VIERNES 25 JULIO DE 2025
CIRCULACIÓN: 6228
Los Ríos

VIERNES 25 JULIO DE 2025
CIRCULACIÓN: 6228
Los Ríos
Ver a dos hombres movilizándose en una misma motocicleta sigue siendo una escena habitual en Quevedo, a pesar de que existe una ordenanza que prohíbe esta práctica desde el 27 de julio de 2019. 3
Montalvo refuerza su seguridad 2
ECONOMÍA
La falta de libertad educativa afecta la economía familiar 6 Este es el plan militar para recuperar Los Ríos 7
SEGURIDAD
Países podrán demandarse por cambio climático 10
Esta medida busca dar respuesta a la creciente preocupación de la comunidad frente a los hechos violentos registrados en la zona.
MONTALVO. Ante el aumento de hechos violentos en el cantón, la Alcaldía de Montalvo, liderada por el alcalde Eduardo Troncoso, realizará la entrega de cuatro motocicletas a la Policía Nacional, con el objetivo de fortalecer el patrullaje y brindar mayor seguridad a los ciudadanos. Esta medida busca dar respuesta a la creciente preocupación de la comunidad frente a los 18 hechos violentos registrados en la zona. Montalvo, históricamente reconocido como un cantón turístico y pacífico, ha visto alterada su tranquilidad,
REFUERZO. Este convenio interinstitucional busca fortalecer la seguridad del cantón.
situación que ha generado temor entre los habitantes. En este contexto, la alcaldía organizó un acto oficial en el que participaron autoridades provinciales, cantonales y líderes barriales, y donde se firmó un convenio interinstitucional para formalizar la entrega de los vehículos motorizados a la Policía.
Durante el evento, Candy Freire, habitante de la zona, manifestó su inquietud por la falta de presencia poli-
cial. “Solo contamos con un patrullero y unas pocas motocicletas. Esta donación representa un gran alivio para nosotros”, señaló.
Autoridades destacan la importancia del aporte
El Crnl. Jorge Borja, representante de la Policía Nacional, agradeció a la alcaldía por el apoyo brindado y destacó que la incorporación de estas motocicletas permitirá mejorar los tiem-
pos de respuesta y la cobertura en todo el cantón.
Actualmente, el distrito policial de Montalvo cuenta con 24 uniformados, cinco motocicletas y un solo patrullero. El coronel señaló que estos recursos son limitados frente a la demanda creciente de seguridad, por lo que esta entrega representa un gran aporte operativo.
Por su parte, el alcalde Eduardo Troncoso reflexionó sobre el momento crítico
que vive Montalvo. “Nuestro cantón siempre fue una isla de paz, pero poco a poco nos estamos alejando de esos buenos tiempos. No debemos limitarnos a criticar, también debemos formar parte de la solución”, afirmó. Troncoso también anunció que se encuentra en marcha la gestión para la adquisición de un nuevo patrullero, el cual se espera entregar antes de finalizar el año. “Somos un cantón pequeño, con pocos recursos, pero lo poco que tenemos lo sumamos al trabajo con nuestras instituciones”, recalcó.
Comunidad valora la iniciativa
Vicente Gaibor, líder comunitario y habitante del cantón, expresó su agradecimiento ante la iniciativa. “Nos causa satisfacción conocer y aplaudir la gestión que se está llevando a cabo. Estas acciones devuelven la confianza a los ciudadanos para salir a la calle sin temor. Esta ola de delincuencia no puede ganarnos”, comentó.
Con esta entrega, la Alcaldía de Montalvo reafirma su compromiso de trabajar articuladamente con las fuerzas del orden y la comunidad para devolver la seguridad y tranquilidad al cantón. (KAT)
Con motivo de las festividades de San Camilo, la avenida Guayaquil permanece cerrada al tránsito vehicular desde el 24 de julio hasta el 6 de agosto. El cierre comprende el tramo que va desde el redondel de San Camilo, a la altura de la gasolinera, hasta la concesionaria KIA. En este espacio se instalarán cerca de 600 comerciantes.
La norma rige las 24 horas del día, pero ciudadanos denuncian que no hay controles eficaces y la inseguridad persiste.
QUEVEDO. Ver a dos hombres movilizándose en una misma motocicleta sigue siendo una escena habitual en Quevedo, a pesar de que existe una ordenanza que prohíbe esta práctica desde el 27 de julio de 2019. Es decir, la normativa lleva casi seis años en vigencia, sin que se logre su cumplimiento efectivo.
Ni siquiera con la creación de la Empresa Pública de Tránsito Quevial y la presencia de agentes civiles en las calles ha sido posible controlar esta infracción. Las quejas ciudadanas se multiplican, pues no solo se incumple la restricción de dos hombres en moto, sino que también se observa con frecuencia a tres o hasta cuatro personas en una sola motocicleta, e incluso sin placas.
Arturo Ramírez, ciudadano que asegura respetar la normativa, comenta que sus hijos tienen motocicletas y que siempre cumplen la ordenanza. Sin embargo, le molesta ver a adultos que no la acatan y circulan con total normalidad frente a los agentes.
“Yo me cuido de ser multado y cumplo con la norma
LEY. Ciudadanos denuncian que la ordenanza no se cumple, pese a estar vigente las 24 horas del día.
porque debemos tener cultura y respeto. Además, así se evitan accidentes y otras consecuencias”, expresó.
Por su parte, Paulina Rodríguez recordó que esta ordenanza se implementó con el objetivo de reducir los índices de inseguridad, ya que muchos delitos, como sicariatos, robos y asaltos, son cometidos desde motocicletas.
“Se supone que era para controlar y disminuir la delincuencia, pero todo sigue igual. En cambio, a la gente trabajadora que sí se moviliza en moto por necesidad, son a quienes paran, multan y hasta les retienen el vehículo. Hay que aplicar la ordenanza como está escrita”, reclamó.
Violencia expone falla en controles viales
Desde Quevial, la Empresa Pública de Tránsito de Quevedo, se han impulsado diversas campañas viales con el objetivo de socializar la ordenanza que prohíbe la circulación de dos hombres
en una motocicleta. A través de charlas y entrega de material informativo, se busca concienciar a la ciudadanía. Sin embargo, la infracción continúa siendo común, sobre todo en sectores donde
En caso de incumplimiento de la ordenanza, la sanción incluye la retención de la motocicleta por 48 horas la primera vez, y 96 horas (4 días) en caso de reincidencia.
Además, se aplica una multa correspondiente según la normativa municipal.
° Hombre y mujer
° Mujer y mujer
° Hombre con menor de hasta 12 años
° Mujer y menor de hasta 12 años
ya que consideran que la falta de vigilancia permite que se incumpla la normativa a toda hora y en distintos puntos de la ciudad. Incluso, el pasado miércoles 23 de julio, un abogado fue herido de bala por una pareja que se movilizaba en motocicleta. El hecho generó alarma, ya que si bien la ordenanza permite la circulación de un hombre con una mujer, también se ha evidenciado que muchos delitos son cometidos bajo esa misma modalidad, lo que ha reavivado el debate sobre la efectividad del control y la aplicación de la normativa.
no hay presencia de agentes civiles de tránsito.
Exigen controles efectivos
Ante esta situación, la ciudadanía solicita controles más rigurosos y constantes,
Ciudadanos de Quevedo piden que se ejecuten controles constantes para hacer cumplir la ordenanza, cuya aplicación está a cargo de Quevial, con el respaldo de la Policía Nacional. La normativa prohíbe la circulación de dos hombres en motocicleta durante las 24 horas del día. (LL)
VICTOR
corcoba@telefonica.net
El amor auténtico jamás envejece; y, aunque nuestro físico se vaya deteriorando, el pulso interior se renueva en cada amanecer. Esto implica, activar el acompañamiento y no dejar a nadie en el camino de la dejadez. Al fin y al cabo, todos vamos en la misma barca, en la que estamos llamados a remar juntos, porque nadie se salva por sí mismo. Tampoco ningún país aislado puede asegurar el bien común a su gente.
El horizonte de la tranquilidad lo injerta un espíritu más adherido, de auténtica pasión por el similar, no como un sentimiento indeciso, sino como una determinación firme y perseverante; que, por supuesto, nos ayudará a encontrar una respuesta a quiénes somos y por qué vivimos, o existimos en apoyo continuo. A veces pienso, que nuestra mayor enfermedad, radica en no sentirse querido por su parentela, desamparado y sin vigilancia por parte de nadie. No vayamos contra el soplo innato que hace de nosotros algo único, comenzando por quererse uno a sí mismo para poder querer a los demás. Tengamos corazón; y, en lugar de mirar al abismo, donde nos veremos cómo aberración, tomemos la cumbre del mejor deseo, el del afecto, con la brújula reconciliadora del verbo.
Asimismo, hay que tomar como lenguaje en esa cultura del abrazo sincero, el respeto al derecho humanitario, especialmente en este momento en que los conflictos y las guerras no cesan. Cuidado con no cuidar este cuidado. Se destrozan todos los vínculos, las gentes se ven obligadas a huir, dejando atrás no sólo sus hogares; sino, de igual forma, la historia natural y la raíz ilustrativa. Esto es nefasto, la familia es el núcleo natural y fundamental de la sociedad, donde se aprende uno a reprenderse, viviendo en relación y desviviéndose por auxiliarse entre sí. En efecto, es esta preocupación conjunta, de aceptación entre análogos, lo que nos hace crecer hacia un nuevo horizonte de luz y paz.
WELLINGTON TOAPANTA wtoyos@gmail.com
Crisis de empleo
Casi 5 millones de ecuatorianos carecen de empleo directo, consecuencia de las persistentes contradicciones políticas, económicas, en las que unas han bloqueado a otras deteniendo medidas conducentes a
Hay personas que consideran que los debates sobre la libertad están fuera de tiempo por la llegada del internet, la inteligencia artificial y las democracias líquidas que crean la ilusión de que votar más seguido permite un mejor control de la política y lo público, aunque todo ocurre bajo el influjo de granjas de troles o campañas de desinformación. Sin embargo, no hay mejor momento para debatir sobre la importancia de la libertad que hoy pesa sobre cada aspecto de la vida del ser humano. Y uno de estos es la educación. Ecuador aparece al fondo del recién publicado Índice de Libertad
Educativa en América Latina. Comparte el hueco con las dictaduras de Cuba, Venezuela y Nicaragua, porque el sistema educativo ecuatoriano es centralizado, limita la participación de las familias y entorpece
la innovación escolar. Esta revisión apunta a 10 factores que coartan la libertad educativa en el país. El primero habla de visiones ideológicas que se trasladaron a las leyes y la tóxica dependencia del Estado que tiene todo el sector educativo. Esto exige que los burócratas controlen toda la planificación del sistema educativo, bloqueando la influencia de otros sectores sociales que en otros países traen tecnología e innovación. La politización, motivo primordial de esta traba, figura segunda en la lista. Ecuador llegó al punto de contar a sus estudiantes una historia paralela sobre sus gobiernos y gobernantes, destacando obras inexistentes y personajes reñidos con la ley. Además, hay falta de presupuesto y libertad de decisión de los padres con la educación de sus hijos. El Gobierno debe revisar este revelador índice y diseñar cambios.
impulsar procesos relacionados con desarrollo y bienestar. Son diversos los ejemplos, pero ahora no existen luces claras y se desaprovecha el binomio Ejecutivo-Legislativo para propiciar confianza, dinamia, entornos favorables para inversiones nacionales y extranjeras, solo el contradictorio cese de la Secretaría de Inversiones
Público-Privadas, que empezaba rutas similares de sus pares colombiana y chilena.
