Revista Nº259

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INTERNACIONAL

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POLÍTICA

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PRODUCTO

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NOTICIAS

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SUMARIO

Este número

Sumario CATAC AÑO 2010 SEPTIEMBRE | OCTUBRE

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INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN

N°259 Publicación especializada del Transporte Automotor de Carga.

PIRATERÍA DEL ASFALTO

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GESTIÓN FEDERAL: OLAVARRIA Y CONCORDIA

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DISTRIBUCIÓN GRATUITA.

PRODUCCIÓN INTEGRAL

PARA ANUNCIAR EN LA REVISTA DE CATAC COMUNICARSE AL (5411) 6091-1710 / 1712 / 1713

integra2@elexpresotv.com www.elexpresotv.com

EDITORIAL

Pág. 3

Nueva licencia de conducir

Pág. 8

Mucho camino por recorrer

Pág. 18

Documentación obligatoria para circular

Pág. 22

SCANIA: Mejor conductor

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Lanzamiento: IVECO

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Noticias

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SEPTIEMBRE - OCTUBRE [Revista CATAC]

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CATAC

CONTÁCTENOS

COMISIÓN CENTRAL EJECUTIVA

SEDE CATAC

Montes de Oca 2153 TELEFONO:

54-11-4301-2608

CONFEDERACIÓN ARGENTINA DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS

WWW.CATAC.ORG.AR REVISTA CATAC Es una publicación de la Confederación Argentina del Transporte Automotor de Cargas. Los artículos firmados son responsabilidad de sus autores y no presume que CATAC ni sus empresas integrantes compartan necesariamente sus opiniones. La reproducción total o parcial de los contenidos es permitida con mención de la fuente.

STAFF EDITORIAL

PRODUCCIÓN GENERAL: CRISTINA MURÚA COORDINACION GENERAL: LILIANA ORCIANI DIRECTOR DE ARTE: SERGIO CHIARELLO DISEÑO: MARCOS EISENBEIL IMPRESIÓN: MAGNOGRAF S.A. - PERÚ 555

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[Revista CATAC] AGOSTO - SEPTIEMBRE

PRESIDENTE VICE-PRESIDENTE 1° VICE-PRESIDENTE 2° SECRETARIO GENERAL PRO-SECRETARIO GENERAL SECRETARIO RELAC. INSTITUCIONALES PRO-SECRETARIO RELAC. INSTITUCIONALES SEC.DE ORGANIZACIÓN GREMIAL PRO-SEC. DE ORGANIZACIÓN GREMIAL SEC. DE SERVICIOS TÉCNICOS PRO-SEC. DE SERVICIOS TÉCNICOS SECRETARIO DE PRENSA Y DIFUSION PRO-SECRETARIO DE PRENSA Y DIFUSIÓN TESORERO PRO-TESORERO 1° VOCAL TITULAR 2° VOCAL TITULAR 3° VOCAL TITULAR 4° VOCAL TITULAR 5° VOCAL TITULAR 6° VOCAL TITULAR 7° VOCAL TITULAR 8° VOCAL TITULAR 9° VOCAL TITULAR 10° VOCAL TITULAR 1° VOCAL SUPLENTE 2° VOCAL SUPLENTE 3° VOCAL SUPLENTE 4° VOCAL SUPLENTE 5° VOCAL SUPLENTE 6° VOCAL SUPLENTE 7° VOCAL SUPLENTE 8° VOCAL SUPLENTE 9° VOCAL SUPLENTE 10° VOCAL SUPLENTE 1° REVISOR DE CUENTAS TITULAR 2° REVISOR DE CUENTAS TITULAR 3° REVISOR DE CUENTAS TITULAR 1° REVISOR DE CUENTAS SUPLENTE 2° REVISOR DE CUENTAS SUPLENTE 3° REVISOR DE CUENTAS SUPLENTE

EGIDIO RICCO MIGUEL ANGEL BETTILI MANUEL ANTONIO MENDEZ RAMON JATIP RAUL OLVEIRA LUIS ANGEL NUTTI OSCAR NALLIM MIGUEL ANGEL MASSARO ALBERTO ROSIANO JORGE GARCÍA HORACIO MALACALZA JUAN MARTÍNEZ PABLO CELHABE ALVARO RODRÍGUEZ PORTAL MARCELO OTEO JORGE IGLESIAS HORACIO STRACIO MIGUEL AGUIRRE EDUARDO MOZETIC JUAN CARLOS RUJLIN JUAN CARLOS FUNES SANTIAGO FAVRE NORBERTO ANTONIO CALDERONE LUIS SALVARINI MARTIN RODRÍGUEZ HORACIO FIZ CARLOS MALVASO SERGIO LARROBERE JORGE LAJE ELVIO RICARDO ERNI JORGE MENDOZA CLAUDIO MAYORANO CLAUDIO MARCELO RUITORT ALBERTO MEREIDO OSCAR SARTOU ALBERTO D´ANUNCIACAO ANTONIO POLIFRONE PABLO PÉREZ CAMILO CAMEL WAHAB IVÁN CABRERA MARCELO GOTTA


ESTIMADOS TRANSPORTISTA:

Editorial

EL PASADO COMO FUENTE RACIONAL DE RECUPERACION DE VALORES Hoy nuevamente me acerco a ustedes, como ya lo vengo realizando desde mi asunción, para volcarles una genuina arenga institucional, en estos tiempos de crispación, competencia desleal, compromisos partidarios y falta de responsabilidad dirigencial, no me escapan los reales recuerdos sectoriales, en los que existía una compenetración social e institucional, que hoy día pretende ser interpretada como mala palabra. Recurrir a nuestros orígenes no es malo. Recurrir a nuestro pasado sobre base angular para un verdadero desarrollo sectorial, tampoco es mala palabra. O acaso no es el sitio en donde siempre encontramos nuestros más anhelados valores sociales, institucionales y políticos. No es mala palabra abrazar a nuestros hermanos transportistas, pues ese simbolismo abarca demasiadas circunstancias como para tildar de involucionados. Sé precisamente el lugar de pertenencia de nuestra entidad, el que supo ocupar a destajo, el que sostiene en la actualidad y el que sustentará en el futuro. No es una frase hecha el federalismo impetro desde mi gestión. Ese silogismo recorre a lo largo y a lo ancho todo nuestro territorio nacional y es ahí en donde estaré, y es ahí donde estuve, y es ahí donde estoy. Siempre, estimados transportistas asumiré la responsabilidad de acompañar al sector y a vosotros con meridiana fuerza mandataria que me han otorgado, depositando continuamente vuestra confianza en mi, nunca nos olvidemos quienes somos, a quienes representamos y a hacia donde vamos. no nos dejemos engañar por discursos simplistas, con mensajes interlineados, que ocultan intereses lejanos al sector. Nuestra misión está en marcha. nuestra bandera flamea en todo el país. nuestra representación es inequívoca. nuestro interés único, vuestro beneficio inevitable. Estimados colegas siguamos en este camino, que es largo, tedioso, abrumador, pero que con seguridad arribará a la conjunción de lo mejor de todos nosotros, el pasado, el presente y el futuro. Egidio Ricco, Presidente

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INTERNACIONAL

TRANSPORTE INTERNACIONAL

INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN A través de la Resolución Conjunta, se estableció un Procedimiento de intercambio de información, por medios electrónicos, entre la AFIP y la Secretaría de Transporte en el marco del Acuerdo de Alcance Parcial de Transporte Internacional Terrestre.

l día 12 de septiembre de 2008, se estableció un procedimiento de intercambio de información por medios electrónicos, entre ambos organismos y para su utilización conjunta, respecto de las empresas habilitadas para el transporte internacional terrestre y las operaciones y destinaciones aduaneras en las que se encuentren involucradas.

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El Artículo 4º de la misma determinó que la Administración Federal de Ingresos Públicos deberá actualizar y adecuar sus sistemas informáticos, a fin de que los procesos de gestión de las operaciones y destinaciones aduaneras, que requieran información sobre transportistas habilitados por la Secretaria de Transporte, utilicen la obtenida del procedimiento de intercambio implementado en su Artículo 1º. Se estableció que los datos registrales de los transportistas internacionales habilitados por la Secretaria de Transporte, integrarán el Padrón Único de Transportistas (PAUT), cuya implementación tendrá un período de prueba de SEIS (6) meses.

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Dicho padrón será publicado en los sitios "web" de la Administración Federal de Ingresos Públicos (http://www.afip.gob.ar) y de la Secretaria de Transporte (http://www.transporte.gob.ar), de acuerdo con lo establecido en el Artículo 6º de dicha resolución conjunta.

litación y consultar sus datos registrales mediante el aludido padrón.

De esta forma los transportistas internacionales podrán constatar su habi-

El servicio aduanero accederá al Padrón Único de Transportistas (PAUT) mediante la red "Intranet" de la Administración Federal de Ingresos Públicos y se podrá constatar la referida situación mediante consulta vía correo electrónico a: cargas@minplan.gob.ar

Para la actualización de dichos datos deberán concurrir a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaria de Transporte.

A tal fin, deberán acreditar dicha habilitación a través del "Certificado de Identificación de las Unidades Habilitadas para realizar Transporte Internacional de Cargas por Carretera", establecido en el Artículo 10 de la Resolución Nº 15 del 29 de abril de 2002 de la Secretaria de Transporte. Una vez que el período de prueba haya finalizado, se establecerán inhabilitaciones registrales en forma sistémica, para los transportistas internacionales que no integren el Padrón Único de Transportistas (PAUT),


Cabe señalar que la implementación del Padrón Único de Transportistas (PAUT) no implicará la extinción de la obligación, que recae sobre los transportistas internacionales, de presentar ante las autoridades que así lo requieran, la documentación que habilita tanto a los sujetos como a los vehículos que conducen, de acuerdo con lo establecido por la normativa vigente en la materia. En el Anexo II de esta norma conjunta se establecen las disposiciones operativas para el registro del Manifiesto de Carga, las cuales se consignan en el Anexo II y son de competencia específica de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

PADRÓN ÚNICO DE TRANSPORTISTAS (PAUT) Los principales datos que contendrá el Padrón Único de Transportistas (PAUT) son los que se detallan a continuación:

RELATIVOS A LA EMPRESA DE TRANSPORTE:

INTERNACIONAL

las cuales impedirán la presentación del Manifiesto de Carga.

A) NÚMERO DE REGISTRO OTORGADO POR LA SECRETARIA DE TRANSPORTE B) CLAVE ÚNICA DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA (C.U.I.T.), PARA EL CASO QUE DESARROLLEN ACTOS DE COMERCIO EN EL TERRITORIO ARGENTINO. C) CLAVE ÚNICA DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA (C.U.I.T.) DEL REPRESENTANTE LEGAL, TANTO PARA PERSONAS FÍSICAS (PUDIENDO ÉSTAS CONSTITUIRSE COMO SUS PROPIOS REPRESENTANTES) COMO JURÍDICAS. D) APELLIDO Y NOMBRES, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL. E) DOMICILIO -CALLE, NÚMERO, LOCALIDAD Y PROVINCIA - Y CÓDIGO POSTAL. F) SU CARÁCTER DE REGULAR. G) NÚMERO DE PERMISO. H) PAÍS DE ORIGEN Y DE DESTINO. I) TRÁNSITO. J) FECHA DE EMISIÓN DE LA AUTORIZACIÓN.

