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Duermen a los perros para robar un patio de carros
Los delincuentes durmieron, con somníferos, a los perros que cuidaban el lugar para cometer el ilícito, las acciones de la Policía Motorizada permitieron recuperar las cosas robadas.
2023. A eso se suma otro vehículo marca Renault Duster rojo con placas de Chimborazo y que fue robado el 18 de octubre de 2022 en Quito.
Procedimiento
El trabajo investigativo de los uniformados de la PJ de Tungurahua permitió el hallazgo y recuperación de estos bienes.
Mientras tanto, el sospechoso fue llevado ante las autoridades competentes. El 24 de abril de 2023 se llevará a cabo una audiencia de procedimiento directo, para judicializar al sujeto por el delito de receptación, tipificado y sancionado en el artículo 202 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) con cárcel de seis meses a dos años. (MAG)
Un hombre fue arrestado por estar vinculado al robo de partes de auto en un patio automotriz. El ciudadano fue encontrado en una vivienda en la que estaban objetos y partes de autos que fueron sustraídas la madrugada de hoy, miércoles 5 de abril de 2023.
Al ECU 911 se elevó la alerta del ilícito, toda vez que el propietario del negocio llegó por la mañana para abrir su local y se encontró con la desagradable sorpresa.
Los hechos
EL DATO
Cortando cables de electricidad y forzando las seguridades del sitio, se cometió el delito. Agentes del Grupo de Operaciones Motorizadas (GOM) del Distrito Ambato Norte acudieron al pedido de ayuda y tras conocer los pormenores del suceso emprendieron con las técnicas operativas y de investigación
Según el perjudicado, dos habrían sido los delincuentes que perpetraron su negocio, las investigaciones determinarán si el implicado fue parte del ilícito o solo de guardar lo sustraído.
‘Los perros que cuidan el lugar fueron sedados por los maleantes para poder cometer el ilícito, así lo contó el perjudicado al ver que varios accesorios de los carros del lugar ya no estaban.
Allanamiento
L as averiguaciones, el levantamiento de información y la intervención que realizaron los gendarmes los llevó hasta una vivienda ubicada en el barrio Quillán Loma de la parroquia de Izamba.
Operando en flagrancia y con los protocolos de ley, los uniformados intervinieron el lugar encontrando los objetos horas antes robados y a una persona. De todo lo hallado, el sujeto no pudo demostrar la legalidad de su tenencia, por lo que las cosas fueron decomisadas y el ciudadano privado de su libertad.
Acciones
El afectado formalizó la denuncia en contra del implicado para tramitar la devolución de sus objetos
“Los señores policías me dieron solución enseguida, de lo que comunicamos el robo, en una hora ya me llamaron y me dijeron que habían encontrado las cosas”, mencionó la víctima.
Paúl Enríquez, coronel de Policía, jefe del Distrito Ambato Norte y jefe del Comando de la Subzona Tungurahua (s), aseguró que la Policía se mantiene en constante labor para menguar los índices delictivos y recomendó, además, que en caso de notar personas o situaciones extrañas, comuniquen estos particulares al 911. (MAG)
¿CUÁL ES EL ROL ACTUAL DEL SECTOR
PRIVADO Y DE LA SOCIEDAD CIVIL FRENTE A LA CORRUPCIÓN EN EL ECUADOR?
C Onsulta Civil
AUTOR: ABG. PEDRO MARTÍN PÁEZ BIMOS PH.D.
Sociedad civil, democracia y participación ciudadana
Si revisamos en cuanto al rol que tiene la sociedad civil, es importante señalar que esta tiene mecanismos importantes que forman parte del cambio del modelo democrático representativo al participativo, a pesar de las dificultades que ha tenido en los últimos años. Con la promulgación de la Ley Orgánica de Participación en el 2010 se propuso el incluir a la ciudadanía, colectivos, pueblos y nacionalidades del Ecuador en la gestión de la política pública. En este sentido, se han creado una serie de propuestas que buscan la participación ciudadana y el control social. Por ejemplo, se reconocen a las audiencias públicas, cabildos populares, silla vacía, veedurías, observatorios, consejos consultivos, entre otros. Se reconoce a la rendición de cuentas como un derecho ciudadano que se debe exigir a las instituciones públicas que desarrollen actividades de interés público y el libre acceso a la información pública.
