El Vocero de Puerto Rico

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CARMEN ROSA DIAZ TORRES Demandante vs.

CRISTOBAL DIAZ CAMACHO Demandado CIVIL NUM. EAC2012-0053. SOBRE: LIQUIDACION DE COMUNIDAD HEREDITARIA. EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. SS. A: CRISTOBAL DIAZ CAMACHO. Se le notifica que hay una demanda radicada contra usted sobre Liquidación de Comunidad Hereditaria. Se le apercibe que de no comparecer usted dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación de este Edicto, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia concediendo los términos solicitados. Dirija su comparecencia a la siguiente persona y dirección: Lcdo. Carlos Vicky Morell Borrero Apartado 8247 Caguas, Puerto Rico 00726. Tel. Núm. (787) 746-9156. Fax Núm. (787) 7431505. DADA en Caguas, Puerto Rico a 08 MAR 2012. Carmen Iris García Pérez, Secretaria Regional. Secretario (a). Lili Rodríguez Rodríguez, Sub-Secretario (a).

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CIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. SALA SUPERIOR DE ARECIBO.

CARLOS ENRIQUE CASTILLO MARTINEZ PETICIONARIO

EX-PARTE

CIVIL NUM. CJV2012-0098. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. EN EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: MUNICIPIO DE HATIAmistad, matrimonio ofic. Cel LLO, JOSE M. TALAVERA, 787 455-1261 también internet MARGARITA CUBERO, DEwww.clubbuscandopareja.com PARTAMENTO DE JUSTICIA, FISCALIA DE ARECIBO, DEPTO. DE TRANSPORTACION Y OBRAS PUBLICAS. Y a todo el que tenga algún derecho real sobre el inmueble descrito en esta petición de dominio, a las personas ignoradas, a quienes pueda perjudicar la inscripción y en general, a toda persona que desee oponerse. Por la presente se le notifica para que comparezcan, si creen que les conviene, ante este Honorable Tribunal dentro de veinte (20) días a exponer lo que sus derechos convenga en el Expediente de Dominio promovido para inscribir la siguiente propiedad: A. “RUSTICA”: Radicada en el barrio Naranjito del término municipal de Hatillo, Puerto Rico. Compuesta de veinticinco céntimos de una cuerda

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de terreno (0.25 cdas.), equivalentes a mil ocho punto cero nueve treinta y dos metros cuadrados (1.008.0932). En lindes al Norte, con Parcela “A”, propiedad de Felícita Colón Marcial antes, ahora con terreno de Margarita Cubero; al Sur, Celedonio Talavera antes, ahora con terrenos de José M. Talavera; al Este, con Lugas Cordero antes, hoy terrenos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y al Oeste, con carretera municipal. Enclava en dicho solar una edificación dedicada a comercio la primera planta y a vivienda la segunda planta. La propiedad no consta inscrita. Dicha propiedad está libre de gravámenes. Debe notificar de sus alegaciones a la representación legal del peticionario, Lcdo. Gilberto Salas Arana, Calle Fernando Velázquez #77, Hatillo, Puerto Rico 00659, y para publicarse conforme a la orden de citación por edictos en uno de los diarios de circulación general de esta Isla, expedido en Arecibo, Puerto Rico, hoy a MAR 9 2012. Mariluz Díaz Rodríguez, Secretaria Regional. Secretaria (o). Rosa Guzmán Román, Secretaria Auxiliar. Por: Sub-Secretaria (o).

Rico; con cabida superficial de 1021.1147 metros cuadrados, equivalentes 0.2595 cuerdas. En lindes por el Norte en distancia de 36.9659 metros con Emanuel Martínez; por el Sur en distancia de 37.5874 metros con Julia Portalatín hoy, y Milagros Santos; por el Este en distancia de 28.7551 metros con Félix Carillo y por el Oeste en tres distancias que suman 26.3575 metros con camino municipal que accesa a la Carretera Estatal. Este Tribunal ordenó la publicación de este Edicto tres veces dentro del término de veinte (20) días, en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico para que las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción solicitada, a los que tengan en dicha propiedad cualquier derecho real y en general a todo el que desee oponerse, pueda verificarlo dentro del término de veinte (20) días contados desde la última publicación del Edicto. Y para su cumplimiento, libro el presente bajo mi firma y sello del Tribunal de Bayamón, hoy día 16 de marzo de 2012. Migdalia Rivera Colón, Secretaria Regional. Secretaria. Yamaira Nieves Colón, Secretaria Auxiliar del Tribunal I. Sub-Secretaria.

