Opinión Consultiva 2021-05

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8 de septiembre de 2021

Ramón Luis Cruz Burgos Secretario General del PPD secretario@ppdpr.net OPINIÓN CONSULTIVA 2021-05 CONSULTA SOBRE MECANISMO DE RECAUDO A TRAVÉS DEL CATÁLOGO VIRTUAL PPD-PR-SHOP Estimado señor Secretario: Recientemente, usted nos consultó si un proyecto para levantar fondos para el Partido Popular Democrático cumple con las disposiciones de la Ley 222. Según su consulta, el proyecto consiste en un catálogo virtual, manejado por un tercero, accesible en un enlace a través de la página web del PPD. En dicho catálogo, denominado “PPD-PR-SHOP”, las personas interesadas pueden ver los bienes disponibles para la venta y hacer sus compras. Al realizar la compra, se evidencia el pago por el producto en una cuenta manejada y registrada en el PPD. Luego, el PPD encarga los productos ordenados a un contratista, que tiene los productos disponibles y se encarga de enviarlos a la dirección del cliente. El PPD retiene una cantidad en comisión de esa venta por cada transacción realizada y paga al suplidor desde esa misma cuenta. Las ventas, así como la comisión pagada al PPD se realizarán mediante métodos electrónicos, por lo que siempre estará registrada todas las transacciones. En vista de lo anterior, se nos consulta si hay algún impedimento legal o reglamentario para realizar el proyecto usando la página oficial del PPD para acceder al catálogo de productos y que sea un tercero quien venda los productos autorizados por el PPD en la página “PPD-PR-Shop”. Según usted plantea, “[n]o se trata de donativos al PPD. El interesado o afiliado al PPD que interese comprar bienes a través de la página, lo hace a través de un suplidor, quien es el responsable de hacer el envío al comprador.” Igualmente, nos plantea que el PPD recibe del contratista una comisión específica, definida entre ambas partes, a base de un porciento (%) previamente establecido en un contrato. Sobre este particular, consulta si hay algún impedimento legal o reglamentario para que el PPD pueda establecer ese tipo de contratación que ayude al PPD a recaudar fondos. Por último, nos consulta si es necesario evidenciar de alguna forma particular estos ingresos. Examinado el asunto con detenimiento, procedemos a responder a su consulta. El método de recaudo consultado podrá materializarse siempre que cumplan con los siguientes criterios que propicien una adecuada fiscalización de los ingresos obtenidos:


1. La totalidad del producto de la venta deberá reportarse en el informe de ingresos y gastos correspondientes bajo el renglón de “Otros Ingresos” (sin descuentos de cargos por servicio ni los cargos cobrados por el contratista); 2. Los gastos asociados al costo del producto, gastos de envío o cargos por servicio que cobre el contratista deberán reportarse bajo el renglón de “Otros Gastos”; 3. El informe de ingresos y gastos deberá estar acompañado de un anejo mediante el cual se detalle de la totalidad de las transacciones generadas en el periodo correspondiente; 4. El contrato que se generé de la relación entre el contratista y el PPD deberá detallar el porciento de comisión específica atribuible al PPD por transacción la cual deberá ser cónsona con la práctica general en ese tipo de mercado o industria; 5. En la página de ventas se deberá desplegar un mensaje en el cual se advierta que el dinero para la compra no puede provenir de una persona jurídica, un menor de 21 años, una persona que no sea ciudadano de los Estados Unidos o un extranjero salvo que tenga residencia permanente en Puerto Rico o cualquiera de los estados o territorios de los Estados Unidos. La Oficina del Contralor Electoral tiene la responsabilidad de evaluar las transacciones detalladas y evidenciadas en los informes radicados, así como en los estados bancarios, a los fines de asegurar que toda transacción realizada este en cumplimiento con las disposiciones de la Ley. Esperamos haber contestado su interrogante, no obstante, de tener alguna otra duda o necesitar información adicional, se puede comunicar con nuestra oficina. Cordialmente,

Walter Vélez Martínez Contralor Electoral

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