El Nuevo Diario

Page 26

MARTES 21 DE ENERO 2020 | ELNUEVODIARIO.COM.DO | @ELNUEVODIARIORD

2B LEGAL

AViSoS LEGALES Comunicado: Cambio de fecha rifa - del Sector Externo oLA.

AVISO PARA CORRECCION DEL ESTADO CIVIL EN CERTIFICADO DE TITULO En cumplimiento de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y su Reglamento, se hace de público conocimiento que en el certificado de título matrícula No. 0100090894, Libro 3030, Folio 118, que ampara el inmueble conocido como: Designación Catastral: Solar 1-B-Ref, Manz. 2767, D.C. 01: Apartamento D-4, cuarta planta, Bloque D, con una extensión superficial de 115.00 metros cuadrados, ubicado en el Distrito Nacional, a nombre de los señores Yudelka Claribel Monegro Ferreira e Ysidro Agustín Aponte Veloz; existe un error material, en relación al Estado Civil de los propietarios, donde aparecen erróneamente como: CASADOS, cuando lo correcto es que aparezcan como: SOLTEROS. La presente publicación se realiza a los fines de hacer la corrección del Estado Civil, en el Certificado de Título que ampara el inmueble citado. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicano, a los diecisiete (17) días del mes de enero del año dos mil veinte (2020).

FC 379568

LIC. DANILO RODRIGUEZ DE LOS SANTOS, Abogado representante.

La rifa que estaba pautada para realizarse el 15 de enero del 2020 será movida de fecha para el día 14 de Febrero del 2020. Para información llamar al 829-962-5643. Agradecemos a todos los colaboradores por su dedicación. FC 379632

LIC. CARLOS JOSE ARIAS DE LA ROSA, Abogado. FC 379642

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para conocimiento público y en cumplimiento a las disposiciones del artículo 22 de la Ley No. 1306-Bis, sobre divorcio, el señor JOSÉ GABRIEL FELIZ DELGADO, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral Número 402-2386339-6, domiciliado y residente en el 3940 BRONX BOULEVARD APT 5A, BRONX, NY 10466 y accidentalmente la calle Rafael B. Zorrilla No. 31 del Sector El Retiro de esta ciudad de El Seibo, por medio de su abogado apoderado; LIC. YONI ENRIQUE RIJO GARCÍA, dominicano, mayor de edad, soltero, abogado de los tribunales de la República con Matrícula No. 31160-480-06, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 0250001204-8 con estudio profesional abierto de manera permanente en la Avenida Manuela Diez Jiménez No. 34 de esta Ciudad de El Seibo, por medio del presente aviso advierte a su legítima esposa, señora ROSEMARY DEIDA, norteamericana, mayor de edad, casada, cuyo último domicilio conocido fue en la calle Rafael B. Zorrilla No. 31 del Sector El Retiro de esta ciudad de El Seibo, que a falta de información sobre su actual domicilio, se procederá a emplazarla en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, el día 24 del mes de Enero del año 2020, a las 11:00 horas de la mañana en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de El Seibo, en su despacho del palacio de Justicia de la Primera Planta, ubicado en la Avenida Manuela Diez Jiménez No. 1, frente al Cuerpo de Bomberos de esta ciudad de El Seibo, así como en la puerta del Tribunal donde se conocerá de la demanda aludida, para que comparezca el día MARTES, que contaremos a 25 del mes de Febrero del año 2020, a las 9:00 Horas de la mañana, a la audiencia que a puerta cerrada celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo, en atribuciones civiles, ubicada en la Avenida Manuela Diez Jiménez No. 1, frente al Cuerpo de Bomberos de esta ciudad de El Seibo. En la Ciudad, Municipio y Provincia de El Seibo, República Dominicana a los 17 días del mes de Enero del año 2020.