CB-8433. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRI- ED-3428 ESTADO LIBRE ASOBUNAL DE PRIMERA INSTAN- CIADO DE PUERTO RICO. TRICIA. SALA DE PONCE. BUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE ARECIBO.

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JULIO CENTENO SANTIAGO y LYDIA PEREZ MORALES

Demandante V.

Ex-Parte

SUCESION DEL SR. ELIODORO OCASIO TORRES CONSTITUIDA POR SUS HEREDEROS ELIOT OCASIO VELEZ MARJORIE OCASIO VELEZ Y KICO OCASIO VELEZ Y MENGANO DE TAL Demandados CIVIL NUM.: JCD2011-0876. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: SR. KICO OCASIO TORRES. Se le notifica a usted que se ha radicado en esta Secretaría la Demanda de epígrafe. Se le emplaza y requiere para que conteste la demanda, radicando el original de la contestación ante este Tribunal, con copia a la parte demandante, por conducto de su representante legal, Lcdo. Carlos R. Padilla Montalvo, quien tiene oficina situada en la 951 Avenida Hostos Suite 101, Ponce, Puerto Rico 00716-1103, y con teléfono (787) 284-5000, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Si dejare de hacerlo podrá dictarse sentencia en rebeldía contra usted, concediéndose el remedio solicitado en la demanda sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello de este Tribunal, en Ponce, Puerto Rico, hoy día 29 de marzo de 2012. Evelyn Casasnovas Maldonado, Secretaria Regional. Secretaria. Por: Michelle Vázquez Olivieri, Secretaria Aux. del Tribunal. Secretaria Auxiliar.

Peticionarios CIVIL NUM.: CJV2011-0667 (0401). SOBRE: INFORMACION DE DOMINIO. EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de P.R. ss. A: TODO el que tenga algún derecho real sobre el inmueble descrito en esta petición de dominio, las personas ignoradas a quienes puedan perjudicar la inscripción, así como a los colindantes, causahabientes o herederos y en general a toda persona que desee oponerse. Por la presente se le notifica que comparezcan, si creyesen que les conviene, ante este Honorable Tribunal dentro de VEINTE (20) días a partir de la última publicación de este EDICTO, el, que se publicará por tres (3) veces y exponer lo que a sus derechos convenga en el expediente promovido por la parte peticionaria, para adquirir su dominio sobre la siguiente finca: URBANA: Radicada en la acera Sur de la Calle Santiago, Barrio San Felipe, del término municipal de Arecibo, Puerto Rico, con una cabida superficial de ciento dieciséis metros cuadrados con ochenta y cinco centímetros (116-85MC). En lindes por el Norte, con la Calle Puro Girau; por el Sur, con Livia Boneta; por el Este, con Callejón nombrado La Alcantarilla y por el Oeste, con Benjamín Rivera. No consta inscrita, libre de cargas y gravámenes. Catastro número cero seis guión cero doce guión cero ochenta y seis guión ciento setenta y nueve guión cero seis guión cero cero uno. (06-012086-179-06-001). Deberá notificar con copia de sus alegaciones al LCDO. RAFAEL E. DELGADO ROMAN, P.O. BOX 10, GARROCHALES, PUERTO RICO 00652, Tel. 787-878-2845. De no oponerse dentro del término, se concederá lo solicitado. En Arecibo, Puerto Rico a 2 MAR 2012. MARILUZ DIAZ RODRIGUEZ, SECRETARIA REGIONAL. ANABEL PEREZ RIOS, SECRETARIA AUXILIAR. TRIBUNAL I.

CB-8357. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTAN- CB-8427. ESTADO LIBRE ASOCIA. SALA SUPERIOR DE BA- CIADO DE PUERTO RICO. TRIYAMON. BUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

YOZYBEL MARTINEZ SANTOS LUIS CARLOS DEL POZO CRESPO Peticionarios

EX PARTE CIVIL NUM.: DJV2012-0355. SOBRE: SALON 603. INFORMACION DE DOMINIO. EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: Personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción; al que tenga algún derecho real en la propiedad; y a todo el que desee oponerse. POR CUANTO: Los peticionarios representados por su abogada, Lcda. Lillian Jiménez Navedo, con dirección postal en Apartado 4535, Vega Baja, Puerto Rico 00694, presentó una solicitud en la Secretaría de este Tribunal interesando se decrete a su favor el dominio de la siguiente propiedad: -RUSTICA: Predio de terreno localizado en la Carretera Estatal 687, interior, del Barrio Guarico Viejo del término municipal de Vega Baja, Puerto

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante vs.

