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Golpe a los derechos adquiridos de las minorías y comunidad LGBTTQI+

Rafelli González >rgonzalez@elvocero.com @rafellilaw

En idénticas votaciones de seis jueces a favor y tres en contra, dos casos resueltos por el Tribunal Supremo de Estados Unidos en un lapso de 48 horas pudieran representar el derrumbe sistémico de ciertos derechos adquiridos por minorías y grupos étnicos desventajados en materia del derecho a la educación y a no ser discriminados.

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Ese es el consenso de dos expertos en derecho sobre las opiniones emitidas en los casos Students for Fair Admissions Inc. v. President & Fellows of Harvard College (que elimina el discrimen positivo o acción afirmativa para aumentar la diversidad estudiantil en universidades) y Creative LLC v. Elenis (que permite que un diseñador web discrimine a la hora de decidir si crear un producto o servicio).

A preguntas de EL VOCERO, el presidente del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico opinó que ambas jurisprudencias afectan de diversas vertientes las posibilidades de empatar la pelea en la lucha por la equidad y justicia social para personas de raza negra y la comunidad LGBTTQI+, grupos que quedaron atrapados, no solo entre el ala fundamentalista de extrema derecha, sino en la lucha política preeleccionaria entre demócratas y republicanos.

“Es evidente que en los dos casos es la erosión de los derechos civiles adquiridos por grupos minoritarios y marginados. Tú tienes, en el caso de acción afirmativa, que es una promesa de campaña de los republicanos de eliminarlo en detrimento a la diversidad en nuestras universidades; y en el segundo, este aparente choque entre la libertad de religión, libertad de expresión y el discrimen, donde nuevamente el ala religiosa en esta última sale airosa con que podemos discriminar por motivaciones religiosas”, manifestó el licenciado Manuel Quillichini García.

¿Qué harán las universidades para mantener una matrícula representativa de todas las razas?, cuestionamos.

“Lo que sucede es que tenemos un mercado diverso, una sociedad diversa de hispanos, asiáticos, de países de medio oriente, y estas políticas afirmativas venían beneficiando a un sector en detrimento de otros. Yo creo que lo que va a pasar es que las universidades van a buscar otras metodologías para mantener la diversidad”, sostuvo el letrado, quien recordó que en la decisión se dejó abierta la puerta para que las instituciones postsecundarias consideren otros factores en conjunto

>Jacquelyn Martin/AP

es evidente que en los dos casos es la erosión de los derechos civiles adquiridos por grupos minoritarios y marginados. Tú tienes en el caso de acción afirmativa, que es una promesa de campaña de los republicanos de eliminarlo en detrimento a la diversidad en nuestras universidades, y en el segundo este aparente choque entre la libertad de religión, libertad de expresión y el discrimen, donde nuevamente el ala religiosa en esta última sale airosa con que podemos discriminar por motivaciones religiosas.

con la raza del candidato para lograr una población estudiantil más diversa.

Permitido el discrimen en industrias creativas

Por su parte, la catedrática de derecho constitucional y doctora en sociología, licenciada Yanira Reyes Gil, se mostró preocupada con la determinación del Supremo federal para dejar de impedir un tipo de discrimen por orientación sexual cuando se trate de proveer un servicio de carácter creativo a las personas de la comunidad LGBTTQI+, pues podría ser un acelerante a que a este y a otros grupos históricamente marginados se les dificulte acceder otros servicios.

“Imagínate qué terrible que tú puedas anunciar que aquí no se dan servicios para las parejas gay. Esto puede tener unas impli- imagínate qué terrible que tú puedas anunciar que aquí no se dan servicios para las parejas gay. esto puede tener unas implicaciones muy graves. imagínate que entonces ahora una persona diga que por sus convicciones religiosas cristianas no le va a dar servicio a personas musulmanas o que por sus ideologías políticas no le va a dar el servicio a personas que no sean republicanas y que lo pueda anunciar de esa forma.

Yanira Reyes Gil catedrática de Derecho constitucional

caciones muy graves. Imagínate que entonces ahora una persona diga que por sus convicciones religiosas cristianas no les va a dar servicio a personas musulmanas o que por sus ideologías políticas no les va a dar el servicio a personas que no sean republicanas y que lo pueda anunciar de esa forma. Eso va a provocar mayor discrimen a nivel social, no solamente de esa persona que brinde el servicio, sino de otras personas que vean y piensen que es legítimo negarles el espacio a personas de orientación sexual en este caso, pero pudiera ser por otras razones”.

En entrevista con este medio, Reyes Gil recordó que la opinión del Supremo estadounidense contrasta con la amplia legislación federal aprobada por los estados tras la aprobación de la Ley de Derechos Civiles.

“Este caso tiene que ver con una ley que establece el no discrimen en espacios públicos y de servicio establecido por el estado de Colorado. En Puerto Rico yo no le veo un impacto directo en el sentido de que tendría que existir alguien que se niegue a darle servicio a una persona por su orientación sexual, pero en el caso nuestro tenemos la ley que prohíbe el discrimen por orientación sexual en el empleo”, acotó la jurista, quien ve poco probable, pero no imposible, que en Puerto Rico se intente emular esta determinación.

“Quizás si alguien se empodera porque piensa que tiene un espacio a partir de estas decisiones y trata de retar las leyes antidiscrimen en Puerto Rico, podría ser, pero yo tengo la esperanza de que los tribunales recuerden que la Constitución protege de manera más estricta los derechos de la igual protección de las leyes y protege en específico por razón de sexo y por razón de raza, no necesariamente por orientación sexual; pero me parece que en Puerto Rico hay una tendencia más clara que en la Constitución federal”, enfatizó la profesora.

“La división de los jueces es claramente ideológica, puedes ver ahí directamente los seis jueces conservadores nombrados por presidentes republicanos que se alinean para hacer decisiones que ignoran realidades y problemas sociales en pos de lograr un análisis textualista y originalista de la Constitución. En este caso, los jueces de la mayoría que firman la opinión establecen una línea de que la Constitución debe ser analizada de manera ciega y llevan a cabo un análisis del texto de la Decimocuarta Enmienda que desconoce o trata de ignorar que la razón principal por la que se estableció esa enmienda no fue de manera neutral, sino para atender el tema de discrimen y segregación racial que existía en Estados Unidos”, concluyó.

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