DOSSIER FORMATIVO INTEGRADOR "presupuesto"

Page 1

DOSSIER FORMATIVO INTEGRADOR

Saira Mileth Ortiz Galeano Cód. 222218

Yureidy Criado Guerrero Cód. 222216

Facultad de Ciencias Administrativas y Económicas

Universidad Francisco de Paula Santander SeccionalOcañaContaduría Pública Docente: Clemencia Figueroa Noviembre de 2022

MUNICIPIO EL RAPONAJE

NIT: 900.500.001-2

El Raponaje, 01 de Noviembre de 2022

Doctora CAMILA SUÁREZ

ALVERNIA

Jefe de Presupuesto ESM

ASUNTO: SOLICITUD CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD

Cordial saludo: En mi condición de Alcalde del Municipio el Raponaje, le solicito amablemente me expida el Certificado de Disponibilidad Presupuestal “CDP” con el fin de adquirir Elementos deportivos para las Escuelas de Formación Deportiva, ya que son necesarios para la ejecución de éste programa por el sector de deporte y Recreación.

Atentamente,

RAMIRO SÁNCHEZ CARVAJAL

Alcalde C.C 88.279.880

MUNICIPIO EL RAPONAJE

NIT 900.500.001-5

CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL No. 100

FECHA: 05 DE NOVIEMBRE DE 2022

EL JEFE DE PRESUPUESTO CERTIFICA:

QUE EN EL LIBRO DE PRESUPUESTO DE GASTOS HA SIDO REGISTRADO EL PRESENTE VALOR EN EL (LOS) RUBRO (S) QUE A CONTINUACIÓN SE DESCRIBE (N)

NOMBRE DEL RUBRO PRESUPUESTAL: ADQUISICIÓN ELEMENTOS DEPORTIVOS PARA LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN DEPORTIVA

CON CARGO A LOS SIGUIENETES RUBROS: CÓDIGO RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ADQUISICIÓN ELEMENTOS DEPORTIVOS PARA LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN DEPORTIVA 256.800.000

VIGENCIA: _2022

VALOR: DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/L SE EXPIDE ESTE CERTIFICADO A SOLICITUD DE:

FUNCIONARIO: RAMIRO SANCHEZ CARVAJAL CARGO: ALCALDE DEPENDENCIA: DESPACHO DEL ALCALDE DOCUMENTO DE SOLICITUD: OFICIO

CAMILA SUÁREZ ALVERNIA

JEFE DE PRESUPUESTO

Fecha 18/11/2022

Cotización N° 222

Cotizacion para: Municipio el Raponaje valida hasta: 20/11/2022 Realizada por: ZYP Sport S.A.S.

CANTIDAD DESCRIPCIÓN

Precio unitario TOTAL

180 SUPER COMBO JUEGO DE TENIS $ 260.000 $ 46.800.000

180 SUPER COMBO JUEGO DE FÚTBOL $ 260.000 $ 46.800.000 230 TRAMPOLIN INFANTÍL $ 240.000 $ 55.200.000 100 GIMNASIO DE YOGA $ 120.000 $ 12.000.000 230 MULTI GIMNASIO $ 239.123 $ 54.998.319 FIRMA SUBTOTAL 215.798.319 IVA 41.001.681 TOTAL 256.800.000

Fecha 18/11/2022

Cotización N° 478

Cotización para: Municipio el Raponaje válida hasta: 20/11/2022 Realizada por: Sporty Land

CANTIDAD DESCRIPCIÓN

Precio unitario TOTAL 130 UNIFORME DE BASKETBALL $ 265.434 $ 34.506.455 100 BALÓN BALONCESTO $ 222.345 $ 22.234.532 130 TENIS BASKETBALL $ 374.818 $ 48.726.333 400 COLCHONETA DEPORTIVA $ 200.257 $ 80.102.872 260 UNIFORME DE FUTBOL $ 116.262 $ 30.228.127 FIRMA SUBTOTAL 215.798.319 IVA 41.001.681 TOTAL 256.800.000

MUNICIPIO ELRAPONAJE

NIT. 900.500.001-5 REGISTRO PRESUPUESTAL No.__110

FECHA: 10 DE NOVIMEBRE DE 2022

A FAVOR DE: ZYP SPORTS S.A.S

COMPROMISO: ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS DEPORTIVOS PARA LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN DEPORTIVA

DISPONIBILIDAD No. 100 DEL 05 DE NOVIEMBRE DE 2022

CON CARGO A LOS SIGUIENETS RUBROS: CÓDIGO RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ADQUISICIÓN ELEMENTOS DEPORTIVOS PARA LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN DEPORTIVA $256.800.000

VIGENCIA: 2022

VALOR: DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/L CAMILA SUÁREZ ALVERNIA JEFE DE PRESUPUESTO

CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL 2022 CELEBRADO ENTRE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL RAPONAJE CON ZYP SORTS S.A.S

FECHA DE SUSCRIPCION: 15 DE OCTUBRE DE 2022

CONTRATANTE: MUNICIPIO EL RAPONAJE

NIT: 900.500.001 2

REPRESENTANTE LEGAL: RAMIRO SANCHEZ CARVAJAL

CEDULA DE CIUDADANIA: No 88.279.880 DEL MUNICIPIO EL RAPONAJE

CONTRATISTA: ZYP SPORTS S.A.S

NIT : 901.897.541 1

REPRESENTANTE LEGAL: SAIRA MILETH ORTIZ GALEANO

CEDULA DE CIUDADANIA: 1007913014

OBJETO: COMPRA DE ELEMENTOS DEORTIVOS PARA LAS ESCUELAS DE FORMACION DEPORTIVA DE LA ALCALDIA DEL MUNICIIO EL RAONAJE

VALOR DEL CONTRATO: $ 256.800.000

No DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: 100 DEL 05 DE NOVIEMBRE DE DE 2022

DURACIÓN DEL CONTRATO: TREINTA (30) DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO O HASTA EL CUMPLIMIENTO DEL 100% DEL OBJETO POR CONTRATAR, LO QUE OCURRA PRIMERO.

DOMICILIO CONTRACTUAL: MUNICIPIO LA EL RAPONAJE

Entre los suscritos a saber, RAMIRO SANCHEZ CARVAJAL, por una parte, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 88.279.880 expedida en el Municipio el Raponaje, obrando en su condición de Alcalde, según Resolución No 012773 del 01 de enero de 2020, emanada por la Alcaldía del Raponaje, y debidamente posesionado bajo acta No 064 del 01 de enero del 2020, y por otra parte (ZYP SPORTS S.AS) con Nit. 901.897.541 1, representada legalmente por el(a) señor SAIRA MILETH ORTIZ GALEANO identificado(a) con Cedula de Ciudadanía No. 1007913014 expedida en el Municipio del Raponaje , mayor de edad, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el contrato de Compraventa, previas las siguientes consideraciones:

1) Que la Ley 100 de 1993, articulo 195 contempla el régimen jurídico de las Alcaldías, en su numeral 6 establece que en materia contractual se regirá por el derecho privado.

2) Que, en razón a la naturaleza del mismo, teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 20, 20.1 y 20.1.1 del estatuto de contratación de la Alcaldía el Raponaje (ACUERDO 04 DE 2.014), por ser un contrato que no supera los 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes, la escogencia del contratista se hará de manera directa.

