EL VOCERO / CLASIFICADOS / MARTES, 2 DE ABRIL DE 2013 CB-1712 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN
JOSE LUIS RODRIGUEZ GUERRIOS Parte Demandante Vs.
SIERRA, also known as MARIA DEL CARMEN ROTUNDO, MARIA DEL CARMEN COATS AND MARIA COATS
ALEXANDER MARRERO GUERRIOS, ETC.
Defendant CIVIL NO.: AEQ20120020 MATTER: CIVIL ACTION, DECLARATORY JUDGMENT AND EXEQUATUR EDICTO Parte Demandada ESTADO LIBRE ASOCIADO DE CIVIL: KAC13-0083 (505). SO- PUERTO RICO, TRIBUNAL DE BRE: LIQUIDACION HERENCIA PRIMERA INSTANCIA, SALA Y COBRO DINERO EDICTO ESSUPERIOR DE AGUADILLA TADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EEUU US EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. A, PARTE DEMANDADA: ALEXANDER MARRERO GUERRIOS, dirección desconocida. POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al tribunal su alegación responsiva a la demanda dentro de los treinta (30) días de haber sido diligenciado este emplazamiento, excluyéndose el día del v. diligenciamiento, notificando copia de la demanda al abogado de la parte demandante, Lic. Isidro A. Escalera Figueroa a la dirección que adelante se indica. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. LIC. ISIDRO A. ESCALERA FIGUEROA Civil Núm. AEQ20120020; AcAbogado Parte Demandante ción Civil, Sentencia Declaratoria Apartado 14341 San Juan, Puer- y Exequátur Emplazamiento por to Rico 00916 Tel. 787-726-7404 Edicto Estados Unidos de AmériFax 787-268-2397 E-mail: isi- ca, El Presidente de los Estados droescalera@gmail.com Expedido en San Juan, Puerto Rico, ba- Unidos, El Estado Libre Asociajo mi firma y sello del Tribunal, do de Puerto Rico A: MARIA hoy FEB 26 de 2013. Lcda. Re- DEL CARMEN PABON SIEbecca Rivera Torres, Secretaria RRA, TAMBIEN CONOCIDA Regional. Secretaria General. COMO MARIA DEL CARMEN Por: María del C. López Figue- ROTUNDO, MARIA DEL CARMEN COATS Y MARIA COATS. roa, Sub-Secretaria. Por la presente se le emplaza y notifica que la parte demandante CB-1715 ESTADO LIBRE ASO- ha presentado demanda de conCIADO DE PUERTO RICO TRI- tra usted, la parte demandada, BUNAL DE PRIMERA INSTAN- solicitando se valide la sentencia CIA SALA SUPERIOR DE emitida el 4 de enero de 1995, por el “Family Division of the CirAGUADILLA cuit Court of the Eleventh Judicial Circuit” del Condado de Dade, estado de la Florida, Estados Unidos de América, en el caso de María del Carmen Rotundo y Anthony M. Rotundo, Caso Núm. 94-25485 PC 04; mediante la cual se concedió el divorcio entre las partes en este litigio y mediante la cual usted le cedió al demandante la participación, título o interés que tuviese en una propiedad inmueble ubicada en PETICIONARIOS el Barrio Borinquen, Sector Playuela del Municipio de Aguadilla, CIVIL NUM. AJV2013-0023 SO- Puerto Rico, y que se describe BRE: EXPEDIENTE DE DOMI- de la siguiente forma: --Rústica: NIO Codificación Núm. 126-000- Solar radicado en el Barrio Borin008-43-998 EDICTO ESTADO quen de Aguadilla, con una cabiLIBRE ASOCIADO DE PUERTO da superficial de 4,929.19 metros RICO: A las personas ignoradas cuadrados; en lindes al Norte, en a quienes pueda perjudicar la dos alineaciones, una de 34.94 y inscripción de dominio solicitada otra de 74.68 metros con el redel inmueble que se describen a manente de la finca principal; al continuación, por la presente se Sur, en 2 alineaciones, una de le notifica que comparezca a ale- 37.50 metros con el solar númegar su derecho si alguno tuvieren ro 2 del plano de inscripción y ante este Tribunal, dentro del tér- otra de 76.13 metros con Alfredo mino de veinte días naturales a Alvarez; al Este, en 53.41 mepartir de la última publicación de tros, con el remanente de la finca este edicto: -RUSTICA: Com- principal con el solar número 2 puesta de UNO PUNTO SIETE del plano de inscripción; y al MIL CERO CINCUENTA Y DOS Oeste, en dos alineaciones, una CUERDAS (1.0752 CDAS.), equivalentes a SEIS MIL SETE- de 22.88 metros con área dediCIENTOS DOS PUNTO CERO cada a uso público y otra de 35 CERO METROS CUADRADOS metros con los solares 1 y 2 del (6.702.0079 M.C.), en el barrio plano de inscripción. Se le reNaranjo de Aguada, Puerto Rico; quiere para que conteste la