2 JUDICIAL .
ANÓNIMA, a realizarse el día 22 de setiembre del año 2025, a las 09:00 hs a.m. en el local de la firma, situado en el km 4 Ruta Nacional Gaspar Rodríguez de Francia, Ciudad Del Este, República del Paraguay, orden del día: 1-Designación de un Secretario de Asamblea 2-Elección de Directores, Síndicos y Presidente del Directorio. 3-Designación de un Accionista para suscribir el Acta de Asamblea junto con el secretario y el presidente. Observación: se recuerda a los señores Accionistas sobre lo dispuesto en el artículo Vigésimo quinto de los Estatutos Sociales y artículo 1084 del código Civil. EL Directorio. 93420- 4 al 8/09
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De conformidad a lo previsto en los Estatutos Sociales y el Art. Nº 1079 del Código Civil, se convoca a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la firma GESTIONAMOS COM S.A. RUC: 80025951-3 a llevarse a cabo el día 18 de septiembre de 2.025, a las 10:00 horas en primera convocatoria en el local de la sociedad, sito en Alto Paraná, Ciudad del Este, Av Roberto L Petit, a los efectos de tratar el siguiente, orden del día: 1-Elección del presidente y secretario de Asamblea. 2-Cambio de representante legal. 3-Designación de accionistas para la firma del acta. 93425- 4 al 8/09
ASAMBLEA GENERAL
ORDINARIA. El Directorio de SANATORIO SAN CAMILO DE LELIS S.A., con RUC N 80080077-0 convoca a asamblea general ordinaria, de accionistas a llevarse a cabo el día 16 de setiembre de 2025, en el local social de la firma, Avda. Bernardino Caballero c/ Avda. 12 de Junio 427 19:30 hs., en primera convocatoria y a las 20:00 horas en segunda convocatoria, para tratar el siguiente orden del día: 1-Elección del presidente y secretario de asamblea. 2-Lectura y consideración de la memoria del directorio e informe del síndico 2023 y 2024. 3-Aprobación de estados de resultados patrimoniales y balance general del año 2023 y 2024. 4-Remuneración del directorio y elección del nuevo directorio. 5-Distribución de utilidades 6-Designación de dos accionistas para firmar el acta de asamblea, conjuntamente con el presidente y el secretario de asamblea 93462- 5 al 9/09
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. El Directorio de J.E.T. DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA con RUC Nº 80033076-5, convoca a asamblea general ordinaria, de accionistas a llevarse a cabo el día 20 de septiembre de 2025, en la sede social, Alto Paraná calle km
11 Monday Fracción el Pinar, a 100 metros de la estación de servicios integral a las 08:00 horas, en primera convocatoria, para tratar lo siguiente, orden del día: 1-Elección del presidente y secretario de asamblea. 2-Lectura y consideración de la memoria del directorio e informe del síndico del año 2024. 3-Aprobación de estados de resultados patrimoniales y balance general del año 2024. 4-Remuneración del directorio y elección del nuevo directorio. 5-Distribución de utilidades. 6-designación de dos accionistas para firmar el acta de asamblea, conjuntamente con el presidente y el secretario de asamblea. 93456- 5 al 9/09
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De conformidad a las disposiciones estatutaria Cláusula décima tercera y del Código Civil, el Directorio de AGRO GANADERA Y FORESTAL KURUPA´YTY S.A., en sesión ordinaria, convoca a los señores Accionistas a la Asamblea General Ordinaria para el día martes 16 del mes de Setiembre del año 2025 para las 08:00 horas en el local de la sociedad para considerar el siguiente, orden del día: 1- Elección de un presidente y secretario de la asamblea. 2-Lectura y consideración del Acta Anterior. 3-Lectura y consideración de la memoria del directorio, balance general, cuentas de ganancias y pérdidas, informe del síndico, correspondiente al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2024. 4-Elección de los directores Titulares y Suplentes. 5-Elección del síndico titular y suplente. 6-Remuneración a los directores y Síndicos. 7-Designación de un Accionista para suscribir el Acta con el presidente de Asamblea. Nota: De conformidad al estatuto social, se recuerda a los Señores Accionistas que, para participar válidamente de la Asamblea General Ordinaria, deberán depositar sus acciones en la caja de la Sociedad o una constancia de un Banco que la misma están depositadas en dicha institución, con un día de anticipación al de la realización de la Asamblea. EL Directorio. 93455- 5 al 9/09
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA . “De conformidad con lo establecido en los Estatutos Sociales, convocase a los señores Accionistas de VALORES PARAGUAY FIDUCIARIA S.A., a la Asamblea Ordinaria a realizarse en fecha 20 de septiembre de 2025, a las 09:00 horas, en su local sito en Avda. Aviadores del Chaco 2050, Edificio World Trade Center, Torre 3, Piso 16, de la ciudad de Asunción, a efectos de tratar el siguiente orden del día: 1) Designación de Presidente y Secreta-
rio de Asamblea; 2) Emisión de acciones. Determinación de condiciones de emisión; 3) Designación de accionistas para firmar el acta de asamblea de conformidad con el Art. 1096 del Código Civil. Si a la hora fijada para la primera convocatoria no se reúne el quórum establecido en los Estatutos Sociales, la Asamblea se llevará a cabo en segunda convocatoria una hora después de fijada la primera convocatoria. Se recuerda a los señores accionistas las exigencias de lo establecido en los Estatutos Sociales, para tener derecho a asistencia a asambleas. El Directorio”. 93472/09/09/2025
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. De conformidad a los estatutos sociales se convoca a la Asamblea General Ordinaria a los accionistas de la firma EMPRENDIMIENTOS GROUP S.A. a realizarse el día Sábado 20 de setiembre de 2025, primer llamado a las 09:00 horas, segundo llamado a las 10:00 horas con cualquier número de accionistas, sito en la Calle Km 14½ lado Monday a una cuadra de la Ruta N° 02, Distrito de Minga Guazú, Alto Paraná, Paraguay, orden del día: 1-Elección del Presidente y Secretario de Asamblea. 2-Lectura y consideración de la memoria anual del directorio, balance general de situación, cuadro de resultado, e informe del síndico correspondiente al ejercicio cerrado al 2024. 3-Elección de miembros del directorio, síndico y fijación de sus retribuciones para el ejercicio 2025. 4-Aplicación de la utilidad del ejercicio. 5-Otras medidas relativas a la gestión de la empresa que corresponda resolver de acuerdo a la competencia que le reconoce la ley y el estatuto. 6-Designación de un Accionista para suscribir el Acta de Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario de la misma. Directorio. 93470- 5 al 9/09
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA.De acuerdo a las disposiciones del Estatuto Social, convocase a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la Firma LOGISTICA & TRANSPORTES AMISTAD
S.A ., con RUC Nº 80148345-0, el día 24 de setiembre de 2025, a las 08:00 horas, en el local de la sociedad, sito en la calle 16 Acaray Edificio Schwanck sala 10, de la Ciudad de Minga Guazú, para tratar los siguientes temas, orden del día: 1-Elección de Presidente y Secretario para presidir la Asamblea Ordinaria. 2-consideración de la memoria del directorio, informe del síndico, balance general, cuadro de Resultados, Cuadro de depreciaciones de bienes, correspondiente al ejercicio cerrado al 31
de Diciembre de 2024. 3-Nombramientos de nuevos miembros del directorio y síndico. 4-Asignación de remuneraciones a directores y síndicos. 5-Designación de un Accionista para firmar el Acta de Asamblea conjuntamente con el Presidente y Secretario. Se recuerda a los Señores Accionistas lo dispuesto en el Art. Vigésimo cuarto, la primera convocatoria se requiere la asistencia de Accionistas que represente el 90% de acciones con derecho a voto y la segunda convocatoria el 75% con derecho a voto. 93497- 6 al 11/09
mento es válido, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá utilizar el lector del Código QR, a fin de constatar su autenticidad. Presidente Franco, 8 de agosto de 2025. 92943- 26/08 al 09/09
DISOLUCIÓN CONYUGAL.
