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GANADERÍA TRADICIONAL (ZARN-AGGT

 Se respetaran aquellas actividades mineras bajo cumplimiento de la normativa ambiental vigente.

Actividades no permitidas

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 No se permite actividades mineras sin cumplimiento de la normativa ambiental.  Se prohíbe la actividad minera sobre las lagunas y 50 metros alrededor de estas, bofedales y 50 y 100 metros alrededor de estos;  Se prohíbe la modificación de ecosistemas frágiles como los bofedales, la extracción de agua y modificación de cursos de agua relacionados directa e indirectamente a bofedales.  Apertura de caminos y otras obras de alto impacto sin licencia ambiental.

Perspectivas para la siguiente revisión de la zonificación

Debido al alto impacto ambiental que causa la minería, sobre todo por la remoción de suelo, la apertura de caminos y el vertido de efluentes, además de preverse las medidas de prevención y mitigación de dichos impactos, en sus respectivos documentos de gestión ambiental (EEIA), se debe realizar la remediación de los mismos al concluir las operaciones, y zonificar como “Zona de Recuperación Natural” o de “Restauración”, cumpliendo con lo que establece el Reglamento General de Áreas Protegidas. Las zonas que probablemente se determinen en esta condición de Zona de Recuperación Natural principalmente el distrito de Suchez.

9.4 ZONA DE APROVECHAMIENTO DE RECURSOS NATURALES PARA AGRICULTURA Y

GANADERÍA TRADICIONAL (ZARN-AGGT)

Zona de Aprovechamiento de Recursos Naturales para Agricultura y Ganadería Tradicional (ZARNAGGT), sector Pauje Yuyo Río Camata, Chullina, Thapi.

Superficie: 29.045,48 Has.

Ubicación:

La zona está ubicada en la parte central del área, en la parte sur se constituye en el límite del área protegida paralela al rio Camata, al este colinda con el camino vehicular Charazani-Apolo hacia el norte y noreste limita con la zona de amortiguación adyacente a la zona de protección estricta más importante del área protegida y su límite suroeste da paso a la zona de interés histórico cultural, la zona tiene una gradiente altitudinal que varía desde 800 a 5.000 m.s.n.m.; las poblaciones que están dentro de esta zona son: Thapi, Sorapata, Tolapata, Pulipata, Pajan, Khasu, Mataru, Carijana, Siatha, Quita Calzón, Sotopata, Ñiqus, Wayrapata, y el Distrito Pauje Yuyo.

Descripción:

Abarca las unidades de vegetación de bosque húmedo montano inferior, medio y superior, bosque nublado de ceja, pastizales de origen antrópico, pastizales con pastoreo intensivo de ganado camélido, pastizales húmedos y áreas de cultivo. En las partes más bajas de los valles de la cuenca de los ríos-Charazani-Camata, se encuentran manchas de bosques secos que probablemente cuentan con endemismos, dado el carácter aislado de este tipo de bosque, por lo que se requiere estudios florísticos más detallados. Es necesario realizar relevamientos de biodiversidad, en ecosistemas con grado parcial de intervención donde es probable encontrar importantes poblaciones de especies prioritarias. De igual manera, se hace necesario el muestreo sobre herpetofauna y peces. Cambios respeto a la zonificación del año 2013: Se incrementa la Aprovechamiento de Recursos Naturales para Agricultura y Ganadería Tradicional (ZARN-AGGT) de 28474,1299 a 29.045,48 has: a) En la parte baja distrito Pauje Yuyo en la comunidad de Nueva Jerusalén que se encontraba en ZA. b) En la zona oeste, próxima al nevado de Akhamani, donde existe actividad minera de pobladores de Curva y Canisaya.

