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2. Administración Pública

vo con éxito. Sin embargo, organizar no es una tarea de una sola vez. La estructura organizacional no es permanente ni definitiva, pues se debe ajustar y adaptar de continuo, siempre que la situación y el contexto ambiental experimenten cambios. Así, a medida que enfrenta nuevos y diferentes desafíos generados por cambios externos, la organización requiere responder de manera adecuada para ser exitosa.

1.2.3. Dirección

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La dirección está relacionada con la actuación sobre las personas de la organización, por lo que constituye una de las más complejas funciones de la administración. Para dirigir a las personas, el administrador debe saber comunicar, liderar y motivar.

Para que la planeación y la organización puedan ser eficaces, se deben complementar con la orientación y el apoyo de las personas a través de comunicación, liderazgo y motivación adecuados.

1.2.4. Control

Es una etapa que tiene por finalidad garantizar que los resultados de lo planeado, organizado y ejecutado se ajusten tanto como sea posible a los objetivos previamente establecidos. La esencia del control está en verificar si la actividad controlada está o no alcanzando los objetivos o resultados esperados. En este sentido, el control es básicamente un proceso que guía la actividad ejecutada hacia un fin previamente determinado.

2. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

2.1.Concepto

La administración pública es el conjunto de los organismos que se encargan de aplicar las directivas indispensables para el cumplimiento de las leyes y las normas, es el nexo entre el poder político y la ciudadanía, proviene Del latín “ad-ministrare”, que significa servir, o de “ad manus trahere” que alude a la idea de manejar o gestionar”.

Cabe señalar que en el proceso de evolución de la administración pública, se mantiene la tendencia de considerar dentro del concepto de Administración Pública no solo a las entidades estatales sino también en el caso de los particulares, sobre todo en el caso que se presten servicios públicos o se ejerce una función administrativa. Observemos entonces que en la práctica “…no sólo existe Administración Pública en el Poder Ejecutivo, sino en gran parte del Estado e incluso en entes privados que desempeñan funciones administrativas por habilitación del Estado. Del latín “ad-ministrare”, que significa servir, o de “ad manus trahere” que alude a la idea de manejar o gestionar”.

2.2.Procedimiento Administrativo.-

La LEY Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General es la norma que actualmente regula los procedimientos administrativos en el país y en palabras de ELOY ESPINOZA-SALDAÑA, ésta tiene una vocación didáctica y pedagógica. Por ello señala que “… en ocasiones esta norma tiene una redacción bastante más próxima a la de un manual de Derecho Administrativo, ya que su innegable preocupación por proporcionar a la Administración y a los administrados múltiples elementos e insumos destinados a facilitar una cabal interpretación de sus preceptos le ha hecho recoger una explicación detallada sobre una serie de temas, además de consignar una larga lista de conceptos que en la mayoría de las normas existentes en el Derecho Comparado no están recogidos expresamente, pues se dan por conocidos y presupuestos” .

Al revisar el texto del Artículo I del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General observamos que para los fines de la citada norma se entenderá por “entidad” o “entidades” de la Administración Pública al Poder Ejecutivo, incluyendo a los Ministerios y Organismos Públicos Descentralizados; al Poder Legislativo; al Poder Judicial; a los Gobiernos Regionales y Locales; a los Organismos a los que la Constitución Política del Perú y las leyes les confieren autonomía; también a las demás entidades y organismos, proyectos y programas del Estado, cuyas actividades se realizan en virtud de potestades administrativas y, por tanto se consideran sujetas a las normas comunes de derecho público, salvo mandato expreso de Ley que las refiera a otro régimen; y finalmente las personas jurídicas bajo el régimen privado que prestan servicios públicos o ejercen función administrativa, en virtud de concesión, delegación o autorización del Estado, conforme a la normativa de la materia.

2.3.Sistemas Administrativos del Estado

Son el conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se regula la utilización de los recursos de las entidades de la administración pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso, independientemente del nivel de gobierno al que pertenezcan o su función, como por ejemplo, las acciones de planeamiento, las compras públicas o la gestión de recursos humanos.

Son el conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se regula la utilización de los recursos de las entidades de la administración pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso, independientemente del nivel de gobierno al que pertenezcan o su función, como por ejemplo, las acciones de planeamiento, las compras públicas o la gestión de recursos humanos

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