El Valor Estratégico


El valor estratégico de los Proveedores
Autorizados de Certificación
La elección del PAC: una decisión del contribuyente
El papel de los terceros confiables en la evolución de la Facturación Electrónica en México
Índice
Edición Mayo-Junio
P. 4
El Valor estratégico de los Proveedores Autorizados de Certificación

P. 26
Restricción temporal de certificados de sello digital
P. 6
La elección del PAC: una decisión del contribuyente
P. 8
El papel de los tercero confiables en la evolución de la Facturación Electrónica en México
P. 12
La relevancia del Anexo 29 para los contribuyentes al contratar un PAC
P. 14
El servicio gratuito del PCCFDI como aliado del SAT
P. 16
¿Cómo conocer a los PCCFDI?
P. 30
Las instituciones FINTECH en la evolución del sector financiero
P. 32
Estados financieros dictaminados
P. 34
La ciberdelincuencia en México
P. 38
¿Ya conoces Proseco?
P. 40
Servicio de Intercomunicación de Avisos INFONAVIT
P. 18
Factura electrónica: la innovación latinoamericana de alcance global|
P. 42
La Amenaza Silenciosa: Cómo la Inteligencia Artificial está transformado la violencia digital
¿Por
qué pertenecer a una asociación gremial?
La experiencia Amexipac

En un entorno empresarial altamente regulado y en constante evolución, pertenecer a una asociación gremial se convierte en una estrategia clave para fortalecer la posición de las empresas. Estar afiliado a una agrupación representa no solo la oportunidad de tener una voz colectiva ante las autoridades, sino también de acceder a información estratégica, representación institucional y redes de colaboración.
Las asociaciones permiten a sus miembros anticiparse a cambios normativos, participar activamente en mesas de trabajo con autoridades, capacitarse constantemente y, sobre todo, construir confianza en un sector que exige altos estándares de cumplimiento, innovación y seguridad.
En el caso particular de la Asociación Mexicana de Proveedores Autorizados de Certificación (Amexipac), ser socio significa formar parte de la organización más representativa del sector de facturación electrónica en México. Algunos de los beneficios más destacados incluyen:
• Interlocución permanente con autoridades como el SAT, la Prodecon, la Secretaria de Economía y otras instancias clave en la agenda tributaria.
• Acceso preferente a información normativa y operativa, útil para la toma de decisiones y cumplimiento.
• Participación en grupos de trabajo especializados, en donde se analizan reformas, reglas y cambios tecnológicos.
• Acceso a actividades de capacitación, seminarios y foros que fortalecen el conocimiento técnico y estratégico.
• Representación nacional e internacional ante organismos relacionados con la transformación digital tributaria.
• Oportunidades de vinculación y colaboración con otros socios, generando sinergias y mejores prácticas.
En resumen, pertenecer a Amexipac no solo refuerza el compromiso con la innovación, la transparencia y la legalidad, sino que también ofrece un respaldo gremial sólido que potencia las capacidades de cada socio frente a los retos del entorno digital.
¿Ya formas parte? Conoce más en: https://amexipac.org/beneficios-para-socios
Editorial
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El valor estratégico
de los Proveedores Autorizados de
Certificación
Luis Berumen

En el contexto fiscal actual, la emisión y certificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) es un requisito obligatorio que no solo garantiza el cumplimiento tributario, sino que también representa una herramienta estratégica para el análisis de la información contenida en dichos documentos.
Los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC o PCCFDI) desempeñan un papel fundamental en la verificación, certificación y transmisión de los CFDI. Su correcta elección es un aspecto estratégico para cualquier
Contribuyente, ya que de ello depende la integridad y validez de sus operaciones fiscales.
De acuerdo con la Regla 2.7.2.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, al implementar un sistema contable o ERP, ya sea local o en la nube, el contribuyente debe manifestar por escrito su conocimiento y autorización para que el PAC entregue al Servicio de Administración Tributaria (SAT) copia de los CFDI certificados. Este proceso requiere identificar con claridad al proveedor responsable de la certificación y transmisión
en tiempo real de los comprobantes, decisión que no debe tomarse a la ligera.
Los Proveedores Autorizados de Certificación están sujetos al cumplimiento de estándares técnicos y operativos definidos en el Anexo 29 de la RMF, que incluyen la confidencialidad de la información, almacenamiento seguro de los comprobantes, soporte técnico mínimo, y transmisión en tiempo real de la información al SAT. La confiabilidad del PAC impacta directamente en la validez de los comprobantes y en la eficiencia de los procesos de verificación y auditoría.
El Artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación establece los requisitos técnicos y normativos que deben cumplir los comprobantes. Los proveedores, mediante su infraestructura tecnológica, verifican que estos lineamientos se cumplan adecuadamente, minimizando riesgos de errores o sanciones por incumplimiento.
Más allá de un servicio técnico, los PAC promueven una cultura de cumplimiento fiscal mediante servicios educativos y gratuitos que
ayudan a los Contribuyentes a entender el uso correcto de los comprobantes. Esto refuerza la importancia de seleccionar un proveedor confiable, no solo por sus capacidades técnicas, sino por su compromiso con la formación y orientación de los usuarios.
La elección de un PAC debe ser un proceso cuidadoso, que valore no solo la compatibilidad con los sistemas contables o ERP utilizados, sino también la solidez, confiabilidad y compromiso del proveedor. La colaboración efectiva entre proveedores y contribuyentes puede fortalecer un ecosistema fiscal más eficiente, transparente y normativamente sólido.
En este sentido, el rol del PAC va más allá de la simple certificación: implica una corresponsabilidad en la construcción de un entorno fiscal robusto. Desde Amexipac, se reconoce y promueve esta función estratégica, contribuyendo al desarrollo de un sistema fiscal más dinámico, confiable y orientado al cumplimiento normativo.


La elección del PAC:
una decisión del contribuyente
Marcela Cisneros
Cuando una empresa o profesionista decide transformar la forma en que lleva su administración, suele comenzar la búsqueda de un sistema contable o ERP que se adapte a las necesidades de su operación. En este proceso de selección, se consideran diversos factores como la facilidad de uso (intuitivo y en su idioma), la accesibilidad, el nivel de soporte técnico, el costo (ya sea por licencia o suscripción), la escalabilidad del sistema y su capacidad de integrarse con otras plataformas.
Sin embargo, un aspecto crucial que con frecuencia se pasa por alto es: ¿quién se encarga del timbrado de las facturas? Es decir, ¿qué Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) es responsable de validar y enviar nuestros comprobantes fiscales al SAT?
En muchos casos, el ERP o sistema contable elegido ya viene con uno o varios PACs integrados, como parte de acuerdos comerciales preestablecidos entre ellos. Esto significa que la decisión sobre quién certifica

y resguarda nuestra información fiscal la toma el proveedor del sistema, dejando al contribuyente fuera de esa elección.
Es importante recordar lo que señalan las reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal (reglas 2.7.2.5 y 2.7.2.7): es responsabilidad del contribuyente establecer una relación directa con el PAC que realizará el timbrado de sus comprobantes.
Conocer quién es tu PAC no es un tema menor. La información de tus operaciones comerciales no solo se almacena en tu ERP, sino también en los servidores del PAC, quien debe resguardarla por al menos tres meses y está obligado a mantener segura tu información. Este proveedor actúa como un tercero confiable, validado por el SAT, al que tú como contribuyente le autorizas manejar y transmitir tu información fiscal.
Por ello, es fundamental que firmes un documento —de forma autógrafa o digital— donde manifiestes expresamente que
conoces y autorizas al PAC para timbrar tus comprobantes. Este documento puede elaborarse de manera independiente o como anexo al contrato de servicios del sistema contable que utilizas, el cual, cabe aclarar, no tiene autorización por sí mismo para realizar el timbrado.
No subestimes este paso. Actualmente, solo 51 empresas en México, además del Servicio de Administración Tributaria, están autorizadas para timbrar facturas electrónicas. Por ello, desde una perspectiva de seguridad y transparencia, es indispensable que sepas quién tiene acceso a tu información fiscal y participes activamente en la elección de tu proveedor de certificación.
¿Ya sabes quién timbra tus facturas? Si no es así, es momento de averiguarlo.
Acércate a AMEXIPAC en donde nos distinguimos por que nuestros socios reciban una continua capacitación en los aspectos normativos y tecnológicos, lo cual refuerza la seguridad y garantía de sus servicios hacia los contribuyentes.