ENTRE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL RAPONAJE CON ZYP SORTS S.A.S

3). Que en la Ley 100 de 1993, se tomaron en cuenta una serie de principios como Eficiencia, Universalidad, Solidaridad, Integralidad, Unidad y Participación, además de Eficacia y Calidad, que pretenden garantizar la mejor prestación de los servicios de salud a los usuarios y serán los principios rectores de la presente contratación, así como la auto sostenibilidad económica y financiera de las instituciones que participan en el sector.

4) Que se realizaron los estudios previos, en consecuencia, se hace necesario contratar el suministro de suministro de Muebles y Enseres para áreas administrativas de la Alcaldía del Municipio el Raponaje

5) Que el artículo 192 de la Ley 100 de 1993 establece que las Alcaldías podrán desarrollar sus “funciones mediante contratación con terceros o convenios con entidades públicas o privadas, o a través de operadores externos.

6) Que se cuenta con el respectivo certificado de disponibilidad presupuestal.

7) Que, en concordancia con lo anterior, se establecen las siguientes clausulas.

CLAUSULA PRIMERA - OBJETO: En el desarrollo del presente Contrato de Compraventa, EL CONTRATISTA INDEPENDIENTE, SE COMPROMETE CON ALCALDÍA DEL MUNICIPIO EL RAPONAJE, EL SUMINISTRO DE MUEBLES Y ENSERES, EQUIPOS DE OFICINA Y EQUIPOS DE CÓMPUTO, PARA ÁREAS ADMINISTRATIVAS DE LA ALCALDÍA

ALCANCE DEL OBJETO: EL CONTRATISTA SE COMPROMETE CON LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO EL RAPONAJE A COMPRA DE ELEMENTOS DEORTIVOS PARA LAS ESCUELAS DE FORMACION DEPORTIVA DE LA ALCALDIA DEL MUNICIIO EL RAONAJE.

SÚPER COMBOS DE TENIS SÚPER COMBOS DE FÚTBOL TRAMPOLÍN INFANTIL GYM YOGA MULTI GYM

CLAUSULA SEGUNDA DURACION: TREINTA (30) DÍAS CALENDARIO CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO O HASTA EL CUMPLIMIENTO DEL 100 % DEL OBJETO CONTRATADO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

CLAUSULA TERCERA RÉGIMEN CONTRACTUAL: La presente contratación contiene una obligación clara, expresa y exigible para todos los efectos jurídicos conducentes y procedentes y se rige por el estatuto interno de contratación acuerdo 04/2014 y demás disposiciones legales y pertinentes, entendiéndose incluidas las cláusulas excepcionales descritas en la ley 80 de 1.993. El presente contrato de suministro se realiza de forma directa y por lo tanto no es necesaria la realización de invitación publica, de acuerdo a lo previsto en los artículos 20, 20.1 y 20.1.1 del estatuto de contratación de la Alcaldía, acuerdo 004 de 2.014, en consecuencia, es legalmente viable la presente contratación, haciendo constar que el contratista ha acreditado con base en los documentos que reposan en la oficina de recursos humanos, que cuenta con la idoneidad y capacidades necesarias

CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL 2022 CELEBRADO

LA ALCALDÍA

MUNICIPAL DE

EL RAPONAJE

ENTRE

CON ZYP SORTS S.A.S

para cumplir con el objeto del contrato, así como las certificaciones y requisitos de ley para celebrar el mismo.

CLAUSULA CUARTA - VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato es de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/L ($256.800.000), Se cancelará el 100% del valor del contrato al cumplimiento del objeto por contratar. El pago se realiza previo certificado de recibo a satisfacción, informe de supervisión, acreditación del pago de la seguridad social, parafiscales y la correspondiente factura.

CLAUSULA QUINTA VIGILANCIA Y CONTROL: La supervisión estará a cargo de la profesional especializada del área administrativa, a, quien deberá cumplir con los parámetros establecidos en el artículo 84 de la Ley 1474 de 2.011. Facultades y deberes de los supervisores y los interventores La supervisión e interventoría contractual implica el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por la entidad contratante sobre las obligaciones a cargo del contratista.

CLAUSULA SEXTA CAMBIO DE SUPERVISOR: Si se requiere el cambio de supervisor, el competente contractual procederá a designar un nuevo supervisor con previo aviso del supervisor titular. Una vez nombrado y notificado el nuevo supervisor, éste deberá informarle al contratista dentro de los cinco (5) días hábiles a la notificación del acto.

CLAUSULA SEPTIMA IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: El municipio el Raponaje, atenderá la obligación con cargo a la vigencia fiscal 2022, según Disponibilidad Presupuestal No. 100 del 05 de noviembre de 2022

CLAUSULA OCTAVA RESPONSABILIDAD SOBRE LOS BIENES: El contratista será responsable sobre la pérdida, daño, deterioro o mal manejo de los bienes de propiedad de la Alcaldía que se encuentren a su cargo o bajo su manejo para la ejecución del contrato y responderá por la totalidad del valor que cueste su reconstrucción, reparación o la adquisición de uno nuevo de iguales o mejores características.

CLAUSULA NOVENA INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El contratista manifiesta bajo la gravedad del juramento que no se encuentra incurso en ningún causal de inhabilidad e incompatibilidad prevista en la ley que le impida suscribir el presente contrato y que en caso de sobrevenir alguna de ellas durante el desarrollo del mismo, procederá conforme lo dispone el art. 9o. de la Ley 80 de 1993.

CLAUSULA DECIMA GARANTÍA: EL CONTRATISTA se compromete a constituir a su costo y a favor de la Alcaldía el Raponaje en una compañía de seguros legalmente establecida en el país, la póliza de garantía única que debe cubrir los siguientes riesgos:

a) Cumplimiento: del contrato por el 10% del valor del contrato, vigente por el término de duración del contrato y seis (6) meses más.

b) Calidad y correcto funcionamiento de los bienes suministrados: Su cuantía es del veinte (20%) por ciento del valor del contrato y su término de duración será igual al término de duración del contrato y doce (12) meses más.

PARÁGRAFO PRIMERO: La aprobación de la póliza requerida al contratista es requisito indispensable para iniciar la ejecución del contrato.

PARÁGRAFO SEGUNDO: En consideración a que la fecha de aprobación de la póliza determinará la fecha de inicio de la ejecución del contrato, los amparos deberán ser computados a partir de la fecha

CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL 2022 CELEBRADO

ENTRE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL RAPONAJE CON ZYP SORTS S.A.S

de expedición de la mencionada póliza a fin de amparar en debida forma los posibles riesgos contemplados en la CLAUSULA DÉCIMA.

CLAUSULA DECIMA PRIMERA - REQUISITOS Y DOCUMENTOS PARA EFECTUAR EL PAGO: El Contratista, para efectos la Alcaldía de la Carreta, para que realice el pago de conformidad con lo previsto en la CLAUSULA CUARTA VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO, debe anexar el certificado de recibo a satisfacción, informe de supervisión, fotocopia del contrato, fotocopia de los pagos de seguridad social del mes a cancelar en los porcentajes establecidos en la ley 1122 de 2.007.

