Anteproyecto de régimen integral de revalidación de finales y extensión de cursadas

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Anteproyecto de Régimen Integral de Extensión de Cursadas y Revalidación de Finales. Agosto de 2015.

Comisión de Ingreso, Permanencia y Graduación – Secretaría Académica FCH. Agrupación Desde el pie – CENGRAFCH.

FUNDAMENTACIÓN

El presente proyecto posee como objetivo central el fortalecimiento de las líneas de Permanencia y de Graduación del Programa IPG de la Secretaría Académica de la FCH, aportando a la resolución general de la problemática en torno al vencimiento de la condición de Regular en cursadas aprobadas hace más de tres años, y el vencimiento de Finales aprobados de los Estudiantes avanzados y Tesistas de nuestra Facultad. Estas problemáticas se entroncan con un conjunto de situaciones de tipo laboral, de maternidad/paternidad, de salud y otras, que dificultan de diversos modos dificultan tanto la permanencia, como el proceso de graduación de los estudiantes. Así, se consideran a las re-válidas de Final y a la Extensión de la condición de Regular en las cursadas como líneas políticas de acción que atienden respectivamente a estas situaciones problemáticas desde la perspectiva de los derechos educativos, y que en tanto derechos no pueden estar sujetos a aplicaciones parciales o condicionalidades específicas. En este marco, esta propuesta busca contribuir a la política inclusiva de la Facultad de Ciencias Humanas, haciendo especial énfasis en fortalecer el proceso de graduación estudiantil. Al mismo tiempo, el proyecto intenta articularse integralmente al conjunto de políticas de la FCH que se orientan a promover la


graduación de los estudiantes: El programa permanente de Ingreso, Permanencia y Graduación, la modificación del reglamento de Tesis, las Becas de Finalización de Carrera y la Reglamentación para Estudiantes en situaciones especiales, situación de empleo, enfermedades de largo tratamiento, padres, madres, embarazadas y con personas a cargo-. Entendiendo como fundamental para el fortalecimiento de las líneas de Permanencia y Graduación de la Comisión de IPG de la Secretaría Académica la necesidad de que el presente Régimen Integral se articule con el resto de las Políticas mencionadas y las Líneas de acción vigentes, se promoverá el desarrollo de actividades de comunicación y difusión institucional, de diagnósticos de situación permanentes que contemplen un

seguimiento de las trayectorias

personales y académicas de los Estudiantes –del proceso de enseñanzaaprendizaje, de la situación laboral, de salud, entre otras-, y se establecerán procesos de acompañamiento y seguimiento, para en conjunto con los estudiantes, detectar dificultades y desarrollar las estrategias necesarias para su resolución. Para esto, la presente propuesta, se basa en principio en distinguir dos situaciones problemáticas diferentes: la primera, hace al vencimiento en la condición de Regular de las cursadas aprobadas hace más de tres años, en Estudiantes avanzados de las carreras de Profesorados o Licenciaturas, y la segunda, que refiere al vencimiento de Finales de Estudiantes que hayan transcurrido el doble de la duración teórica de la Carrera respectiva. En el mismo sentido, se hace particular hincapié en contemplar la diversidad de situaciones entre los Profesorados y Licenciaturas, en los distintos grados de avance de la Carrera, en la existencia de Planes de Estudios próximos a vencerse y en asignaturas prácticas con correlativas.

Por último, se entiende que con el re-planteo normativo que se propone debajo y su articulación a un proceso de implementación efectivo que conlleve, como se dijo, diagnóstico de situación, comunicación activa y acompañamiento


institucional a los alumnos, se avanzará en grados cualitativos de inclusión educativa al tiempo que se fortalecerá la calidad académica de la institución.

Considerando:

1. Que, desde el año 2008, se han generado líneas de acción institucionales para fortalecer el Ingreso, la Permanencia y la Promoción de los Estudiantes, mediante el Programa de Tutorías y otros antecedentes normativos en carácter de “excepcionalidad” o “condicionalidad” en la extensión de Cursadas y Correlatividades. 2. Que, desde el año 2013, se ha constituido el Programa Permanente de Ingreso, Permanencia y Graduación de la Secretaría Académica de la FCH, en pos de lograr políticas integrales de inclusión educativa. 3. Que, desde el año 2014, se encuentra en vigencia el Reglamento para Estudiantes en situaciones Especiales, que comparte el espíritu de la presente propuesta y apunta al fortalecimiento de la Permanencia, al flexibilizar el porcentaje de asistencia y los tiempos y condiciones de Evaluación de Cursadas y Exámenes. 4. Que, desde el año 2014, se ha creado en el Programa de Becas de la Secretaría de Bienestar Estudiantil de la UNCPBA la categoría de Beca de Finalización de Carrera, en pos de promover y fortalecer el proceso de Graduación de los Estudiantes. 5. Que existen antecedentes de Resoluciones de Consejo Académico de nuestra Facultad –RCA Nº 276/10 (8 de Septiembre) y RCA Nº 263/13 (23 agosto)-, en las que, ante situaciones particulares se han generado líneas de acción similares en la Prórroga de la condición de Regular y la Revalidación Automática de Finales vencidos para Licenciaturas. 6. Que el Estatuto de la FCH, en sus Artículos 26º y 31º reglamenta los procedimientos de reválida Automática y la Duración de la condición de