Sucesos de la década de 1950,
de estabilidad política, muestran que el PIB creció al promedio anual del 6,1% entre 1950 y 1954; inició el modelo cepalino de sustitución de importaciones bajo paraguas de las noveles Junta Nacional de Planificación, la Ley de Fomento Industrial , soportes de economía mixta planificada, de unión del Estado con la empresa privada.
La Provincia de El Oro fue eje de inversiones y empleo, destino usual de migrantes nacionales y extranjeros, Machala fue des-
EDUARDO F. NARANJO C. eduardofnaranjoc@gmail.com
Laconstrucción de leyes es parte de la organización de todo pueblo, siempre fue así, pero la aceptación social de estas exige beneficios colectivos en función del bien común, la norma aprobada en beneficio de “áreas protegidas” esconde en su contexto ciertos trucos. La Asamblea con la joven representación que tenemos hoy no parece entender el significado de sus acciones y pasan textos camuflados que apuntan a buscar grandes réditos para poderosos intereses, la intención subterránea de esta ley pretende el aprovechamiento de estos territorios hacia dos fuentes de poder, el minero y el turístico. El especialista en aeronáutica Max Naranjo, señala como grave el hecho de autorizar “cabotaje” para naves extranjeras dentro del territorio nacional que según señala viola la “novena libertad del aire”.
Lasso dio el primer asalto con Galápagos , territorio al que pueden volar aeronaves de cualquier país con simple autorización, llevando pasajeros de élite a gozar de complejos de alto lujo que instalaron allí y que económicamente poco benefician al país. Similar visión tiene este Gobierno, privatizar áreas protegidas de forma camuflada , la operación consiste en crear grandes y lujosos resorts en medio de la selva a los que solo se llegue por vía aérea y allí pasear turistas por las maravillas del bosque y posiblemente conocer unos cuantos “salvajes”, en tanto los ingresos de estos inversores engrosan sin beneficio para el país, como en ciertas áreas del Litoral.
Las leyes se aprueban con escaso conocimiento y casi siempre sin buena intención, extraños intereses persuaden a los asambleístas a tomar estas decisiones, por esto la necesidad de que para llegar a la Asamblea, en representación de todo un pueblo es necesario tener además de formación sólida firme criterio de Ética. Vivimos tiempos del lujo exótico en oferta para el top mundial, pero el prístino ecosistema que es la fuente de la vida comienza a desaparecer, mucho sigilo hay tras esta ley como debe haber en otras, que en concreto no traen beneficios
crita como “capital bananera del mundo”, al cabotaje desde Puerto Bolívar a Guayaquil lo desplazó la carretera, el Puente Unidad Nacional completó la integración en 1970. La evocación muestra que desarrollo y bienestar son posibles con dirigencia política, empresarial y social capaz de mancomunar objetivos de aprovechar riquezas naturales, producción primaria, valor agregado, servicios, obviando sectores contradictorios que solo escalan
exigencias de subsidios, derechos, no salud productiva y humana.
El país tiene medios suficientes para superar crisis de empleo, abandonar estados de pobreza, ofrecer empleo directo a más de 5 millones desempleados en minería, petróleo, industria, agricultura, agroindustria, servicios, turismo; otro bastión es establecer el sistema ferroviario multimodal, para el que están atentos inversionistas locales e internacionales.
Liga Deportiva Universitaria de Quito logró una importante victoria el jueves al derrotar 1-0 a Barcelona SC.
Liga de Quito logró un triunfo clave en la LigaPro al vencer 1-0 a Barcelona SC en el estadio Banco Pichincha, en un duelo cargado de expectativa por celebrarse en medio de las fiestas julianas. El gol del encuentro lo marcó el chileno Fernando Cornejo con un potente remate de larga distancia.
El partido comenzó con dominio del conjunto ‘canario’, que manejó la posesión y generó algunas aproximaciones, pero sin la contundencia necesaria para abrir el marcador. Barcelona tuvo un arranque prometedor, pero sus llegadas no inquietaron realmente al arco defendido por Alexander Domínguez. A pesar del control terri-
“He
cumplido un sueño de niño: estar en un equipo muy grande”
Pervis Estupiñan se convirtió en el primer jugador ecuatoriano que jugará en Milan. El lateral zurdo de 27 años se mostró muy feliz de su paso al club rossonero, en una entrevista difundida por el club.
BARCELONA SC se enfrentó a Liga de Quito por la LigaPro, el 24 de julio de 2025
torial, el equipo no encontró los espacios necesarios para vulnerar la defensa ‘alba’.
Por su parte, Liga de Quito mostró un planteamiento táctico muy ordenado. Su defensa se mantuvo firme y el equipo fue paciente, esperando el momento oportuno para atacar. Esa oportunidad llegó en la primera parte, cuando Cornejo sacó un disparo impecable desde fuera
del área, que se convirtió en el único gol del compromiso.
En el complemento, el entrenador de Barcelona, Ismael Rescalvo, intentó cambiar el rumbo del partido con varias modificaciones en su esquema y en los nombres. Aunque el equipo mejoró levemente y buscó con insistencia el empate, no logró romper la sólida defensa de Liga, que defendió con inte-
el resultado y supo manejar los tiempos del partido.
Con este resultado, Liga de Quito suma 40 puntos, asciende al segundo lugar de la tabla y se coloca a solo tres puntos del líder Independiente del Valle. El sábado 2 de agosto, Liga de Quito será local, recibiendo a Mushuc Runa a las 19:00.
Ecuador ocupa el puesto 16 de 20 en el nuevo Índice de Libertad Educativa en América Latina. La educación en el país está muy centralizada en el Estado, con escasa participación de familias y actores no estatales. Eso genera una doble carga económica para quienes buscan mejores alternativas escolares.
Ecuador ocupa el puesto 16 de 20 en el nuevo Índice de Libertad Educativa en América Latina: un sistema altamente centralizado que restringe la participación de las familias y limita la innovación escolar.
El reciente Índice de Libertad Educativa en América Latina —elaborado por la Fundación Libertad y Progreso con apoyo de la Templeton Foundation— reveló una fuerte concentración del poder educativo en el Estado ecuatoriano. Con un puntaje de apenas 0,286, Ecuador se ubica entre los cinco países con menor libertad educativa en la región, superando solo a Venezuela, Cuba, Bolivia y Nicaragua. El informe analiza la capacidad de decisión de familias, instituciones y actores no estatales, y concluye que la autonomía educativa en el país está gravemente limitada.
El costo de no poder elegir En Ecuador, el 74,3% de los estudiantes asiste a instituciones fiscales. Solo el 18,7% se matricula en centros privados , y una proporción aún menor accede a escuelas fiscomisionales —establecimientos privados sin fines de lucro, regulados y parcialmente financiados por el Estado.
Pero lo más relevante no es solo cuántos van a cada tipo de escuela, sino quién decide sobre el uso de los recursos públicos . En países como Chile o Panamá, los padres eligen a qué escuela destinar los subsidios mediante vouchers . En Ecuador, el gasto lo decide el Estado, lo que limita la capacidad de las familias para optar por alternativas que se ajusten mejor a sus valores, necesidades y contextos.
Según el índice, los países con mejores resultados
tienden a diversificar la oferta educativa y asignar el presupuesto con base en las elecciones de los padres. Esto genera competencia, eleva la calidad y reduce la desigualdad. En cambio, en Ecuador, los padres que desean acceder a opciones más flexibles deben asumir el costo completo de la educación privada, sin ningún tipo de subsidio directo o deducción fiscal, lo que genera una doble carga económica: pagan impuestos que financian un sistema que no les ofrece alternativas, y además deben cubrir las pensiones escolares de sus hijos.
Costo directo para las familias
En instituciones privadas de Ecuador, la matrícula y pensión básica puede rondar entre $600 y $2,300 por hijo al mes, dependiendo de la institución.
A esto se suman otros gastos: transporte ($60 al mes), alimentación o comedor ( $50 al mes), uniformes ($200 anual), útiles escolares ($250 anual) y actividades extracurriculares ($50 al mes). En total, por un hijo en
escuela privada de nivel intermedio, el gasto anual suele acercarse a US $5,400 o más.
Trabas regulatorias
El informe identifica trabas regulatorias que desalientan la innovación. Abrir una escuela privada puede tardar entre 30 y 120 días, una demora que desincentiva la creación de nuevas instituciones. Además, el currículo obligatorio cubre el 80 % del contenido, dejando solo un 20% para la autonomía institucional, incluso en planteles privados.
La zonificación escolar también impide la libertad de elección. Aunque existen formularios para expresar preferencias, los cupos se asignan principalmente en función del lugar de residencia. Esto significa que las familias con menores ingresos, que viven en zonas con escuelas de bajo desempeño, tienen menos posibilidad de buscar mejores opciones educativas.
Oportunidades desiguales
Estudios de desarrollo han demostrado que los sistemas educativos más abiertos y
4. Cobertura desigual : Solo el 18,7% de estudiantes accede a educación privada.
5. Currículo rígido : Las escuelas privadas deben aplicar al menos el 80 % del currículo oficial.
6. Sin subsidios a la demanda: Las familias que optan por otra educación deben financiarla completamente.
7. Modelo fiscomisional regulado : Aunque reciben financiamiento parcial, están sujetas a estricta regulación estatal.
8. Homeschooling difícil de aplicar: Exige alineación curricular y control estatal.
9. Zonificación restrictiva: Los cupos se asignan según el lugar de residencia, reduciendo la elección.
10. Desigualdad en el gasto: Solo el 0,47% del presupuesto fue destinado a planteles fiscomisionales en 2023.
flexibles generan mayores oportunidades laborales
Un año adicional de educación de calidad puede aumentar los ingresos laborales en hasta un 25 %, y mejorar en más de 9 puntos porcentuales la probabilidad de ingresar a la universidad
A lo largo de la vida, esto se traduce en ingresos acumulados hasta un 200% mayores. Además, estudiantes formados en entornos rígidos y desactualizados tienen menos probabilidades de acceder a becas competitivas o a universidades de alto nivel, lo que profundiza la desigualdad de oportunidades.
Diez hallazgos clave del índice en Ecuador
1. Alta dependencia del Estado: La planificación y control del sistema educativo está totalmente centralizado.
2. Politización : Cada Gobierno impone su propia visión educativa, lo que afecta la sostenibilidad de políticas.
3. Restricciones a escuelas privadas: Trámites para abrir centros educativos toman de 30 a 120 días.
Lo que revela el índice: libertad educativa es más que abrir escuelas El Índice de Libertad Educativa se compone de dos dimensiones principales: Libertad para aprender (demanda): mide si las familias pueden elegir cómo y dónde educar a sus hijos. Incluye indicadores como vouchers, equidad en el gasto entre educación pública y privada, y facilidad para educar en casa.
Libertad para enseñar (oferta): analiza si los educadores y escuelas pueden definir métodos, contenidos, contratar libremente y operar con autonomía legal y financiera.
Ambas dimensiones tienen el mismo peso en el puntaje final. En Ecuador, los obstáculos en ambas áreas explican su posición rezagada. Tatiana Macías Muentes, investigadora del índice en Ecuador y docente de la Universidad San Francisco de Quito , sostiene que “medir estos elementos nos permite entender mejor la evolución de la gobernanza educativa y abrir espacios para modelos más centrados en el bienestar de estudiantes y docentes”. (JS)
Dos grupos criminales en Los Ríos evolucionan para evadir los controles, pero los militares también cambiaron su estrategia. Conozca más.
La Primera División del Ejército (I-DE) tiene bajo su jurisdicción la seguridad y lucha contra el crimen organizado en Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Bolívar, Los Ríos, Santo Domingo de los Tsáchilas y el cantón Quinindé en Esmeraldas
Para ese control están desplegados militares que pertenecen a la Brigada de la Caballería Blindada N. 11 Galápagos y de la Novena Brigada de Fuerzas Especiales ‘Patria’
Los Ríos es la provincia donde se desarrolla mayor actividad de dos Grupos de Delincuencia Organizada (GDO), por lo que los uniformados realizan acciones directas como: reconocimiento ofensivo, operaciones de control sobre armas y explosivos, y operaciones de apoyo a las instituciones del Estado, según informa una fuente militar.
