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SISTEMAS ELECTRÓNICOS DE SEGUIMIENTO DE BUQUES PESQUEROS

Manuel Correia -FUNDATUN- 23 de Diciembre de 2020

En la actualidad, los sistemas electrónicos de seguimiento de buques pesqueros se han convertido en una herramienta fundamental en la ordenación pesquera, para controlar el cumplimiento de vedas de zonas y temporadas, así como la lucha global contra la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada (Pesca INDNR), que representa un volumen de productos marinos de varios miles de millones de dólares (US)/año.

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Las bases jurídicas para la implantación de estos sistemas se originan en la década de los 80, con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Luego en 1995, el Acuerdo de la Organización de las Naciones Unidas sobre Poblaciones de Peces indicó específicamente que los países desarrollaran políticas para exigir e implementar sistemas de seguimiento y que, a la vez, tuvieran en cuenta los acuerdos subregionales, regionales y globales. En la actualidad, la mayoría de las Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera (OROP’s) exigen que los buques autorizados a pescar dentro sus aguas estén equipados con algún sistema electrónico de seguimiento.

Hay dos tipos generales de sistemas de seguimiento de embarcaciones: transmisores y registradores. Los transmisores utilizan el seguimiento satelital para transmitir continuamente las ubicaciones de los buques. El Sistema de Identificación Automática (AIS, por sus siglas en inglés) y el Sistema de Monitoreo de Embarcaciones (VMS, por sus siglas en inglés) son ambos transmisores. Los registradores, capturan y asientan la ubicación, y la transmiten más tarde. Los AIS permiten la comunicación unidireccional entre los buques y los receptores satelitales o terrestres, mientras que VMS permite la comunicación de dos vías.

La otra diferencia clave entre AIS y VMS está en la resolución temporal para la ubicación en imágenes: los VMS están configurados para transmitir ubicaciones a intervalos constantes entre 10 minutos y unas pocas horas, dependiendo del sistema; mientras que los AIS transmite cada pocos segundos, pero el número de posiciones recibidas varía según la recepción satelital. Según el derecho internacional, el uso de AIS es obligatorio para los buques que superan un cierto tamaño; siendo diseñado como herramienta para evitar colisiones entre buques y ha de estar disponible públicamente. Los requisitos de los VMS son más de nivel nacional, sus datos han sido tradicionalmente propiedad de los gobiernos nacionales y se ha utilizado generalmente para rastrear embarcaciones autorizadas a pescar dentro de la Zona Económica Exclusiva (ZEE), donde algunas de esas pueden ser de bandera extranjera, y para monitorear sus flotas de aguas lejanas.

Ambos sistemas de rastreo de buques son utilizados por la Global Fishing Watch (organización de vigilancia global de la pesca), la cual es producto de la alianza entre Oceana, Google y Skytruth. Su programa de transparencia es una plataforma en línea y gratuita que muestra la actividad de la pesca comercial a nivel mundial de los países comprometidos con una mayor transparencia en la pesca. Los ciudadanos, gobiernos, empresas y organizaciones pueden seguir las actividades de las embarcaciones y recabar información desde sus propios dispositivos por internet.

Por ser AIS un sistema abierto sin encriptación, los mensajes de posición enviados por los buques pueden ser manipulados, intencionalmente o por fallas en la señal. Cuando esto ocurre, un barco puede aparecer en un mapa en una ubicación diferente a la que realmente está, a esto se llama suplantación de identidad o “spoofing”. Debe considerarse cuidadosamente cualquier actividad pesquera inusual para reducir el riesgo de interpretación errónea de los datos; afortunadamente esto ocurre en un porcentaje muy pequeño de transmisiones. En esos casos, las posiciones corruptas y/o falsas se verán en el mapa porque están siendo transmitidas por un barco y pueden informar sobre un problema de transmisión de AIS o un posible evento de “spoofing”, que luego puede investigarse más a fondo.

Hay otras tecnologías de detecciones satelitales que permiten generar instantáneas que indican donde pueden estar las embarcaciones, incluso si no pueden ser rastreadas o identificadas. Estas tecnologías son: Imágenes ópticas, Conjunto de Radiómetros de Imágenes Infrarrojas Visibles (VIIRS) y Radar de Apertura Sintética (SAR). Las imágenes ópticas permiten contar buques presentes en el mar, en días libres de nubes. En la actualidad, las zonas costeras son fotografiadas frecuentemente por sistemas ópticos de resolución media. El satélite VIIRS utiliza sensores ópticos altamente sensibles para detectar luces por la noche, lo que permite identificar buques que utilizan la luz para atraer su pesca, como la mayoría de los buques industriales de calamar y algunos tipos de barcos con red de cerco. El SAR utiliza tecnología de radar para identificar la presencia de embarcaciones y tiene la ventaja de que no está limitada por las nubes.

