ED.62 2023 Llanoalmundo

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Puerto Rico se ha convertido en uno de los municipios más productivos de la región del Ariari, transformando su infraestructura, con obras que generan impacto social, industrial y de turismo, entre las más importantes se encuentra el Malecón Turístico, el cual se construyó gracias a los recursos del Gobierno Departamental con una inversión de $18.218.519.797, conformado por obras de mitigación, urbanismo, plaza de mercado, muelle flotante y muro de memoria histórica, entre otros. A su vez, la Administración Municipal por medio de gestión propia viene desarrollando otros proyectos como: entrega de plantas de energía fotovoltaica (1511 familias beneficiadas en 37 veredas), extensión de red eléctrica rural (11 veredas y 369 familias beneficiadas), y mejoramiento de vías terciarias. Foto:Alcaldía Puerto Rico. Ver más en páginas

EDICIÓN 62 / 2023 LÉALO Y COMPÁRTALO PUBLICACIÓN MENSUAL ISSN 2422-1198 CONOCE LAS NOTICIAS DEL DÍA A DÍA EN NUESTRO PORTAL WEB WWW.LLANOALMUNDO.COM
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Diana Navarro Cifuentes, alcaldesa Central de Abastos de Villavicencio Local F 10-02/03 Pescados y Mariscos Domicilios 311 230 6424 ¿QUÉ PASA CON ALBORADA, LA EMPRESA TECNOLÓGICA DE VILLAVICENCIO? Ver más Página 3
“Puerto Rico, así como el oro pasó por el fuego, ahora, se transforma con obras que consolidan la fuerza y la esperanza de su pueblo”:
Edición 62 Pág. 2 Edición 62. Periódico Impreso Llanoalmundo.com Editora y Directora General: Mónica Liliana Castañeda Aranda. Dir. Administrativa: Nathalia Díaz Castañeda. Área Comercial: Mónica Liliana Castañeda Aranda y William Hernández. Periodistas: Mónica Liliana Castañeda Aranda, Aleyda Vargas Agudelo. Columnistas: Gildardo Quevedo, Angela María Rodríguez, Edgar Castro González. Asesor Jurídico: Franklin Meneses Sáchica. Diseño y Diagramación: Llanoalmundo.com. Corrección Fotográfica: Heinz Marín. Corrección de Estilo: Romin Estrada Fotografía: Llanoalmundo.com. Información de Contacto: Calle 26A 34-26 Nuevo Maizaro - Villavicencio - Meta, Colombia. Cel. 314 389 4147. Somos afiliados y aliados estratégicos de: IFJ FECOLPER ASOPEMET CCV FENALCO COTELCO SOMOS DEL META SOMOS LLANEROS AFITUR MECA CLUSTER TECNOLOGÍA ORINOCO TICS Verde Verano C O N D O M I N I O CA SA S D E C AMP O C O N D O M I N I O CAS AS D E CAMP O Para que elijas, diseñes y construyas el hogar que siempre imaginaste 312 522 3538 LOTES DISPONIBLES Acacías-Meta @verdeveranoacacias Confort Arquitectura PUBLICAMOS TUS EDICTOS CEL.314 389 4147

¿Qué pasa con Alborada?

Teniendo en cuenta que la Empresa de Tecnología y Servicios Alborada del Municipio de Villavicencio –Alborada-, replica un modelo exitoso bajo la figura de “empresa industrial y comercial del Estado”, que ha sido probado en Colombia de manera positiva, y que tiene como referentes a Empresas Públicas de Medellín –EPM-, Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá –ETB-, o la Empresa de Servicios Públicos de Pitalito -EMPITALITO-, las cuales ofrecen un amplio portafolio de servicios que impacta el territorio nacional, el Gobierno Municipal le apostó a este modelo.

Hoy, algunos habitantes de la Capital del Meta, tienen dudas acerca del funcionamiento de Alborada, la normatividad que la rige y el proceso que se ha tenido que realizar para su puesta en marcha. Es así que, algunos concejales y dirigentes políticos han cuestionado su funcionamiento, por esta razón Llanoalmundo.com -LL-, entrevistó a Efraín Mojica Rubio -EMR-, su gerente, quien nos explicó el manejo y funciones de la misma.

LL: ¿De dónde surge la idea de crear Alborada?

EMR: Alborada surge de la necesidad que tiene el Municipio de “hacer más con menos”. Cada día los recursos son más escasos y también mayores las responsabilidades. La única forma de hacerlo es incorporando tecnología, entonces, se requería una empresa que fuese transversal a todas sus secretarias e institutos para poder unir esfuerzos y ser más eficientes en la asignación de recursos y adicionalmente, incorporar tecnología para que sus procesos sean más eficaces.

LL: ¿Cómo se da el proceso de creación de la Empresa en el Concejo Municipal?

