Guía para la constitución de Organizaciones Sin Fines de Lucro

Page 316

314 Guía para la Constitución de Organizaciones Sin Fines de Lucro La información complementaria se expone en el encabezamiento de los estados contables, en notas o en forma de cuadro o anexos. Las notas y anexos se titulan y numeran correlativamente. Su existencia debe ser claramente señalada en los estados contables básicos debiendo referenciarse a continuación de las partidas o rubros a los cuales están referidos.

ANEXO * * Anexo eliminado por RT Nº 19

Resolución General 13/90 (I.G.J.) Información complementaria a los estados contables que deberán presentar las asociaciones civiles y fundaciones. Del 28/6/90; B.O. 17/8/90. Artículo 1.- Las asociaciones civiles y fundaciones deberán presentar conjuntamente con los estados contables anuales y formando parte integrante de los mismos, cuando corresponda, dos anexos denominados: a) “Subsidios, aportes y donaciones Estatales recibidas” en donde se detallarán los mismos según sean de la administración nacional provincial y/o municipal, organismos descentralizados, empresas y/o sociedades del Estado. b) “Contratos y/o convenios estatales” en donde se detallarán los mismos informando por cada uno la fecha, duración, tipo, monto y organismo con el que se realizó sea administración nacional, provincial y/o municipal, organismos descentralizados, empresas y/o sociedades del Estado. Artículo 2.- De forma.


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.