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. Por Esc. Púb. Nº 31 del 18/07/2025, por ante la N.P. Lizzie F. Apodaca C., fue formalizada la constitución de la sociedad CASO FARMA S.A., Domicilio: Avda. de los Inmigrantes, Ciudad de Santa Rita, Duración: 99 años. Objeto: comercialización, distribución, importación, exportación y venta de productos farmacéuticos, medicamentos de uso humano y veterinario, artículos de higiene, cosméticos, perfumería y otros relacionados al ramo farmacéutico. Capital Social: G. 1.600.000.000. Socios: Fabio Adauto Rhoden, Daniela Lais Oesterreich Sachser, Rogerio Cini, Fabiana Cristina Meireles Ferreira y Cristiano Calizotti. Insc. en la D.G.R.P. Sección P.J. y C. Mat. Nº 46.692, Serie: Comercial, bajo el Nº 01, Folio 01-16, el 13/08/2025, R: 26/08/2025. Mat. de Com. bajo el N° 12.362, el 29/08/2025. 93499- 7 al 9/09
DISOLUCION Y LIQUIDACION. de La Comunidad Conyugal. la Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Presidente Franco, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, Abg. Cynthia Rossana Pineda Morel, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LUCIA MEZA DE VALADEZ Y JUAN JAIME VALADEZ, para que, en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. (Actuaría Norma Bodencer). Se hace saber al destinatario, para tener certeza de que este docu-
EL JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL VIGÉSIMO SEGUNDO TURNO DE LA CAPITAL, SEC. N° 43, cita y emplaza por treinta días a todos los que tengan créditos o derechos que reclamar contra la comunidad conyugal formada por los Sres. LUIS FERNANDO SANCHEZ PEREIRA Y JULIA MARIA FATIMA MARECOS LOPEZ. Asunción, 25 de agosto de 2025. El juicio obra en la Secretaría a mi cargo. Abg. MARCO ANTONIO OCAMPOS ORTIZ.-92942/09/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL
El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Sexto Turno de la Capital, Abg. Ulises Agustín Peña Vargas, cita y emplaza por treinta (30) días a los que tengan créditos o derechos que reclamar contra la comunidad conyugal conformada por los Sres. MARA DENISE DA VITORIA AYALA Y EFRAIN AYALA KUNZLE, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92. Asunción, 21 de agosto de 2025. Ante mí: Leticia Jazmín Limprich Cibils. (Actuaria Judicial – Secretaría 11). Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual para tener certeza de que este documento es válido deberá utilizar el Lector del Código QR, siendo así innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada Nº 1366/2020 y Acordada Nº 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 92957/09/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, con sede en María Auxiliadora, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos SUNILDA NATIVIDAD MORINIGO ZARZA Y MILCIADES MICHAEL MELGAREJO PEREIRA, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría N°1, a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA
AUXILIADORA, 28 de Julio de 2025 Para conocer la validez del documento, verifique aquí. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.- Firmado digitalmente por: ELCIRA HAYDE GONZALEZ OJEDA (ACTUARIO/A) 92603/02/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, DE SANTA ROSA DEL AGUARAY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO DEL YCUAMANDYYU, ABOG. NELSON ANTOLIN MERCADO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Sociedad Conyugal conformada por los esposos: “DIEGO ARIEL CABALLERO VELAZQUEZ C/ MARIA AUSILIADORA BARRIOS MARTINEZ S/ DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD GANANCIAL” Expte. Nº 185. Año 2025, para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 6 de Agosto de 2025. Cinthia Maricel 92978/10/09/2025
DISOLUCION CONYUGAL. LA JUEZA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL DE LA CIUDAD DE CURUGUATY, ABG. SONIA MARIELA MEDINA PAREDES, cita y emplaza por el término de Ley a los que tengan interés legítimo en reclamar derechos en contra la Sociedad conyugal conformada por HUGO DERLIS CENTURION RUSSI con C.I.N° 2.919.800 y ELISA ANTONIA RUIZ DIAZ AGUILAR con C.IN° 4.573.214, para que en el perentorio termino de treinta días, contado desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil paraguayo. El juicio radica en la secretaria Nº 1, a cargo de la Actuaria Judicial ABG. MIRIAN ESTELA PERALTA RODRIGUEZ.-CURUGUATY, 22 de Agosto de 2025. 92982/10/09/2025
DISOLUCION CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTAN-
CIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE PEDRO JUAN CABALLERO, Departamento del Amambay, DR. JUAN MARCELINO GONZALEZ G., emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos CELSO AGUSTI OLMEDO y BLASIA NOEMI FRANCO BAREIRO, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.- El juicio radica en la Secretaría a cargo de la Actuaria Judicial Abog. Anny Gregoria Acosta G., Pedro Juan Caballero,22 de julio de 2025. 93006/ 10/09/2025
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE AMAMBAY, Abg. BERNARDO MONGELOS ARCE, cita y emplaza por el plazo de 15 veces a los que tengan interés en reclamar créditos o derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos *DIONISIA ROLON CHAMORRO y CARLOS ROBERTO GRANCE* , para que en el término de 30 días, comparezcan a deducir acciones, bajo apercibimiento de no poder hacerlo en adelante, sino contra los bienes propios del deudor, de conformidad al artículo 614 inc. c) del Código Procesal Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil.- El juicio que radica en la secretaria N° 06 a cargo del Actuario Judicial Abg. FREDY F. MOLINAS DESVARS.- PEDRO
JUAN CABALLERO, 13 de Agosto de 2025 93008/10/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Turno de la Capital, Secretaría Nº 20, Abg. ROCÍO GONZÁLEZ MOREL, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LAURO NESTOR PENAYO CABRERA y VANESA ROBERTA RAMIREZ DE PENAYO, para que en el término de 30 días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 98 de la Ley N° 1/92. El juicio radica en la Secretaría N° 20 a mi cargo. Fdo. Abg. TOBIAS REDEKOP HARDER. Se hace saber al destinatario de este
documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1335/2019 de la Corte Suprema de Justicia. ASUNCION, 4 de Abril de 2024.Firmado digitalmente por: Tobias Redekop Harder (Actuario). 93028/11/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,COMERCIAL Y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE CORDILLERA,DR. JUSTO CRISTINO RAMOS ARRÚA, CITA Y EMPLAZA POR quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JULIA RAQUEL VERA Y ANIBAL GONZALEZ OJEDA , para que en el perentorio término de treinta (30) días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 DE LA LEY 1/92 EL JUICIO RADICA EN LA SECRETARÍA N° 2 A CARGO de la actuaria Abg. SANDRA ELIZABETH BUSAM ROMÁN. CAACUPE, 6 DE MARZO DE 2024 93030/11/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil del Vigésimo Cuarto Turno, Doctora Magali Zavala, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JOSE ALBERTO MORALES Y MIRIAN CASTORINA FARIÑA , Para que en termino de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezca a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. Asunción, 20 de agosto de 2025. Se hace saber al destinatario de
este edicto que el mismo cuenta con el código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada N° 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. Firmado digitalmente por: Carlos Galeano Aranda (Actuario). 93027 /11/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, DEL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA CIUDAD DE CURUGUATY, ABG. SONIA MARIELA MEDINA PAREDES, cita y emplaza por el término de Ley a los que tengan interés legítimo en reclamar derechos en contra la sociedad conyugal conformada por los señores TEOFILO FERNANDEZ MENDOZA Y GRICELDA NAVARRO GARCIA que en el perentorio término de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaria Nº 1, a cargo de la Actuaria Judicial ABG. MIRIAN ESTELA PERALTA RODRÍGUEZ. CURUGUATY, 27 de Agosto de 2025. 93046 /11/09/2025
DISOLUCION CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Sociedad Conyugal conformada por los esposos: “ANGEL DARIO LOPEZ C/ ROSA MARIA AGUAYO DE LÓPEZ S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL”, para que en el perentorio término de treinta dias contados desde la publicación del presente edicto com-
parezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo.- SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 30 de Mayo de 2025. Patricia Geraldine Benítez Caballero, Actuaria Judicial. 93074/12/09/2025
DISOLUCION CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Segundo Turno de Paraguarí, Sría. Nº 3, DRA. LIDUVINA OTAZU DE MERELES, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos “HECTOR ISAAC LOPEZ VERA Y ADA ANGELICA BENITEZ LOPEZ S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL” para que en términos de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 reforma parcial del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria a mi cargo. Abg. HADY GIMÉNEZ PÉREZ. PARAGUARI, 28 de Agosto de 2025. 93076/ 12/09/2025
DISOLUCION CONGUYAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL CUARTO TURNO DE LA CAPITAL, ABG. MARCELO TOMAS ROCHOLL SALINAS, cita y emplaza por 15 días a fin de que aquellos que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conformada por los esposos GORGONIO PEREIRA MARECO Y DORA MERCEDES GODOY RODRIGUEZ para que, en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto comparezcan a deducir acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 55 de la Ley N° 1/92. El juicio radica en la Secretaria N° 7 a mi cargo. Abg. FABRICZIO LEONEL DOMINGO SARUBBI RAMOS ASUNCION, 27 de Agosto de 2025 Se hace saber al destinatario de este edicto que el

mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada N° 1366/19 y N° 1370/20 de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia. 93185/13/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, Dra. LILIAN ROSMARY GONZALEZ DE DUARTE, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos LEONARDO BENITEZ BAEZ y BERNARDA GONZALEZ DE BENITEZ, para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/ 91 de la Reforma Parcial del Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. CORONEL OVIEDO, 28 de Agosto de 2025.- Abg. ADELA BENITEZ RAMOSActuaria Judicial.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 93189/13/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ INTERINO DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA MULTIFUEROS DE MARIS-
CAL ESTIGARRIBIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE BOQUERÓN ABG. RICARDO GOSLING; cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos MARLENE CAREMA FERNANDEZ y LUIS MARIA GONZALEZ VERA, para que en el término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 reforma parcial del Código Civil. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. MARISCAL JOSE F. ESTIGARRIBIA, 25 de Agosto de 2025. Firmado digitalmente por: Raul Gabriel Marin Rodríguez (Actuario). 93225/13/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL CUARTO TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL GUAIRA, ABOG. VANESSA MIÑO, en el Juicio caratulado: “VICTOR BERNARDO EMATEGUI CACERES C/ FATIMA BEATRIZ MENDEZ GIMENEZ S/ DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL”, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Sociedad Conyugal conformada por los esposos “VICTOR BERNARDO EMATEGUI CACERES y FATIMA BEATRIZ MENDEZ GIMENEZ”, para que en el perentorio término de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezca a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92 que modifica el Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la Secretaria Nro. 07 a cargo de la Actuaria Judicial Abog. MARIA ISABEL FERNANDEZ.- VILLA-
RRICA, 29 de Julio de 2025. 93227/13/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Amambay, Abg. Juan Marcelino Gonzalez, emplaza por quince (15) veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos ERICA ZARACHO VERA y LUIS EZEQUIEL RETAMOZO RODAS, para que en el perentorio término de treinta (30) días contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92.- El juicio radica en la Secretaría N° 2 a cargo de la Actuaria Judicial, Abg. Carolina Franco Vazquez. Pedro Juan Caballero, 10 de julio de 2025. 93269/16/09/2025
DISOLUCION. Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de Presidente Franco, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, Abg. Aara Silva Figueredo, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos "JULIO CESAR GARAY y NATIVIDAD
RAMÍREZ DE GARAY S/ Disolución de la Comunidad Conyugal" N.º 289 Año 2025, para que en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuesto en el Art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. (Actuario Abog. Rodney E. González G.). Se hace SABER al destinatario, para tener certeza de que este documento es válido, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá utilizar el lector del Código QR, a fin de constatar su autenticidad. Presidente Franco, 21 de agosto de 2025. 93284- 3 al 17/09
DISOLUCIÓN CONYUGAL. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. Gabriela Maricel Meaurio Samudio, de la Sexta Circunscripción Judicial - Alto Paraná cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos CARLOS RAMÓN AGUILAR y GLORIA ORTIZ VILLALBA , para que en el término de 30 días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art.