EMR: A finales del año 2020, se le presenta por iniciativa de la Administración Municipal, al honorable Concejo Municipal de Villavicencio, la necesidad de crear una empresa de estas características -industrial y comercial del Estado-, que tuviera la capacidad para desarrollar alumbrado público, catastro multipropósito, servicios de movilidad, semaforización, zonas de permitido parqueo, fibra óptica, entre otras. Se hizo la exposición de motivos y finalmente el día 4 de diciembre, el honorable Concejo expide el Acuerdo 441 de 2020. Es importante resaltar que solo un concejal se abstuvo de votar, y fue por amplia mayoría que se aprobó la creación de Alborada. Así, el Concejo le dio facultades al Alcalde de Villavicencio para que la creara. Posteriormente, Felipe Harman le dio vida jurídica mediante el Decreto 084 del 9 de febrero de 2021, obviamente con muchas limitaciones, porque es una empresa nueva con unos recursos y patrimonio muy modestos. Al crearla hubo dos hechos importantes: primero, se dio el Acuerdo 497 del 2021, por medio del cual se desconcentró la prestación del servicio de alumbrado público y se le asignaron estas funciones a la empresa. A la vez, se le solicitó al Concejo Municipal que también le fueran transferidos todos los recursos del impuesto de alumbrado público; y segundo, se le facultó al Alcalde para que le transfiera la fibra óptica del municipio, a Alborada, trámites que actualmente se están ejecutando.

LL: Teniendo en cuenta que los concejales de Villavicencio, aprobaron en su mayoría la creación de Alborada, ¿Cuál considera usted que es la causa para el clima de inconformidad que hoy se presenta?

EMR: En primer lugar, nosotros y la ciudad tenemos que estar muy agradecidos con el honorable Concejo de Villavicencio, porque se contó con amplia mayoría para la creación de Alborada. Yo, con extrañeza he visto cómo algunos concejales, ahora están como en contra de Alborada, cuando es indudable que el próximo alcalde tendrá que utilizar esta Empresa para poder ser más eficiente en la prestación de los servicios que le corresponde dar a la comunidad. En segundo lugar, pienso que esta animadversión también se debe a la falta de

conocimiento de qué es Alborada, quizás no se ha entendido bien, porque muchas veces se piensa que Alborada contrata de todo, que es como un “de todito” y es una muy mala percepción. Alborada en su objeto social y principal es el de prestar servicios de integraciones tecnológicas para ciudades inteligentes, y es la primera diferencia con las otras empresas e institutos descentralizados, no se dedica a una sola cosa exclusivamente, sino que tiene que prestar varias funciones y servicios e integrarlos. No es que nosotros estemos subcontratando, estamos integrando y para poder integrar necesitamos recurrir a aliados estratégicos, y por eso, algunos concejales, no han entendido cuál es el rol de la empresa. Y ¿Qué es una ciudad inteligente? En pocas palabras: es aquella que pone la tecnología para el beneficio de sus ciudadanos y ésta tiene que ver con todo (movilidad, alumbrado, salud, ser más eficiente en los ingresos y prestarle servicios de mayor calidad a los ciudadanos). Yo entiendo que es un modelo novedoso en este país, aunque algunas ciudades ya lo han implementado, por ejemplo, EPM o ETB que prestan servicios transversales a la ciudad. A este tipo de empresas la ley le permite un régimen especial para ser mucho más ágiles en la prestación de los servicios públicos. Imagínese, si para cada luminaria que nosotros sacáramos tuviéramos que hacer una licitación, ¿Cuándo podríamos hacerlo?, pues nunca. Por eso la Ley 1474 del 2011, fue la que les dio a estas empresas la norma de cómo constituirse, contratar y sus funciones. ¿Por qué la atacan?, yo pienso, que no es que la ataquen, muchas veces tienen dudas y a pesar de que hemos ido varias veces al honorable Concejo Municipal a explicar, pues quizá no se entiende bien, por eso no nos cansaremos de volver a ir y reiterar, pues no es la única empresa en Colombia que hace lo que hacemos nosotros, hay muchas empresas y es un mecanismo muy eficiente para que los municipios puedan cumplir sus planes de desarrollo, de gobierno y todos los programas que le han prometido a la ciudadanía.

LL: Alborada inició con dos líneas básicas de servicios, ¿Qué otros se han integrado o esperan añadir al portafolio?

EMR: Nosotros básicamente estamos a cargo del alumbrado público, catastro multipropósito, servicios de movilidad, zonas de permitido parqueo, bicicletas públicas, y próximamente, fibra óptica. Todas estas actividades se incluyeron en la creación y exposición de motivos. En su momento, Jhon Jairo Rey, quien era secretario Privado de la Administración Municipal, fue al Concejo y les ilustró, incluyendo otros servicios más que se podrían prestar. Está de más decir que Alborada es una empresa de Villavicencio, que puede prestar sus servicios a nivel nacional, de hecho, ya tenemos conversaciones con algunos municipios. Se han entregado propuestas a varios de ellos, es decir no somos una empresa que se va a quedar solamente firmando acuerdos o prestando servicios a nivel local.

