Vigilancia Publicitaria Consumidores _ Resumen

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Resumen

VIGILANCIA DISCRIMINA

Y VULNERA

INTRODUCCIÓN

Toda empresa quiere que sus anuncios lleguen a quienes tienen más probabilidades de comprar, basándose en lo que se ha buscado, visto o adquirido y – en tiempos de Inteligencia Artificial (IA) – lo que se pregunta a nuestro agente “de confianza”. Para lograrlo, las plataformas tecnológicas y la industria de publicidad recopilan y analizan datos de millones de personas, siguiendo cada clic, cada visita que hacemos en línea y cada interacción con la IA. Esa información no se queda donde se entregó: las empresas la guardan, la comparten con terceros y la usan para construir anuncios que se ajusten a los gustos y estado emocional de las personas consumidoras.

La gran mayoría de las personas consumidoras —especialmente los grupos más vulnerables— están alejadas de la discusión sobre su derecho a la privacidad.1 En la práctica, proteger los datos personales es un privilegio para quienes cuentan con el conocimiento, el tiempo y el dinero para entender y ejercer dicho derecho. El resto no tiene otra opción más que pulsar el botón de “aceptar” y, en el mejor de los casos, resignarse a recibir montones de anuncios; en el peor, enfrentarse al robo de sus datos, con riesgos para su economía y su dignidad.

La publicidad personalizada, basada en vigilancia digital e IA, es invasiva y opaca: recopila información sin que lo notemos y limita nuestra capacidad de proteger la

privacidad. Puede ser discriminatoria al usar datos sensibles —como orientación sexual, estado emocional o ingresos— para decidir qué mostrar u ocultar, amplificando desigualdades por lo que incluye y omite. Además, se vuelve agresiva al dirigir anuncios en momentos de vulnerabilidad, favoreciendo estafas y decisiones impulsivas como adquirir productos inseguros, aceptar créditos abusivos o revelar datos bancarios, convirtiéndose en un riesgo para las y los consumidores y su seguridad.

En México, la ley, las autoridades y la sociedad civil aún no han respondido de manera suficiente al reto que plantea la vigilancia publicitaria para la protección de los derechos de las personas consumidoras.

1 Jonas Breuer, Rob Heyman, and Rosamunde van Brakel, “Data Protection as Privilege—Factors to Increase Meaning of GDPR in Vulnerable Groups,” Agosto 10, 2022, https://doi.org/10.3389/frsc.2022.977623.

En México, más allá de la reforma del 2025 que suprimió al organismo autónomo encargado de proteger los datos personales2, el extinto Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) no revisó el cumplimiento de las plataformas tecnológicas (Google, Meta, TikTok). Tampoco lo han hecho, las fiscalías, la Suprema Corte de Justicia de la Nación o las organizaciones civiles.

En contraste, en otros países de América (Argentina, Estados Unidos, Brasil, Canadá, Chile), en Europa (Alemania, Bélgica, Francia, Reino Unido, Noruega, Países Bajos) y Asia (Corea e India), tanto las autoridades como la sociedad civil llevan varios años publicitaria y han emprendido investigaciones, acciones legales y sanciones contra dichas empresas. En estos países, la lucha ha culminado en el fortalecimiento de los marcos regulatorios y, sobre todo, en la formación de una ciudadanía más consciente sobre sus derechos a la privacidad y del valor estratégico que representa la protección de sus datos personales para su seguridad y autonomía.

En México, la filtración y uso indebido de datos personales, la discriminación de oferta de productos y precios y la manipulación emocional ejercida por las grandes tecnológicas para influir en nuestras decisiones de consumo ocurren fuera del debate público, sin que la mayoría de las personas pueda comprender su alcance y, mucho menos, exigir una reparación cuando se producen daños.

Ya es tiempo de que México abra el debate sobre la vigilancia publicitaria: comprenderla, discutirla y actuar para desarrollar una industria que respete el derecho a la privacidad y al consumo digital libre e informado, especialmente para proteger a niñas, niños y adolescentes.

Las grandes tecnológicas insisten en que protegen nuestros datos y que siempre solicitan nuestro consentimiento, pero ¿cómo creerles, si ya han demostrado lo contrario? En el pasado ya compartieron nuestra información con terceros, vulnerando nuestra confianza.

2 “Ley Federal de Protección de Datos Personales En Posesión de Los Particulares,” Diario Oficial de la Federación, Marzo 20, 2025, https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPD PPP.pdf.

2018 – Cambridge Analytica:

Facebook (hoy Meta) permitió que la consultora Cambridge Analytica accediera a datos personales de hasta 87 millones de usuarios sin consentimiento informado, para publicidad política segmentada.3

2015-2018 – Filtración en Google+:

La vulnerabilidad, que existió entre 2015 y marzo de 2018, expuso la información personal de aproximadamente 500,000 usuarios, incluyendo nombres, fechas de nacimiento, género, fotos de perfil, lugares de residencia, ocupación e información laboral.6

2021-2025 – Flo App:

Meta y Google fueron demandadas por recolectar datos sensibles (menstruales, embarazos y salud mental) sin el consentimiento de las usuarias de la app de ciclo menstrual. Un jurado en California determinó que Meta es culpable de infringir la ley estatal de invasión de privacidad entre 2016 y 2019.4

2014 – Rodríguez contra Google:

Una modelo argentina demandó a Google y a Yahoo, solicitando eliminar los enlaces que aparecían en los resultados de búsqueda de su nombre, ya que estos la vinculaban con sitios web de contenido erótico y pornográfico que utilizaban su nombre e imágenes sin su consentimiento.7

2023 – Menores en TikTok, lo contrario a sus políticas de privacidad:

La Oficina del Comisionado de Información del Reino Unido (ICO) determinó que TikTok procesó ilegalmente los datos personales de hasta 1.4 millones de niños menores de 13 años sin el consentimiento de sus padres. La investigación concluyó que TikTok no hizo lo suficiente para verificar la edad de los usuarios ni para proteger adecuadamente la privacidad infantil.9

2022 – Captura de datos biométricos:

En febrero del 2022, el Fiscal General de

2019- Recolección de datos de infantes en YouTube

2025 – Datos de TikTok en China:

La Comisión de Protección de Datos de Irlanda (DPC) le ordenó tomar medidas correctivas por la transferencia de datos de usuarios del Espacio Económico Europeo a China.10

Meta Google TikTok
Tabla 1. Filtraciones y mal uso de datos por parte de las plataformas tecnológicas.

