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INFORME ESPECIAL

Jóvenes judicializados

versidad Nacional de Tres de Febrero. “Se trata de los datos más actualizados con los que se cuenta y no han variado mucho en los últimos tres años”, explica Gimol Pinto, especialista en Protección de Unicef. De todas formas, el informe Anual 2011 de la Comisión Provincial de la Memoria advierte que “resulta una gran incógnita cuántos son y qué medidas adoptan sobre los adolescentes que ingresan al circuito de la justicia penal juvenil” en territorio bonaerense, donde vive la mayoría de los chicos en conflicto con la ley. “Muy poco se conoce acerca de la cantidad de jóvenes que transitan por centros cerrados, semi-cerrados, comunidades terapéuticas o clínicas psiquiátricas”, sostiene el trabajo

Opinión

sobre “violaciones a los derechos humanos en los lugares de detención de la provincia de Buenos Aires”. Pinto asegura que se han hecho esfuerzos en los últimos años para generar medidas alternativas a la reclusión, pero “falta un adecuado seguimiento, monitoreo y relación con los chicos”, puntualiza. Del total de establecimientos de privación de la libertad en el país, la tercera parte no está especializada en la atención de jóvenes, sino que se trata de comisarías o de servicios penitenciarios de adultos. Frente a este escenario, las OSC juegan un rol clave en la asistencia y visibilización de la situación que enfrentan los chicos judicializados. “Con la gran crisis de 2001 y 2002, algu-

POR CLAUDIA CESARONI ✱

Un fracaso colectivo El caso de las penas de prisión perpetuas aplicadas en nuestro país a jóvenes que cometieron delitos graves antes de los 18 años de edad es la evidencia de un fracaso colectivo. Este fracaso es responsabilidad de los tres poderes del Estado: los jueces que aplicaron estas condenas brutales, a partir de 1999, en medio de campañas de mano dura; las sucesivas gestiones ejecutivas que, a lo largo de estos años se negaron a conmutar las penas, y el Parlamento nacional que no sancionó un régimen penal juvenil sin baja de edad de punibilidad y con topes máximos de penas de prisión. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) recibió las denuncias por estas condenas en junio de 2002, y en noviembre de 2010 recomendó al Estado Argentino que resolviera la situación de los jóvenes presos, entre otras medidas. Ante el silencio recibido como respuesta por parte del Estado, elevó el caso ante la CorteIDH. A lo largo de estos años, pasaron muchas cosas: El 21 de junio de 2005, Ricardo David Videla Fernández (20), apareció colgado en una celda de castigo de la Penitenciaría de Mendoza. Otros jóvenes fueron torturados y todos sufrieron condiciones indignas de detención. El silencio oficial y la casi nula repercusión que genera el caso y sus derivaciones, inclusive en organizaciones de defensa de los derechos humanos, demuestra que el hecho de que se apliquen penas de prisión abusivas y brutales a estos jóvenes, y que además se los torture y se los mantenga en condiciones indignas de detención, no se ve como una violación de derechos humanos. Por eso hablamos de un fracaso colectivo. Lamentablemente, habrá que esperar a que la CorteIDH sancione al Estado Argentino y le ordene terminar con esta vergüenza, que nos hace tristemente únicos en Latinoamérica. ✱ Abogada y criminóloga. Miembro del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (Cepoc). Autora de La vida como castigo. Los casos de adolescentes condenados a prisión perpetua en la Argentina. 34

nos jóvenes empezaron a tener entradas en las comisarías, pese a que está prohibida la detención de menores de 18 años en estas dependencias. Esos chicos entran en un sistema en el que no siempre se respetan sus derechos”, detalla Gioseffi, de la Red por los Derechos de los Jóvenes, que capacita y asesora a adolescentes, especialmente de barrios pobres, donde las detenciones por averiguación de antecedentes se convierten en moneda corriente. “Esta figura legal no sirve porque es muy menor la cantidad de personas detenidas por este motivo que efectivamente tienen antecedentes. Incluso, la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que esta figura está en contra de los tratados interna-

“Las legislaciones procesales y las garantías mejoran, pero la privación de libertad tiene que ser la última opción posible para los chicos.” Facundo Hernández, del Colectivo por los Derechos de la Infancia. cionales que firmó Argentina”, recuerda Gioseffi, para quien muchos de estos chicos son detenidos por el sólo hecho de ser pobres. Para el abogado especialista en Derecho Internacional y Derechos Humanos Tomás Ojea Quintana, quien integra Formación y Organización Social (Forga), resulta preocupante el tiempo que pasa entre que el adolescente es detenido y el caso llega a la Justicia. “Si detienen a un pibe a las 12 de la noche, ¿qué mecanismos administrativos existen para cumplir con la ley que establece que este plazo debe ser inmediato?”, se pregunta el letrado. Las organizaciones advierten que mientras ese lapso persiste, se abre paso a la desprotección. Sólo en-


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