Regular de los estudiantes en las asignaturas aprobadas en las que se adeude el examen Final. 7. Que la presente problemática se ha expresado reiteradamente como una dificultad relevante en las Comisiones Directivas y Asambleas, en las que participaran Estudiantes Avanzados y Graduados, miembros por Estatuto del Centro de Graduados de nuestra Facultad (CENGAFCH). 8. Que por todo lo expuesto, existe una necesidad concreta de realizar un diagnóstico de cuántos Estudiantes se encuentran ante esta problemática en su situación actual, diferenciando entre Carreras de Licenciaturas o Profesorados, su grado de avance, los Planes de Estudios próximos a vencerse, las asignaturas practicas con trabas de correlativas, los estudiantes pasivos con vencimientos de materia, y otras situaciones similares. 9. Que la forma más eficaz de atender a estas problemáticas es mediante una política integral de Permanencia y Graduación, que desde la perspectiva de los Derechos Educativos, se constituya en una política institucional inclusiva complementaria con el resto de los programas y acciones que desarrolla la Facultad. 10. Que el presente Régimen Integral de Extensión de Cursadas y Revalidación de Finales, requiere para el cumplimiento de sus objetivos una política institucional del IPG que comprenda el acompañamiento y seguimiento de los Estudiantes en proceso de graduación.

Título I: Del Régimen Integral de Extensión de Cursadas y Revalidación de Finales.

Artículo 1º: El presente Régimen Integral busca fortalecer las líneas de Permanencia y de Graduación del Programa IPG de la Secretaría Académica de la FCH. Se constituye de dos líneas, orientadas a Estudiantes avanzados y Tesistas


de nuestra Facultad, implementándose mediante las políticas de Extensión de Cursadas y Revalidación de Finales. Artículo 2º: Durante la vigencia del Régimen Integral de Extensión de Cursadas y Revalidación de Finales, la Comisión de Ingreso, Permanencia y Graduación de la Secretaría Académica y los estudiantes solicitantes establecerán un proceso de acompañamiento y seguimiento, para detectar dificultades y desarrollar las estrategias necesarias para su resolución. Anualmente, la Comisión elaborará un Informe dando cuenta de las condiciones particulares y del Trayecto Académico de cada Estudiante afectado por el Régimen Integral de Extensión de Cursadas y Revalidación de Finales. Capítulo I: De la Política de Extensión de Cursadas. Artículo 3º: La Política de Extensión de Cursadas consiste en la extensión de la condición de Regular del alumno, en las cursadas aprobadas en las que se adeude el examen Final al cumplirse los tres años, de forma automática durante un período específico de meses.

Capítulo II: De la Política de Revalidación de Finales.

Artículo 4º: La Política de Revalidación de Finales consiste en la extensión del vencimiento de las Materias Aprobadas con examen final, de forma automática durante un período específico de meses, según sea la categoría del solicitante. Artículo 5º: Mientras la Política de Revalidación de Finales se encuentre en vigencia, los estudiantes no deberán concertar reuniones con los docentes ni entregar trabajos de actualización de contenidos para revalidar las asignaturas.

Título II: De los solicitantes del Régimen Integral de Extensión de Cursadas y Revalidación de Finales.

