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3.2 Análisis y hallazgos de la IEANPE
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3.2 Análisis y hallazgos de la IEANPE
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Es importante resaltar que, en reiteradas ocasiones, la IEANPE ha manifestado, a través de oficio escrito y de forma verbal, a la Consejería y las entidades de Gobierno Nacional responsables de la implementación de los indicadores y el Capítulo Étnico, así como al Instituto Kroc y demás instancias y mecanismos que hacen seguimiento a la implementación del AFP, nuestra disposición para construir conjuntamente estrategias de seguimiento y verificación. Así mismo, hemos mostrado interés en aportar a la construcción de políticas, planes, programas y proyectos que afecten la implementación del enfoque transversal étnico y el Capítulo Étnico, tal como lo expresa el AFP (Mesa de Conversaciones, 2018): “La instancia tendrá las funciones de actuar como consultora, representante e interlocutora de primer orden de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI)” (p. 209). Así pues, hemos sido enfáticos en que no nos interesa actuar como simples validadores de las propuestas e iniciativas de la institucionalidad sin la participación de los pueblos. Los reportes presentados por las diferentes entidades en los tres informes (CPEC, 2020a, 2020b y 2021) producidos a la fecha dejan en evidencia que el Gobierno Nacional no se toma en serio la implementación de los indicadores étnicos, ya que no mide el resarcimiento y las garantías de derechos, sino el cumplimiento de metas que fácilmente se llenan con listas de asistencia. Se evidencia también que el Gobierno Nacional desconoce a la IEANPE y a la CSIVI como espacios de interlocución válidos, debido a que sigue adoptando un enfoque unidimensional para el cumplimiento de compromisos que en algunos casos deberían ser bilaterales y en todos deberían involucrar a la CSIVI. Por ejemplo, en el primer informe presentado por la Consejería (2020a), MinTIC reportó sin avance y con solicitud de ajuste de fecha a los indicadores B.E.5, B.E.6, B.E.8, B.E.9, B.E.10 y B.E.11. Sin embargo, para el segundo informe (2020b), y después de un espacio de diálogo donde la IEANPE expuso por qué las fechas de implementación no se podían modificar en ese espacio virtual de diálogo ni de forma unilateral por la entidad, estos fueron reportados como parcialmente implementados y con las fechas ajustadas. Lo mismo ocurrió con algunos indicadores a los que se les cambió el nombre de forma unilateral. Esto ocurrió a pesar de que insistimos en que el cambio de fecha y nombre no era posible porque, por un lado, retrasaba el calendario de cumplimiento de los indicadores y le quitaba responsabilidad al Gobierno Duque sobre la agenda de implementación en su periodo y, por el otro, y en esto hemos sido reiterativos, ni la IEANPE ni el Gobierno Nacional pueden modificar en sesiones técnicas y virtuales lo que se concertó de forma ampliada y con debates políticos en el PMI étnico construido en 2017. Esto resulta en una vulneración de los derechos de los Pueblos Étnicos que se quieren reparar. En el ejercicio de contraste entre el primer (CPEC, 2020a) y el segundo informe (2020b) se hace evidente una modificación en los indicadores y en los reportes, no como resultado de lo avanzado, sino como estrategia para adecuarlos a las agendas y la misionalidad propias de las entidades, así como para evitar dar respuesta al primer cuestionario enviado por la IEANPE en el segundo semestre del 2020. Esto genera un gran malestar con relación a la confianza que se debe establecer en aras de un diálogo constructivo entre las entidades y la IEANPE.
Se evidencia, además, un lento progreso en la adecuación normativa necesaria y urgente para avanzar hacia la paz; aún no se registran avances en la presentación de proyectos de ley fundamentales como la Ley de garantías y promoción de la participación ciudadana, la Reforma al sistema político electoral, ni en cuanto a los ajustes normativos para el fortalecimiento de la planeación ciudadana a cargo del DNP.
