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III. c) Medidas tomadas por algunos países

Estos protocolos y formularios se han diseñado para que los datos puedan recopilarse y compartirse de forma rápida y sistemática en un formato que facilite la agregación, tabulación y el análisis (OMS, 2020b) y con esto ir comprendiendo la enfermedad e ir ajustando la forma de combatirla.

III. c) Medidas tomadas por algunos países

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Una de las principales medidas que la OMS recomienda para evitar la rápida propagación del SARS- COV-2, es el distanciamiento social (OMS, 2020c), una gran cantidad de países han optado, una vez que empiezan a ver superados sus sistemas de salud, en tomar medidas severas de aislamiento entre sus habitantes.

Los países en base a su situación han tomado medidas que consideran fundamentales para evitar la propagación del virus entre sus habitantes, mismas que comprometen de manera grave las libertades, en algunos casos a extremos inimaginables, encontrando su justificación en la emergencia sanitaria; a continuación se señalan las dos que pueden considerarse las más importantes:

- Confinamiento. Sin lugar a dudas la medida más radical de todas hasta el momento, actualmente afecta a millones de personas, nunca se había establecido en tantos países de manera simultánea.

En ella vemos como “El Estado” merma la libertad de movimiento del ciudadano y lo somete a un régimen de vigilancia. Como sabemos el costo social, y sobre todo económico es incalculable, pero se justifica ya que según los resultados obtenidos por China, primer país en utilizar esta medida, han sido positivos, tal es el caso que ellos han pasado a la siguiente etapa, que es la de permitir nuevamente a sus ciudadanos salir del confinamiento, una vez que han alcanzado su pico de emergencia y paulatinamente han disminuido el número de infectados hasta llegar

a cero.

Varios países siguen replicando esta estrategia, España, Italia, Francia, así como países latinoamericanos como Argentina, Colombia, Ecuador y Bolivia, así mismo algunos estados miembro de federaciones han decidido hacer uso de esta medida como Nueva York y California, en Estados Unidos de América.

Por otra parte, están los países que no optaron por el confinamiento obligatorio, si no por otras medidas, como es el caso de Corea del Sur, Singapur o Taiwán, y que aun así han logrado contener el número de infectados, contando tal vez, por parte de sus (El País, 2020) ciudadanos con lo que Emmanuel Macron, presidente de Francia, denominó en su discurso del 12 de Marzo de 2020 como “la responsabilidad individual” (Ayuso, S. 2020 El País). Este confinamiento obligatorio, mediante el cual se restringen las garantías constitucionales en los países democráticos, de libre movilidad y de reunión, lleva aparejadas medidas de coerción para mantenerlo, que van desde sanciones monetarias, hasta pena de cárcel; apelar a la buena conciencia en la mayoría de los casos no ha resultado suficiente.

- Cerrar Fronteras. La tendencia de cerrar las fronteras, primero aéreas, de vuelos provenientes de la regiones con mayores casos de infección, y después también las terrestres, ha sido otra de las medidas de contención utilizadas por varios países frente a un virus que las cruza sin mayor dificultad.

La Unión europea, la mayoría de los países del Mercosur, Estado Unidos, Canadá y la Propia China.

En algunos casos, esta decisión ha afectado no solo los derechos de los extranjeros que pretendían ingresar a otros países, sino los de los ciudadanos propios de los países con esa medida, y ahora se encuentran varados en estados diferentes, y no se les permite regresar a su país, ya que los puertos de acceso están bloqueados.

Las dos restricciones mencionadas, tienen un sustento jurídico, el interno propio de cada nación, así uno internacional derivado de un pacto vigente, que permite condicionar en este caso la libertad de circulación, ya que existe una causa justificada, la vulnerabilidad de la salud pública.

En situaciones excepcionales que pongan en peligro la vida de la nación y cuya existencia haya sido proclamada oficialmente, los Estados Partes en el presente Pacto podrán adoptar disposiciones que, en la medida estrictamente limitada a las exigencias de la situación, suspendan las obligaciones contraídas en virtud de este Pacto, siempre que tales disposiciones no sean incompatibles con las demás obligaciones que les impone el derecho internacional y no entrañen discriminación alguna fundada únicamente en motivos de raza, color, sexo, idioma, religión u origen social. (Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, 1966, artículo 4 -1.)

La presidencia de la Unión Europea ha hecho un llamado a que las medidas de emergencia deben ser temporales, y de ninguna manera deben recortar la democracia, esto como reacción a la reciente aprobación del parlamento húngaro en el que otorga a su primer ministro, Viktor Orbán, la facultad de gobernar por decreto, cancelar leyes y suspender elecciones de manera indefinida, como una supuesta medida de urgencia para luchas contra el Covid19.

La crisis que estamos viviendo es una oportunidad para lograr una mayor cooperación internacional, António Guterres, secretario general de las Naciones Unidas, afirma que a un problema mundial hay que dar una solución mundial.

A prácticamente dos meses de que la OMS declaró el COVID-19 como una pandemia, el panorama internacional ha mostrado pocos cambios en relación con las medidas sugeridas por la instancia internacional desde un primer momento, es decir, sigue indicando como medidas principales el distanciamiento social y la vigilancia en las fronteras.

Los objetivos generales que la organización ha planteado como respuesta a la pandemia son: I. Movilización de todo el gobierno y las comunidades; II. Control de casos

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