Programa de medicina preventiva y del trabajo

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PROGRAMA DE MEDICINA PREVENTINA Y DEL TRABAJO

Daniela Farfán Lozano

Karen Julissa Henao Gonzalez

Maria Camila Restrepo Grisales

Carlos Daniel Tangarife Perez

Mayo 29 del 2024

Introducción ---------------------------------------------------------- 1 Objetivo general y objetivos específicos ---------------------------- 2 Definiciones ---------------------------------------------------------- 3 Normatividad del programa ----------------------------------------- 6 Informe estadistico del Hospital departamental tomas uribe uribe - 8 Cronograma de examenes médicos ocupacionales -----------------12 Referencias ----------------------------------------------------------- 13
Tabla de contenido

UCCIÓN

En el Hospital Tomás Uribe Uribe, estamos comprometidos con la salud y el bienestar de nuestra comunidad. Entendemos que la prevención es la clave para una vida saludable y productiva. Por ello, hemos desarrollado un Programa de Medicina Preventiva y del Trabajo, diseñado para promover la salud, prevenir enfermedades y mejorar la calidad de vida de nuestros trabajadores y sus familias.

La medicina preventiva no solo busca evitar la aparición de enfermedades, sino también detectar factores de riesgo y aplicar medidas oportunas para controlarlos.

En esta cartilla, encontrará información detallada sobre las diferentes actividades y acciones que estarán dentro del programa, incluyendo evaluaciones médicas periódicas, talleres educativos, campañas de vacunación y demás. Todo ello con el objetivo de crear un entorno laboral saludable y seguro, promoviendo hábitos de vida saludables tanto dentro como fuera del lugar de trabajo.

Les invitamos a conocer más sobre nuestro programa y a participar activamente en las actividades y servicios que hemos preparado para ustedes. Juntos, podemos construir una comunidad más saludable y resistente, donde la prevención sea nuestra mejor aliada.

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OBJETIVO GENERAL

Promover la salud y el bienestar de los trabajadores del Hospital

Tomás Uribe Uribe mediante la implementación de un programa integral de medicina preventiva y del trabajo, enfocado en la prevención de enfermedades, la promoción de hábitos saludables y la mejora de las condiciones laborales.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Desarrollar y difundir materiales educativos sobre prevención de enfermedades y promoción de estilos de vida saludables.

Realizar chequeos médicos regulares para la detección temprana de enfermedades y factores de riesgo en los trabajadores.

Proveer seguimiento y asesoría médica personalizada basadas en los resultados de las evaluaciones.

Evaluar y optimizar las condiciones laborales para reducir el riesgo de accidentes y enfermedades ocupacionales.

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DEFINICIONES

Accidente de trabajo: Todo suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo y que produce en el trabajador daños a la salud.

Acción correctiva: La norma ISO 9001 de 2015, la define como la acción para eliminar la causa de una NO conformidad y evitar que vuelva a ocurrir.

Acción de mejora: Es una acción que se lleva a cabo para optimizar el Sistema de Gestión de Seguirad y Salud en el Trabajo, con el propósito de consehuir mejor desempeño en este área dentro de la organización o empresa.

Análisis: Consiste en dividir un objeto de estudio y observar detalladamente sus componentes para obtener mayor conocimiento sobre este mismo.

Condiciones y medio ambiente del trabajo: Agentes o factores que influyen significativamente en la generación de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores.

Enfermedad laboral: Está definida en el artículo 4 de la ley 1562 de 2012 como aquella enfermedad contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.

Enfermedad de origen común: Toda enfermedad o patología que no haya sido clasificada o calificada como de origen laboral, se considera de origen común.

Examen médico ocupacional de ingreso: Aquel que se realiza para determinar las condiciones de salud física, mental y social del aplicante antes de su contratación, en función de las condiciones de trabajo a las que estaría expuesto, acorde con los requerimientos de la tarea y perfil del cargo.

Examen médico ocupacional periódico: Se realizan con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo e identificar en forma precoz, posibles alteraciones temporales, permanentes o agravadas del estado de salud del colaborador, ocasionadas por la labor o por la exposición al medio ambiente.

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Exámenes médicos de reintegro al trabajo: Evaluación médica de las condiciones físicas y emocionales del empleado que retorna a su trabajo luego de presentar una incapacidad mayor de 30 días , post incapacidades derivadas de una enfermedad de origen común, laboral, un accidente de trabajo o un accidente común; también aplica para diagnósticos que según criterio médico ameriten revisión y ajuste de actividades laborales. En este examen se establece si el trabajador que regresa de una incapacidad cuenta con las aptitudes necesarias para el desempeño de su labor habitual y se determinan las limitaciones y restricciones.

