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Contratos y Revisión por Parte de los Abogados
Luego de la inspección, el agente del Vendedor enviará por fax un memorando de compraventa a los abogados del comprador y a los del vendedor. Esta página, de 8 por 11 pulgadas, contiene toda la información que se enumera a continuación: a. Dirección y número de identificación impositiva de la propiedad b. Nombres de compradores, vendedores, y sus respectivos abogados c. Precio y términos del negocio (fecha de firma del contrato, hipoteca, etc.) d. Artículos incluidos o excluidos de la venta (artículos de iluminación, etc.) e. Cualquier otra información pertinente (acuerdos de ocupación, reparaciones, etc.) f. Nombres de agentes que participaron en la transacción
Junto con el memorando de compraventa, se incluirán los documentos de divulgación previamente firmados por los compradores y vendedores, la inspección, si corresponde, y cualquier otra información pertinente (resultados de análisis, documentos con respecto a reparaciones, etc.). En este momento el abogado del vendedor preparará tres o cuatro copias del contrato de compraventa y las enviará al abogado del comprador (recomendamos que se envíe por correo electrónico, fax o con entrega al día siguiente). Junto con el contrato de compraventa, el abogado enviará todos los documentos de divulgación pertinentes, la inspección y un Prospecto, y si se trata de una asociación de propietarios, el prospecto y el equivalente a dos años de información financiera del complejo. Ambos abogados negociarán los cambios a realizar al contrato para finalizar la redacción legal antes de la firma del contrato. Los compradores se reunirán con su abogado, firmarán el contrato, y le entregarán un cheque por el depósito inicial, por lo general el 10%, u otra sume previamente negociada con el Agente inmobiliario. El abogado del comprador enviará los contratos (nuevamente recomendamos que se envíen con entrega al día siguiente) con el cheque al abogado del vendedor. Los vendedores firmarán el contrato. Por último, el abogado del vendedor enviará dos copias del contrato de compraventa al abogado del comprador. Una vez que éste reciba el contrato firmado, y no antes, se considerará que el contrato y el trato han sido otorgados. Por lo tanto, en ese momento y únicamente en ese momento, la transacción estará protegida de otros compradores. El abogado del vendedor depositará el cheque de la entrega inicial en una cuenta de plica. (Aviso: este depósito no obliga al vendedor a firmar el contrato de compraventa. Si el contrato no se llega a firmar, el abogado del vendedor podrá enviar un cheque al comprador, sin pagar daños y perjuicios ni obligaciones.) Luego de firmado el contrato, estos fondos se le entregarán al vendedor en el momento de cerrar el trato y se acreditarán a la suma total en efectivo que usted pagará durante la transacción.
Recuerde que hasta que no se haya firmado el contrato, tanto el comprador como el vendedor podrán retractarse en cualquier momento y sin motivo aparente.
Aviso: Los costos de inspección, las tarifas de congelamiento de tasas de interés, las tarifas de solicitud de préstamos hipotecarios, los honorarios legales, etc. no están sujetos a reembolso por ninguna de las partes si una de ellas cancela el trato antes de otorgarlo. Por lo tanto, le recomendamos que maneje el negocio con prontitud y eficiencia para completar y otorgar el trato, y que no pierda dinero por las tarifas que deba pagar por un trato que nunca se llegue a otorgar.