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La reforma tributaria: El impuesto de renta

La ley de la reforma tributaria 2277 del 2022 sancionada el 13 de diciembre del año anterior, que ya entran en rigor para este 2023. De los cambios significativos que trajo consigo la reforma tanto para las personas jurídicas como para las personas naturales se establece en el impuesto de renta.

¿Qué es el impuesto de renta?

Es el impuesto generado cuando los ingresos de una persona incrementan su patrimonio. Se trata de un impuesto de cobertura nacional y recae sobre las personas jurídicas y naturales.

Impuesto de renta para personas jurídicas

Para las personas jurídicas la tarifa general se mantiene en 35% y se incorpora la Tasa Mínima de Tributación que no podrá ser inferior al 15%, es decir que las deducciones no pueden generar una tasa de tributación menor a ese porcentaje.

Asimismo, la reforma tributaria también incluye nuevas tarifas especiales:

Impuesto de renta

Tarifas especiales

Se incrementa la tarifa para: las entidades financieras, entidades aseguradoras y reaseguradoras, comisionistas de bolsa, las bolsas de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales o de otros commodities y proveedores de infraestructura del mercado de valores. Que tengan renta gravable igual o superior a 120.000 UVT, subirá 5 puntos sobre la renta quedando en un 40% desde 2023 hasta 2027.

La extracción de hulla, carbón lignito y petróleo crudo, tendrán incrementos de entre el 5% al 15% y esa variación obedecerá a los precios internacionales de los productos. Adicionalmente, para estas entidades las regalías ya no se tomarán como deducibles.

Quienes hagan parte del sector de generación de energía eléctrica con recursos hídricos que tengan renta gravable igual o superior a 30.000 UVT, pagarán un 38% desde 2023 a 2026.

Por otro lado, se eliminan las siguientes tarifas especiales:

Tarifa del 9% para algunas rentas que antes eran exentas (gravadas en el CREE): Por el tiempo restante de la exención inicial.

Tarifa del 9% para rentas de monopolios de suerte y azar y de licores y alcoholes: Tiempo ilimitado.

Tarifa del 9% para empresas editoriales constituidas en Colombia como personas jurídicas: Tiempo ilimitado.

Tarifa del 9%, adicionada por la Ley 2068 de 2020: Durante 20 años o 10 años (algunos servicios hoteleros y turísticos).

Megainversiones: 27%.

Impuesto de renta para personas naturales

Para esta reforma tributaria se mantiene el sistema cedular. Sin embargo, se incrementará la carga tributaria de los contribuyentes del impuesto.

La renta exenta del 25% se reducirá hasta quedar limitada a 790 UVT anuales ($33.505.000), que antes era de 240 UVT mensuales ($109.452.000 anuales). De manera similar, la totalidad de las rentas exentas y deducciones de la cédula general no podrán exceder del 40% de los ingresos netos, ni del valor absoluto de 1.340 UVT. Así, se incluyen dos nuevas deducciones:

1. Por dependientes, deducción de 72 UVT al año por cada dependiente, con un máximo de 4 personas. Esto, adicional al límite del 40%.

2. Deducción del 1% del valor de las adquisiciones, sin superar 240 UVT en el año gravable.

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