CLAUSULA DECIMA SEGUNDA – INDEMNIDAD: Las partes acuerdan en el presente contrato una cláusula de indemnidad, conforme a la cual se pacta la obligación del contratista de mantener libre a la entidad de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.

CLAUSULA DECIMA TERCERA – EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: El suministro se desarrollará con autonomía e independencia del contratista, la celebración del presente contrato no constituye relación laboral alguna entre la Alcaldía del Municipio el Raponaje y el contratista, por consiguiente, no genera derechos o prestaciones de ley distintos de los pactados en la cláusula objeto del contrato.

CLAUSULA DECIMA CUARTA DOMICILIO CONTRACTUAL: Para efectos del presente contrato, el domicilio contractual será el Municipio el Raponaje y las partes recibirán correspondencia en las instalaciones de la Alcaldía, ubicada en el Palacio Municipal Centro, así como en los correos electrónicos, Mensajería Electrónica, contratacion@alcaldíaelraponaje.gov.co.

CLAUSULA DECIMA QUINTA OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: A) Mantener los precios ofertados. B) Realizar el suministro de manera inmediata a la realización del pedido por parte de la Alcaldía. C) Actuar con plena eficiencia y responsabilidad en la ejecución del objeto del contrato. D) Asumir en su totalidad el costo de transporte hasta las instalaciones de la Alcaldía. E) Tener todas las autorizaciones de funcionamiento F) Realizar el suministro con personal capacitado G) Tener afiliado a seguridad social, pensión y riesgo laboral al personal que utilice para ejecutar el contrato, atendiendo el tipo de actividad que desarrollarán. H) Usar vehículos en buen estado que cumplan con la normatividad vigente para su circulación por las carreteras nacionales. I) Notificar a la Alcaldía que personal realizará el suministro cada vez que realice un pedido y qué vehículo utilizarán. J) Garantizar a la Alcaldía que siempre tendrán disponibilidad de los elementos solicitados. K) Garantizar la buena calidad del suministro. L) Cumplir con el objeto contractual en las condiciones en que fue ofertado. M) Cumplir cabalmente con sus obligaciones, frente al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, Sena e ICBF), por cuanto el cumplimiento de esta obligación es requisito indispensable para la realización de cualquier pago. N) Constituir en debida forma y aportar al Grupo Contractual de la Alcaldía, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato la Garantía Única. O) Guardar la confidencialidad de toda la información que le sea entregada y que se encuentre bajo su custodia o que por cualquier otra circunstancia deba conocer o manipular y responderá civil y penalmente por los perjuicios de su divulgación y/o utilización indebida que por sí o por un tercero se cause a la administración o a terceros. P) Mantener activa la cuenta corriente o de ahorros reportada para los pagos con el fin de evitar traumatismos en el proceso de ejecución del contrato. Q) Acreditar

CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL 2022 CELEBRADO

ENTRE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL RAPONAJE CON ZYP SORTS S.A.S

que el objeto social y/o actividad mercantil principal se encuentra directamente relacionada con el objeto del contrato. R) Suministrar oportunamente todos los informes que requiera el supervisor, necesarios para cumplir con los programas, plazos y especificaciones técnicas del objeto contratado. S) Pagar los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato. T) Aceptar la tasación y descuento de multas parciales frente al incumplimiento de obligaciones contractuales. U) Entregar documentación pertinente a la programación de entregas y/o ejecución del contrato.

PARÁGRAFO: El incumplimiento del CONTRATISTA de alguna o algunas de las obligaciones anteriores, conferirá derecho al CONTRATANTE para declarar la caducidad del contrato y hacer efectivas las pólizas de cumplimiento

CLAUSULA DÉCIMA SEXTA –

OBLIGACIONES

DEL CONTRATANTE: Son obligaciones de la Alcaldía del Municipio el Raponaje a). Suministrar al contratista la información y documentación necesaria para el cabal cumplimiento del objeto a contratar. b) Pagar el valor del contrato al contratista según lo previsto en el presente documento c) Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar. d) Adelantar las acciones conducentes a obtener la indemnización de los daños que sufra la Alcaldía reservándose el derecho de ejercer el control sobre el suministro contratado siendo de su responsabilidad vigilar la correcta ejecución del contrato y dar constancia de su cumplimiento, verificando que se cumpla conforme a la propuesta presentada por el contratista y aceptada por la Alcaldía e) Exigir al contratista los documentos legales necesarios para el perfeccionamiento del contrato. El Contratante podrá dar por terminado en forma unilateral el contrato en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones mencionadas. f) Cobrar al contratista las multas pactadas en el contrato.

CLAUSULA DÉCIMA SEPTIMA OBLIGACIONES TRIBUTARIAS: El contratista se obliga a asumir los costos de tributos departamentales a que haya lugar por la suscripción del presente contrato.

CLAUSULA DECIMA OCTAVA – INTERPRETACION Y MODIFICACION: Cualquier modificación al presente contrato deberá hacerse por escrito y se regirá conforme a lo preceptuado en la ley 80 de 1993, Artículos 15, 16, 17 y 18 y el acuerdo 4 de 2014 por el cual se adopta el estatuto de contratación de la Alcaldía del municipio el raponaje

CLAUSULA DECIMA NOVENA CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, el valor correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor total del Contrato, sin perjuicio de las multas a que haya lugar.

CLAUSULA

VIGÉSIMA CESIÓN:

EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente Contrato a persona alguna, natural o jurídica, nacional o extranjera sin el consentimiento expreso y por escrito de la Alcaldía, pudiendo este reservarse las razones para negar la cesión, una vez analizada la justificación presentada por EL CONTRATISTA para este fin. La cesión se hará de conformidad con lo previsto en el artículo 887 y siguientes del Código de Comercio.

CLAUSULA VIGESIMA

PRIMERA

CAUSALES DE TERMINACION DEL CONTRATO: El presente contrato se dará por terminado en los siguientes eventos: 1) Mutuo acuerdo entre las partes. 2) De forma unilateral cuando se presente incumplimiento probado de alguna de las obligaciones por parte de EL CONTRATISTA. 3) Unilateralmente cuando La Alcaldía establezca por cualquier medio

CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL 2022 CELEBRADO

ENTRE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL RAPONAJE CON ZYP SORTS S.A.S

que EL CONTRATISTA se encuentra incluido en listas de control para el lavado de activos y financiación del terrorismo. 4) Unilateralmente cuando la Alcaldía establezca por cualquier medio que EL CONTRATISTA ha hecho uso indebido de la información que el Supervisor le entregue, o que llegare a conocer, para la ejecución del presente contrato, sin perjuicio de las demás acciones administrativas, disciplinarias y/o penales a que haya lugar. 5) Por cumplimiento del objeto del contrato.

CLAUSULA VIGÉSIMA SEGÚNDA - SOLUCION DE CONTROVERSIAS

: Las partes, en aras de solucionar en forma ágil, eficiente y directa las discrepancias y diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del presente contrato, acudirán a los mecanismos de solución directa de conflictos, tales como la conciliación, la amigable composición y la transacción. En caso de que estos mecanismos llegaren a fracasar, se acudirá a la jurisdicción competente.