deen lindes al Norte con carretera manda, copia de cuya demanda municipal; Sur con Sucesión de le será enviada por correo certifiFelipa Echevarría; Este, con Su- cado con acuse de recibo dentro cesión de Felipa Echevarría; y al de los diez días siguientes a la Oeste, con faja verde y Atanasio publicación de este emplazaVillarrubia. En Aguadilla, Puerto miento por edicto, conjuntamente Rico, 6 de febrero de 2013. Ana con el emplazamiento, radicando M. Avilés González, Secretaria el original de la contestación anRegional. Secretario. Firmado, te el Tribunal de Primera InstanSec. Aux. I. cia, Sala Superior de Aguadilla, y notificando copia de dicha contestación a la demanda al abogaCB-1714 ESTADO LIBRE ASO- do de la parte demandante, cuyo CIADO DE PUERTO RICO TRI- nombre, dirección y teléfono son BUNAL DE PRIMERA INSTAN- los que se indican a continuación: Lcdo. Ramiro Lladó MartíCIA SALA DE AGUADILLA nez, Apartado 1821, Rincón, Puerto Rico 00677, Teléfono (787) 823-7894, dentro de los treinta (30) días después de la publicación de este edicto, excluyéndose el día de la publicación. Se le apercibe que en caso de no hacerlo así, podrá dictarse sentencia en rebeldía en contra suya, concediendo el remedio solicitado en la demanda sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal, hoy 20 Plaintiff de febrero de 2013, en Aguadilla, v. Puerto Rico. Ana M. Avilés González, Secretaria Regional. Elizabeth Feliciano López, Secretaria Auxiliar.
Antonio Mario Rotundo Lodgiani, también conocido como Anthony M. Rotundo, Anthony Rotundo y Mario Rotundo
María Del Carmen Pabón Sierra, también conocida como María Del Carmen Rotundo, María del Carmen Coats y María Coats
LUZ MARIA GONZALEZ VALLE, ANA MARIA GONZALEZ VALLE, AMADO GONZALEZ VALLE Y ENRIQUE GONZALEZ VALLE Ex-Parte
ANTONIO MARIO ROTUNDO LODGIANI, also known as ANTHONY M. ROTUNDO as ANTHONY ROTUNDO and as MARIO ROTUNDO MARIA DEL CARMEN PABON
CB-1713 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON
JOSE M. MATOS RODRIGUEZ GLORIA VELAZQUEZ CIFUENTES Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandantes Vs.
PEDRO CASTRO DE LEON JULIA MARIA CASTRO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS JOHN DOE Y JANE DOE ASEGURADORA ABC Demandados CIVIL NUM: D AC2012-2800 SALA: 506 SOBRE: ACCION CIVIL EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: Pedro Castro De León Julia Castro Sociedad Legal de Gananciales, compuesta por ambos Barrio Vietnam 14 Calle S Guaynabo PR 00965 Se le notifica a usted que ha sido radicado en esta Secretaría la Demanda de epígrafe. Se le emplaza y requiere que radique en esta Secretaría el original de la Contestación de la Demanda y que notifique con copia de dicha contestación a la Lcda. Amarilyz E. Guerra Oquendo a su dirección PO Box 194696, San Juan, Puerto Rico 009194696, abogada de la parte demandante, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejare de hacerlo, podrá dictarse contra usted sentencia en rebeldía concediéndose el remedio solicitado en la demanda. EXPEDIDO bajo la firma y sello de este Tribunal Superior, Sala de San Juan, a 25 de febrero de 2013. Migdalia Rivera Colón, Secretaria Regional. Secretaria. Liliana Varela Otero, Secretaria Auxiliar del Tribunal. Sub-secretaria. CB-1726 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR
DORAL BANK Demandante vs.
DORAL MORTGAGE LLC JOHN DOE Demandado CIVIL NUM. DCP2012-0214 701 SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS EMPLAZAMIENTO POR EDICTO A: JOHN DOE Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de DORAL MORTGAGE CORPORATION, hoy día, DORAL MORTGAGE LLC, por la suma de $71,550.00, con intereses al 7.50% anual, vencedero el 1 de julio de 2026 garantizado con una hipoteca constituida mediante la escritura número 274, otorgada en San Juan, Puerto Rico, ante el notario Namyr Hernández Sánchez, inscrita al folio 136 del tomo 1616 de Bayamón, finca 9876, inscripción 6ta, Registro de la Propiedad de Bayamón Sección I. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy MAR 04 de 2013. Migdalia Rivera Colón, Secretaria Regional. Secretaria General. Por: María D. Medina, Sec. de Servicios a Sala.
