La Jornada, 05/04/2018

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VIERNES 4 DE MAYO DE 2018 •

EDICTO

Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de MĂŠxico, MĂŠxico, Juzgado TrigĂŠsimo SĂŠptimo de lo Civil, SecretarĂ­a “Bâ€?. EXP. 256/2017 En cumplimiento a lo ordenado por autos de fecha treinta y uno de marzo del dos mil diecisiete y seis de abril del dos mil dieciocho, en los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BANORTE, en contra de FABRICANTES DE INSUMOS PIEDRA, S.A. DE C.V., PIEDRA BERNAL JOSE Y GONZALEZ PEREZ SOFIA, se ordenĂł emplazar a los codemandados FABRICANTES DE INSUMOS PIEDRA, S.A. DE C.V., PIEDRA BERNAL JOSE Y GONZALEZ PEREZ SOFIA por medio de edictos, juicio en el que la actora demandĂł el pago de la cantidad de 1’,500,000.00 M.N., por concepto de suerte principal, mas intereses pactado y demĂĄs prestaciones reclamadas, asimismo, haciĂŠndoles de su conocimiento que cuentan con el tĂŠrmino de TREINTA DIAS, contados a partir de la Ăşltima publicaciĂłn que se realice para dar contestaciĂłn a la demanda instaurada en su contra, debiendo seĂąalar domicilio procesal de su parte dentro de la jurisdicciĂłn de este juzgado, apercibidos que en caso de no hacerlo el juicio se continuarĂĄ en su rebeldĂ­a surtiĂŠndoles las notificaciones personales por BoletĂ­n Judicial, quedando a su disposiciĂłn en la secretaria de este juzgado las copias de traslado, para que comparezca a recibirlas, edictos que publicarĂĄn por tres veces consecutivas. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “Bâ€? RĂšBRICA LIC. ESTELA ROSARIO LOPEZ ARELLANO.

JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SN. FCO. DE CAMPECHE, CAMP. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL.

E D I C T O En el juicio de amparo nĂşmero 993/2017, promovido por ULDARICO QUE DEHESA, apoderado legal de la parte quejosa NICOLAS DE TOLENTINO CRUZ ALCUDIA, se emplaza a juicio a Apoyo LogĂ­stico Marino, Sociedad AnĂłnima de Capital Variable, tercero interesado en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuenta con el plazo de treinta dĂ­as, contado a partir del dĂ­a siguiente al de la Ăşltima publicaciĂłn del presente edicto para que concurra a este juzgado a hacer valer lo que a su interĂŠs conviniere. Se le apercibe que de incumSOLU HVWR ~OWLPR ODV XOWHULRUHV QRWLĂ€FDFLRQHV DXQ ODV GH carĂĄcter personal se le harĂĄn por lista. San Francisco de Campeche, Campeche, a 16 de marzo de 2018.

EL JUEZ SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO. LIC. ADRIà N FERNANDO NOVELO PÉREZ.

DEPENDENCIA: JUZGADO DÉCIMO SECCION: DE LO CIVIL. ADMINISTRATIVA RAMO: CIVIL. OFICIO NUM.: 1092 EXPEDIENTE NUM.: 1092/16.

ASUNTO:

Edicto de emplazamiento. Santiago QuerĂŠtaro, Qro., A 22 de Marzo del 2018.

ENRIQUE CHà VEZ ALEGR�A PRESENTE En virtud de ignorar su domicilio, le emplazo por medio del presente edicto, para que en el tÊrmino de TREINTA D�AS håbiles contados a partir de la última publicación del presente, dÊ contestación a la demanda instaurada en su contra, en el juicio EJECUTIVO MERCANTIL que en su contra promueve ARIEL GILDARDO à VILA HERNà NDEZ y/o AUGUSTO Sà NCHEZ à LVAREZ bajo el número de expediente 1092/16, que se sigue en este Juzgado DÊcimo de Primera Instancia Civil del Partido Judicial de Santiago de QuerÊtaro, para que conteste la demanda entablada y oponga las excepciones que tuviere que hacer valer a su favor; apercibiÊndole que en caso de no hacerlo, se le tendrå por perdidos sus derechos no ejercitados en tiempo y forma y como contestada en sentido negativo la demanda, debiendo seùalar domicilio procesal dentro de esta ciudad, ya que en caso de no hacerlo, todas ODV QRWLÀFDFLRQHV GH FDUiFWHU SHUVRQDO OH VXUWLUiQ VXV HIHFWRV por lista; haciÊndole saber que quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado las copias de traslado respectivas a ÀQ GH TXH VH LPSRQJD GH HOODV De igual manera, se requiere a la demandada para que dentro GHO SOD]R FRQFHGLGR VHxDOH ELHQHV GH VX SURSLHGDG VXÀFLHQWHV a garantizar el adeudo reclamado, apercibiÊndole que en caso de no hacerlo, ese derecho pasarå a la actora, como lo prescribe el numerales 1392 y 1394 del Código de Comercio.

