Revista sobre redacción de textos jurídicos

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R e d a c t i o n

Una

Autor:
revista
recoge
relacionadosconlaredacciónde textosjurídicos
Medina C.I:7.355.624
que
los aspectos importantes
Samuel

Tabla de Contenido

Redacción de textos jurídicos . …………………………………...…………...........................................…3 Averiguación previa …………………...………...………………………………………….…………………....3 Libelos de demanda y denuncias …………………………………..……………………………………….… 4 Alegatos y peticiones – Contestación de demanda ………………………………………………………… 4 Incidentes-Autos –Escrito de pruebas……….. …………………………………..…………………...…. ….5 Acuerdos-Resoluciones-Declaraciones-Sentencia………………….……………………………………... 7 Apelaciones-Diligencias-Tipos de diligencias………………………………………………………………. 8 Contratos-Tipos de contrato-Notificaciones ………………………………………………………….......….9 REFERENCIAS ……….………………………………………………………………………………….…….....10 2

Redacción de textos jurídicos

El texto jurídico debe ser claro en sus supuestos y preciso en los términos en que está redactado, de manera que su comprensión sea clara, de forma y contenido y no con el dominio técnico del derecho. Escribir oraciones breves y claras, (consultar Pronombres relativos). Limitar al máximo posible el lenguaje técnico.

Averiguación previa

La averiguación previa es una etapa administrativa del procedimiento penal que depende del Poder Ejecutivo, en la cual el Ministerio Público investiga y realiza diversas diligenciasconlafinalidaddeacreditarelcuerpo del delito y la probable responsabilidad del imputado.

La averiguación previa inicia con la denuncia o querella que se hace en contra de alguna persona o de quien resulte responsable y concluye con el ejercicio de la acción penal.

3 l.

Libelos de demanda y denuncias

El libelo, que no es otra cosa que el escrito mediante el cual se propone la demanda. Debe ser presentado en forma escrita, de acuerdo a lo establecido en el Art. 340 CPC. De igual modo cualquier tipo de procedimiento en una demanda que se pueda llevar a cabo, en el mismo se dispondrá en su oportunidad correspondiente, el modo de realizar dicho proceso de acuerdo como lo establece EL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL VENEZOLANO El libelo contentivo de la demanda deberá ser presentado en forma escrita, de conformidad a lo preceptuado en el Art. 339 CPC: “El procedimiento ordinario comenzará por demanda, que se propondrá por escrito en cualquier día y hora, ante el Secretario del Tribunal o ante el Juez”.

Alegatos y peticiones

Los alegatos son los argumentos lógicos, jurídicos, orales o escritos, hechos valer por una de las partes, ante el juzgador, en virtud de los cuales se trata de demostrar que los hechos aducidos por la parte han quedado acreditados con los medios de prueba aportados en el juicio y que las normas jurídicas invocadas son aplicables en sentido favorable a la parte que alega, con impugnación de la posición procesal que corresponde a la contraria en lo que hace a hechos, pruebas y derecho.

Contestación de demanda

La contestación a la demanda es un acto relevante dentro del proceso civil ordinario, ya que con ella quedan determinados definitivamente los hechos sobre los que deberán producirse pruebas, así como el tema sobre el cual el juez se deberá pronunciar en su sentencia. El plazo para contestar la demanda es de diez días después de la notificación de esta.

Contenido de la contestación

En la contestación, el demandado debe oponer todas las excepciones o defensas que considere convenientes. En el escrito que se presente deberán solventar estas cuestiones:

• Reconocerse o negarse de manera categórica los hechos que se exponen en la demanda.

• Reconocerse o negar la autenticidad de los documentos que acompañen la demanda, tal es el caso de reconocer firmas en documentos en los que el demandado haya tenido acción.

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Incidentes- Autos- Escrito de Pruebas

Incidentes

Para el derecho, un incidente es una cuestión que difiere del asunto principal de un juicio, pero que guarda relación con él. Puede decirse que el incidente es un litigio accesorio al procedimiento judicial principal, que el juez o el tribunal deben resolver a través de una sentencia interlocutoria o de un auto.

Autos

El auto judicial o mandato judicial (también llamado en algunos ordenamientos sentencia interlocutoria) es una resolución judicial mediante la cual un juzgado o tribunal se pronuncia sobre peticiones de las partes, resolviendo las incidencias, es decir, las cuestiones diversas del asunto principal del litigio, pero relacionadas con él, que surgen a lo largo de un proceso jurisdiccional.

El auto, como la mayoría de las resoluciones, debe ir acompañado de un razonamiento jurídico (consideraciones y fundamentos), en los casos en que las leyes de procedimiento (civil o penal) así lo determinan.

Escrito de pruebas

Documento emanado de la parte o de su representante legítimo que hace verosímil el hecho litigioso, permitiendo con ello la admisión de otros medios de prueba

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Acuerdos-ResolucionesDeclaraciones-Sentencia

Acuerdos

En el derecho, un acuerdo puede celebrarse entre dos personas, así como entre asambleas, juntas o tribunales. Los acuerdos suelen efectuarse por escrito como garantía de su cumplimiento.

