad y la innovación, contribuyendo al avance tecnológico y a la resolución de problemas específicos de la comunidad.
d. Implementar proyectos que promuevan prácticas sostenibles y respetuosas con el medio ambiente. Impacto: Contribuye a la creación de comunidades más sostenibles y resilientes, abordando desafíos ambientales y promoviendo el uso responsable de los recursos naturales.
e. Mejorar la calidad de vida de las personas a través de proyectos y programas educativos, sociales y culturales. Impacto: Proporciona recursos y apoyo en áreas clave como la salud, la educación y el desarrollo económico, contribuyendo a la mejora del bienestar general de la comunidad.
A todos los efectos se regirá por el REGLAMENTO DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA.
CAPÍTULO XIX TITULACIÓN
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Artículo 86° De la Titulación
La titulación es el procedimiento por el cual el estudiante ha dado cumplimiento a todas las exigencias académicas y administrativas, teniendo el derecho de solicitar el título de grado respectivo.
TÍTULO DÉCIMO
DISPOSICIONES FINALES
CAPÍTULO XX
DE LA PUBLICACIÓN, CUMPLIMIENTO Y VIGENCIA
Artículo 87° De la Derogación y Vigencia
Todas las resoluciones y disposiciones normativas que se contrapongan al presente reglamento perderán vigencia a partir de la aprobación del presente.
El reglamento entrará en vigencia en la fecha de aprobación del presente instrumento por resolución del Consejo Superior Universitario.
Artículo 88° De la Publicación y Difusión
La Universidad dará amplia difusión del presente reglamento para que toda la comunidad educativa universitaria tome conocimiento de dicho instrumento normativo que regulara la vida académica estudiantil en la Universidad.
Artículo 89° Del Cumplimiento
La Dirección de Calidad de Atención y la Dirección Académica junto con la Dirección de Educación a Distancia velarán que la comunidad estudiantil cumpla a cabalidad con lo establecido en el presente reglamento.
Artículo 90° De los Casos No Previstos
Los casos no previstos o situaciones no contempladas en el presente reglamento estudiantil de grado serán analizados y resueltos por el Consejo Superior Universitario y/o el Consejo de Administración.
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