ATENTAMENTE LA SECRETARIA DE ACUERDOS DEL JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL LIC. IRMA MONTERO MART�NEZ

EDICTO

CONovido por MARARIO prom HIPOTEC ELIO en contra de 13, L IA C ESPE 459/20 O AUR el Juicio DIENTE A MARC PE AN R EX ST L, IE Ăł autos de ERAS PA GE DAN Civil dict CĂ?A JOR l dos mil ero de lo NEZ GAR dragĂŠsimo Terc de julio ambos de sacar Cua ordena y siete C. Juez de junio dice: ...se hipotecado te te ie en tis in uc chas ve rte cond inmueble UCCIOe en su pa ALMONEDA el CONSTR A atorce qu PRIMER ATRO Y DEMĂ S BRE EL LOTE U remate en SO C S O S NĂšMER ISTENTE ADO “LO n CASA IONES EX MINIO DENOMIN RESUL, STALAC O NES E IN ES, DEL COND E EL LOTE TRES LOTES TR S BR O NĂšMER ICADO SO Ă“N DE LO ENTA Y LA FUSI OSâ€? EDIF CUAR DURAZN LA DIVISIĂ“N DE ANZANA NTO E DE LA M FRACCIONAMIE E â€?, “A TANTE D E EL ONC IO D EN AL â€? A “A MUNICIP BICAD UNO EL U r ), EN O a MAN TES, teng luga UNO (RO DE LAS FUEN para que s AL RELOS... eda se seĂąalas la PEDREG ESTADO DE MO on EL m D al C, MBRE primera JIUTEPE mate en E SEPTIE ate del incia de re UEVE D la audien AS DEL DĂ?A N base para el rem S R O de SCIENTO H o EI E (S nd ONC sirvie do 00.00 CURSO E $602,0 NACIONAL), sien D D A AĂ‘O EN D TI ONEDA avalĂşo de LA CAN 00/100 M rtes del valor del mueble PESOS pa DOS MIL l las dos terceras ga le postura 2014. LIO DEL inmueble. 10 DE JU , D.F. , A DOS “Aâ€?. MÉXICO

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EDICTO

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EDICTO

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCO, CON RESIDENCIA EN IXTAPALUCA, ESTADO DE MÉXICO.

EDICTO En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha diecisÊis (16) de Marzo del aùo dos mil dieciocho 2018, dictado en el expediente número 1022/2017, radicado en el JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCO, CON RESIDENCIA EN IXTAPALUCA, MÉXICO relativo al JUICIO ORAL MERCANTIL promovido por MERCEDES GARC�A GARC�A promoviendo en su caråcter apoderado general para pleitos y cobranzas de la Sociedad Mercantil denominada LUBRICANTES DE AMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en contra de PAVIMENTACIÓN Y CONCRETER�A ASFà LTICA PACAS, S.A. DE C.V. En el cual se reclaman las siguientes prestaciones: A) El pago de la cantidad de $244,447.96 (DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 96/100 MONEDA NACIONAL) por concepto de la suerte principal; B) El pago de los intereses que sean originado y causado por falta de pago del reo a razón del 6% anual desde que dicho demandado se ha negado a pagar las facturas base de la acción, y hasta la total solución del presente juicio en tÊrminos de ley C) El pago de los daùos y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del pago de las facturas que se harå valer en ejecución de sentencia; D) El pago de los gastos y costas judiciales que mi poderdante erogue con motivo de la tramitación del presente juicio previa su regulación incidental. Se ordena emplazar a juicio mediante edictos a PAVIMENTACIÓN Y CONCRETER�A ASFà LTICA PACAS, S.A. DE C.V de la tramitación de este juicio. PUBL�QUESE POR TRES VECES CONSECUTIVAS, EN PERIÓDICO DE CIRCULACIÓN AMPLIA Y DE COBERTURA NACIONAL Y UN PER�ODICO LOCAL DEL ESTADO DE MÉXICO, ASIMISMO PROCEDASE A FIJAR EN LA PUERTA DE ESTE TRIBUNAL UNA COPIA �NTEGRA DE LA RESOLUCIÓN POR TODO EL TIEMPO QUE DURE EL EMPLAZAMIENTO, EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE FECHA DIECISÉIS (16) DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO 2018. EXPEDIDO EN IXTAPALUCA, ESTADO DE MÉXICO, A LOS DIECISÉIS 16 D�AS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO 2018.