El papel de los terceros confiables en la evolución
de la Facturación Electrónica en México
Luis Berumen

La evolución de la facturación electrónica en México ha sido un proceso complejo y progresivo, marcado por reformas fiscales y avances tecnológicos, pero siempre impulsado por una visión clara hacia la modernización del sistema tributario. A lo largo de este camino, los llamados terceros confiables han desempeñado un papel fundamental, colaborando con la autoridad fiscal para fortalecer el cumplimiento y la eficiencia en la recaudación.
Primeros aliados del control fiscal: los impresores autorizados
Desde la década de 1970, los impresores autorizados fueron los primeros terceros confiables de la Secretaría de Hacienda. A través de resoluciones específicas, se les permitió emitir documentos fiscales impresos con elementos de control como folios consecutivos y el Registro Federal de Contribuyentes. Esta medida, junto con la obligación de reportar cada block de facturas impresas, sentó las bases para un sistema de control fiscal efectivo.
Innovación tecnológica: máquinas registradoras fiscales
Durante los años 80, se integraron nuevas tecnologías como las máquinas registradoras fiscales, desarrolladas por empresas como IBM, NCR, Casio y Sharp. Estos dispositivos no solo automatizaron la emisión de tickets fiscales, sino que también incorporaron funciones de programación fiscal, lo que permitió formalizar a miles de pequeños y medianos comercios en todo el país.
En 1992, una reforma prohibió el uso de remisiones preimpresas, reforzando el papel de los impresores autorizados y las máquinas fiscales como únicos medios válidos de control, consolidando aún más la figura del tercero confiable.
Nace el SAT y se refuerza la supervisión
La creación del Servicio de Administración
Tributaria (SAT) en 1997 marcó un punto de inflexión. Se estableció un marco normativo más sólido para regular a los impresores autorizados, quienes continuaron siendo aliados estratégicos en el fortalecimiento del control tributario.


2004: inicio de la era digital
El verdadero cambio llegó el 5 de enero de 2004, con la publicación del capítulo de medios electrónicos en el Código Fiscal de la Federación. Aquí nacen los Comprobantes Fiscales Digitales (CFD), que representaron las primeras facturas electrónicas oficiales en México. Los contribuyentes eran responsables de emitir, validar y reportar estos comprobantes digitalmente.
Aunque la primera versión publicada en mayo de 2004 no fue ampliamente utilizada por su complejidad, la versión 2.0, publicada en septiembre del mismo año, introdujo mejoras como el Nodo de Addenda, permitiendo incorporar información adicional no fiscal entre emisor y receptor.
El 7 de enero de 2005 se emitió la primera factura electrónica en México, marcando el inicio oficial de la digitalización fiscal. Grandes contribuyentes comenzaron a adoptarla, evidenciando la necesidad de una infraestructura más accesible para el resto del padrón.
2006-2007: surgen los PACFD
En respuesta a esta necesidad, en 2006 se integró la figura de los Proveedores Autorizados de Comprobantes Fiscales Digitales (PACFD). Estos terceros confiables permitieron a los contribuyentes emitir comprobantes sin necesidad de desarrollar su propia infraestructura tecnológica. El primer proveedor fue autorizado en 2007, marcando un hito en la masificación de la facturación electrónica.
2010: nace el CFDI
La gran transformación llegó en 2010 con la obligatoriedad progresiva del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI). Se introdujeron los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC), cuya función principal era validar, certificar y garantizar la autenticidad de los comprobantes fiscales emitidos por los contribuyentes.
Estos PAC —actualmente denominados Proveedores de Certificación de CFDI— asumieron responsabilidades críticas como la confidencialidad de la información, tiempos de respuesta, y continuidad en el servicio, convirtiéndose en pilares tecnológicos del sistema tributario digital.


Actualizaciones
tecnológicas y consolidación
Desde entonces, el CFDI ha tenido varias actualizaciones clave:
• Versión 3.2 en 2015
• Versión 3.3 en 2017
• Versión 4.0 a partir de 2022
Cada nueva versión ha incorporado complementos fiscales específicos y mejoras tecnológticas que permiten un control más preciso y una fiscalización más automatizada.
Un modelo de referencia a nivel global
La evolución de la facturación electrónica en México no sería posible sin la participación activa de los terceros confiables. Desde impresores autorizados y fabricantes de máquinas registradoras fiscales, hasta PACFD, PAC y PCCFDI, todos han sido piezas clave en este proceso. Su colaboración con el SAT no solo permitió modernizar la emisión de comprobantes fiscales, sino que también fortaleció la recaudación, mejoró la transparencia y facilitó el combate contra la evasión fiscal.
Gracias a este trabajo conjunto, México cuenta hoy con uno de los modelos de facturación electrónica más avanzados y robustos del mundo, reconocido por su capacidad de adaptación, cobertura tecnológica y eficacia en la administración tributaria.
La relevancia del Anexo 29 para los contribuyentes al contratar un PAC
Luis Berumen
En el ámbito fiscal mexicano, la correcta emisión y certificación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) no solo es un requisito técnico, sino un elemento esencial para garantizar el cumplimiento normativo, la validez legal y la operatividad financiera de los Contribuyentes. En este contexto, el Anexo 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) establece los lineamientos que deben seguir los Proveedores de Certificación de CFDI para asegurar estos principios.

¿Qué establece el Anexo 29 y por qué es fundamental?
1
Cumplimiento técnico y normativo
El Anexo 29 detalla controles obligatorios para asegurar la validez de los comprobantes, entre ellos:
• Verificación del Certificado de Sello Digital vigente del emisor.
• Confirmación de la vigencia del RFC del emisor y receptor.
• Validaciones específicas para zonas fronterizas o regímenes fiscales especiales.
Estos controles aseguran que los CFDI cumplan con las disposiciones del SAT y sean plenamente válidos para efectos fiscales.
2
Seguridad de la información fiscal
El anexo también exige a los PAC proteger la información confidencial de los contribuyentes mediante medidas robustas que prevengan filtraciones, fraudes o accesos indebidos. Esto refuerza la confianza en el uso de plataformas tecnológicas para la emisión de comprobantes.

3
Continuidad operativa
Otro aspecto clave es la disponibilidad permanente de los servicios de timbrado, consulta y validación. El SAT exige a los PAC garantizar la continuidad operativa, minimizando interrupciones que puedan afectar la operación o generar incumplimientos fiscales.
¿Qué distingue a un PCCFDI autorizado?
Un proveedor es una entidad autorizada y supervisada por el SAT, conforme al artículo 29-Bis del Código Fiscal de la Federación. Está facultado para validar y certificar comprobantes bajo las reglas de los Anexos 20 y 29. A diferencia de los proveedores tecnológicos no autorizados, los PAC tienen permiso legal para procesar datos fiscales y emitir comprobantes válidos ante la autoridad.
Emplear servicios no autorizados implica riesgos significativos: desde la emisión de CFDI inválidos hasta sanciones, auditorías o implicaciones legales graves.
Beneficios de elegir un proveedor autorizado y en regla
Optar por un PAC que cumpla con el Anexo 29 brinda:
• Validez oficial de los CFDI ante el SAT.
• Reducción de riesgos fiscales y legales.
• Acceso a beneficios y deducciones fiscales válidas.
• Protección avanzada de datos sensibles.
• Soporte técnico confiable y continuidad operativa.
El Anexo 29 no es un mero documento técnico: es el eje que garantiza la legitimidad, seguridad y funcionalidad del ecosistema de facturación electrónica en México. Elegir a un proveedor autorizado es elegir certeza fiscal, cumplimiento normativo y protección legal.
El cumplimiento comienza con la elección correcta del proveedor. Elegir un PAC en regla es elegir certeza, legalidad y tranquilidad fiscal.
El servicio gratuito del PCCFDI como aliado del SAT
Marcela Cisneros