LL: ¿Cuáles son los beneficios reales que tiene el municipio con la operación del

Alumbrado público?

EMR: Los beneficios ya se están viendo. En cuatro meses, hemos hecho lo que la concesión no hizo en 23 años. Ya tenemos más de 5.000 lámparas que estamos instalando y modernizando. Desde el punto de vista financiero, la operación y mantenimiento sale casi un 25% o 30% más barata que lo que pagaba la concesión. En cuanto a los recursos de alumbrado público, hemos sido más eficientes, nos genera más utilidades y tenemos mayor liquidez. De hecho, estamos en capacidad de hacer la modernización en tres años de operación, sin endeudarnos, sin comprometer al municipio, lo que ellos iban a hacer a 16 años más, lo vamos a hacer en tres. El principal beneficio es que es una empresa 100% pública que mejora el servicio y con ello, la calidad de vida de los villavicenses.

LL: ¿Cómo funciona la Gestión Catastral?

EMR: Antiguamente Villavicencio dependía del Instituto Geográfico Agustín Codazzi –IGAC-, hoy en día el municipio es Gestor Catastral y Alborada es su Operador Catastral, por decir una cifra: el IGAC realizaba de 16 a 20 trámites diarios, nosotros hemos superado hasta 85 trámites diarios, más del 400%. El IGAC nos entregó unas bases de datos que tienen dificultades y que deben ser depuradas, y por eso, hemos tenido algunas complicaciones, no porque no seamos eficientes, y no es culpa ni del municipio, ni mucho menos de Alborada, sino de los procesos que se deben realizar para tener la información real y actualizada. Ustedes pueden encontrar en el local 107 del Centro Comercial Llanocentro unas oficinas modernas, con tecnología de punta, con los sistemas de información más sofisticados, y un grupo interdisciplinario trabajando de manera comprometida. Quiero aclararle a la ciudadanía que Alborada no le maneja la plata del Catastro al Municipio, aquí el usuario le paga directamente al él por los trámites, a través de diversos medios, y se está implementando pagos en línea. El Gestor catastral es el Municipio, quien firma los decretos, avalúos, cambios y demás, a través de la Secretaría de Catastro, nosotros brindamos es el apoyo logístico físico y tecnológico, para prestar un servicio eficiente, y el Municipio nos paga solo por eso. Antes, el IGAC cobraba por los trámites y ese dinero les quedaba a ellos.

LL: Para finalizar ¿Cuáles son las proyecciones de Alborada?

EMR: Nosotros aspiramos en este 2023 a lograr por lo menos tener el 50% de la ciudad totalmente modernizada en servicios de tecnología y lámparas led de tele gestión, que el alumbrado público sea la columna vertebral de la ciudad inteligente, que se pueda complementar con la fibra óptica que tiene el municipio (más de 137 km). Ese es parte de nuestro objetivo, y ampliarnos a otros municipios con nuestro portafolio de servicios, fortaleciéndonos como una empresa industrial y comercial del Estado 100% pública, como el alcalde Felipe Harman lo dijo cuando era candidato: “Lo público funciona”, lo dijimos en campaña y hoy en día les podemos decir que es un hecho.

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Diana Navarro Cifuentes

ALCALDÍA MUNICIPAL

Con recursos propios del Municipio se elaboró el re-diseño de los espacios de la nueva sede de la Alcaldía, que incluyó la obra blanca, climatización y adquisición de equipos, muebles y enseres, con el objetivo de entregar una obra de avanzada, que no solo ha permitido generar un mejor ambiente laboral (oficinas, sala de juntas y espacios comunes), sino que se convirtió en una de las mejores sedes administrativas del Meta, y a la vez, ha motivado a los puertorriqueños a optar por un desarrollo inmobiliario vanguardista.

MALECÓN - MUELLE

Como una apuesta para desarrollar el turismo, la construcción del malecón avanza en un 98% en su ejecución de obras, entre las que se contemplan: Plaza de Mercado, Obras de Urbanismo, Obras de Protección, Zonas Recreo-deportivas y Muelle Flotante. Estas obras avanzan gracias al compromiso de Juan Guillermo Zuluaga, gobernador del Meta, quien ha demostrado su interés para hacer del turismo el primer renglón de la economía metense. El valor total de Inversión es de $ 18.218.519.797.

BIBLIOTECA

Se logró recuperar y adecuar la Biblioteca Municipal con una inversión de $137.167.816, en la cual se construyó un área cubierta lúdico recreativa, se mejoró la Infraestructura existente, hoy permite espacios de encuentros y formación cultural, artística, recreativa, educativa y participativa a los diferentes grupos poblacionales, con actividades de cine foro, asesorías educativas y consultas virtuales.