DOY FE SECRETARIO DE ACUERDOS Lic. ANGÉLICA NONOAL SACAMO

EDICTO

Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, MĂŠxico, Juzgado Sexto de lo Civil de ExtinciĂłn de Dominio, Expediente 1118/2014, SecretarĂ­a “Bâ€?. DE NOTIFICACION A LOUIS ALFRED HADDAD VILLAREAL. En cumplimiento a lo ordenado en proveĂ­dos de fechas diecinueve de enero del dos mil quince, diecisiete de febrero del dos mil diecisĂŠis, veinte de octubre del dos mil diecisĂŠis y veintiocho de junio del dos mil diecisiete, dictado en los autos correspondientes al juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por SCOTIABANK INVERLAT, S.A. INSTITUCIĂ“N DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT ahora PROYECTOS ADAMANTINE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD REGULADA en contra de HADDAD VILLAREAL LOUIS ALFRED Y KURI CHAPUR IVONNE; expediente 1118/2014, el C. Juez Sexto de lo Civil, ordenĂł notificar al demandado en los autos que a la letra dicen: “MĂŠxico, Distrito Federal a diecinueve de enero del aĂąo dos mil quince‌ Se tiene por presentados a ANDREA EUGENIA REYES CARMONA, FABIOLA PAULINA REYES CARMONA, GABRIEL MORENO SĂ NCHEZ y JOSE VICENTE MARTINEZ LIMA, en su carĂĄcter de apoderados de SCOTIABANK INVERLAT S.A. INSTITUCIĂ“N DE BANCA MĂšLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT‌ demandando en la VĂ?A ESPECIAL HIPOTECARIA de HADDAD VILLAREAL LOUIS ALFRED Y KURI CHAPUR IVONNE, el pago de la cantidad de $3’193,039.48 (TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y TRES MIL TREINTA Y NUEVE PESOS 48/100 MONEDA NACIONAL), y demĂĄs prestaciones que se reclaman de conformidad con lo dispuesto por los artĂ­culos 468, 469, 470, 481 y demĂĄs relativos del CĂłdigo de Procedimientos Civiles‌ gĂ­rese el exhorto de mĂŠrito al C. JUEZ COMPETENTE DE LA CIUDAD DE MERIDA, ESTADO DE YUCATĂ N, para que en auxilio de las labores de este Juzgado se sirva ordenar a quien corresponda cumplimente las diligencias de mĂŠrito, facultĂĄndolo para que acuerde promociones y diligencias, habilite dĂ­as y horas inhĂĄbiles, tenga por seĂąalados nuevos domicilios de la demandada, dentro de su jurisdicciĂłn, gire oficios a toda clase de autoridades, sean administrativas, civiles o judiciales para la localizaciĂłn de nuevos domicilios de los demandados dentro de su jurisdicciĂłn‌ Por otra parte, se previene a la parte demandada para que seĂąale domicilio dentro de la jurisdicciĂłn de este Juzgado para oĂ­r y recibir notificaciones, apercibidos que en caso de no hacerlo las mismas le surtirĂĄn efectos por BoletĂ­n Judicial en tĂŠrminos del artĂ­culo 112 del CĂłdigo de Procedimientos Civiles‌ NotifĂ­quese. AsĂ­ lo proveyĂł y firma el C. Juez Sexto de lo Civil y de ExtinciĂłn de Dominio, Licenciado HECTOR FLORES REYNOSO en uniĂłn del Licenciado ROMAN JUAREZ GONZALEZ, Secretario de Acuerdos “Bâ€?, quien actĂşa y da fe.-“ “En la Ciudad de MĂŠxico, a diecisiete de febrero del aĂąo dos mil diecisĂŠis‌ las constancias de autos de las que se desprende que ha sido imposible la localizaciĂłn del codemandado HADDAD VILLAREAL LOUIS ALFRED, en consecuencia con fundamento en el artĂ­culo 122 del CĂłdigo de Procedimientos Civiles, se ordena emplazarla a juicio por medio de edictos que se publicarĂĄn por tres veces, de tres en tres dĂ­as, en el BoletĂ­n Judicial de este Tribunal y en el periĂłdico LA JORNADA, de esta ciudad, concediĂŠndose el