CLAUSULA VIGÉSIMA TERCERA – SUSPENSIÓN: La ejecución del contrato podrá ser suspendida mediante la suscripción de un acta en donde conste tal evento, cuando medie algunas de las siguientes causales: 1) Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito; 2) Por solicitud debidamente sustentada interpuesta por una de las partes. El termino de suspensión no será computable para efecto del plazo de ejecución del contrato, ni dará derecho a exigir indemnización, sobrecostos o reajustes, ni a reclamar gastos diferentes a los ya pactados.

CLAUSULA VIGÉSIMA CUARTA – LIQUIDACIÓN: Terminada la ejecución del presente contrato, se procederá a su liquidación dentro de los seis meses siguientes a la suscripción del acta de terminación, en los términos establecidos en el Acuerdo No. 004 de 2014 modificado por el acuerdo No. 004 de 2015. En aquellos casos en los que el contratista no acepte expresamente la liquidación, la Alcaldía procederá a liquidar unilateralmente el contrato pasados los seis meses que había para la liquidación bilateral.

CLAUSULA VIGÉSIMA QUINTA – LUGAR DEL SUMINISTRO: El lugar previsto para la entrega de los Muebles y Enseres a suministrar será en las instalaciones de la Alcaldía el Raponaje ubicada en el Palacio Municipal Centro de la ciudad del Municipio el raponaje

CLAUSULA VIGÉSIMA SEXTA DOTACIONES Y RECURSOS: El contratante facilitará al contratista el acceso a las instalaciones de la Alcaldía para realizar el suministro cuando así se requiera.

CLAUSULA VIGÉSIMA SEPTIMA MULTAS: Si el contratista incumple con el suministro requerido dentro de los términos pactados en este contrato y los estudios previos, el contratante le cobrará multas diarias por valor equivalente al 2% del valor total del contrato hasta que cumpla con el pedido realizado.

CLAUSULA VIGÉSIMA

OCTAVA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL

TERRORISMO SARLAFT: El contratista declara, bajo la gravedad del juramente que: a) sus recursos provienen de actividades lícitas y en tal sentido exonera a la Alcaldía de toda responsabilidad por el origen de los mismos; y b) que no se encuentra en alguna de las listas públicas nacionales o internacionales, de personas señaladas como narcotraficantes, terrorista, sujetas a extinción de dominio, investigadas por lavado de activos o responsables fiscales, y que no tiene medida alguna proferida en proceso de lavado de activos. El Contratista autoriza de manera amplia e irrevocable a la Alcaldía para que cruce, consulte o confronte la información contendida en sus bases de datos con las listas públicas nacionales o internacionales de personas señaladas como narcotraficantes,

CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL 2022 CELEBRADO

ENTRE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE EL RAPONAJE CON ZYP SORTS S.A.S

terrorista, sujetas a extinción de dominio, investigadas por lavado de activos o responsables fiscales. En el evento y cuando quiera que la investigación de dichas bases de datos arroje resultados positivos, la empresa social del estado podrá dar por terminado con justa causa el presente contrato sin que ellos genere o dé lugar a indemnización alguna para El Contratista. Así mismo, El Cliente, autoriza de manera expresa, absoluta e irrevocablemente a la Alcaldía para bloquear inmediatamente los pagos si sus proveedores, clientes, accionistas o administradores son incluidos en las listas públicas nacionales o internacionales de personas señaladas como narcotraficantes, terrorista, sujetas a extinción de dominio, investigadas por lavado de activos o responsables fiscales. El Contratista reconoce que la Alcaldía está en la obligación de cumplir con los requerimientos realizados por la Nación con respecto a la Prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, y por tanto deberá realizar reportes a la Unidad de Información y Análisis Financiero de operaciones inusuales o sospechas, las cuales pueden incluir o no al Cliente. En tal virtud, El Contratista libera a la Alcaldía de cualquier responsabilidad por daños o perjuicios que pueda ocasionar al Contratista con ocasión de dichos reportes dado que se realizan en cumplimiento de un requerimiento legal.

CLAUSULA VIGÉSIMA NOVENA REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y

EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes y la expedición de la correspondiente certificación de Disponibilidad y Registro Presupuestal, expedido por el la Secretaría de Hacienda de la Alcaldía. Para su ejecución, el contratista debe cumplir los siguientes requisitos previos: a) Perfeccionamiento del contrato, b) Acreditar a la Alcaldía del Municipio el Raponaje, el cumplimiento de lo establecido en el art. 50 de la ley 789 de 2.002. c) Suscribir el acta de inicio.

Para constancia se firma en el Municipio el Raponaje, en dos ejemplares del mismo tenor el quince (15) de NOVIEMBRE de 2022.

EL CONTRATANTE CONTRATISTA

Alcalde Municipio el Raponaje

REPRESENTANTE LEGAL ZYP SPORTS S.A.S. RAMIRO SANCHEZ CARVAJAL SAIRA MILETH ORTIZ GALEANO C.C 88.279.880 de El Raponaje CC. 1007913014

CONTRATO DE COMPRAVENTA No.100 DEL 2022 CELEBRADO

LA CONTRALORÍA DELEGADA PARA RESPONSABILIDAD FISCAL, INTERVENCIÓN JUDICIAL Y COBRO COACTIVO

CERTIFICA:

Que una vez consultado el Sistema de Información del Boletín de Responsables Fiscales 'SIBOR', hoy jueves 24 de noviembre de 2022, a las 17:35:15, el número de identificación de la Persona Jurídica, relacionado a continuación, NO SE ENCUENTRA REPORTADO COMO RESPONSABLE FISCAL.

Tipo Documento Nit No. Identificación 901897541 Código de Verificación 901897541221124173515

Esta Certificación es válida en todo el Territorio Nacional, siempre y cuando el tipo y número consignados en el respectivo documento de identificación, coincidan con los aquí registrados.

De conformidad con el Decreto 2150 de 1995 y la Resolución 220 del 5 de octubre de 2004, la firma mecánica aquí plasmada tiene plena validez para todos los efectos legales.

Generó: WEB

Con el Código de Verificación puede constatar la autenticidad del Certificado. Carrera 69 No. 44 35 Piso 1. Código Postal 111071. PBX 5187000 Bogotá D.C Colombia Contraloría General NC, BOGOTÁ, D.C. Página

1 de 1

CERTIFICADO DE ANTECEDENTES

CERTIFICADO ORDINARIO No. 145456596

Bogotá DC, 24 de Febrero del 2022

WE 16:21:2 Hoja 1 de 01

La PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN certifica que una vez consultado el Sistema de Información de Registro de Sanciones e Inhabilidades (SIRI), el (la) señor(a) SAIRA MILETH ORTIZ GALEANO Identificado(a) con Cédula de ciudadanía número 1007913014

NO REGISTRA SANCIONES NI INHABILIDADES VIGENTES

ADVERTENCIA: La certificación de antecedentes deberá contener las anotaciones de providencias ejecutoriadas dentro de los cinco (5) años anteriores a su expedición y, en todo caso, aquellas que se refieren a sanciones o inhabilidades que se encuentren vigentes en dicho momento. Cuándo se trate de nombramiento o posesión en cargos que exijan para su desempeño ausencia de antecedentes, se certificarán todas las anotaciones que figuren en el registro. (Artículo 174 Ley 734 de 2002).