212 del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. Ciudad del Este, 2 de Setiembre de 2025. Abg. Claudia Fabiola Jara Gallardo, Actuaria Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. 93297- 3 al 17/09
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL DEL PRIMER TURNO DE SAN ESTANISLAO, Abog. LILIO FRANCO BOBADILLA RODRIGUEZ, en los autos caratulado: “FERMINA LEIVA CHAVEZ C/ HUGO CESAR FARIÑA S/ DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL”. N° 119, Año 2025. SEC. 2., cita y emplaza por quince veces a quienes tengan interés en reclamar derechos contra la comunidad conyugal formada por los esposos HUGO CESAR FARIÑA, con Cédula de Identidad N° 4.703.220; y FERMINA LEIVA CHAVEZ, con Cédula de Identidad N° 6.346.256, para que en el término de TREINTA DÍAS contados desde la última publicación del presente edicto, comparezcan ante éste Juzgado a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92, de Reforma Parcial del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría N° 2 a mi cargo. Abg. FATIMA CAROL MONTIEL M.. Actuaria Judicial interina. SAN ESTANISLAO, 29 de Agosto de 2025. 93335/17/0972025
DISOLUCIÓN CONYUGAL
La Juez de Primera Instancia en lo Civil Comercial y Laboral del Primer Turno e interina del Juzgado de igual clase y jurisdicción del Tercer Turno de la ciudad de Caaguazú Abg. MARIA IGNACIA FRANCO DE OVELAR, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos DANIEL BRITEZ ECHAGUE y CALIXTA TADEA ZARZA NUÑEZ, para que en el término de 30 días comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92. El juicio radica en la Secretaria N° 06 a mi cargo. CAAGUAZU, 18 de Agosto de 2025. Firmado digitalmente por: Cecilia Paola Sosa Ibarra(Actuaria). 93339/17/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL.
LA ACTUARIA JUDICIAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL DE SANTA ROSA DEL AGUARAY, ABG. CINTHIA ACEVEDO, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Comunidad Ganancial conformada por los esposos "SOFIA SALINAS LIMEÑO Y JULIO RAMON ROMAN GONZALEZ S/DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL", Exp. N° 227, Folio 176, Año 2025, para que en el perentorio término de treinta días contados desde la publicación del presente edicto comparezcan a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1/92 del Código Civil. El juicio radica en la Secretaría a mi cargo. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 2 de Setiembre de 2025. Cinthia Maricel Acevedo Mendez (Actuaria). 93413/18/09/2025
DISOLUCIÓN CONYUGAL. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL GUAIRA, ABOG. HECTOR OSVALDO MARECOS B., en el Juicio caratulado: “ENILDA REJALA BURGOS C/ IGNACIO AGUSTIN JAVIER BATTISTELLI S/ DISOLUCION DE LA COMUNUDAD CONYUGAL”, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la Sociedad Conyugal conformada por los esposos “ENILDA REJALA BURGOS e IGANCIO AGUSTIN JAVIER BATTISTELLI, para que en el perentorio término de treinta días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezca a deducir sus acciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley Nº 1/92 que modifica el Código Civil Paraguayo. El juicio radica en la Secretaria N°. 05 a mi cargo. Ana Bell Gicelle Rivas Duarte(Actuaria) VILLARRICA, 2 de Setiembre de 2025. 93437/18/09/2025
DISOLUCION. Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Presidente Franco, de la Sexta Circunscripción Judicial, Alto Paraná, Abg. Cynthia Rossana Pineda Morel, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos contra la sociedad conyugal formada por los esposos JOSE ANDRES PRIBIZCHUK BARBOZA Y NIDIA MERCEDES LEZCANO LÓPEZ, para que, en término de 30 días contados desde la publicación del presente Edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de los dispuesto en
el Art. 55 de la ley 1/92 modificado del Código Civil Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaría a mi cargo. (Actuaría Norma Bodencer). Se hace saber al destinatario, para tener certeza de que este documento es válido, que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, deberá utilizar el lector del Código QR, a fin de constatar su autenticidad. Presidente Franco, 2 de Setiembre de 2025. 93414-5 al 19/09.
DISOLUCIÓN CONYUGAL. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPÚBLICA, con sede en Maria AUXILIADORA, Abg R. Evelin Cabrera Paredes, cita y emplaza por quince veces a los que tengan interés en reclamar derechos formada contra los esposos MARIA LOURDES ELIZABETH AGUILAR CUENCA Y WALTER ALTAGRACIO
MEDINA RIOS, para que en el término de 30 dias, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 212 del Código Civi: Paraguayo vigente. El juicio radica en la secretaria N 1 a mi cargo Abg. Elcira Mayde González Ojeda, Actuaria Judicial, MARIA AUXILIADORA, 22 de Agosto de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta CON el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.21/09/2025
SE SOLICITA PERSONAL. FEMENINO PARA AREA DE MANTENIMIENTO. Lugar de trabajo: Luque. Requisitos: Conocimiento de electricidad básica y/o refrigeración, mayor de edad, buena dicción y trato agradable, disponibilidad de tiempo completo, con experiencia en el área y con autogestión. Enviar curriculum vitae con foto tipo camet al correo electrónico fabrica.rrhh.2024@gmail.com 92865/24/09/2025
PUERTO HELADO SOLICITA. PERSONAL FEMENINO PARA REFUERZO DE TEMPORADA: Ref. 1: Atención al cliente. Ref.2: Producción. Mayor de edad, buena dicción y trato agradable, disponibilidad de tiempo completo, capacidad para trabajar en equipo Presentar curriculum vitae con foto tipo carnet
y fotocopia de C.1. en calle Rosa Agustin González N°517 e/ Boquerón y San Francisco, Cuarto Barrio - Luque, o remitir al correo electrónico puertoheladopy@gmail. com92865/24/09/2025
EDICTO. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL TERCER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL GUAIRA, ABG. HECTOR OSVALDO MARECOS B. cita y emplaza por quince veces, a fin de que la demanda CARMEN BENITEZ VERA , comparezca por si o por apoderado ante el Juzgado a tomar intervención en estos autos, expediente caratulado "IGNACIO CABRERA BENITEZ C/ CARMEN BENITEZ VERA S/ USUCAPION", bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere se le designará como representante legal al Defensor de Ausentes e Incapaces de Mayores de Edad de Tumo de esta Circunscripción Judicial. El juicio radica en la secretaria Nro. 6 a mi cargo. Firmado digitalmente por: Nidia Beatriz Duarte Villalba (Actuaria). VILLARRICA, 2 de Setiembre de 2025. 93358/17/09/2025
EDICTO. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE AMAMBAY, Dr. JUAN MARCELINO GONZÁLEZ, por providencia de fecha 22 de Agosto de 2025, ordenó la anotación de la litis sobre el inmueble individualizado como Lote Nº 1 de la Manzana 9 de la Fracción Flor del Amambay del Distrito de Pedro Juan Caballero inscripta en la Dirección General de Registros Públicos con la Matricula N01/22705 desprendida de la Finca N° 5078, en los autos caratulados: "DERPAR S A (DESARROLLADORA RURAL PARAGUAYA S.A.)
C/ GEORGINA FIGUEREDO DE MORA Y/O SEBASTIAN MENDOZA S/REIVINDICACIÓN", que radica en la Secretaria N° 2 a cargo de la Actuaria Judicial Abg. CAROLINA FRANCO VAZQUEZ.- PEDRO JUAN CABALLERO, 29 de Agosto de 202 5 93398/06/09/2025
EDICTO. La Jueza 1˚ Inst. de María Auxiliadora, Abog Rósula Evelyn Cabrera, resolvió: Admitir la convocatoria de acreedores de CAYO CESAR CACERES MAYLIN, quien no es comerciante. Citar a acreedores en plazo de 30 días presenten títulos de sus créditos. Ordenar publicar edictos en diario La Nación, suspensión acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el convocatario, con
excepción del Art. 26, Ley 154/69. Dar intervención al Ministerio Público y Sindicatura de Quiebras. Comunicar al Registro de Quiebras. Mirian Ortiz (Actuaria) 01/09/25. 93399- 4 al 8/09
EDICTO. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,COMERCIAL, LABORAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO, en los autos caratulados “MIRIAN MONTIEL GAVILAN S/CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I Nº 308 fecha 28 de agosto de 2025 en la cual ordena la publicación por cinco días, haciendo saber la ADMISION de esta convocatoria. El juicio radica en la Secretaría Nº 2 a cargo de la Abg. PATRICIA BENITEZ CABALLERO. SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 28 de Agosto de 2025 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.- 93401- 4 al 8/09
EDICTO. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABG. NORMA MABEL FLEITAS AQUINO, en los autos caratulados “NESTOR RAMIREZ FERREIRA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. Nº 266 de fecha 22 de agosto del año 2025, en la cual ordena la publicación por cinco días, haciendo saber la ADMISION de esta convocatoria. El juicio radica en la Secretaría Nº 1 a cargo del Abg. Francisco Recalde. SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 22 de Agosto de 2025.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.-93402- 4 al 8/09
EDICTO. EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL DEL PRIMER TURNO SECRETARIA Nº1,de la Ciudad de Villarrica. En el expediente caratulado: “CARLOS ALCIDES ORTIZ JARA S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES” resolvió por A.I. N° 357, de fecha 26 de Agosto de 2025,
cuanto sigue: 1.- TÉNGASE por presentado al Sr. CARLOS ALCIDES ORTIZ JARA y por constituido su domicilio en el lugar señalado. Agréguense los documentos anexados al sistema de gestion de casos previa autenticación digital por el actuario.2.-
ADMITIR la convocación de acreedores del Señor CARLOS ALCIDES ORTIZ JARA con Cédula de Identidad N° 4.029.655.- 3.- DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante. - 4.- CITAR a los acreedores de la convocatario para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten lotítulos justificativos de sus respectivos créditos 5.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 6.ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio del convocatario, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 7.ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 8.- DAR intervención al Ministerio Público. 9.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 10.LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. - 11.DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cédula 12.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.- FDO: Abg. LIZA MARIA ALFONSO VERA (JUEZ).-93386 4 al 8/09
CONVOCATORIA DE ACREEDORES. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIUDAD DE FERNANDO DE LA MORA, ABG. MIRIAN FERREIRA RUIZ DIAZ, SECRETARIA N° 3 a cargo del ACTUARIO ABG. ALVARO BUENO en los autos caratulados: “ALEXIS DAVID CABALLERO FRANCO S/CONVOCATORIA DE ACREEDORES” Expte Exp Nº 595, Año: 2024, Que por A.I. N° 528 de fecha 02 de setiembre de 2025 ha resuelto: 1) ADMITIR la Convocatoria de acreedores del Sr.