tĂŠrmino de TREINTA DIAS al demandado para que conteste la demanda instaurada en su contra, mismos que empezarĂĄn a correr a partir del dĂ­a siguiente en que surta sus efectos la Ăşltima publicaciĂłn de edictos, con el apercibimiento que en caso de no hacerlo se tendrĂĄ por contestada en sentido negativo, atento a lo dispuesto por el artĂ­culo 271 del CĂłdigo citado; quedando a su disposiciĂłn las copias simples de traslado en la SecretarĂ­a del Juzgado para que las pase a recoger o se imponga de autos asimismo con los insertos necesarios gĂ­rese atento exhorto al C. JUEZ COMPETENTE DE LA CIUDAD DE MERIDA, ESTADO DE YUCATAN, para que en auxilio de las labores de este juzgado se sirva realizar la publicaciĂłn de los edictos en los tĂŠrminos ordenados en el presente provisto, toda vez que el ultimo domicilio del demandado referido se encuentra en esa entidad federativa y para que por su conducto se sirva publicar los edictos por tres veces, de tres en tres dĂ­as en el periĂłdico de mayor circulaciĂłn de esa localidad, para los efectos legales a que haya lugar.- NOTIFĂ?QUESE.- Lo proveyĂł y firma la C. JUEZ SEXTO DE LO CIVIL Y DE EXTINCIĂ“N DE DOMINIO, LICENCIADO HÉCTOR FLORES REYNOSO, ante el C. Secretario de Acuerdos “Bâ€? Licenciado ROMĂ N JUĂ REZ GONZĂ LEZ que autoriza y da fe.-“ “En la Ciudad de MĂŠxico a veinte de octubre del dos mil diecisĂŠis‌ se tiene por presentado a PROYECTOS ADAMANTINE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD REGULADA como nuevo acreedor y parte actora‌ SCOTIABANK INVERLAT, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT ahora PROYECTOS ADAMANTINE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD REGULADA en contra de HADDAD VILLARREAL LOUIS ALFRED y KURI CHAPUR IVONNE‌ NOTIFĂ?QUESE PERSONALMENTE A LA PARTE DEMANDADA.- Lo proveyĂł y firma el C. JUEZ SEXTO DE LO CIVIL Y DE EXTINCIĂ“N DE DOMINIO, LICENCIADO HÉCTOR FLORES REYNOSO, ante el C. Secretario de Acuerdos “Bâ€? Licenciado ROMĂ N JUĂ REZ GONZĂ LEZ que autoriza y da feâ€? “En la Ciudad de MĂŠxico a veintiocho de junio del dos mil diecisiete‌ ordena el emplazamiento del codemandado LOUIS ALFRED HADDAD VILLAREAL‌ lo anterior de conformidad con el artĂ­culo 128 del CĂłdigo de Procedimientos Civiles y en los tĂŠrminos que se indicaron en auto del diecisiete de febrero del dos mil diecisĂŠis. GĂ­rese el exhorto que asĂ­ corresponda al C. JUEZ COMPETENTE DE LA CIUDAD DE MERIDA, ESTADO DE YUCATAN para que en auxilio de las labores de este juzgado se sirva realizar la publicaciĂłn en ese lugar de los edictos de mĂŠrito en los tĂŠrminos ordenados en autos. Facultando al juez exhortado para que acuerde todo tipo de promociones, gire oficios y en general todo aquello que este a su alcance para la debida publicaciĂłn de los edictos; se autoriza a las personas que se menciona para su diligenciaciĂłn. ElabĂłrese los edictos, oficios y exhorto que asĂ­ corresponda y pĂłngase a disposiciĂłn de la parte interesada para su diligenciaciĂłn.- NOTIFĂ?QUESE.- Lo proveyĂł y firma el C. JUEZ SEXTO DE LO CIVIL Y DE EXTINCIĂ“N DE DOMINIO LICENCIADO HECTOR FLORES REYNOSO, ante el C. Secretario de Acuerdos “Bâ€? Licenciado ROMAN JUAREZ GONZALEZ que autoriza y da fe.â€? EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “Bâ€? DEL JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL Y DE EXTINCIĂ“N DE DOMINIO RĂšBRICA LIC. ROMAN JUAREZ GONZALEZ