Texas demandó a Meta por recolectar datos biométricos (como reconocimiento facial) sin consentimiento, violando leyes estatales.5

Google y YouTube pagaron 170 millones de dólares por violar la Ley de Protección de la Privacidad Infantil en Línea (COPPA, por sus siglas en inglés). La multa se debe a que la plataforma de videos recopiló información personal de menores de edad sin consentimiento de sus padres, a través de identificadores persistentes (como cookies), y usó estos datos para entregar publicidad dirigida.6

Este documento es el resumen de un estudio amplio realizado por Tec-Check Organización de Consumidores en Línea A.C., con el apoyo de El Poder del Consumidor, que analiza de forma integral la vigilancia publicitaria en México, sus riesgos y sus impactos en la privacidad y los derechos de las personas consumidoras.

3 “Facebook–Cambridge Analytica Data Scandal,” Julio 12, 2025, https://en.wikipedia.org/wiki/Facebook%E2%80%93Cambridge _Analytica_data_scandal.

4 Jonathan Vanian, “California Jury Rules Meta Violated Privacy Law in Case Involving Period-Tracking App,” Agosto 7, 2025, https://www.cnbc.com/2025/08/07/jury-rules-meta-violated-law-in-period-tracking-app-data-case.html.

5 “Attorney General Ken Paxton Secures $1.4 Billion Settlement with Meta Over Its Unauthorized Capture of Personal Biometric Data In Largest Settlement Ever Obtained From An Action Brought By A Single State | Office of the Attorney General,” Julio 30, 2024, https://www.texasattorneygeneral.gov/news/releases/attorney-general-ken-paxton-secures-14-billion-settlement-meta-over -its-unauthorized-capture.

6 Lily Hay Newman, “A New Google+ Blunder Exposed Data From 52.5 Million Users,” consultado el Agosto 10, 2025, https://www.wired.com/story/google-plus-bug-52-million-users-data-exposed/.

7 “Rodríguez v. Google and Another,” Open Society Justice Initiative, Octubre 28, 2014, https://www.justiceinitiative.org/litigation /rodr-guez-v-google-and-another.

8 “Google and YouTube Will Pay Record $170 Million for Alleged Violations of Children’s Privacy Law,” Septiembre 3, 2019, https://www.ftc.gov/news-events/news/press-releases/2019/09/google-youtube-will-pay-record-170-million-alleged-violat ions-childrens-privacy-law.

9 “ICO Fines TikTok £12.7 Million for Misusing Children’s Data,” Julio 8, 2025, https://ico.org.uk/about-the-ico/media-centre/ news-and-blogs/2023/04/ico-fines-tiktok-127-million-for-misusing-children-s-data/.

10 ”Multa a TikTok Por Albergar Datos de Europeos En China – DW – 02/05/2025,” consultado el Agosto 10, 2025, https://www.dw.com/es/europa-multa-a-tiktok-por-albergar-datos-personales-de-europeos-en-china/a-72418222.

Es necesario abrir un debate urgente que haga visible la magnitud del problema y ponga sobre la mesa propuestas concretas para fortalecer la protección de derechos en la economía digital. El objetivo es que las personas consumidoras dejen de ser meras espectadoras de las prácticas que las plataformas digitales realizan con sus datos personales y, en cambio, ejerzan activamente sus derechos: a decidir, exigir transparencia y explicabilidad, y a demandar rendición de cuentas y reparación cuando los datos son vulnerados.

Del clic al anuncio: ¿cómo la vigilancia publicitaria impacta tus derechos de consumo en la economía digital?

La vigilancia publicitaria es un modelo de negocio que recolecta, analiza y comercializa datos personales para crear y difundir campañas publicitarias perfiladas.11 Esta práctica implica un seguimiento continuo de los hábitos digitales de las y los consumidores.12

Este seguimiento se realiza mediante una gran diversidad de tecnologías, especialmente aquellas conocidas como rastreadores.

Los nombres típicos que toman los rastreadores son cookies (pequeños archivos que se guardan en el navegador y permiten a empresas externas seguir la navegación por diferentes sitios y aplicaciones a lo largo del tiempo), píxeles de seguimiento (imágenes

invisibles en una página web o correo electrónico que permiten saber si abriste o interactuaste con cierto contenido) o identificadores de dispositivos (números únicos asignados a computadora, celular o tableta).13

Este rastreo no solo lo realiza el proveedor del sitio o la app, sino también terceros, como redes publicitarias o intermediarios de datos (data brokers). Con esta información, se personaliza la publicidad para influir en las decisiones de consumo. Agrupar a consumidores que tienen comportamientos o características parecidas permite ofrecerles anuncios y ofertas adaptadas a sus intereses.14

11 Matthew Crain, “Profit over Privacy: How Surveillance Advertising Conquered the Internet,” in University of Minnesota Press, 2021, https://doi.org/10.5749/j.ctv20zbktm.3.

12 ”Surveillance Advertising Factsheets · Consumer Federation of America,” consultado el Agosto 10, 2025, https://consumerfed.org/surveillance-advertising-factsheets/.

13 Reuben Binns et al., “Third Party Tracking in the Mobile Ecosystem,” Association for Computing Machinery, Mayoo 15, 2018, 23–31, https://doi.org/https://doi.org/10.1145/3201064.3201089.

14 Thomas Beauvisage et al., “How Online Advertising Targets Consumers: The Uses of Categories and Algorithmic Tools by Audience Planners,” n.d., https://doi.org/10.1177/14614448221146174.

La vigilancia publicitaria pone en riesgo nuestro derecho a la privacidad, a la protección de datos personales y amenaza otros derechos fundamentales. Entre ellos, se encuentran el derecho a la no discriminación15, al exponer a las personas consumidoras a tratos desiguales basados en los perfiles que construyen a partir de sus datos; el derecho a la autodeterminación informativa16, al recolectar y usar nuestros datos sin un consentimiento comprensible; y el derecho a un consumo informado17 y libre18. Por otro lado, esta práctica puede afectar la libertad expresión y opinión, al moldear los contenidos que vemos y limitar la diversidad de información a la que accedemos para desarrollar posturas políticas.19 Finalmente, compromete el acceso a la justicia, ya que es casi imposible rastrear cómo se toman las decisiones algorítmicas o reclamar daños por usos indebidos de nuestros datos, por ejemplo, en caso de suplantación de nuestra identidad.