La sociedad civil en Ecuador no ha tenido un desarrollo muy intenso en materia de in- tegridad pública y lucha contra la corrupción en décadas pasadas. En mi opinión han sido otras dinámicas las que han llamado la atención en virtud de las condiciones políticas, sociales y económicas desde el retorno a la democracia en 1979. Tradicionalmente, la sociedad civil ha tenido un enfoque social, reivindicativo de las demandas sociales y busca ser ese tercer sector como punto de confluencia y como mediador entre los actores sociales, en particular, del Estado con la sociedad (Cueva, 2018). En consecuencia, no ha sido un objetivo central o primordial de la sociedad civil la integridad y lucha contra la corrupción, sino que la promoción y exigencia de cumplimiento de los derechos humanos han sido un punto por el que se ha destacado la sociedad civil ecuatoriana durante el siglo XX.

Podemos encontrar, por ejemplo, organizaciones como la CEDHU que han surgido para defender los derechos a la vida e integridad física ante graves violaciones a los derechos humanos por parte de organismos estatales como la masacre de AZTRA (CEDHU, 2023). Este tipo de casos han revelado que existen otras prioridades que ocupó a la sociedad civil frente a los problemas crónicos de corrupción y la falta de integridad pública, que, dicho sea de paso, se relaciona también como causa y efecto de la vulneración de otros derechos humanos en un sistema democrático injusto económicamente.
Además, es necesario manifestar que también ha sido reconocida la sociedad civil como una institución democratizadora o que fortalece la democracia, esto tras el pasado de dictaduras militares o regímenes totalitarios en la región y en el Ecuador. Inclusive, se ha establecido que la sociedad civil no organizada, ha sido un punto fundamental a partir de la Constitución de 1998 para poder alcanzar impacto en la formulación de las políticas públicas o actuaciones del Estado, en especial, activando procesos organizativos y mecanismos de participación ciudadana (Ortiz, 2013). Estos procesos inclusive se han fortalecido con la Constitución del 2008, en la que se dispuso la creación de la Función de Transparencia y Control Social, y el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social o CPCCS, en conjunto con una serie de cuerpos normativos para el correcto funcionamiento institucional.
Sin embargo, existieron ciertos señalamientos de que el modelo constitucional existente creó un marco institucional en el que los movimientos y organizaciones sociales estarían estatizados al tener una regulación y control por parte de los organismos del Estado.
Respecto al señalamiento sobre la estatización de la participación ciudadana y las organizaciones sociales según el modelo constitucional se establece lo siguiente:
Esto es especialmente notorio desde el ámbito abierto en el artículo 204, que ubica al pueblo como “mandante y primer fiscalizador del poder público”, lo que aparentemente facilitaría el ejercicio de escenarios potentes de acountability social, esta condición, sin embargo es contrarrestada inmediatamente cuando se designa al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS desde ahora), como el organismo encargado de establecer los mecanismos de control social, sobre los cuales la ‘ciudadanía’ ejerce-
¿En
qué consiste la figura de trabajador sustituto?
RESPUESTA
Las personas pueden acceder a un puesto laboral como beneficio que establece la Ley Orgánica de Discapacidades de acceso al trabajo bajo la figura de trabajador sustituto, por tener bajo su responsabilidad o cuidado a una persona con discapacidad severa, debiendo ser calificados por la Ley como sustitutos, así lo establece el artículo 48 de la referida Ley.
