Edicion 20 de Marzo de 2013

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MIIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013 / AÑO XXXVIII / NÚM.12001 / SAN JUAN, PUERTO RICO

CLASICO MUNDIAL DE BEISBOL

¡CLÁSICA HAZAÑA! S-3

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Puerto Rico fue frenado por RD en la final del Clásico Mundial, pero las memorias y el impacto de su inolvidable avance dejan su marca en la Isla y en el béisbol


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Muy fuerte República Dominicana JORGE FIGUEROA LOZA, EL VOCERO

Suplemento Especial

Los quisqueyanos dominaron 3-0 a Puerto Rico para coronarse invictos en el Clásico El campeonato del Clásico Mundial de Béisbol se quedó en el Caribe y el trofeo, no obstante, no viajará a Borinquen, sino a la Española. Edwin Encarnación bateó un doble de dos carreras en la primera entrada y Puerto Rico no pudo descifrar a los lanzadores de República Dominicana, quienes los blanquearon 3-0 para coronarse como nuevos campeones del torneo en un mojado AT&T Park de San Francisco.

Director de Deportes Omar Marrero Rivera

Director Asociado de Deportes Víctor O. López Hernández

VP Sénior de Ventas Edwin Cruz

Diseño Gráfico Héctor Vázquez

Reporteros Jorge Figueroa Rafi Rivera José Ortuzar

Quisqueya se reivindicó en el Clásico, perfectos en ocho salidas para borrar la decepcionante presentación en el 2009, cuando fue eliminada por Holanda en primera ronda. Además, terminó esta edición con marca de 30, con dos blanqueadas, ante sus vecinos y acérrimo rival. Puerto Rico cayó 4-2 por el liderato del Grupo C en el estadio Hiram Bithorn; en la segunda ronda, le recetaron nueve ceros al salir del Marlins Park 2-0 antes de desquitarse contra los holandeses en semifinales. “Un poco triste. Jugamos con el corazón, y dimos todo, pero perdimos contra el mejor equipo, Dominicana”, dijo el patrullero central boricua Ángel Pagán al MLB Network.

“Tiene que jugarlo (el Clásico)”, expresó Pagán sobre si el resultado motivará a los peloteros ausentes a integrarse para la próxima edición del torneo en el 2017. “Esto es algo que paralizó a Puerto Rico, también a Dominicana y lucimos bien contra el mundi. Te puedo decir que salí de este Clásico como un mejor jugador”.

Acto seguido, Reyes bateó hacia Irving Falú con De Aza a pocos pies de distancia pero optó por sacar el out en primera.

José Reyes le dio la bienvenida a Giancarlo Alvarado con un doblete, y llegó a tercera luego de un toque de Erick Aybar en el cuadro. El dirigente Edwin Rodríguez decidió buscar la doble jugada regalándole la base a Robinson Canó.

A pesar de sólida salida de Burgos -4.2 entradas, cinco ponches, cinco hits, una carrera permitida- el bateo boricua no dio la cara.

Empero, Encarnación hizo pagar caro la estrategia de Puerto Rico con un profundo doble al jardín central que entró la primeras dos carreras de Dominicana. Alvarado logró sobrevivir el primer episodio pero no volvió a salir de dougout, y pasarle la pelota a Hiram Burgos. El cayeyano, bajo la lluvia fría, logró acallar los bates por tres entradas con cuatro ponches. En la quinta y con uno fuera, Alejandro De Aza se arriesgó con toque para llegar a primera.

La decisión de la intermedia salió cara cuando Aybar pegó un doble al jardín derecho para impulsar la tercera de los nuevos monarcas.

Luego de Ángel Pagán abrir el partido con un imparable, el derecho Samuel Deduno retiró 14 de los próximos 18 bateadores para culminar su gran labor por los quisqueyanos con pelota de dos hits y cinco abanicados. La escuadra boricua buscó despertar contra Octavio Dotel en la séptima cuando Mike Avilés llegó a la inicial con sencillo y Alex Ríos negoció boleto gratis sin outs. El piloto de los Dominicanos, Tony Peña, trajo a Pedro Strop para retirar a Carlos Rivera y Pedro Valdés vía ponches, antes de que Miguel Tejada batallara los elementos Continua en la próxima página


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para atrapar un elevado de foul. La oportunidad realmente no existió. Los relevistas dominicanos llegaron al partido final sin permitir carreras por 20 entradas para una efectividad tacaña de 1.74. Puerto Rico abrió seis entradas, incluyendo la novena, con hombre en primera pero se le olvidó llevarlos a casa al poncharse 10 veces en el desafío.

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Fernando Rodney, el taponero que dispara flechas invisibles al cielo cuando culmina los partido con exito, consiguió su séptimo rescate del Clásico, marca para el torneo, abanicando a Luis 'Wicho' Figueroa para acabar el encuentro caribeño.

La novena boricua demostró clase al salir de dugout para abrasarse y felicitar a los nuevos campeones en el terreno. Puerto Rico está consciente, el título brillará por cuatro años en el Caribe.