Cuando los algoritmos nos perfilan, no solo se vulnera nuestra privacidad: también se distorsiona lo que vemos, lo que elegimos, lo que opinamos y hasta lo que creemos merecer.

15 Lex Zard and Alan M. Sears, “Targeted Advertising and Consumer Protection Law in the European Union,” Agosto 10, 2023, https://heinonline.org/HOL/LandingPage?handle=hein.jo urnals/vantl56&div=24&id=&page=.

16 Yan Li et al., “The Impact of Targeted Online Advertising’s Pushing Time on Consumers’ Browsing Intention: A Study Based on Regret Theory,” Agosto 10, 2023, https://doi.org/10.4018/JGIM.319713.

17 Paul Milgrom et al., “How Artificial Intelligence and Machine Learning Can Impact Market Design,” University of Chicago Press, n.d., http://www.nber.org/papers/w24282.

18 W. Jason Choi and Kinshuk Jerath, “Privacy and Consumer Empowerment in Online Advertising,” n.d., http://dx.doi.org/10.1561/1700000053.

19 Yan Li et al., “The Impact of Targeted Online Advertising’s Pushing Time on Consumers’ Browsing Intention: A Study Based on Regret Theory,” Agosto 10, 2023, https://doi.org/10.4018/JGIM.319713.

la Publicidad te Perfila, Discrimina y Vulnera.

45 años de datos históricos sobre correo electrónico, celular, residencia, lugares frecuentados, compras, historial crediticio, contenido consumido.

Edad Género

Educación

Empleo

Opiniones políticas

Estado civil

Número de hijos

Compras

Actividades

Fuentes de opinión consultadas

Préstamos

Patrimonio neto

Vehículos propios

Propiedades propias

Detalles sobre banca $ y pólizas de seguro

Rango de nuevo crédito otorgado

El número de compras realizadas con tarjeta de crédito o débito en los últimos 24 meses

Estatus socioeconómico

Estabilidad económica

Religión

Estado de salud y enfermedades

Practica la religión católica

Judío

Musulmán

Con problemas de sobrepeso

Ciclos menstruales regulares

Toma antidepresivos

Consume alcohol y no fuma

Ha utilizado aplicaciones de apuestas

Sea un usuario frecuente de Facebook

Probabilidad de que alguien:

Sea un influencer social

Esté socialmente influenciado

No tenga relaciones bancarias formales No tenga seguro médico

Detalles sobre su casa, por ejemplo, número de habitaciones

Tipo de vivienda

Multifamiliar Casa Departamento

Probabilidad de que alguien en el hogar de una persona:

Este planeando tener un bebé Este planeando adoptar un niño en abril

Tenga problemas de fecundidad

Fuente: Elaboración propia. Figura 1: Un perfil construido a partir de la vigilancia.

PERFIL ACXIOM

Cuadro 1.

Vigilancia para cobrarte más

Imagina que pagas más por un viaje en una aplicación de transporte solo porque tu celular está a punto de apagarse. Sin que lo sepas, la app detecta ese nivel de batería como una señal de urgencia y te muestra un precio más alto. Esta es una forma de "vigilancia", en la que tu vulnerabilidad se convierte en oportunidad de negocio.

El estado de California en Estados Unidos está considerando una legislación pionera (Senate Bill 259), impulsada por la senadora Aisha Wahab, para prohibir el uso de tecnologías de vigilancia y algoritmos de IA en el ajuste de precios en tiempo real, según los datos recopilados desde los dispositivos de las personas consumidoras (como nivel de batería, apps instaladas o ubicación).20

Como respuesta a esta iniciativa, Uber negó que establezca precios según el tipo de pago o historial del usuario, incluyendo el uso de tarjetas de regalo. Aseguró que los precios se basan únicamente en factores como demanda, tiempo estimado, distancia, condiciones de tráfico y disponibilidad de conductores. 21

La personalización o discriminación de precios—término utilizado en el campo de la economía—, ocurre cuando las empresas cobran precios diferentes por el mismo producto o servicio. Esto ha sido un tema de estudio bastante abordado por la ciencia económica. Aunque siempre ha existido, con la digitalización de los mercados se ha vuelto mucho más común y masiva, lo que indica una oportunidad regulatoria.

Datos de menores explotados comercialmente

Preocupa que a las infancias se les trate como consumidores adultos desde edad temprana. Las plataformas en línea, especialmente redes sociales como YouTube, Instagram o TikTok recopilan información sobre la actividad de niñas, niños y adolescentes para después utilizar estos datos en campañas de marketing agresivas.

Aunque estas plataformas tienen políticas que restringen el uso de sus servicios a menores de 13 años, estas son fácilmente evadidas.22 Por lo tanto, numerosas empresas ya tienen y usan datos de las nuevas generaciones para iniciar su perfilamiento desde la temprana edad.23 Esta práctica vulnera su privacidad y pasa por encima de la protección especial que tiene derecho la infancia, según estándares internacionales.

En las redes sociales se pueden reforzar patrones de consumo nocivos en edades

20 ”Senator Wahab Advances Bold Legislation to Protect Consumers from Unfair Pricing Practices,” Junio 20, 2025, https://sd10.senate.ca.gov/news/senator-wahab-advances-bold-legislation-protect-consumers-unfair-pricing-practices.

21 Mayooa C. Miller, “Should California Retailers Use Your Cellphone Data to Change Prices?,” Agosto 4, 2025, https://calmatters.org/politics/2025/08/california-surveillance-pricing-ban/.

22 Jeremy Engle, “What’s Your Reaction to Instagram’s Changes to Improve the Safety and the Health of Teen Users?,” The New York Times, Agosto 10, 2025, https://www.nytimes.com/2024/09/25/learning/whats-your-reaction-to-instagrams-changes-to-improve-the-safety-and-t he-health-of-teen-users.html.