Puerto Rico -Meta-, es un municipio ubicado al sur del departamento, en límites con el Guaviare, con una población aproximada de 14.000 habitantes, de los cuales el 50% viven en el sector rural. Su principal fuente de economía se basa en las actividades agrícolas y pecuarias, destacándose la producción de plátano, yuca, piña, palma y la ganadería de doble propósito, entre otros.

Diana Navarro Cifuentes, primera mujer en llegar a ser alcaldesa de éste municipio ha venido liderando procesos que permiten construir desde las bases un mejor futuro, buscando que los puertorriqueños tengan en cuenta su historia, para que ésta sirva de herramienta en la transformación de su territorio: “Puerto Rico resistió el fuego, aguantó lo duro, pasó por el fuego de la sangre, del luto, del llanto y de una historia muy negativa, que por mucho tiempo nos estigmatizó, y hoy, tiene que pensar en una proyección de transformación, y a eso le apuesto, a

transformarlo desde lo social, y cultural, para realmente entender y valorar lo que tenemos. “Yo no le quiero quitar la historia de pueblo, porque es mi historia, pero si quiero es mejorarla. Que sí en años anteriores, yo, que soy mujer campesina, y nací en Puerto Rico, y que la mayor parte de mi vida la viví en vereda, y que sé qué es no tener vías de acceso, transportarse a caballo, e ir a la escuela a pie, siendo tiempos difíciles, hoy, cambiemos la visión de nuestra gente, y así el municipio mejore en su estructura y en su infraestructura”, indicó.

“La gente ha empezado a empoderarse y a tener corresponsabilidad con el municipio. Cuando esto se logra, no solamente las necesidades y responsabilidades se quedan en la Administración Municipal para que las solucionemos, sino que se convierte en un tema de todos, donde todos podemos ser parte de la solución”, concluyó la Alcaldesa.

PLANTAS FOTOVOLTAICAS

Teniendo en cuenta la necesidad de que la energía llegue a los lugares más apartados de Puerto Rico, la Alcaldesa gestionó un proyecto para instalar plantas de energía fotovoltaica ante el Ministerio de Minas y Energía y el Ocad - Paz, logrando a través de la gestión, obtener este importante servicio para 1.511 familias campesinas, de 37 veredas, las cuales ya están cambiando su forma de vida, al poder hacer uso de la energía en sus actividades diarias. La Inversión es de $ 15.958.250.575

EXTENSIÓN RED ELÉCTRICA

Con el objetivo de garantizar la extensión de la red eléctrica de la EMSA en 11 veredas, y por medio de la gestión realizada ante el Ministerio de Minas y Energía y recursos propios, la Administración logró obtener el presupuesto de inversión para beneficiar a 369 familias campesinas de este municipio, con una inversión total de $ 9.761.620.509.

RED VIAL TERCIARIA Y URBANA

Una de las grandes apuestas del mandato de Diana Navarro, ha sido el mejoramiento y mantenimiento de la red vial terciaria y urbana de su municipio, a través de la inversión con recursos propios. De igual forma, se han gestionado recursos a nivel nacional, de cooperación internacional y departamental, para realizar obras que permitan mejorar la competitividad de los habitantes de Puerto Rico.

Inversión Total. $ 9.313.809.036.

OBRAS

Ÿ 753,7 kilómetros de vía terciaria con mantenimiento.

Ÿ 830 metros lineales de Placa Huella (5 Placa Huellas).

Ÿ Construcción de 21 de Box-Coulvert.

Ÿ Construcción de 10 Alcantarillas.

Ÿ Un Puente Vehicular de 10 Metros Longitud (inicia obra).

Ÿ 206 metros lineales de Base Estabilizada de Suelo Cemento.

Ÿ 11 kilómetros de mantenimiento de vías urbanas.

Mantenimiento vías terciarias

LUMINARIAS

Con el fin de modernizar el alumbrado público del Municipio, se realiza la adecuación y mejoramiento de esta red en el casco urbano, beneficiando y mejorando la calidad de vida de toda la población puertorriqueña. Con una inversión de $ 502. 077.964, se logra poner en funcionamiento más de 400 luminarias.