LIC. YONI ENRIQUE RIJO GARCÍA Abogado del Demandante FC 379584

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO Para conocimiento público y en cumplimiento a las disposiciones del artículo 22 de la Ley No. 1306Bis; sobre divorcio, el señor JUAN JOSÉ PANIAGUA MARTÍNEZ, norteamericano, mayor de edad, casado, portador de pasaporte extranjero No. 113566495, con cédula de identidad y electoral No. 025-00011362, domiciliado y residente en la casa No.1 de la calle Rosa Porrata, Ensanche Palo Hincado de esta Ciudad de El Seibo, por medio de su abogada apoderada y constituida especial LICDA. NIURKA M. REYES GUZMÁN, dominicana, mayor de edad, abogada de los Tribunales de la República, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 025-0025512-6, con estudio profesional abierto de manera permanente en el No.1 de la calle Brigadier Juan Sánchez Ramírez, Ensanche Palo Hincada de esta Ciudad de El Seibo, por medio del presente aviso advierte a su legítima esposa, señora INGRIS RUIZ CUEVAS, dominicana, mayor de edad, casada portadora de la cédula de identidad electoral No. 019-0017938-1, cuyo último domicilio conocido fue en la calle Rosa Porrata, casa No. 01, del Sector Palo Hincado, de esta Ciudad de El Seíbo, que a falta de información sobre su actual domicilio, se procederá a emplazarla en divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, el día 23 del mes de Enero del año 2020, a las 11:00 horas de la mañana en la persona del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Judicial de El Seibo, en su despacho del palacio de Justicia de la Primera Planta, ubicado en la Avenida Manuela Diez Jiménez No. 1, frente al Cuerpo de Bomberos de esta ciudad de El Seibo, así como en la puerta del Tribunal donde se conocerá de la demanda aludida, para que comparezca el día 04 del mes de Febrero del año 2020, a las 9:00 Horas de la mañana, a la audiencia que a puerta cerrada celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgada de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo; en atribuciones civiles, ubicada en la Avenida Manuela Diez Jiménez No. 1, frente al Cuerpo de Bomberos de esta ciudad de El Seibo. En la Ciudad de Santa Cruz de El Seibo, República Dominicana a los 17 días del mes de Enero del año 2020.

LICDA. NIURKA M. REYES GUZMÁN Abogada del Demandante FC 379582

Alirio Reyes Reyes, Presidente.

FC 379640

PUBLICACIÓN DE DIVORCIO

PUBLICACION DE DIVORCIO De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la ley 1306 Bis se hace de conocimiento público que en fecha veintisiete (27) del mes de noviembre del año dos mil diecinueve (2019), la Sexta Sala del Tribunal de Familia del Distrito Nacional, emitió la Sentencia Civil marcada con el número 531-2019-SSEN-02947, la cual en su dispositivo dice los siguiente: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; y en cuanto al fondo DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Kelvin Alexander Pereyra Sánchez y Rosa Helivane Hemández Montero, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de divorcio, No. 53/2019, en fecha 29 del mes de agosto del 2019, por ante el Dr. Máximo Herasme Perreras, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. SEGUNDO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así mismo se hace saber que en fecha 17 de diciembre del año 2019, Juan Bautista Concordio Rojas Tabar, Oficial del Estado Civil de la Tercera (3ra.) Circunscripción Santo Domingo, Distrito Nacional, procedió a transcribir la referida SENTENCIA en el libro de divorcio No. 0000-6, Folio No. 0084, Acta No. 000739, del año 2019, así como se efectúo el pronunciamiento de dicho divorcio.

AVISO DE INCORPORACIÓN En cumplimiento con las disposiciones del artículo 5, párrafo II, de la ley 122-05 se hace de público conocimiento que mediante la resolución No. 0001-2020 de fecha 08 de enero del año 2020 El Procurador General de la Corte de Apelación de Santo Domingo le concede el beneficio de incorporación a la Confraternidad De Pastores De Mendoza, Villa Carmen, Brisas Del Eden Y Zonas Aledañas, Unidos En Cristo-Conpamenvibre.., con su domicilio en la Calle La Rosa No.15, Amanda I, Mendoza, Sto. Dgo. Este. Institución sin Fines de Lucros, tiene por objetivos facilitar toda clase de ayuda a personas necesitadas (huérfanos, viudas, madres solteras, etc ... ) proclamar la palabra de Dios y mantener la unidad entre las Iglesias, Su consejo directivo tiene una duración de un año, sus miembros fundadores y directivos, son 7: Alirio Reyes Reyes, José Antonio Valdez Morel, Ángela Florián de Coca, Francia Reyes de Delgado, Luciano Decena Martínez, Lorenzo Antonio Fernández Tejada y Yury Borges Evangelista. La duración de la Confraternidad es por tiempo indefinido. Santo Domingo Este, a los 20 días del mes de Enero del año 2020.