23 Rachel Reed, “DOJ’s Lawsuit against TikTok Signals More Aggressive Policing of Children’s Privacy Online, Says Harvard Law Expert,” consultado el Agosto 10, 2025, https://hls.harvard.edu/today/dojs-lawsuit-against-tiktok-signals-more-aggressive-policing-of-childrens-privacy-online-sa ys-harvard-law-expert/

críticas para su desarrollo, por ejemplo, algoritmos que identifican intereses relacionados con ansiedad, imagen corporal o pertenencia social pueden dirigir publicidad de suplementos no aptos para estas edades, productos ultraprocesados, bebidas alcohólicas, cigarros electrónicos, servicios de apuestas o pornografía.24

Los sitios y apps dirigidos a menores contienen un mayor número de rastreadores.25 En 2023, una investigación que analizó más de dos millones de sitios web dirigidos a la infancia reveló cientos de casos de publicidad inapropiada, entre ellos anuncios sobre pérdida de peso, servicios de salud mental, plataformas de citas e incluso imágenes con connotaciones sexualmente sugestivas.26 Estos hallazgos exponen la falta de filtros efectivos en entornos digitales supuestamente diseñados para niñas y niños.

Con las niñas y los niños, la publicidad de productos ultraprocesados es especialmente agresiva y está utilizando cada vez más técnicas con IA. Gracias a estas técnicas, las campañas tienen un alto nivel de exposición

y participación por parte de la población infantil (millones de visualizaciones, interacciones y contenido compartido). Las marcas de ultraprocesados están identificando que esta vigilancia publicitaria, potenciada con IA, genera un aumento en la compra o consumo de los productos. Lo miden a través de ventas, redención de códigos promocionales, interacciones digitales y visitas a tiendas. Estas campañas personalizadas fortalecen el vínculo con la marca y la generación de lealtad, lo cual no sólo influye en decisiones de consumo actuales, sino que también optimiza futuras campañas mediante la recopilación de datos detallados sobre los hábitos, preferencias y comportamientos de los menores.27

En la Unión Europea, la Ley de Mercados Digitales (DMA) prohíbe expresamente a las grandes plataformas realizar publicidad personalizada a menores de edad o combinar datos de distintos servicios para ese fin.28 Esta normativa marca un precedente importante al reconocer que la infancia necesita una protección reforzada frente a la vigilancia publicitaria.

Las generaciones actuales crecen acostumbradas a ser observadas y persuadidas por el marketing intrusivo desde la infancia. Niñas, niños y adolescentes en México podrían crecer pensando que esto es normal, mientras que en otros países están aprendiendo a defender su privacidad.

24 Nancy Costello et al., “Algorithms, Addiction, and Adolescent Mental Health: An Interdisciplinary Study to Inform State-Level Policy Action to Protect Youth from the Dangers of Social Media,” Julio 10, 2023, https://pubmed.ncbi.nlm.nih.gov/38344782/.

25 Zahra Moti et al., “Targeted and Troublesome: Tracking and Advertising on Children’s Websites,” Diciembre 10, 2023, https://arxiv.org/abs/2308.04887.

26 Ibid.

27 C. Driessen et al., “Contemporary Digital Marketing Techniques Used in Unhealthy Food Campaigns Targeting Young People,” Appetite 211, no. 107989 (Julio 1, 2025), https://doi.org/https://doi.org/10.1016/j.appet.2025.107989.

28 “Ley de Servicios Digitales: Preguntas y Respuestas | Configurar El Futuro Digital de Europa,” consultado el Agosto 10, 2025, https://digital-strategy.ec.europa.eu/es/faqs/digital-services-act-questions-and-answers.

La Organización Europea de Consumidores (BEUC)29 y varios miembros del Parlamento Europeo30 se han postulado para que la protección de niñas, niños y adolescentes en línea no dependa de configuraciones manuales, sino que sea habilitada por defecto en las plataformas y aplicaciones. Esto implica, por ejemplo, desactivar por defecto la personalización de contenidos, la recopilación de datos para fines publicitarios y las funciones de geolocalización, así como evitar que los algoritmos promuevan contenido adictivo, violento o inadecuado para menores.

2

El engranaje de la publicidad personalizada

La cadena de valor de la publicidad personalizada se desarrolla en cuatro etapas. La primera etapa consiste en la obtención de datos a gran escala.31 Empresas como Google, Microsoft, Meta, TikTok, Amazon y Mercado Libre recopilan información a través de sus propios ecosistemas (navegadores, medios de comunicación, redes sociales, sistemas operativos, asistentes de voz) y mediante rastreadores como cookies y píxeles. También recolectan datos al actuar como proveedores de inicio de sesión en otros sitios web. A esta red de vigilancia se suman los data brokers (Acxiom, Oracle, Neustar, etcétera).32

Con el uso de la IA, las plataformas y aplicaciones están recolectando todos los datos que pueden desde nuestros dispositivos con

La protección infantil en las plataformas digitales no debería ser una opción escondida en la configuración: hay que tenerla activada por defecto desde el primer clic.

29 C. Driessen et al., “Contemporary Digital Marketing Techniques Used in Unhealthy Food Campaigns Targeting Young People,” Appetite 211, no. 107989 (Julio 1, 2025), https://doi.org/https://doi.org/10.1016/j.appet.2025.107989.

30 “Ley de Servicios Digitales: Preguntas y Respuestas | Configurar El Futuro Digital de Europa,” consultado el Agosto 10, 2025, https://digital-strategy.ec.europa.eu/es/faqs/digital-services-act-questions-and-answers.

31 “Better Safe Than Sorry,” consultado el Agosto 10, 2025, https://www.beuc.eu/position-papers/better-safe-sorry.

32 Sophie Dembinski, “Europe’s Final Push on the Digital Markets Act Must Include Default Settings,” Diciembre 14, 2021, https://techcrunch.com/2021/12/14/europes-final-push-on-the-digital-markets-act-must-include-default-settings/.

la justificación de que sus herramientas sean “más útiles”. Por ejemplo, el asistente virtual de Apple “Siri” solicita acceso a nuestros correos, calendario o mensajes para personalizar las respuestas que nos preparan.

Una vez recopilada la información, en la segunda etapa entra en juego la tecnología de marketing (ad tech), que analiza los datos para crear perfiles y categorías de consumidores.33 A través de algoritmos, las empresas de marketing agrupan a las personas consumidoras en microsegmentos según características como edad, intereses, historial de navegación o hábitos de compra. Con estos perfiles, las marcas dirigen mensajes específicos a audiencias seleccionadas.34

Para la tercera etapa, con los perfiles ya construidos, las campañas se ejecutan mediante sistemas de subastas en tiempo real (real-time bidding).35 Cada vez que se visita una página web o abrimos una app, el perfil que pertenece a un segmento poblacional es enviado a múltiples anunciantes que compiten, en cuestión de milisegundos, por

La cadena de valor de la industria de vigilancia publicitaria — que está bastante entramada — invisibiliza cuántas y cuáles empresas acceden a nuestros datos y por cuánto tiempo.