Las actividades que realizan los GDO con mayor intensidad en la provincia son: narcotráfico, extorsiones, secuestros, microtráfico, tráfico de armas, municiones y explosivos
Situación en Los Ríos
Los Ríos tiene un alto índice de problemas delincuenciales,
según la I-DE.
“El problema principal ahí es la lucha entre los GDO. Ahí existen dos muy conocidos que son los Choneros (cuyo líder Adolfo Macías Villamar, alias Fito, fue extraditado a EE.UU.) y el otro grupo que son los Lobos (supuestamente liderado por alias Pipo)”, comenta una fuente militar.
Explica que los principales problemas surgen porque estos dos GDO se disputan el territorio para realizar sus actividades, principalmente el narcotráfico. Ambos tienen sus sicarios: Los Choneros tienen su brazo armado denominado AK-47, mientras que los Lobos tienen a Los Purros
Los dos GDO, a su vez, tienen células pequeñas que realizan sus delitos de acuerdo a sectores que, por su presencia, se tornan conflictivos por el alto nivel de delincuencia. Por ejemplo, los siguientes cantones: Vinces, Pueblo Viejo, Mocache, Babahoyo, tienen lugares “complicados” como México Lindo, Colombia Chiquito, Urdaneta, Montalvo, San Juan, La Clementina, La Unión
En Babahoyo, los GDO operan sobre todo en la parte rural,
que resulta más conflictiva. Así también se ha identificado sus “guaridas”.
Igualmente, en la provincia hay objetivos de alto y medio valor, a quienes se busca capturar. Por ejemplo, los de medio valor son “cabecillas” que tienen grupos de delincuentes trabajando a su favor y otros que actúan como guardaespaldas. También hay un grupo reducido de los Fatales, visto como aliado de los Choneros.
Por otro lado, en las vías los criminales vacunan (extorsionan) durante las noches y madrugadas a los vehículos, sobre todo de empresas públicas, y disparan para amedrentar y exigir el pago. Por ejemplo, en Quevedo. Las extorsiones van desde $100 a $200 en el sector rural cuando se trata de tiendas o negocios pequeños, pero si son plantaciones cacaoteras o bananeras el monto que exigen es más alto.
La respuesta del Ejército “Antes los delincuentes huían, ahora los delincuentes nos están enfrentando, peor aún, nos están esperando”, indica la fuente militar. Los
CONTROL. Operaciones militares realizadas en Babahoyo (Los Ríos), a inicios de julio de 2025. (Primera División del Ejército).
criminales mutan o se “congelan” durante algunos días cuando se dan cuenta que los rastrean. También cambian de identidad y utilizan “radares”, personas que les avisan cuando hay presencia militar. Por eso, los uniformados también cambian sus estrategias y refuerzan sus capacidades. Una de las medidas es realizar un trabajo coordinado y actuar con un grupo grande de personal.
Realizan operaciones a cualquier hora. Se mueven por vías estratégicas previa información que Inteligencia ha levantado sobre focos delictivos y redes de delincuentes.
Armas
Echeandía, 25 de julio de 2025 Resultados
Por temor, “los pobladores no informan que están siendo extorsionados”, y no denuncian. La clave está en la coordinación con las autoridades locales, la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestros (Dinased) y la Policía Judicial. También emplean fuentes de información humanas de confianza y el Plan de Recompensas 131. Se necesita actuar con contundencia, en el sentido de emplear toda la metodología, técnicas, tecnología (drones y vehículos multipropósito para disuasión e ingreso a lugares
de difícil acceso) y personal preparado para enfrentar las amenazas y neutralizarlas, indica la fuente. Así se efectúan por ejemplo los operativos de Control de Armas, Municiones y Explosivos (Camex). Los militares cuentan con asesoramiento legal y equipamiento tecnológico que les permite filmar las operaciones como evidencia. Siguen normas de comportamiento para actuar en los Camex cuando se identifica que hay presencia de niños, mujeres o adultos mayores. Y siguen reglas de enfrentamiento cuando los criminales están armados y atacan, de acuerdo con la Ley del uso Progresivo de la Fuerza. El 16 de julio de 2025, el presidente de la República, Daniel Noboa, emitió el decreto para reconocer la persistencia de un conflicto armado interno en Ecuador. Eso ayuda para actuar en los territorios, según la fuente militar, pero el 10 de julio se terminó el estado de excepción en la provincia, ya no hay toque de queda y ahora se requieren órdenes judiciales para realizar allanamientos (KSQ)
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CLUB DEPORTIVO ESPECIALIZADO FORMATIVO COSMOS CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIÓN
De conformidad a lo establecido en el Estatuto vigente del Club Art. 20 y 21 se convoca a:
ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES
Que se efectuara el día martes 12 de agosto del 2025, a las 19H00, en la sede del club, ubicada en la calle Ramón Ulloa, para tratar el siguiente Orden del Día:
1. Constatación del Quórum
2. Instalación de la Asamblea
3. Elección del Directorio del Club Deportivo Especializado Formativo Cosmos
4. Clausura.
El quórum de instalación de la Asamblea es la mitad más uno de los socios del club, en caso de no haber quórum, se procederá a realizar una segunda convocatoria y se podrá sesionar con el número de asistentes presentes al momento.
Lcdo. Oscar Espín Ledesma Lcdo. Rafael Estévez PRESIDENTE SECRETARIO
Juicio Nº 12U03-2024-00412
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN BUENA FE. Buna Fe, miércoles 16 de julio del 2025, a las 08h16
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN BUENA FE EXTRACTO DE CITACIÓN
A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE SEÑOR JULIO GERMÁN ARRIAGA LEON.SE LES HACE SABER: Que le correspondió conocer a esta Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Buena Fe, el proceso VOLUNTARIO (INVENTARIO) No.12U03-2024-00412 presentada por los señores SALOMON ELIAS ARRIAGA MACIAS, SILVIA TEODORA ARRIAGA MACIAS, PATRICIA DEL PILAR ARRIAGA MACIAS, JULIO SAMUEL ARRIAGA MACÍAS y ADALBERTO ARQUIMIDES ARRIAGA MACÍAS (en calidad de herederos), cuyo extracto de demanda y providencia es como sigue: ACTORES: SALOMON ELIAS ARRIAGA MACIAS, SILVIA TEODORA ARRIAGA MACIAS, PATRICIA DEL PILAR ARRIAGA MACIAS, JULIO SAMUEL ARRIAGA MACIAS y ADALBERTO ARQUIMIDES ARRIAGA MACÍAS.
DEMANDADOS: LOURDES AURORA ARRIAGA MACIAS, MAYRA ERLINDA ARRIAGA MACIAS, LIDIA CECILIA ARRIAGA MACIAS y a los HEREDEROS DESCONOCIDOS de quien en vida fue JULIO GERMÁN ARRIAGA LEON OBJETO DE LA DEMANDA: a.- Es del caso Señor Juez, que nuestro señor padre JULIO GERMAN ARRIAGA LEÓN, falleció en el Cantón Buena Fé, el 19 de febrero del 2014, igualmente nuestra señora madre HERLINDA ARGENTINA MACIAS ROSADO, falleció el 4 de noviembre del 2018, dejando como heredad un predio agrícola denominado Santa Inés, ubicado en el sector Reto. San Carlos de Congoma, perteneciente al Cantón Buena Fé, Provincia de Los Ríos, predio con una superficie de 10 cuadradas, con una vivienda de campo, con cultivos de cacao y frutales.
b.- El predio descrito se encuentra inscrito ante el Registrador de la Propiedad del Cantón Quevedo Provincia de Los Ríos, por lo que se debe citar al Alcalde y Síndico Municipal del Cantón Quevedo, señores ING. ALEXI MATUTE MATUTE, como Alcalde del I. Municipio del Cantón Quevedo y Ab. KERLY GARCIA ESPINEL, en calidad de Sindica Municipal del Cantón Quevedo.
C.- Debemos hacer constar que somos 8 herederos esto es SALOMON ELIAS ARRIAGA MACIAS, SILVIA TEODORA ARRIAGA MACIAS, PATRICIA DEL PILAR ARRIAGA MACÍAS, ADALBERTO ARQUIMEDES ARRIAGA MACIAS, JULIO SAMUEL ARRIAGA MACIAS, LOURDES AURORA ARRIAGA MACIAS, MAYRA ERLINDA ARRIAGA MACIAS, LIDIA CECILIA ARRIAGA MACIAS. d.- comparecemos en la presente acción de inventario y declaramos bajo juramento que los herederos del causante somos SALOMON ELIAS ARRIAGA MACIAS, SILVIA TEODORA ARRIAGA MACIAS, PATRICIA DEL PILAR ARRIAGA ( MACIAS, ADALBERTO ARQUÍMEDES ARRIAGA MACIAS, JULIO SAMUEL ARRIAGA MACIAS, LOURDES AURORA ARRIAGA MACIAS, MAYRA ERLINDA ARRIAGA MACIAS, LIDIA CECILIA ARRIAGA MACIAS, y no existe ningún otro heredero a saber, heredero conocido o cualquier persona que tenga interés en oponerse a la presente demanda. e.- Que se cite a los herederos LOURDES AURORA ARRIAGA MACIAS, MAYRA ERLINDA ARRIAGA MACIAS, LIDIA CECILIA ARRIAGA MACIAS, mediante boleta de acuerdo al art. 54 del Código Orgánico General de Procesos en sus domicilios ubicados en el Cantón Buena Fé, Provincia de los Ríos, sector del Rcto San Carlos de Congoma, acompaño fotografías y croquis del mismo. g.- El causante señor JULIO GERMAN ARRIAGA LEON tenía su único domicilio esto es de un predio agrícola denominado Santa Inés, ubicado en el Rcto. San Carlos de Congoma, perteneciente al Cantón Buena Fé, Provincia de Los Ríos, croquis y fotos del domicilio estoy acompañando. FUNDAMENTO DE DERECHO: Los fundamentos de derecho están contenidas en los Art. 334 y 335 del Código Orgánico General de Procesos. Señores Directores de los Diarios: Este extracto debe publicarse en un espacio no menor a dos columnas por 8 cm. de alto. Letra Helvetica, tamaño 8.