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“Puerto Rico, así como el oro pasó por el fuego, ahora, se transforma con obras que consolidan la fuerza y la esperanza de su pueblo”:
Mantenimiento vías terciarias Placa huella Render - Inicia construcción Puente Caño Bonito

RESOLUCIÓN No. PS-GJ 1.2.6.22.2324

EXPEDIENTE No. PM-GA. 3.5.2.11.013.126

“POR MEDIO DE LA CUAL LA CORPORACIÓN ACOGE EL CONCEPTO TÉCNICO No. PM-GA 3.44.22.329. DEL 10 DE MARZO DE 2022, EL CUAL MODIFICA LA RESOLUCIÓN PS-GJ. 1.2.6.18.2985 DEL 16 DE NOVIEMBRE DE 2018 EN EL SENTIDO DE ADICIONAR NUEVAS RUTAS AL PLAN DE CONTINGENCIAS PRESENTADO POR LA EMPRESA OPERADORES LOGÍSTICOS DE CARGA S.A.S. IDENTIFICADA CON NIT 900.068.426-1 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES” RESUELVE

Artículo 1º. Acoger el Concepto Técnico No. PM-GA.3.44.22.329 del 10 de marzo de 2022, expedido por la Subdirección de Gestión Ambiental - Grupo Hidrocarburos y Energético de CORMACARENA, el cual hará parte integral del presente acto administrativo. Parágrafo Único. En la diligencia de notificación hacer entrega del referido concepto al representante legal, o apoderado y/o a la persona autorizada para tales fines.

Artículo 2º. Modificar la Resolución PS-GJ.1.2.6.18.2985 del 16 del noviembre 2018, en el sentido de adicionar las rutas solicitadas por la empresa OPERADORES LOGÍSTICOS DE CARGA S.A.S., para las operaciones de transporte terrestre de residuos peligrosos, de conformidad con lo establecido en el Concepto Técnico No. PM-GA.3.44.22.329 del 10 de marzo de 2022.

Artículo 3º. La empresa OPERADORES LOGÍSTICOS DE CARGA

S.A.S., deberá realizar el cargue, transporte y descargue de los residuos peligrosos por las rutas relacionadas en la tabla No. 2 del concepto técnico PM-GA.3.44.22.329 del 10 de marzo de 2022.

Artículo 4°. La empresa OPERADORES LOGÍSTICOS DE CARGA

S.A.S., deberá dar estricto cumplimiento a las siguientes acciones y obligaciones:

1. La empresa deberá cumplir con las disposiciones establecidas en el Decreto 1079 2015 - capítulo 7 Servicio Público de Transporte Terrestre

Automotor de Carga - sección 2 habilitación, presentando de manera anualizada la resolución, certificado y/o soporte expedido por el Ministerio de Transporte o la Autoridad Competente, en dónde conste que la empresa continúa habilitada para el transporte terrestre de carga. Así mismo, se reitera a lo enunciado en los términos de referencia, con respecto a que el Plan de Contingencias deberá ser actualizado cuando se presenten o detecten cambios significativos en las condiciones de riesgos, en la estructura organizativa, en las instalaciones, en el tipo de actividad desarrollada o en el marco normativo.

2. La empresa deberá presentar en los informes de cumplimiento ambiental, copia de la ficha técnica del Manifiesto de Carga reglamentada en el artículo 2.2.1.7.5.4. del Decreto 1079 de 2015, en el cual se deben incluir:

• Identificación de la empresa que transporta.

• Tipo de manifiesto.

• Nombre e identificación del propietario, remitente y destinatario de las mercancías.

• Descripción del vehículo que transporta mercancía.

• Nombre, identificación y dirección de propietario, poseedor o tenedor del vehículo.

• Nombre e identificación del conductor del vehículo.

• Descripción de la mercancía transportada, indicando su peso o volumen, según el caso.

• Lugar y dirección de origen y destino de las mercancías.

• El valor a Pagar en letras y números.

• Fecha y lugar del pago del valor a pagar.

3. La empresa deberá presentar copia del contrato y póliza de seguros que tiene actualmente para el apoyo técnico en la atención de posibles emergencias que se pueden presentar durante el transporte terrestre de sustancias peligrosas (contrato de ayuda mutua), además establece que dicho convenio deberá presentar ante está autoridad de manera anualizada y en caso de terminarse dichos convenios deberá informarse en un término no mayor a cuarenta y ocho (48) horas.

4. La empresa deberá dar aplicación inmediata las medidas de reducción de riesgo correspondiente a:

• Instalación de puestos fijos de control.

• Controles de velocidad en ruta.

• Descansos establecidos para conductores.

• Mantenimiento de vehículos e instalaciones.

• Instalación de dispositivos de seguimiento en la prestación del servicio.

• Puestos de control en ruta.

Para ello, la empresa deberá a llegar a CORMACARENA en los informes de cumplimiento ambiental, el desarrollo de cada una de las actividades mencionadas junto a los registros y/o documentación que lo acredite.

5. La empresa deberá garantizar la existencia de puntos de atención de emergencia durante el recorrido de las rutas viabilizadas en jurisdicción de esta autoridad ambiental, dónde pueda asegurar una respuesta de atención en menos de una hora, cuando se ha detectado un evento o contingencia.