JOSE MANUEL GAZMEY GONZALEZ y su esposa NILDA GLORIA SANTIAGO NEGRON y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos

Demandados CIVIL NUM: FCD2011-1166 (404). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. Al: Público en general. A: JOSE MANUEL GAZMEY GONZALEZ y su esposa NILDA GLORIA SANTIAGO NEGRON y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos. Yo, Sa-

muel González Isaac, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 4 de junio de 2012, a las 10:00 de la mañana en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, Carolina, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 11 de junio de 2012, a la 1:00 de la tarde y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 18 de junio de 2012, a la 1:00 de la tarde en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar marcado con el número 3 del Bloque “CM” de la Urbanización Jardines de Country Club, localizado en el Barrio Sabana Abajo del término municipal de Carolina, Puerto Rico, con una cabida de 300.38 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en 22.25 metros, con el solar número 2 del mismo bloque; por el Sur, en 22.25 metros, con el solar número cuatro (4) del mismo bloque; por el Este, en 13.50 metros, con el solar número 38 del mismo bloque; y por el Oeste, en 13.50 metros, con la Calle Número 149. Sobre dicho solar enclava una casa construida de concreto armado y bloques para fines residenciales. Inscrita al folio 170 vuelto del tomo 328 de Carolina, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Primera, finca número 12439, inscripción séptima. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $86,326.33 de principal, intereses al 5 1/8% anual, desde el día 1ro. de enero de 2011, hasta su completo pago, más la cantidad de $11,700.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $117,000.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquélla, o sea, la suma de $78,000.00 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $58,500.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. En testimonio de lo cual, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Carolina, Puerto Rico, a 14 de marzo de 2012. Samuel González Isaac, Alguacil Tribunal Sala Superior de Carolina. ED-3521 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE GUAYAMA.

SCOTIABANK DE PUERTO RICO Demandante vs.

DIOCELIN GONZALEZ ORTIZ Demandada CIVIL NUM. GCD2007-0411 (302). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. AL: Público en general. A: DIOCELIN GONZALEZ ORTIZ. Yo, Héctor Pérez Santiago, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 4 de junio de 2012, a las 11:00 de la mañana en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, Guayama, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera su-

basta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 11 de junio de 2012, a las 11:00 de la mañana; y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 18 de junio de 2012, a las 11:00 de la mañana en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar marcado con el Número Uno (1) del Bloque “B” (1-B) de la Urbanización El Palmar, localizado en el término municipal de Arroyo, Puerto Rico, con un área superficial de doscientos seis punto noventa y dos metros cuadrados (206.92 m.c.). En lindes por el NORTE, en una distancia de veintiséis punto veintinueve metros (26.29 m.), con el Solar Número Dos (2); por el SUR, en una distancia de catorce punto cuarenta y tres metros (14.43 m.), con el remanente Número Dos (2); por el ESTE, en una distancia de diez punto quince metros 10.15 m.), con la Calle Número Uno (1) y por el OESTE, en una distancia de quince punto cincuenta y siete metros (15.57 m.), con Recursos Naturales. Enclava una (1) casa para fines residenciales construida de hormigón armado compuesta de sala, cocina-comedor, un (1) baño y tres (3) cuartos dormitorios. Inscrita al folio móvil del tomo 175 de Arroyo, Registro de la Propiedad de Guayama, finca número cuatro mil novecientos ocho (4,908), inscripción cuarta. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $54,469.97 de principal, intereses al 6% anual, desde el día 1ro. de febrero de 2010, hasta su completo pago, más la cantidad de $6,305.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será la suma de $63,050.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquélla, o sea, la suma de $42,033.33 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $31,525.090. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Guayama, Puerto Rico, a 23 de abril de 2012. HECTOR PEREZ SANTIAGO, ALGUACIL I. PLACA #695. SUPERVISOR. CB-8428. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON. SALA SUPERIOR.

