Proyecto de Ordenanza

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PROYECTO DE ORDENANZA “PROPUESTAS PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO DE TANDIL”

FUNDAMENTOS

Antecedentes Dada la existencia en otros municipios de organismos mixtos y tripartitos para garantizar, regular y controlar políticas públicas referidas al ejercicio de los derechos civiles, y

Considerando: •

Que el transporte público es un derecho indelegable de todos y todas los tandilenses y el pueblo argentino

Que es conocida la problemática del transporte interno, público y urbano en Tandil.

Que su acceso, control y ejecución es una responsabilidad del Estado en todos sus niveles.

Que el Artículo 27, inciso 22, de la carta orgánica faculta al Honorable Consejo Deliberante reglamentar el transporte en general y, en especial, los servicios públicos de transporte de pasajeros, en cuanto no sean materia de competencia nacional o provincial.

Que la problemática del transporte forma parte de las cuentas pendientes que el Estado de derecho y la legalidad democrática tienen con una porción importante de la sociedad, para lo cual es imprescindible apelar a todas las herramientas legales y políticas que estén al alcance para hacer del transporte público un derecho garantizado por el estado municipal para toda la población local.

Que el acceso al transporte público es de vital importancia para la movilidad de los trabajadores y estudiantes (primarios, secundarios, terciarios y universitarios) en particular, y para la comunidad en general.

Que el crecimiento del desarrollo urbano de la localidad obliga a repensar recorridos y frecuencias para que efectivamente se garantice masivamente el acceso al transporte público.

Que hay muchas zonas y horarios donde el transporte no llega.


Que los repetidos conflictos desatados por la elevación de la tarifa plana no han sido discutidos plenamente por la sociedad política y la sociedad civil de Tandil.

Que existen herramientas de carácter mixta para la discusión de políticas públicas en general, y para el transporte en particular.

Que la seguridad en el transporte debe ser garantizada tanto por las empresas como por sus organismos de control y representación.

Que existen instituciones educativas no formales a las que asisten los y las tandilenses sin estar contempladas bajo el actual cuadro tarifario.

Que hay oferta educativa en zonas urbanas y periurbanas donde el transporte público no llega o es insuficiente para garantizar el acceso a esas propuestas culturales formales y no formales.

Que un sector de la sociedad no encuentra garantizado el acceso al transporte bajo el actual cuadro tarifario.

Que muchos niños y adolescentes no pueden elegir la escuela a la que desean concurrir por la falta de transporte.

Que las actuales condiciones de acceso a la obtención de los bonos se ve dificultada por los escasos puntos de venta y restringidas franjas horarias.

Que los usuarios encuentran restringido sus descuentos específicos en términos de líneas y días.

Que para acceder a los descuentos los usuarios deben asistir a puntos de ventas limitados, por la cantidad, y que porcentualmente no garantizan realmente el descuento.

Que al no existir el pago en el colectivo y no acceder a la compra o a los puntos de venta, los usuarios que se encuentran englobados bajo un descuento deben pagar el boleto plano.

Que el transporte es vital para educarse, trabajar y acceder al esparcimiento.

Por cuanto: Se estima necesario que la problemática del transporte público interno urbano debe ser abordada desde una política de estado discutida y planificada por las tres partes interactuantes: el estado, las empresas privadas y los usuarios representados por organizaciones de la sociedad civil.


De esta forma se plantean propuestas concretas, a la vez que se concibe una visión estratégica sobre la necesidad de constituir un foro que discuta políticas públicas. Desde esta visión estratégica, partiendo de herramientas propias de la democracia participativa, se plantea la creación de un órgano que dote de transparencia y regule el transporte público de pasajeros conteniendo a todas las partes mencionadas.

Por ello: Estas líneas son fruto de la síntesis de largos años de discusiones entre diferentes organizaciones sociales, políticas, institucionales, no gubernamentales y sindicales. Desde de la conducción Centro de Estudiantes de la Facultad de Ciencias Humanas de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires tomamos mencionadas discusiones, posicionamientos y propuestas, consagrándolas ante el Honorable Consejo Deliberante con el siguiente proyecto de ordenanza,

A saber:

Art. 1: Concebir al transporte público como un derecho indelegable. El estado es responsable y garante del mismo.

Art. 2: Fijación de la tarifa de Transporte público en función de las necesidades populares y la garantía de los Derechos Civiles, y no en función de la rentabilidad del Empresariado

Art 3: Creación de un Boleto Único de descuento para estudiantes primarios, secundarios, de instituciones formales y no formales. Cuyo valor no supere al bono escolar actual. a) A tal efecto se elaboraran identificación para los usuarios, a renovarse anualmente b) El uso de la identificación del usuario no será excluyente a otro tipos de identificación, léase guardapolvos o constancia de alumno regular.

Art. 4: Creación de un Boleto de descuento para estudiantes de instituciones de educación terciaria y universitaria, cuyo valor no supere al 50 por 100 del Boleto Plano


Art. 5. Ampliación de los boletos de descuento unificados para: a) Todas las líneas de transporte y recorridos b) Todos los horarios en que el medio de transporte funciona c) Todas los días en que el medio de transporte funciona

Art. 6. Revisión y reelaboración del mapa de recorridos de las líneas de transporte en pos de garantizar: a)

la accesibilidad a todas las escuelas o propuestas educativas dentro de las zonas urbanas y periurbanas.

b)

la accesibilidad a todas los focos laborales dentro de las zonas urbanas y periurbanas

c)

la accesibilidad a todas las ofertas de esparcimiento, culturales y deportivas desarrolladas en las zonas urbanas y periurbanas

Art. 7 Universalización de las combinaciones de líneas.

Art. 8 Sobre la Seguridad a)

Generar espacios para la formación y capacitación constante de los choferes en relación a responsabilidad Civil y a los derechos de los niños y adolescentes.

b)

Renovar las unidades con capacidad adecuada.

c)

Realizar controles periódicos garantizando su mantenimiento

d)

Incrementar la oferta de unidades en horarios pico

Art. 9: Reacondicionamiento de las unidades de Transporte en pos de garantizar el acceso al transporte público para todos los niños y adolescentes con alguna discapacidad o capacidades diferentes. Art. 10: Reglamentar el Pago del Boleto con Descuento arriba de los Colectivos Art. 11: Desarrollo de una Auditoría Pública bajo el precepto constitucional que establece que los recursos económicos de que dispongan los gobiernos federal,


provincial y municipal, así como sus respectivas administraciones públicas paraestatales, deben administrarse con eficiencia, eficacia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Art. 12: Discusión, Planificación y Ejecución de un Órgano Tripartito que dote de transparencia y discuta, planifique y regule las políticas públicas referidas al transporte público de pasajeros.

Art. 13: De Forma,


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