Comentario [C1]: (Situación de excepción al Artículo 31º del Estatuto de la FCH: “Los alumnos que hubieren cumplido los recaudos previos y aprobado las evaluaciones parciales podrán rendir examen hasta tres años desde la finalización de la cursada que hubiere aprobado. En su defecto deberá cursar nuevamente o rendir en calidad de alumno libre de acuerdo con el tipo de asignatura.”) Comentario [C2]: (Retoma Art. 26º del Estatuto de la FCH: “Para aquellos alumnos inscriptos en carreras de Licenciatura y Ciclos de Licenciatura de la Facultad de Ciencias Humanas se otorgará revalidación automática de las materias por 2 (dos) años, a partir de la fecha en que rindan el último final. Para poder solicitar la revalidación automática durante el plazo otorgado, deberán tener presentado, ante la Secretaría Académica, el Proyecto de Tesis y la nota de aceptación del director y/o co-director de Tesis avalados por el consejo de Carrera respectivo. Contempla antecedente de RESOLUCIÓN DE CONSEJO ACADEMICO Nº 263/13 (23 agosto)) Comentario [C3]: (Situación de excepción al Artículo 26º del Estatuto de la FCH: “Antes de la fecha formal de la reválida estipulada por el Calendario Académico, el alumno deberá mantener una reunión personal o por correo electrónico con el profesor responsable de la asignatura, a fin de que establezca la forma y contenido de la reválida”. Contempla antecedente de RESOLUCIÓN DE CONSEJO ACADEMICO Nº 263/13 (23 agosto))


Artículo 6º: Pueden solicitar la implementación de la Política de Extensión de Cursadas los Estudiantes de Carreras de Profesorados o Licenciaturas que hayan aprobado el 70% de los Finales, y por la proximidad a cumplirse los tres años en las cursadas aprobadas en las que se adeude el examen Final, necesiten la extensión de la condición de Regular.

Artículo 7º: Pueden solicitar la implementación de la Política de Revalidación de Finales quienes cumplan los siguientes requisitos:

a. Ser estudiantes de Carreras de Licenciatura que hayan presentado el Proyecto de Tesis y la nota de aceptación del director y/o co-director de Tesis avalados por el Consejo de Carrera respectivo. b. Ser estudiantes de Carreas de Licenciatura o Profesorado que hayan aprobado más del 50% de los Finales.

Título III: Del alcance del Régimen Integral de Extensión de Cursadas y Revalidación de Finales.

Capítulo I: Alcance de la Política de Extensión de Cursadas. Artículo 8º: El alcance de la Política de Extensión de Cursadas contempla a los Estudiantes de Carreras de Profesorados o Licenciaturas que cuenten con el 70% de los Finales. Una vez iniciada la solicitud, implica la extensión de la condición de Regular del alumno de forma automática, durante un período de 12 meses, en aquellas cursadas en las que se adeude el examen Final al cumplirse los tres años de su aprobación.

Comentario [C4]: Para incorporar la Nota de la Secretaría Académica donde se eleva la propuesta presentada por la Responsable del Área de Graduación del proyecto IPG, Prof. EIZAGUIRRE Daniela, quien solicita la ampliación en la aplicación de la Res. de Consejo Académico Nº 276, con fecha 8/09/2010, referida a la revalidación automática de las materias de las carreras de Licenciatura. “Específicamente, se propone agregar la siguiente condición: Al momento de rendir la última materia los alumnos podrán tener hasta 3 materias vencidas que deberán ser revalidadas automáticamente”, DOS POSIBILIDADES: A. Incorporar categoría nueva que plantee: “Ser estudiantes de Carreras de Licenciatura, que al momento de rendir su último Final, cuenten con hasta tres materias vencidas.” B. Que estén contemplados en la Actual categoría b, que los incluye y es más abarcativa. Comentario [C5]: (Norma el plazo de la situación de excepción al Artículo 31º del Estatuto de la FCH: “Los alumnos que hubieren cumplido los recaudos previos y aprobado las evaluaciones parciales podrán rendir examen hasta tres años desde la finalización de la cursada que hubiere aprobado. En su defecto deberá cursar nuevamente o rendir en calidad de alumno libre de acuerdo con el tipo de asignatura.”)


Capítulo II: Alcance de la Política de Revalidación de Finales.

Artículo 9º: El alcance de la Política de Revalidación de Finales será diferente para cada categoría de solicitantes: a. Para los Estudiantes de Carreras de Licenciatura que hayan presentado el Proyecto de Tesis y la nota de aceptación del director y/o co-director de Tesis avalados por el Consejo de Carrera respectivo, la implementación de la Política de Revalidación de Finales consiste en la extensión de forma automática en el vencimiento de los Finales acreditados, durante un período de 24 meses una vez iniciada la solicitud.

b. Para los Estudiantes de Carreas de Licenciatura o Profesorado que

Comentario [C6]: Retoma Art. 26º del Estatuto de la FCH y contempla antecedente de RESOLUCIÓN DE CONSEJO ACADEMICO Nº 263/13 (23 agosto))

habiendo transcurrido el doble de la duración teórica de la carrera respectiva cuenten con más del 50% de los Finales aprobados, la implementación la Política de Revalidación de Finales consiste en la extensión de forma automática en el vencimiento de los Finales acreditados, durante un período de 12 meses una vez iniciada la solicitud.