RECONSIDERACIÓN HISTÓRICA DE LOS VMS POR LA CIAT

Durante la 66ª Reunión de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) se consideraron las recomendaciones del Grupo de Trabajo Permanente sobre el Cumplimiento, donde las Partes pidieron al Director investigar el potencial de los VMS para los países miembros y presentar un análisis para la consideración de La Comisión. El potencial de estos sistemas para la investigación ya había sido discutido en la 1ª Reunión del Grupo de Trabajo Científico en 2000 y en otras reuniones de La Comisión; particularmente fue tratado en relación con el cumplimiento de las medidas de ordenación y conservación en la 3ª Reunión del Grupo de Trabajo Permanente sobre el Cumplimiento y la 69ª Reunión de la CIAT en 2002. De igual manera, se discutió también sobre los VMS en la 25ª sesión del Comité de Pesca de FAO, en febrero de 2003, en torno al tema de la mejora de la eficacia del seguimiento, control y vigilancia de los buques pesqueros. Sin embargo, los comisionados de la Convención de Antigua no introdujeron referencia alguna al uso de VMS en sus textos sino hasta 2004, cuando se aprobó la Resolución C-04-06; sobre el establecimiento de un sistema de seguimiento de buques (VMS). Dicha resolución señalaba que “cada Parte con buques atuneros de 24 metros o más de eslora pescando en el Océano Pacífico oriental y capturando especies para las cuales la Comisión haya establecido medidas de conservación y ordenación establecería, antes del 1 de enero de 2005, o a la mayor brevedad posterior posible, un sistema de seguimiento de buques (VMS) satelital; excepto que se considerará que una Parte que ya tenga un programa de este tipo en vigor ha cumplido este requisito” .

La Resolución C-04-06 fue enmendada en junio de 2014, dando cabida a la Resolución C-14-02; principalmente para hacer obligatorio la utilización de VMS en todos los buques pesqueros comerciales, de 24 o más metros de eslora, que operen en el Océano Pacífico Oriental (OPO) capturando atunes y especies afines antes del 1 de enero de 2016. Asimismo, en esa resolución (aún vigente) se establece que “cada CPC proveerá al Director, antes del 31 de mayo de 2017, un informe de los avances en la instrumentación de su VMS compatible con esta resolución. La Comisión discutirá la mejor forma de proceder con la consideración futura de VMS para apoyar su programa de conservación y ordenación en su reunión anual en 2017, incluyendo el posible desarrollo de un esquema de VMS independiente de la CIAT”.

USO DE VMS PARA LA GESTIÓN DE LOS DISPOSITIVOS CONCENTRADORES DE PECES (DCP´S) EN LAS OROP´S

Actualmente no se ha llegado a un consenso en algunos temas críticos por definir, como lo sería esclarecer la propiedad de los Dispositivos Concentradores de Peces (DCP´s); mejor conocidos como “plantados”. En general, podría sugerirse una definición de “propietario de un DCP” como la persona o empresa que despliega el DCP, con una boya satelital adjunta, y captura los peces agregados. Pero estas responsabilidades a menudo se delegan a los administradores de flotas, operadores de buques o capitanes. El volumen de plantados en el océano y la piratería complican las definiciones de propiedad. Dicha definición debería abarcar inclusive a los proveedores de comunicaciones por satélite.

Con registros de plantados en vigor, las OROP’s podrían aprobar resoluciones que requieran que los buques operen solo en sus propios DCP’s autorizados y registrados. Los plantados sin propiedad claramente establecida o que no han sido debidamente registrados se considerarían plantados INDNR y los buques que operen en estos se arriesgarían a ser incluidos en la Lista de Buques INDNR de la OROP; con las consecuencias de mercado asociadas. Esto eliminaría la piratería de plantados y serviría como un poderoso incentivo para que los propietarios de buques atuneros reconozcan la propiedad, registren sus plantados y asuman la responsabilidad.

Las OROP’s podrían beneficiarse, al conseguir un sistema eficaz de Seguimiento, Control y Vigilancia (SCV) conjuntamente con un programa de observadores obligatorio (tanto de seguimiento humano como electrónico) en cada barco pesquero. A efectos de una ejecución ideal, si los propietarios de plantados registrados y los proveedores de servicios estuvieran obligados a proporcionar a las OROP’s datos en tiempo real sobre la ubicación de cada DCP y acceso a los datos del VMS, el ordenamiento sería más efectivo. Este proceso se llevaría a cabo bajo una estructura de estricta confidencialidad.

Hasta ahora, ha sido imposible responsabilizar tanto a propietarios de plantados como proveedores de servicios por el uso y los impactos causados por estos; desde el momento en que el plantado con boya satélite adjunta se despliega en el océano hasta el momento en que se retira físicamente. Esto incluiría la responsabilidad por plantados abandonados que son “pesca fantasma” o dañan hábitats, playas u otros hábitats sensibles (Gomez y col. 2020).

Por otra parte, las OROP’s podrían establecer criterios para limitar eventos, como ingreso o salida de una zona jurisdiccional de pesca. La tecnología actual disponible que podría rastrear los movimientos de los DCP y los barcos en tiempo real a medida que pasan a través de las Zonas Económicas Exclusivas, Áreas Marinas Protegidas o áreas cerradas. Los datos de los DCP y VMS recopilados para el SCV, también podrían ayudar para fines de trazabilidad del mercado.

La tecnología está disponible y, usando inteligencia artificial, se pueden procesar grandes cantidades de datos. Se pueden generar informes automáticamente cuando se produce una anomalía, incluso hasta el punto de identificar una embarcación colocada sobre un plantado que no es el suyo. Esta tecnología podría combinarse con datos del observador a bordo (monitor humano y/o electrónico).

LECTURA RECOMENDADA

GOMEZ G., S. FARQUHAR, H. BELL, E. LASCHEVER Y S. HALL. (2020) The IUU Nature of FADs: Implications

Management, 48:6, 534-558, DOI: 10.1080/08920753.2020.1845585 for Tuna Management and Markets, Coastal

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