El informe del Instituto Kroc (2021) evidencia las dificultades que tuvo el Gobierno Nacional para la protocolizar la mayoría de las iniciativas presentadas en el marco del fast track. Por parte de las autoridades étnicas, de 30 iniciativas legislativas, solo 11 fueron aprobadas; de 35 decretos con fuerza de ley, cinco fueron consultados y protocolizados ante la MPC, y una norma fue consultada ante el Espacio Nacional de Consulta Previa de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. Destaca también el informe que “ningún avance normativo fue protocolizado ante las entidades responsables de las normas que se consideraban esenciales para la implementación del Acuerdo Final” (p. 25). Es lamentable observar el escaso esfuerzo del Gobierno Nacional para agilizar la implementación de los pilares y las estrategias del punto 2, ad portas de las elecciones para el 2022 y ante el momento político que vive el país, pues la violencia contra defensores y defensoras de derechos humanos, muchos de estos pertenecientes a Pueblos Étnicos, ha aumentado exponencialmente, como ya se evidenció. Por esto nos preocupa sobremanera que el SISEP y sus diferentes mecanismos no estén funcionando como debieran a estas alturas y más si se tiene en cuenta que la Contraloría (2020) manifestó que “aún no ha habido un proceso de ejecución de recursos por parte del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE)” (p. 69) para este propósito. Esto obstaculiza evidentemente el cumplimiento del punto 2, así como la protección de la vida y la integridad de los líderes y lideresas indígenas y negros en todo el territorio nacional. Los Pueblos Étnicos vimos en el AFP una oportunidad para que muchos de nuestros derechos en materia de participación política fueran garantizados, pero el poco o nulo compromiso mostrado por el Gobierno Nacional ha generado la pérdida de confianza de las comunidades en la implementación. Esto puede traer como consecuencia que se acentúe la baja participación de nuestros pueblos en los comicios, como en ocasiones pasadas, y, por tanto, no logremos la representación necesaria en los órganos de elección popular, desde donde se pueda impulsar y defender nuestros derechos. Sobre esto, el informe de la Secretaría Técnica del Componente Internacional de Verificación (2020) del AFP advierte que, pese a que el punto 2 del AF busca ampliar la democracia y la participación, especialmente para la población más vulnerable, estos comicios (octubre 2019) evidencian, de nuevo, un problema de accesibilidad para poder ejercer el derecho al voto: los habitantes de cerca de 360 municipios tienen dificultades de acceso a los puestos de votación, especialmente en regiones como el Amazonas, Pacífico, y periferia antioqueña, en municipios con alto riesgo que coinciden con territorios de resguardos indígenas y consejos comunitarios, en un 65 % y 43 % respectivamente. Estos territorios tienen en común que son zonas con dificultades en vías de acceso, ya que, en gran número de casos, solo se puede llegar a través de transporte fluvial o aéreo. Además, tienen presencia de grupos armados que pueden ejercer violencia en las elecciones. (p. 70) Estas, justamente, son las desventajas históricas que la reforma al sistema político y electoral debe subsanar, las cuales tienen que ver, por una parte, con las dificultades que atraviesan los territorios y, por otra, con la normativa electoral vigente, pues no se corresponde con la realidad de los pueblos y los territorios. El Instituto Kroc (2021) resalta que, pese a las dificultades en la estrategia territorial para la recolección de información, “en el proceso […] se realizaron entrevistas a fuentes primarias y se consultaron fuentes secundarias a nivel territorial y nacional” (p. 17). Por tanto, sería provechoso que el Instituto periódicamente comparta con nosotros las debilidades en la implementación identificadas a partir de su instrumento de análisis, de tal forma que pueda coadyuvar al mandato de seguimiento de la IEANPE al cumplimiento del Acuerdo. Vemos con preocupación la ausencia de diálogo de la STCIV con organizaciones representativas de los Pueblos Étnicos en la estrategia de recolección de información que permita su análisis integral. La IEANPE y la Secretaría Técnica fueron creadas dentro del capítulo 6 de verificación del AFP para hacer seguimiento a la 93