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8.4 Fin del Conflicto
Ô Los Pueblos Étnicos insistimos en la implementación de esquemas de seguridad y protección colectivos, con pertinencia étnica y cultural, y que también se integren a las guardias indígenas y cimarronas, como mecanismos ancestrales de autocuidado para nuestros pueblos. Ô Se recomienda de manera especial a la Secretaría Técnica del Componente Internacional de Verificación entablar un diálogo con la IEANPE que promueva la creación de un espacio periódico para la contratación de la información suministrada por el Gobierno Nacional, en los tres próximos informes con enfoque étnico que están planeados para la segunda fase de verificación, lo cual permita identificar de forma efectiva las controversias surgidas del mismo proceso de implementación y hacer recomendaciones que orienten a soluciones reales. Ô Se recomienda proceder de igual manera para integrar en el informe una dimensión territorial. La
ST, en tanto componente internacional para la verificación de los compromisos adquiridos por el
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Gobierno y las FARC, debe asegurar una valoración más amplia en cuanto a las conclusiones y las recomendaciones que da, que deben ir orientadas en doble vía, tanto para el Gobierno Nacional como para los firmantes de la paz. Ô Ad portas de unas próximas elecciones, que son determinantes para el devenir de los Pueblos Étnicos en particular y de la sociedad colombiana en general, y que también definirán la forma como avance la implantación del AFP y los diferentes mecanismos creados para su seguimiento, es necesario que la Secretaría Técnica asuma un rol más activo en su papel como componente internacional para la verificación.
Ô Es importante que el análisis que presenta la Contraloría General de la República tenga en cuenta los recursos asignados para la implementación sobre los que se debieran asignar para el cumplimiento de las metas trazadoras del PMI y los pilares del AFP. Cabe destacar que el informe de la Contraloría presenta un vacío con relación al enfoque en el análisis sobre las afectaciones concretas en materia de las salvaguardas del Capítulo Étnico, que debería tenerse en cuenta a la hora de analizar el porcentaje de presupuesto asignado a cada pilar y el porcentaje ejecutado. Esta valoración permitirá hacer una lectura integral de la vulneración de los derechos humanos, cuando no se ejecuta teniendo una asignación presupuestal.
Ô Debe ser real y efectiva la participación de los Pueblos y Comunidades Étnicas en los procesos y procedimientos administrativos y legislativos respecto del acceso a tierra para excombatientes en proceso de reincorporación, por medio de la consulta previa. Ô Es indispensable que la ARN coordine el trabajo con la IEANPE para implementar el Programa Especial de Armonización para la reintegración y reincorporación social y económica, con enfoque étnico y de género, mujer, familia y generación. Ô Es necesario coordinar con la IEANPE la reglamentación del programa integral de seguridad y protección propios para comunidades y organizaciones en los territorios étnicos, con enfoque de género, mujer, familia y generación, tomando como base el fortalecimiento y constitución de las guardias indígenas y cimarronas. 155
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Ô Es urgente, como ya lo hemos señalado, la creación de una mesa técnica en el Consejo Nacional de
Reincorporación, con participación de voz y voto de la IEANPE, dentro de la cual se discutan y consensúen los asuntos étnicos en el proceso de reincorporación de las y los excombatientes mayores y menores de edad (adscritos al programa camino diferencial de vida), y el transversal de género, mujer, familia y generación. En esta mesa se debería, incluso, plantear la necesidad de revalorar el tema de reincorporación dentro del mismo territorio. Ô Es imperioso el apoyo técnico y financiero a los mecanismos de protección propios por parte del Ministerio del Interior y la UNP. Ô Debe efectuarse una caracterización real que dé cuenta tanto del universo de excombatientes en proceso de reincorporación como de excombatientes privados de la libertad, y destacar cuál es el presupuesto real de inversión para la implementación de las dos salvaguardas del punto 3, Fin del Conflicto. Ô La IEANPE insta al Gobierno Nacional a convocar inmediatamente a la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, que debe encabezar el Presidente de la República, con asistencia indelegable de todos los integrantes, según lo establece el Decreto Ley 154 de 2017, a fin de formular la política y el plan de acción, hacerle seguimiento mensual, contribuir a la coordinación interinstitucional e interagencial del Estado, hacer recomendaciones e informar a la sociedad civil sobre los avances en el cumplimiento de las 16 funciones previstas en el artículo 3º de dicha norma. Ô Se recomienda que, con presencia indelegable de los miembros de la CNGS, en las próximas reuniones correspondientes a los próximos meses del año 2021, se hagan los ajustes necesarios para responder a la grave situación de los excombatientes étnicos en proceso de reincorporación, así como a las situaciones críticas de agresión a líderes, comunidades y Pueblos Étnicos. Además, que se revisen los procedimientos de respuesta a las alertas tempranas y se hagan recomendaciones para fortalecer con programas y recursos suficientes los planes de sustitución de cultivos de economía ilícita. Ô La IEANPE debe tener un espacio permanente de diálogo con el Espacio Nacional de Consulta Previa como órgano donde se adelanta la consulta de medida administrativa y legislativa para las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Palenqueras y Raizales, máxime cuando en la actualidad la ARN dio apertura al diálogo con el Ministerio del Interior para reunirse con los delegados del Espacio Nacional de Consulta Previa, a fin de concertar el documento de armonización para excombatientes negros. Ô La IEANPE insta al Gobierno Nacional, representado en la Alta Consejería para la Estabilización y la
Consolidación, el ICBF, la UARIV, la ARN y el Ministerio del Interior, a conformar una mesa de diálogo inmediato, a fin de dar cumplimiento a la Directiva Presidencial 03 de 2017 sobre el proceso de reincorporación de los excombatientes de las FARC-EP y 03 de 2018 para la atención a los menores de edad étnicos que salieron de los campamentos de este grupo.