CB-1711 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE YAUCO
JULIO RAMON TORRES SANTOS por sí y en representación de su hija MARIA ELVIRA PEÑA ORTIZ Demandantes Vs.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE SALUD DE PUERTO RICO MONSERRATE ORTIZ CARABALLO Y ELIAS PEÑA DEMANDADOS CIVIL NUM.: J4CI201300004 SOBRE: NULIDAD DE ENMIENDA DE ACTA DE NACIMIENTO EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: SRA. MONSERRATE ORTIZ CARABALLO, 1315 N 23rd. Ave. Melrose Park, Illinois, Estados Unidos de América y SR. ELIAS PEÑA Queden emplazados y notificados de que en este Tribunal se ha presentado contra ustedes una demanda sobre Nulidad de Enmienda de Acta de Nacimiento, solicitando que se ordene al Registro Demográfico de Puerto Rico, adscrito al Departamento de Salud de Puerto Rico que deje sin efecto la enmienda hecha al Acta de Nacimiento de María Elvira Peña Ortiz, mediante la cual se cambió su apellido de Torres a Peña. Se les advierte que si no contestan la demanda presentando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la contestación a: LCDA. MARIA ELSA SANCHEZ SANTIAGO (RUA: 8279) Abogada de la Parte Demandante P.O. Box 1393 Yauco, PR 00698-1393 Tel. y Fax: (787) 267-8787 dentro del término improrrogable de sesenta (60) días desde la publicación de este Edicto, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado, sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal, hoy 8 de febrero de 2013. Damaris E. Soto Rodríguez, Secretaria del Tribunal II. Delia Aponte Velázquez, Nombre del Sub-Secretario (a).
CB-1795 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMON
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO como sucesor en derecho de POPULAR MORTGAGE, INC. Demandante Vs.
CHAMPION MORTGAGE CORPORATION; RG MORTGAGE CORPORATION; JOHN DOE y RICHARD DOE Demandado CIVIL NÚM. HICI201300119 DCP2013-0034 (402) SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: CHAMPION MORTGAGE CORPORATION; JOHN DOE, RICHARD DOE Por la presente se les notifica que ha sido presentada en este Tribunal una Demanda en su contra en el pleito de epígrafe. El abogado de la parte demandante es el Lcdo. Antonio A. Hernández Almodóvar, Rivera-Munich, Eliza & Hernández Law Offices, P.S.C.; P.O. Box 364908, San Juan, PR 00936-4908; Tel. (787) 622-2323 Fax (787) 622-2320. Se le advierte que este edicto se publicará en un (1) periódico de circulación general una (1) sola vez y que si no comparece a contestar dicha Demanda radicando el original de la misma en el Tribunal de Bayamón, con copia al abogado de la parte demandante, dentro del término de treinta (30) días contados a partir de la publicación del edicto, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello de este Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día MAR 01 2013. Migdalia Rivera Colón, Secretaria Regional. Secretario. Nereida Quiles Santana, Secretaria Auxiliar del Tribunal I Sub-Secretario.
CB-1782 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCB-1799 ESTADO LIBRE ASO- CIA CENTRO JUDICIAL DE BACIADO DE PUERTO RICO TRI- YAMON SALA SUPERIOR BUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAParte Demandante ROLINA SALA SUPERIOR VS.
DORAL BANK
MARIA SALOME USETA GUTIERREZ Demandante v.