Para acceder a los derechos y beneficios que confiere la Ley Orgánica de Discapacidades, es necesario que la persona, previamente, haya sido calificada y registrada, ya sea como discapacitada en condición discapacitante o como la persona bajo cuya responsabilidad y cuidado esté la persona discapacitada por la autoridad sanitaria competente del Sistema Nacional de Salud. Por tanto, en el caso de la persona que sea responsable y se encargue del cuidado de una persona discapacitada, para que pueda acceder al beneficio de acceso al trabajo por inclusión laboral en calidad de sustituta, se requiere, por mandato legal, que esté debidamente registrada.
Por lo tanto, si una persona ha accedido a un puesto de trabajo en calidad de trabajador sustituto de un discapacitado, lo que ocurre es que está ocupando uno de los cupos que obligatoriamente las empresas deben otorgar a una persona con discapacidad. De ser este el caso, entonces es evidente que el empleador conoce la situación del trabajador sustituto y que aquel está ocupando un puesto de trabajo en remplazo de la persona discapacitada.
Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
Anulaciones
rá su acción de vigilancia sobre lo público. Además, en ningún momento se establecen escenarios para lograr algo parecido a ‘representatividad’ de los actores civiles que ejerzan la participación. Las organizaciones sociales, y los colectivos civiles de todo tipo, que acudieron a Montecristi, y que posteriormente dieron su apoyo al texto constitucional (porque lo hicieron desde la gran mayoría), no vacilaron en el peligro de la estatización de los espacios de participación ciudadana, básicamente porque el discurso de la Asamblea/ Correa utilizó con mucha habilidad paquetes culturales que finalmente fueron incluidos en el texto de la Constitución, y que al exponerse desde marcos discursivos específicos lograron reducir (gruesamente) todo el debate relacionado con sociedad civil y participación ciudadana en significantes gruesos, cuyo significado específico no será claro en la Constitución (sería claro en las leyes debatidas a posteriori para las cuales ya no se contaría con el apoyo de las organizaciones sociales). (Ortiz, 2013: 115).
Sin embargo, existen otros espacios que deben ser valorados no solo desde el punto de vista central y político, sino desde el impacto de los diversos mecanismos de participación ciudadana y control social, por ejemplo, desde los gobiernos autónomos descentralizados en el que la aplicación de veedurías, comisiones, silla vacía, entre otros mecanismos, permiten que la ciudadanía se involucre más en lo público al amparo del CPCCS y la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, cuestión que en tiempos anteriores dependía del mediatismo y la buena voluntad de las autoridades públicas de ese momento. Sin duda, en los últimos años en el Ecuador ha existido un desgaste de la participación ciudadana por procesos transitorios en la designación de las altas autoridades, resultado de la revestida conservadora de actores políticos. Lo que revela la necesidad de recuperar espacios, mejorar y solucionar los errores en la normativa democrática directa para evitar retornar a la democracia representativa (Torres, 2019).
Un punto relevante es como el CPCCS ha logrado promover la transparencia en la gestión pública mediante las redes ciudadanas de transparencia, brigadas, modelos de territorios transparentes y participativos y el índice de transparencia (CPCCS, 2023), proyectos que han tenido un impacto interesante en el marco de la fase preventiva de la corrupción. Incluyendo a diferentes actores de la sociedad civil como voluntarios, estudiantes y sociedad civil organizada, y con un impacto importante en las zonas rurales del Ecuador.
En los últimos años, se han reconocido una serie de organizaciones de la sociedad civil que han buscado enfrentar la corrupción, tal es el caso de la Comisión Nacional Anticorrupción (UNCA, 2022) que realizó una serie de denuncias respecto a los diferentes casos de corrupción durante la gestión del expresidente de la República del Ecuador, Rafael Correa. La organización actualmente se mantiene y sigue con su rol de investigar y denunciar casos de corrupción, más allá de
COOPERATIVA OSCUS LTDA.
La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción del Certificado de Depósito a Plazo No 561154, perteneciente a LLUMIPANTA SAQUINGA NORMA INES por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia La Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso. Ambato, 06 de abril 2023
COOPERATIVA OSCUS LTDA.
La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción de la Libreta de Ahorros No 19609 perteneciente a LLUMITASIG CHICAIZA HECTOR EFRAIN, por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia la Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso.