DORAL BANK Demandante v.

La Sucesión de JUAN RIVERA DEL VALLE t/c/c JUAN CARLOS RIVERA DEL VALLE compuesta por FULANO DE TAL y SUTANA DE TAL Departamento de Hacienda por conducto de la División de Caudales Relictos y Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) Demandados Civil Núm. DCD2012-0228 (401). Sobre: Cobro de dinero y Ejecución de hipoteca por la vía ordinaria. Emplazamiento por edicto. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A la parte demandada: Los herederos desconocidos de Juan Rivera del Valle t/c/c Juan Carlos Rivera del Valle denominados como Fulano y Sutana de Tal a su última dirección conocida Física: 131 Calle 2, Comunidad Ceiba, Vega Baja, PR 00693. Postal Bo. Pueblo Nuevo, 6 Calle 4, Vega Baja, PR 00693-4848. Por la presente se le (s) notifica que se ha radi-

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cado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en cobro de dinero y ejecución de hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $59,590.04 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.500% anual desde el 1 de mayo de 2010. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $6,300.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de número 606, otorgada ante el notario Julián Antonio Parrilla Boria, el día 13 de diciembre de 2005, sobre la finca número 28,702 inscrita al folio 156 del Tomo 397 del Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Cuarta. Este Tribunal ha ordenado que se le (s) cite a usted (es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le (s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste (n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la contestación de la demanda a las oficinas de Martínez & Torres Law Offices, P.S.C. Atención al Lcda. Nathalia M. Rivera Florez P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel. (787) 7678244, Fax (787) 767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le (s) advierte que si dejare (n) de contestar la demanda en el periodo de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted (es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle (s) ni oírle (s). Expedido bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. Dada hoy 13 de abril de 2012, en Bayamón, Puerto Rico. Migdalia Rivera Colón, Secretaria Regional II. Sandra Báez Hernández, Secretaria Auxiliar del Tribunal I. ED-3493 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE MAYAGUEZ.

SONIA ANGELICA PIZZINI JOURNET Demandante VS.

DOMINGO SORIANO CARMONA

Demandado CIVIL NUMERO: I1CI200801095. SOBRE: COBRO DE DINERO E INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO. AVISO DE VENTA JUDICIAL. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez, Puerto Rico, le NOTIFICA: A) Al público en general B) A la parte demandada C) A las personas que tienen o puedan tener derechos sobre el bien objeto de venta, y que se describe a continuación: URBANA: Propiedad Horizontal - Apartamento residencial de forma irregular, ubicado en la tercera planta del Condominio Libertad, identificado con el número TRES-UNO. Tiene una cabida superficial de 852.2 pies cuadrados. Colinda por el Norte con una pared que lo separa del apartamento identificado con el número 3-2, con el pasillo de comunicación de los apartamentos y con el apartamento identificado con el número 3-3, por el Sur con pared exterior del edificio que lo separa de la calle Sol, al Este con pared que lo separa de la escalera que comunica a los diferentes pisos, pasillo de comunicación de los apartamentos, con el apartamento identificado con el número 3-3 y con pared exterior del edificio que lo separa de la calle Libertad y por el Oeste, con pared exterior del edificio que a 2.00 metros de separación colinda con solar de Daniel Cintrón Rosario. Consta de 3 dormitorios con sus clósets, sala-comedor, cocina equipada con nevera, estufa-horno y calentador, cuarto de baño y pasillo interior de comunicación. Contiene y le pertenece un balcón al Sur hacia la calle Sol. Consta inscrita al folio 276 del tomo 881 de Mayagüez, finca número 25,858, inscripción quinta. La dirección física donde se encuentra la propiedad a ser subastada es la siguiente: Condominio Libertad, Apartamento Número 3-1, Calle Santiago Riera Palmer, Mayagüez, Puerto Rico. (B) URBANA: Propiedad Horizontal - Apartamento ubicado en el segundo piso del Condominio Libertad, sito en las calles Libertad y Sol del término municipal de Mayagüez, en cuyas dos calles dicho edificio en Condominio hace y constituye esquina. Está identificado con el número DOSCINCO y tiene una cabida superficial de 461.6 pies cuadrados. Colinda por el Norte con pared que lo separa de la oficina enu-


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