En cumplimiento del artículo 42 ley 1306-Bis sobre divorcios en la República Dominicana, se hace de público conocimiento que la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Departamento Judicial del Distrito Nacional dictó la Sentencia Civil No. 532-2019-SSEN-03325 de fecha 27 de diciembre del año 2019, cuyo dispositivo dice así: FALLA: PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento intentada por los señores John Peter y Myriam Zara Lang-Willar, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia: Único: Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores John Peter Hadik y Myriam Zara Lang-Willar, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convenciones y de estipulaciones de divorcio No. 039-2019, instrumentado en fecha 6 de agosto del año 2019, por ante la Dra. Carmen M. Pilarte, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos que precede. TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Fue pronunciado por ante el Oficial del Estado Civil de la Onceava Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 9 de enero del 2020, transcrito en el Libro No. 00001 de registros de divorcio, Folio No. 0017, Acta No. 000009, año 2020. En el Distrito Nacional, República Dominicana, a los dieciocho (18) del mes de enero del año 2020.

Licda. Aurelie Suzanne Marie-Paule Marin, Abogada. FC 379635

PUBLICACION DE DIVORCIO En cumplimiento del Artículo No. 42. ley No. 1306-Bis sobre Divorcios en la República Dominicana. Se hace de público conocimiento que la Sexta Sala. Cámara Civil y Comercial, Juzgado Primera Instancia. Distrito Nacional. Atribuciones de Familia, rindió la Sentencia Civil No. 531-2019-SSEN-01142, en fecha 21 de Mayo año 2019. Nic. No. 5312019-ECON-00752. Expediente No. 531-2019-ECON-00752, la cual en su parte dispositivo consagra: FALLA: PRIMERO: Declara buena y válida, en cuanto a la forma, la presente demanda en divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres, por haber sido interpuesta conforme al derecho; en cuanto al fondo declara disuelto el vinculo matrimonial existente entre los señores Mitzi Miguelina de la Altagracia Menéndez Pérez y Héctor Antonio Guzmán García, por la Causa Determinada de Incompatibilidad de Caracteres, por los motivos indicados; SEGUNDO: Ordena el pronunciamiento del divorcio por ante la Oficialía del Estado Civil correspondiente; Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma (Firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Jueza; Mirtha M. De La Cruz. Registrada en el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas de Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha 18 de Septiembre año 2019. Letra DG-A. No. 2019-21187. Pronunciada por ante La Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 2 de Diciembre año 2019, inscrito en el Libro No. 00029, Folio No. 0109, Acta No. 002883, año 2019. Publicación autorizada por la infrascrito abogada, doctora Consuelo A. Báez Moquete, abogada de la parte demandante. En Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana a los 30 Días del mes de Diciembre año 2019.

Dra. Consuelo A. Báez Moquete. FC 379374

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO Se avisa al público en general que el día 31 de enero del 2020, a las 8:00 AM, se dará inicio a la mensura para Saneamiento dentro del Distrito Catastral No. 1, del Municipio y Provincia de San José de Ocoa, a favor del SR. RAFAEL ALIRO SANTANA CASTILLO, Expediente No. 6642020000922, presentado por el AGRIM. MIQUEAS PEPEN FELIZ, CODIA 24074, Cel. 809-975-1696, e-mail miqueas_pepen@hotmail.com.

AGRIM. MIQUEAS PEPEN FELIZ, CODIA 24074.

AVISO DE MENSURA PARA SANEAMIENTO Se avisa al público en general que el día 31 de enero del 2020, a las 10:00 AM, se dará inicio a la mensura para Saneamiento dentro del Distrito Catastral No. 3, del Municipio y Provincia de San José de Ocoa, a favor del SR. CRUZ MAGDALENO GIL CARRASCO, Expediente No. 6642020000914, presentado por el AGRIM. MIQUEAS PEPEN FELIZ, CODIA 24074, Cel. 809-9751696, e-mail miqueas_pepen@hotmail.com.

