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9.2 ZONA DE USO EXTENSIVO EXTRACTIVO CONSUNTIVO

9.2 ZONA DE USO EXTENSIVO EXTRACTIVO CONSUNTIVO.-

Zona de Uso Extensivo Extractivo o Consuntivo (1)

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Superficie: 12.126,48 Has.

Ubicación:

Esta zona se encuentra al sur del área protegida, tiene altitudes que varían desde 1.500 m hasta 4.880 m.s.n.m. se ubica al sur de Amarete y entre los centros poblados de Carpa, Carijana y Camata, al noreste y al norte con la zona de interés histórico cultural y un tramo de la carretera Charazani - Apolo; al sur coincide con el límite del área protegida, limitando con la provincia Muñecas; al este está delimitada por la confluencia de los ríos Charazani y Kallurwaya, entre Carijana y Camata; al oeste limita con la zona de aprovechamiento de recursos naturales para diversos usos.

Descripción:

En esta ZUEEC al sur del AP, se ha registrado la presencia de Puma concolor cerca de las localidades de Tambillo y Amarete. En el sector de la comunidad de Carpa se encuentra la única muestra de bosque semidesiduo, luego se tiene un mosaico de vegetación matorrales de valle seco, bosques relictuales de Queñua y Quishuara, vegetación subnival y altoandina y pastizales. Cambios respeto a la zonificación del año 2013: Se mantiene como ZUEEC en la superficie de la zonificación del año 2013.

Actividades permitidas

 Se permite el uso extractivo de bajo impacto de recursos y de recolección de productos naturales con fines de subsistencia, de manera que no alteren significativamente el paisaje.  Se permite, la extracción de recursos forestales con fines no comerciales, bajo estricto control de manera que no afecten el paisaje.  Se permite el manejo de vicuña.  Brinda opciones a la investigación científica y el monitoreo.  Se respetaran aquellas actividades mineras pre-constituidas bajo cumplimiento de la normativa ambiental vigente, se permite actividad minera estrictamente artesanal en los bordes de los cuerpos de agua

Actividades no permitidas

 No se permite la actividad minería mecanizada y semi-mecanizada y otras actividades de gran envergadura que modifiquen los ecosistemas.  Si existieran obras o proyectos de servicios básicos, se permitirán previo al cumplimiento de la normativa ambiental vigente.

Zona de Uso Extensivo Extractivo o Consuntivo (2)

Superficie: 4.148,56 Has.

Ubicación:

Esta zona se encuentra al sureste del área protegida al norte del camino Achiquiri - Apolo y Achiquiri Michiplaya, con un rango de 613 a 1.200 m de elevación. Limita al lado norte con el cauce del rio Yuyo tributario del rio Aten, que a la vez es el límite del área protegida; hacia el sur y oeste colinda con la zona de aprovechamiento de recursos naturales para diversos usos de Achiquiri y Michiplaya; hacia el extremo este se encuentra la zona de "Cultivos" de la TCO PILCOL.

Descripción:

Compuesto por bosque húmedo montano y pastizales de origen antrópico, tiene algún grado de intervención por actividad agrícola, pecuaria y actividad minera artesanal. Según el análisis de vacíos de representación, tiene importancia en términos biológicos por endemismo y riqueza de especies, por lo que es importante promover la investigación científica en remanentes de bosque. Cambios respeto a la zonificación del año 2013: Se mantiene como ZUEEC en la superficie de la zonificación del año 2013.

Actividades permitidas

 Se permite las actividades de agricultura y ganadería tradicional extensiva.  Se permite el uso extractivo de bajo impacto de recursos y de recolección de productos naturales con fines de subsistencia, de manera que no alteren significativamente el paisaje.  Se permite, la extracción de recursos forestales con fines no comerciales, bajo estricto control de manera que no afecten el paisaje.  Brinda opciones a la investigación científica y el monitoreo.  Se respetaran aquellas actividades mineras pre-constituidas bajo cumplimiento de la normativa ambiental vigente, se permite actividad minera estrictamente artesanal.  Se permite el turismo controlado.

Actividades no permitidas

 Se prohíbe la actividad minería mecanizada y semi-mecanizada y otras actividades de gran envergadura que modifiquen los ecosistemas.  Si existieran obras o proyectos de servicios básicos, se permitirán cuando sus procedimientos estén adecuados a la normativa ambiental vigente.

Zona de Uso Extensivo Extractivo o Consuntivo (3)

Superficie: 293,93 Has.

Ubicación:

Esta área se encuentra en las proximidades de la zona central, se encuentra rodeada por el área de amortiguación, con altitudes que oscilan entre 940 m. y 1350 m. al norte y al este su límite lo constituye el límite del área protegida, al sur está delimitada por el curso de rio y al oeste por la zona de amortiguación de la zona de protección estricta más extensa del área (ZPE polígono 3).

Descripción:

Esta unidad abarca la comunidad de Chuntalaka, se encuentra rodeada por la zona de amortiguación (ZA), se desarrolla actividad minera estrictamente artesanal en los bordes de los cuerpos de agua y actividad agrícola de subsistencia Cambios respeto a la zonificación del año 2013: Se mantiene como ZUEEC en la superficie de la zonificación del año 2013.

Actividades permitidas

 Se permite las actividades de agricultura y ganadería tradicional extensiva.  Se permite el uso extractivo de bajo impacto de recursos y de recolección de productos naturales con fines de subsistencia, de manera que no alteren significativamente el paisaje.  Se permite, la extracción de recursos forestales con fines no comerciales, bajo estricto control de manera que no afecten el paisaje.  Brinda opciones a la investigación científica y el monitoreo.  Se respetaran aquellas actividades mineras pre-constituidas bajo cumplimiento de la normativa ambiental vigente, se permite actividad minera estrictamente artesanal.  Se permite el turismo controlado

Actividades no permitidas

 Se prohíbe la actividad minería mecanizada y semi-mecanizada y otras actividades de gran envergadura que modifiquen los ecosistemas.  Si existieran obras o proyectos de servicios básicos, se permitirán cuando sus procedimientos estén adecuados a la normativa ambiental vigente.

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