PRESENTE. El expediente familiar número 1755-2/2016, relativo a las diligencias en vía de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA DE DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CARLOS ANZURES ESCALANTE, promovidas por MAR�A ANGÉLICA SALDAÑA ZAVALA, PHGLDQWH VHQWHQFLD GHÀQLWLYD GH IHFKD VHLV GH PDU]R GHO GRV PLO GLHFLRFKR HO & -XH] 3ULPHUR GH 3ULPHUD ,QVWDQFLD GHO 5DPR )DPLOLDU GHO 'LVWULWR -XGLFLDO GH 7DEDUHV FRQ GRPLFLOLR XELFDGR HQ $YHQLGD *UDQ 9tD 7URSLFDO VLQ Q~PHUR )UDFFLRQDPLHQWR ODV 3OD\DV 3DODFLR GH -XVWLFLD SODQWD EDMD GH HVWD &LXGDG \ 3XHUWR GH $FDSXOFR GH -XiUH] *XHUUHUR DSUREy OD LQIRUPDFLyQ WHVWLPRQLDO RIUHFLGD por MAR�A ANGÉLICA SALDAÑA ZAVALA, con cargo a los seùores LIDUBINA RUMUALDO RAM�REZ Y AURELIO LIBERATO HERRERA, SDUD DFUHGLWDU OD DXVHQFLD GH VX esposo CARLOS ANZURES ESCALANTE SDUD WRGRV ORV HIHFWRV OHJDOHV D TXH KD\D OXJDU \ GHFODUy MXGLFLDOPHQWH OD DXVHQFLD GH CARLOS ANZURES ESCALANTE. $&$38/&2 *8(55(52 &8$752 '( $%5,/ '(/ $f2 6(*81'$ 6(&5(7$5,$ '( $&8(5'26 '(/ -8=*$'2 35,0(52 '( 35,0(5$ ,167$1&,$ '(/ 5$02 )$0,/,$5 '(/ ',675,72 -8',&,$/ '( 7$%$5(6

LIC. LILLIAN OLEA APATIGA.

SECCIÓN

DE

EDICTOS

JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SN. FCO. DE CAMPECHE, CAMP. PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL.

E D I C T O En el juicio de amparo número 1474/2017, promovido por CARLOS ANTONIO PECH CABRERA por conducto de sus defensores particulares Aníbal Delmar Euan Perera y Miguel à ngel Chan Gonzålez, contra actos del Juez Tercero del Sistema de Justicia Penal, Acusatorio y Oral del Segundo Distrito Judicial del Estado, residente en Ciudad del Carmen, Campeche, y otra autoridad, se emplaza a juicio a TERESA BAÑOS JUAREZ y/o TERESA DE JESÚS BAÑOS JUà REZ, tercera interesada en el referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuenta con el plazo de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurra a este juzgado a hacer valer lo que a su interÊs conviniere. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores QRWLÀFDFLRQHV DXQ ODV GH FDUiFWHU SHUVRQDO VH OH KDUiQ por lista. San Francisco de Campeche, Campeche, a 22 de marzo de 2018.

EL JUEZ SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO. LIC. ADRIà N FERNANDO NOVELO PÉREZ.