Desde el 2010 cuando nació la figura del Proveedor Autorizado de Certificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (coloquialmente conocido como PAC y oficialmente como PCCFDI), uno de
los requisitos establecidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) fue ofrecer un servicio gratuito de facturación electrónica.
En ese momento, el principal objetivo de la autoridad fiscal era facilitar la transición hacia la obligatoriedad de factura electrónica para los aproximadamente 3.5 millones de contribuyentes activos en ese entonces, apoyándose en los PAC para brindar una herramienta accesible que les permitiera cumplir con esta nueva obligación.
Hoy, casi 15 años después, y con más de 87 millones de contribuyentes activos en el padrón del RFC, este servicio gratuito sigue vigente, ahora bajo una normativa más clara y estructurada. A través de este esquema, los PAC continuamos colaborando como aliados estratégicos del SAT en el cumplimiento y fortalecimiento de las reglas que rigen la facturación electrónica en México.
El Anexo 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal establece los requisitos funcionales, los servicios generales y los niveles mínimos de servicio que deben cumplir todos los proveedores en la opción gratuita de su servicio.
Actualmente, los contribuyentes cuentan con 51 proveedores que otorgan opciones adicionales al servicio gratuito disponible en la plataforma digital del SAT.
Características de versión gratuita de facturación electrónica
Debe contar con… Servicios mínimos… Niveles de servicio…
• Emisión de CFDI: Generación y validación de facturas electrónicas conforme a la normativa vigente.
• Emisión uno a uno: Creación individual de CFDIs, sin carga masiva.
• Complementos fiscales: Inclusión del Complemento de Recepción de Pagos y del Timbre Fiscal Digital.
• Carga de CSD: Configuración del Certificado de Sello Digital del emisor.
• Precarga de datos fiscales: Registro automático de la información fiscal del emisor.
• Generación del documento digital: Creación del archivo que respalda el CFDI para su validación y certificación.
• Validación y certificación: Verificación técnica conforme al Anexo 20 y normas técnicas aplicables, antes de su timbrado.
• Entrega del CFDI: Al contribuyente emisor o entrega de acuse de rechazo.
• Almacenamiento: Conservación de los CFDIs emitidos.
• Consulta y descarga: Disponibilidad para consultar, guardar o imprimir durante tres meses.
• Envío al SAT: Remisión inmediata del CFDI timbrado al sistema del SAT.
• Acuerdo contractual: Firma de un contrato que consienta y garantice el manejo seguro y confidencial de la información del emisor.
• Manual y tutorial: Publicación en línea de guía y tutorial para el uso del servicio.
• Preguntas frecuentes: Disponibilidad de una sección de FAQs en el portal web.
• Atención al usuario: Servicio para recibir quejas y brindar soporte técnico.
• Rápida activación: La aplicación debe estar operativa en menos de 72 horas tras recibir el Certificado de Sello Digital del SAT.
• Disponibilidad total: Servicio activo 24/7 los 365 días del año.
• Alta disponibilidad: Debe garantizarse un 99.3% de operación continua.
• Atención ágil: Soporte en máximo 2 horas y resolución en no más de 8.
• Mismo desempeño: Igual tiempo de respuesta que el servicio de pago, salvo por funciones extra.
Todos los proveedores debemos cumplir con esta obligación, lo que refleja el compromiso y el espíritu de colaboración que impulsa a los integrantes de la Amexipac para seguir fortaleciendo la tributación digital en beneficio del país.

¿Cómo conocer a los PCCFDI?
A lo largo de esta edición hemos hablado el papel clave que los Proveedores Autorizados de Certificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (PCCFDI) han desempeñado en la transición de México hacia un modelo digital en materia fiscal. Estos proveedores autorizados hacen posible que millones de contribuyentes emitan sus comprobantes fiscales electrónicos de forma
segura y conforme a la normatividad vigente. El SAT mantiene en su portal oficial un listado actualizado de los 51 proveedores autorizados, el cual se puede consultar en la siguiente dirección:
https://www.sat.gob.mx/portal/public/ tramites/lista-de-proveedores-autorizadosde-certificacion-de-cfdi
Este directorio ofrece información clave que puede ayudarte a tomar una decisión informada al momento de contratar un proveedor, ya sea por primera vez o al considerar un cambio. Entre los datos que se pueden consultar de cada PCCFDI destacan:
• Razón social y nombre comercial, para identificar correctamente a la empresa.
• RFC del proveedor, útil para validar su estatus fiscal.
• Domicilio fiscal, que puede ayudarte a conocer su ubicación principal.
• Teléfonos de contacto y sitio web, para entablar comunicación y conocer su oferta comercial.
• Dirección del servicio gratuito, obligatorio por parte de todos los PCCFDI, lo cual te permite utilizar más de un proveedor si así lo deseas.
• Fecha y hora de autorización como PCCFDI, indicando desde cuándo están habilitados.
• Número de autorización del SAT, que debe estar visible en su sitio web y permite verificar su validez.
• Certificado de Sello Digital (CSD) para timbrado, el cual es propiedad del SAT pero utilizado por el proveedor para certificar los CFDI.


Contar con esta información es especialmente valioso al momento de contratar servicios de timbrado, ya que te permite comparar proveedores y evaluar aspectos como experiencia, soporte, cobertura y cumplimiento regulatorio.
Adicionalmente, si deseas una capa extra de confianza, puedes revisar cuáles de estos proveedores forman parte de Amexipac, organización que agrupa a los PCCFDI comprometidos con las mejores prácticas en seguridad de la información, cumplimiento fiscal y colaboración activa con el SAT. Estar dentro de esta asociación no es obligatorio, pero sí es una señal de profesionalismo y participación en una comunidad que promueve la mejora continua del ecosistema de facturación electrónica en México.
Factura electrónica: la innovación latinoamericana de alcance global*
Alberto Barreix, Mónica Schpallir Calijuri, Axel Radics y Marta Ruiz Arranz


En las últimas dos décadas, la factura electrónica (FE), una innovadora solución creada en América Latina ha transformado significativamente las administraciones tributarias en todo el mundo. Desde que empezó en Chile en 2003, seguida por Brasil y México, esta transformación digital ha incrementado notablemente la transparencia, la recaudación tributaria y reducido la informalidad económica en numerosos países.
La difusión y perfeccionamiento de la factura electrónica en América Latina ha sido respaldada por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). En los últimos 20 años, el BID ha proporcionado asistencia técnica y financiamiento para la implementación de la FE en 17 países de la región [1] y en todos los estados de Brasil, en coordinación con otros organismos internacionales, entre los que destaca el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT).
El ejemplo latinoamericano inspiró a otras economías en todos los continentes. Corea del Sur implementó la FE en 2011, e Italia la hizo obligatoria para todas las operaciones B2B (business to business) y B2G (business to government) en 2019. India la implementó e incluso Ruanda, con recursos limitados, desarrolló un sistema exitoso en colaboración con el sector privado.
¿Qué es la factura electrónica?
La factura electrónica registra de manera digital las transacciones económicas entre vendedor y comprador con intervención en tiempo real de la administración tributaria (AT), con esto permite:
Trazabilidad y control:
Mejora la detección del incumplimiento y eleva la percepción de riesgo de los contribuyentes.
Reducción de costos:
Elimina la necesidad del contribuyente de imprimir, almacenar y enviar documentos físicos de facturación; así como de la propia AT, que no precisa realizar notificaciones ni verificación de la información auto reportada por los contribuyentes.
Fomento de formalidad:
Reduce los costos y simplifica el cumplimiento de los contribuyentes.
Mejora de la fiscalización transversal:
Facilita el cruce de información con otros impuestos, como el impuesto a la renta y los impuestos selectivos al consumo.
El impacto de la factura electrónica en la recaudación e informalidad
La evidencia muestra que la FE ha mejorado la recaudación tributaria y ha contribuido a reducir la informalidad. De acuerdo con las evaluaciones de la publicación del BID y el CIAT de 2018, México tuvo un incremento en el monto de ingresos declarados del 14% en promedio en los tres años siguientes al uso obligatorio de la FE. En Uruguay se estimó un incremento de 3.7% de recaudación en el IVA y en el impuesto a la renta de las empresas en 2017, cuando se generalizó el requisito de la FE.
En Perú, la obligación de adoptar la FE aumentó las ventas declaradas sujetas a impuestos en un 7% y las compras en un 5% en el primer año de su adopción.
En El Salvador, la FE ha contribuido al aumento de la recaudación del IVA, el cual alcanzó 8.7% del PIB en 2023 comparado con 3.5% en 2017, de acuerdo con el Ministerio de Hacienda. En los estados de Brasil que adoptaron tempranamente la FE, con

