Revista Lazos de Unidad #131

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Y Tomaremos partido en los temas de SALUD-TRABAJO Por: Armando Orjuela, Secretario Desarrollo Comunal y Cooperativas, Sintravidricol Envigado. Finalizando el mes de febrero nos enteramos de un proyecto de decreto que busca actualizar el “Manual Único para la Calicación de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional” más conocido cómo “Manual Único de Calicación de Invalidez” (MUCI) el cual fue actualizado por el Dec. 1507 de 2014 y que según el Dec-Ley 1295 este deberá ser revisada y actualizada por el Gobierno Nacional, como mínimo una vez cada cinco años. Proyecto de decreto que tenia plazo para objetarlo y/o aportarle del 5 de febrero a marzo 5. Nos enteramos prácticamente ya vencido el término. Casualmente escribiendo este artículo, revisando la página del Ministerio del Trabajo me encuentro con un proyecto de resolución por la cual se “Adopta el reglamento de higiene y seguridad para la prevención y el control del riesgo por exposición a sílice cristalina respirable” resolución que nos toca directamente como trabajadores de la industria del vidrio, expuestos a esta materia prima que es comprobadamente cancerígena. Proyecto de resolución con plazo de objeción y/o aportes del 27 de marzo al 12 de abril, proyecto de resolución que queda pendiente de revisión a n de objetar o aportar. Toda la acción administrativa en Colombia, para estos casos en los que los Ministerios están 18

facultados para la expedición de Decreto Particular o Resolución, tienen un trámite que debe estar ceñido a los principios de nuestra Constitución: cumplir con principios de participación ciudadana, o de quien crea puede ser de un sector afectado por las determinaciones descritas en dicho proyecto administrativo, debe ser elaborado y asesorado por los responsables de los procesos estipulados en cada cartera ministerial, ejemplo sencillo para el caso del proyecto del Manual de Calicación, un asesor establecido por ley es la Junta Nacional de Calicación de Invalidez. Además, debe cumplir el derecho de “Publicidad” que es uno de los principios del Estado Social de Derecho y hace referencia a la divulgación de los actos proferidos por una autoridad, con el n de que los intervinientes dentro del proceso o los terceros afectados conozcan de las decisiones y sobre estos se pronuncien, objeten y/o aporten, para realizar una construcción objetiva y participativa. El papel tan importante de los que ostentan la alta dignidad de ser representantes de los trabajadores, es la responsabilidad política de informarse, formarse y tener la capacidad de generar los debates en los problemas sentidos de los trabajadores. Conocemos que el aparato estatal burocratizado en un país como Colombia tiene fuertes deudas con los sectores nancieros,


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