CUANTÍA: INDETERMINADA. -
ACCIÓN: ORDINARIO. -VOLUNTARIO AUTO INTERLOCUTORIO DE CALIFICACIÓN, JUEZ DE LA CAUSA: VISTOS. - Ab. LIDIA MAGALI VACA ZAMBRANO. En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Buena Fe, Provincia de Los Ríos, mediante Acción de Personal N.- 3093-DPLR-2024ZF, de fecha 23 de julio del 2024, dentro del juicio de INVENTARIO N.- 12U03-2024-00412, que sigue SALOMON ELIAS ARRIAGA MACIAS, SILVIA TEODORA ARRIAGA MACIAS, PATRICIA DEL PILAR ARRIAGA MACIAS, JULIO SAMUEL ARRIAGA MACIAS y ADALBERTO ARQUIMIDES ARRIAGA MACIAS (en calidad de herederos), en contra de los herederos conocidos LOURDES AURORA ARRIAGA MACIAS, MAYRA ERLINDA ARRIAGA MACIAS, LIDIA CECILIA ARRIAGA MACIAS y de los HEREDEROS DESCONOCIDOS de quien en vida fue JULIO GERMAN ARRIAGA LEON. Con el escrito presentado y anexo, cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que de conformidad con el Art. 146 inciso primero del mismo cuerpo legal, se dispone: PRIMERO: Aceptar la demanda al trámite Voluntario que corresponde, establecido en el Art. 334 y 335 del COGEP, en relación al Art. 341 y siguientes ibídem por no haber oposición alguna; SEGUNDO: De conformidad con el Art. 146 inciso cuarto del Código Orgánico General de Procesos, se ordena inscribir la demanda en: a) El Registro de la Propiedad del cantón Buena Fe, para lo cual se dispone notificar legalmente con copias certificadas de la demanda y de este auto interlocutorio de calificación, al Señor Registrador de la Propiedad de esta ciudad, a fin de que tome nota en los libros correspondientes a su cargo, debiendo acompañarse copias certificadas de la ficha Registral No. N° 21.244, conferida por el Registro Municipal de la Propiedad de esta ciudad de Buena Fe (fs. 44) en donde constan los datos de identificación de los inmuebles, que se requiere sea inventariado, por lo que se oficiará en ese sentido.- Para verificar el cumplimiento de lo dispuesto, se adjuntará en esta causa los certificados con la inscripción respectiva; TERCERO: Una vez que se haya dado cumplimiento con lo dispuesto en el numeral anterior y se adjunten la certificación requerida, se procederá conforme determina el Art. 146 inciso quinto del Código Orgánico General de Procesos y conforme se ha acompañado el certificado de defunción del señor JULIO GERMAN ARRIAGA LEON, hecho ocurrido en el Cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos, el 19 de febrero del año 2014, por lo que acreditado el fallecimiento del mencionado causante, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes desde el momento de su fallecimiento, disponiendo que se ponga en conocimiento del público mediante la correspondiente publicación en un extracto en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta localidad (prensa escrita), así como se proceda al inventario y avalúo de los bienes dejados por la causante que en vida se llamó JULIO GERMAN ARRIAGA LEON, en su favor; CUARTO: Cítese a los demandados: LOURDES AURORA ARRIAGA MACIAS, MAYRA ERLINDA ARRIAGA MACIAS, LIDIA CECILIA ARRIAGA MACIAS, en el domicilio que se ha indicado por la parte actora, con copia de la demanda, auto interlocutorio de calificación, petición que se provee y croquis adjuntado, a través de la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial conforme al Art. 54, 55 del Código Orgánico General de Procesos, se les prevendrá a los demandados que deberán contestar la demanda en la forma prevista en el Art. 336 en concordancia con el Art. 151 ibídem debiendo anunciar todos los medios probatorios destinados a sustentar su Oposición de ser el caso, precisando toda información que sea necesaria para su actuación de acuerdo a lo estipulado en el Art. 152 del mismo cuerpo legal; QUINTO: Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes que en vida se llamo JULIO GERMAN ARRIAGA LEON, por medio de prensa escrita, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1, en concordancia con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se dispone que la Secretaria de la Unidad confiera el extracto correspondiente y se publique en uno de los Diarios de mayor circulación que se editan en esta localidad, publicación que se hará con letra tipo helvática, con tamaño de fuente No. 8 y a doble columna; SEXTO: Cuéntase con la citación al señor ALCALDE Y SÍNDICO MUNICIPAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN BUENA FE, a quien se lo notificara en las instalaciones de su oficina ubicadas en este cantón Buena Fe, haciéndole conocer de la existencia de la presente causa, para los fines legales correspondientes; SÉPTIMO: Téngase en cuenta los documentos adjuntados para los fines de ley, los que se tomarán en cuenta acorde a derecho y deberán ser analizados, admitidos y practicados en la audiencia correspondiente; OCTAVO: Por fijado el trámite y la cuantía que se ha establecido; NOVENO: Cuentese con las Notificaciones a los correos señalados; Incorpórese el acta de declaración bajo juramento de la imposibilidad e determinar el domicilio o residencia de los demandados, , Agréguese los escritos virtuales presentados de fecha 2 de abril del 2025, a las 11.08, 2 de abril del 2025, a las 11:08; 22 de abril del 2025, a las 11:23 y 20 de mayo del 2025, a las 15.01, los mismos que están siendo atendidos.- Intervenga el Ab. Marlene Toscano, en calidad de secretaria de este despacho.- CÚMPLASE y NOTIFÍQUESE.Lo que comunico a ustedes para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles la obligación que tienen de señalar casillero judicial electrónico para las notificaciones correspondientes. Buena Fe, Julio 16 del 2025.-
TOSCANO
MENDOZA NARCISA MARLENE SECRETARIO/A (RT)
CAUSA No. 12336-2023-00495
R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN VALENCIA EXTRACTO DE CITACIÓN A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUERON LOS SEÑORES ZAMBRANO RUBIO RAQUEL FELICIDAD Y SANTIN TORRES CLODOVEO. SE LE HACE SABER: Correspondió conocer a esta Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Valencia, provincia de Los Ríos, la demanda de Nulidad de Contrato No.- 12336-202300495, que propone SANTIN CEDEÑO KLEBER ALFONSO, en contra de HERARDO SIMON SANTÍN ZAMBRANO y NADIA MARTINA SANTÍN ZAMBRANO, JACQUELINE EMMA SANTÍN ZAMBRANO, GLADYS DEL CARMEN SANTÍN ZAMBRANO, GINA NARCISA SANTÍN ZAMBRANO, LIDIA ADELA SANTÍN ZAMBRANO, BETTY ESPERANZA SANTÍN ZAMBRANO, FELIX DELFIN SANTÍN ZAMBRANO, MARIA RAQUEL SANTÍN ZAMBRANO, GERTRUDIS CENEIDA SANTÍN ZAMBRANO, Dr. IGNACIO PASCUAL JIMENEZ VILLAMAR, en calidad de Notario Público, JAIRO MANUEL JIMENEZ MORALES, ABG. GIANELLA COBO ALBAN, Ing. DANIEL VICENTE MACIAS LOPEZ y CRUZ HERRERA ZAPATA, en calidad de Registradora Municipal de la Propiedad y Mercantil, Alcalde y Procurador del GAD del cantón Valencia en su orden, y herederos desconocidos de HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUERON LOS SEÑORES ZAMBRANO RUBIO RAQUEL FELICIDAD Y SANTIN TORRES CLODOVEO, debiendo realizarse la citación por medio de publicaciones en un periódico, cuyo extracto es: JUEZ DE LA CAUSA: AB. ISIDRO SELLAN DELEG, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN VALENCIA. OBJETO DE LA DEMANDA: La pretensión clara y precisa que se exige con los fundamentos de hecho y de derecho expuestos con claridad y precisión, y luego de admitida y practicada la prueba anunciada, solicito expresamente lo siguiente. Que en sentencia se declare la NULIDAD ABSOLUTA DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA que afecta subsidiariamente a la escrituras pública celebrada ante el Notario Primero del cantón Buena Fe, provincia de Los Ríos, Dr. IGNACIO PASCUAL JIMÉNEZ VILLAMAR, entre el señor FÉLIX DELFÍN SANTÍN ZAMBRANO y otros en calidad de vendedores y el señor JAIRO MANUEL JIMÉNEZ MORALES, en calidad de comprador, en fecha viernes 27 de septiembre del año 2019, e inscrita con el número 611, en el libro de registro de propiedades y anotado al número 1042 del libro repertorio, el 14 de octubre del 2019, ya que se trata de una venta simulada, por cuánto nunca se canceló el valor que supuestamente se pacta en dicha escritura y además se realiza la misma sin nuestro consentimiento, existiendo una grave lesión enorme y una evidente falsedad ideológica; es decir a fin de que las cosas
regresen a su estado anterior de la suscripción de dicha escritura, consiguientemente se deje insubsistente los registros de cambio de propietario del bien inmueble impugnado y referido en líneas anteriores, conforme lo dispone el artículo 1704 del código civil. Se condene al demandado al pago de las costas procesales y los honorarios de la defensa técnica en tanto en cuanto se perciba una actuación de mala fe procesal, o falta de lealtad para litigar por la parte demandada. PROVIDENCIA: La demanda presentada por KLEBER ALFONSO SATIN CEDEÑO, portador de la cédula de ciudadanía N° 1201986807, es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de acuerdo a lo establecido en el Art. 289 y 291 del Código Orgánico General de Procesos. A fin de garantizar el derecho a la defensa, conforme lo determinan las Garantías Básicas del Debido Proceso, previstas en el Art. 76.7 de la Constitución de la República del Ecuador y tomando en cuenta lo dispuesto en los Arts. 53, 54 y 55 del Código Orgánico General de Procesos, se ordena la citación de los demandados. CITACIÓN POR LA PRENSA: En virtud de la razón actuarial, se dispone la citación a los herederos desconocidos de quien en vida fueron los señores ZAMBRANO RUBIO RAQUEL FELICIDAD y SANTIN TORRES CLODOVEO, según lo dispuesto en el Art. 56.1 y 58 del COGEP, mediante publicaciones en letra tipo helvática, con tamaño de fuente No. 8 y a doble columna que se realizará en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación Nacional. La publicación contendrá un extracto de la solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso, por lo que se dispone que la Secretaria de la Unidad Judicial confiera el extracto correspondiente en el momento procesal oportuno. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta (30) días, para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. Los demandados deberán contestar la demanda, y proponer las excepciones de las cuales se crean asistidos, así como las pruebas que pretendan hacer valer en juicio, las cuales deberán ser adjuntadas a su acto de proposición o contestación. Tómese en cuenta los anuncios de prueba documental, testimonial, pericial e inclusive sobre el acceso judicial a la prueba debidamente fundamentada; sobre cuya admisibilidad se resolverá en la correspondiente audiencia preliminar conforme a los Arts. 158, 159 y 160 el COGEP. Téngase por fijada la cuantía dentro la presente causa.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE. Valencia 17 de julio del 2025.
AB. VERÓNICA MARCILLO MOREIRA SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL
LOS RÍOS /VIERNES/ 25/JULIO/2025 P
Juicio No. 12201-202500107
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON BABAHOYO. Babahoyo, lunes 16 de junio del 2025, a las 15h45. EXTRACTO DE CITACIÓN
A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE WASHINGTON DAMIÁN VERA CONTRERAS (+), ASÍ COMO LAS DEMÁS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO O INTERÉS
DENTRO DE ESTA ACCIÓN.
SE LES HACE SABER LO SIGUIENTE:
JUICIO N° 12201-202500107.
JUEZA DE LA CAUSA: ABG. SIUKIEN MARIEL WONG CRUZ.
CAUSA: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POST-
MORTEM. . ACTOR/A: VANESSA DEL ROSARIO RONQUILLO RODRIGUEZ. DEMANDADO/A: KARLA ISABEL LOPEZ JAIME, POR LOS DERECHOS QUE REPRESENTA DE LOS MENORES JAZMANY
DAMIAN Y GERALDINE
BANIOSKA VERA LOPEZ. Que en esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el Cantón Babahoyo, se ha presentado la demanda de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POSTMORTEM, signado con el N° 12201-2025-00107, propuesta por VANESSA DEL ROSARIO RONQUILLO RODRIGUEZ, en contra de KARLA ISABEL LOPEZ JAIME, POR LOS DERECHOS QUE REPRESENTA DE LOS MENORES JAZMANY
DAMIAN Y GERALDINE BANIOSKA VERA LOPEZ; en mérito de lo actuado, la Sra. Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en el Cantón Babahoyo
Juicio No. 12371-2025-00094
UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO.