apoyo del programa PROFISCO del Banco, la FE contribuyó a incrementar la recaudación en un 12% y reducir la informalidad en un 2%.
Los beneficios de la FE han llevado a expandir su uso a otros ámbitos de recaudación, como la nómina electrónica para las contribuciones a la seguridad social y los registros del transporte de mercancías.
Más allá de fiscalización:

servicios públicos y transparencia
La enorme disponibilidad de datos facilitada por la FE ha permitido que las AT se transformen en prestadores de servicios digitales útiles tanto para la economía como para los contribuyentes. La información sobre los precios de los productos y servicios contenida en las FEs mejora la transparencia y dinamiza los mercados. Por ejemplo, el programa Menor Precio Brasil presente en 14 estados de Brasil, permite a los consumidores comparar en tiempo real los precios de productos cercanos, utilizando información de la FE.
Además, la experiencia pionera del Rio Grande do Sul, ha generado una metodología innovadora que utiliza datos de FE para establecer precios de referencia para compras públicas, aumentando la transparencia y eficiencia en el gasto gubernamental. Esta metodología se está extendiendo con éxito a otros estados del país.

La FE también ha dinamizado el acceso al crédito en el sector privado, especialmente entre pequeñas y medianas empresas (Pymes). Mediante el “factoring” [2], las Pymes en países como como Chile, Brasil, Perú y Uruguay pueden negociar sus FE validadas a terceros, mejorando su liquidez. En México, 46.6% de las Pymes han recurrido al factoraje en 2023.
En términos de política económica, la FE proporciona un monitoreo económico en tiempo real, detallando las transacciones por sectores y zonas geográficas. Esta capacidad facilita al gobierno la anticipación de tendencias económicas y la formulación de políticas micro y macroeconómicas, como muestra la publicación del BID.
Finalmente, el uso estratégico de datos generados por la FE fortalece la regulación y la defensa de la competencia, mejorando así la eficiencia y equidad al facilitar la detección temprana de abusos de poder de mercado o la colusión en precios por oligopolistas. Además, posibilita innovaciones tributarias como el IVA personalizado, que permite mitigar los impactos regresivos del IVA al devolver parte del impuesto pagado a segmentos vulnerables de la población, transformando así la política tributaria en una herramienta efectiva para la inclusión social. También es relevante considerar que el uso eficiente de esta voluminosa información requiere un esfuerzo significativo de la administración tributaria en análisis y almacenamiento de datos.
Un nuevo papel: la administración tributaria como una agencia de inteligencia económica
La AT moderna cuenta con la FE, que registra en detalle todas las transacciones económicas, y además tiene acceso a datos bancarios de los contribuyentes, tanto a nivel doméstico como también internacional. Esto es posible gracias al intercambio automático de información entre jurisdicciones, que ya incluye a 140 países. Esta cooperación internacional facilita a la AT obtener datos financieros precisos de otras jurisdicciones, incluyendo información sobre beneficiarios finales de empresas que operan localmente.
De acuerdo con un estudio sobre la AT del futuro que publicamos con el CIAT en 2024, la implementación efectiva de la FE y el acceso integral a información bancaria permiten a la AT trascender su rol tradicional. Ahora la AT no solo optimiza su función recaudadora, sino que también evoluciona hacia una agencia de inteligencia económica, capaz de analizar y anticipar tendencias económicas al conocer con precisión los flujos financieros y stocks patrimoniales de sus residentes.

La FE como motor de transformación digital: hacia una Administración Tributaria 3.0.

Para aprovechar esta información generada por la FE y contribuir a una gestión tributaria más eficiente, es necesario reformar y fortalecer las AT.
El BID acompaña activamente a varios países de la región en este proceso de modernización, con el objetivo de alcanzar el modelo denominado AT 3.0, Este modelo se caracteriza por la utilización avanzada de datos y la automatización, lo que abarca la identidad digital, los puntos de contactos con los contribuyentes, la gestión de robots de datos bajo estándares internacionales, la gestión inteligente de reglas tributarias, desarrollo de nuevas habilidades técnicas en el personal, y actualización de marcos de gobernanza institucional adaptados a la era digital.
Construyendo la administración tributaria del futuro
Para alcanzar este potencial, tres cambios institucionales serán necesarios:
Redefinición del rol de la AT.
Tradicionalmente, las AT han tenido tres funciones principales: la recaudación, fiscalización y el control, con la informática una tarea de apoyo. Con la FE, la tecnología adquiere un papel esencial. Esto exige perfiles profesionales especializados en ciencia de datos y una cultura operativa más flexible y adaptativa. El enfoque debe cambiar de auditorías ex post hacia acciones proactivas que promuevan el cumplimiento voluntario, facilitando declaraciones prellenadas y los registros contables digitales. Además, es fundamental una colaboración estrecha con el sector privado tecnológico, especialmente para proteger la seguridad informática y evitar brechas que comprometan el secreto tributario.
Adaptación de la estructura organizacional.
Para utilizar los datos de manera inteligente, la AT deben centralizar la recolección masiva de información relevante en una sola entidad que integre datos aduaneros, contribuciones sociales, administraciones subnacionales, registros públicos e información financiera nacional e internacional, garantizando integralidad e interoperabilidad. Las demás entidades deben enfocarse en sus funciones institucionales específicas, mientras la AT asume la mayor parte de la gestión tributaria.
Protección institucional de los derechos del contribuyente.
Es esencial garantizar la privacidad, el debido proceso y la igualdad ante la ley para mantener la confianza social y del contribuyente. Esto requiere mecanismos efectivos para mantener la confianza de los contribuyentes y de la sociedad en su conjunto, mediante la transparencia y la rendición de cuentas, incluyendo figuras externas como un ombudsman especializado que vigile y asegure el respeto a estos derechos fundamentales.


Conclusión: una transformación continua
La FE, una innovación latinoamericana con alcance global, está revolucionando la gestión tributaria a nivel global, al mejorar la eficiencia recaudatoria, fomentar la transparencia y reducir la informalidad. Pero su alcance va mucho más allá del ámbito tributario: se ha convertido en el motor de una transformación institucional más amplia, permitiendo a las administraciones tributarias evolucionar hacia agencias inteligentes que aprovechan estratégicamente los datos para anticipar tendencias económicas y optimizar la gestión pública.
En este sentido, la digitalización impulsada por la FE posibilita que las AT participen en el desarrollo económico y social de los países, generando información valiosa para políticas públicas más efectivas. Ejemplos como el IVA personalizado o las declaraciones prellenadas muestran como estos avances pueden mejorar el cumplimiento tributario y la facilitación de servicios.
A medida que más países adoptan y perfeccionan el uso de esta herramienta digital, resulta esencial la colaboración continua con
socios como el BID para garantizar que la FE siga siendo una herramienta robusta para promover el crecimiento económico, mayor transparencia institucional y equidad tributaria, en beneficio de toda la sociedad.
[1] Países con FE implementada: Brasil Argentina, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Ecuador, Perú, Colombia, Chile, Guatemala, El Salvador, Panamá, Costa Rica, República Dominicana, y México. Países implementando o por implementar la FE: Belice y Honduras.
[2] El factoring permite a las empresas, principalmente Pymes, obtener parte del dinero que le adeudan los clientes por facturas pendientes de pago y así lograr una nueva fuente de financiamiento. Dado que la FE, luego de un corto periodo, constituye un débito fiscal para el vendedor y un crédito para el comprador, se convalida por la AT como deuda comercial en firme por lo que el acreedor puede negociarla como activo financiero en un mercado secundario.
*Artículo publicado originalmente en el Blog del Banco Interamericano de Desarrollo (BID)

Te invitamos al evento más relevante del año sobre transformación digital y tributación electrónica en México:
Martes 9 de septiembre de 2025
Club de Banqueros de México, CDMX
De 07:30 a 18:00 hrs.