NOTA: El certificado de antecedentes disciplinarios es un documento que contiene las anotaciones e inhabilidades generadas por sanciones penales, disciplinarias, inhabilidades que se deriven de las relaciones contractuales con el estado, de los fallos con responsabilidad fiscal, de las decisiones de pérdida de investidura y de las condenas proferidas contra servidores, ex servidores públicos y particulares que desempeñen funciones públicas en ejercicio de la acción de repetición o llamamiento en garantía. Este documento tiene efectos para acceder al sector público, en los términos que establezca la ley o demás disposiciones vigentes. Se integran al registro de antecedentes solamente los reportes que hagan las autoridades nacionales colombianas. En caso de nombramiento o suscripción de contratos con el estado, es responsabilidad de la Entidad, validar la información que presente el aspirante en la página web: http://www.procuraduria.gov.co/portal/antecedentes.html

Jefe División Centro de Atención al Público (CA)

LA CONTRALORÍA DELEGADA PARA RESPONSABILIDAD FISCAL , INTERVENCIÓN JUDICIAL Y COBRO COACTIVO

CERTIFICA:

Que una vez consultado el Sistema de Información del Boletín de Responsables Fiscales 'SIBOR', hoy jueves 24 de noviembre de 2022, a las 17:43:05, el número de identificación de la Persona Jurídica, relacionado a continuación, NO SE ENCUENTRA REPORTADO COMO RESPONSABLE FISCAL.

Tipo Documento Nit No. Identificación 1007913013 Código de Verificación 1007913013221124174305

Esta Certificación es válida en todo el Territorio Nacional, siempre y cuando el tipo y número consignados en el respectivo documento de identificación, coincidan con los aquí registrados.

De conformidad con el Decreto 2150 de 1995 y la Resolución 220 del 5 de octubre de 2004, la firma mecánica aquí plasmada tiene plena validez para todos los efectos legales.

Generó: WEB

Con el Código de Verificación puede constatar la autenticidad del Certificado. Carrera 69 No. 44 35 Piso 1. Código Postal 111071. PBX 5187000 Bogotá D.C Colombia Contraloría General NC, BOGOTÁ, D.C.

Página 1 de 1

CERTIFICADO PAZ Y SALVO Y APORTE FISCALES

Yo, SAIRA MILETH ORTIZ GALEANO, identificado con cédula de ciudadanía No 1007913014 expedida en OCAÑA NORTE DE SANTADER en calidad del contador público de la empresa ZYP SPORTS S.AS, identificada con NIT 901.897.541 1

CERTIFICO BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO que he cumplido con las obligaciones derivadas de afiliación y pago del sistema de Salud, Pensión y Riesgos Profesionales, y los correspondientes aportes parafiscales: Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Servicios Nacional de Aprendizaje (SENA) y Caja de Compensación Familiar, dentro de los términos establecido en la ley de conformidad con las normas vigentes, según la leyes: Ley 789 de 2002 Art. 50 & Ley 828/05 Art. 1. Del mismo modo certifico que se ha realizado el pago de los aportes correspondiente a la nómina de los últimos (6) meses, contados a partir de la fecha de cierre de la presente convocatoria.

Certifico además que a la fecha no hay saldos a mi cargo derivado por aportes parafiscales y seguridad social a lo que estoy obligado según las normas vigentes.

Este Certificado se expide a solicitud a los VEINTI SEIS (26) Días del mes de NOVIEMBRE del DOS MIL VEINTIDOS (2022)

SAIRA MILETH ORTIZ REVISOR FISCAL

ZYP SPORTS S.A.S NIT 901.897.541 1

VENDIDO A:

FACTURA DE VENTA No.

FECHA: 20 DE NOVIEMBRE 2022 MUNICIPIO EL RAPONAJE CIUDAD:OCAÑA VENDEDOR: ZYP Sport S.A.S

CONDICIÓN DEL CRÉDITO

VALOR CUOTA INICIAL: $256.800.000

FORMA DE PAGO: CONTADO X CRÉDITO REFER

VALOR CUOTA: $256.800.000 No. Cuotas 1

CANTIDA D

TOTAL 1 SUPER COMBO JUEGO DE TENIS 180 $ 260.000 $ 46.800.000 2 SUPER COMBO JUEGO DE FÚTBOL 180 $ 260.000 $ 46.800.000 3 TRAMPOLIN INFANTÍL 230 $ 240.000 $ 55.200.000 4 GIMNASIO DE YOGA 100 $ 120.000 $ 12.000.000 5 MULTI GIMNASIO 230 $ 239.123 $ 54.998.319

VALOR EN LETRAS

UNITARIO

SUBTOTAL: $ $ 215.798.319 IVA: $ $ 41.001.681 TOTAL: $ $ 256.800.000 FIRMA Y SELLO CLIENTE VENDIDO

102
ARTÍCULO Y/O SERVICIO
V/R
V/R

ACTA DE ENTREGA

Siendo las 08:00 AM horas, del día 25 de noviembre de 2022, se reúne el alcalde del municipio el Rapanoje Ramiro Sánchez Carvajal identificado con la cédula de ciudadanía No. 88.279.880 expedida en el Municipio el Raponaje y el representante legal de la empresa ZYP Sport Saira Mileth Ortiz Galeano, con cedula ciudadanía Nº1007913014 expedida en el Municipio de Abrego, se hace entrega de los artículos deportivos de la siguiente manera:

ARTÍCULO Y/O SERVICIO CANTIDAD V/R UNITARIO V/R TOTAL

SUPER COMBO JUEGO DE TENIS 180 $ 260.000 $ 46.800.000

SUPER COMBO JUEGO DE FÚTBOL 180 $ 260.000 $ 46.800.000

TRAMPOLIN INFANTÍL 230 $ 240.000 $ 55.200.000

GIMNASIO DE YOGA 100 $ 120.000 $ 12.000.000 MULTI GIMNASIO 230 $ 239.123 $ 54.998.319

Por un valor total de $ 256.800.000 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS). Al momento de recibir los artículos antes descritos se realizó la verificación dando como resultado que todos los elementos están en absoluto perfecto estado.

De acuerdo con lo anterior se hace constar que los artículos que los artículos se encuentran en las optimas condiciones para ser recibido.

Entregado por:

Representante legal CC. 1007913014

Recibido por:

Alcalde del Raponaje C.C 88.279.880

MUNICIPIO EL RAPONAJE

NIT. 900.500.001-5

ORDEN DE PAGO No.__130

FECHA: 15 DE NOVIEMBRE DE 2022

A FAVOR DE: ZYP SPORTS S.A.S

CONCEPTO: ADQUISICIÓN DE ELEMENTOS DEPORTIVOS PARA LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN DEPORTIVA

REGISTRO PRESUPUESTAL No. 110 DEL 10 DE NOVIEMBRE DE 2022

CON CARGO A LOS SIGUIENETS RUBROS: CÓDIGO RUBRO DESCRIPCIÓN VALOR ADQUISICIÓN ELEMENTOS DEPORTIVOS PARA LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN DEPORTIVA $256.800.000

TOTAL A PAGAR

VIGENCIA: 2022

VALOR: DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/L

CAMILA SUÁREZ ALVERNIA JEFE DE PRESUPUESTO

COMPROBANTE DE EGRESO C 23 02 FECHA 25/11/2022

CIUDAD: Ocaña FECHA: 25/11/2022 Valor $ 231.120.000

PAGADO A: ZYP Sports S.A.S C.C./ N.I.T. 901.897.541 1

DIRECCIÓN: Barrio Los Ángeles calle 4#27 La suma de (en letras) Doscientos treinta y un millón ciento veinte mil millones

CODIGO CONCEPTO DÉBITOS CREDITOS 6201 De mercancías $ 194.218.487 2404 Impuesto sobre las ventas $ 36.901.513 1102 Banco $ 231.120.000

CHEQUE No. 1009 EFECTIVO FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO BANCO. Banco Bogotá CUENTA No. 68902 12556 SUCURSAL. El Raponaje OBSERVACIONES. C.C. / N.I.T. 901.897.541 1 FECHA RECIBIDO: 25/11/2022 PREPARADO REVISADO APROBADO CONTABILIZADO

CUENTA No. 68902 12556

CHEQUE No.