Quevedo, miércoles 23 de julio del 2025, a las 08h55. EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE GLORIA PRIMITIVA MANOBANDA CEDEÑO
Se le hace saber que en el juicio laboral No. 12371-2021500094 seguido por JOSE ARISTIDES BRIONES MACIAS contra de ALBERT EDILBERTO AYALA MANOBANDA, por sus propios derechos y por los que representa en calidad de ex empleador y heredero de quien en vida fue GLORIA PRIMITIVA MANOBANDA CEDEÑO, que también fue su ex empleadora, propietarios de la hacienda bananera LA GEMA ; y, en contra de los herederos conocidos MARISOL FRESIA, JULIA ISABEL, JENNY Y JOSE AYALA MANOBANDA y del señor VIDAL SEBASTIAN CASTRO CEDEÑO, por sus propios derechos y como administrador de la hacienda LA GEMA. El demandante JOSE ARISTIDES BRIONES MACÍAS al narrar los hechos que sirven de fundamento de las pretensiones de su demanda, hace conocer que prestó servicios lícitos y personales en calidad de trabajador agrícola en los términos de los Art. 8,9 y 10 del Código del Trabajo, de manera estable continua e ininterrumpida, para los accionados ALBERT EDILBERTO AYALA MANOBANDA y GLORIA PRIMITIVA MANOBANDA CEDEÑO, desde el lunes 8 de noviembre del 2010, hasta el sábado 17 de septiembre del 2022, ha prestado servicios en calidad de trabajador agrícola, en la hacienda bananera “LA GEMA”, la misma que se encuentra ubicada en el sector Macul, ingresando por la vía al Terminal Terrestre, siendo sus labores de arrumador, deschantador, deshojador, bajador de guineo. que su horario de trabajo era de lunes a sábados de 07h00 a 15h00(incluida media horade almuerzo) y en tiempos de cosecha se extendía hasta las 20h00. que su sueldo inicial fue de $240,00 mensuales y su última remuneración fue de $400,00 mensuales. Que le quedaron adeudando semanas de labores correspondientes al mes de enero del 2022 hasta el día de su despido ocurrido el sábado 17 de septiembre del 2022, lo que reglama con el triple del recargo según el Art. 94 del Código del Trabajo.
Determina los fundamentos de derecho que justifican el ejercicio de la acción; realiza el anuncio de prueba para acreditar los hechos alegados; la pretensión clara y precisa que se exige.
CUANTÍA DE LA ACCIÓN: $31.720,00
TRÁMITE: PROCEDIMIENTO SUMARIO
JUEZA DE LA CAUSA. -Dr. Richard Maza Arrobo, quien en auto de calificación de demanda, dictado el martes 8 de julio del 2025, a las 09h20 dispuso citar a herederos desconocidos de la causante GLORIA PRIMITIVA MANOBANDA CEDEÑO, conforme lo dispone el Art. 56.1 y 58 del COGEP. y se les hace conocer que deben comparecer al proceso en el término de veinte días contados desde la última publicación. Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes.
TAMAZ ESTERILLA MIRTA ANDREA SECRETARIA/O
Provincia de Los Ríos, Abg. Siukien Wong Cruz, avoca conocimiento de la demanda de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POSTMORTEM, mediante Auto de Calificación de fecha, jueves 3 de abril del 2025, a las 12H26, la misma que se califica y se admite a trámite en Juicio ORDINARIO, por reunir los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos; y entre otras cosas ha dispuesto que se CITE a los HEREDEROS DESCONOCIDOS DE WASHINGTON DAMIÁN VERA CONTRERAS (+), ASÍ COMO LAS DEMÁS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO O INTERÉS DENTRO DE ESTA ACCIÓN, con publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación provincial, esto es en el Diario La Hora, la publicación contendrá un extracto de la demanda y del auto de admisión a trámite, de conformidad a lo que dispone el Art. 58 y 56 del Código Orgánico General de Procesos.
OBJETO DE LA DEMANDA:
Señora Jueza, me permito manifestarle que en vida con el que fue mi conviviente WASHINGTON DAMIAN VERA CONTRERAS, tuve previamente un romance de noviazgo que duró más de 1 año, el mismo que comenzó en febrero del 2013, en el cual nos conocimos en un Proyecto de Alfabetización del Ministerio de Educación - Babahoyo, noviazgo que duró en exactamente 1 año 3 meses. Nuestro amor se fue consolidando y llegamos a formar nuestro hogar como marido y mujer el 15 de junio del 2014, en casa de mi señora madre ROSARIO RODRIGUEZ ARBAIZA, situado en las calles 9 de noviembre, entre 5 de junio y Garcia Moreno, quedando embarazada y dando a luz a nuestra hija llamada SHEREZADE ARLETTE VERA RONQUILLO, el 6 de agosto del 2015. A finales del mes de mayo del 2016, nos trasladamos a vivir en un departamento de planta baja de propiedad de los abuelos de mi conviviente LUZ PIEDAD VIEJÓ PLACENCIO Y GUILLERMO DIONISIO VERA RODRIGUEZ, casa ubicada en las calles Juan X Marcos entre
FUNCIÓN JUDICIAL
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN URDANETA. PROVINCIA DE LOS RÍOS
EXTRACTO DIRIGIDO AL PÚBLICO EN GENERAL
DE LA DEMANDA Y ESCRITO COMPLEMENTARIO –INVENTARIO N° 12310-2025-00012
ACCIONANTES: MARÍA ELENA GÓMEZ LIMONES. CARMEN CLOTILDE CALIXTO LIMONES, CARLOS ALBERTO GAVICA LIMONES. NARCISA DE JESUS PORTILLA LIMONES, GUILLERMO PROSPERO PORTILLA LIMONES ISABEL MARICELA PORTILLA PLAZA. MARLENE ARACELY PORTILLA GALARZA. PRETENSIÓN: Se disponga la elaboración del respectivo inventario da bienes inmuebles, en virtud del ya indicado y detallado en el acápite segundo de esta demanda, esto es al existir abintestato, así mismo se designe el respectivo perito, avalado y calificado que conste en la lista de los Acreditados por el Consejo de la Judicatura, de la Provincia de Los Ríos, o de ser el caso del Cantón Urdaneta, para que lleve a cabo el avalúo y singularización del mismo, con lo que se determinará la propiedad de dicho inmueble, herederos de la causante señora: Jacinta Julia Limones - AUTO DE CALIFICACIÓN: Urdaneta, viernes 14 de marzo del 2025, a las 11h49.- “... PRIMERO. - Estimase clara, precisa y completa la demanda de INVENTARIO presentada por los señores MARíA ELENA GÓMEZ LIMONES, CARMEN CLOTILDE CALIXTO LIMONES, CARLOS ALBERTO GAVICA LIMONES, NARCISA DE JESUS PORTILLA LIMONES, GUILLERMO PROSPERO PORTILLA LIMONES, ISABEL MARICELA PORTILLA PLAZA, en contra de MARTHA ANGELICA PORTILLA LIMONES, LUCILA DEL CARMEN MOYANO LIMONES, ENRIQUE BARTOLO GOMEZ LIMONES Y CESAR LEONARDO PORTILLA LIMONES, ya que reúne los requisitos de ley establecidos en los Art. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, por lo que se admite a trámite de ley en procedimiento VOLUNTARIO conforme lo determina el Art. 334 numeral 4 en concordancia con lo señalado en el Art. 341 y en relación con lo establecido en el Art, 3327. del COGEP. SEGUNDO. - Se declara abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por la DECUJUS JACINTA JULIA LIMONES, fallecida el 30 de diciembre del 2015.-”; TERCERO. - Póngase en conocimiento del público en general que se ha dispuesto la formación del inventario y tasación de los bienes de la DECUJUS JACINTA JULIA LIMONES, fallecida el 30 de diciembre del 2015, mediante una publicación en un Diario de circulación provincial para lo cual se realizará el correspondiente extracto...””… se dispone a señalar para el VIERNES 09 DE MAYO DEL 2025, a las 10h00, la diligencia de alistamiento de bienes y avalúo de estos. f) Dr, Edizon Danilo Padilla Mendez, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Urdaneta, Provincia Los Ríos,- Particular que comunico a usted para los fines legales pertinentes - Lo certifico. - Urdaneta. 28. de Abril del 2025.
AB. EDITH MIREYA MENA PLAZARTE, SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN URDANETA. PROVINCIA LOS RIOS.
la “K” y la “L”, de esta Ciudad, que por ser muy reducido el Departamento nuestra permanencia fue de 1 año y 3 meses, es decir, hasta el mes de agosto del 2017. Como nuestros ingresos económicos mejoraron nos fuimos a alquilar un departamento ubicado en las calles Ricaurte y Octavo callejón, de esta ciudad de Babahoyo, viviendo por un espacio de 4 años hasta el mes de octubre del 2021 (4 años y 2 meses). En lo posterior, resultó difícil seguir en dicho Departamento por la escala de inseguridad delincuencial, y nos trasladamos a vivir en el mes de noviembre del año 2021, en un departamento ubicado en las calles Roldós y García MorenoBabahoyo, donde le alquilábamos a la propietaria Azucena Abril, viviendo en el Segundo Piso por un espacio de 3 años con mi Difunto Conviviente WASHINGTON DAMIAN VERA CONTRERAS, el mismo que dejó de existir el 1 de diciembre del 2024. Es de considerar entonces señora Jueza, que la Unión de Hecho estable y monogámica que formamos en vida con él, es decir, con mi conviviente WASHINGTON DAMIAN VERA CONTRERAS, fue a partir del 15 de junio del 2014, hasta el 1 de diciembre del 2024, dejando de existir intempestivamente en un accidente de tránsito y que le provocó un Traumatismo Craneal Difuso, hecho acaecido en las calles Juan X Marcos y la T, en la parroquia Clemente Baquerizo de esta ciudad de Babahoyo, y habiendo durado nuestra convivencia marital estable y monogámica, donde nos ayudábamos mutuamente y nos brindamos amor sincero como marido y mujer, diez años y cinco meses (10 años y 5 meses). Ahora bien, como lo he narrado en este Considerando que Antecede, de este hecho imprevisto de la forma en la que terminó su vida, dejó truncada un proyecto de vida hacia el futuro, y como en toda convivencia se dieron pequeñas vicisitudes que las mismas fueron superadas para mantener nuestro hogar en común, convivencia marital que fue pública y notoria en la que nos obligábamos a socorrernos y ayudarnos mutuamente en todas las circunstancias de la vida; y, así fuimos reconocidos como marido y mujer en todas nuestras relaciones sociales, parientes, amigos y vecinos por el espacio de Diez Años y Cinco Meses, dejando a nuestra familia devastada, con aflicciones profundas y entenebrecidos, difícil de superarlo ya que se mantuvo una coexistencia de amor, comprensión como marido y mujer.
LA PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE: Dando cumplimiento a lo señalado en el art. 142 numeral 9 del Código Orgánico General de Procesos, la pretensión clara y precisa que exijo es la siguiente: Que, EN SENTENCIA se declare
la UNIÓN DE HECHO POST MORTEM, que tuve estable y monogámica con el que en vida fue mi conviviente WASHIGTON DAMIAN VERA CONTRERAS, en el periodo comprendido entre el 15 de junio del 2014, hasta el 1 de diciembre del 2024, que terminó con el fallecimiento de él como se encuentra justificado. Ejecutoriada que sea dicha sentencia ordenará que la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación de este Cantón Babahoyo, inscriba y registre la existencia de la UNIÓN DE HECHO POST MORTEM, cumpliendo con lo señalado en los artículos 10.10, 56 y 57 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles. Transcurridos veinte días desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda. Particular que pongo en conocimiento para los fines de ley.
MARTINEZ ESTRADA JULIO CESAR SECRETARIO/A (RT)
P-166-02-01
REPUBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO EXTRACTO DE CITACIÓN.