Actividades permitidas

 Se permite las actividades de agricultura y ganadería.  Se permite el aprovechamiento de recursos forestales y/o de recolección de productos naturales con planes de manejo.  Se permite las actividades mineras bajo cumplimiento de la normativa ambiental vigente.  Se permite el turismo cumpliendo la normativa vigente

Actividades no permitidas

 No se permite actividades mineras sin cumplimiento de la normativa ambiental.  No se permite la explotación forestal maderable a escala comercial sin cumplimiento de la normativa.  No está permitida ninguna actividad, obra o proyecto, sin el cumplimiento de la normativa ambiental vigente.

Zona de Aprovechamiento de Recursos Naturales para Agricultura y Ganadería Tradicional (ZARNAGGT), sector Pelechuco–Keara

Superficie: 6.544,83 Has.

Ubicación:

Esta zona se encuentra ubicada al extremo noroeste con una gradiente altitudinal que oscila entre 2.930 a 4.915 m.s.n.m. abarcando las comunidades de Keara, Keara Bajo, Pauchipata, Nakara, Pelechuco y Agua Blanca, está rodeada por su respectiva zona de amortiguación, por el norte llega hasta el límite del área protegida, al oeste y sur con el grupo de glaciares de Khatantika y Cololo respectivamente y al este con el bosque nublado.

Descripción:

Este polígono se encuentra en el extremo norte del AP, perteneciente a los pisos de bosque húmedo montano superior, bosque nublado de ceja, páramo yungueño, pradera altoandina, cultivos y fragmentos de pastizales húmedos. Al Este de la comunidad de Keara Bajo, y su zona de amortiguación adyacente contienen importantes relictos de bosques de queñua (Polylepis pepei) y constituye un hábitat importante para muchas especies de aves, entre ellas Cinclodes aricomae, anairetes alpinus, Oreomanes fraseri , Grallaria andicolus y Leptasthenura yanacensis entre otros. Estas especies están bajo categoría de amenaza, según la UICN; y además, se encuentran en la lista del Libro Rojo de Vertebrados de Bolivia. No se ha encontrado publicaciones para la zona de mamíferos asociados a los bosques de queñua, sin embargo es muy probable que existan comunidades de ratones asociados a los mismos con alto grado de especificidad por este tipo de hábitat. Los bosques de queñua identificados como prioritarios para su conservación están poco representados en ninguna de las ZPE por lo que para su conservación es crucial establecer acuerdos con las comunidades locales cercanas a ellas y promover diferentes estudios y actividades de sensibilización sobre estos fragmentos. Se puede promover la elaboración de normas comunales para la conservación de los mismos.

Cambios respeto a la zonificación del año 2013: Se amplía la Zona de Aprovechamiento de Recursos Naturales para Agricultura y Ganadería Tradicional (ZARN-AGGT) de 6473,54 has a 6.544,83 has en la zona próxima a la comunidad de Agua Blanca, que representa un incremento de 71,29 has.

Actividades permitidas

 Están permitidas las actividades de agricultura y ganadería tradicional.  Si existieran obras o proyectos de servicios básicos, se permitirán cuando sus procedimientos estén adecuados a la normativa ambiental vigente.  Se respetaran aquellas actividades mineras bajo cumplimiento de la normativa ambiental vigente.  Uso sostenible de leña siempre y cuando no sean de árboles de Queñua.

Actividades no permitidas

 No se permite actividades mineras sin cumplimiento de la normativa ambiental.  No está permitida la extracción de madera y/o leña de Queñua (Polylepis sp.).  No está permitida la deforestación de los bosques de Queñua y ninguna forma de afectación a los bosques de Queñua.  No está permitida ninguna actividad, obra o proyecto, sin el cumplimiento de la normativa ambiental vigente.

Zona de Aprovechamiento de Recursos Naturales para Agricultura y Ganadería Tradicional (ZARNAGGT), sector Hilo Hilo–Chiata

Superficie: 2740,05 Has.

