230 | Cristina Mazzeo
proveer a la región de mercaderías, armas y pertrechos bélicos.14 Además, desde el siglo XVII, existía el régimen de asientos, por el cual se permitía el ingreso por el puerto de Buenos Aires de negros procedentes de Guinea y Brasil. Pero este comercio legal cubría el intenso contrabando holandés y portugués que abastecía no solo a la zona de Tucumán, sino también el Alto Perú y Potosí.15 Un documento enviado por el virrey del Perú al rey solicitaba la anulación de los registros sueltos llegados a Buenos Aires porque perjudicaban al Perú: Todos los registros que han salido cargados de ropa desde España para Buenos Aires, no han ido únicamente con el fin de abastecer aquella provincia y las de Paraguay, y el Tucumán porque a excepción de algunos cueros de vaca, los frutos que producen no sirven para España y así el fin de dichos registros siempre ha sido y será el internar sus ropas ilícitamente en los reynos del Perú y Chile, para extraer sus caudales con notable detrimento del erario Real y de la causa pública.16
El intenso contrabando realizado por dicho puerto dio lugar a que, durante el gobierno de los Borbones, se creara el virreinato del Río de la Plata en 1777, para obtener de manera legal algo de las ventajas que ese comercio reportaba de manera ilegal.17 Como decía Guillermo Céspedes,18 “Buenos Aires era el contrabando” y si no se lo podía controlar había que sacar provecho de ello. A partir de 1740, la utilización de la ruta por el Cabo de Hornos benefició aún más a este puerto, porque se convirtió en parada obligada antes de seguir viaje hacia el Pacífico. A pesar de las dificultades que implicaba el circuito, esta ruta se mantuvo a lo largo del siglo XVIII, lo que evidencia la capacidad de adaptación de aquellos personajes avezados que no temían a la aventura ni encontraban obstáculos a su ambición de progreso.
4. El comercio con Filipinas Filipinas podría ser considerada una zona de frontera del imperio colonial español y, como tal, gozó de ciertos beneficios que eran otorgados a los colonos que residían en ella; de lo contrario, no era muy atractiva su residencia. Por esa
14. Este es un régimen que operaba bajo el sistema de licencias, otra forma de recibir cantidades de metálico a cambio de una de ellas (Segreti 1987: 38). 15. Moreyra y Paz Soldán 1994: 252. 16. AGI Sec, Buenos Aires, Protocolo 584. Citado en: Mazzeo 1994: 43. 17. Véase el trabajo de Segreti 1987. 18. Céspedes del Castillo 1946: 703.