FECHA: 25/11/2022

CONCEPTO: Compra de elementos

CHEQUE No. 1009

CUENTA No. 780915 09066 1009

FECHA: 25/11/2022 $ 231.120.000

PÁGUESE A LA ORDEN DE: ZYP Sport S.A.S deportivos

A FAVOR DE: Municipio El Raponaje

Consignación $ 231.120.000 Suma $ 231.120.000

LA SUMA DE: Doscientos treinta y un millón ciento veinte mil millones

FIRMA Y SELLO

INGRESOS CORRIENTES

11.255.200.000 1.244.120.000 21.324.000.000 21.729.680.000 55.553.000.000

INGRESOS TRIBUTARIOS 8.375.200.000 1.120.000.000 3.253.800.000 12.749.000.000

INGRESOS TRIBUTARIOS DIRECTOS 5.760.000.000 900.000.000 1.440.000.000 8.100.000.000

Impuesto de Circulación y Tránsito 1.920.000.000 480.000.000 2.400.000.000 Sobretasa Ambiental Corponor 900.000.000 900.000.000 Impuesto Predial Unificado 3.840.000.000 960.000.000 4.800.000.000

INGRESOS TRIBUTARIOS INDIRECTOS

2.615.200.000 220.000.000 1.813.800.000 4.649.000.000

Impuesto de Industria y Comercio 1.520.000.000 380.000.000 1.900.000.000 Sobretasa a la Gasolina Motor 688.000.000 172.000.000 860.000.000 Estampilla Pro-Cultura 140.000.000 140.000.000 Estampilla Pro-Centros de Vida (3° edad) 122.000.000 122.000.000

Impuesto de Delianeación Urbana 71.200.000 17.800.000 89.000.000 Deguello de Ganado Menor 116.800.000 29.200.000 146.000.000 Impuesto de Avisos y Tableros 150.400.000 37.600.000 188.000.000 Impuesto de Alumbrado Público 1.020.000.000 1.020.000.000 Sobretasa Bomberil 98.000.000 98.000.000

Impuesto de Espectácuos Públicos 68.800.000 17.200.000 86.000.000

INGRRESOS NO TRIBUTARIOS 2.880.000.000 124.120.000 21.324.000.000 18.475.880.000 42.804.000.000

MULTAS DE TRÁNSITO - 124.120.000 - 303.880.000 428.000.000 Multas de Tránsito Locales 124.120.000 303.880.000 428.000.000

RENTAS CONTRACTUALES 1.328.000.000 332.000.000 1.660.000.000 Arrendamiento de Activos 1.328.000.000 332.000.000 1.660.000.000

TRANFERENCIAS Y PARTICIPACIONES 1.552.000.000 21.324.000.000 17.840.000.000 40.716.000.000

DEPARTAMETALES 380.000.000 380.000.000 Deguello de Ganado Mayor 380.000.000 380.000.000 NACIONALES 1.552.000.000 21.324.000.000 17.460.000.000 40.336.000.000

TRANSFERENCIAS DEL S.G.P 1.552.000.000 21.324.000.000 22.876.000.000 S.G.P Salud 11.200.000.000 11.200.000.000 S.G.P Educación 2.890.000.000 2.890.000.000 S.G.P Agua Potable y Saneamiento Básico 3.000.000.000 3.000.000.000 S.G.P Deporte 326.000.000 326.000.000 S.G.P Cultura 240.000.000 240.000.000 S.G.P Libre Destinación "LD" 1.552.000.000 388.000.000 1.940.000.000 S.G.P Prpósito General Otros Sectores - Libre Inversión 3.280.000.000 3.280.000.000

ANEXOS
OTRAS TRTANSFERENCIAS NACIONALES 17.460.000.000 17.460.000.000 Recursos Fosyga o Adres 10.800.000.000 10.800.000.000 Recursos ETESA 660.000.000 660.000.000 Recursos de Cofinanciación - Vivienda 4.000.000.000 4.000.000.000 Recursos de Regalías - Educación 2.000.000.000 2.000.000.000 RENTAS DE CAPITAL 80.000.000 6.000.000.000 6.080.000.000 FINANCIERAS 80.000.000 6.000.000.000 6.080.000.000 Rendimientos Financieros-SGP- Educación 80.000.000 80.000.000 Crédito Público o Empréstito - Vías 6.000.000.000 6.000.000.000 11.255.200.000 1.244.120.000 21.404.000.000 27.729.680.000 61.633.000.000 MUNICIPIO EL RAPONAJE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y RENTAS DE CAPITAL CUARTA CATEGORÍA- 2022 CONCEPTO DEL INGRESOS ICLD (80%-Fto.) RECURSOS DE 3° RECURSOS DEL S.G.P Recursos Propios D.E (Inversión) Total Recursos

SERVICIOS PERSONALES

MUNICIPIO EL RAPONAJE (4° CATEGORÍA)

PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

2022

Sueldos

Auxilio de Transporte

Horas Extras

Gastos de Representación Indemnización Vacaciones

7.247.482.667 5.147.482.667 4.020.916.667 3.000.000.000 50.000.000 80.000.000 30.000.000 70.000.000 254.166.667 30.500.000 127.083.333 254.166.667 125.000.000 856.566.000 375.000.000 480.000.000 1.566.000 270.000.000

Caja de Compensación familiar 4% 120.000.000 90.000.000 15.000.000 15.000.000 30.000.000 2.100.000.000 2.000.000.000 100.000.000 3.209.079.433 1.500.000.000 1.000.000.000 500.000.000 1.709.079.433 800.000.000 560.000.000 120.000.000 200.000.000 29.079.433 798.637.900 518.637.900 280.000.000 11.255.200.000

0,5%

SERVICIOS PERSONALES DIRECTOS ASOCIADOS A LA NÓMINA APORTES SEGURIDAD SOCIAL
APORTES PARAFISCALES
servicios
Adquisición Materiales y Suminsitros Compra de Equipo de Cómputo ADQUISICIÓN DE SERVICIOS Servicios Públicos SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS Honorarios GASTOS GENERALES ADQUISICIÓN DE BIENES Remuneración Servicios Técnicos "OPS" Combustible y Lubricantes Concejo Personería TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Viáticos y Gastos de Viaje Mantenimiento de Equipos Seguros de Vida Alcalde y Concejales TRANSFERENCIAS CORRIENTES
SENA
ESAP 0,5% MEN (ITI) 1%
Salud 12,5% Pensión 16% ARL 0,0522%
I.C.B.F 3% Cesantías Intereses/cesantías Prima de
(Extralegal) Prima de Navidad vacaciones