Título IV: De la renovación del Régimen Integral de Extensión de Cursadas y Revalidación de Finales.

Artículo 10º: La renovación del Régimen Integral de Extensión de Cursadas y Revalidación de Finales estará ligada al acompañamiento y seguimiento del proceso de aprendizaje realizado por la Comisión de IPG, y podrá ser solicitada por los estudiantes siempre que se manifiesten avances, o que, en caso de no tenerlos, sus causas se encuentren justificadas en el Informe Anual del IPG.

Artículo 11º: Los Estudiantes de Carreras de Profesorados o Licenciaturas que sin haber transcurrido el doble de la duración teórica de la Carrera, y que habiendo contando con la Política de Extensión de Cursadas en la condición de Regular

Comentario [C7]: Amplia el alcance del Art. 26º del Estatuto de la FCH y contempla antecedente de RESOLUCIÓN DE CONSEJO ACADEMICO Nº 263/13 (23 agosto) Inciso d).) Conforme se incorpore la Propuesta de la Prof. Eizaguirre, Responsable del Área de Graduación del proyecto IPG en el Artículo 7º del Presente Régimen Integral, DOS POSIBILIDADES: A. Incorporar categoría nueva que plantee: “Para los estudiantes de Carreras de Licenciatura, que al momento de rendir su último Final cuenten con hasta tres materias vencidas, la implementación la Política de Revalidación de Finales consiste en la revalidación de las mismas en forma automática.” B. Que estén contemplados en la actual categoría b, explicitando que el alcance tiene dos dimensiones: a futuro, (cuando el alumno la solicita antes del doble de la duración de la carrera respectiva, extendiendo los vencimientos por un año); o retrospectiva (cuando el alumno rinde su último final después del doble de la duración de la carrera respectiva, pudiendo acumular hasta 3 materias vencidas que se revalidarán en forma automática).


durante un período de 12 meses, manifestaran avances en la cantidad de Finales rendidos, podrán solicitar una renovación por un período de 6 meses más.

Artículo 12º: Los Estudiantes de Carreras de Licenciatura que, habiendo contando con la Política de Revalidación de Finales durante un período de 24 meses, manifestaran avances pero no hubieran finalizado su Tesis, podrán solicitar una renovación por un período de 12 meses más.

Artículo 13º: Los Estudiantes de Carreas de Licenciatura o Profesorado que contando con más del 50% de los Finales rendidos, y habiendo solicitado la Política de Revalidación de Finales durante un período de 12 meses, manifestaran avances en la cantidad de Finales rendidos, podrán solicitar una renovación por un período de 6 meses más.

Título V: De la implementación institucional del Régimen Integral de Extensión de Cursadas y Revalidación de Finales.

Artículo 14º: El Régimen Integral de Extensión de Cursadas y Revalidación de Finales entrará por primera vez en vigencia, dándosele curso institucional mediante Avisos y Notificaciones por el Sistema Siu Guaraní de la FCH, donde se les informará a los Estudiantes que cumplan los requisitos respectivos -según cada categoría-, el procedimiento institucional para su solicitud.

Artículo 15º: La solicitud inicial de implementación del Régimen Integral de Extensión de Cursadas y Revalidación de Finales, será de aplicación inmediata. Se realizará mediante Carta ante la Comisión de Ingreso, Permanencia y Graduación de la Secretaría Académica de la FCH, donde según la categoría del solicitante, se generarán estrategias de acompañamiento y seguimiento institucional y se dará curso administrativo para la aplicación automática del mismo.

Comentario [C8]: Una vez puesto en marcha y transcurrido el tiempo de evaluación institucional, podría evaluarse la Aplicación Automática por Siu Guaraní, para acelerar el proceso administrativo y no sobrecargar el Área de Graduación. En todos los casos se coordinaría un acompañamiento institucional y pedagógico.


Artículo 16º: La solicitud de la renovación del Régimen Integral de Extensión de Cursadas y Revalidación de Finales, se realizará mediante Carta que el estudiante elevará ante la Comisión de Ingreso, Permanencia y Graduación de la Secretaría Académica de la FCH. Será fundamental que el estudiante haya concurrido a las instancias convocadas por la Comisión de IPG, y que contando con acompañamiento en su proceso de aprendizaje exprese avances, o que, en caso de no tenerlos, sus causas se encuentren justificadas en el Informe Anual del IPG.

Título VI: Normas Transitorias.

Artículo 17º: Los Estudiantes que antes de entrar en vigencia

el presente

Régimen Integral, y habiendo transcurrido más del doble de la duración teórica de la Carrera respectiva presentaran Finales vencidos, podrán incorporarse a la presente figura en la categoría correspondiente.


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