Ponencia SEM 03 Riesgo Laboral

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Enfermedades profesionales . JORNADAS TÉCNICAS

SERVICIOS de EMERGENCIA SANITARIA

Rosa Fernández Bardón Barcelona, 4 de Noviembre de 2010


Introducción •Las EEPP •Nuestro Sistema Sanitario •La coordinación entre sistemas •La vigilancia epidemiologica


ENFERMEDADES PROFESIONALES (EEPP) • Cuando hablamos de EEPP debemos tener como referencia el RD 1299/2006 de 10 de noviembre, establece cuadro de EEPP en el sistema de la SS y su notificación i registro. Debemos diferenciar: • EEPP (Las incluidas en la lista que aprueba el RD 1299/2006 anexo I) • ERT (Las incluidas en la lista complementaria de sospecha de origen laboral Anexo II) Es importante tener en cuenta en este apartado las enfermedades emergentes en salud laboral (psicosociales, lipoatrofia, etc) Las Enfermedades Profesionales y los Accidentes del Trabajo son un concepto legal que goza de protección especial por la Seguridad Social.


NUESTRO SISTEMA SANITARIO • En España existen dos redes sanitarias asistenciales de carácter público: En la primera, que denominamos sistema nacional de salud (SNS), se atienden las enfermedades comunes y accidentes no laborales, La segunda atiende a los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, cubre a los afiliados a determinados regímenes de la seguridad social, está financiada por ésta y está gestionada por las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (Mutuas).


COORDINACIÓN ENTRE SNS Y MATEP Un reciente acuerdo marco entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya confirman esta dualidad de nuestro sistema sanitario, y se plantea como objetivo mejorar la coordinación entre ambos sistemas, sobre todo en relación a las posibles EP que pueden estar siendo atendidas como comunes en el SNS. Objetivos: • Mejorar la eficiencia del sistema sanitario en su conjunto. • Beneficiar a los trabajadores en el reconocimiento de sus derechos y prestaciones. • Mejorar la prevención a través de la notificación y registro de las EEPP y de la mejora de coordinación entre las diferentes disciplinas de los SPRL.


LA VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA La subnotificación de las enfermedades Profesionales es un problema generalizado; En España se estima que sólo se reconoce una cuarta parte del total. Sin embargo, estas estimaciones no diferencian entre enfermedad profesional, incluida en el listado oficial indemnizable, y las llamadas enfermedades relacionadas con el trabajo, que incluye además aquellas sobre las que hay alguna evidencia de su origen laboral, pero no están recogidas en la lista oficial.


LAS EEPP EN EL PERSONAL DEL SEM: •Los riesgos laborales en el SEM •Objetivo la prevención •Elementos clave •Quien interviene en la gestión de la EP


LOS RIESGOS LABORALES EN EL SEM

Además de estar expuesto a los riesgos más habituales del ámbito de la salud. Se añaden nuevos riesgos derivados de una actividad con características únicas y peculiares, tanto en el decurso de la actividad asistencial como en los centros de coordinación.


LA EVALUACIÓN DE RIESGOS

Por lo tanto en el sector de Servicios de Emergencias Sanitarias, ponemos nuestro punto de mira en la necesidad de una cuidadosa realización de la evaluación de riesgos de los puestos de trabajo en las diferentes áreas así como la correspondiente implementación de las medidas preventivas necesarias para evitarlos o minimizarlos.


RIESGO....PREVENCIÓN...ENFERMEDAD Cuando se produce una enfermedad o un accidente derivados del trabajo, podríamos considerarlo un fracaso de las medidas preventivas establecidas tras la la evaluación de riesgos de cada puesto de trabajo.


OBJETIVO....LA PREVENCIÓN Los dispositivos de salud laboral han de actuar con el objetivo de la prevención: Evalúan los riesgos del lugar de trabajo y las condiciones laborales…para proponer las medidas de prevención y de protección de los trabajadores… Vigilan la salud de los trabajadores expuestos y los especialmente sensibles…para investigar los casos de enfermedad buscando la relación con el trabajo… Gestionan el caso individual por un lado, i por otro el colectivo para prevenir la aparición de nuevos casos en puestos de trabajo similares. Comunican y notifican los casos de EP, AT, y ERT, para poder planificar estrategias de intervención y prevención por parte de la autoridad Sanitaria y la Laboral..


ELEMENTOS CLAVE Un elemento clave en la prevenci贸n de riesgos laborales es la actitud de los individuos; Es responsabilidad de todos y cada uno de nosotros cumplir con las medidas de prevenci贸n que nos correspondan de acuerdo a nuestro lugar de trabajo, El otro elemento clave es la propia empresa; Incentivar puestos de trabajo seguros y saludables facilita que se obtengan mejores resultados, tanto para la propia organizaci贸n como para sus clientes


QUIEN INTERVIENE ANTE UNA EP EN EL PERSONAL DEL SEM 5. soporte/asesor ía especializada - (Red de USL)

SL


EL SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LA EMPRESA 1 . Servicio sanitario del SP (UBS – Disciplina de Medicina del Trabajo): Vigilando la salud en relación a los riesgos, y coordinando la investigación, y derivando a MATEP para atención del caso y/o otras medidas (de acuerdo con RD 39/1997, que próximamente se verá modificado por el “PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE RECURSOS PARA DESARROLLAR LA ACTIVIDAD SANITARIA DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN”)


EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD

2. Medico/a de cabecera: • Detectando sospechas de posible origen laboral de las patologías que atiende y derivándolas a la MATEP cuando proceda. (Y en los casos de necesidad de baja por IL aplicando de la instrucción 1/2007 del ICAM. Con sistema de asesoría y soporte de la red de USL de Cataluña)


EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL 3. La Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (MATEP): Atenci贸n sanitaria y gesti贸n del caso Notificaci贸n de EEPP y AT a los registros oficiales que han de informar las pol铆ticas de salud laboral. 4. Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): Es quien finalmente realiza el reconocimiento o no como EEPP o AT del caso.


EL SISTEMA DE SOPORTE Y ASESORIA ESPECIALIZADA: AUTORIDAD SANITARIA 5. Las Unidades de Salud Laboral (USL) : Coordinadas desde la DGSP del Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña, de acuerdo a la Ley 18/2009 de Salud Pública de Cataluña;

Asesoran, forman y dan soporte especializado en la gestión de casos para la Atención Primaria y especializada del SNS (SISCAT). Asesoran, dan soporte, i control de la calidad de los SPRL-MT que actúan en Cataluña Dan soporte al sistema de vigilancia epidemiológica territorial de la salud laboral en Cataluña. ….. …..


La red de Unidades de Salud Laboral de Cataluña USL de la Catalunya Central USL del Vallès Occidental USL del Vallès Oriental USL de Girona USL de Lleida USL del Barcelonès Nord i Maresme USL de Barcelona USL de Costa de Ponent USL de Camp de Tarragona USL de Terres de l’Ebre


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