AGRIM. MIQUEAS PEPEN FELIZ, CODIA 24074.

AVISO DE PERDIDA DE CERTIFICACION DE ACREEDORES De conformidad con las disposiciones establecidas en el Párrafo III del Artículo 92 de la Ley 10805 sobre Registro Inmobiliario, y el Artículo 83 del Reglamento General de Registro de Títulos, se hace de conocimiento público, la Pérdida de la Certificación de Acreedores, expedida a nombre de la sociedad PROMOTORA PUERTO DE PLATA, S. A., perteneciente a la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS, correspondiente al inmueble identificado como Parcela No.59 del Distrito Catastral No.3 del Municipio y Provincia de Puerto Plata, el cual tiene una superficie de 248,559.90 metros cuadrados, matrícula 3000160111, expedido por las oficinas de Registro de Títulos de Puerto Plata.

DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS Acreedor Privilegiado. FC 379647

AVISO DE EMPLAZAMIENTO PARA FINES DE DIVORCIO ROR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES

AVISO DE DIVORCIO Para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Ley 1306-bis sobre divorcio, se hace del público conocimiento lo siguiente: PRIMERO: En fecha 26 de diciembre de 2019, la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia, dictó una sentencia cuyo dispositivo es el siguiente: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en divorcio por mutuo consentimiento por haber sido hecha de acuerdo a la ley; y en cuanto al fondo, DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Luis Emilio Báez Medina y Carolina Estévez Abreu, por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y estipulación de divorcio No. 2, instrumentado en fecha 30 de julio del año 2019, por ante el Lic. María Esperanza Sauri González, Abogado Notario Público de los números del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. B) Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente divorcio. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma: (Firmados: Scarlet R. Vargas Rossis, Juez; Mirtha M. De La Cruz Díaz, Secretaria). SEGUNDO: Que el divorcio admitido por la sentencia que antecede fue pronunciado por el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en fecha 15 de enero de 2020. Esta publicación es requerida y autorizada por la infrascrita abogada, en Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día veinte (20) del mes de enero del año dos mil veinte (2020).

En virtud de lo dispuesto por la ley No. 1306 bis del 21 de mayo del 1937, sobre divorcio en la Rep. Dom. Modificada por la ley No. 2153 de 1949, el Sr. AGUSTIN OLIVO, de nacionalidad Dominicana, Mayor de edad, con cédula de Identidad y Electoral No.004-0010291-9, domiciliado y residente mente, en la calle Ramón Matías Mella, No.69, de esta Ciudad de Santo Domingo Norte, Villa Mella, Santo Domingo Norte; donde mi requeriente o demandante hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias del presente procedimiento de la demanda de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de Caracteres por domicilio desconocido, advierte a su legitima esposa la Sra. YOEMY MAGNOLIA SANCHEZ DE OLIVO, con su último domicilio en la calle Ramón Matías Mella, No.69, de esta Ciudad de Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, procede a emplazarle por ante el Magistrado Procurador Fiscal de la Provincia de Santo Domingo, así como la Secretaria y en la Puerta del tribunal a fin de que comparezca por ante la Séptima sala de la familia de la provincia Santo Domingo, ubicado en la calle Ramón Matías Mella No. 103, Villa Mella, Santo Domingo Norte, el día Martes que constaremos a 04 del mes de Febrero Dos Mil Veinte (2020) a las nueves (9:00 AM) horas de la Mañana, en la audiencia civil y a puertas cerrada en la que se conocerá la demanda de divorcio por la causa determinada de incompatibilidad de caracteres por domicilio desconocido, incoada por su legitimo esposo el Sr. AGUSTIN OLIVO.El alguacil se traslada el 23 de Febrero a la oficina de la Fiscalía del Ministerio Público Correspondiente. En el Municipio de Santo Domingo Norte, Provincia Santo Domingo, a los Veinte días (20) del mes de enero del año dos mil veinte (2020).

Lcda. EILEEN Y. KUNHARDT S., Abogada.FC 379643

DR. RAFAEL NINA, Abogado demandante. FC 379655


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.
El Nuevo Diario by El Nuevo Diario - Issuu