33 Thomas Beauvisage et al., “How Online Advertising Targets Consumers: The Uses of Categories and Algorithmic Tools by Audience Planners,” n.d., https://doi.org/10.1177/1461444822 1146174.

34 Ganesh Iyer, David Soberman, and J. Miguel Villas-Boas, “The Targeting of Advertising,” Marketing Science 24, no. 3 (2005): 461–76, https://www.jstor.org/stable/40056974.

35 Pernille Tranberg, “How Companies Collect, Combine, Analyze, Use and Trade Personal Data on Billions·Dataetisk Tænkehandletank,” DataEthics.eu, Julio 2, 2017, https://dataethics.eu/companies-collect-combine-analyze-u se-trade-personal-data-billions/

36 “Quinto Informe de Privacidad de La Información de Las Personas Usuarias En El Uso de Servicios Digitales,” Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) (Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT)), consultado el Agosto 10, 2025, https://www.ift.org.mx/sites/default/files/5to_informe_priv. pdf#page=10.34.

Aunque elimines tu cuenta, la plataforma sigue conservando tu información y no especifican por cuánto tiempo

De acuerdo con su quinto y último informe36, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) identifica que después de eliminar tu cuenta en las redes sociales y plataformas tecnológicas ocurre lo siguiente:

• Facebook, WhatsApp, Instagram, X, Telegram y TikTok eliminan tu información, pero estas plataformas conservan los datos sin especificar por cuánto tiempo.

• Uber conserva tus datos hasta por 7 años. Didi ni siquiera especifica si los eliminan.

• Amazon, Shein y Temu no especifican si borran toda la información.

En redes sociales, se exige acceso a números de teléfono, mensajes de texto, correos electrónicos y libretas de contactos, además de una licencia sobre los contenidos de la cuenta, sin que se precise la vigencia de estos derechos tras la eliminación del perfil. En las plataformas de citas, aunque se justifica la recolección de datos para personalizar y mejorar servicios, se admite el intercambio de información con terceros, redes sociales y proveedores sin especificar quiénes son. En el caso de los videojuegos, la recopilación abarca datos bancarios, suscripciones y ubicación.

El IFT destacó en su informe que, de todas las plataformas analizadas, TEMU es la que más datos recopila, incluyendo imágenes, videos, grabaciones de audio, comentarios, mensajes y otros.

Discrimina y Vulnera.
Cuadro 2.

mostrar un anuncio personalizado.37 En este proceso intervienen varias capas de intermediarios: servidores de anuncios, plataformas del lado de la demanda (DSP), plataformas del lado de la oferta (SSP) y redes de intercambio publicitario.38

Finalmente, en la cuarta etapa, los anunciantes y agencias monitorean la efectividad de las campañas. Tecnologías como el reconocimiento de usuario entre dispositivos y plataformas (cross-device tracking) permiten construir un recorrido único de cada consumidor, desde que ve un anuncio hasta que finaliza una compra.39 Así, el ciclo se reinicia.

¿Solo los consumidores con recursos pueden comprar su derecho a privacidad?

En octubre de 2023, Meta introdujo en la Unión Europea el modelo Paga o Acepta (Pay or OK), ofreciendo a las personas usuarias de Facebook e Instagram dos opciones: pagar una suscripción mensual para evitar anuncios personalizados o aceptar el consumo de sus datos a cambio del acceso “gratuito” a la plataforma. Esta política se presentó como una forma de cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) de la Unión Europea, pero ha sido duramente cuestionada por organizaciones como el Consejo Europeo de Protección de Datos (EDPB), la Organización Europea de Consumidores (BEUC)40 y la asociación civil noyb41, quienes argumentan que no ofrece una verdadera libertad de elección. En lugar de brindar una alternativa real, este modelo obliga a las personas a “consentir” bajo presión económica, violando los principios de consentimiento libre e informado que exige el GDPR.

Obligar a las personas a elegir entre pagar o entregar sus datos para acceder a contenido digital, reproduce y profundiza la desigualdad económica, transformando un derecho en una

37 Stefan Larsson, Anders Jensen-Urstad, and Fredrik Heintz, “Notified But Unaware: Third-Party Tracking Online,” Critical Analysis of Law 8, no. 1 (Abril 2, 2021), https://doi.org/https://doi.org/10.33137/cal.v8i1.36282.

38 Ibid.

39 Reuben Binns et al., “Third Party Tracking in the Mobile Ecosystem,” Mayoo 15, 2018, 23–31, https://doi.org/https://doi.org/10.1145/3201064.3201089.

40 “Consumer Groups Red Card Meta’s Latest Pay-or-Consent Policy,” consultado el Agosto 10, 2025, https://www.beuc.eu/press-releases/consumer-groups-red-card-metas-latest-pay-or-consent-policy.

41 “Noyb’s Pay or Okay Report: How Companies Make You Pay for Privacy,” consultado el Agosto 10, 2025, https://noyb.eu/en/noybs-pay-or-okay-report-how-companies-make-you-pay-privacy.

Cobrar por la privacidad—como lo hacen las plataformas que imponen el modelo Paga o Acepta —socava el principio fundamental de que el respeto a los derechos humanos no puede estar condicionado al poder adquisitivo. La privacidad es un derecho, no un lujo.

transacción económica y excluyendo a las personas consumidoras que no pueden pagar por su privacidad. Una decisión tomada bajo presión económica no puede considerarse como consentimiento libre. Aceptar el modelo Paga o Acepta abre la puerta a formas cada vez más intrusivas de vigilancia comercial, en la que las plataformas condicionan el acceso a bienes y servicios básicos—como comunicarse, informarse o aprender—al rastreo masivo y continuo de nuestra actividad digital.

Vigilancia publicitaria en la práctica

Con la llegada de la IA, la vigilancia publicitaria ya sucede también en actividades offline, incluso cuando vas al supermercado.