¿Por
• Conoce los retos y oportunidades de la tributación digital en México
• Participa en el diálogo sobre fiscalización colaborativa y cultura contributiva
qué asistir? Súmate a la conversación. ¡Sé parte del futuro de la tributación digital!
• Explora los avances en seguridad de la información y tecnología aplicada a la emisión de comprobantes fiscales
• Forma parte del impulso hacia una administración tributaria más moderna, eficiente y conectada

¡Participa en nuestro próximo webinar!
Retos a los que se enfrentan los PAC ante esta nueva administración
Te invitamos a ser parte de un espacio de análisis estratégico y colaboración gremial. En este webinar, se presentarán casos reales que ilustran los desafíos regulatorios y operativos que enfrentan los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) en su relación con la autoridad tributaria.
¿Por qué asistir?
• Conocerás el contexto actual de la administración tributaria y su interacción con los PAC.
• Analizaremos problemáticas comunes y ejemplos prácticos que han enfrentado diversos proveedores.
• Descubrirás el valor de pertenecer a una agrupación como AMEXIPAC: representación, apoyo mutuo y mejores condiciones para el cumplimiento.
• Escucharás testimonios reales de asociados y expertos del sector.
Este espacio está diseñado tanto para PACs ya afiliados como para aquellos que aún no forman parte de la Asociación y buscan conocer los beneficios de integrarse a una voz colectiva sólida y con experiencia.
Martes 24 de junio de 2025
De 11:00 a 13:00 horas
Vía Zoom (previo registro)
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Restricción temporal de certificados de sello digital*
Edyth Ramírez Sánchez

En los últimos años, el desarrollo tecnológico del Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha ido en forma ascendente y ello ha provocado que generen diversas herramientas para el control de la información y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Incluso el pasado mes de febrero se dio a conocer la nueva plataforma del SAT, con la finalidad de mejorar los servicios de dicho sitio de Internet, que, al estar a prueba, aún le están haciendo correcciones y cambios. En ese portal los contribuyentes pueden inscribirse, presentar declaraciones, ver información general, comunicarse con la autoridad por medio del buzón tributario, entre otras actividades.
¿Qué es un certificado de sello digital?
El certificado de sello digital (CSD) es una herramienta tecnológica del SAT. Básicamente es un documento electrónico cuyas características se establecen en el artículo 17-G del Código Fiscal de la Federación y vincula al contribuyente, la autoridad y las operaciones que se realizan. Dicho certificado está ligado a la firma electrónica y sirve para sellar y emitir los comprobantes f iscales digitales por Internet (CFDI) o comúnmente llamadas facturas electrónicas. Con la emisión de los CFDI los procesos administrativos de la autoridad se agilizan y la autoridad obtiene información que fortalece la fiscalización electrónica.
¿Qué implica la restricción temporal de un certificado de sello digital?
La restricción temporal de los certificados de sello digital implica la imposibilidad práctica de emitir comprobantes fiscales, es decir, facturas, notas de crédito, recibos de nóminas, complementos de pago, entre otros. Por ende, se provoca que la operación de las personas se detenga.
Tomando en cuenta que hoy en día la autoridad cuenta con herramientas con las cuales puede ver el comportamiento fiscal de los contribuyentes, cuando estos incurren en ciertos supuestos, la autoridad podrá restringirlos temporalmente. Cabe señalar que, en caso de que los contribuyentes no aclaren las inconsistencias detectadas, la suspensión temporal podría ser definitiva.

¿Cuáles son los motivos por los cuales la autoridad hace la restricción?
En 2020 el Código Fiscal de la Federación (CFF), en su artículo 17-H Bis, estableció supuestos en los cuales se podrá restringir de manera temporal el CSD cuando:
Omitan la presentación de la declaración anual transcurrido un mes posterior a la fecha en que se encontraban obligados a hacerlo.
Omitan en un año, presentar dos o más declaraciones provisionales o definitivas consecutivas o no consecutivas, salvo las personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza que la restricción temporal se realizará cuando se detecte que omitió tres o más pagos mensuales en un año calendario, consecutivos o no, o bien, la declaración anual.
Durante el procedimiento administrativo de ejecución no localicen al contribuyente o este desaparezca.
En el ejercicio de sus facultades, detecten que el contribuyente no puede ser localizado en su domicilio fiscal, desaparezca, etc., o bien, dentro de dicho ejercicio de facultades se tenga conocimiento de que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.
Detecten que se trata de contribuyentes que realizan actividades simuladas, incluso si se trata de control de efectivo entre partes relacionadas.
Tengan inconsistencias en el domicilio fiscal.
Detecten que el ingreso declarado, el valor de los actos o actividades gravados declarados, así como el impuesto retenido
por el contribuyente, manifestados en las declaraciones de pagos provisionales o definitivos, de retenciones o del ejercicio, o bien, las informativas, no concuerden con los ingresos o valor de actos o actividades señalados en los comprobantes fiscales digitales por Internet, sus complementos de pago o estados de cuenta bancarios, expedientes, documentos o bases de datos que lleven las autoridades fiscales, tengan en su poder o a las que tengan acceso.
No se tengan actualizados los medios de contacto para el uso del buzón tributario.

¿Qué se debe hacer para subsanar las irregularidades manifestadas por la autoridad o desvirtuar las causas que motivaron la restricción y qué plazos se tienen para hacer aclaraciones y obtener respuesta?
Es importante atender a lo establecido en la ficha de trámite 296/CFF “Aclaración para subsanar las irregularidades detectadas en términos del artículo 17-H Bis del CFF, o en su caso desahogo de requerimiento o solicitud de prórroga”, donde se darán a conocer a la autoridad los argumentos y elementos probatorios para subsanar la irregularidad detectada o desvirtuar la causa por la que se restringió temporalmente el uso del CSD. El plazo para presentar la aclaración es de 40 días hábiles siguientes a la fecha en que haya surtido efectos la notificación del oficio. En un plazo máximo de diez días, la autoridad podrá requerir información al contribuyente, mismo que deberá ser atendido en un plazo de cinco días hábiles; para atender esto último, el contribuyente por única ocasión podrá solicitar una prórroga de cinco días adicionales.
Una vez que la autoridad valore la información entregada y esta determine que no fueron subsanadas las irregularidades detectadas o no se desvirtuaron las causas que dieron origen a la restricción temporal del certificado, la autoridad emitirá resolución para dejar sin efectos el certificado.
Si, por el contrario, la resolución es positiva, el contribuyente puede solicitar otro certificado para estar en posibilidades de volver a emitir los CFDI.
Finalmente, el contribuyente deberá corregir su situación fiscal por medio de un nuevo caso de aclaración para lo cual se usará la ficha de trámite 47/CFF “Aclaración para informar que corrigió su situación fiscal o bien, que
subsanó las irregularidades detectadas por las que se dejó sin efectos su CSD, o bien se restringió el uso de su Certificado de e.firma o el mecanismo que utiliza para efectos de la expedición de CFDI o en su caso desahogo de requerimiento, en términos del artículo 17-H CFF”, donde se informará que se ha corregido la situación fiscal o subsanado las irregularidades por las que se dejó sin efectos el CSD.

Conclusión
La autoridad tiene herramientas tecnológicas que hacen que sea más rápida la validación de la información, por lo que es importante que los contribuyentes lleven un control de sus operaciones y usar herramientas para validar que su información es correcta y completa. Con ello, en caso de que restrinjan los certificados, se contará con la información para responder lo más pronto posible y con todos los elementos para las aclaraciones respectivas; así el daño financiero y administrativo será menor.
Articulo publicado originalmente en la revista Contaduría Pública. Pag 76.