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POLíTICA

ANSV

NUEVA LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR De acuerdo a lo establecido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial se ha implementado la emisión de una nueva Licencia Nacional de Conducir. Todos los conductores cuando renueven su actual Registro de Conducir, deberán cumplimentar los requisitos para la nueva Licencia.

on el lanzamiento de la Licencia Nacional de Conducir se inicia un proceso de unificación progresivo que convivirá, en un principio, con el sistema anterior, las licencias correspondientes al sistema

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actual serán válidas hasta su vencimiento, momento en que se reemplazarán por la nueva licencia. En una primera fase, la Licencia Nacional de Conducir se implementará en las jurisdicciones de Buenos Aires, San Juan y Tucumán, y rápida-

mente le seguirán Salta, Tierra del Fuego, Misiones, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Santiago del Estero, distritos que están culminando los trámites correspondientes. Una vez implementado el sistema en un distrito se contará con un

¿Qué cambia con la nueva Licencia? - Se unifica el sistema de emisión, con lo cual dejan de existir las más de 1800 licencias que hoy conviven en todo el país. - Las instancias de capacitación serán obligatorias en todo el territorio nacional (hoy esto no sucede en todas las jurisdicciones). - Los conductores inhabilitados en una jurisdicción no podrán obtener la licencia en otra, porque la base de datos se unifica y es obligatorio consultar el Registro Nacional de Antecedentes para obtener la licencia. - Al contar con un sistema único, se hace más confiable la información estadística. - Los criterios de evaluación, costos y categorías de las licencias también serán iguales en todo el país. - La nueva licencia cuenta con más y mejores medidas de seguridad, que imposibilitan su falsificación. - Al haber un solo modelo, se facilitan los controles interjurisdiccionales. ¿En qué se trabajó desde la ANSV? - Se generaron los procedimientos y criterios unificados para evaluar la aptitud y conocimientos del ciudadano que solicita la Licencia Nacional de Conducir, incluyendo la instancia obligatoria de capacitación. - Se diseñó un modelo único de licencia. - Se creó una base de datos para la licencia y un Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (Re.N.A.T.) unificado en todo el país. 6

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POLÍTICA

plazo máximo de 5 años para que se complete el recambio de licencias.

PLAZO DE OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA Las licencias se otorgarán con una validez de hasta cinco (5) años, debiendo en cada renovación aprobar el examen psicofísico. Si el titular registrase antecedentes por infracciones graves o en cantidad superior a la que se determine por vía de la reglamentación, se deberán revalidar los exámenes teórico-prácticos. Los conductores que obtengan su licencia por primera vez, tendrán que conducir durante los primeros seis meses llevando de manera visible, tanto adelante como detrás el vehículo, el distintivo que identifique su condición de principiante. La licencia tendrá unicidad en su diseño a fin de facilitar las tareas de comprobación, a través de la utilización de sistemas y mecanismos tecnológicos tendientes a evitar la falsificación de las licencias. A su vez, estas características permitirán conformar un registro confiable y actualizado de licencias emitidas que habilite la consulta y la carga descentralizada y permanente desde los distintos centros de emisión.

REQUISITOS PARA OBTENER LA LICENCIA – Saber leer. Para los conductores profesionales también es necesario saber escribir. – Una declaración jurada sobre el padecimiento de afecciones físicas: cardiológicas, neurológicas, psicopatológicas, sensoriales y traumatismos. – Asistencia obligatoria a un curso teórico-práctico de educación para la seguridad vial, en una escuela de conducir pública o privada habilitada, cuya duración y contenidos serán determinados, auditados y homologados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. – Un examen médico que comprenderá una constancia de aptitud física, visual, auditiva y psíquica. – Un examen teórico de conocimientos sobre educación y ética ciudadana, conducción, señalamiento y legislación. Es importante destacar que se incorporó la instancia de capacitación obligatoria para aquellas personas que aspiren a obtener la licencia por primera vez. Esto demuestra su carácter eminentemente educativo al establecer contenidos para crear hábitos responsables en la vía pública. – Un examen teórico-práctico sobre detección de fallas de los elementos de seguridad del vehículo y de las funciones del equipamiento e instrumental. – Un examen práctico de idoneidad conductiva. Las personas daltónicas, con visión monocular, incapacidad auditiva total o con capacidades limitadas que puedan conducir con las adaptaciones pertinentes, de satisfacer los demás requisitos podrán obtener la licencia habilitante específica. – Asimismo, para conceder la licencia profesional a minusválidos, se requerirá poseer la habilitación para conducir vehículos particulares con una antigüedad de dos (2) años.

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POLÍTICA

PIRATERIA DEL ASFALTO

MESA DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES residida por el Ministro de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Ricardo Casal junto al jefe de Policía Bonaerense Crio. Gral. Juan Carlos Paggi y con la participación del Subsecretario de Participación Ciudadana de la Nación, Justo Arauz; el Subdirector General de Control Aduanero, Silvio Minisini; el Subsecretario de Planificación, Guido Lorenzino, el

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Subsecretario de Política Criminal, César Albarracín, el titular de ARBA, Dr. Martín Dibella y representantes de C.A.T.A.C. encabezados por el Sr. Presidente Egidio Ricco, el Sr. Alvaro Rodriguez Portal y el Dr. Federico Rodriguez se reunió la Mesa de Trabajo de Lucha contra la Piratería del Asfalto de la Provincia de Buenos Aires. En un pormenorizado informe del Dr. Ricardo Casal, con relación al

funcionamiento de las Fiscalias Temáticas de San Martín y ZárateCampana habilitadas oportunamente a instancias de CATAC; y atento a las zonas de riesgo, de acuerdo a la opinión generalizada de los participantes; se llevarán a cabo los procedimientos correspondientes para la habilitación de las Fiscalías de Lomas de Zamora, Morón y Matanza; en conjunto con la Dra. María del Carmen Falbo, Procuradora General de la Suprema Corte de la

Foto de archivo CATAC


Asimismo, el titular de Arba infor-

mó que la Agencia Recaudadora se encuentra trabajando con el Ministerio presidido por el Dr. Ricardo Casal para establecer un control del tránsito de la mercadería mas profundo en el convencimiento que una de las principales formas de prevenir este tipo de delito es combatiendo la comercialización de la mercadería robada.