A: TODAS LAS PERSONAS QUIENES TENGAN INTERÉS EN LA INSCRIPCIÓN DE LA ESCRITURA DE COMPRA VENTA, A NOMBRE DE GENARO VICENTE SANANGO CORDERO. SE LES HACE SABER: Que por sorteo le correspondió conocer a esta Unidad Judicial Civil y Mercantil con sede en el cantón Quevedo, la demanda de Procedimiento Voluntario No. 12331-202500840, propuesta por el señor GENARO VICENTE SANANGO CORDERO, en contra de la Ab. Victoria Katherine Bejar Rojas, en su calidad de Registradora Municipal de la Propiedad del cantón Quevedo, al Ing. Alexis Fernando Matute Matute y Ab. Kareem Homero Angamarca Izquierdo, en sus calidades de Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Descentralizado del Cantón Quevedo, provincia de Los Ríos, cuyo extracto es como sigue:
ACTOR: GENARO VICENTE SANANGO CORDERO, en su demanda solicita en procedimiento voluntario, que mediante sentencia, se ordene la inscripción de la escritura pública de Compraventa realizada con fecha 22 de abril de 1.992, ante el señor Notario Segundo del cantón Quevedo, provincia de Los Ríos, donde intervino, GENARO VICENTE SANANGO CORDERO, en calidad de comprador , y EDBERTA DORA ZAMORA QUINTANA, en calidad de vendedora, del lote de terreno de una superficie de 12 HECTÁREAS 37 ÁREAS, ubicado en la zona No. 25 de la parroquia Buena Fe, cantón
Quevedo, provincia de Los Ríos, misma que se encontraba inscrita en el Registro de la Propiedad del Cantón Quevedo con fecha 04 de mayo de 1.992, con el No. 951 del Registro de Propiedades y anotada al No. 2133 en el Libro Repertorio. CUANTÍA: INDETERMINADA PROCEDIMIENTO: VOLUNTARIO.JUEZ DE LA CAUSA: VISTOS: En mi calidad de juez titular de la unidad Civil y Mercantil de Quevedo mediante Acción de Personal No 5985-DNTH2014 de fecha 11 de Agosto del 2014 suscrita por la economista ANDREA BRAVO MOGRO Directora General del Consejo de la Judicatura y en base a la resolución de 122-2014 emita por el Pleno del Consejo de la Judicatura, y según la razón del sorteo; Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma y dispongo lo siguiente: PRIMERO: La demanda presentada por el señor: GENARO VICENTE SANANGO CORDERO, con cédula de ciudadanía No 12047242-9, de estado civil soltero de 75 años de edad, con domicilio en el sector Maculillo, parroquia Venus del Río Quevedo, ahora, antes Parroquia Buena Fe, Cantón Quevedo, Provincia de Los Ríos, con correo electrónico: genarosanango5@gmail. com; El mismo que, solicita se ordene la INSCRIPCIÓN DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE COMPRA VENTA de fecha 22 de Abril de 1992, realizada ante el señor Notario Segundo del cantón Quevedo, Provincia de Los Ríos. Demanda que es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los Artículos 142, 143 y 355 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO.-SEGUNDO: Se ordena la citación a la demandada BÉJAR ROJAS VICTORIA KATHERINE, en su calidad de REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN QUEVEDO, y, de todas las personas interesadas o de quienes puedan tener interés en el asunto. Para lo cual, publíquese la presente solicitud en un periódico de amplia circulación de este Cantón de Quevedo, Provincia de Los Ríos. Una vez cumplida con lo ordenado, se convocará a la audiencia respectiva en la cual se resolverá lo solicitado.
Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar correo electrónico para que reciba sus notificaciones. - Certifico. –Quevedo, 17 de julio del 2025.-
AB. HERNAN ALFONSO RIVERA SOLORZANO SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO
La histórica decisión de la Corte Internacional de Justicia, máximo tribunal de la Organización de Naciones Unidas, permite que los países se demanden entre sí por temas relacionados con el cambio climático. ¿Vendrán grandes batallas legales por el ambiente?
La Corte Internacional de Justicia (CIJ), máximo tribunal de la Organización de Naciones Unidas, declaró este 23 de julio de 2025, que el cambio climático es un “riesgo universal” existencial, causado “inequívocamente” por la actividad humana. Además ha fallado porque los Estados miembros tienen el “deber” de prevenir el cambio climático.
Esta histórica decisión, que abre una puerta para que los Estados se demanden entre sí por temas relacionados con
el cambio climático, recuerda que los Estados tienen que adoptar medidas para mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero y adaptarse al cambio climático. Los Estados designados en el Anexo I de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático tienen obligaciones adicionales para liderar la lucha contra el cambio climático; cooperar para lograr el objetivo de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático; o cum-
Guterres aplaude la declaración de la CIJ
° El secretario general de la ONU, António Guterres, aplaudió la declaración de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sobre la obligatoriedad de los Estados a actuar frente al cambio climático.
“Celebro que la CIJ haya emitido su histórica opinión consultiva. Ha dejado claro que todos los Estados están obligados, en virtud del Derecho Internacional, a proteger el sistema climático global”, ha expresado Guterres a través de un
plir las disposiciones relevantes del Protocolo de Kioto.
Bajo el Acuerdo de París, la Corte Internacional de Justicia avisa de que los Estados tienen la obligación de actuar con la debida diligencia, según responsabilidades comunes pero diferenciadas, comprometerse con contribuciones determinadas a nivel nacional (NDC) sucesivas y progresivas y perseguir el objetivo de limitar el aumento de la temperatura global a 1.5°C.
Los Estados también de-
comunicado.
El jefe de la ONU ha considerado que “esta es una victoria para todo el planeta, para la justicia climática y para el poder de los jóvenes que buscan marcar una diferencia” después de que la Juventud de Islas del Pacífico impulsara el caso hasta el tribunal de La Haya.
“Los jóvenes de las islas del Pacífico iniciaron este llamamiento por la humanidad al mundo y el mundo debe responder”, ha manifestado Guterres, que ha reiterado que el objetivo de 1,5 grados del Acuerdo de París debe ser la base de las políticas climáticas.
nexo causal suficientemente directo y cierto entre el acto ilícito y el daño.
Un hito para la protección ambiental La decisión de la CIJ abre un camino para que los países se demanden entre sí por cuestiones relacionadas con el cambio climático, pero según informa BBC News de Londres, el juez de la CIJ admite que puede resultar difícil determinar quién es responsable de qué parte del cambio climático.
ben cumplir obligaciones de adaptación y cooperación, incluyendo transferencia de tecnología y financiación, “todo ello de buena fe”. Igualmente, señala que el derecho internacional impone deberes de prevenir daños significativos al medio ambiente actuando con debida diligencia y emplear todos los medios a su alcance para evitar actividades nocivas; y cooperar de buena fe para prevenir daños importantes al sistema climático, mediante formas sostenidas y continuas de cooperación.
Los Estados deben, además, respetar y asegurar los derechos humanos adoptando las medidas necesarias para proteger el sistema climático y el medio ambiente.
La Corte Internacional de Justicia advierte de que la violación de cualquier obligación mencionada “constituye un hecho internacionalmente ilícito que acarrea la responsabilidad del Estado infractor, quien debe continuar cumpliendo la obligación incumplida”.
Las consecuencias jurídicas pueden incluir la cesación de los actos u omisiones ilícitas, si son continuos; prestación de garantías de no repetición, si las circunstancias lo requieren; o reparación plena a los Estados perjudicados (restitución, compensación y satisfacción), siempre que se cumplan los requisitos generales del derecho de responsabilidad del Estado, incluida la existencia de un
La sentencia del máximo tribunal de la ONU no es vinculante, pero los expertos consultados por la BBC News afirman que podría tener consecuencias de gran alcance. Por el momento se habla de una victoria para los países más vulnerables al cambio climático, que acudieron al tribunal frustrados por la falta de avances a nivel mundial en la lucha contra este problema.
Una idea con gran alcance Según informa BBC News, el inédito caso ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) fue una idea que concibió en 2019 un grupo de jóvenes estudiantes de Derecho de las islas del Pacífico, que enfrentan los efectos del cambio climático.
Varios abogados le dijeron a BBC News que el fallo podría usarse desde la próxima semana, incluso en tribunales nacionales.
“Activistas y abogados esperan que esta decisión allane el camino para que los países que históricamente han quemado más combustibles fósiles y, por lo tanto, son los que más responsabilidad tienen por el calentamiento global, paguen una indemnización”, detalla BBC News
Muchos de los países más pobres habían respaldado el caso ante la frustración que les genera que las naciones desarrolladas no estén cumpliendo sus promesas de abordar el creciente problema.
Pero los países desarrollados argumentaron que los acuerdos climáticos existentes, incluido el emblemático acuerdo de París de 2015, son suficientes y no se deben imponer más obligaciones legales. EUROPA PRESS/BBC NEWS
La medida fue dispuesta por el juez a cargo del caso, tras conocer del perjuicio a una joven de 23 años.
QUEVEDO. La justicia ordenó prisión preventiva contra un ciudadano identificado como Jesús G., señalado como presunto autor del delito de violación en perjuicio de una joven de 23 años en Quevedo. La medida fue dispuesta por el juez a cargo del caso, tras la audiencia de formulación de cargos solicitada por la Fiscalía.
Detalles del hecho De acuerdo con el reporte policial, el hecho ocurrió
cuando la víctima bajo engaños acudió al domicilio de su ex padrastro, quien, según su testimonio, la agredió sexualmente luego de amenazarla con un cuchillo, someterla verbal-
mente y cubrirle la boca con un pañuelo. Tras el ataque, la joven logró salir del lugar y acudir a un centro de salud con la ayuda de su pareja, quien también notificó al ECU 911.
Pocas horas después del suceso, agentes de la Policía Nacional detuvieron al sospechoso en su vivienda, donde también se levantaron varios indicios clave para la investigación, entre
El Código Orgánico Integral Penal sanciona con 19 a 22 años de cárcel por el delito de violación.
ellos un cuchillo, un machete y el pañuelo descrito por la víctima.
Durante la audiencia, la fiscal del caso presentó múltiples elementos de convicción: el parte informativo, las versiones de los uniformados, la denuncia formal y la valoración psicológica y médica de la víctima, que evidencia afectación emocional y lesiones compatibles con una agresión sexual.
Tras evaluar las pruebas, el juez determinó la prisión preventiva del procesado, y dispuso el inicio de la instrucción fiscal por un periodo de 30 días. (DLH)
PUEBLOVIEJO. La mañana del jueves 24 de julio, un nuevo hecho violento conmocionó a los habitantes del cantón Puebloviejo. El cuerpo sin vida de Galo Jonathan Espinoza Tacuri, de 33 años, fue encontrado a un costado de la vía en la zona conocida como Hacienda Naranjo Chico, perteneciente a la parroquia Puerto Pechiche. Según información preliminar proporcionada por la Policía Nacional, la víctima presentaba dos impactos de bala en la cabeza y su cadáver fue hallado junto a su motocicleta, así como tres vainas percutidas calibre 9
milímetros, lo que refuerza la hipótesis de un ataque armado.
Espinoza, quien trabajaba como jornalero, había salido de su casa aproximadamente a las 06:00, con rumbo a su jornada laboral. Fue cerca de las 07:10 cuando transeúntes alertaron a las autoridades sobre un cuerpo tendido en el sitio.
Agentes de Criminalística y de la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida (Dinased) se desplazaron hasta el lugar para realizar el levantamiento del cadáver y recabar indicios
que permitan esclarecer el crimen. El cuerpo fue trasladado a la morgue del cantón Ventanas para la autopsia correspondiente. (DLH)
AUTORIDADES. La Comisión ciudadana de selección para la renovación parcial del CNE sesionó en Quito este 24 de julio de 2025. (Foto Cpccs)
Medardo Oleas, expresidente del TSE, presume que el Cpccs tiene una agenda política para mantener al CNE y al TCE en funciones prorrogadas. Según un cronograma aprobado por la comisión de selección, la designación se proyecta para diciembre de 2025.