Orgulloso Yadier “Demostramos mucho corazón. Nadie esperaba que llegaramnos aquí y demostramos la clase de corazón que tenemos”, comentó el estelar receptor puertorriqueño Yadier Molina luego del partido en una entrevista con MLB Network. “Dominicana es un gran equipo y bien difícil de vencer, y lo demostraron con los grandes jugado-

res que tienen. Nosotros también tenemos grandes jugadores, pero al final felicidades a ellos, y estoy muy orgulloso de nuestra actuación”, concluyó. El estelar segunda base de Quisqueya, Robinson Canó, fue seleccionado el Jugador Más Valioso del Clásico, luego de acumular promedio ofensivo de .49 con dos cuadrangulares. Solo tres peloteros boricuas lograron imparables en el partido. contra seis por RD.

DOMINICANA 3, PUERTO RICO 0 Puerto Rico AB R H RBI BB SO AVG Pagan, CF 3 0 1 0 1 1 .333 Falu, 2B 4 0 0 0 0 1 .000 Beltran, DH 3 0 0 0 1 1 .000 Molina, Y, C 4 0 0 0 0 1 .000 Aviles, SS 4 0 1 0 0 0 .250 Rios, RF 2 0 0 0 2 1 .000 Rivera, C, 1B 4 0 0 0 0 3 .000 Gonzalez, A, 3B 2 0 0 0 0 0 .000 a-Valdes, P, PH 1 0 0 0 0 1 .000 Figueroa, L, 3B 1 0 0 0 0 1 .000 Feliciano, J, LF 2 0 1 0 1 0 .500 Totals 30 0 3 0 5 10 .100 a-Struck out for Gonzalez, A in the 7th. Dominicana AB R H RBI BB SO AVG Reyes, Js, SS 4 1 2 0 0 0 .500 Aybar, DH 3 0 2 1 0 0 .667 Cano, 2B 3 1 0 0 1 0 .000 Encarnacion, 1B 4 0 1 2 0 1 .250 Ramirez, H, 3B 2 0 1 0 0 0 .500 Tejada, M, 3B 2 0 0 0 0 0 .000 Cruz, N, RF 4 0 1 0 0 1 .250 Santana, C, C 2 0 0 0 1 1 .000 Sierra, LF 3 0 0 0 0 2 .000 De Aza, CF 3 1 1 0 0 2 .333 Totals 30 3 8 3 2 7 .267 Puerto Rico 000 000 000—0 Dominicana 200 010 00x—3 E-Tejada (1). DP-Puerto Rico 0, Dominicana 1. LOB-Puerto Rico 8, Dominicana 6. 2B-J.Reyes (1), Aybar (1), Encarnacion (1), N.Cruz (1). 3B-J.Reyes (1). S-Aybar. Puerto Rico IP H R ER BB SO Alvarado L,0-1 1 2 2 2 1 0 Burgos 42-3 5 1 1 1 5 1-3 de la Torre 0 0 0 0 1 X.Cedeno 1 1 0 0 0 1 F.Cabrera 1 0 0 0 0 0 Dominicana IP H R ER BB SO Deduno W,1-0 5 2 0 0 3 5 Dotel 1 1 0 0 1 0 Strop 1 0 0 0 0 2 Casilla 1 0 0 0 1 1 Rodney S,1-1 1 0 0 0 0 2 Dotel pitched to 2 batters in the 7th. WP-Alvarado, Deduno 2. Umpires-Home, Ted Barrett; First, Paul Hyham; Second, Bill Miller; Third, Edgar Estivision. T-3:06. A-35,703 (41,915).


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Todos juntos por el béisbol JOSÉ R. ORTÚZAR, EL VOCERO

La pasión por el deporte renace con la actuación boricua en el Clásico Mundial del Estadio Hiram Bithorn como etapa dorada en el deporte, cuando se veía mayor cantidad de gente en las gradas por ser el deporte dominante en la Isla.

Desde las afueras del Estadio Hiram Bithorn, muchos esperaban que -sin importar el resultado de la final de ayer- el béisbol puertorriqueño fuera el gran ganador, en momentos en que ha perdido el apego del público frente a otros deportes y lucha por recuperarse.

“El béisbol era el deporte primero en Puerto Rico. Yo tengo esa fe de que vuelva a serlo”, dijo Rodríguez, residente de Caimito.