El Jefe de Policia describió los operativos que estuvieron a cargo de la Dirección Departamental de Investigaciones de Zárate-Campana que permitió desbaratar una banda de piratas del asfalto que actuaban desde hacía varios años asolando el transporte de cargas en general en el gran Buenos Aires, y en particular en el corredor de la Ruta 9 y la Autopista Panamericana.

“En la investigación tomó intervención la Unidad Funcional Temática contra la Piratería del Asfalto a cargo de la fiscal Andrea Palacios, del Departamento judicial Zárate - Campana realizando operativos simultáneos y sincronizados en La Matanza, Lanús, Boulogne, Moreno, Zarate y Campana, logrando la detención de cinco integrantes de la banda de delincuentes.

POLIÍTICA

Provincia de Buenos Aires, a fin de profundizar las tareas de prevención en las rutas nacionales y provinciales, siguiendo el mapeo delictual y orientados por la información que vayan aportando las cámaras de empresarios, de camioneros y las empresas de logística y transporte.


POLÍTICA

GESTIÓN FEDERAL

JORNADAS ABIERTAS DE CATAC EN OLAVARRIA Y CONCORDIA Durante el mes de Agosto se han desarrollado sendas Jornadas Abiertas para transportistas de cargas en las localidades de Olavarría, Pcia. de Bs.As. y en Concordia, Pcia. de Entre Rios respectivamente. RRIA OLAVA

ontinuando con la determinación de la Comisión Directiva de CATAC de transitar las rutas argentinas llegando a cada lugar donde resida un transportista amigo y compartir conocimientos del sector en cada encuentro en un verdadero proceso de Gestión Federal; se llevó a cabo, en el Salón del Fortín Tradicionalista de Olavarría, el 7 de Agosto próximo pasado, la 2° Jornada Abierta de C.A.T.A.C.

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CONC

ORDIA

Con la presencia de los miembros de Comisión Directiva y con gran afluencia de transportistas de cargas, la exposición comenzó con un extenso e interesante audiovisual donde progresivamente se fueron repasando las acciones desarrolladas y los logros obtenidos en el primer aniversario de la nueva dirigencia de la Entidad. Entre los expositores resaltó la presencia de los responsables de Pluscarga, dedicados a la fabricación de acoplados y semirremolques para todo tipo de carga,

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Sorprendió a los asistentes las aclaraciones y demostraciones sobre los mitos y leyendas de los acoplados y semirremolques que desarrollaron durante la presentación. La 3° Jornada se efectivizó durante una soleada tarde, el 28 de Agosto en la pintoresca ciudad de San Antonio de Padua de la Concordia, situada a orillas del rio Uruguay, capital nacional de la citricultura; fundada en 1831 y habitada por charrúas desde el siglo XVII; allí se realizó la 3° Jornada Abierta para transportistas en el predio de la vieja Estación Norte.

POLÍTICA

quienes exhibieron la excelente performance de sus productos haciendo una reseña de las cualidades de los mismos.


POLÍTICA

GESTIÓN FEDERAL En el transcurso de la mañana, en la Sala de Reuniones del Palacio Municipal se desarrolló la 9° Reunión Anual de Comisión Directiva de CATAC; con la presencia de los dirigentes de la Cámara de Empresarios del Transporte Automotor de Cargas de Concordia; anfitriones de la jornada y el Comisario Mayor Gustavo Maslein, Director de Seguridad Vial de la Provincia de Entre Rios. Además del temario propio de la Entidad, se desarrollaron los temas inherentes a la Seguridad Vial y a los controles realizados por la Polícia Provincial que ha generado muchos reclamos. En su alocución el Comisario Maslein, explicitó los actos desarrollados por la dirección a su cargo con documentación y fotos respaldatorias. Se estableció la conformación de un comité de seguimiento con el afán de efectivizar las fechas y horarios de restricciones para el transporte de cargas y un mejor control del tránsito a nivel provincial Luego del tradicional almuerzo de camaradería y con gran afluencia de público, se desarrolló la exposición de las empresas proveedoras de servicios y equipos para el transporte de cargas; con la presencia de Mercedes Benz con los Ateco " y "A Axor "; Scania modelos "A G - 3 8 0 ", con su modelo "G Volkswagen presentandó su Constellation " y modelo insignia "C Pluscarga con su ya acostumbrada compañia en las Jornadas Abiertas de CATAC con la presentación de un acoplado montado sobre un semirremolque. También participaron con sus productos las firmas de lubricantes Lubrax y Elf; Neumáticos Fate; Marsó con sus productos y un auto de carreras de TC pista

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Los Sres. Egidio Ricco y Eduardo Mozetic, presidentes de CATAC y CETAC Concordia respectivamente, cerraron la reunión convocando para la próxima Jornada Abierta para transportistas en la localidad de Rojas a realizarse en el mes de Noviembre.

Durante la Jornada vespertina, luego de la presentación del documental institucional referente al 1° año de gestión de las nuevas autoridades de la Confederación; se realizó la conferencia sobre JUDICIALIZACION DEL SISTEMA DE ACCIDENTES DE TRABAJO, RESPONSABILIDADES EN EL TRANSPORTE a cargo del Ing. Juan Carlos Dalmasso. Cerrando filas con la participación de Transoft y sus productos informáticos especializados en y para el transporte de cargas y logística. Finalmente se sortearon entre los presentes numerosos premios.