ALEXIS DAVID CABALLERO FRANCO. - 2) DESIGNAR a la Agente Síndico de Quiebras del Quinto Turno, ABOG. ELSA MARIA CAROLINA MONGES OGGERO, en el carácter de Agente Sindico interviniente.3) CITAR, a los acreedores del Sr. ALEXIS DAVID CABALLERO FRANCO para que en el plazo de treinta (30) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos o a falta de ellos, una manifestación firmada con expresión del monto exacto del crédito, su origen o causa y el privilegio que pretendiesen tener. 4) DECLARAR que el convocatorio no es comerciante. - 5) COMUNICAR, esta resolución a la Dirección General de los Registros Públicos Sección Convocatoria y Quiebras y, para el efecto librar el correspondiente oficio. - 6) DAR, intervención al Ministerio Público. - 7) ORDENAR, la publicación de los correspondientes edictos en el Diario “LA NACIÓN”, haciendo saber la admisión de esta convocatoria, por el término de cinco (5) días. - 8) ORDENAR, la suspensión de todas las acciones promovidas en contra del convocatario, con excepción de aquellas que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real o los que correspondan a los trabajadores como consecuencia de contratos de carácter laboral. 9) SON, días de notificaciones en Secretaria los martes y jueves de cada semana conforme a lo preceptuado en el Art. 131 del Código Procesal Civil y 179 de la Ley Nº 154/69 de Quiebras. 10) COMUNICAR, a los Juzgados de igual Clase y Jurisdicción en lo Civil y Comercial, así como a los de Justicia Letrada la admisión de la presente convocatoria, para que hubiere lugar en derecho. – 11) REGISTRAR Y CONSERVAR en el gestor documental del Poder Judicial en los términos del Art. 66 de la Ley N° 6822/22, conforme con el ítem 5, "conservación de documentos electrónicos", del protocolo de tramitación electrónica aprobado por ACORDADA N° 1108 del 31 de agosto de 2016 emanada de la Corte Suprema de Justicia. FERNANDO DE LA MORA, 3 de Setiembre de 2025. 93415 al 8/09
EDICTO. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno e Interina del Segundo Turno Sria. Nº 3, Abg. Norma Mabel Fleitas Aquino, de la ciudad de San Pedro del Ycuamandyyú, ha resuelto por A.I. N° 126 de fecha 06 de Agosto de 2025, la publicación del juicio: JOSE ASUNCION CABALLERO TORRES S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES, cuya parte resolutiva dispone: 1) ADMITIR la convocación de acreedores del Sr.
JOSE ASUNCION CABALLERO TORRES, con C.I. Nº 4.274.575. 2) DESIGNAR como Agente Síndico al Abg. MARCIAL OTILIO PAREDES BASUALDO. 3) DETERMINAR que el convocatario no es comerciante. 4) CITAR a los acreedores del convocatario para que en el plazo de 30 días presenten en secretaria de este Juzgado los títulos justificativos de sus créditos.5) COMUNICAR al Registro General de Quiebras la admisión de esta convocatoria y para el efecto librar Oficio al Registro Público, de conformidad al art. 183 inc. 1 de la Ley de quiebras. 6) DAR intervención al Ministerio Público. 7) ORDENAR la publicación de los edictos para hacer saber la admisión de esta convocatoria en el diario “LA NACION” de la Capital, por el plazo de 5 días. 8) ORDENAR la suspensión de todos los juicios ejecutivos seguidos contra del Sr. JOSE ASUNCION CABALLERO TORRES, con C.I. Nº 4.274.575, y el cese de los descuentos compulsivos a excepción de los que tuvieran por objeto el cobro de créditos con garantía real, o de los que corresponden a los trabajadores como consecuencia de contrato de trabajo, y aquellos que han sido impuestas en concepto de Asistencia Alimenticia en los juzgados de la Niñez y Adolescencia…”. San Pedro de Ycuamandyyu, 26 de agosto de 2025 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme a la Acordada 1366/2019. Mercedes Margarita Ramirez Cubilla, Actuaria Judicial. 93421/08/09/2025
EDICTO. El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno de esta Capital, a cargo de S. S. Alfredo Barrios Jara, por ante la Secretaría a cargo de Heriberto Lezcano M. en el expediente: "MARCIAL BOBADILLA GUILLEN Y OTRA S/ PRIVACIÓN DE EFICACIA JURÍDICA ha dictado la S.D.N°.626 de fecha 1 de setiembre de 2025 cuya parte resolutiva copiada dice:" RESUELVE: HACER LUGAR a la presente demanda de Privación de Eficacia Jurídica promovida por MARCIAL BOBADILLA GUILLEN y Sueli Diaz de Bobadilla y en consecuencia, privar de eficacia al Certificado de Depósito de Ahorro en moneda extranjera, Serie BA N°. 4042 por cincuenta y cinco mil dólares americanos US$. 55.000 emitida por el Banco GNB Paraguay S.A. en fecha 6 de enero de 2025 con
fecha de vencimiento el 10 de julio de 2026. DISPONER la publicación de esta resolución por el plazo de cinco (5) días en el diario LA NACION de esta Capital.- AUTORIZAR el pago transcurrido treinta días desde la publicación de la resolución, siempre que no se haya formalizado oposición por el detentador. ANOTAR, registrar y remitir copia a la Excma. Corte Suprema de Justicia. El expediente se tramita ante la Secretaría N°. 9 a cargo del Actuario judicial: Heriberto Lezcano M. Secretario. ASUNCION, 3 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este oficio que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual para tener certeza de que este documento es válido deberá utilizar el Lector del Código QR, siendo así innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada Nº 1366/2020 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia.93430 /08/09/2025
EDICTO. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRÁ (VILLARRICA), Abg. LIZA ALFONSO, en el juicio caratulado: “MIRTHA CLARA CONCEPCION
ALLENDE BENITEZ S/ CONVOCATORIA DE ACREEDORES”, ha dictado el A.I. N° 70 del 23 de febrero del 2024, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: “…1.-TÉNGASE por presentado a la Sra. MIRTHA CLARA CONCEPCION
ALLENDE BENITEZ y por constituido su domicilio en el lugar señalado. Agréguense los documentos anexados al sistema de gestión de casos previa autenticación digital por la Sra. Actuaria. 2.-ADMITIR la convocación de acreedores de la Señora MIRTHA CLARA CONCEPCION ALLENDE BENITEZ con Cédula de Identidad N° 4.937.281.3.-DEJAR establecido que la convocataria no es comerciante. 4.-CITAR a los acreedores de la convocataria MIRTHA CLARA CONCEPCION ALLENDE BENITEZ para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 5.-ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario “LA NACION”, por el término de 5 (cinco) días. 6.-ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocataria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspon-
dientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 7.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley. 8.-DAR intervención al Ministerio Público. 9.-COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 10.-LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. 11.-DESIGNAR al Síndico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cédula. 12.-ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su ítem 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia. 13.-HÁGASE SABER A LAS PARTES: Que, en el marco de la transparencia institucional, TODOS LOS PROCESOS SE TRAMITAN EN FORMA ELECTRÓNICA. Ello exige que las presentaciones de parte deban ser realizadas por dicha vía, salvo aquellas que implican la primera intervención de la persona en el proceso o la de un nuevo Abogado apoderado o patrocinante, que se realizaran en formato papel. Seguidamente, será registrado el profesional en el sistema y las posteriores presentaciones deben ser realizadas vía electrónica. Adicionalmente, hágase saber a las partes que el acceso no es exclusivo para los profesionales, pudiendo las partes acceder al contenido de su expediente electrónico a través de su correo electrónico personal, gestionando el usuario y la contraseña de acceso respectiva en la oficina de Mesa de Entrada Jurisdiccional, sito en la planta baja de la Sede del Poder Judicial en Villarrica, o enviando un correo electrónico a asistencia@ pj.gov.py para su trámite y aprobación, a los efectos de poder realizar el seguimiento personal de las actuaciones en el presente proceso (https://www.pj.gov.py/ contenido/2152-elexpediente-judicial-electronico-es tuyo/2152). Los profesionales deberán denunciar domicilio electrónico de sus representado o patrocinados de conformidad al art. 4 del art. 4°, numeral 24 de la Ley N° 6822/2022, concordante con el art. 102 de la misma ley. Y así también se hace saber que, TODAS LAS RESOLUCIONES EN EL PROCESO CIVIL Y COMERCIAL SE NOTIFICAN POR VÍA ELECTRÓNICA a las partes que han tomado intervención en autos, a excepción del traslado de la demanda, comunicación a personas extrañas al proceso y las que expresamente señale el Juez, conforme al Art. 1° de la Acordada N° 1233/2018, con la expresión
“en formato papel”, conforme reglamentación de las leyes mencionadas por medio de la Acordada N° 1638 del 04 de mayo de 2022, concordante con la Acordada N° 1107 del 31 de agosto de 2016 y de la Acordada N.º 1.661/2022 emanadas de la Excma. Corte Suprema de Justicia. .”. FIRMADO ABG. LIZA ALFONSO (JUEZ). Hay un código QR. Por providencia de esta misma fecha se ha dispuesto el cambio de diario publicante al periódico “LA NACION”. El juicio se tramita ante la Sec. N° 2, Actuaria Teresita Ortellado. VILLARRICA, 1 de Setiembre de 2025 93411/09/09/2025
EDICTO. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRA, Abg. LIZA MARIA ALFONSO VERA, Secretaría Nº 1, a cargo del Actuario Judicial, Abg. CESAR RIGOBERTO BATTAGLIA MERELES, ha dictado el A.I. N° 359 De fecha, 27 de Agosto de 2025, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: 2.- ADMITIR la convocación de acreedores de la Señora GLORIA MERCEDES GABAGLIO con Cédula de Identidad N° 1.270.069.-DEJAR establecido que la convocatoria no es comerciante. 4.- CITAR a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos. 5.- ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario "LA NACION", por el término de 5 (cinco) días 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocatoria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 7.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley 8.- DAR intervención al Ministerio Público. 9.- COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios 10.-LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. -11.- DESIGNAR al Sindico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente. Notifíquese por cédula. 12.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la