Ambato, 06 de abril 2023
COOPERATIVA OSCUS LTDA.
La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción del Certificado de Depósito a Plazo No 779113, perteneciente a LOPEZ LOPEZ TRANSITO ELISABETH por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia La Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso.
Ambato, 06 de abril 2023
COOPERATIVA OSCUS LTDA.
La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción de la Libreta de Ahorros No 823364 perteneciente a MULLO QUISHPI DAVID, por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia la Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso.
Ambato, 06 de abril 2023
COOPERATIVA OSCUS LTDA.
La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción de la Libreta de Ahorros No 777124 perteneciente a NARANJO ROMERO SEGUNDO ROSENDO, por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia la Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso.
Ambato, 06 de abril 2023
COOPERATIVA OSCUS LTDA.
La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción de la Libreta de Ahorros No 26627 perteneciente a NUÑEZ GUEVARA MARIA MARGARITA, por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia la Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso.
Ambato, 06 de abril 2023
COOPERATIVA OSCUS LTDA.
La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción del Certificado de Depósito a Plazo No 634841, perteneciente a ORTIZ PILLA MARISOL AMELIA por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia La Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso.
Ambato, 06 de abril 2023
COOPERATIVA OSCUS LTDA.
La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción del Certificado de Depósito a Plazo No 772307, perteneciente a PADILLA SEVILLA LORENA ALEXANDRA por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia La Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso.
Ambato, 06 de abril 2023
COOPERATIVA OSCUS LTDA.
La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción del Certificado de Depósito a Plazo No 772307, perteneciente a PADILLA SEVILLA LORENA ALEXANDRA por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia La Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso.
Ambato, 06 de abril 2023
COOPERATIVA OSCUS LTDA.
La Cooperativa de Ahorro y Crédito OSCUS Ltda., comunica el extravío/sustracción de la Libreta de Ahorros No 810796 perteneciente a PALMA BARRETO JESSICA CAROLINA, por lo que se ha procedido a su bloqueo, en consecuencia la Cooperativa no asume ninguna responsabilidad, quién considere tener derecho sobre dicho documento deberá presentarse en las Oficinas de la Cooperativa en el plazo de 3 días, contados desde la fecha de la publicación de este aviso.
Ambato, 06 de abril 2023 que algunos miembros se han retirado y han tenido duros cuestionamientos por parte de ciertos sectores políticos y mediáticos.
Otra organización relevante que forma parte de la sociedad civil es Fundación Ciudadanía y Desarrollo, la cual ha establecido una serie de mecanismos ciudadanos como el observatorio anticorrupción o del gasto público (Fundación Ciudadanía y Desarrollo, 2022), que busca fiscalizar la actividad del sector público relacionada con la desviación de fondos o el incumplimiento normativo relacionado con la corrupción. Así mismo, es procedente recalcar que existe otras organizaciones que hacen actividades de control ciudadano sobre lo público. Es preciso señalar que existen otras organizaciones de la sociedad civil y de la cooperación internacional como GIZ que forman parte de iniciativas para enfrentar la corrupción y que se pueden encontrar adscritas al plan de gobierno abierto del Ecuador como actores en el marco del grupo núcleo y como externos al mismo (Gobierno Abierto Ecuador, 2023). Estos ejemplos, demuestran que la sociedad civil organizada es un actor clave para poder prevenir y enfrentar la corrupción
Sector privado y su rol frente a la corrupción
El rol del sector privado ha ido desarrollándose poco a poco en el Ecuador, ha pasado de una completa inactividad a tener cierto grado de responsabilidad, en virtud de las principales reformas legales que se han dado en el ámbito societario y penal. En el ámbito de societario, en el 2020 se ha promulgado mediante el Registro Oficial Especial 1076 las normas de buen gobierno corporativo con el objetivo de difundir un conjunto de principios y normas elementales para proteger, entre otros puntos, una administración transparente y responsable, transparentar la información que se derive de la operación y establecer que las actividades de la compañía se manejen de manera correcta y de acuerdo con los estándares éticos (Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, 2021). Adoptando un modelo de auto responsabilidad corporativa y siendo opcional para las sociedades el adoptar las normas de buen gobierno corporativo, se espera que estas normas soft busquen modificar de alguna manera la cultura corporativa hacia una de cumplimiento, a pesar de que este modelo sea opcional y no obligatorio bajo un criterio focalizado.
