Revista Ecofin nº 39

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LA FINANCIACIÓN POST-CRISIS

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LA NUEVA LEY DE MOROSIDAD NOS PERMITIRÁ SER UN PAÍS FINANCIERAMENTE COMPETITIVO La nueva Ley 15/2010, de 5 de julio de lucha contra la morosidad, posibilitará que pasemos a ser un país competitivo en lo referente a los plazos de cobro, al situarlos a niveles similares de la mayoría de los países europeos.

Julius Hermann von Kirchmann, un jurista

alemán del Siglo XIX es el autor de un aforismo que ha perdurado hasta nuestros días: “Tres palabras rectificadoras del legislador convierten bibliotecas enteras de libros de derecho en papel de desecho”. En efecto en el año 2010, los legisladores han promulgado una nueva ley que supone cambios importantes en las relaciones mercantiles interempresariales y que tiene especial transcendencia en el ámbito de la recuperación de deudas. La nueva legislación de lucha contra la morosidad que entró en vigor el día 7 de julio, gracias a la iniciativa legislativa del grupo parlamentario de Convergència i Unió, va a tener un importante papel para el sistema económico español. Gracias a esta reforma legislativa se ha materializado un posible cambio estructural del sistema económico-financiero español que permite abrir la puerta para que España no esté en el furgón de cola de los plazos de pago. La Plataforma Multisectorial de Lucha contra la Morosidad (PMCM), de la que tengo el privilegio de ser asesor, ha participado intensivamente en el impulso de la ley antimorosidad y en la redacción de los artículos. La PMCM ha actuado como catalizador para que los distintos grupos políti-

cos, lobbies y confederaciones empresariales se pusieran de acuerdo en un texto legislativo con sentido común y que da respuesta a la mayoría de las reivindicaciones de los empresarios y autónomos. La modificación legislativa ha sido fruto de un largo proceso de concienciación de la clase política que ha llevado a cabo la PMCM (Plataforma Multisectorial Contra la Morosidad) y que en representación de la sociedad civil ha realizado una labor de ‘gota malaya’ ante los poderes públicos y partidos políticos. Además hay que destacar el importante papel que ha tenido el grupo parlamentario de CiU en el Congreso para obtener el consenso político que hizo posible la aprobación definitiva de la Ley y sin contar con el visto bueno del Gobierno. A mi juicio, una de las reformas más trascendentes que ha supuesto la ‘Ley 15/2010, de 5 de julio’ es que determina la reducción progresiva de los plazos de pago interempresariales o B2B y los de la Administración Pública para llegar en el 2013 a un período máximo de 60 y 30 días, respectivamente. Para los que consideran utópico que las administraciones puedan pagar a 30 días en el 2013 sería conveniente echar un vistazo a nuestro entorno europeo. En Francia, a partir del primero de julio de 2010, la Administración está obligada a pagar a 30 días. Al propio tiempo, en la Unión Europea se está modificando la Directiva Europea 2000/35/CE de medidas de lucha contra la morosidad y uno de los cambios prioritarios que se llevarán a cabo es que los plazos de pago de las administraciones públicas sea de 30 días. Asimismo para los que consideran que la

imposición de un plazo máximo de pago de 60 días en el ámbito de las operaciones B2B es una aberración que conculca la libertad contractual. En Francia, el plazo de pago que han de cumplir las empresas desde la entrada en vigor de la LME “Loi de Modernisation de l’Economie” es de 45 días fin de mes o como máximo de 60 días fecha factura. El resultado ha sido espectacular. A finales de 2010 el nuevo plazo medio de pago en Francia ha bajado a sólo 35 días. Con la reforma introducida en la ‘Ley 15/2010, de 5 de julio’, nuestros legisladores han colocado los cimientos para que cientos de miles de empresas puedan ahorrar cantidades astronómicas en intereses financieros que deben destinar a sufragar sus deudores comerciales; la patronal catalana PIMEC cuantifica el ahorro en


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