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4.1.2 Mujeres jóvenes

1752 , por lo que implica que son merecedores de una especial protección de parte de las autoridades Estatales. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos a través de su relatoría para la protección de las Niñas, Niños y Adolescentes (NNA) en su informe del 201753 establece: Las políticas de niñez contemplen las facetas de: promoción (información, difusión y sensibilización); prevención de vulneraciones a los mismos; creación de condiciones para su efectivo goce por todos los NNA); detección y respuesta en caso de vulneraciones (protección); restitución de derechos, rehabilitación, acceso efectivo a la justicia y reparación. (CIDH, OEA, 2017, pág. 44). Además de lo anterior es importante considera que las problemáticas que enfrentan las NNA deben de ser solucionadas por un enfoque interdisciplinario en materia de política pública para ser efectivas: La participación y la coordinación intersectorial e interinstitucional es crucial, involucrando a los diversos Ministerios e instituciones con alguna responsabilidad en materia de derechos de la niñez. Usualmente los sectores llamados a formular conjuntamente la Política Nacional para la Niñez y a articular su accionar en la implementación de la misma son: desarrollo social y servicios sociales; planificación nacional; salud; educación; justicia; seguridad; familia; mujer; estadística; empleo y seguridad social; urbanismo; cultura, arte y deporte; y economía y finanzas, entre otros, dado que son muchos los sectores que de una u otra manera se vinculan con los derechos de la niñez. La CIDH considera que la política de niñez debe ser elaborada e implementada con una amplia participación de todos los sectores involucrados en materia de niñez, buscando una visión integral y holística. Es así, que es necesario, adoptar en la visión a largo plazo de la ciudad la perspectiva de los NNA ya que es claro que el entorno urbano planteado por el PDUCP a futuro lo interactúan los grupos de personas jóvenes, ya que el INEGI señala que hay 17507 NNA convirtiéndolo en un grupo nutrido al que se puede pasar por alto.

4.1.2 Mujeres jóvenes

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La falta de políticas públicas eficaces que den una protección a la problemática histórica de cómo viven las mujeres en México es señalado y contextualizado en la sentencia hacia México en el Caso González y Otras vs. México en donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció de como la falta de infraestructura, equipamiento, políticas públicas eficaces puso en una alarmante situación de vulnerabilidad a las Mujeres, en especial a las mujeres jóvenes que por las características socioeconómicas que poseen se enfrentan a escenarios de notoria discriminación de jure, lo que quiere decir que no existen o no son eficaces las herramientas de prevención a violaciones de

52 Corte Interamericana de Derechos Humanos, Condición jurídica y derechos humanos del niño. Opinión

Consultiva OC-17/02 de 28 de agosto de 2002. Serie A No. 17, Párrafo 86. 53 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Relatoría de los Derechos de las Niñas, Niños y

Adolescentes, “Hacia la garantía efectiva de los derechos de niñas, niños y adolescentes: Sistemas

Nacionales de Protección” informe del 30 de noviembre del 2017. Párrafo 77, página 44. Ibidem, párrafo 75.

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