Walmart ha desplegado en sus tiendas un sistema sofisticado de vigilancia publicitaria que combina señalización digital e inteligencia artificial (IA) para recopilar y analizar el comportamiento de las y los consumidores en tiempo real cuando están haciendo sus compras de supermercado.42

Mediante los softwares QL y Aquaji, desarrollados por Navori Labs, la empresa monitorea variables como edad, género, tiempo de permanencia, nivel de atención y frecuencia de visita, a partir de imágenes captadas por cámaras con IA que rotan y rastrean de forma

42 “Walmart Camera AI Shares Data with Advertisers at 350 Sites | AV Magazine,” Noviembre 2, 2023, https://www.avinteractive.com/news/digital-signage-and-dooh/walmart-puts-signage-with-ai-cameras-into-350-sites-02-11-2023/. ¿Sólo

automatizada a las personas que transitan por los pasillos del supermercado.43 Esta tecnología permite que las pantallas digitales dentro de la tienda muestren anuncios personalizados dependiendo de quién las esté viendo, e incluso incluyen códigos QR para dirigir al consumidor a promociones. Toda esta información se convierte en métricas y se comparte con los socios publicitarios de Walmart.44

Amazon recopila datos a través de Alexa. Con solo decir “Oye Alexa”, el dispositivo puede reproducir música, responder preguntas, contar chistes o poner alarmas, convirtiéndose en una presencia habitual en salas, cocinas y dormitorios. Sin embargo, esa conveniencia viene acompañada de una capacidad de escucha constante: el micrófono de estos dispositivos está siempre encendido, lo que significa que graban e interpretan conversaciones incluso cuando no se les da una orden explícita.45 Además, las aplicaciones complementarias de Alexa, conocidas como Skills, ocultan o no aclaran sus prácticas de recopilación de datos.46

Los influencers actúan como recolectores de datos con enlaces de afiliado. Muchas veces, sus seguidores desconocen qué datos comparten al darle clic a esos famosos enlaces que nos ponen en las historias.47

Con la estrategia de cámaras con IA que está poniendo en marcha Walmart México, el marketing ya no solo te observa... ahora rastrea exactamente a dónde miras.

43 “AQUAJI - AI-Powered Marketing Analytics Software,” Navori Labs, Febrero 23, 2021, https://youtu.be/lTJzo1qXwOw.

44 “Aviso de Privacidad,” consultado el Agosto 10, 2025, https://www.walmartmexico.com/aviso-de-privacidad.

45 Stephen J. Neville, “Eavesmining: A Critical Audit of the Amazon Echo and Alexa Conditions of Use,” Queen’s University Library, n.d., https://doi.org/10.24908/ss.v18i3.13426.

46 Umar Iqbal et al., “Tracking, Profiling, and Ad Targeting in the Alexa Echo Smart Speaker Ecosystem,” Octubre 24, 2023, https://arxiv.org/abs/2204.10920.

47 Johanna Arnesson and Eric Carlsson, “Chapter 3. To See and Be Seen: Gynaeopticism and Platform Surveillance in Influencer Marketing,” Nordicom, University of Gothenburg, Agosto 10, 2023, https://doi.org/10.48335/9789188855732-3.

Pantalla de señalización digital en un establecimiento de Walmart.

Pantalla de señalización digital en un establecimiento de Walmart.

Cómo la Publicidad te Perfila, Discrimina y Vulnera.
Fuente: capturas de pantalla del video promocional de Aquaji, publicado en su página oficial.
Figura 2. La vigilancia publicitaria en las tiendas de Walmart.

Comparativa internacional de marcos regulatorios 4

Dar consentimiento como titulares de los datos es una de las bases legales más conocidas para el procesamiento de datos personales y sobre el cual se han construido distintos marcos normativos. Además, del consentimiento, los principios clave de las normativas de protección de datos son los siguientes48:

• Transparencia: las empresas deben ser transparentes sobre qué datos recopilan, cómo los utilizan y con quién los comparten.

• Control: las y los consumidores deben tener control sobre sus datos, incluyendo el derecho a acceder, rectificar, cancelar y oponerse a su uso (derechos ARCO).

• Seguridad: las empresas deben implementar medidas de seguridad para proteger los datos personales contra el acceso no autorizado, el uso indebido o la divulgación.

• Limitación de la finalidad: los datos solo deben recopilarse para fines específicos, explícitos y legítimos, y no deben utilizarse para fines incompatibles con esos fines.

La Unión Europea destaca por el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR)49 y la Ley de Servicios Digitales (DMA). Estados Unidos carece de una ley federal integral y su marco normativo es fragmentado y sectorial.50 Las leyes federales –por ejemplo, Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro de Salud (HIPAA), Ley de Modernización de los Servicios Financieros (GLBA), Ley de Informes de Crédito Justos (FCRA), Ley de Derechos Educativos y Privacidad Familiar (FERPA) y Ley de Protección de la Privacidad Infantil en Línea (COPPA)– regulan dominios específicos sin formar un sistema uniforme ni contar con una agencia central de protección.51 A ello se suman las regulaciones estatales, como la California Consumer Privacy Act52, que ofrecen amplias garantías en ciertos estados, pero generan desafíos de cumplimiento para empresas de alcance nacional. Brasil cuenta con la Ley General de Protección de Datos Personales (LGPD)53, inspirada en el modelo europeo. México tiene la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP)54, la cual fue reformada en marzo 2025.

48 Jane Andrew and Max Baker, “The General Data Protection Regulation in the Age of Surveillance Capitalism.,” Journal of Business Ethics 168, no. 3 (2019): 565–78, https://doi.org/http://www.jstor.org/stable/45386726.

49 “General Data Protection Regulation (GDPR) – Legal Text,” GDPR-info.eu, 2016, https://gdpr-info.eu/.

50 Moises Barrio Andres, “The Regulation of Data Protection Law in the United States: Towards an American GDPR,” Cuadernos Derecho Transnacional 14 (Agosto 10, 2022), https://heinonline.org/HOL/LandingPage?handle=hein.journals/cudetns14&div=97.

51 Itziar Sobrino García, “Protección de Datos y Privacidad. Estudio Comparado Del Concepto y Su Desarrollo Entre La Unión Europea y Estados Unidos,” Universidad Nacional de Educación a Distancia – UNED 25 (2020): 687-713., https://doi.org/https://doi.org/10.5944/rduned.25.2019.27017.