POLÍTICA

entreteniendo a todos los participantes; San Cristobal Seguros; Rio Uruguay Seguros y Vigia acompañaron las diferentes presentaciones.




POLÍTICA

ANSV

MUCHO CAMINO POR RECORRER La Agencia Nacional de Seguridad Vial fue creada por la Ley 26.363 el 9 de Abril de 2008; desde entonces CATAC participó activamente en el desarrollo de los equipos de trabajo emanados de la Agencia y coordina, desde entonces, el grupo 2 de equipos técnicos.

uego del último plenario realizado por la ANSV, se reiteró el apoyo de las instituciones intervinientes para la jefatura del equipo de trabajo, eligiendo unánimemente al Ing. Jorge García,

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representante de CATAC como coordinador del mismo y a la Sra. Maria Amelia del V. Ruiz Houriet como Secretaria. Desde sus inicios, como uno de los objetivos primordiales establecidos por Ley, tanto las autorida-

des directivas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, como las instituciones y asociaciones no gubernamentales vinculadas al tránsito y a la seguridad vial y en especial, CATAC como representante del transporte de cargas realizan campañas permanente-


POLÍTICA

mente de difusión y concientización sobre seguridad vial, con el máximo propósito de reducir la tasa de siniestralidad vial en la República Argentina. Todavía queda mucho camino por recorrer, falta aún unificar criterios con los gobiernos provinciales

para evitar otra tragedia como la de Villa Ocampo; siendo la uniformidad de la legislación y el conocimiento de la realidad y situación de cada jurisdicción en materia de seguridad vial, el camino previsto; pero también mucho se ha hecho; que mejor ejemplo que un largo fin de semana turístico

como el reciente para imaginar un futuro mejor en cuanto a seguridad vial. A tal fín, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, a través de la Disposición 294/2010 ha establecido el Plan Nacional de Seguridad Vial 2010.

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POLÍTICA

RUTAS NACIONALES

LA DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA PARA CIRCULAR 1. LICENCIA HABILITANTE PARA CONDUCIR Debe portarse la que corresponda a la clase de vehículo que se conduce, conforme la Ley de Tránsito, que en este caso se aplica aún en provincias que no han adherido a ella. Me refiero al sistema de las letras, que es universal (se aplica en casi todo el mundo, a través de convenios internacionales). En el caso de vehículos afectados a servicios de transporte, la habilitación la entrega la autoridad de éste ámbito, como lo es la CNRT para el interjurisdiccional. No todas las oficinas que expiden habilitaciones lo hacen en la forma legal, o sea como lo dispone la ley y como todo el mundo espera que se hagan, ya que nuestras habilitaciones se respetan como buenas en muchos países. Se debe proveer sólo una licencia, quien tenga la Nacional C, D o E, está habilitado también para la clase B (lo dispone la ley), por lo cual no necesita otra local. Es un documento público. En el caso del transporte de cargas generales y mercancías peligrosas existe la obligación de contar, a parte de la Licencia Habilitante para conducir, la Licencia Nacional Habilitante para transporte de cargas interjurisdiccional, tanto de generales como de peligrosas.

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TRÁNSITO Y TRANSPORTE Vamos a dividirla en dos partes fundamentales: la que corresponde al ámbito del tránsito, que deben portar todos los vehículos motorizados desde un ciclomotor hasta un camión u ómnibus y los documentos propios para determinados tipos de transportes, que pueden corresponder a diversas jurisdicciones, en función de lo cual pueden variar de una a otra. Comentaremos cada documento en particular, para lo cual es importante establecer, descontando que todos tienen carácter de obligatorios, cuáles de ellos son indispensables para circular y los que aún


3. OBLEA Y CERTIFICADO DE REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA La importancia, en términos de prevención de siniestros viales, de esta inspección periódica, es indiscutible hoy en día, así lo certifica la estadística que disponible en todo el mundo (la mayoría de los rechazos es por falencias en el sistema de frenado), lástima que no se haya implementado en todo el país. De los tres componentes fundamentales de la seguridad vial: hombre, estructura y vehículo, éste es causante de alrededor de un 25% de las muertes en accidentes. Pero además sirve para suplir la eventual falla de alguno de los otros elementos, con una intensiva aplicación de tecnología.

siendo obligatorios, no tenerlos no pueden impedir la circulación. Esta distinción entre tránsito y transporte es importante, porque la jurisdicción en cada ámbito no es la misma y por lo tanto la autoridad de fiscalización varía. En el ámbito del tránsito la autoridad competente es la provincia (sea que la ejerza a través de sus órganos o la delegue a los municipios, parcial, totalmente o compartida) y puede requerir los documentos que tiene que ver con la circulación y la seguridad vial (los 5 del cuadro adjunto). En cambio en materia de transporte, la competencia puede ser de la Nación (para los tráficos interjurisdiccionales) o de la provincia para los que se desenvuelven exclusivamente dentro de su territorio. En materia de transporte nacional, sólo pueden controlar la documentación específica del mismo, su autoridad de fiscalización: la COMI-

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POLÍTICA

2. CERTIFICADO DE COBERTURA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Nadie duda de la importancia que tiene este seguro, que es obligatorio por su carácter social, es decir no está destinado a proteger al asegurado (colateralmente cuida su patrimonio), sino a las eventuales víctimas de un accidente. No corresponde exigir constancia de pago, como lo dispone el art. 40 del Dto. 1716/08 reglamentario de la ley 26.363 modificatoria de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial 24.449. La Superintendencia de Seguros de la Nación ha reglamentado (Res. 34.225/09) la tarjeta que acredita la vigencia y demás datos, que entregan las compañías (certificado de cobertura). Si bien el documento es privado está asimilado a público, porque lo exige y autoriza la ley. La falta de pago del seguro, hace caer las restantes coberturas pero no la de Responsabilidad Civil hacia las eventuales víctimas