Sí luego de transcurrido a una (1) hora el prestador de servicio emergencia no realiza el acompañamiento al evento ocurrido dentro de la jurisdicción de CORMACARENA, esta corporación realizará las acciones pertinentes para cesar la contingencia, y la empresa transportadora deberá sufragar los gastos correspondientes de dicha atención.

6. La empresa deberá notificar a CORMACARENA y/o a la Autoridad Ambiental competente sobre la ocurrencia de una emergencia que compromete al medio ambiente en un término inferior a 24 horas, tal como lo indica el Artículo 2.2.2.3.9.3. del Decreto 1076 de 2015. Así mismo, se deberá de aplicación inmediata de cada una de las actividades establecidas en el Plan de contingencias, ejecutar las actividades de seguimiento y control hasta la finalización del evento o contingencia de conformidad con lo establecido en el Decreto 321 de 1999.

7. Ante la ocurrencia de una contingencia dentro de las rutas viabilizadas en el Plan de Contingencia, la empresa deberá a llegar a CORMACARENA un informe de la investigación donde exponga los motivos y causas que dieron origen al evento, en un término no mayor a 30 días. Asimismo, deberá relacionar en los respectivos informes, el destino de los residuos contaminados a tratar, el cual deberá efectuarse con empresas autorizadas para la disposición final de los mismos; e incluir los procedimientos y medios para coordinar y ejecutar la adecuada entrega de material contaminado extraído de las áreas afectadas.

8. La empresa deberá garantizar que cada uno de los conductores activos en la operación cuenten con capacitación en atención, actuación y comunicación durante el evento de contingencia para las operaciones de transporte terrestre de sustancias peligrosas y demás en jurisdicción de CORMACARENA para ellos se resaltarán las actividades tales como: directorio de emergencia, la estructura organizacional, los niveles de activación del plan, procedimientos y formatos para la realización de una respuesta y atención oportuna. Para ello la empresa deberá anexar copia de las actas de capacitación y demás soporte que considere necesario, para acreditar el cumplimiento de la mencionada obligación.

9. La empresa deberá presentar las copias de las actas de disposición de cada uno de los residuos viabilizados, lo anterior, con el fin de verifi-

car la cadena de custodia de las sustancias del acuerdo con el Decreto 1076 del 2015, Artículo 2.2.6.1.3.6. Obligaciones del transportador de residuos o desechos o desechos peligrosos. De conformidad con lo establecido en la ley y en el marco de la gestión integral de los residuos o desechos peligrosos, el transportador debe: (…) a) Garantizar la gestión y manejo integral de los residuos o desechos peligrosos que recibe para transportar;

c) Entregar la totalidad de los residuos o desechos peligrosos recibidos de un generador al gestor o receptor debidamente autorizado, designado por dicho generador (…)

10. En todos los vehículos propios o tercerizados utilizados para el transporte de hidrocarburos, derivados y sustancias nocivas, se deberán garantizar los logos o calcomanías removibles propias de la empresa, para el reconocimiento de su identidad institucional y de sus productos en carretera. Por lo cual deberá a llegar en el informe de cumplimiento ambiental, un registro fotográfico (con fecha) donde se evidencie el cumplimiento de la obligación.

11. La empresa deberá tener un centro de monitoreo satelital, que permita esta corporación tener acceso en tiempo real a la localización de la flota de vehículos vinculados a la empresa transportadora. Lo anterior con el fin de ejercer la vigilancia y control de las rutas viabilizadas por esta autoridad ambiental.

12. Se deberá revisar el estado actual de los parqueaderos utilizados por la empresa, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1079 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte”, Artículo 2.2.1.7.8.2.4. “Obligaciones del conductor de vehículo qué transporte mercancías peligrosas”. Además de las obligaciones contempladas en las normas vigentes para el transporte terrestre automotor de carga por carretera, en el Código Nacional de Tránsito Terrestre y en la Norma Técnica Colombiana para cada grupo, de acuerdo con lo establecido en el literal F, numeral 3 del artículo 2.2.1.7.8.1.1 del presente Decreto, el conductor del vehículo que se destine al transporte de mercancías peligrosas está obligado a: (...) Literal J “No estacionar el vehículo en zonas residenciales, lugares públicos, áreas pobladas o de gran concentración de vehículos y zonas escolares(...)*; por lo tanto en empresa deberá a llegar una planilla y/o soporte que indique los lugares de estacionamiento y las paradas estratégicas del vehículo transportador durante la ruta.

13. La empresa deberá realizar mantenimiento, cambio de aceite de lavado de vehículos, en lugares que cuenten con permisos ambientales o suscripción a empresas públicas de aseo, acueducto y alcantarillado, en este sentido se deberá allegar la información que acredite el cumplimiento de la actividad (ubicación del sitio, registro vehículos, certificado ambiental y/o documentos e información relacionada).

