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Cruz Roja Salvadoreña es una Institución fundada por Decreto Ejecutivo del Gobierno de la República de El Salvador, de trece de marzo de mil ochocientos ochenta y cinco, de acuerdo con los principios de la Convención de Ginebra de mil ochocientos sesenta y tres, reconocido como Institución Autónoma de utilidad y beneficencia pública por Decreto Legislativo 2233 del diez de octubre de mil novecientos cincuenta y seis.
* Decreto legislativo 175 el uso de los emblemas.
Art. 1.- El Gobierno de la República de El Salvador, reconoce la existencia de la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Salvadoreña como Institución Autónoma de utilidad y beneficencia públicas. Esta Institución es la única autorizada para usar en el país las insignias y emblemas propios de ella, así como la expresión compuesta de las dos palabras “CRUZ ROJA”.



Es el régimen jurídico al cual estamos sometidos los miembros de Cruz Roja Salvadoreña









NORMA Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS


ESTATUTO

REGLAMENTO DEL ESTATUTO

REGLAMENTO DE VOLUNTARIOS
REGLAMENTO DE UNIFORMES
REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO
NORMAS ADMINISTRATIVAS
Están compuestos por 31 artículos, y se divide en:



NATURALEZA Y FUNDAMENTOS .









ADMINISTRACION GOBIERNO DISPOSICIONES





GENERALES,EMBLEMAS,INS
IGNIAS Y DISTINCIONES
Están compuestos por 85 artículos, y se divide en:

























Miembros
Contribuyentes


Miembros
Honorarios

Miembros
Benefactores


Miembros voluntarios activos
Pueden Ser miembros de Cruz Roja
Salvadoreña todas las personas sin distinción de nacionalidad, raza, clase social, religión o credo político, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el reglamento,



¿Cómo


Asamblea General
Comité Nacional
Consejo Ejecutivo
Asamblea General Departamental
Delegaciones Departamentales
Juntas Locales









COMITÉ NACIONAL

CONSEJO EJECUTIVO

PRESIDENTES DE DELEGACIONES DEPARTAMENTALES Y JUNTAS LOCALES.

DOS MIEMBROS DE DELEGACIONES DEPARTAMENTALES Y JUNTAS LOCALES

DELEGADOS DE CUERPOS FILIALES A NIVEL DEPARTAMENTAL Y LOCAL
Algunas Atribuciones:
• Elegir a 20 personas para que formen parte del Comité Nacional Aprobar Memoria de Labores
• Aprobar los estados financieros del ejercicio vigente
• Modificar Estatutos
• Nombrar Auditores externos






SOCIOS HONORARIOS

SOCIOS BENEFACTORES




PRESIDENTES de D.D.
20 PERSONAS ELECTAS por la AG




JEFATURAS NACIONALES

✓ Convocar Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria (Art. 9 de los estatutos de la Cruz Roja Salvadoreña)
✓ Reunirse por lo menos una vez cada tres meses (Art. 12 de los Estatutos de la Cruz Roja Salvadoreña)
✓ Elegir entre sus miembros aquellas personas que deberán ocupar los puestos vacantes del Consejo
Ejecutivo, en la primera sesión después de la Asamblea General Ordinaria (art.13 de los estatutos y 29 del Reglamento)
✓ Aprobar la distribución interna de las distintas comisiones de trabajo que constituyan. (art.13 de los estatutos y 29 del Reglamento)

✓ Conocer sobre los informes que le rinda el Consejo Ejecutivo. (Art. 13 de los estatutos)
✓ Delegar la elaboración y presentación de la Memoria Anual de labores al Consejo Ejecutivo. (Art. 30 del Reglamento)
✓ Llenar las vacantes que por cualquier motivo ocurran en el Consejo Ejecutivo, las cuales serán llenadas en la siguiente sesión del Comité Nacional. (art.13 de los estatutos y 29 del Reglamento)
✓ Otorgar condecoraciones, medallas y recompensas y conferir las calidades de miembros honorarios y beneficiarios. (Art. 13 de los estatutos)
✓ Fijar el importe de las cuotas de los socios contribuyentes. (Art. 13 de los estatutos)



31 seccionales
Ratificadas



✓
✓ Delegaciones
✓ Juntas Locales
✓ Puestos de Socorro
✓ Cuerpos Filiales


También forman parte del uniforme oficial:

● Cincho color negro.
● Zapatos negros de amarrar.
● Gorra color blanco con emblema Indicativo de Cruz Roja
Salvadoreña al frente.
● Se usarán calcetines color negro.
● Ninguna otra insignia, distintivo, pin o botón, se podrá portar en el uniforme.
● Peto Blanco.