Y

AVISOS NOTARIALES 39

EDICTOS MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.- JUEZ OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO. TERCEROS INTERESADOS ERENDIRA RUB� CASILLAS AQUINO Y FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ D�AZ En los autos del juicio de amparo número número 802/2017II, promovido por JOSÉ RICARDO CASILLAS PEREA, contra actos del Juez TrigÊsimo de lo Familiar DÊcimo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de MÊxico y del Titular de la Delegación del Registro Público de la Propiedad en Acapulco Guerrero, en el que se seùala como terceros interesados a ERENDIRA RUB� CASILLAS AQUINO y FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ D�AZ, y al desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción III, inciso b) del artículo 27 de la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mÊrito por edictos, los que se publicaUiQ SRU WUHV YHFHV GH VLHWH HQ VLHWH GtDV HQ HO 'LDULR 2ÀFLDO de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, y se hace de su conocimiento que en la Secretaría II de tråmite de amparo de este juzgado, queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo a efecto de que en un tÊrmino de treinta días contados a partir de la última publicación de tales edictos, ocurra al juzgado hacer valer su derecho. Ciudad de MÊxico, a 12 de marzo de 2018.

ATENTAMENTE. EL SECRETARIO DEL JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO. LIC. DANIEL ABACUK CHà VEZ FERNà NDEZ.

“EDICTO�

SE CONVOCAN POSTORES

Que en los autos del juicio ORDINARIO CIVIL promovido CARREON CASTAÑEDA ENRIQUE CARLOS en contra de RICO RICARDY ANGELINA, EXPEDIENTE 137/18, LA C. JUEZ VIGESIMO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO DICTO UNOS AUTOS QUE EN SU PARTE CONDUCENTE DICEN:

EDICTO

“Ciudad de MĂŠxico, a doce de marzo del aĂąo dos mil dieciocho. AgrĂŠguese al expediente 137/18, el escrito del mandatario judicial de la actora, toda vez que obran en autos informes de ODV LQVWLWXFLRQHV FRQ UHJLVWUR RĆ“FLDO GH GRPLFLOLRV HQ HO VHQWLGR de no contar con ninguno de la demandada ANGELINA RICO RICARDY...â€? “... emplĂĄcese, por medio de edictos que se publicarĂĄn por TRES VECES DE TRES EN TRES DĂ?AS en el BoletĂ­n Judicial y en el periĂłdico LA JORNADA, debiendo mediar entre cada publicaciĂłn dos dĂ­as hĂĄbiles...â€? “... debiendo el demandado presentarse dentro del tĂŠrmino de CUARENTA DĂ?AS, en la SecretarĂ­a de Acuerdos “Aâ€?, del Juzgado VigĂŠsimo Civil de Primera Instancia sito en: TORRE SUR, PISO 10, NIĂ‘OS HÉROES 132, COLONIA DOCTORES, DELEGACIĂ“N CUAUHTÉMOC, C.P. 06720, CIUDAD DE MÉXICO, quedando a su disposiciĂłn las copias de traslado correspondientes; apercibido que de no dar contestaciĂłn a la demanda en el tĂŠrmino ordenado en auto admisorio de demanda (QUINCE DĂ?AS), siguientes al transcurso de los cuarenta dĂ­as en que deberĂĄ comparecer a recibir sus traslados, se tendrĂĄ por contestada en sentido negativo...â€? “CIUDAD DE MÉXICO A DIECISEIS DE FEBRERO DE DOS MIL DIECIOCHO. Con el escrito de demanda y demĂĄs anexos, fĂłrmese expediente y regĂ­strese bajo el nĂşmero 137/2018, en el Libro de Gobierno, con fundamento en lo dispuesto en los artĂ­culos 56, 95 y 257 del CĂłdigo de Procedimientos Civiles vigente en la Ciudad de MĂŠxico. GuĂĄrdese en el seguro del juzgado, los documentos exhibidos, consistentes en: Dos constancias de registro en copia simple, un contrato de FRPSUDYHQWD \ XQ Ć“QLTXLWR GH IHFKD YHLQWLFXDWUR GH VHSWLHPEUH de mil novecientos noventa y cinco. Se tiene por presentado a ENRIQUE CARLOS CARREON CASTAĂ‘EDA...â€? “Demandando en la VĂ?A ORDINARIA CIVIL de ANGELINA RICO RICARDY, las prestaciones contenidas en el escrito de cuenta...â€? “... por lo cual, HPSOÂŁFHVHOH \ FÂľUUDVH WUDVODGR FRQ OD FÂŤGXOD GH QRWLĆ“FDFLÂľQ copias simples de la demanda y documentos que se anexan...â€? “... se les concede el tĂŠrmino de QUINCE DĂ?AS, para que produzca su contestaciĂłn, anexando copia para su contraria; debiendo oponer las excepciones y defensas que estimen pertinentes...â€? Ciudad de MĂŠxico, a trece de marzo de 2018 LA C. SECRETARIA CONCILIADORA DEL JUZGADO VIGESIMO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO LIC. ROSA LINDA BRITO BLANCAS