14. Garantizar que cada uno de los vehículos en operación cuente con un kit de primera respuesta el cual deberá contar, como mínimo con los siguientes elementos:

Tabla 26. kit de emergencias Kit de derrames

Cinta de precaución para señalización (rollo x 250) Linterna con pilas

Balde Cortadora industrial (cortador)

Martillo de caucho Chaleco reflectivo

Tacos de madera calajanes Pica metálica

Masilla epoxi o jabón Pala metálica

Manilla fibra sintética Pala Plástica

Plástico Negro Machete

Material absorbente Cordón espuma (absorvente)

Tela oleofílica Bolsas negras

Gafas de seguridad Bolsas rojas Guantes de nitrilo Líquido desengrasante Fuente: CORMACARENA

15. Realizar una revisión periódica (cada 4 meses como mínimo) del contenido del kit de contingencias y demás dotación relacionada con la atención de emergencias, en aras de proporcionar un alto desempeño en la atención de derrames y prevención de impactos asociados a la actividad, para ello deberá allegar los soportes documentales (formatos de revisión y seguimiento a la actividad).

16. Se requiere que la empresa, radique copia en medio magnético del plan de contingencia viabilizado por CORMACARENA a las distintas autoridades ambientales en cuya jurisdicción se realice la actividad de transporte de hidrocarburo, derivados o sustancias peligrosas, en un término de 30 días contados a partir de la fecha de notificación del acto administrativo que acoga el presente concepto técnico.

17. De conformidad con la resolución 1209 del 29 de junio 2018, la empresa de Transporte deberá presentar anualmente los programas específicos de capacitación y entrenamiento en los diferentes niveles de emergencia I-II y III, como mínimo en los siguientes temas:

• Contenido y/o actualización del plan de contingencia.

• Reglamentación para el transporte de mercancías nocivas, convenios internacionales normatividad nacional.

• Clases de mercancías nocivas peligrosas y asociadas

• Rotulado, etiquetado y marcado de embalajes/envases y unidades de transporte.

• Manejo, almacenamiento y transporte de sustancias peligrosas.

• Segregación y compatibilidad de sustancias peligrosas.

• Programa de simulacros que atiendan los niveles de emergencia y activación previstos.

• Curso para conductores de vehículos de carga que transportan mercancías peligrosas acorde a la resolución 1223 del 2014.

• Técnicas y/o procedimientos operativos normalizados para el cargue y descargue de tracto camiones cisterna y/o sustancias líquidas.

• Primeros auxilios.

• Control de fuego y manejo de extintores, básico.

• Atención de incidentes con sustancias nocivas (primera respuesta).

• Sistema comando de incidentes básico.

• Manejo de sustancias químicas.

• Manejo de crisis y toma de decisiones.

18. La empresa deberá realizar como mínimo un simulacro al año para evaluar la efectividad del plan de contingencia, el cual deberá ser general y con intervención del personal y recursos de la empresa, así como

de organismos de atención regionales. Las lecciones aprendidas deberán ser incluidas en la actualización del plan y considerar dentro del plan la mejora continua de la empresa.

19. Como soporte de cumplimiento de las diferentes actividades tendientes a realizar en el plan de contingencia, la empresa deberá presentar Informe de Cumplimiento Ambiental (ICA) anual, de las actividades del plan de contingencia, donde se evidencia el cumplimiento de las obligaciones descritas en el acto administrativo que acoja el presente concepto técnico.

• Se indica, que la empresa deberá presentar la anterior información de acuerdo a la tabla 28.

Tabla 28. Tabla Modelo a utilizar para el informe de Cumplimiento Anual

OBLIGACIÓN Cumplimiento OBSERVACIONES

SI NO

Descripción del cumplimiento y Número del anexo donde se evidencian los oportes correspondientes. Fuente: CORMACARENA

Artículo 5°. La empresa OPERADORES LOGÍSTICOS DE CARGA

S.A.S., deberá continuar dando cumplimiento a las obligaciones establecidas por CORMACARENA mediante la resolución PS-GJ.1.2.6.18.2985 del 16 de noviembre de 2018.

Artículo 6°. La empresa OPERADORES LOGÍSTICOS DE CARGA

S.A.S., será la directa responsable por impactos y/o daños que se generen o puedan causarse como consecuencia de las operaciones de transporte realizadas.

Artículo 7°. Por ningún motivo los vehículos de la empresa OPERADORES LOGÍSTICOS DE CARGA S.A.S., o adscritos a esta, con carga o sin ella, podrán transportar hidrocarburos, derivados, sustancias y/o residuos peligrosos a través de ferry planchos, barcaza o por cualquier medio fluvial, en las siguientes rutas:

• El cruce que comunica el municipio de Puerto López sector la Banqueta con el municipio de Cabuyaro, jurisdicción del departamento del Meta, pasando por la fuente hídrica río Meta.