EDUCACIÓN 3.358.000.000 3.820.000.000 7.178.000.000 Infraestructura Educativa 3.358.000.000 3.820.000.000 7.178.000.000 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO 3.000.000.000 - - 3.000.000.000 Mantenimiento del Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado 2.550.000.000 2.550.000.000 Subsidios Estratos Vulnerables 450.000.000 450.000.000 SALUD-ASEGURAMIENTO 11.200.000.000 11.460.000.000 22.660.000.000 Continuidad Régimen Subsidiado 11.200.000.000 11.460.000.000 22.660.000.000 DEPORTE 326.000.000 326.000.000 Adquisición de elementos deportivos para las escuelas de formación deportiva 326.000.000 326.000.000 CULTURA 240.000.000 140.000.000 380.000.000 Apoyo Eventos Culturales 240.000.000 140.000.000 380.000.000 OTROS SECTORES PROPÓSITO GENERAL LIBRE

INVERSIÒN 3.280.000.000 12.309.680.000 - 15.589.680.000 VÍAS Y TRANSPORTE 6.172.000.000 6.172.000.000 Mantenimiento Malla Vial Urbana y Rural 6.172.000.000 6.172.000.000 VIVIENDA 2.460.000.000 4.000.000.000 6.460.000.000 Apoyo Mejoramiento de Vivienda 2.460.000.000 4.000.000.000 6.460.000.000

ATENCIÓN GRUPOS VULNERABLES - 380.000.000 - 380.000.000 Apoyo Programa de Niñez y Juventudes 380.000.000 380.000.000

JUSTICIA 350.000.000 - - 350.000.000 Compra Cámaras de Seguridad 350.000.000 350.000.000 EQUIPAMIENTO MUNICIPAL 470.000.000 - - 470.000.000 Mantenimiento Bienes de Uso Público 470.000.000 470.000.000 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL - 433.800.000 - 433.800.000 Compra Sotware de Finanzas - 433.800.000 433.800.000 MOVILIDADY TRÁNSITO 303.880.000 303.880.000 Compra de Semáforos 303.880.000 303.880.000

INFRAESTRUCTURA SERVICIOS PÚBLICOS 1.020.000.000 1.020.000.000 Mantenimiento de Redes Electricas 1.020.000.000 1.020.000.000

RESURSOS DE TERCEROS
TOTAL GASTOS DE INVERSIÓN SOCIAL
GASTOS DE
SOCIAL MUNICIPIO
DE INVERSIÓN SOCIAL RECURSOS SGP RECURSOS PROPIOS D.E RECURSOS DE TERCEROS TOTALES
- - 1.244.120.000 1.244.120.000 Corponor 900.000.000 900.000.000 Centros de Vida 122.000.000 122.000.000 Bomberos 98.000.000 98.000.000 FCM- Simit 124.120.000 124.120.000
21.404.000.000 27.729.680.000 1.244.120.000 50.377.800.000 PRESUPUESTO DE
INVERSIÓN
EL RAPONAJE/2022 SECTORES

Auxilio de Transporte 50.000.000 50.000.000 50.000.000 0,00% 0

Horas Extras 80.000.000 80.000.000 80.000.000 0,00% 0

Gastos de Representación 30.000.000 30.000.000 30.000.000 0,00% 0

Imdenización Vacaciones 70.000.000 70.000.000 70.000.000 0,00% 0

Cesantias 254.166.667 254.166.667 254.166.667 0 0 100,00% 254.166.667 Intereses sobre cesantias 30.500.000 30.500.000 30.500.000 0,00% 0

Primade Servicios 127.083.333 127.083.333 127.083.333 0,00% 0

Primade Navidad 254.166.667 254.166.667 254.166.667 0,00% 0 Vacaciones 125.000.000 125.000.000 125.000.000 0,00% 0

SEGURIDADSOCIAL 856.566.000 0 0 0 0 856.566.000 856.566.000 713.805.000 0 100,00% 142.761.000

Salud 375.000.000 375.000.000 375.000.000 312.500.000 0 100,00% 62.500.000 Pension 480.000.000 480.000.000 480.000.000 400.000.000 0 100,00% 80.000.000 ARL 1.566.000 1.566.000 1.566.000 1.305.000 0 100,00% 261.000

APORTESPARAFISCALES 270.000.000 0 0 0 0 270.000.000 270.000.000 225.000.000 0 100,00% 45.000.000 Cajade compensacion 120.000.000 120.000.000 120.000.000 100.000.000 0 100,00% 20.000.000 ICBF 90.000.000 90.000.000 90.000.000 75.000.000 0 100,00% 15.000.000 SENA 15.000.000 15.000.000 15.000.000 12.500.000 0 100,00% 2.500.000 ESAP 15.000.000 15.000.000 15.000.000 12.500.000 0 100,00% 2.500.000 MEN (ITI) 30.000.000 30.000.000 30.000.000 25.000.000 0 100,00% 5.000.000

0
0
DIRECTOS 5.147.482.667 0 0 0 0 5.147.482.667 4.380.732.667
0 0
SERVICIOSPERSONALES 7.247.482.667
20.000.000
0 7.227.482.667 6.162.732.667 4.686.205.000 1.064.750.000 85,27% 1.476.527.667 SERVICIOSPERSONALES
3.438.805.000 766.750.000 85,10% 941.927.667 ASOCIADOSALANÓMINA 4.020.916.667
0 0 4.020.916.667 3.254.166.667 2.500.000.000 766.750.000 80,93% 754.166.667 Sueldos 3.000.000.000 3.000.000.000 3.000.000.000 2.500.000.000 0 100,00% 500.000.000
SERVICIOSPERSONALES INDIRECTOS
0 20.000.000 0 0
Remuneracion servicios tecnicos
20.000.000
Honorarios
GASTOSGENERALES 3.209.079.433 0 0 12.000.000 12.000.000 3.209.079.433
ADQUISICIÓN DEBIENES 1.500.000.000 0 0 0 0 1.500.000.000
Adquisisción de Materiales y Suministros 1.000.000.000 1.000.000.000 900.000.000 540.000.000 100.000.000 90,00% 360.000.000 CompraEquipo de Cómputo y Muebles y Enseres 500.000.000 500.000.000 500.000.000 450.000.000 0 100,00% 50.000.000 ADQUISICIÓN DESERVICIOS 1.709.079.433 0 0 12.000.000 12.000.000 1.709.079.433 1.017.600.000 1.017.600.000 691.479.433 0 Combustibles y Lubricantes 800.000.000 800.000.000 560.000.000 560.000.000 240.000.000 70,00% 0 Servicios Públicos 560.000.000 12.000.000 572.000.000 457.600.000 457.600.000 114.400.000 80,00% 0 Viáticos y Gastos de Viaje 120.000.000 12.000.000 108.000.000 108.000.000 0,00% 0 Mantenimiento de Equipos 200.000.000 200.000.000 200.000.000 0,00% 0 Seguros de VidaAlcalde y Concejales 29.079.433 29.079.433 29.079.433 0,00% 0 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 798.637.900 0 0 0 0 798.637.900 798.637.900 665.531.583 0 100,00% 133.106.317 Concejo municipal 518.637.900 518.637.900 518.637.900 432.198.250 0 100,00% 86.439.650 Personeriamunicipal 280.000.000 280.000.000 280.000.000 233.333.333 0 100,00% 46.666.667 TOTALGASTOSDE FUNCIONAMIENTO 11.255.200.000 0 20.000.000 12.000.000 12.000.000 11.235.200.000 9.378.970.567 7.359.336.583 1.856.229.433 83,48% 2.019.633.983 MUNICIPIOELRAPONAJE LIBRODEEJECUCIÓN DEGASTOSDEFUNCIONAMIENTO VIGENCIA2022 PRESUPUESTO INICIAL PRESUPUESTO DEFINITIVO GASTOS DE FUNCIONAMIENTO CRÉDITOS CONTRA CRÉDITOS CUENTAS POR PAGAR SALDO POR EJECUTAR % DE EJECUCIÓN ADICIONES REDUCCIONES COMPROMISOS U OBLIGACIONES PAGOS
2.100.000.000
2.080.000.000 1.782.000.000 1.247.400.000 298.000.000 85,67% 534.600.000
2.000.000.000
1.980.000.000 1.782.000.000 1.247.400.000 198.000.000 90,00% 534.600.000
100.000.000 100.000.000 100.000.000 0,00% 0
2.417.600.000 2.007.600.000 791.479.433 75,34% 410.000.000
1.400.000.000 990.000.000 100.000.000 93,33% 410.000.000

