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Pensión social BPC de Brasil

con tipos específicos de discapacidad. En Albania, por ejemplo, los beneficios de AD se reservan para quienes padecen una «discapacidad física, sensorial, mental o psicológica congénita o provocada por un accidente o enfermedad».

La implementación puede resultar compleja debido a los requisitos de información y porque los criterios de discapacidad se pueden impugnar. Los requisitos de información incluyen evaluaciones médicas, funcionales o integrales, como se plantea en el capítulo 4. La subjetividad puede intervenir en el proceso cuando los funcionarios del programa aplican los criterios de elegibilidad a esas evaluaciones. Los criterios de elegibilidad del programa pueden no alinearse o estar correctamente definidos por las evaluaciones médicas o funcionales, lo que requiere cierto grado de discrecionalidad o autodeclaración del trabajador social. Esto puede generar dificultades para comunicar las decisiones de elegibilidad a los solicitantes y una mayor cantidad de quejas y apelaciones, que pueden llegar, incluso, a instancias judiciales. Un ejemplo de ello fue la pensión social Beneficio de Prestaçao Continuada (BPC) de Brasil, un derecho constitucionalmente garantizado para las personas mayores y en condición de discapacidad pobres. En ejercicio de su derecho y de un espacio para interpretar los criterios de elegibilidad, los solicitantes a quienes inicialmente les habían denegado los beneficios apelaron a la justicia, lo que derivó en que esta considerara elegibles a una cantidad importante de beneficiarios (recuadro 5.4).

Recuadro 5.4 Invocación del sistema judicial cuando los beneficios son un derecho constitucional: Pensión social BPC de Brasil

En términos de desembolsos públicos, la pensión social Beneficio de Prestaçao Continuada (BPC) es el programa de asistencia social más grande de Brasil. El BPC ofrece apoyo a los ingresos de personas mayores y en condición de discapacidad pobresa. Los desembolsos del BPC han aumentado del 0,3 % al 0,69 % del PIB en el período 2000-2015. Esto se compara con los desembolsos del conocido programa de transferencia monetaria condicionada Bolsa Família, que representó el 0,45 % del PIB (en 2015).

La ampliación de la cobertura fue uno de los factores clave que impulsó el aumento de los

desembolsos del BPC. Concretamente, la cobertura se amplió de 1,6 millones de personas en 2002 a un total de 4,2 millones en 2015. Las personas en condición de discapacidad representan el mayor grupo de beneficiarios, 55 % de los beneficiarios del BPC en 2015, y las personas mayores representaban el otro 45 %. El envejecimiento y el cambio demográfico dan cuenta de algunas presiones ascendentes, aunque no todas, de la cobertura del BPC.

Un factor que explica la ampliación de la cobertura es la mayor frecuencia de la elegibilidad

por orden judicial para los beneficios del BPC, debido a los fundamentos legales del BPC, vinculado a los derechos constitucionales. Por ello, muchos solicitantes recurrieron a la justicia para acceder a estos beneficios cuando rechazaban las solicitudes presentadas por los canales regulares en las oficinas de seguridad social. Numerosos estudios han documentado el rol del poder judicial en la asignación de beneficios, lo que pone de manifiesto las tensiones entre la agenda de los derechos ciudadanos, los problemas prácticos de la implementación y las presiones fiscales. De hecho, una porción importante y cada vez mayor de los beneficios responden a una orden judicial, y alcanzó el 18,7 % de todos los beneficios del BPC hacia 2015, en comparación con el 2,6 % de 2004. Los dos problemas planteados con mayor frecuencia involucran (1) el estado de la discapacidad y (2) los criterios de ingreso, con jueces que permiten determinar el sustento mediante factores diferentes del ingreso. En efecto, la porción de beneficios por discapacidad del BPC asignados por orden judicial llegó cerca del 30 % en 2015 y, como se mencionó anteriormente, la cobertura total de los beneficios por discapacidad creció particularmente rápido en los últimos años, con un aumento promedio

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