Las instituciones Fintech en la evolución del sector financiero*
Silvia Olvera Ochoa, Alberto Alfonso Romero
Quezada, César Daniel Navarrete García

El sector de tecnología financiera (Fintech) ha sido un factor de innovación en la oferta de los servicios financieros. Estas instituciones ofrecen plataformas digitales para la gestión patrimonial, las finanzas personales, métodos de pago alternativos y otros servicios innovadores. Su enfoque directo hacia los usuarios del sistema financiero y las soluciones personalizadas para empresas las posicionan como actores clave en la transformación del sector (CNBV, 2021).

Oportunidades
para sectores marginados
Las Fintech se pueden considerar como una solución para sectores marginados que no cumplen con los requisitos establecidos por la banca tradicional. Factores como la falta de demanda formal, los altos costos operacionales y los bajos márgenes de utilidad limitan el acceso al crédito. Sin embargo, el uso de internet, smartphones y algoritmos inteligentes permite a las Fintech automatizar procesos y atender a estos sectores con mayor eficiencia (García, 2023).
Las empresas Fintech en México
Las Fintech se pueden considerar como una solución para sectores marginados que no cumplen con los requisitos establecidos por la banca tradicional. Factores como la falta de demanda formal, los altos costos operacionales y los bajos márgenes de utilidad limitan el acceso al crédito. Sin embargo, el uso de internet, smartphones y algoritmos inteligentes permite a las Fintech automatizar procesos y atender a estos sectores con mayor eficiencia (García, 2023).
La ley Fintech regula las operaciones relativas a estas instituciones y las respectivas autorizaciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para cumplir con requisitos de capital mínimo (CNBV, 2021).
La legislación clasifica las Fintech en:
• Instituciones de financiamiento colectivo (crowdfunding): Conectan solicitantes de fondos con inversionistas.
• Instituciones de fondos de pago electrónico: Ofrecen monederos digitales para transferencias.
• Operaciones con activos virtuales: Reguladas por el Banco de México.
• Modelos novedosos: Proyectos piloto para probar tecnologías innovadoras.
La regulación también contempla sanciones, que van desde amonestaciones y multas hasta la revocación de licencias. En 2021, la CNBV emitió 28 sanciones con un valor total de 57 millones de pesos. Este número disminuyó en 2022 y 2023 debido a cambios administrativos (CNBV, 2023).
Prevención de Lavado de Dinero (PLD)
Las Fintech deben adoptar medidas robustas para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo. Estas medidas incluyen:
• Nombramiento de un oficial de cumplimiento.
• Manual de Prevención de Lavado de dinero (PLD).
• Comité de comunicación y control.
• Reportes de operaciones relevantes.
• Mantenimiento de registros actualizados (Romero Quezada, 2022).
Además, es fundamental contar con un enfoque basado en riesgos para personalizar las

medidas según el perfil del cliente y el modelo de negocio. Se debe prestar especial atención a las personas políticamente expuestas y contar con sistemas automatizados para reportar operaciones sospechosas.
Perspectivas futuras
El mercado Fintech en México, enfrenta desafíos importantes relacionados con el cumplimiento normativo, la adopción tecnológica y la educación financiera. Superar estos obstáculos permitirá un crecimiento sostenido y un impacto positivo en la inclusión financiera (Navarrete García, 2023).
Se puede concluir que las Fintech han transformado los servicios financieros al ofrecer soluciones accesibles para todos los segmentos de la población, convirtiéndose en un factor de innovación. Los beneficios obtenidos del usuario, a la vez pueden ser vistos como riesgos para las entidades. Así también, reviste gran importancia la regulación insuficiente, lo que significa riesgos para los usuarios por la volatilidad de los recursos. Es de vital importancia establecer un equilibrio entre la seguridad de los usuarios y la regulación para mitigar riesgos.
Referencias
Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). (2021). Informe anual de actividades 2021. Ciudad de México: CNBV. Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). (2023). Evolución de las sanciones Fintech. Ciudad de México: CNBV. García, C. D. N. (2023). Impacto de las Fintech en la inclusión financiera en México. Ciudad de México: Fondo de Cultura Económica.
Romero Quezada, A. A. (2022). Prevención de lavado de dinero y cumplimiento en Fintech. Monterrey: ITESM.
*Artículo publicado originalmente en el Boletín Visión Contable. pdf, Pag. 14

Estados financieros dictaminados
Martha Soria

El 2 de mayo del presente año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), convocó a los contribuyentes a presentar dictamen de estados financieros, para empresas y personas con actividad empresarial que deben presentar el dictamen de estados financieros correspondiente al ejercicio fiscal 2024.
Pero…
¿Qué son los estados financieros dictaminados?
Los estados financieros dictaminados son informes contables que han sido examinados, verificados y certificados por un contador público autorizado, conocido como auditor, quien se encarga de realizar un análisis detallado de la información financiera de una empresa para verificar su veracidad y exactitud, y al concluir emite su opinión sobre la naturaleza, alcance y resultado de la situación financiera, a este documento se le llama dictamen y respalda la fiabilidad de los estados financieros.
Un estado financiero no puede ser dictaminado por el mismo contador que lo elaboró y certificó, es por ello que la ley exige que sea otra persona el revisor fiscal, o contador independiente, alguien externo a la empresa, para tener la certeza de que los estados financieros de una entidad presentan razonablemente su situación financiera.
Estos informes son elaborados de acuerdo a principios de contabilidad generalmente aceptados, normas contables o normas de información financiera y son importantes para generar confianza entre los diversos usuarios de la información financiera, ya que proporcionan una mayor transparencia y credibilidad de la información contable.
¿Quiénes están obligados a dictaminar sus estados financieros?
En México, esta obligación fiscal aplica para empresas que, en el ejercicio inmediato anterior, acumularon ingresos iguales o superiores a mil 855 millones 919 mil 380 pesos para el impuesto sobre la renta o que tengan acciones colocadas en la bolsa de valores.
Las empresas y personas físicas con actividad empresarial tienen la opción de presentarlo si sus ingresos acumulables superan los 157 millones 785 mil 270 pesos; el valor de sus activos es superior a 124 millones 650 mil 380 pesos o al menos 300 de sus trabajadores le prestaron servicios en cada mes del ejercicio declarado.
¿Qué pasa si estoy obligado y no presento mis estados financieros dictaminados?
Los contribuyentes obligados que no presenten el dictamen, o lo hagan fuera del plazo legal, pueden ser acreedores a sanciones que van desde los 17 mil 330 pesos a 173 mil 230 pesos.
Además, se les puede restringir el uso del Certificado del Sello Digital necesario para emitir comprobantes fiscales y, en caso de no solventar el incumplimiento, puede derivar en la cancelación definitiva, entre otras penalizaciones establecidas en las disposiciones fiscales.
¿Qué beneficios me generan los estados financieros dictaminados?
• Como requisito, puedo cumplir con lo que marca la autoridad.
• Evitar sanciones por no dictaminar los estados financieros, si estoy en los supuestos que marca la ley.
• Permiten una mejor transparencia.
• Con este proceso se pueden detectar posibles fraudes o errores contables.
• Estos estados generan una mayor confianza de los inversionistas y acreedores, ya que han sido analizados por especialistas independientes.
• Se puede acceder con mayor facilidad a financiamientos.
• Son más confiables si quiero obtener cierto tipo de recursos.
Así que recuerda, si tienes la obligación de dictaminar tus estados financieros, hazlo en tiempo y forma.
El Servicio de Administración Tributaria pone a disposición la siguiente liga para presentar el dictamen de estados financieros

La ciberdelincuencia en México*
Roberto Cavazos

La tecnología se ha incorporado a nuestra vida cotidiana. Ya no solo es una computadora, sino el teléfono, la iluminación de nuestras casas, las cerraduras remotas e incluso la lavadora, la secadora y el refrigerador.
Nos maravilla el uso y las aplicaciones de la tecnología. Quizá nos hemos detenido a preguntarnos ¿Qué sucede cuando alguien externo también genera un acceso a nuestros dispositivos?
Phishing, Pharming, ataques DoS y DDos, MITM, Whaling, Spear-phishing, Ramsomware, Spoofing, Ataques de fuerza bruta, Caballos de troya, Ataques Drive-by, Ataques XSS, Malwares, entre otros, son conceptos cotidianos que la mayoría de nosotros desconocemos e incluso no sabemos cómo defendernos.