Examen médico ocupacional de retiro: Aquel que se debe realizar al colaborador cuando se termina la relación laboral. Su objetivo es valorar y registrar las condiciones de salud en las que el servidor público se retira de las tareas o funciones asignadas.

Factor de riesgo: Elemento, fenómeno o acción humana que pueda provocar daño en la salud del trabajador, equipo o instalación.

Incapacidad temporal: Se entiende por incapacidad temporal, aquella que según el cuadro agudo de la enfermedad o lesión que presente el afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales, le impida desempeñar su capacidad laboral por un tiempo determinado.

Incapacidad permanente parcial: Se considera como incapacitado permanente parcial, al afiliado que, como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad laboral, presenta una disminución definitiva, igual o superior al cinco por ciento 5%, pero inferior al cincuenta por ciento 50% de su capacidad laboral, para lo cual ha sido contratado o capacitado.

Incidente: Acontecimiento no deseado, que bajo otras circunstancaias prodría resultar en lesiones a los trabajadores o instalaciones.

Invalidez: Para efectos del Sistema General de Riesgos Laborales, se considera inválida la persona que, por origen laboral, no provocada intencionalmente, hubiese perdido el 50 % o más de su capacidad laboral según el Manual Único de Calificación de Invalidez vigente a la fecha de la calificación.

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Medicina preventiva: Rama de la medicina que se centra en la prevención de enfermedades y la promoción de la salud y el bienestar a través de intervenciones anticipadas, incluyendo la vacunación, la detección temprana de enfermedades y la educación sanitaria.

Medicina del Trabajo: Especialidad médica dedicada a la prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades y lesiones relacionadas con el trabajo, así como a la promoción de la salud y la seguridad en el lugar de trabajo.

Promoción de la salud: Proceso de capacitar a las personas para que aumenten el control sobre su salud y la mejoren, a través de la información, la educación y el desarrollo de habilidades para tomar decisiones saludables.

Prevención Primaria: Acciones destinadas a evitar la aparición de enfermedades (por ejemplo, vacunación, campañas educativas).

Prevención Secundaria: Acciones orientadas a detectar y tratar tempranamente las enfermedades (por ejemplo, cribados, chequeos médicos).

Prevención Terciaria: Intervenciones para reducir el impacto de una enfermedad establecida, mejorar la calidad de vida y limitar complicaciones (por ejemplo, rehabilitación, manejo de enfermedades crónicas).

Riesgo laboral: Factor o condicón que aumenta la probabilidad de occurencia de un evento que pueda afectar la seguridad y salud de los trabajadores.

Salud: Es un estado de bienestar físico, mental y social,

Salud Ocupacional: Disciplina que se enfoca en la promoción y mantenimiento del más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones, así como en la prevención de desviaciones de la salud causadas por las condiciones laborales.

Trabajo: Toda actividad que realizar el hombre donde se involucra la transformación de la naturaleza con el fin de mejorar la calidad de vida.

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NORMATIVIDAD DEL PROGRAMA

A continuación, se expondran las normas y algunos artículos de esras mismas, que sustenten el progama.

Decreto 614 de 1984 - “Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país.”

Art 30. Contenido de los Programas de Salud Ocupacional. Literal B, numeral 1 “Realizar exámenes médicos, clínicos y paraclínicos para admisión, selección de personal, ubicación según aptitudes, cambios de ocupación, reingreso al trabajo y otras relacionadas con los riesgos para la salud de los operarios.”

Resolución 2346 de 2007 - “Por la cual se regula la práctica de evaluciones médicas ocupaciones y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales”

Resolución 1918 de 2009 -”Por la cual se modifican los artículos 11 y 17 de la Resolución 2346 de 2007 y se dictan otras disposiciones.”

Art 1. Modificar el artículo 11 de la Resolución 2346 de 2007, el cual quedará así: "ARTICULO 11. CONTRATACIÓN Y COSTO DE LAS EVALUACIONES MEDICAS OCUPACIONALES Y DE LAS VALORACIONES COMPLEMENTARIAS. El costo de las evaluaciones médicas ocupacionales y de las pruebas o valoraciones complementarias que se requieran, estará a cargo del empleador en su totalidad. En ningún caso pueden ser cobradas ni solicitadas al aspirante o al trabajador.”

Art 2. Modificar el ARTICULO 17 de la Resolución 2346 de 2007. El cual quedará así: "ARTICULO 17. CUSTODIA Y ENTREGA DE LAS

EVALUACIONES MEDICAS OCUPACIONALES Y DE L AS HISTORIAS CLINICAS OCUPACIONALES.”

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Ley 1562 de 2012 -”Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictas otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional.”

Art 8. Exige el reporte de la información de las actividades y los resultados en promoción de la salud y prevención de accidentes y enfermedades laborales.