JUZGADO 33 CIVIL SECRETARIA “A� EXPEDIENTE No. 709/2013

En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por BANCO NACIONAL DE MEXICO SOCIEDAD ANONIMA INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX en contra de ISABEL LILIANA CONTRERAS GONZALEZ, la C. Juez TrigĂŠsimo Tercero de lo Civil de la Ciudad de MĂŠxico ESPECIALISTA EN DERECHO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL ELVIRA CARVAJAL RUANO por auto de fecha siete de marzo de dos mil dieciocho y en EjecuciĂłn de Sentencia ordeno sacar a Remate en PĂşblica Subasta Vivienda marcada con el numero 76, Lote 17, Manzana XX, del Condominio Numero 17 del Prototipo J. Diamante Elite, perteneciente al Conjunto Urbano Tipo Habitacional de InterĂŠs Social denominado “Las Palmas Tercera Etapaâ€?, ubicado en el Municipio de Ixtapaluca, Distrito de Chalco, Estado de 0p[LFR FRQ ODV PHGLGDV \ FROLQGDQFLDV HVSHFLĂ€FDGDV HQ DXWRV \ SDUD TXH WHQJD YHULĂ€FDWLYR OD $XGLHQFLD GH 5HPDWH HQ 6HJXQGD $OPRQHGD VH VHxDODQ DIEZ HORAS DEL DIA DIECISEIS DE MAYO DEL AĂ‘O DOS MIL DIECIOCHO, debiĂŠndose de convocar postores mediante la publicaciĂłn de edictos, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes del la cantidad de UN MILLĂ“N DOSCIENTOS SETENTA MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100 M.N., precio del avalĂşo menos la rebaja del veinte SRU FLHQWR D TXH VH UHĂ€HUH HO DUWtFXOR GHO &yGLJR GH Procedimientos Civiles.&LXGDG GH 0p[LFR D GH DEULO GH /$ & 6(&5(7$5,$ '( $&8(5'26 ´$Âľ MTRA. MARTINA SAULA ARMAS LUNA 127$ 'HELpQGRVH FRQYRFDU SRVWRUHV PHGLDQWH OD publicaciĂłn de edictos por dos veces debiendo mediar HQWUH XQD SXEOLFDFLyQ \ RWUD VLHWH GtDV KiELOHV H LJXDO plazo entre la Ăşltima publicaciĂłn y la fecha de remate HQ HO SHULyGLFR /D -RUQDGD HQ ORV 7DEOHURV GH $YLVR GH OD 6HFUHWDUtD GH )LQDQ]DV GHO *RELHUQR GH OD &LXGDG GH 0p[LFR \ ORV 7DEOHURV GH $YLVR GH HVWH -X]JDGR DWHQWR D OR GLVSXHVWR SRU HO DUWtFXOR GHO &yGLJR GH 3URFHGLPLHQWRV Civiles aplicable, y toda vez que el inmueble a rematar se HQFXHQWUD IXHUD GH OD MXULVGLFFLyQ GH HVWH 7ULEXQDO JtUHVH atento exhorto al C. JUEZ COMPETENTE EN MATERIA CIVIL EN IXTAPALUCA, DISTRITO DE CHALCO, ESTADO DE MÉXICO, con los insertos necesarios y para que en auxilio de las labores de este Ă“rgano Jurisdiccional ordene la publicaciĂłn de edictos para convocar postores SXEOLFDFLyQ TXH GHEHUi GH UHDOL]DUVH HQ ORV VLWLRV S~EOLFRV de costumbre y que se encuentran ordenados en la legislaciĂłn de dicha entidad.

EDICTO.

Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de MĂŠxico, MĂŠxico, Juzgado SexagĂŠsimo Cuarto de lo Civil, SecretarĂ­a “Aâ€?. En los autos del juicio, Ejecutivo Mercantil, expediente nĂşmero 973/16 promovido por BANCO SANTANDER (MEXICO), S.A INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MEXICO, en contra de GRUPO GADITEX, S.A. DE C.V. Y RAMIREZ LARA MARIA GABRIELA, el C. Juez ordeno emplazar por edictos a RAMIREZ LARA MARIA GABRIELA, lo anterior en cumplimiento al proveĂ­do de nueve de abril del dos mil dieciocho, mismo que en su parte conducente a la letra dice. â€œâ€Ś procĂŠdase a la actualizaciĂłn de los edictos ordenados en autos, hecho que sea pĂłnganse a disposiciĂłn del promovente para su diligenciaciĂłn.- NotifĂ­quese‌â€?, asĂ­ como auto de veintiocho de febrero del aĂąo en curso, que a la letra y en su parte conducente dice, â€œâ€ŚA sus autos el escrito de ALFONSO LIMA SAMANO, apoderado legal de la parte actora, se tienen por hechas sus manifestaciones, como lo solicita y con fundamento en el artĂ­culo 1070 del CĂłdigo de Comercio, emplĂĄcese a MARIA GABRIELA RAMIREZ LARA, mediante edictos los cuales serĂĄn publicados tres veces consecutivas en los periĂłdicos LA CRONICA y LA JORNADA, haciĂŠndosele saber que quedan a su disposiciĂłn en la secretarĂ­a “Aâ€? de este Juzgado la copia de traslado, asimismo que cuenta con un tĂŠrmino de TREINTA DIAS HABILES para dar contestaciĂłn a la demanda, apercibida que de no hacerlo asĂ­, se tendrĂĄ por contestada ĂŠsta en sentido negativo‌â€? ---OTRO AUTO--â€œâ€ŚCiudad de MĂŠxico, a veintisĂŠis de octubre del dos mil diecisĂŠis. ---Con el escrito de cuenta y anexos que se acompaĂąan, fĂłrmese expedientillo y regĂ­strese en el libro de gobierno con el nĂşmero que le corresponda, guĂĄrdese en el seguro del juzgado los documentos base de la acciĂłn; atento a lo cual se tiene por presentado a BANCO SANTANDER (MEXICO), S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MEXICO, por conducto de RAMON JULIAN RULLAN ABASCAL y/o ALFONSO LIMA SAMANO, en su carĂĄcter de apoderados, personalidad que se le reconoce en tĂŠrminos de las escrituras nĂşmeros 82,383 y 89,388 que en copia certificada exhiben, y sin lugar a tener como apoderada de la parte actora a NURIA GISELA GARCIA GUTIERREZ, toda vez que el escrito inicial de demanda carece de firma de la supracitada, demandando en la VĂ?A EJECUTIVA MERCANTIL de GRUPO GADITEX, S.A. DE C.V. y MARIA GABRIELA RAMIREZ LARA, el pago de la cantidad de $2’484,444.44 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS 44/100 M.N.), por concepto de capital total adeudado y demĂĄs accesorios que precisa, por lo que con fundamento en lo dispuesto por el artĂ­culo 68 de la Ley de Instituciones de CrĂŠdito, 1391, fracciĂłn IV, al 1396 y demĂĄs relativos y aplicables del CĂłdigo de Comercio, se dicta AUTO DE EJECUCIĂ“N CON EFECTOS DE MANDAMIENTO EN FORMA; atento a lo cual requiĂŠrase a los demandados para que en el acto de la diligencia efectĂşen el pago a la actora o a quien sus derechos represente de la cantidad reclamada y no haciĂŠndolo EMBĂ RGUENSELE BIENES suficientes a garantizar lo reclamado, poniĂŠndolos en deposito de la persona que bajo su responsabilidad designe la actora; hecho que sea lo anterior con las copias simples exhibidas cĂłrrase traslado y emplĂĄcese a los demandados‌â€?--CIUDAD DE MÉXICO, A 20 DE ABRIL DE 2018. LA SECRETARIA DE ACUERDOS *A* RĂšBRICA LIC. PATRICIA M. CABALLERO AGUILAR.


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La Jornada, 05/04/2018 by La Jornada - Issuu