Software y drivers actualizados, antivirus, firewalls, antimalwares, antiransomware, cambio de contraseñas, doble autenticador, limitar la exposición en redes sociales, verificar los contactos en redes sociales previos a su aceptación, evitar redes Wi-fi abiertas, uso de VPN, Respaldos en la nube, son algunas de las sugerencias básicas para proteger nuestra identidad y nuestra información.
Actualmente, no existen regulaciones federales en materia de Ciberdelincuencia y ciberseguridad en México. Aunque diariamente vemos artículos y noticias relacionados con el robo y hackeo de información a empresas privadas y a entidades de gobierno, no contamos con regulaciones para ordenar estos procesos y castigar al delincuente.
Desde el año 2018 se han presentado al Congreso de la Unión distintas iniciativas que se han quedado detenidas y no se han aprobado.
Cuáles son los objetivos primarios de estas propuestas de Ley:
“Garantizar la seguridad nacional mediante la defensa del espacio digital.” (“Ley de Ciberseguridad en México: Conoce la nueva Ley - Delta Protect”)
“Crear un marco legal que permita sancionar o tipificar los ciberataques.” (“Marco Legal informática Forense”)
“La realización de pruebas de penetración o pentesting anualmente a las instituciones públicas y privadas.” (“Ley de Ciberseguridad en México: Conoce la nueva Ley - Delta Protect”)
“Crear una Agencia Nacional de Ciberseguridad controlada por el Ejecutivo, similar a los modelos seguidos por la Unión Europea, Estados Unidos y Brasil.” (“Ley de Ciberseguridad en México: Conoce la nueva Ley - Delta Protect”)

Se espera que en esta nueva administración sea factible la publicación de una Ley Federal de Ciberseguridad, que brinde protección y seguridad a los ciudadanos.
A la fecha solo existen tres organismos que se encargan de regular las actuaciones en materia de ciberseguridad.
El Centro de Respuesta a Incidentes Cibernéticos de la Dirección General Científica de la Guardia Nacional se encarga de «brindar los servicios de apoyo en la respuesta a incidentes cibernéticos que afectan a las instituciones en el país que cuentan con infraestructura crítica de información.
La División Científica de la Policía Federal de México se encarga de investigar y dar seguimiento a las actividades delictivas cometidas a través de Internet. Trabajan en colaboración con el CERT-MX.
Y el Instituto Nacional de Transparencia, Acce-
so a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) quién protege y garantiza el acceso a información pública y a la protección de datos personales.
El Código Penal Federal (CPF) en el Título IX, Capítulo II, contempla los artículos 211 bis 1 al bis 7, los cuales son insuficientes para un generar un proceso legal adecuado en contra de los nuevos procesos de extracción y mal uso de información privada y personal.
El CPF establece penas de prisión y multas dependiendo de la gravedad del delito. Por ejemplo, el acceso ilícito a sistemas informáticos puede tener sanciones de hasta 8 años de prisión, mientras que la difusión no autorizada de datos personales puede ser castigada con hasta 5 años de cárcel.
“México aún no cuenta con una regulación específica para ciertos delitos cibernéticos emergentes, como:” (“Delitos informáticos en México: las leyes y las multas - IT Masters Mag”)

• Ciberacoso laboral y escolar.
• Manipulación de resultados en plataformas de apuestas en línea.
• Uso indebido de tecnologías basadas en IA, como deepfakes.
El micrositio https://micrositios.inai.org.mx/ identidadsegura/?page_id=45, podemos encontrar algunos datos de interés:
Según el Termómetro de Privacidad 2014 de Deloitte, en México los elementos más susceptibles a vulneraciones de seguridad relacionadas con el robo de identidad son:
• Robo o fuga a través de correo electrónico.
• Robo de información en dispositivos portátiles, tales como memorias USB, celulares o tabletas.
De acuerdo con datos del Banco de México y firmas especializadas, nuestro país ocupa el 8° lugar en este delito en el mundo y el 2° lugar en América Latina4, 67% es por pérdida
de documentos, 63% por robo de una cartera y portafolios y 53% es información tomada de una tarjeta bancaria.
9 de cada 10 personas llevan información suficiente en su cartera para ser víctima de robo de identidad según cifras de CPP México, el 86% lleva en su cartera la credencial para votar, el 49% la tarjeta de débito, el 30% la licencia de conducir, 27% tarjetas departamentales y 17% tarjetas de crédito.
Según el Estudio sobre los hábitos de los usuarios de internet en México en 2019 de la Asociación de Internet.mx, entre los usos personales o de ocio de los mexicanos, destaca acceder a redes sociales (cerca del 82%), en donde dejan datos personales que permiten a los atacantes inferir contraseñas, preguntas de seguridad u otras credenciales de autenticación.
En resumen, somos un país con grandes avances en la incorporación de tecnologías en la sociedad, en las empresas, la cual genera una gran responsabilidad del usuario para proteger y resguardar su información. En la medida que la tecnología avanza, debemos ser conscientes que la falta de conocimiento e información en la materia nos vuelve vulnerables a ataques, los cuales pueden implicar riesgos como pérdida de identidad, pérdida del patrimonio, y otros problemas de gravedad para el usuario. Hagamos parte de nuestra vida diaria el documentarnos y protegernos. ¿Qué tan protegido estás?
*Artículo publicado originalmente en el sitio de Instituto de Contadores Públicos de Nuevo León y en el periódico El Financiero

Servicio de Intercomunicación de Avisos INFONAVIT

Facilita el cumplimiento de tus obligaciones patronales

Con el objetivo de optimizar los procesos del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y facilitar el cumplimiento de las obligaciones patronales, se ha desarrollado el Servicio de Intercomunicación de Avisos (SIA). Este servicio permite a los empleadores realizar, desde su sistema de nómina, la consulta masiva de avisos relacionados con los créditos INFONAVIT de sus trabajadores y recibir de manera oportuna cualquier actualización en los créditos de sus empleados activos.
Gracias a la integración entre los sistemas de nómina y el INFONAVIT, el SIA automatiza los cálculos de las retenciones por concepto de amortización, ayudando a los patrones a realizar retenciones correctas y reduciendo las diferencias en los pagos.
Beneficios del SIA
• Consulta masiva de avisos de crédito de los trabajadores.
• Automatización del cálculo de retenciones por amortización en cada nómina.
• Ahorro en trabajos administrativos.
• Reducción de errores de captura de información.
• Mayor certeza en la autodeterminación de pagos.
• Disminución de aclaraciones y multas derivadas de omisiones.
Uso del servicio
El SIA puede implementarse a través de un sistema de nómina propio o mediante un software de nómina certificado. Para que los desarrolladores de software puedan ofrecer este servicio a sus clientes, o los empleadores puedan implementarlo internamente, es necesario completar un proceso de certificación ante el INFONAVIT.
Proceso de certificación
Los desarrolladores de software de nómina y los patrones con sistemas de nómina propios deben certificarse a través del Portal Empresarial. Recibirán por correo electrónico las pruebas de validación, enviarán sus resultados y, en caso de inconsistencias, el INFONAVIT brindará apoyo para asegurar la correcta implementación del servicio y la precisión de los cálculos.
Si el sistema de nómina de la empresa ya está certificado en el SIA, el empleador solo

debe generar su contraseña y establecer una relación de confianza para comenzar a utilizar el servicio.