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POLÍTICA

La Nación tiene implementado un sistema de talleres distribuidos en todo el territorio nacional, que audita la CENT, para las unidades de su jurisdicción. También varias provincias lo han hecho para los vehículos 'comerciales' y unas pocas para todo el parque, como el caso de la provincia de Buenos Aires, que tiene un excelente sistema, pero cuyo funcionamiento no es efectivo por falta de control en vía pública por parte del Gobierno Provincial. Los vehículos particulares radicados en provincias que no tienen implementado el sistema, no deben acreditarlo en las que sí lo exigen para los suyos (acuerdo del Consejo Federal de Seguridad Vial). Es un documento privado asimilado a público. 4. CHAPAS PATENTES, JUEGO OFICIAL VIGENTE En el nuevo sistema, ambas 'chapas' son documento público. Sólo se pueden utilizar las que provee el Estado (a través del RNPA) y ambas deben ser del mismo juego (si quedó una del anterior, pierde validez). Deben estar colocadas en los lugares del vehículo destinados a ese fin y no pueden estar tapadas, sucias, 'redibujadas' o cubiertas con transparencias, que pretendan dificultar su legibilidad. Esto más allá de una infracción puede llegar a constituir un delito, o por lo menos se puede quedar procesado por adulteración de documento público (ha habido casos). 5. CÉDULA (VERDE) DE IDENTIFICACION DEL AUTOMOTOR CÉDULA AZÚL Es un documento público que nada tiene que ver con la seguridad vial, sino que se relaciona con la seguridad dominial (propiedad). Por costumbre está desde antaño incluido en las leyes de tránsito en muchas partes del mundo, por razones que no viene al caso explicar aquí. El famoso vencimiento de este documento, una medida emanada del propio RNPA, no debería tener influencia alguna en la circulación, ya que la ley que crea el sistema del dominio y al propio Registro, dice expresamente que la mera tenencia legítima de la cédula verde autoriza a utilizar el vehículo al que identifica. Esto lo repite con total claridad el Art. 40 del Dto. 779/95 Reglamentario de la Ley de Tránsito y queda más claro aún con la modificación introducida al mismo por el Dto. 1716/08: no se puede impedir la circulación del automóvil si tiene la cédula verde (aún estando vencida). Téngase en cuenta que la cédula verde no tiene ningún tipo de vencimiento para los vehículos afectados al servicio de transporte de carga o pasajeros

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SION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE -CNRT- la Gendarmería Nacional (en cualquier ruta del país), la Prefectura Naval y la Policía Aeronáutica (ambas dentro de su jurisdicción territorial, área de puertos y aeropuertos). La Nación no tiene otras autoridades de comprobación de faltas al régimen del transporte automotor. Valga agregar a este comentario que, en caso de controles, la documentación debe ser entregada por el conductor al funcionario de fiscalización en vía pública, convenientemente identificado (uniforme, placa de identificación, etc.), no basta con mostrarla dentro de un porta documento. Ello es así porque cada uno posee algún sistema de seguridad documental (holografía, marca de agua, etc.) que el fiscalizador debe controlar para detectar una posible falsificación o adulteración. Por otra parte es obligación del funcionario devolver esos documentos, ya que no los puede retener por una infracción, salvo en caso de presencia de alcohol en sangre que puede hacerlo sólo por un máximo de 12 horas, con carácter preventivo. Distinto es el caso de la posible comisión de un delito (el más común durante la circulación: LESIONES u HOMICIDIO CULPOSO, en caso de accidente con víctimas), si la autoridad que interviene es auxiliar de la Justicia (policía, Gendarmería, o similar), debe retener no sólo la documentación, sino también los vehículos intervinientes y sus conductores u otros posibles implicados, para ponerlos a disposición del Juez que interviene, quien dispondrá al respecto. Haremos un breve comentario de carácter general de cada documento, sin perjuicio que algunos requieren amplias explicaciones sobre algunas de sus circunstancias, que podremos ir desarrollan-


6. ESPECÍFICOS PARA SERVICIOS DE TRANSPORTE Los vehículos afectados a servicios de transporte de carga o pasajeros y la maquinaria especial, tienen que llevar, además de los 5 descriptos anteriormente, otros documentos contemplados en la ley, que en el caso

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POLÍTICA

Tampoco está previsto (ni lo estuvo en los últimos 30 años) en ninguna norma de tránsito ni de ningún tipo, la tan meneada AUTORIZACION DE MANEJO (que en todo caso sería de uso), documento absolutamente desconocido legalmente que suelen exigir autoridades de control en muchos lugares. En todo caso, la nueva CÉDULA AZÚL que otorga el RNPA, es la que viene a cumplir con esta función, totalmente innecesaria por lo que acabamos de decir. Precisamente por este motivo la misma NO ES OBLIGATORIA, y se recomienda tenerla sólo para evitar la discusión ante la tozudez e ignorancia de algunos funcionarios de control en vía pública.

do en otras notas, en base a las consultas y dudas que se vayan realizando. Los documentos que se detallan en el cuadro son los indispensables para poder circular, si alguno de ellos falta, está adulterado o vencido, no podrá seguir circulando. Esto lo dispone la ley (lo reafirma el Dto. Reglamentario 779/95 art. 72.c) y ningún otro documento que no esté contemplado en su propio texto, aún cuando sea obligatorio, podrá impedir la circulación. Esto lo dispuso la ley, seguramente conociendo la vocación documentaria de la autoridad administrativa, proclive a hacer proliferar documentos de variado tipo, prohibiendo que se coarte la libertad de circulación que prevé la Constitución Nacional, sólo se puede impedir la circulación cuando se pone en riesgo la seguridad de otros ciudadanos, como los cuatro primeros casos.