Art 8. Obligatorio el abordaje de los temas de prevención.

Art 11. Dictamina los Servicios de promoción y prevención. Desarrollo de actividades para el control de los riesgos, incluido el control y monitoreo de las condiciones de salud.

Decreto 1443 de 2014 - “Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)”.

Art 8. Obligaciones de los Empleadores. El empleador está obligado a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, acorde con lo establecido en la normatividad vigente.

Decreto 1072 de 2015-”Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo”

Art 2.2.4.1.7. Reporte de accidentes y enfermedades a las Direcciones Territoriales y Oficinas Especiales. Los empleadores reportarán los accidentes graves y mortales, así como las enfermedades diagnosticadas como laborales, directamente a la Dirección Territorial u Oficinas Especiales correspondientes, en un lapso de 2 días.

Art 2.2.4.2.2.18. Exámenes médicos ocupacionales. El costo de los exámenes periódicos será asumido por el contratante.

Art 2.2.4.6.8. Obligaciones de los empleadores. El empleador está obligado a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, acorde con lo establecido en la normatividad vigente.

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FORME ESTADISTICO DEL SPITAL DEPARTAMENTAL

TOMAS URIBE URIBE

A continuación, se expone el análisis estadístico de una encuesta sociodemográfica realizada a los trabajadores del Hospital Departamental Tomas Uribe Uribe de Tuluá, diseñada para recopilar información sociodemográfica y evaluar las condiciones de salud actuales de los trabajadores, siendo su principal objetivo utilizar dicha información para diseñar e implementar programas de SST más efectivos y personalizados. Este enfoque integral no solo beneficia a los empleados, sino que también contribuye a la eficiencia y productividad del sector hospitalario.

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De la encuesta realiza, solo 3 de los encuestados tienen personas a su cargo (hijos y/o padres). Y todos los encuestados tienen los mismos ingresos.

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Estas dos graficas demuestran una población sin vicios, consumiendo bebidas alcohólicas en momentos recreacionales muy ocasionales. Y es que debido a la naturaleza de su trabajo y el impacto que tiene en la salud pública, es particularmente importante que mantengan hábitos saludables.

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Estas grafícas nos arrojan resultados positivos sobre nuestro población, rodeado de hábitos saludables y comporamientos rutinarios sanos.

Es importante resaltar que muy pocos trabajadores han desarrollado enfermedades físicas teniendo en cuenta los riesgos que enfrentan en su día a día. Y todos cuentan con una buenasalud mental, ya que ninguno presenta una enfermedad mental diagnosticada.

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CRONOGRAMA DE EXAMENES MÉDICOS OCUPACIONALES

A tráves del siguiente link se puede acceder al cronogroma:

https://uniminuto0my.sharepoint.com/:x:/g/personal/daniela farfan uniminuto edu co/ EUdj4mvvv4JOuS0W-cY2Al8BRtEUxM5dfuqlG7gT-aEHMw?e=wyf9eW

Tener un cronograma para los exámenes médicos ocupacionales es fundamental por diversas razones. Nos facilita la detección temprana de enfermedades, permitiendo intervenciones a tiempo y aumentando las posibilidades de tratamientos exitosos. También ayuda a prevenir riesgos laborales al monitorear continuamente la salud de los empleados y detectar cualquier cambio negativo relacionado con su entorno de trabajo, lo que permite tomar medidas preventivas adecuadas.

.Mantener un programa regular de exámenes médicos mejora el bienestar y la productividad de los empleados. Asimismo, se reduce el ausentismo laboral, ya que los problemas de salud se detectan y tratan antes de que se conviertan en graves. Implementar un cronograma promueve una cultura de salud y bienestar en la organización, destacando la importancia de la prevención y el cuidado personal. Por último, proporciona datos consistentes y fiables para analizar tendencias y patrones, identificando áreas de mejora en la salud ocupacional y fortaleciendo las estrategias preventivas.

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Referencias:

Decret0 614 de 1984 [Presidente de la Republica de Colombia]. “Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país ” Marzo 14 de 1984

Resolución 2346 de 2007 [Ministro de la Protección Social] “Por la cual se regula la práctica de evaluciones médicas ocupaciones y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales” Julio 11 de 2007

Resolución 1918 de 2009 [Ministro de la Protección Social] ”Por la cual se modifican los artículos 11 y 17 de la Resolución 2346 de 2007 y se dictan otras disposiciones ” Junio 5 de 2009

Ley 1562 de 2012 [Congreso de Colombia] “Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional ” Julio 11 de 2012.

Decreto 1443 de 2014. [Presidente de la República de Colombia]. “Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)”. Julio 31 de 2014.

Decreto 1072 de 2015. [Presidente de la República de Colombia]. ”Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo”. Mayo 26 de 2015.

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