GIOVANNI ORTIZ MARRERO Demandado CIVIL NUM. FDI2013-0040 SALA: 303 SOBRE: DIVORCIO POR SEPARACION EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: GIOVANNI ORTIZ MARRERO DE: MARIA SALOME USETA GUTIERREZ, representada por: Lcda. Flor Selenita Rodríguez González Golden View Plaza Apt. 507 San Juan, P.R. 00924 Tel. (787) 647-1256 C/e: selenirodriguez@gmail.com POR LA PRESENTE se le emplaza y se le notifica que la parte demandante ha presentado ante este tribunal, demanda contra usted, solicitando la concesión del siguiente remedio: Divorcio por la causal de Separación. Se le apercibe que si no compareciere usted a contestar dicha demanda dentro del término de los treinta (30) días a partir de la publicación de este Edicto ante el Tribunal correspondiente y notificando copia de la misma a la parte demandante, a la dirección antes indicada, podrá dictarse sentencia en rebeldía en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oírle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA Y CON EL SELLO DEL TRIBUNAL, hoy día MAR 06 de 2013, en Carolina, P.R. Miriam Rosa Maldonado, Secretaria Regional. Secretaria del Tribunal. María de L. Oquendo Rivera, Secretaria Auxiliar del Tribunal SubSecretaria
ANTONIO SAAD MARRERO Parte Demandada CASO NÚM. DCD2012-3537. SALÓN NÚM. 402 ACCIÓN CIVIL DE COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. SS. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: ANTONIO SAAD MARRERO Quede emplazada (o) y notificada (o) que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria en la que se alega que usted le adeuda a la parte demandante lo siguiente: La suma de $154,723.93 de principal, más los intereses sobre dicha suma al 7.125% anual desde el día 1ro. de noviembre de 2010, hasta su completo pago, más las primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora y cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de primera hipoteca, desde la fecha antes mencionada y hasta la fecha del total pago de las mismas, más la suma de $16,000.00 para gastos, costas y honorarios de abogados. La propiedad hipotecada cuya ejecución se solicita tiene la siguiente descripción y localización: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Santa Rosa, situado en el Barrio Juan Sánchez de Bayamón, que se describe en el plano de inscripción de la urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Solar Número 31 de la manzana 50, con un Area de 333.48 metros cuadrados. En lindes por el
Norte, con el solar Número 32, en una distancia de 21.00 metros; por el Sur, con el solar Número 30, en una distancia de 21.00 metros; por el Este, con solares Número 3 y 4, en una distancia de 15.88 metros; y por el Oeste, con la calle número 25, en una distancia de 15.88 metros. Enclava una casa de concreto. Inscrita al folio 221 del tomo 193 de Bayamón, Registro de Bayamón, Sección I, finca número 8896. Se le advierte que si no contesta la demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la misma al LCDO. RAFAEL BRAS BENITEZ del Bufete Vázquez & Vizcarrondo LLP, a su dirección P.O. Box 195389, San Juan, Puerto Rico 009195389, Tel. (787) 999-5252, Fax (787) 751-1038 dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto en un periódico de circulación diaria, se le (s) anotará la rebeldía y se le (s) dictará sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin más citarle (s) ni oírle (s). EXPEDIDO BAJO MI FIRMA Y SELLO DE ESTE TRIBUNAL. En Bayamón, Puerto Rico, hoy día 27 de febrero de 2013. Migdalia Rivera Colón, Secretaria Regional. Secretaria (o) General. Por: Julianna Valentín Ayala, Secretaria Auxiliar. Sub-Secretaria (o).
ED-7611 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN SEBASTIAN.
BANCO SANTANDER PUERTO RICO Demandante V.
ISRAEL MARTINEZ PAGAN su esposa MARILYN CARDONA RAMOS y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos Demandado(a) CIVIL NUM: A2CI201000829. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA (IN REM). NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: ISRAEL MARTINEZ PAGAN, MARILYN CARDONA RAMOS y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 13 de febrero de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 18 de marzo de 2013. EN SAN SEBASTIAN, Puerto Rico, el 18 de marzo de 2013. JUANITA IBARRONDO ESPINOZA, SECRETARIA INTERINA. CARMEN M. RODRIGUEZ, SECRETARIA AUXILIAR. FIRMA SECRETARIA AUXILIAR.
MELENDEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Parte Demandada CASO NÚM. DCD2012-2349. SALÓN NÚM. 703 ACCIÓN CIVIL DE COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. SS. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: GLENDA GONZALEZ MELENDEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA CON LUIS E. CABAN MUÑIZ T/C/C LUIS ENRIQUE CABAN MUÑIZ Quede emplazada y notificada que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria en la que se alega que usted le adeuda a la parte demandante lo siguiente: La suma de $93,387.61 y $30,569.29 de principal, más los intereses sobre dicha suma al 7.50% y 9.45% anual desde el día 1ro. de noviembre de 2011, hasta su completo pago, más las primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora y cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de primera hipoteca, desde la fecha antes mencionada y hasta la fecha del total pago de las mismas, más la suma de $10,537.50 y $3,240.00 para gastos, costas y honorarios de abogados. La propiedad hipotecada cuya ejecución se solicita tiene la siguiente identificación y localización: RUSTICA: Propiedad Horizontal: Apartamento D-5. De forma sustancialmente rectangular dedicado a vivienda localizada en el Sureste de la parcela 24 de la urbanización Dorado Investment, hoy Condominio Lomas del Mar de Vega Alta, Puerto Rico, con un área privada de 2,263.80 pies cuadrados. En lindes por el NORTE, en 29.95 metros, con pared exterior que da a elementos comunes del edificio; por el SUR; en 25.25 pies y 4.00 pies, con pared exterior que da hacia elementos comunes del edificio; por el ESTE, en 41.58 pies, con pared exterior que da hacia elementos comunes del edificio; y por el OESTE, en 20.50 pies y 21.08 pies, respectivamente, con paredes exteriores que dan hacia elementos comunes del edificio. Consta este edificio de dos plantas, en cuya primera planta hay espacio para estacionamiento de automóviles, 1 baño, espacio abierto para actividades recreativas y escalera que da acceso al segundo piso. La segunda planta consta de 3 cuartos dormitorios, 2 baños, sala-comedor, cocina, pasillo y balcón. Consta además de una entrada para automóviles (driveway), que parte desde la calle hasta el edificio y mide 355.55 pies cuadrados. Corresponde a este edificio en los elementos comunes generales, una participación equivalente a 4.30%. Inscrita al folio 74 del tomo 69 de Vega Alta, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III, finca número 4,575. Se le advierte que si no contesta la demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la misma al LCDA. MARIELA MORALES CAMPS del Bufete VAZQUEZ & VIZCARRONDO LLP, a su dirección P.O. Box 195389, San Juan, Puerto Rico 00919-5389, Tel. (787) 999-5252, Fax (787) 7511038 dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto en un periódico de circulación diaria, se le (s) anotará la rebeldía y se le (s) dictará sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin más citarle (s) ni oírle (s). EXPEDIDO BAJO MI FIRMA Y SELLO DE ESTE TRIBUNAL. En Bayamón, Puerto Rico, hoy día 26 de febrero de 2013. Migdalia Rivera Colón, Secretaria Regional. Secretaria (o) General. Por: Vivian J. Sanabria, Secretaria Auxiliar del Tribunal I, Sub-Secretaria (o)
CB-1783 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR ED-7616 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANParte Demandante CIA, SALA SUPERIOR DE CAVS. GUAS.
DORAL BANK
LUIS E. CABAN MUÑIZ T/C/C LUIS ENRIQUE CABAN MUÑIZ; GLENDA GONZALEZ
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
SUCESION
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DE JUAN RAMON DE ARCE RODRIGUEZ t/c/c JUAN RAMON DEARCE RODRIGUEZ t/c/c JUAN R. DE ARCE RODRIGUEZ t/c/c JUAN RAMON DE ARCE compuesta por sus hijas menores de edad JOANLIZ NICOLE DE ARCE PEREZ y VALERIE NICOLE DE ARCE PEREZ LIZBETH PEREZ OLIVERAS t/c/c LISBETH PEREZ OLIVERAS t/c/c LISBETH PEREZ por sí y en la cuota viudal usufructuaria FULANO DE TAL y MENGANO DE TAL como posibles herederos desconocidos DEPARTAMENTO DE HACIENDA por conducto de la DIVISION DE CAUDALES RELICTOS; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM) Demandados CIVIL NUM. E CD2013-0190 (612). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de PR S.S. A: FULANO DE TAL y MENGANO DE TAL, como posibles herederos desconocidos con interés en la SUCESION DE JUAN RAMON DE ARCE RODRIGUEZ t/c/c JUAN RAMON DEARCE RODRIGUEZ t/c/c JUAN R. DE ARCE RODRIGUEZ t/c/c JUAN RAMON DE ARCE. Por la presente se notifica que la parte demandante ha presentado ante este Tribunal una demanda sobre cobro de dinero Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria, en la que alega usted(es) adeuda(n) l a suma de $57,733.99 de principal; intereses al 7.00%, los cuales se acumulan mensualmente hasta el saldo total de la deuda; $96.64 por concepto de cargos por mora y $218.55 por concepto de cargos por escrow; los cuales continúan cumulándose hasta el saldo total de la deuda; más la suma de $7,226.80 por concepto de honorarios de abogado, más los recargos pactados desde la fecha antes indicada acumulándose mensualmente, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Se le advierte que si no contesta la demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la contestación al Bufete de SERGIO RAMIREZ DE ARELLANO al Banco Popular Center, Suite 1022 209 Ave. Muñoz Rivera San Juan, PR 00918-1009 Tel. 765-2988; 764-6392 Fax Núm. 765-2973, dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto, se le anotará la rebeldía y se le dictará sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello de este Tribunal. En Caguas, Puerto Rico, a 08 MAR 2013. CARMEN IRIS GARCIA PERES, SEC. REGIONAL. POR: LILI RODRIGUEZ RODRIGUEZ, SUB-SECRETARIA.