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POLíTICA

de los destinados a la carga son: 6.1. Documento de la Carga: llámese Carta de Porte (que está regulada para el Internacional y para los granos y ganado), guía o remito, en la que se describe la mercancía, de quien es, quien la lleva y entre qué puntos se desplaza. Si se trata de carga peligrosa, debe incluir la clase, los riesgos que implica y el Nº Naciones Unidas, en forma destacada. 6.2. Habilitación como transportista, o sea la Inscripción en el RUTA si es interjurisdiccional, lo que se acredita con la tarjeta electrónica pertinente. 6.3. En el caso de CARGA PELI-

GROSA, debe llevar la carcelería (en la carrocería) que identifica la clase y riesgo de la misma y la Ficha de Intervención para emergencias: instructivo para actuar en caso de siniestro o derrame del producto y descripción del mismo (no tiene formalidades). 7. OTROS DOCUMENTOS OBLI GATORIOS Cabe aclarar que hay otros documentos obligatorios, pero su carencia (no tenerlos o estar vencidos, etc.) no impiden la circulación (en todo caso será sólo una infracción), como el DNI (o el que acredite la identidad de la perso-

na), la boleta o recibo de pago del impuesto automotor (o de radicación o patente, según se llame en cada lugar). Reitero: sólo los documentos que menciona expresamente la ley (descriptos en los 6 puntos anteriores) son los únicos cuya ausencia puede impedir la circulación. Este comentario es aplicable en lo que respecta a tránsito: donde rija la Ley 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial (como norma local) y en lo que hace al transporte: cuando el mismo es de carácter interjurisdiccional (calificación que está dada por el destino de la carga y no por la radicación de la unidad).

El siguiente cuadro NO INCLUYE al TRANSPORTE INTERNACIONAL que se rige por el ACUERDO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE DEL CONO SUR (1990)

REQUISITOS OBLIGATORIOS PARA CIRCULAR: DOCUMENTACIÓN: – Licencia de conductor correspondiente al tipo de automotor – Certificado de cobertura de seguro RC obligatorio – Oblea / Certificado de revisión técnica vehicular – Chapas / patentes (2): limpias, legibles y sin aditamentos – Cedula de identificación (cédula o dni) – Impuestos (a la radicación de vehículos, docente u otros)

ESPECIFÍCOS PARA LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE: De pasajeros: – Permiso, concesión o autorizacon de línea

De carga: – Carta de porte o remito – RUTA – Licencia Nacional Habilitante

De carga peligrosa: – Denominación y caracteristicas de la sustancia – Ficha de intervención emergencias, (curso de capacitacion tripulantes), (habilitación de la cisterna) Agradecemos la invalorable colaboración del Dr. Guido Bulián

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PRODUCTOS

SCANIA

CADA VEZ MÁS CERCA DEL MEJOR CONDUCTOR

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Las regiones del NEA y NOA ya tienen finalistas.

El segundo puesto fue para Juan Domingo Ibañez, también de Tucumán y el tercer puesto lo obtuvo Franco Luis Rodriguez de Catamarca. Durante una emocionante jornada, los 24 conductores, que habían obtenido las mejores calificaciones en la etapa teórica de entre más de 200 inscriptos, se desafiaron en la pista para probar sus aptitudes en las pruebas de habilidad conductiva, a través de ejercicios de maniobras seguras, primeros auxilios y control de cargas, entre otras habilidades.

Horacio Covasevich (Tucumán), ganador NOA

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n la Región del noreste, en la ciudad de Resistencia y luego de más de 7 horas de competencia, el Misionero Alexis Jeske, obtuvo la mejor puntuación entre 29 conductores profesionales, consagrándose como el Mejor Conductor de Camiones de Argentina 2010 de la región del NEA. Jorge Raúl Aranda de la provincia de Chaco y Víctor Javier Ibarra de la provincia de Corrientes obtuvieron el segundo y tercer puesto respectivamente.

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Alexis Jeske (Misiones), ganador NEA

Mientras que en la final Regional NOA, que se realizó en Tucumán, el primer puesto lo ganó Horacio Alfredo Covasevich de Tucumán, entre 24 concursantes que se desafiaron en la segunda etapa del certamen: Mejor Conductor de Camiones de Argentina 2010.

Las próximas fechas de competencias regionales son el 23 de octubre Región Cuyo, en la Ciudad de Mendoza; 30 de octubre Región Patagonia, en la Ciudad de Puerto Madryn; y del 8 al 10 de noviembre la Regional Pampeana, en Gran Buenos Aires. Los ganadores de cada regional pasarán a la final nacional el próximo 12 de noviembre, dónde surgirá el Mejor Conductor de Camiones de Argentina 2010. En sitio oficial de Facebook, http://www.facebook.com/MejorCon ductorScania, se podrá seguir las noticias de la competencia, conocer los ganadores regionales y vivir la fiesta de cada encuentro.



NOTICIAS

INFORMACIÓN

NOTICIAS BREVES Agencia Provincial de Transporte Transporte Internacional Los clasificados de AAPC REFOP Certificado negativo Cursos de mercancias peligrosas Peso potencia: Autoridad de aplicación y Peajes

AGENCIA PROVINCIAL DE TRANSPORTE l Gobierno de la provincia de Buenos Aires se apresta a lanzar la Agencia Provincial de Transporte. El organismo creado por decreto en julio pasado reemplazará a la actual Dirección del área y tendrá a su cargo la administración, planificación y control del transporte de pasajeros y de carga en territorio bonaerense. Las competencias asignadas a la Agencia receptan las facultades acordadas a la antigua Dirección y recogen las de otras áreas de gobierno. En esa línea el nuevo organismo intervendrá en la fijación de tarifas y en los procesos licitatorios. Además, controlará el Ente Regulador de la Verificación Técnica Vehicular (VTV), el Servicio de Psicofísico y la Unidad Ejecutiva del Programa Ferroviario Provincial. Además queda facultada para otorgar licencias y habilitaciones. Además, llevará el Registro Público de Transporte de Carga, en el que deberán inscribirse las empresas y los vehículos que presten servicios que tengan origen y destino en territorio provincial. Por otro lado, se le encomienda el desarrollo de estudios técnico-económicos para elaborar cuadros de costos de transporte, tomando por base, entre otros datos, la información aportada por las cartas de porte. La Agencia intervendrá en la fijación de pautas para la inspección técnica de los vehículos e implementará una base de datos de seguros. Asimismo participará en la definición de las obras de infraestructura a desarrollar en la provincia y entenderá en materia de circulación. Por último, conviene destacar que se acuerda al organismo poder de policía para controlar el cumplimiento de la normativa de aplicación en las rutas que atraviesan el territorio bonaerense.