0 100,00% 358.900.000

Mantenimiento Malla VialUrbana yRural 6.172.000.000 6.000.000 1.000.000.000 7.178.000.000 7.178.000.000 6.819.100.000 0 100,00% 358.900.000 VIVIENDA 6.460.000.000 1.000.000.000 5.460.000.000 5.460.000.000 0,00% 0

Apoyo Mejoramiento deVivienda 6.460.000.000 1.000.000.000 5.460.000.000 5.460.000.000 0,00% 0

ATENCIÓN GRUPOS VULNERABLES 380.000.000 380.000.000 380.000.000 0,00% 0

Apoyo Programa deNiñezyJuventudes 380.000.000 380.000.000 380.000.000 0,00% 0

JUSTICIA 350.000.000 350.000.000 280.000.000 280.000.000 70.000.000 80,00% 0 Compra CámarasdeSeguridad 350.000.000 350.000.000 280.000.000 280.000.000 70.000.000 80,00% 0

EQUIPAMIENTOMUNICIPAL 470.000.000 470.000.000 470.000.000 0,00% 0 Mantenimiento BienesdeUso Público 470.000.000 470.000.000 470.000.000 0,00% 0

FORTALECIMIENTOINSTITUCIONAL 433.800.000 433.800.000 433.800.000 0,00% 0 Compra SotwaredeFinanzas 433.800.000 433.800.000 607.760.000 0,00% 0 MOVILIDADYTRÁNSITO 303.880.000 303.880.000 303.880.000 0,00% 0 Compra deSemáforos 303.880.000 303.880.000 303.880.000 0,00% 0 INFRAESTRUCTURA

EDUCACIÓN 7.178.000.000 2.000.000 0 0 0
Infraestructura Educativa 7.178.000.000 2.000.000
90,00%
AGUAPOTABLE YSANEAMIENTOBÁSICO 3.000.000.000 0 10.000.000 0 0 2.990.000.000 2.541.500.000 2.287.350.000 448.500.000 85,00% 254.150.000 Mantenimiento delPlanMaestro de Acueducto yAlcantarillado 2.550.000.000 0 8.500.000 2.541.500.000
0
254.150.000 SubsidiosEstratosVulnerables 450.000.000 0 1.500.000 448.500.000
0,00% 0 SALUD-ASEGURAMIENTO 22.660.000.000 60.000.000 22.720.000.000
0 100,00% 4.544.000.000 ContinuidadRégimenSubsidiado 22.660.000.000 60.000.000 22.720.000.000 22.720.000.000
0
4.544.000.000 DEPORTE 326.000.000 5.000.000 321.000.000
80,00%
AdquisicióndeElementosDeportivos
Deportiva
CULTURA
Apoyo
Culturales
7.180.000.000 6.462.000.000 4.523.400.000 718.000.000 90,00% 1.938.600.000
7.180.000.000 6.462.000.000 4.523.400.000 718.000.000
1.938.600.000
2.541.500.000 2.287.350.000
100,00%
448.500.000
22.720.000.000 18.176.000.000
18.176.000.000
100,00%
256.800.000 231.120.000 64.200.000
25.680.000
para las EscuelasdeFormación
326.000.000 5.000.000 321.000.000 256.800.000 231.120.000 64.200.000 80,00% 25.680.000
380.000.000 2.000.000 378.000.000 378.000.000 0,00% 0
Eventos
380.000.000 2.000.000 378.000.000 378.000.000 0,00% 0 OTROS SECTORES PROPÓSITOGENERAL LIBRE INVERSIÓN 15.589.680.000 6.000.000 1.000.000.000 1.000.000.000 15.595.680.000 8.478.000.000 8.037.500.000 7.117.680.000 54,36% 440.500.000 VÍAS YTRANSPORTE 6.172.000.000 6.000.000 1.000.000.000 7.178.000.000 7.178.000.000 6.819.100.000
0
deRedesElectricas 1.020.000.000
RESURSOS DE TERCEROS 1.244.120.000
80,00% 0 Corponor 900.000.000 900.000.000
80,00% 0 CentrosdeVida 122.000.000 122.000.000
0 Bomberos 98.000.000
0 FCM- Simit 124.120.000 124.120.000
24.824.000 80,00% 0 TOTAL GASTOS DE INVERSIÓN SOCIAL 50.377.800.000 68.000.000 17.000.000 1.000.000.000 1.000.000.000 50.428.800.000 41.453.596.000 34.250.666.000 8.975.204.000 82,20% 7.202.930.000 MUNICIPIOEL RAPONAJE LIBRODE EJECUCIÓN DE GASTOS DE INVERSIÓN VIGENCIA2022 GASTOISDEINVERSIÓNSOCIAL PRESUPUESTO INICIAL ADICIONES REDUCCIONES CRÉDITOS CONTRACRÉDITOS PRESUPUESTO DEFINITIVO COMPROMISOSU OBLIGACIONES PAGOS SALDOPOR EJECUTAR % DE EJECUCIÓN CUENTASPOR PAGAR
SERVICIOS PÚBLICOS 1.020.000.000
0 0 0 1.020.000.000 1.020.000.000 938.400.000 0 100,00% 81.600.000 Mantenimiento
1.020.000.000 1.020.000.000 938.400.000 0 100,00% 81.600.000
1.244.120.000 995.296.000 995.296.000 248.824.000
720.000.000 720.000.000 180.000.000
97.600.000 97.600.000 24.400.000 80,00%
98.000.000 78.400.000 78.400.000 19.600.000 80,00%
99.296.000 99.296.000
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.