6 JUDICIAL .
ley 6822/2021 y a la Acordada N° 1108 en su item 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.- ABG. LIZA MARIA ALFONSO VERA (JUEZ). Ante mí: ABG. CESAR RIGOBERTO BATTAGLIA MERELES. (ACTUARIO JUDICIAL). VILLARRICA, 3 de Setiembre de 2025.93440 09/09/2025
EDICTO. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL PRIMER TURNO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL GUAIRA, Abg. LIZA MARIA ALFONSO VERA, SecretarÍa N° 1, a cargo del Actuario Judicial, Abg. CESAR RIGOBERTO BATTAGLIA MERELES., ha dictado el A.I N° 360 de fecha 27 de agosto de 2.025, que copiada en su parte resolutiva textualmente dice: 2.- ADMITIR la convocación de acreedores del Señor EDGAR FABRICIANO CABALLERO AMARILLA con Cédula de Identidad N°3264384. DEJAR establecido que el convocatario no es comerciante4- CITAR a los acreedores de la convocatoria para que en el plazo de 30 (treinta) días presenten los títulos justificativos de sus respectivos créditos 5.ORDENAR la publicación de los edictos respectivos, haciendo saber la admisión de la presente convocación en el diario "LA NACION", por el término de 5 (cinco) días 6.- ORDENAR la suspensión todo tipo de descuentos y/o acciones ejecutivas iniciadas o a iniciarse contra el patrimonio de la convocatoria, con la excepción de los que tuvieren como objeto el cobro de un crédito con garantía real o del que corresponda al trabajador, como consecuencia de un contrato de trabajo, para cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial donde sean tramitados los juicios. 7.-ADJUNTAR toda la documentación dentro de los plazos previstos en la Ley 8.- DAR intervención al Ministerio Público 9. COMUNICAR esta Resolución al Registro General de Quiebras y a la Dirección Nacional de los Registros Públicos, librándose los correspondientes oficios. 10.- LIBRAR los oficios en la forma y a los efectos solicitados. -11.- DESIGNAR al Sindico de turno, a los efectos de la intervención correspondiente Notifíquese por cédula. 12.- ANOTAR, registrar y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del art. 66 de la ley 6822/2021 y a la Acordada Nº 1108 en su item 5, de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.-. ABG. LIZA MARIA ALFONSO VERA (JUEZ). Ante mi: ABG. CESAR RIGOBERTO BATTAGLIA MERELES. (ACTUARIO JUDICIAL). VILLARRICA, 3
de Setiembre de 2025. 9344109/09/2025
EDICTO. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de San Pedro, Norma Mabel Fleitas, que en los autos: "ANDRESA MAURA VALIENTE GONZÁLEZ C/ MARCIA GIMÉNEZ DE ORREGO, AMELIA BLANCO DE YEGROS Y OCTAVIO GONZÁLEZ Y OTROS S/ REIVINDICACIÓN" ha dictado el A.I. N° 98 de fecha 29 de mayo de 2025, que copiada en la parte resolutiva dispone: 1. HACER LUGAR, a la Medida Cautelar de Urgencia solicitada por la accionante, señora ANDRESA MAURA VALIENTE GONZALEZ, conforme al exordio de la presente resolución.- 2. DECRETAR la MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE INNOVAR sobre los inmuebles individualizados como: FINCA N° 654, Fracción "A" Cta. Cte. Catastral N° 180051-13 del Distrito de San Pedro del Ycuamandyyú, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el N° 3 y al folio 8 y sgtes de fecha 9 de julio de 2010. Y la FINCA N° 654 Fracción "B" Cta. Cte. Catastral N° 18-0051-10 del Distrito de San Pedro del Ycuamandyyú, inscripto en la Dirección General de los Registros Publicos bajo el N° 1 y al folio 1 y sgtes de fecha 6 de julio del 2011, conforme los fundamentos expuestos en el exordio de la presente resolución.- 3. ESTABLECER, como Contracautela el embargo preventivo del bien automotor individualizado como Marca Toyota, Modelo Allion/2006, Tipo Automóvil, Color Gris, Matricula N° AABP122, Chasis N° NZT2405043034, inscripto a nombre de ANDRESA MAURA VALIENTE GONZALEZ con cedula de identidad N° 3.557.619, hasta cubrir la suma de guaranies Treinta millones (Gs. 30.000.000), a los efectos de responder por los daños y perjuicios que pudiere ocasionar la medida cautelar solicitada, en caso haberlo peticionado sin derecho alguno, en consecuencia, trábese embargo preventivo sobre el citado vehículo automotor, conforme al exordio de la presente resolución.- 4. LIBRAR los oficios pertinentes.-5. NOTIFICAR, por cédula en soporte papel.- 6. REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del articulo 66 de la Ley N°6822/2021, conforme con el item 5, "Conservación de documentos electrónicos", del Protocolo de ramitación Electrónica, aprobado por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte.- Y el A.I. N° 112 de fecha 05 de junio de 2025, que copiada
en la parte resolutiva dispone: 1- ACLARAR, el A.I N° 98 de fecha 29 de mayo del 2.025, dictada en autos; por un error material involuntario al no mencionar decretar las MEDIDAS CAUTELARES DE ANOTACION DE LA LITIS sobre los inmuebles individualizados como: FINCA N° 654, Fracción "A" Cta. Cte. Catastral N° 18-0051-13 del Distrito de San Pedro del Y cuamandyyú, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el N° 3 y el folio 8 y sgtes de fecha 9 de julio de 2010. Y la FINCA N° 654 Fracción "B" Cta. Cte. Catastral N° 18-0051-10 del Distrito de San Pedro del Ycuamandyyú, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el N° 1 y al folio I y sgtes de fecha 6 de julio del 2011, de conformidad a lo expuesto en el considerando de la presente resolución. 2. LIBRAR el oficio correspondiente. 3. NOTIFÍQUESE por cédula formato papel. 4. REGISTRAR y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del articulo 66 de la Ley N° 6822/2021, conforme con el ítem 5. "Conservación de documentos electrónicos", del Protocolo de Tramitación Electrónica, aprobado por la Acordada N° 1108 del 31 de agosto de 2016, emanada de la Corte. El juicio radica en la Secretaria N° 1, a cargo del Actuario Abg. Francisco Luis Recalde. SAN PEDRO DE YCUAMANDY YU, 3 de Setiembre de 2025 93473/09/09/2025
EDICTO. ESCISIÓN. EL MEJOR S.R.L., con RUC N° 80011003-0 con un capital social de Gs. 20.500.000.000, ha resuelto escindirse, y destinar parte de su patrimonio a la constitución de una nueva sociedad a ser denominada GESTION DE ACTIVOS FIJOS S.A., con un capital social de Gs. 10.000.000.000.; todo ello conforme a lo resuelto en la reunión de socios celebrada en fecha 01 de setiembre de 2025. El balance de escisión estará disponible a los socios y acreedores en el domicilio social sito en Sucre Nº 1620 casi San Martín de la ciudad de Asunción. Se deja constancia que el silencio respecto de esta operación de quienes tengan interés legítimo en ella, será considerado como conformidad con la misma.9341012/09/2025
1er. Turno y Secretaría No. 2 de la Ciudad de J. Augusto Saldívar, se dará inicio al juicio de mensura de una fracción de terreno presuntamente fiscal solicitada en compra al Indert por la Sra. MARGARITA CASTILLO con C. I. No. 1706485, a través del Expediente Administrativo No. 24017 / 2018, ubicada en el Paraje denominado Tacuruty del Distrito de Villeta del Departamento de Central, siendo linderos los siguientes: Al NORTE, con Derechos Fiscales; AL ESTE, con Derechos Privados; AL SUR, con Calle Pública y; AL OESTE, con Ruta Departamental D072. La actualización de los nombres de los linderos se realizaran dentro del proceso de notificación. La Comisión fue conferida al Suscripto por el juzgado supra mencionado y en cumplimiento a la R. P. No. 4154 / 2022, siendo arranque en el terreno el Vértice Suroeste de la presunta fracción fiscal, cuyas coordenadas planas U. T. M. son: E 450.858 N 7.178.179. Expediente Año 2025 No. 71 (Inh.) Folio 14 en los autos caratulados:”I.N.D.E.R.T S/ MENSURA”. Lic. ROBERTO AQUINO ORREGO. Mat. C.S.J. No. 2843. Informaciones vía Whatsapp al (0981) 994683. Email: aquino1969@gmail.com. 93463/09/09/2025