• El cruce que comunica la vereda Alto Yucao (municipio de Puerto Gaitán) a la vereda La Poyata jurisdicción del municipio de Casanare pasando por la fuente hídrica río Meta.

• El cruce que comunica la inspección El Porvenir (municipio de Puerto Gaitán) hasta el municipio de Orocué, jurisdicción del departamento del Casanare, pasando por la fuente hídrica río Meta.

• El cruce que comunica vereda Abariba (municipio de Puerto Gaitán) con la vereda La Magdalena del municipio de Puerto Gaitán, pasando por la fuente hídrica río Planas.

Lo anterior debido al alto riesgo que conlleva dicha actividad y la alta probabilidad de afectación de tan importante recurso hídrico de la región. Artículo 8°. Se aclara que el plan de contingencia revisado es solamente para el transporte, cargue y descargue de residuos peligrosos especiales, hidrocarburos y/o sustancias nocivas en jurisdicción del departamento del Meta.

Artículo 9°. Esta Corporación con fundamento en el artículo 62 de la ley 99 de 1993, podrá revocar suspender la presente resolución, cuando las condiciones y exigencias planteadas en este acto administrativo no se estén cumpliendo; sin perjuicio de que se inició un proceso sancionatorio en los términos de la Ley 1333 de 2009.

Parágrafo único. El plan de contingencia de la EMPRESA OPERADORES LOGÍSTICOS DE CARGA S.A.S., está sujeto a control y seguimiento anual, contando como fecha de inició la ejecutoria del presente acto administrativo.

Artículo 10°. Comuníquese el contenido de la presente Resolución a la Procuraduría Judicial Ambiental y Agraria, para lo de su competencia y fines pertinentes.

Artículo 11°. La empresa OPERADORES LOGÍSTICOS DE CARGA S.A.S., en el término de cinco (05) días siguientes a la notificación del presente acto administrativo, tendrá que publicar el encabezado y la parte Resolutiva del presente acto administrativo en un Diario de amplia circulación nacional o regional, y allegar un ejemplar para que obre dentro del expediente de la referencia, lo anterior para dar cumplimiento al principio de publicidad, de conformidad al artículo 37 y 73 dela ley 1437 de 2011. Artículo 12°. El Grupo Tics adscrito a la Subdirección de Planeación y Ordenamiento Ambiental de la Corporación, deberá publicar el presente acto administrativo en su página web, conforme lo preceptúa el artículo 73 de la ley 1437 de 2011.

Artículo 13°. Notificar a la empresa OPERADORES LOGÍSTICOS DE CARGA S.A.S., a través de su representante legal y/o quien haga sus veces, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 y siguientes de la ley 1437 de 2011 -Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Parágrafo Único. En el evento de que la empresa en mención haya autorizado la notificación por correo electrónico, se deberá efectuar de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 2080 2021, por medio del cual se modifica el artículo 56 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 14°. Contra este acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual podrá ser interpuesto con el lleno de los requisitos legales, de conformidad a lo establecido en los artículos 74, 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

ANDRÉS FELIPE GARCÍA CÉSPEDES

DIRECTOR GENERAL CORMACARENA

Edictos Edición 62 Pág. 6
Empresarial Edición 62 Pág. 7 HOSPEDAJE 311 562 5040 FINCA TURÍSTICA 314 330 4889 PARQUE TEMÁTICO 310 628 8818 310 818 8183 321 223 8611 323 226 8791 322 305 2800 311 558 2839 318 311 2091 312 391 6934 320 800 3577 CAMPO DE TIRO DEPORTIVO 313 802 7031 311 230 6424 311 514 1414 313 265 8896 TE INVITAMOS A CONOCER LAS MEJORES EMPRESAS DEL LLANO DIRECTORIO COMERCIAL, PROFESIONAL Y TURÍSTICO PARQUE TEMÁTICO Bienestar, saneamiento, ing. contra incendios 312 521 1124 314 445 7907 Bicicletas - Servicio Técnico Agencia de Viajes - Operador Turístico 321 396 6561 Jugos, pulpas, productos alimenticios 315 377 7463 Glamping, turismo de naturaleza 322 519 3354 Las mejores carnes y el mejor servicio 323 227 2912 Servicios Integrales para la Gestión del Talento Humano de organizaciones, instituciones, negocios y más. 310 818 7803 - 310 609 4033 https://www.tempometa.com Carrera 40 No. 35-51 Barrio Barzal 313 892 7722 - 313 571 0168 Carrera 28 No. 35-20, Villavicencio, Colombia Distribución y venta de material Eléctrico de alta, media y baja tensión. Cra 12 N°36 -36 CC Camino Real 1 Int.77 Villavicencio - Meta - Colombia directoradministrativo@sssempresariales.com 314 414 5476 Transporte e izaje Servicio de Izaje de cargas Transporte de pasajeros Transporte de carga seca
Comercial Edición 62 Pág. 8

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