Cuestión que intenta construir un rol más activo del sector privado, principalmente constituido por las empresas, para que participen con políticas activas de transparencia y cumplimiento normativo interno en sus gestiones. Una vez que se ha detectado que parte importante de las causas de la corrupción pública conduce al sector privado, principalmente en materia de contratación pública. No obstante, la adopción de estas políticas depende la voluntariedad de las organizaciones empresariales, por lo que no existe una obligación directa y se espera que poco a poco se vayan adhiriendo a estas prácticas, a pesar de que culturalmente existe un reto importante.
Podemos encontrar que empresas como CARE han implementado de manera pública mecanismos de combate contra la corrupción. En estas políticas incluyen conceptos y mecanismos para evitar la corrupción, así como casos ejemplares para que pueda tener más información los empleados, proveedores o usuarios externos (CARE, 2023). No obstante, este tipo de mecanismos solo podrán ser implementados por empresas que tengan una economía permisiva, queda aún muchas interrogantes respecto al sector PYME, o por lo menos, a empresas unipersonales y pequeñas que tienen una situación financiera distinta. Así mismo, han existido pronunciamientos por parte de la Cámara de Comercio de Quito desde el año 2018, se ha establecido una comisión que han buscado promover acciones en este ámbito: “El objetivo de esta Comisión es fomentar la integridad y el combate de la corrupción en las empresas y entidades del sector público, promover la adopción de políticas anticorrupción en el sector empresarial y el uso de reglas y herramientas de ICC de combate a la corrupción” (Cámara de Comercio de Quito, 2018).
En el ámbito penal se ha establecido mediante la promulgación del Código Orgánico Integral Penal en el 2014 el modelo de responsabilidad penal de las personas jurídicas, mismo que ha sido modificado en el año 2021. En este modelo de responsabilidad, muy próximo al modelo español en esta materia, se ha reconocido como un reto para el derecho penal ecuatoriano. Es así como en el artículo 49 del cuerpo normativo antes mencionado se establece un modelo de independencia de la responsabilidad penal de las personas jurídicas respecto a las personas naturales, un catálogo de delitos que son susceptibles de sanción y el establecimiento de las penas que se le puede imponer (Mila, 2020).
En consecuencia, este modelo atribuye un grado de responsabilidad penal a las personas jurídicas, cuestión que cambió la
Cooperativa de Transporte de Carga en Camionetas Bella Ciudad de Píllaro
Considerando lo establecido en el articulo 30 de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y en concordancia a los artículos 25 del Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, Art 10 del Estatuto Social y artículo 59 del Reglamento Interno de la Cooperativa de Transporte de carga en camionetas Bella Ciudad de Pillaro, se cita a los socios señores:
• Arcos Torres Edgar Patricio C.I. 1802763035
• Chango Nuñez Héctor Aníbal C.I. 1800981316
• Chicaiza Chicaiza Carlos Salomón C.I. 1801899806
• Chicaiza Chilla Edgar Patricio C.I. 1800014597
• Chicaiza Guachi Edgar Patricio C.I. 1803567708
• Chicaiza Quinga Melchor Gaspar C.I. 1801898410
• Constante Amores Ángel Marco C.I. 1802689164
• Guachi Rojano Hugo Aníbal C.I. 1801423441
• Jerez Villacis Ivo Reinerio C.I. 1801821040
• Lara Segundo Genaro 1801128800
• Pullupaxi Yanchatipan Rubén C.I. 1801496793
• Ramos Ramos Daniel Arcelino C.I. 0901901280
• Rodríguez Espín Jorge Anibal C.I. 1800442806
• Romero Jácome José Edelmiro C.I. 1801023118
• Saquinga Tituaña Manuel Maria C.I. 1800206060
• Tituaña Ushiña Pedro C.I. 1802255966
• Yanchatuña Manuel Mesías C.I. 1801109735