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TRANSPORTE INTERNACIONAL partir del ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL N° 17 del Mercosur publicado recientemente, se ha establecido como altura máxima para el transporte de cargas los 4,30 mts. Valga la apreciación de que, a los efectos del transporte de cargas en la Argentina, dicha altura sólo comprende al Transporte Internacional; sin embargo, ello implica verificar en el trayecto a recorrer las alturas máximas permitidas.

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l 26 de Octubre se realizó el lanzamiento del nuevo servicio de CATAC, a través de la Asociación Argentina de Propietarios de Camiones: los Clasificados AAPC. Una forma práctica y sencilla de vender por Internet.

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NOTICIAS

LOS CLASIFICADOS DE AAPC Los Clasificados AAPC comprenden la compra y venta de: utilitarios, camiones y tractores, acoplados y semirremolques y una amplia gama de servicios, repuestos y accesorios relacionados directamente con el transporte de cargas. Todos los avisos contemplan la publicación de una foto o logotipo y un texto de 300 caracteres máximo; conformando un anuncio visualmente llamativo y amplio de 3 cm de alto por 10 cm de ancho. El sistema permite un desarrollo ágil y sencillo, tanto para ofertar como para buscar; no existen comisiones ni intermediaciones; Ud. podrá buscar lo que necesite y podrá contactarse con quien lo vende. Simple. A los anuncios se llegan a través de las páginas www.aapcargentina.com ó www.catac.org.ar; desde allí podrán ver las ofertas en forma clara y ordenada. Para mayores consultas pueden contactarse a través de clasificados@aapcargentina.com

REFOP e acuerdo a la Disposición 120/2010 de la Subsecretaría de Transporte de la Nación, se estableció el cronograma de presentaciones para el REFOP correspondiente al año 2010.

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– LA PRIMERA PRESENTACIÓN: Se debió realizar entre el 1° y el 24 de septiembre de 2010 comprendiendo los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2010 en forma conjunta. – LA SEGUNDA PRESENTACIÓN: Se deberá realizar entre el 22 de noviembre y el 17 de diciembre de 2010 comprendiendo los meses de mayo, junio, julio y agosto de 2010 en forma conjunta. – LA TERCERA PRESENTACIÓN: Se deberá realizar entre el 1° de marzo y el 25 de marzo de 2011 comprendiendo los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2010. Para mayor información ingresar a la página web:

WWW.CATAC.ORG.AR.

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NOTICIAS

CERTIFICADO NEGATIVO asta la fecha, a los vehículos fuera de medida o de sobrepeso que no podían verificar, como el caso de los carretones, los Talleres de Revisión Técnica Obligatoria, les emitía un Certificado de NO Verificación.

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El mencionado Certificado era indispensable para la inscripción en el RUTA y el posterior permiso de la Dirección Nacional de Vialidad, de acuerdo a lo establecido por el Anexo R del Decreto 779/95 y su Decreto modificatorio 79/98 y considerando que la Consultora Ejecutiva Nacional del Transporte (CENT) ha determinado que los talleres de Revisión Técnica habilitados no deberán emitir el Certificado de NO Verificación; el Directorio de Coordinación del RUTA, a partir del Comunicado Interno Operativo RUTA N° 2/10, determinó: "A fin de no entorpecer el funcionamiento del sistema de transporte interjurisdiccional, no se debe exigir la presentación del 'Certificado Negativo' de la RTO para las inscripciones o revalidas en el RUTA de los Vehículos Especiales."

CURSOS DE MERCANCÍAS PELIGROSAS ontinuando con la Capacitación para choferes de transporte de mercancías peligrosas para la obtención de la Licencia Nacional Habilitante se han inaugurado las sedes de La Plata, Ciudadela y Campana para el dictado de los cursos, tanto básicos como complementarios.

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Para más información dirigirse a cmiranda@catac.org.ar ó a través de la página de internet de la Entidad www.catac.org.ar se podrá ver días y horarios de los cursos habilitados.

PESO POTENCIA: AUTORIDAD DE APLICACIÓN Y PEAJES:

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e ha implementado, a través de Vialidad Nacional una balanza en el peaje de la Ruta 188, dentro del Corredor Vial N° 2 entre las localidades de Junín y Rojas, en la Provincia de Buenos Aires.

Si bien el control de pesos y medidas debe ser realizado por la Dirección de Vialidad Nacional y los concesionarios de peaje pueden reclamar el mal uso de las autovías por excesos; ello no implica que posean la autoridad de fiscalización de las potencias de los vehículos que transitan con carga dentro de sus corredores. En la medida que los transportistas de carga cumplan con los requisitos establecidos por Ley en lo que refiere al tránsito y la seguridad vial, tanto en peso por eje, peso total y dimensiones máximas y su uso no afecte las estructuras de las autopistas; los concesionarios de los corredores viales no tienen la capacidad ni la autoridad suficiente y necesaria para determinar excesos de carga de acuerdo a la potencia del rodado.

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