Payroll receipts faq

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1 de abril de 2014 / 1 de abril de 2014

Payroll Receipts. Frequently Asked Questions

Recibos de Nómina. Preguntas Frecuentes

Areas of Interest: Áreas de Interés: Tax, Labor and Employment Impuestos, Laboral El propósito de este boletín es aclarar algunas dudas respecto a la obligación de expedición de recibos de nóminas a los trabajadores derivados de la reciente reforma fiscal. 1.- ¿Qué obligaciones generó para el patrón la reforma fiscal de 2014 respecto a la emisión de recibos de nómina de los trabajadores? Con la reforma fiscal para 2014, se incorporó en la nueva Ley del ISR la obligación para los patrones de expedir y entregar comprobantes fiscales a sus trabajadores, condicionando la deducción de los salarios pagados a los trabajadores a la emisión de dichos comprobantes fiscales. 2.- ¿Qué requisitos deben contener dichos comprobantes fiscales? Conforme al artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación dichos comprobantes deben emitirse digitalmente a través de la página de internet del Servicio de Administración Tributaria o, a través de los proveedores autorizados para validarlos, asignándole a cada uno de los comprobantes fiscales digitales, además de los requisitos del artículo 29 de dicho Código, un folio, un sello digital y un complemento que expide el SAT de manera electrónica. 3.- ¿Existe una regla miscelánea que pospuso la fecha de emisión de dichos comprobantes fiscales? Si, el Artículo Transitorio Cuadragésimo Quinto de la Regla Miscelánea Fiscal para el 2014, establece que las personas morales podrán optar por diferir la expedición de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) por concepto de remuneraciones, así como por las retenciones de contribuciones que efectúen durante el período comprendido del 1 de enero de al 31 de marzo de 2014, siempre que al 1º. de abril de 2014 hayan migrado totalmente al esquema de CFDI y emitido todos los CFDI de cada uno de los MÉXICO CITY:

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pagos o de las retenciones efectuadas por las que hayan tomado la opción de diferimiento señalada. La opción para diferir la emisión de los CFDI se debe ejercer a través de la presentación de un caso de aclaración en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en la opción “Mi portal”. 4.- ¿Dicho diferimiento implica que el patrón no está obligado a emitir CFDI de nóminas durante el primer trimestre del año? Dicha facilidad no exime a los patrones de expedir los CFDI de nómina de sus trabajadores durante los meses de enero a marzo de 2014, sino que únicamente les autoriza a diferir su expedición y entrega de los mismos hasta el 1 de abril de este año; por lo cual, los patrones están obligados a expedir los CFDI de nómina durante todo el año de 2014. 5.- ¿Cómo se deben entregar los CFDI a los trabajadores? Al emitirse el CFDI, se generan dos archivos o documentos: uno que es la representación impresa del CFDI, el cual contiene todos los requisitos de los artículos 29 y 29-A del Código, y otro que es un archivo en formato XML, que contiene valores alfanuméricos y que el SAT reconoce como válido para efectos fiscales. Recomendamos que el CFDI sea entregado físicamente a cada uno de los trabajadores, quienes deberán firmarlos de recibido a efecto de tenerlo como medio de defensa para una posible demanda laboral. El archivo XML que se genera electrónicamente por cada uno de los CFDI de nómina debe ser entregado o enviado a cada uno de los trabajadores por correo electrónico 6.- ¿Qué pasa si el trabajador no tiene correo electrónico a donde enviarle el CFDI y el archivo XML? Consideramos que es suficiente que se les dé acceso a los trabajadores a una computadora en la cual cada uno de ellos pueda recibir o almacenar el CFDI y el archivo electrónico XML, previa entrega de un nombre de usuario y clave de acceso personal para cada uno de los trabajadores. Nuestros departamentos de derecho laboral y fiscal se ponen a sus órdenes para elaborar los documentos necesarios a fin de implementar la entrega y envío del CFDI y el archivo XML, en apego a la legislación laboral y fiscal. Page/Página 2 of/de 3


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