Con el inicio del proceso de exclusión por estar inmersos en lo establecido en el artículo 10, numeral 2 del Estatuto
Social de la Cooperativa de Transporte de carga en camionetas Bella Ciudad de Píllaro. Lo que se pone en conocimiento de los socios para que puedan ejercer su legítimo y constitucional derecho a la defensa conforme lo garantiza la constitución de la república en su art. 76. LA DIRECTIVA forma de gestionar una empresa, sobre todo, al incluir al corporate compliance o los modelos de cumplimiento normativo como un requisito que deben incluir las compañías para evitar cometer delitos, y en el caso de cometerlos, que sirva como una atenuante y no como una exención de la responsabilidad penal (Liñán la Fuente y Pazmiño Ruiz, 2021). Cuestión que ha sido un punto muy controversial en virtud de que en otros modelos se ha reconocido que si el sistema o programa de cumplimiento normativo, agotando toda su capacidad para evitar que se cometa la infracción, se le deba considerar como eximente de la responsabilidad. Así mismo, existe un cuestionamiento sobre la falta de profundidad respecto al defecto de organización empresarial y el buscar generar una sólida cultura de cumplimiento e integridad empresarial (Páez Bimos y Berenguer Pascual, 2022).
Por el otro lado, podemos encontrar iniciativas mixtas entre el sector privado y la sociedad civil organizada que buscan fortalecer una cultura de prevención de la corrupción y la integridad corporativa. Es así, como la iniciativa global Alliance for Integrity dirigida por Fundación Esquel, con el apoyo de GIZ que ha logrado que la Federación Nacional de Cámaras de Industrial del Ecuador, Comité Empresarial Ecuatoriano, Cámara de Industrial y Produc- ción, Banco Procredit y Sertecpet se unan a la iniciativa de conformar una red nacional para luchar contra la corrupción en los sectores públicos y privado, impulsando el diálogo y la transparencia (Fundación Esquel, 2023).
Así mismo, se han establecido una serie de iniciativas por parte de Pacto Global –Red Ecuador, proyecto vinculado con Naciones Unidas, con la finalidad de incentivar a los diferentes actores de los sectores público, privado y la sociedad civil, para implementar políticas y prácticas relacionadas con los ODS. En este caso, se han establecido la adopción de políticas de transparencia y fortalecimiento de la ética para evitar los conflictos de intereses, así como respecto a los correctos comportamientos, principios, valores y gobierno corporativo, y gestión de las compras públicas (Pacto Global – Red Ecuador, 2023). Cuestión que es fundamental para que el sector privado cumpla con un rol más activo y forme parte de las soluciones que necesita el país para enfrentar la corrupción y los incumplimientos normativos que se dan en el sector privado. mos de prevención y sanción de la corrupción.
Auto: Abg. Pedro Martín Páez Bimos Ph.D. Socio fundador Corporate Defense / ppaez@corp-defense.com
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE
COMPAÑÍA DE GENERACIÓN SERVICIOS Y , a la Junta General Ordinaria de Accionistas para el día lunes 20 de abril de 2023 a las 18h00, en la oficina de la Compañía, ubicada en la ciudad de Ambato, Avda.
2.Conocimiento y aprobación del Informe de Presidencia de la Compañía correspondiente al ejercicio
3.Conocimiento y aprobación del Informe de Gerencia de la Compañía correspondiente al ejercicio
4.Conocimiento y aprobación del Inforne de Comisario Revisor de la Compañía correspondiente al
5.Conocimiento y aprobación de los Estados Financieros del ejercicio económico del año 2022
Se convoca de manera especial a la señora Adriana Reyes Barreno Comisario Revisor Principal de la Los informes están a disposición de los señores accionistas para que los retiren en las oficinas de Ambato, abril 6 de 2023.