21/02/2024 (51) Int. CI 8: A 01C 5/06(2006.01), A 01M 7/00(2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 de publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley.(57) Resumen (21/25)Se refiere a un pulverizador de surcos destinado a su uso en agricultura, que emplea un circuito directo con una bomba eléctrica (18) controlada por modulación de ancho de pulso (PWM), que permite un control de flujo automatizado bajo demanda, y un control simplificado de la tasa de aplicación, que se ajusta de acuerdo con la velocidad del implemento agrícola, garantizando una aplicación uniforme y optimizada de los insumos. Otra característica notable es que este diseño elimina la necesidad de que el líquido regrese al tanque (15), evitando la transferencia de calor al tanque de almacenamiento y preservando la calidad del líquido. Farm. Berta Segovia, Directora Interina – Dirección de Patentes. 93435/08/09/2025

al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 De publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57)Resumen: (19/25)Se proporciona un polipéptido variante novedoso; un polinucleótido que codifica el polipéptido variante; un vector que comprende el polinucleótido; un microorganismo que comprende uno o más del polipéptido variante, el polinucleótido que codifica el polipéptido variante y el vector que comprende el polinucleótido, un método para producir un glicósido de esteviol utilizando el polipéptido variante o el microorganismo; una composición para producir uno o más de rebaudiósido D y rebaudiósido M utilizando los mismos; y el uso del microorganismo en la producción de uno o más de rebaudiósido D y rebaudiósido M. Farm. Berta Segovia, Directora Interina – Dirección de Patentes. 93457/9/9/2025

MENSURA .Comunico a linderos y propietarios que el 25 de setiembre de 2025, a las 08:00 horas en la sala de audiencias del Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL PARAGUAY / PARAGUÁI TETÃYGUA AKÃPYROKY MBA'ETEE MOAKÃHA (11) Nro. Publicación: PY2504738A (43) Asunción, 21 de Agosto de 2025 Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) N° de Solicitud 2504738 (22) Fecha de Solicitud: 24/01/2025 10:58:14 (71) Solicitante: SAFRAMAX INDUSTRIAL LTDA Domicilio Solicitante: Rua Norberto Alcantara Padilha, 131 PQ. Ind. Augusto Tezzeli Filho, Campo Mourão, PR 87306-690, Brasil. (72) Inventor: 1)EMERSON VENAR BARROZO; y 2) CLEBERSON RIBEIRO DE MATOS Domicilio Inventor: 1) y 2) Rua Norberto Alcantara Padilha, 131, Campo Mourão, PR, Brasil (54) Título: PULVERIZADOR DE SURCO (74) Agente: Wilfrido Fernández De Brix - 25 (30) Prioridad/es: BR 10 2024 003417-1-
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL PARAGUAY / PARAGUÁI TETÃYGUA AKÃPYROKY MBA'ETEE MOAKÃHA (11) Nro. Publicación: PY2504584A (43) Asunción, 12 de Agosto de 2025.Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) Nºde Solicitud 2504584 (22) Fecha de Solicitad: 24/01/2025 09:01:06 (71) Solicitante: CJ CHEILJEDANG CORPORATION Domicilio Solicitante: 330, Dongho-ro, Jung-gu, Seoul 04560, Corea, KR (72) Inventor: 1)LEE, MISUN; 2)KIM, JUNGEUN; 3) JEONG, GOO-YEONG; y 4) PARK, SUNGHEE Domicilio Inventor: 1) y 4) 330, Dongho-ro, Jung-gu, Seoul 04560, Corea, KR (54) Título: NUEVO POLIPÉPTIDO DE GLICOSIL TRANSFERASA VARIANTE Y MÉTODO DE PRODUCCIÓN DE GLICÓSIDOS DE ESTEVIOL UTILIZANDO EL MISMO.- (74) Agente Lilian Lorena Marecos Pereira - 6574 (30) Prioridad/es KR 10-2024-001120424/01/2024 (51) Int. Cl 8: C12N 15/70(2006.01), C12N 15/77(2006.01), C12P 19/56(2006.01) En cumplimiento
PATENTE DE INVENCIÓN. (19) DIRECCIÓN NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL PARAGUAY / PARAGUÁI TETÃYGUA AKÃPYROKY MBA'ETEE MOAKÃHA (11) Nro. Publicación: (11) No Publicación PY2512787A (43) Asunción, 2 de Septiembre de 2025- Orden de Publicación de SOLICITUD de Patente de Invención (12) DATOS DE LA SOLICITUD (21) N° de Solicitud 2512787 (22) Fecha de Solicitud: 20/02/2025 10:17:54 (71) Solicitante AGROMETAL SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Domicilio Solicitante: Misiones 1974(2659), Monte Maíz, Córdoba, Argentina, AR (72) Inventor: ROSANA NEGRINI Domicilio Inventor: Entre Ríos 2151, Monte Maíz, Córdoba, Argentina, AR (54) Título: CUERPO DE SIEMBRA MODULAR (74) Agente: Ana C. Garcia Palacios - 1880 (30) Prioridad/es AR 2024010050729/02/2024 (51) Int. CI 8: A01C 5/06(2006.01) En cumplimiento al Artículo 1 de la Ley Nº 2593/05 que modifica el Artículo 23 de publicaciones de la Ley Nº 1630/00 de Patentes de Invención, se dispone que a partir de la fecha de la presente orden de publicación, esta solicitud de
patente se hace pública y se ordena su publicación por el término de la Ley. (57)Resumen: (41/25) Un cuerpo de siembra modular compuesto, al menos, de un módulo de copiado del terreno, un módulo central que porta los implementos activos de siembra, tales como discos abre surcos, dosificadores de semillas, dispositivos pisa granos, entre otros un módulo de tapado, ubicado en la parte posterior, que comprende una pluralidad de ruedas tapadoras para cubrir el surco una vez que las semillas han sido depositadas en el suelo Los módulos que componen el cuerpo de siembra modular son independientemente intercambiables entre sí, permitiendo disponer trenes de siembra de características diferentes en función de los componentes escogidos. Asimismo, la construcción modular del cuerpo de siembra objeto de la presente invención, permite utilizar complementos adaptables a diversas máquinas sembradoras, de modo que es posible utilizar las mismas herramientas a maquinarias diferentes. Farm. Berta Segovia, Directora Interina – Dirección de Patentes. 93453/09/2025
S.A.,en su condición de Depositario Judicial del mismo, en la calle Boquerón c/ Bernabé Suarez (Ciudad de Mariano Roque Alonso), donde podrá ser inspeccionado.-Segun informe de la Dirección General del Registro de Automotor, reconoce el mencionado vehiculo, las sgts. restricciones de dominio: Embargos Ejecutivos decretados a petición de: 1) Omar Ramón Insaurralde Gamarra/Gonzalez Alfonso Cynthia Carolina (202403, Juzgado de Paz en lo Civil y Comercial de la Encarnación, Gs. 12.500.000.-; 2) Banco Familiar SAECA,/Cynthia Carolina González Alfonso, Gs.1.017.366 (Cancelado-Levantado; 3)-Garden Automotores S.A. (2023/08), Gs. 108.700.000, Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Vigésimo Cuarto Turno, Prendaa favor de Garden Automotores S.A.(2020-10).-.- Datos, se podrán obtener en el Expediente.- El comprador abonará en el acto y efectivo, el importe total de su compra, publicaciones, viático de Secretaría, y comisión del 4% + Iva al Rematador.-V°B°: Abog. Carlos Galeano Actuario Judicial) Julio César Burgos Ortíz (Rematador Público)- (0981)423541.93459/07/09/2025
presente edicto que el mismo cuenta con el Código QR por lo cual, para tener certeza que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR siendo ya en consecuencia innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme a las Acordadas 1366/2019 y 1370/2020 de la Corte Suprema de Justicia. Fernando de la Mora, 29 de agosto de 2025. 93219/08/09/2025
SUBASTA JUDICIAL. El día 17 del mes de setiembre año 2025, a las 15:00 horas, por disposición de S.S. la Señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Turno Veinte y Cuatro Dra. Magali Zavala de Biederman, Secretaria N° 48 a cargo del Actuario, Abog. Carlos Galeano, sito en el Primer Piso del Palacio de Justicia (M.R.Alonso e/ B.Testanova y de la Conquista), en las actuaciones del Expediente N° 402, Año 2022, caratulado: “ GARDEN AUTOMOTORES S.A. CONTRA CYNTHIA CAROLINA
GONZALEZ ALFONSO SOBRE EJECUCION PRENDARIA” , y de conformidad a la providencia de orden de venta del 06 de Agosto del año 2025, y la Constancia de Mesa de Entrada de Garantías Constitucionales, procederé a la venta en pública subasta, sin base de venta, al contado, y en el estado y condiciones que actualmente se encuentra, un vehículo automotor marca “KIA”, MODELO PICANTO, CHASIS N° KNAB3514BMT682841, COLOR NEGRO, MATRICULA N° AAEP 376, que fuera prendado, embargado y secuestrado en el presente juicio, perteneciente a la demanda Cynthia Carolina González Alfonso. .-El mencionado vehículo automotor se encuentra en poder de la firma actora del juicio, Garden Automotores.