Ubicación:

Esta zona está ubicada al noroeste del área entre los nevados de Cololo y Akhamani, las comunidades de Hilo Hilo y Chiata se encuentran al interior de esta zona que tiene un rango altitudinal entre 3.400 a 4.500 m.s.n.m. aproximadamente, de igual manera está rodeado de un cinturón de zona de amortiguación con las zonas de protección estricta.

Descripción:

Este polígono se encuentra en la quebrada de Hilo Hilo y Chiata, presenta similares condiciones con el anterior polígono de ZARN, igualmente existen en la región bosquecillos de queñua que deben ser conservados; avifauna y mastofauna asociada con dichos bosques de Queñua, importantes para Cinclodes aricomae, Anairetes alpinus, Oreomanes fraseri , Grallaria andicolus¸ como se explicó anteriormente.

En esta zona se encuentran monumentos arqueológicos de caminos prehispánicos que también deben ser conservados.

Cambios respeto a la zonificación del año 2013: Se mantiene como Zona de Aprovechamiento de Recursos Naturales para Agricultura y Ganadería Tradicional (ZARN-AGGT), ampliándose al oeste de Hilo Hilo en una superficie de 276,41 has (de 2463,64 a 2740,50 has) respecto de la zonificación anterior.

Actividades permitidas

 Están permitidas las actividades de agricultura y ganadería tradicional.  Si existieran obras o proyectos de servicios básicos, se permitirán cuando sus procedimientos estén adecuados a la normativa ambiental vigente.  Se respetaran las actividades mineras bajo cumplimiento de la normativa ambiental vigente.

Actividades no permitidas

 No se permite actividades mineras sin cumplimiento de la normativa ambiental.  No está permitida la extracción de madera y/o leña de Queñua (Polylepis sp.).  No está permitida la deforestación de los bosques de Queñua y ninguna forma de afectación a los bosques de Queñua.  No está permitida ninguna actividad, obra o proyecto, sin el cumplimiento de la normativa ambiental vigente.

Zona de Aprovechamiento de Recursos Naturales para Agricultura y Ganadería Tradicional (ZARNAGGT), sector Laji

Superficie: 1.621,93 Has.

Ubicación:

Esta zona limita al Norte con el Parque Nacional Madidi y está rodeado por el cinturón de amortiguación que baja desde Chiata, las poblaciones que se encuentran en su interior son Laji Sorapata y Laji Lurizani.

Descripción:

Está compuesto por páramo yungueño y pradera altoandina principalmente. En todas estas regiones desde Pelechuco, Keara, Hilo Hilo y Laji Lurisani, aún no han sido evaluados los bosques de keñua de la región de Laji Lurisani que seguramente presentan valor muy importantes para avifauna y vegetación, por lo que es primordial realizar inventarios en esta zona y evaluar el estado de conservación de los mismos. El camino abierto por la quebrada de Chiata hacia Laji Lurisani, hasta el interior del PN Madidi, será un factor de presión sobre los recursos de la zona. Cambios respeto a la zonificación del año 2013: Se mantiene como Zona de Aprovechamiento de Recursos Naturales para Agricultura y Ganadería Tradicional (ZARN-AGGT), ampliándose al este de la comunidad de Laji Sorapata, en una superficie de 1229,00 has (de 392,92 a 1.621,93 has) respecto de la zonificación anterior.

Actividades permitidas

 Están permitidas las actividades de agricultura y ganadería tradicional.  Si existieran obras o proyectos de servicios básicos, se permitirán cuando sus procedimientos estén adecuados a la normativa ambiental vigente.  Se respetaran aquellas actividades mineras bajo cumplimiento de la normativa ambiental vigente.  Uso sostenible de leña, siempre y cuando no se trate de Queñua

Actividades no permitidas

 No se permite actividades mineras sin cumplimiento de la normativa ambiental.  No está permitida la extracción de madera y/o leña de Queñua (Polylepis sp.).  No está permitida la deforestación de los bosques de Queñua y ninguna forma de afectación a los bosques de Queñua.

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