Pleno del Cpccs para ponerlo en práctica:
1.Conformación de equipo de seguridad informática (17 de julio al 24 de julio de 2025).
2. Sorteo de siete catedráticos en una sesión pública con la presencia de un notario. Los docentes elaborarán el banco de preguntas para los exámenes que deberán rendir los postulantes (28 de julio al 1 de agosto).
3. Elaboración del examen escrito con 60 preguntas en un plazo de cinco días por parte de los catedráticos (4 de agosto de 2025).
4. Los catedráticos deberán notificar de la elaboración de las preguntas a la comisión de selección (15 de agosto de 2025).
5. La comisión deberá realizar la convocatoria para la realización del examen escrito (4 de agosto al 8 de agosto).
6
. Rendición del examen escrito de los postulantes admitidos (18 de agosto al 22 de agosto de 2025).
En un nuevo intento por avanzar en el proceso para la renovación parcial del Consejo Nacional Electoral (CNE), cuyas autoridades concluyeron su periodo el 20 de noviembre de 2024 y que se encuentran en funciones prorrogadas, la comisión ciudadana de selección encargada de elegir a las nuevas autoridades exigió, el 24 de julio de 2025, al Pleno del Cpccs apoyo para reactivar el proceso.
Medardo Oleas presume que en el Cpccs hay una agenda política
° Medardo Oleas, expresidente del desaparecido Tribunal Supremo Electoral (TSE), cuestionó el lento accionar del Cpccs y advirtió que el organismo ha incumplido el mandato constitucional de organizar concursos.
“El Cpccs no puede obstaculizar ni impedir el trabajo de los comisionados de selección que pide al Pleno un poco de recursos para que fluyan los procedimientos; me imagino que es un presupuesto mínimo”, sostuvo.
Oleas presume que los vocales del Cpccs tienen una agenda política para mantener al Consejo Nacional Electoral y al Tribunal Contencioso Electoral (TCE) en funciones prorrogadas, “que son afines o son muy útiles para quienes detentan el poder hasta la presente fecha”.
Insistió que se trata de una actitud “abiertamente inconstitucional” y se estarían prestando al juego para evitar la renovación de los organismos electorales.
“El CNE es muy útil para los fines que podría estar persiguiendo el Gobierno actual, así como el correísmo a quienes ni siquiera les exigen que presenten cuentas de los gastos del último proceso electoral”, agregó.
Recordó que, incluso la Procuraduría General
El concurso está detenido desde hace casi dos años. La comisión de selección pide al
del Estado (PGE) emitió un dictamen en el que señaló que no tenía carácter de intromisión a los procesos electorales que organice el CNE, con el avance del proceso de renovación parcial. Oleas anticipó que un grupo de ciudadanos, agrupados en la Corporación Participación Ciudadana (CPC) y la Comisión Anticorrupción, se reunirán en las próximas horas para realizar un “reclamo y una denuncia pública” contra el accionar del Cpccs, que le está pasando una factura “muy cara al Ecuador”, añadió.
“Por no querer entregar recursos a los comisionados de selección, el concurso está detenido; esta es una actitud negligente e irresponsable”, acotó. “No podemos permitir que se mantenga un CNE útil a ciertos grupos políticos”, subrayó Oleas, tras acotar que la ciudadanía debe conocer que se obstaculizan los concursos de renovación.
Para Simón Jaramillo, vicepresidente de la Corporación Participación Ciudadana (CPC), el Cpccs ha sido “absolutamente ineficiente en la forma y en el fondo”. Primero, porque todos los procesos están atrasados, y segundo, porque muchas de las autoridades de control designadas demostraron no estar a la altura de los nombramientos.
Jaramillo mencionó el caso del excontralor Carlos Pólit, actualmente preso en Estados Unidos, y dos exfiscales que fueron funcionarios de gobiernos pasados.
Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) que designe un notario público que dé fe de los actos administrativos, como el de escoger por sorteo público a los siete catedráticos universitarios que elaborarán el cuestionario para el examen escrito y los casos prácticos para la evaluación de los 165 concursantes inscritos desde 2023.
Nuevo cronograma
La comisión de selección aprobó el 24 de julio un nuevo cronograma del concurso con fechas estimadas, pero el presidente de esta instancia, Jhon Silva, aclaró que esto depende del apoyo del
7. La comisión publicará los resultados del examen (25 al 29 de agosto). La solicitud de recalificación (del 1 al 5 de septiembre).
8. Los resultados de la calificación (15 y 19 de septiembre).
9. Examen práctico (25 de agosto y 12 de septiembre) y la publicación de resultados (19 septiembre).
10 Escrutinio público e impugnación ciudadana (22 y 26 de septiembre de 2025).
11 Designación de nuevos vocales principales y suplentes del CNE que le corresponde al pleno del Cpccs (entre el 8 y 12 de diciembre de 2025). (SC)
NOTARIA OCTAVA DEL CANTÓN AMBATO EXTRACTO
NOTARIA OCTAVA DEL CANTÓN AMBATO Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública de liquidación de la sociedad conyugal efectuad el día martes veintidós de julio del año dos mil veinticinco, otorgada ante el Doctor Ángel AugustO Palacios Cabrera, Notario Octavo de este cantón Ambato, los señores EX cónyuges FRANCISCO GABRIEL CONTRERAS PÉREZ y MARÍA GRACIA BAQUERO VALLADARES procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal la misma que fuera terminada por sentencia de Divorcio emitida por la Unidad Judicial de Familia, Mujen, Niñez y Adolescencia de Ambato, dentro del juicio N° 18202-2021-03125, debidamente marginada en la Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación el 10 de mayo de 2022, conforme aparece de la Razón Marginada en el Acta de Matrimonio.- Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Artículo dieciocho numeral veinte y tres, en donde facultan al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los EX cónyuges FRANCISCO GABRIEL CONTRERAS PÉREZ y MARÍA GRACIA BAQUERO VALLADARES.- Para que en el término de veinte (20) días a contarse desde la publicación de este extracto, las personas que eventualmente tavieren interés en esta liquidación puedan presentar oposición fundamentada, dentro de referido término
Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes
Aashata, 22 de julio del 2025
OPERATIVOS. Imágenes compartidas por la Policía Nacional contra los Lobos, el 24 de julio de 2025.
Con 65 detenidos del grupo delictivo los Lobos y una afectación económica por más de $10 millones, el Gobierno golpeó a la más peligrosa banda narcocriminal. Se revelaron empresas fachada usadas por este grupo, cuyo líder habría fingido su muerte.
“Antes fueron los Choneros, hoy son los Lobos”, dijo Jhon Reimberg, ministro del Interior , al detallar el operativo con el que golpearon a la estructura narcocriminal liderada por un hombre cuya muerte es un misterio.
El 24 de julio de 2025, el Gobierno dio uno de los golpes más fuertes que han re -
cibido los Lobos . La Policía Nacional y la Fiscalía ejecutaron operativos en siete provincias del Ecuador (ver el dato), que dejaron como resultado 65 detenidos de ese grupo delictivo y una afectación económica : 27 inmuebles fueron allanados con fines de incautación y extinción de dominio en Manabí y Santa Elena ,
Alias Pipo habría fingido su muerte y da órdenes desde Europa
° La ficción se queda corta frente a lo que sucede con las estructuras criminales de Ecuador. Los chats del caso Purga confirmaron los rumores, Wilmer Chavarría, alias Pipo, líder de los Lobos no está muerto. Habría fingido su muerte gracias a Leandro Norero
Todo ocurrió en 2020, Pipo estaba encarcelado (desde 2017) en la cárcel de Turi, en Cuenca, desde ahí – como hacen otros capos– daba órdenes, apoyado por su financista, Leandro Norero (+), que para ese entonces también había fingido su muerte. Se dijo que Chavarría fue uno de los 34 presos asesinados en la cárcel de Turi, en la masacre del 23 de febrero de 2021.
También se señaló que en un traslado carcelario alias Pipo fue asesinado y también que en una finca los Choneros lo mataron. Pero nada se ha comprobado, pues el cuerpo de Pipo nunca fue encontrado. Desde entonces se supo que con papeles falsos y cirugías plásticas viajó a Europa, específicamente a Turquía. Así lo relata Mayra
con un avalúo aproximado de más de $10 millones.
Empresas fachada
Según Reimberg, se detectaron $13 millones en movimientos financieros identificados en cuatro empresas fachada en Manta, Sucre, Jaramijó y Montecristi.
La empresa fachada
Salazar, sentenciada por Metástasis. Desde allá –según los chats– Pipo sigue dando órdenes a la estructura criminal que en Ecuador, según informes policiales, está liderada por alias Esteban, el hijo de la pareja de alias Pipo. Mató a quien lo ayudó a escapar: Leandro Norero (+) era financista de los Lobos, pero no era el líder de la organización; por eso tenía facilidad de negociar con otros grupos, incluso con los Choneros, que son los principales enemigos. En los chats del caso Purga, Mayra Salazar confirma que Norero fue asesinado en la cárcel de Cotopaxi. Lo hace en una conversación del 20 de octubre de 2023 –dos semanas después de que el llamado Patrón– fuera dado por muerto. Salazar chateaba con Fg73, usuario al que la Fiscalía no ha dado un nombre todavía. Durante los mensajes, Fg73 pregunta quién “tiene llegada con el líder de los Lobos” y Salazar le dice que es el líder alias Pipo quien mandó a matar a Norero. Tal como se había relatado en versiones extraoficiales, el asesinato de Norero se dio por una emboscada. “Pipo manda a un man a hacerse ‘amigo’ de Norero”, relata Salazar quien, en los chats de Metástasis, fue identificada como una de las parejas sentimentales de Norero.
‘ Pezymar ’ fue creada por Génesis Mendoza , esposa de Leonardo Briones, alias Chiquito o Mexicano, quien es uno de los principales líderes de los Lobos en Manta. Ambos fueron asesinados, dentro de un carro blindado, el 16 de julio de 2025, en Manta.
La empresa fue creada el 15 de julio de 2021 y en 2023 realizó un traspaso “a un testaferro para que mueva el dinero desde esta empresa fachada”, indica el Ministerio del Interior.
Este es un duro golpe a las estructuras criminales del país, antes fueron los Choneros, hoy son los Lobos”
JHON REIMBERG, MINISTRO DEL INTERIOR. Las provincias donde se realizó el operativo contra los Lobos son: Imbabura, Napo, Chimborazo, Tungurahua, Pichincha, Guayas, Manabí.
Según la cartera de Estado, los resultados de estas operaciones desencadenarán otros procesos, posiblemente por lavado de activos , similares a Blanqueo Fito y Blanqueo JR. (DLH)
El 16 de agosto se eligen los directorios provinciales de la Casa de la Cultura Ecuatoriana. Con eso se activa el proceso para escoger al nuevo presidente nacional de la institución. Seis candidatos buscan liderar la casa matriz.
(Lista 1: Renacer Cultural)
Fue secretario general de la CCE y ha dirigido en dos ocasiones el núcleo de Morona Santiago. Es licenciado en Lengua y Literatura por la Universidad Técnica
Particular de Loja y por la Escuela Politécnica Nacional.
Cada cuatro años, la Casa de la Cultura
Ecuatoriana (CCE) activa un proceso democrático para elegir a sus autoridades provinciales y a su presidente nacional. Este procedimiento está regulado por la Ley Orgánica de Cultura, el Reglamento Interno de la CCE y las resoluciones del Consejo de Cultura
La primera fase de este 2025 comienza el 16 de agosto con la elección de los directorios de los 24 núcleos provinciales. Cada uno está conformado por un director o directora y cuatro vocales. Dichas autoridades son elegidas por votación directa y secreta entre las personas que constan en los padrones electorales provinciales, integrados por miembros activos del Registro Único de Artistas y Gestores Culturales (RUAC) y socios de la Casa de la Cultura.