SUCESIÓN. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, SEDE MARIA AUXILIADORA; Abg. R. EVELIN CABRERA, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de PABLO GODOY. El juicio radica en la secretaría N° 02 a mi cargo Abg. MIRIAN ORTIZ YURTZ, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 27 de Agosto de 2025.Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 93187/08/09/2025
SUCESIÓN. La Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de la Ciudad de Fernando de la Mora Mirian Ferreira Ruiz Diaz, cita y emplaza por sesenta días a Herederos y Acreedores de la SUCESIÓN del señor NICOLAS ANTONIO GALEANO, de referencia radica en la secretaria N° 3 a cargo del Abg. ALVARO BUENO MARTINEZ (ACTUARIO JUDICIAL).Se hace saber al destinatario del
SUCESIÓN .El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Laboral de la Niñez y Adolescencia de la ciudad de VallemiConcepción-Cuarta Circunscripción Judicial. ABG. MARCELO Eugenio Villarta Quintana, cita y emplaza por 60 días a los herederos y acreedores de la sucesión del señor VICTOR ROMAN AGUILAR. EL EXPEDIENTE RADICA EN LA SECRETARÍA N° 1. FDO. ABG. Mirtha Ruiz. SE HACE SABER AL DESTINATARIO DE ESTE DOCUMENTO QUE el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 de la Corte Suprema de Justicia.- VALLEMI, 19 de Agosto de 2025 93221/08/09/2025
SUCESIÓN. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, SEDE MARIA AUXILIADORA, Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de MARIA HELGA WILCHEN VDA DE SCHARDONG. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. MIRIAN ORTIZ YURTZ, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 28 de Agosto de 2025.- Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.93188/11/09/2025
SUCESIÓN. Coronel Oviedo, 23 de mayo de 2.025. La Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Segundo Turno de Coronel Oviedo de la Circunscripción Judicial del Caaguazú, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por
sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de los Sres. PASTOR RUIZ y ELENA LOPEZ.- CORONEL OVIEDO, 23 de Mayo de 2025. -Ante mí: JUAN ALCIDES ONIEVA, Actuario Judicial - Secretaría N° 4. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.93245/11/09/2025
SUCESIÓN .Coronel Oviedo, 22 de agosto de 2.024. La Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia del Segundo Turno de Coronel Oviedo de la Circunscripción Judicial del Caaguazú, Abg. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de SIXTO BARRIENTOS.-Ante mí: WILSON F. SILVA, Actuario Judicial - Secretaría N° 4. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.93245/11/09/2025
SUCESIÓN. LA JUEZ DE PAZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEGUNDO TURNO DE CARAPEGUÁ, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE PARAGUARÍ, Abg. LIDA AURORA SANCHEZ PEREIRA, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión del causante RAMON OSCAR AQUINO.- Carapeguá, 22 de agosto de 2025.- Abog. Tania Ruíz Díaz G. Secretaria. 93261/11/09/2025
SUCESIÓN. La Jueza de Paz en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, DRA. LAURA VERONICA CENTURIÓN AYALA, cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la sucesión de CARMELO DIAZ, a fin de que aquellos que tengan interés legítimo de reclamar en la presente sucesión en el plazo de sesenta (60) días contados desde la primera publicación puedan hacerlo. CORONEL OVIEDO, 20 de Agosto de 2025 Abg. ANTONIO RUIZ DIAZ, Actuario Judicial Interino. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener cer-
LUNES 8 DE SETIEMBRE DE 2025
teza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.93273/11/09/2025
SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno, Abg. LIZ NATHALIA LOBO RUIZ DIAZ cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de CARLOS ALBERTO TRINIDAD PAIVA Y AMELIA ALCARAZ MORALES, para que se presenten al juzgado a reclamar sus derechos. El juicio caratulado: CARLOS ALBERTO TRINIDAD PAIVA Y AMELIA ALCARAZ DE TRINIDAD S/ SUCESION - AÑO 2025 - N.º 82, radica en la secretaria a mi cargo. DOCTOR J. EULOGIO ESTIGARRIBIA, 1 de Setiembre de 2025Abg. Silvio Paul Cano Raggini. Actuario Judicial – Secretaría N.º 1 Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 93174/11/09/2025
SUCESION. Por disposición de S.S. la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Presidente Franco e Interina del Sexto Turno de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, Abg. Cynthia ROSSANA Pineda Morel, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión del Sr. OSCAR MERARDO MORENO ROLÓN, en los autos caratulados: “OSCAR MERARDO MORENO ROLON s/ Sucesión Intestada” Exp. Nº 239. Año: 2025, tramitado por ante esta secretaría Nº 11, a cargo del Actuario Judicial Abg. Sixto Raúl Melgarejo Benítez. Ciudad del Este, 1 de Setiembre de 2025. 93301- 3 al 12/09
SUCESIÓN. La Juez del Juzgado de Paz de la ciudad de San Antonio, Abg. EUGENIA ELIZABETH CAMPUZANO CASCO, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de BERNARDO ORTEGA MBAIBE S/ SUCESION. EXP. Nº 333. FOLIO 18. año 2025. San Antonio, 21 de julio de 2025. Abog. Liz Karol Cáceres Candia, Actuaria Judicial P/I. 93304/12/09/2025
SUCESIÓN. LA ACTUARIA JUDICIAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE SANTA ROSA DEL AGUARAY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. CINTHIA ACEVEDO, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de "JACQUELINE MARTINI ZARATE S/ SUCESIÓN INTESTADA", Expte. N° 225, Folio 176, Año 2025., por providencia de fecha 02 de septiembre del año 2025, el juicio radica en la Secretaría a mi cargo.SANTA ROSA DEL AGUARAY, 2 de Setiembre de 2025. Firmado digitalmente por CINTHIA MARICEL ACEVEDO MENDEZ (ACTUARIO/A). 93320/12/09/2025
SUCESIÓN. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Turno de la Capital, Secretaría N° 20, Abg. Rocío González Morel cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión del señor ARISTIDES NAVARRO VALDEZ. Fdo. Abg. Tobías Redekop Harder. Asunción, 30 de octubre de 2024. 93322/12/09/2025
SUCESIÓN. EL ACTUARIO DEL JUZGADO DE PAZ EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL DE LA NIÑEZ Y DE LA ADOLESCENCIA DE SAN ESTANISLAO, ABOG. OSCAR CANTERO VILLALBA de conformidad al Art. 2 inciso "o" de la Ley 4.992/13" que reglamenta, modifica y amplia las funciones de los Actuarios de Juzgados y Tribunales del Poder Judicial, cita y emplaza por sesenta días contados desde la primera publicación del presente edicto, a los que tengan interés en reclamar derechos en la sucesión de la causante LUCIA MONGES DE FERREIRA Y DON CARLOS FERREIRA MONGES S/SUCE-
SUCESION .EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DEL SEXTO TURNO DE LA CAPITAL, Abg. ULISES AGUSTIN PEÑA VARGAS, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ZORAIDA ESTHER DUARTE VDA. DE MONGELOS. El juicio radica en la Secretaría N° 11 a mi cargo de la Abg. LETICIA JAZMIN LIMPRICH CIBILS, Actuaria Judicial. ASUNCION, 1 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. Firmado digitalmente por LETICIA JAZMIN LIMPRICH CIBILS (ACTUARIA). 93283/12/09/2025
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SION", de conformidad a lo dispuesto por el Art. 741, primera parte del Código Procesal Civil. El juicio radica en la Secretaría N° 1 a mi cargo. Abog. OSCAR CANTERO Actuario Judicial. San Estanislao, 01 de Setiembre de 2.025. 93332/12/09/2025
SUCESIÓN. EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL DEL PRIMER TURNO DE SAN ESTANISLAO, Abogado LILIO F. BOBADILLA cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo de sesenta días, contados desde la primera publicación del presente edicto, se presenten a reclamar sus derechos en la sucesión de NARCISO GONZALEZ con C. I. N° 1816694..- El juicio radica en la Secretaría N° 2 a mi cargo.- SAN ESTANISLAO, 29 de Agosto de 2025 93337/12/09/2025
SUCESION. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la ciudad de Dr. Juan E. Estigarribia, Abg. LIZ NATHALIA LOBO RUIZ DIAZ, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de ANASTACIO CACERES para que se presenten al juzgado a reclamar sus derechos. El juicio caratulado “ANASTACIO CACERES S/ SUCESION - AÑO 2025 - N.º 92”, radica en la secretaría a mi cargo. DOCTOR J. EULOGIO ESTIGARRIBIA, 2 de Setiembre de 2025. ABG. SILVIO PAUL CANO RAGGINI. Actuario Judicial – Secretaría N.º 1 del Juzgado de Primera Instancia del Fuero Civil y Comercial del Primer Turno de la Ciudad de Dr. Juan E. Estigarribia. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019. 93341/12/09/2025
SUCESIÓN. El Juez de Paz del Distrito de José Domingo Ocampos, Dr. Gustavo A. Estigarribia cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de: FELIX CAÑETE BORDON s/ SUCESION. José Domingo Ocampos, 02 de Setiembre de 2025. ABOG. PEDRO GENES B. ACTUARIO JUDICIAL. 93346/ 12/09/2025
SUCESIÓN. EL JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ DE CAAGUAZU, ABOG. EVER GUSTAVO SERAFINI MANCUELLO Y EL ACTUARIO JUDICIAL ABG. WILSON ISIDRO ROTELA, ordena la publicación del presente edicto por el plazo de 10 (diez) días, citando y emplazando a los que