De la misma forma en que existen estos acuerdos al nivel de la base social, también existen acuerdos internacionales, normalmente conocidos como tratados internacionales

por medio del derecho constituyen obligaciones jurídicas entre las partes, Los acuerdos legalizados

Resoluciones

Son decisiones de la autoridad judicial que se emiten durante un proceso judicial, civil, penal, administrativo o laboral. Son declaraciones de voluntad de la autoridad judicial competente material y territorialmente que aplican la ley a un caso concreto.

Declaraciones

Sentencia

Manifestación de voluntad que realiza un sujeto de derecho internacional. Puede ser estrictamente unilateral, pudiendo en este caso generar obligaciones jurídicas para su autor, o poseer carácter conexo con otro u otros actos (otras declaraciones o comportamientos de otros sujetos, tratados, actos de organizaciones internacionales.

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Una sentencia es aquella resolución judicial donde un Juez o un Tribunal pone fin a un proceso tomando una decisión que resuelva una controversia

Todos los tipos de sentencias pueden recurrirse cuando alguna de las partes no está de acuerdo con la resolución judicial

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Apelaciones-Diligencias

Apelaciones

Es un recurso ordinario que pueden interponer en un proceso una o ambas partes, ante el juzgado de primera instancia, cuando estén en desacuerdo con una decisión de dicho órgano. El Recurso de Apelación debe interponerse por escrito dentro de los nueve días si la sentencia fuere definitiva, o seis si se trata de auto o interlocutoria y en el propio escrito se expresaran los agravios. pierde su apelación, puede ser responsable del sobre pago de cualquier dinero que se le haya pagado durante el tiempo en que se denegaron los beneficios en la decisión del Juez de derecho administrativo.

Diligencias

Es una solicitud escrita efectuada por la parte al secretario debiendo estar suscrita por ambos. La diligencia es cuidado, celo, solicitud, esmero, actividad puntual, desvelo en la ejecución de alguna cosa, en el desempeño de una función, en la relación con otra persona. Prontitud, rapidez, ligereza, agilidad. Asunto, negocio, solicitud. Tramitación, cumplimiento o ejecución de un acto o un auto judicial, Actuación del secretario judicial en el enjuiciamiento civil o en el procedimiento criminal.

Tipos de Diligencias

1. Diligencias de instrucción, aquellas que se redactan durante la instrucción de un proceso penal.

2. Diligencias de ordenación para propulsar un procedimiento.

3. Diligencias de ejecución para dictar, por ejemplo, un embargo.

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Contratos-Notificaciones

Contratos

Es un acuerdo que establecen dos partes, el deudor y el acreedor, que acuerdan cumplir ciertas condiciones entre ellos en un tiempo determinado. Las partes pueden ser físicas o jurídicas, y cada una puede estar conformada por una o más personas, Cada parte debe dar consentimiento firmado en el contrato sin ningún tipo de presión. El contrato en general es escrito, pero también existen los contratos orales.

Por medio del contrato el deudor contrae una obligación ante un acreedor. Puede tratarse de un dar, de un hacer algo, de un no hacer, o de entregar algo.

Tipos de contrato

1. Consensuales: comienza su efectividad cuando está firmado y concluido. Como en la compraventa de un vehículo.

2. Reales: a partir del contrato, comienza a tener efecto. Por ejemplo, al prestar dinero.

3. Solemnes: es un contrato que se sujeta a la realización de ciertas formalidades normativas para ser efectivo. Como en una hipoteca

Notificaciones

Es el acto procesal del juez que realiza a Través del notificador o la persona que la ley señala, mediante el cual se pone por escrito, en conocimiento de las partes o de terceros, las resoluciones u órdenes judiciales del juez Las notificaciones personales podrán efectuarse con el envío de la providencia por medio de mensaje de datos a la dirección electrónica o sitio que se suministre, sin necesidad de enviar una citación previa de comparecencia al juzgado. Los anexos también deberán ser enviados por medio virtual..

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Documento-Mandato

Documento

Un documento legal es cualquier medio o título, gráfico, que compruebe la existencia de un hecho, la exactitud o la verdad de una afirmación y que tenga valor de prueba. Los documentos son a menudo sinónimo de actas, cartas o escritos. Para darle validez al documento se necesita la firma autógrafa de la persona que lo emite y darle el certificado a los documentos.

Este tipo de documentos se agrega o se puede asociar como un tipo de instrumento, es decir, una herramienta que adquiere facultades y uso en determinados trámites. Puede ser también una información singularizada, o sea, que se puede distinguir por un nombre o un código, que trata de un asunto específico de naturaleza e interés particular de una institución de carácter secreto, estratégico o que representa capital intelectual.

El mandato puede ser expreso o tácito. El expreso puede darse por instrumento público o privado, por cartas, y también verbalmente

Mandato

Es un contrato por el cual una persona se obliga gratuitamente o mediante salario a ejecutar uno o más negocios por cuenta de otro que le ha encargado de ello.

El mandato puede ser expreso o tácito. El expreso puede darse por instrumento público o privado, por cartas, y también verbalmente Tácito Mandato que se constituye o acepta por actos de los que resulta de modo evidente y palmario la intención de obligarse

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REFERENCIAS

https://dadun.unav.edu/bitstream/10171/53287/1/Redacci %C3%B3n-Apuntes.pdf

https://www.docusign.mx/blog/documentos-legales

https://vlexvenezuela.com/tags/documentos-juridicosmodelos-3060198

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Vol2-Junio 2023

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