La cantidad de votantes varía por provincia. Por ejemplo, Pichincha cuenta con cerca de 2.000 votantes habilitados, mientras que otras provincias manejan padrones que oscilan entre 400 y 1.000 personas. En promedio, se estima que
Carlos Fidel Intriago Zambrano (Lista 2)
Actual director del núcleo de Manabí. Ha estado al frente de esta provincia durante dos periodos consecutivos. Su candidatura se apoya en su experiencia institucional en la región costa.
Walter Patricio
Morales Puruncaja
(Lista 5: Cultura en Acción)
Sociólogo y magíster en Estudios de la Cultura. Es director del colectivo Libertad Andina, desde donde impulsa la gestión cultural con enfoque andino y comunitario. Trabajó como asesor del Ministerio de Cultura en 2008 en el régimen de Rafael Correa
También ha asesorado a organizaciones de pueblos y nacionalidades.
Amapola Naranjo (Lista 3)
Socióloga, exasambleísta por la Revolución Ciudadana (2017–2021) y magíster en Gobierno de la Ciudad. Es autora de investigaciones sobre música tradicional ecuatoriana y patrimonio cultural.
Fernando Rafael Cerón Córdova
(Lista 6: Casa Común) Es el actual presidente de la Casa de la Cultura, sociólogo y activista cultural. En su gestión ha promovido la descentralización, la profesionalización artística y la inclusión de diversidades. También ha denunciado irregularidades en la administración institucional.
Santiago Buitrón (Lista 4)
Gestor cultural independiente con formación en patrimonio y educación. Ha sido docente, consultor en políticas culturales y director zonal en el Instituto de Fomento de las Artes. En su hoja de vida constan cargos en la Secretaría de Cultura y la CCE, además de haber coordinado congresos sobre patrimonio comunitario.
entre 200 y 400 personas participan por núcleo. Una vez elegidos, los 24 directores provinciales se integran a la Junta Plenaria, órgano encargado de elegir al presidente nacional de la CCE. Esta votación está prevista para el 3 de septiembre y se realiza mediante voto ponderado, es decir, cada núcleo emite un voto institucional. A estos se suman el voto de la sede nacional, realizado por el presidente subrogante y el del delegado del Ministerio de Cultura y Patrimonio.
Las candidaturas
El proceso electoral 2025 movilizó a más de 80 candidatos en todo el país. Cada núcleo provincial puede tener entre dos y seis postulaciones. Sin embargo, a nivel nacional, el foco está puesto en seis personas oficialmente inscritas para dirigir la sede central de la Casa de la Cultura. La elección del nuevo presidente de la CCE no solo definirá el rumbo institucional para los próximos cuatro años, sino también el modelo de política cultural que marcará las relaciones entre el Estado, los artistas y la ciudadanía. (EC)
En plena era digital, rodeados de dispositivos electrónicos con pantallas táctiles y asistentes de voz, la escritura a mano ha quedado relegada a un segundo plano. Sin embargo, esta última cumple un papel fundamental en el desarrollo cognitivo y motor. ¿Cuáles son sus ventajas?
La tecnología , una herramienta presente en nuestro día a día, nos ha alejado de una actividad convencional que nos enseñan desde la infancia: la escritura a mano. Escribir a mano no solo ayuda al cerebro a procesar la información , sino que también fomenta su retención y ayuda a la memoria
El hecho de usar un teclado en las computadoras, o una pantalla táctil en teléfonos móviles o tablets, ha transformado por completo la forma en que conservamos la información, la manera en que usamos el lenguaje e incluso en el funcionamiento de nuestra capacidad motora. Esto se aplica en la rutina diaria, en el estudio y en el trabajo. Al escribir a mano se activan muchas áreas de la corteza cerebral. Así lo explica Aglae Duplat, neuróloga clínica, docente de la UIDE y médico
asociado del Hospital Metropolitano. Para empezar está la corteza motora, que es la encargada de dar al cuerpo la orden de escribir; le sigue la corteza premotora, que es la que planifica lo que la persona va a escribir. A esto se le suma el área del lenguaje , que maneja las palabras y la forma en que se escriben. La parte visual también es fundamental. Aquí, el cerebelo se encarga de ajustar el movimiento y su precisión. Y, finalmente, el hipocampo, que activa la parte de la memoria
Teclear vs. escribir
La especialista explica que al teclear, “desde el punto de vista motor, todas las letras son iguales”. Esto está relacionado con la habilidad cognitivo-motora compleja. A diferencia de agarrar un lápiz, que puede tener distinto tamaño o grosor, aplastar una tecla no involucra la misma parte motora
ni sensitiva, e incluso la postura de la mano es distinta.
A nivel de retención de información, Duplat indica que quienes escriben a mano recuerdan más el contenido, por ejemplo, de una clase. Esto se evidencia claramente en que el uso de un teclado está más relacionado a la transcripción de la información, más no a una comprensión de la misma. Para realizar apuntes a mano, el individuo debe primero seleccionar lo que va a escribir dentro de toda la información que recibe, sintetizarlo y luego reformularlo. “No existe el razonamiento de ¿qué dijo? o ¿qué es lo más importante?”, señala.
De igual manera, a nivel visual, el cerebro recuerda con mayor facilidad la ubicación de los datos en una página escrita a mano. Esto se debe a la relación ojomano, que tiene que ver con la adaptación del espacio en una hoja, el tamaño de la letra, etc., que es el trabajo que una computadora realiza automáticamente.
Evocar o traer a la memoria una frase con letra más grande, resaltada o con un orden específico resulta más sencillo en comparación a
un texto uniforme. “Incluso leer los textos escritos a mano mejora aún más la comprensión lectora por el nivel de anclaje a nivel visoespacial”, señala Duplat.
La escritura a mano en la infancia
Durante los primeros años, la escritura a mano es fundamental para que un niño pueda desarrollar la motricidad fina, que es importante no solo para la escritura, sino también para un sinnúmero de tareas escolares y de su vida diaria. El aprendizaje de una palabra nueva involucra la conexión de un símbolo con información visual, auditiva y motora.
La especialista explica que aprender a escribir a mano permite que, desde una temprana edad, el niño tenga un mejor control emocional, una mejor fluidez verbal al comunicarse, mejor ortografía, mejor comprensión lectora y un refuerzo de la conciencia fonológica, que es aquella que permite la asociación de
la forma de las palabras con los sonidos.
¿Cómo volver a esta actividad convencional?’
A pe sar de que en muchos sentidos el uso de la tecnología puede verse como una obligación en el ritmo de vida actual, Duplat recomienda asociar la escritura a mano con una actividad relajante para que poco a poco se convierta en un hábito y pueda practicarse como mínimo una o dos veces a la semana. (CPL)
SALUD. Escribir a mano ofrece ventajas cognitivas y motoras que la tecnología no puede reemplazar. (Foto referencial)
Un tribunal de apelaciones declaró “inconstitucional” la orden del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, que busca eliminar la ciudadanía por derecho de nacimiento.
MADRID. Un tribunal de apelaciones de Estados Unidos ha declarado “inconstitucional” y confirmado un bloqueo nacional a la orden ejecutiva del presidente del país, Donald Trump, que busca poner fin a la ciudadanía por derecho de nacimiento para los hijos de los inmigrantes.
La decisión se ha producido a raíz de que el Tribunal Supremo ordenase a finales de junio que los juzgados inferiores reconsideraran las medidas cautelares que habían bloqueado la implementación de la orden de Trump, así como su rango territorial. Con todo, el tribunal de apelaciones de San Francisco ha decidido que la medida cautelar emitida por un juez de Seattle que bloqueaba la orden en
todo el país no representaba una extralimitación judicial.
“El tribunal de distrito concluyó correctamente que la interpretación propuesta en la Orden Ejecutiva, que niega la ciudadanía a muchas personas nacidas en Estados Unidos, es inconstitucional. Estamos totalmente de acuerdo”, ha escrito el juez del tribunal de apelaciones Ronald Gould en representación de la mayoría de
° El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha negado que pretenda hundir mediante la retirada de ayudas públicas a las empresas de Elon Musk, quien hasta hace poco tiempo era uno de sus mayores aliados, añadiendo que desea que todas las empresas del país prosperen, incluidas las del magnate de origen sudafricano. “Todos afirman que destruiré las empresas de Elon quitándoles algunos, si no todos, los subsidios a gran escala que recibe del Gobierno estadounidense. ¡No es así! Quiero que Elon y todas las empresas de nuestro país prosperen;
de hecho, ¡que prosperen como nunca!”, ha afirmado el inquilino de la Casa Blanca a través de TruthSocial.
“Cuanto mejor les vaya, mejor le irá a Estados Unidos, y eso nos beneficia a todos. Estamos batiendo récords cada día, ¡y quiero que siga así!”, ha apostillado. El presidente de EEUU y el hombre más rico del mundo, que durante la campaña electoral que devolvió a Trump a la Casa Blanca dieron muestras de su cercanía y complicidad, llegando Musk a colaborar en los primeros meses con la Administración, rompieron abrupta y públicamente su relación a raíz de las profundas discrepancias sobre el proyecto presupuestario impulsado por Trump.
dos jueces a uno que ha servido para esta resolución, recogida por CNN. En este sentido, esta corte ha concluido “que el tribunal de distrito (de Seattle) no abusó de su discreción al emitir una medida cautelar universal para brindar a los estados un alivio completo”,
El juez Gould ha explicado que una orden judicial más restrictiva a nivel territorial --por ejemplo, una que afectase solo a los estados que no apelaron contra la orden-- exigiría a los estados que impugnaron la ley que revisaran sus sistemas de verificación de elegibilidad para diversos programas de servicios sociales, causando “daños irreparables”.
Golpe a la administración de Trump Se trata de la primera vez
que un tribunal de apelaciones concluye plenamente que la orden de Trump es inconstitucional, aunque el inquilino de la Casa Blanca podría apelar directamente al Tribunal Supremo. De todas formas, la medida está también bloqueada a nivel nacional a raíz de que un juez federal de Nueva Hampshire prohibiera su aplicación contra cualquier infante que se viera afectado por la política en una demanda colectiva interpuesta por la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés).
El paso es un golpe para la Administración Trump después de que el Tribunal Supremo decidiera a finales de junio limitar las competencias de los jueces para paralizar las cuestionadas órdenes ejecutivas de Trump a nivel nacional dejando intacto, no obstante, el derecho a presentar demandas colectivas. EUROPA PRESS
Con Gabriela Vivanco
VIERNES 25 DE JULIO DE 2025
Liga de Quito derrotó 0-1 a Barcelona SC por la Fecha 22 de la LigaPro, este jueves 24 julio de 2025 Liga de Quito le amargó las fiestas julianas a Guayaquil. Con un golazo de Fernando Cornejo, los ‘albos’ vencieron por la mínima a los ‘toreros’ en el estadio Banco Pichincha. 5
Hombre es procesado por violación a su hijastra
La justicia ordenó prisión preventiva contra un ciudadano señalado como presunto autor del delito de violación en perjuicio de una joven de 23 años en Quevedo. 11
La mañana del jueves 24 de julio, un nuevo hecho violento conmocionó a los habitantes del cantón Puebloviejo. El cuerpo sin vida de Galo Jonathan Espinoza Tacuri, de 33 años, fue encontrado a un costado de la vía en la zona conocida como Hacienda Naranjo Chico, perteneciente a la parroquia Puerto Pechiche.11