tengan o pudieran tener interés en reclamar derechos contra la sucesión de LUIS CESAR GONZALEZ a comparecer a deducir sus acciones dentro del término de 60 (sesenta) días contados desde la publicación del presente edicto, de conformidad a lo establecido en el Art. 741 del C.P.C. y demás concordantes.CAAGUAZU., 19 de Agosto de 2025. Firmado digitalmente por: Wilson Isidro Rotela Rotela (Actuario). 93347/12/09/2025
SUCESIÓN. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPÚBLICA, CON SEDE EN MARÍA AUXILIADORA Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por sesenta dias a herederos y acreedores de la sucesión de CARLOS JAVIER BARRIOS ESTIGARRIBIA. El juicio radica en la secretaria N°2 a mi cargo Abg. MIRIAN ORTIZ YURTZ, Actuaria Judicial. MARÍA AUXILIADORA, 22 de Agosto de 2025.-Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.93350/12/09/2025
SUCESIÓN. LA JUEZA DE PAZ MULTIFUERO DE LA CIUDAD DE DR. JUAN MANUEL FRUTOS, Abg. ANA ELIZABETH BARRETO GONZALEZ, cita y emplaza por el término de SESENTA (60) DIAS a Herederos y acreedores de la SUCESION de "FLORENTINO ALMIRON Y MARIA DEL ROSARIO ORTIZ S/ SUCESION AB-INTESTATO ", a efectos de la presentación de los mismos para los fines legales. El expediente se encuentra en la Secretaría del JUZGADO DE PAZ MULTIFUERO de la Ciudad de DR. JUAN MANUEL FRUTOS. DR. JUAN MANUEL FRUTOS, 07 de agosto de 2025. Ante mí: JUAN JOSE SILVERO GONZALEZ, Secretario. Y Abg. Ana Elizabeth Barreto González, Jueza de Paz Juan Manuel Frutos. 93356 /12/09/2025
SUCESIÓN. El Juez de Paz en lo Civil de San José de los Arroyos, Dr. Justo Valdez, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de FELIPE MENDOZA Y TIMOTEA LOPEZ . San José de los Arroyos, 02 de setiembre de 2025 . Abg. Liz Arminda Rodríguez Irala, Actuaria Judicial. 93394/13/09/2025
SUCESIÓN. JUICIO: “BER-
NARDA BENITEZ DE DUARTE S/ SUCESIÓN INTESTADA –AÑO 2023 – N° 118 - FOLIO 157 VLTO”– El Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Tercer Turno de la ciudad de Caaguazú Abg., FRANCISCO LUIS ASTIGARRAGA FELTES cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de BERNARDA BENITEZ DE DUARTE (+). El juicio radica en la Secretaria N° 6 a mi cargo. CAAGUAZU, 4 de Agosto de 2023. Firmado digitalmente por CECILIA PAOLA SOSA IBARRA (ACTUARIA)93398/13/09/2025
SUCESION. El Juez de Paz en lo Civil y Comercial de la ciudad de Ñemby, Dr. Miguel Angel Pereira, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de “RAUL ALFREDO SUGO TRUCIDO”. Ñemby, 17 de julio de 2025. Cecilia C. Martinez L. - Actuaria Judicial 93379/13/09/2025
SUCESION. La Juez de Paz de Abai, Circunscripción Judicial de Caazapá, Abg. Lida Vanessa Brizuela López cita y emplaza por sesenta días de herederos y acreedores de la sucesión de JOSÉ DOMINGO SANABRIA, con CL N° 1.792.588. Getulio Acosta Zarza, (Actuario Judicial) Abai, 25 de agosto de 2025. 93400- 4 al 13/09
SUCESIÓN. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPÚBLICA, CON SEDE EN MARIA AUXILIADORA Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de RAMÓN VILLEGA CORREA. El juicio radica en la secretaría N°1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARÍA AUXILIADORA, 2 de Setiembre de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.93405/13/09/2025
SUCESIÓN. LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REPUBLICA, CON SEDE EN MARIA AUXILIADORA Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de TEODORO ARANDA. El juicio radica en la secretaría
N°1 a mi cargo Abg. Elcira Haydé González Ojeda, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 5 de Mayo de 2025. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.93407/13/09/2025
SUCESION. La Juez de Paz de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, con asiento en el Distrito de Yguazú, Abg. María José Florentín Florentín, Secretaría a cargo del Actuario Abg. Dionisio Ramón Alvarenga, Cita y emplaza por el término de sesenta (60) días, contados desde la publicación del presente edicto, comparezcan a deducir sus acciones contra el juicio caratulado "CONCEPCIÓN AQUINO CENTURION s/ Sucesión Intestada" Exp N° 96, Folio: 7vlto, Año: 2025, por sí o por apoderado a reclamarlo, cuyos trámites radican en este juzgado. Yguazu, 2 de Setiembre de 2025. 93416- 4 al 13/09
SUCESIÓN. EL JUEZ INTERINO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE SANTA ROSA DEL AGUARAY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG, VICENTE CORONEL cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de "VALENTIN VILLAMAYOR Y CONCEPCION FERNANDEZ S/ SUCESION INTESTADA" Exp. N° 167 Folio 174 Año 2025. por providencia de fecha 07 de julio del año 2025, el juicio radica en la Secretaría a mi cargo. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 17 de Julio de 2025 93422/ 13/09/2025
SUCESIÓN. EL JUEZ INTERINO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE SANTA ROSA DEL AGUARAY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. VICENTE CORONEL, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de "LUCIANA PENAYO BOGARIN S/ SUCESION INTESTADA" Exp. N° 165 Folio 174 Año 2025. -i, por providencia de fecha 07 de julio del año 2025, el juicio radica en la Secretaría a mi cargo. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 17 de Julio de 2025 93423/13/09/2025
SUCESIÓN. EL JUEZ DE PAZ INTERINO EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE SAN PEDRO DEL PARANA. ABOG. ALDO ANDRES RUIZ DIAZ SOSA. cita y emplaza por
sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de: PABLO CENTURIÓN Y/O PABLO CENTURION FERNANDEZ S/ SUCESIÓN. Héctor R. Alarcón F., Secretario Judicial. SAN PEDRO DEL PARANA 9 de JULIO de 2025 93465/14/09/2025
SUCESION. LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REPÚBLICA, CON SEDE EN MARIA AUXILIADORA Abg. R. EVELIN CABRERA PAREDES, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de VICTOR SOTO. El juicio radica en la secretaría N° 2 a mi cargo Abg. MIRIAN ORTIZ YURTZ, Actuaria Judicial. MARIA AUXILIADORA, 20 de Agosto de 2025. 93471/14/09/2025
SUCESIÓN .LA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL DEL PRIMER TURNO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABG. NORMA MABEL FLEITAS A., cita y emplaza por sesenta días a todos los herederos y acreedores en la Sucesión de JOSEF WALTER EICHKORN. El juicio radica en la Secretaría Nº 1 a cargo del Abg. Francisco Recalde. SAN PEDRO DE YCUAMANDYYU, 4 de Setiembre de 2025.-Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.93475/14/09/2025
SUCESION. La Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de San Pedro, Abog.Norma Mabel Fleitas Aquino, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de MARIA LOURDES
ORTIZ MALDONADO. El juicio radica en la secretaría N° 1 a mi cargo Abg. Francisco Luis Recalde Denis, Actuario Judicial. San Pedro de Ycuamandyyu, 30 de Julio de 2025.- Se hace saber al destinatario de este documento que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019 93477/14/09/2025
SUCESIÓN .LA JUEZA DEL JUZGADO DE PRIMERA INS-
TANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL SEGUNDO TURNO DE LA CIUDAD DE CORONEL OVIEDO, CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE CAAGUAZÚ, ABG. LAURA BEATRIZ ROJAS CAÑETE, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la sucesión de TOMAS VILLALBA MAYLIN. CORONEL OVIEDO, 4 de Setiembre de 2025. - Ante mí: JUAN ALCIDES ONIEVA Actuario Judicial –Secretaría N° 3. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, innecesaria la autenticación manual del Actuario del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.93480/14/09/2025
SUCESIÓN. LA ACTUARIA JUDICIAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL y LABORAL DE SANTA ROSA DEL AGUARAY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE SAN PEDRO, ABOG. CINTHIA ACEVEDO, cita y emplaza por sesenta días a herederos y acreedores de la Sucesión de "HIPOLITO JARA DOMINGUEZ Y ASUNCION GAUTO VDA. DE JARA S/SUCESIÓN INTESTADA" Expte. N° 222, Folio 176, Año 2025, por providencia de fecha 29 de agosto del año 2025, el juicio radica en la Secretaría a mi cargo. SANTA ROSA DEL AGUARAY, 2 de Setiembre de 2025. Firmado digitalmente por CINTHIA MARICEL ACEVEDO MENDEZ (ACTUARIO/A) 934851/14/09/2025
SUCESION. La Jueza de Paz en lo Civil y Comercial del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Caaguazú con asiento en la ciudad de Coronel Oviedo, Abg. CARINA RIOS DE COHENE cita y emplaza por sesenta días a los herederos y acreedores de la sucesión de TERESA BARRETO ALFONSO S/ SUCESION INTESTADA , a fin de que aquellos que tengan interés legítimo de reclamar en la presente sucesión en el plazo de sesenta (60) días contados desde la primera publicación puedan hacerlo. CORONEL OVIEDO, 29 de Agosto de 2025. Abg. ANTONIO RUIZ DIAZ, Actuario Judicial. Se hace saber al destinatario de este edicto que el mismo cuenta con el Código QR, por lo cual, para tener certeza de que este documento es válido, deberá utilizar el lector del Código QR, siendo ya en consecuencia, Innecesaria la autenticación manual de la Actuaria del Juzgado conforme Acordada 1366/2019.1609/2025