52 “California Consumer Privacy Act (CCPA),” State of California Department of Justice, Marzo 13, 2024, https://oag.ca.gov/privacy/ccpa.

53 “L13709,” consultado el Agosto 10, 2025, https://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_ato2015-2018/2018/lei/l13709.htm.

54 “Ley Federal de Protección de Datos Personales En Posesión de Los Particulares,” Diario Oficial de la Federación, Marzo 20, 2025, https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPDPPP.pdf.

Tabla 2. Análisis comparativo de los marcos legales en materia de protección de datos personales".

Aspecto GDPR (UE) LFPDPPP (México) LGPD (Brasil) CCPA/CPRA (California, EE. UU.)

Ámbito de aplicación

Entidades que traten datos de personas en la UE o dirijan bienes / servicios a la UE.

Particulares que traten datos de personas en México.

Base legal para el tratamiento

6 bases: consentimiento, contrato, obligación legal, intereses vitales, misión de interés público, interés legítimo.

Consentimiento Libre, específico, informado y explícito (opt-in); fácil de retirar.

Consentimiento (expreso o tácito) y excepciones (ley, contrato, seguridad, etc.).

Cualquier tratamiento de datos de personas en Brasil o con efectos en Brasil.

Empresas que hagan negocios en California y que cumplan ciertos umbrales de actividad económica o de manejo de datos.

Regla general; más estricto para datos sensibles (expreso y por escrito en ciertos casos).

10 bases: consentimiento, cumplimiento legal, contrato, ejercicio de derechos, protección del crédito, legítimo interés, etc.

Derechos de los titulares

Acceso, rectificación, supresión/olvido, oposición, limitación, portabilidad, no decisiones automatizadas y perfilado.

ARCO: acceso, rectificación, cancelación, oposición; revocación del consentimiento; limitación de uso/divulgación.

Inequívoco y específico; mayores exigencias para datos sensibles; fácil revocación.

No define “bases legales”; exige transparencia, límites y opt-out de venta/compartición; reglas especiales para datos sensibles.

Portabilidad de datos

Pleno y exigible entre controladores.

No reconocido como derecho autónomo general.

Acceso, corrección, anonimización/bloqu eo/eliminación, portabilidad, información sobre compartición, oposición, revisión de decisiones automatizadas.

Predomina opt-out; opt-in para menores; consentimiento para ciertos usos de datos sensibles.

Saber/acceso, eliminación, corrección, opt-out de venta/compartición, opt-out de publicidad dirigida, no discriminación, portabilidad.

Reconocido; sujeto a regulación técnica de la Agencia Nacional de Protección de Datos Personales (ANDP).

Entrega en formato portátil y de uso común al atender solicitudes.

Evaluaciones de impacto de protección de datos (EIPD)

Notificación de brechas de seguridad

Es obligatoria en alto riesgo; privacidad por diseño y por defecto.

A autoridad en ≤72 h si hay riesgo; a titulares sin demora indebida si hay alto riesgo.

No exige.

Multas y reparación

Notas:

Indemnización por daños materiales e inmateriales; multas hasta 20 M€ o 4% facturación global.

Aviso a titulares cuando afecte significativamente sus derechos; sin plazo fijo ni obligación a autoridad.

Puede ser exigido por ANPD; recomendado para alto riesgo.

No hay; CPPA está facultada para solicitar.

Daños y perjuicios vía civil; sanciones administrativas por INAI.

A ANPD y a titulares en tiempo razonable definido por la autoridad.

Sin demora indebida; requisitos de contenido y aviso a fiscalía en algunos casos.

Daños materiales y morales; multas hasta 2% ingresos en Brasil.

Derecho privado de acción solo por brechas (USD 100–750 por consumidor o daño real); multas hasta USD 7,500 por infracción intencional.

1. El Opt-out significa que el tratamiento se permite por defecto, pero la persona consumidora puede ejercer un derecho para excluirse.

2. El Opt-in requiere consentimiento afirmativo previo de los padres o tutores antes de vender o compartir su información personal.

3. DPIA es una herramienta preventiva para identificar, analizar y minimizar los riesgos que un tratamiento de datos personales puede generar para los derechos y libertades de las personas. La GDPR determina como alto riesgo cuando se trata de vigilancia publicitaria, uso de datos sensibles, perfilado de datos que tenga efectos legales.

Es momento de hablar sobre vigilancia publicitaria.

México va rezagado en relación con otros países y marcos legales. De seguir así, las personas consumidoras en México solo serán espectadores mientras que, en otros países —sobre todo del norte global—, las plataformas integran medidas para proteger la privacidad y dar mayor autonomía a la población consumidora en esos países.

Meta no permite que las personas consumidoras en México nos opongamos al uso de nuestros datos para entrenar sus modelos de IA, ¿Por qué? Porque Meta solo respeta ese derecho en los países cuya normativa la obliga a hacerlo.

Transformar una industria que no prioriza la privacidad y los derechos de las personas consumidoras hacia otra que las ponga en el centro exige investigar cómo operan las plataformas y redes sociales, exigirles transparencia y explicabilidad, frenar la publicidad abusiva, reparar los daños cuando los datos personales hayan sido expuestos y establecer límites al uso de información sensible, especialmente tratándose de niñas, niños y adolescentes.

Fuente: captura de pantalla del formulario de Meta, disponible en https://help.instagram.com /contact/994016389083433

Recomendaciones y consejos prácticos

1Realizar investigaciones a redes sociales, plataformas de comercio electrónico y asistentes de IA para evaluar su cumplimiento con las obligaciones de protección y uso de datos personales.

• Para llevar a cabo esta tarea, es necesario que la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno tenga servidores públicos capacitados en privacidad, derecho digital, protección al consumo, algoritmos, aprendizaje de máquina, ciencia de datos, ciberseguridad, redes, entre otras áreas clave.

• Fortalecer la infraestructura física de la Secretaría con laboratorios forenses y servidores para almacenar y procesar grandes volúmenes de información recolectada.

• Conformar un comité intersecretarial conformado por la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno, la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Economía, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones para cruzar información y evitar vacíos de investigación.

• Revisar el marco jurídico y considerar si es necesario reformarlo con el propósito de que faculte a las autoridades correspondientes a requerir información a las plataformas para realizar las investigaciones.

• Presentar los principales hallazgos de las investigaciones en un reporte y proponer medidas concretas para corregir las deficiencias en la protección y uso de datos personales.