Relación de confianza con el sistema de nómina
Este mecanismo de seguridad, gestionado a través del Portal Empresarial, permite que el empleador designe al proveedor de software de nómina con el que realizará sus consultas. Al establecer esta relación de confianza, se autoriza el intercambio de información con el INFONAVIT para obtener los datos de los avisos de crédito de sus trabajadores al procesar la nómina. Todos los NRP’s asociados al RFC pueden acceder al servicio.
Generación de contraseña para el SIA
Tanto empleadores como desarrolladores de software de nómina deben generar su contraseña a través del Portal Empresarial. Esta contraseña es necesaria para el proceso de certificación, la creación de relaciones de confianza y el uso del servicio. La contraseña se obtiene mediante la validación de la e.firma emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se recibe por correo electrónico y puede renovarse o cancelarse según sea necesario.

Para más información sobre el Servicio de Intercomunicación de Avisos, visita el portal del INFONAVIT en www. infonavit.org.mx, en la sección Patrones > Trámites adicionales > Servicios de Intercomunicación.
En el INFONAVIT, todos los trámites son gratuitos.
¿Ya conoces Proseco?
Anyel Carrillo de Albornoz
El Programa Sectorial de Economía 20202024 es un nuevo programa estratégico del gobierno de México, fue autorizado por la Secretaría de Economía de México y emitido mediante DECRETO por el que se aprueba el Programa Sectorial de Economía 2020-2024, se emitió en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 25 y 26, apartado A, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a los artículos 16, fracción III, 22 y 23 de la Ley de Planeación y con base en las líneas estratégicas identificadas en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024. Su propósito es articular y coordinar las acciones del sector económico del gobierno federal para contribuir al desarrollo económico del país.

Objetivo del Programa
El objetivo principal del Programa es fomentar el desarrollo económico de los sectores productivos, incrementar la innovación, impulsar la competencia en el mercado interno, promover la creación y consolidación de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) productivas y de las personas emprendedoras, y fomentar la igualdad económica entre regiones y sectores. Esto se busca lograr mediante políticas públicas que estimulen la inversión, la productividad y la competitividad, con el fin de generar bienestar para la población mexicana.
¿Por qué es importante para la economía mexicana?
Las estrategias y acciones contempladas en este Programa están orientadas a impulsar el desarrollo económico y elevar el bienestar de las familias mexicanas, mediante la generación de ingresos y el fortalecimiento del posicionamiento de México como una economía sólida y sustentable a mediano y largo plazo. Asimismo, se busca promover un crecimiento económico más equilibrado entre regiones y sectores sociales, con el fin de evitar la concentración desigual de la riqueza. De igual manera, se pretende
contribuir a la reactivación económica y a la recuperación del mercado interno, facilitando la incorporación de las Mipymes al sector formal de la economía.
En el eje de mercado interno, empleo y empresa, y en el ámbito de la innovación y el desarrollo económico, se han impulsado alianzas estratégicas entre la academia y la industria. Estas colaboraciones han permitido la formación y especialización de talento humano orientado a actividades de innovación. Además, se mejoraron tres procesos del Sistema Nacional de Información e Integración de Mercados y se implementaron acciones para fomentar la proveeduría industrial en los sectores de hidrocarburos y energía eléctrica.
Se establecen cuatro Ejes Estratégicos
Fomentar la innovación y el desarrollo económico de los sectores productivos
Impulsar la competencia en el mercado interno y la mejora regulatoria
Promover la creación y consolidación de las Mipymes productivas para una mayor inclusión productiva. El programa se alinea con el Eje 3 "Economía" del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.
Fomentar la diversificación económica para una mayor igualdad entre regiones y sectores
Estas acciones buscan contribuir al crecimiento económico más equilibrado entre regiones y sectores sociales, evitando la concentración de la riqueza y apoyando la incorporación de las Mipymes al sector formal de la economía.

Contribución a los Objetivos de Desarrollo Sostenible
El programa también está alineado con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de la ONU, contribuyendo a varios de sus objetivos:
• Objetivo 1: Fin de la pobreza
• Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico
• Objetivo 9: Industria, innovación e infraestructura
• Objetivo 10: Reducción de las desigualdades
• Objetivo 12: Producción y consumo responsables
• Objetivo 17: Alianzas para lograr los objetivos
En conclusión, el Programa Sectorial de Economía 2020-2024 (Proseco) representa una hoja de ruta clave para fortalecer el desarrollo económico de México a través del impulso a la innovación, el apoyo a las Mipymes, la diversificación productiva y la inclusión regional. Su alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible refuerza su visión integral y su compromiso con una economía más justa, competitiva y sostenible para el país.
La Amenaza Silenciosa:

Cómo la Inteligencia Artificial está transformado la violencia digital
Carlos Popoca Lagunas
La Inteligencia Artificial ya no es solo una herramienta de innovación tecnológica, sino también un nuevo campo de batalla en la lucha contra la violencia digital. Recientemente, la Corte analizó una Acción de Inconstitucionalidad que cuestionó la definición de "inteligencia artificial" en el Código Penal de Sinaloa. Este caso destaca cómo la IA, lejos de ser una simple tecnología, está siendo utilizada para crear "deep fakes" y otras formas de violencia cibernética, afectando principalmente a mujeres y menores de edad. Los ministros de la Corte debatieron profundamente sobre las implicaciones legales de esta tecnología y su potencial para agravar el daño psicológico y social a las víctimas, dejando claro que la legislación necesita adaptarse urgentemente a estos nuevos riesgos.
Durante la discusión, hubo una coincidencia general en la necesidad de proteger a las víctimas, en especial a mujeres y niñas, frente al uso de tecnologías emergentes que facilitan formas graves de violencia digital. Se hizo referencia a los riesgos del uso de ultrafalsificaciones (deepfakes), que permiten alterar contenido audiovisual para aparentar hechos que no ocurrieron. Se citaron informes internacionales, como los de la UNESCO y el secretario general de Naciones Unidas, que advierten que entre el 90 y el 95 por ciento de estas falsificaciones en línea con contenido sexual afectan a mujeres, sin su consentimiento. Además, se reconoció que esta tecnología se ha utilizado en casos de extorsión y daño reputacional.
El proyecto destacó que, aunque la definición de inteligencia artificial que dio el legislador local no es perfecta, tampoco lo es en el derecho comparado ni en la literatura especializada. No existe una definición única o universal, y exigirla pondría al legislador en una situación imposible, limitando su capacidad de respuesta ante amenazas tecnológicas.
Sin embargo, también se expuso un argumento clave del Poder Ejecutivo Federal: que la inclusión de la frase “haciendo uso de la inteligencia artificial” dentro del tipo penal introducía un grado de ambigüedad que afectaba el principio constitucional de taxatividad, es decir, el deber de que la norma penal describa de manera clara y precisa la conducta prohibida. Se sostuvo que eliminar esa frase no debilitaría el tipo penal, pues el hecho que se busca sancionar —la manipulación no consentida de contenido íntimo— se entendería igual sin esa expresión. Uno de los ministros coincidió con ese punto: la inclusión del medio comisivo “inteligencia artificial” puede contaminar el texto, dificultar su aplicación judicial y abrir la puerta a interpretaciones contradictorias. En cambio, eliminar esa frase permitiría mantener la validez del artículo sin comprometer su eficacia punitiva, y al mismo tiempo respetar los principios constitucionales.


Así, la Suprema Corte optó por una salida intermedia: declarar fundada la acción solo en la parte que incluía esa frase, eliminándola, pero dejando vigente el resto del artículo.
Este debate deja al descubierto un gran desafío: cómo legislar con eficacia frente a las nuevas tecnologías sin caer en imprecisiones legales. La inteligencia artificial es un fenómeno en evolución constante, pero su impacto ya es tangible y profundo, sobre todo en la vida de las mujeres. El reto está en encontrar fórmulas legales que sean claras, proporcionales y útiles, sin sacrificar la protección de derechos.
La decisión de la Corte muestra que no basta con nombrar la tecnología, sino que se requiere entenderla para regularla bien. Y también deja claro que, frente a la violencia digital, el derecho no puede quedarse atrás. El compromiso debe ser con una justicia que entienda los riesgos del presente, sin abandonar los principios que la hacen legítima.


