• Organizar mesas de trabajo con representantes de redes sociales, plataformas digitales, integrantes de la sociedad civil y especialistas para definir, con base en los hallazgos, rutas de acción que corrijan las fallas y fortalezcan la protección de datos y el consumo libre e informado.

2

Fortalecer la transparencia y promover la explicabilidad y accesibilidad de los avisos de privacidad, especialmente en materia de cancelación y oposición.

Mapear la industria de vigilancia publicitaria y fortalecer la defensa frente a ciberdelincuentes:

4

Generar datos y campañas para concientizar a las y los consumidores sobre vigilancia publicitaria:

• Diseñar y aplicar un Índice de Transparencia y Explicabilidad de Avisos de Privacidad (ITEP) que permita evaluar de forma objetiva y comparativa, la claridad, accesibilidad y exhaustividad de la información que proporcionan las plataformas tecnológicas a las personas consumidoras sobre el tratamiento de sus datos personales.

• Implementar un Programa Nacional de Capacitación en Privacidad y Protección de Datos para MIPYMES (con certificación), y difundirlo en alianza con cámaras empresariales.

• Garantizar que influencers que recolectan información a través de sus redes sociales cuenten con avisos de privacidad visibles y accesibles.

• Determinar que influencers y cuentas de empresas en redes sociales informen de manera clara el uso de enlaces de afiliado, especificando qué datos recopilan, cómo los utilizan y con qué terceros los comparten.

• Visibilizar y conformar un padrón de las empresas clave que participan en la industria en México, incluyendo intermediarios de datos, empresas de tecnología publicitaria y anunciantes (medios, blogs, influencers, etcétera), que señale su razón social y domicilio en México.

• Que las empresas presenten los reportes que detallen el tipo de segmentación publicitaria que realizan y las fuentes de datos utilizadas.

• Fortalecer las políticas de ciberseguridad, especialmente en materia de suplantación de identidad y denuncia.

• Realizar estudios y encuestas para comprender mejor qué saben las y los consumidores en México sobre cómo las plataformas digitales controlan y utilizan sus datos, así como las implicaciones de esto en sus derechos privacidad y consumo.

• Poner en marcha campañas de concientización a la población consumidora que promuevan el ejercicio de sus derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (ARCO).

• Implementar con instituciones educativas, especialmente a nivel medio y superior, campañas sobre privacidad y derechos de consumo digital.

5

Limitar la publicidad personalizada en poblaciones vulnerables:

• Prohibir expresamente que las plataformas en línea muestren publicidad personalizada dirigida a menores.

• Impulsar con las plataformas y aplicaciones dirigidas a la infancia que las configuraciones de máxima privacidad estén habilitadas de forma predeterminada.

• Realizar un estudio sobre las consecuencias del uso de datos sensibles en la publicidad de productos o servicios que impactan la salud física, mental o financiera de las personas consumidoras. Utilizar los contenidos de dicho insumo para discutir y elaborar una norma que establezca que la publicidad no debe causar daño físico, y que esto se entienda como prohibir contenidos publicitarios que promuevan conductas riesgosas o autolesivas y aquellos mensajes que banalicen el consumo de sustancias adictivas.

6

Promover el desarrollo de herramientas independientes para inspeccionar el rastreo y los anuncios personalizados:

• Impulsar alianzas con universidades y organizaciones de la sociedad civil para desarrollar aplicaciones y extensiones de navegador que limiten e inspeccionen el comportamiento de la publicidad digital.

• Desarrollar una extensión y una aplicación que permitan a las personas consumidoras visualizar qué datos se están rastreando mientras navegan por internet, interactúan con su asistente de IA o utilizan su teléfono celular.

7

Diseñar una gobernanza de datos para la industria publicitaria:

• Discutir el reconocimiento del valor económico de los datos personales y la importancia de que las personas consumidoras tengan autonomía sobre sus datos, explorando la creación de un marco legal que defina responsables, reparación en caso de daños, así como alcances y limitaciones en la transacción, transferencia y protección de datos personales entre la industria y consumidores.

1

Navegación y bloqueo de rastreo

2

Compras y transacciones seguras

Y para las y los consumidores, compartimos los siguientes consejos prácticos para proteger sus datos personales y ejercer su derecho a un consumo informado:

• Instala una extensión en tu navegador que bloquee rastreadores de terceros y anuncios.

• Considera usar navegadores que prioricen tu privacidad.

3

Configuración de privacidad en dispositivos y aplicaciones

• No compres en sitios sin aviso de privacidad o que no tengan razón social y correo electrónico para hacer valer tus derechos de consumo y de privacidad.

• No compres mediante enlaces de afiliados de influencers; accede directamente a la tienda y busca el producto o servicio.

• Activa la opción “No rastrear” en todas las apps de tu celular.

• Elimina aplicaciones que no uses en los últimos tres meses.

• Limita el permiso de micrófono a solo las apps necesarias.

4

Prevención de fraudes y phishing

5

Gestión de cuentas y contraseñas

6

Control de datos personales y publicidad

• Ajusta la configuración de privacidad de redes sociales y desactiva geolocalización.

• Configura alertas de inicio de sesión para detectar accesos no autorizados.

• Cifra tus dispositivos y ten guardado una copia de seguridad.

• Mantén actualizados tus dispositivos y aplicaciones.

• No abras enlaces sospechosos en mensajes de texto u otros medios.

• Usa administradores de contraseñas y activa autenticación de dos factores (2FA), especialmente en tus redes sociales y correo electrónico.

• No uses autenticación de Google o Facebook para registrarte en otros sitios.

• Borra con frecuencia los historiales de conversaciones con asistentes de IA.

• No respondas formularios o encuestas sin campo para aceptar el Aviso de Privacidad. Si no se toman la molestia de incluir ese mínimo requisito, es poco probable que protejan tus datos.

• Para entender mejor cuánto saben de ti: haz valer tus derechos ARCO en alguna red social o plataforma de comercio electrónico.

• Gestiona tu preferencia de anuncios publicitarios en las redes sociales.

• En los asistentes de IA, activa la opción de que tus datos no sean utilizados para entrenar sus modelos.

Elaborado por:

Tec-Check Organización de Consumidores en Línea A.C.

Con el apoyo de: El Poder del Consumidor A.C.

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