En primera fila estaba una de las fanáticas de antaño, Carmen Rodríguez, quien a sus 75 años no pudo aguantar las ganas de sentir ese ambiente festivo que ha traído este Clásico al béisbol puertorriqueño. La simpatizante dice recordar cuando sus Cangrejeros de Santurce jugaban en el Sixto Escobar y los inicios

Israel Cruz, de 20 años, opinó que el deporte ayuda a reducir la criminalidad. “Este fin de semana solo hubieron tres muertes”, dijo como una nota positiva dentro de esa lamentable noticia. Su amigo Juan Carlos Rivera, quien dijo haber sido pelotero, indicó que el desempeño de Puerto Rico “debe motivar” a la gente a apoyar el deporte. Sin embargo, los jóvenes entrevistados aceptaron que no han ido a los

juegos de la liga profesional, que continúa sufriendo una baja asistencia. Aún está por verse el impacto que tendrá el desempeño de la novena isleña en el resurgir del béisbol en general. “El gobierno ha abandonado en el pasado las Pequeñas Ligas y parte de la misión que tiene Ramón Orta (Secretario de Recreación y Deportes) es recuperar ese sitial”, sostuvo el gobernador Alejandro García Padilla, quien compartió con la gente congregada en las afueras del Coliseo Roberto Clemente, que colinda con el estadio de pelota. “Uno de mis compromisos es regresar el béisbol profesional al Hiram Bithorn. En dos meses hemos abierto todas las instalaciones de este complejo deportivo y cultural”, señaló la alcaldesa Carmen Yulín Cruz.

EL VOCERO/ Gerardo Bello

Donde comenzó el sueño del equipo boricua, se congregaron anoche sus seguidores para darle un último aplauso tras su sorprendente actuación en el Clásico Mundial de Béisbol.


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LA HISTORICA RUTA HACIA LA FINAL Una selección de Puerto Rico, a la que muchos le dieron pocas esperanzas en el Clásico Mundial, sacó de circulación a potencias como Venezuela, Estados Unidos y Japón, para asegurar su histórico boleto a la final.

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EL VOCERO / Tania Dumas

El periódico de Puerto Rico

Aseguran el pase a la segunda ronda

Tal como dijo el dirigente Edwin Rodríguez, “algún día Puerto Rico le tenía que ganar a Venezuela” en un Clásico. Y ese día llegó. Puerto Rico derrotó a Venezuela 6-3 en su segundo compromiso en la primera fase del Clásico Mundial y con ello ase-

EL VOCERO / Alvin Báez

guró su avance a la segunda ronda. La novena puertorriqueña acalló a los incrédulos con una sólida demostración de pitcheo, excelente defensa y bateo oportuno ante 18,741 fanáticos que se congregaron en el estadio Hiram Bithorn.

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Puerto Rico derrotó con marcador de 30 a España en su primer juego en el Grupo C del Clásico Mundial de Béisbol, ante cerca de 14,974 personas congregadas en el estadio Hiram Bithorn. Los boricuas salieron agresivos en la primera entrada y recibieron al abridor Sergio Pérez con tres carreras, que probaron ser suficientes para sacar el triunfo gracias a una buena labor monticular de Giancarlo Alvarado e Hiram Burgos.

PUERTO RICO 6, ESPAÑA 0 España AB R H RBI BB SO AVG Beltre, E, CF 4 0 1 0 0 2 .250 Gomez, RF 4 0 0 0 0 1 .000 Figueroa, 2B 4 0 0 0 0 2 .000 Canizares, 1B 2 0 1 0 1 0 .500 2-Golindano, PR 0 0 0 0 0 0 .000 Alvarez, R, DH 3 0 0 0 0 1 .000 a-Manriquez, PH-DH 1 0 0 0 0 1 .000 Sanchez, Y, SS 3 0 2 0 0 0 .667 Merchan, 3B 3 0 0 0 0 0 .000 Nieto, Ad, C 3 0 0 0 0 1 .000 Suarez, LF 1 0 1 0 0 0 1.000 1-Figueroa, D, PR-LF 1 0 0 0 0 0 .000 Totals 29 0 5 0 1 8 .172 a-Struck out for Alvarez, R in the 9th. 1-Ran for Suarez in the 6th. 2-Ran for Canizares in the 9th. Puerto Rico AB R H RBI BB SO AVG Pagan, CF 3 1 1 0 1 1 .333 Falu, 2B 3 0 1 0 0 0 .333 Rios, LF-RF 2 1 1 0 0 0 .500 Beltran, RF 3 1 1 1 1 0 .333 Feliciano, J, RF-LF 0 0 0 0 0 0 .000 Molina, Y, C 4 0 1 0 0 0 .250 Aviles, SS-3B 2 0 0 1 1 0 .000 Valdes, P, DH 2 0 1 0 1 1 .500 a-Rosario, Ed, PH-DH 0 0 0 0 0 0 .000 b-Maldonado, PH-DH 1 0 0 0 0 1 .000 Rivera, C, 1B 2 0 0 1 1 0 .000 c-Figueroa, L, PH-SS 1 0 0 0 0 0 .000 Gonzalez, A, 3B-1B 3 0 0 0 0 1 .000 Totals 26 3 6 3 5 4 .231 a-Batted for Valdes, P in the 8th. b-Struck out for Rosario, Ed in the 8th. c-Popped out for Rivera, C in the 8th. España 000 000 000—0 Puerto Rico 300 000 00x—3 2B-Falu (1), Beltran (1). SB-Pagan (1), Rios (1), Y.Molina (1), Aviles (1). CS-Canizares (1), Rios (1). S-Falu. SFAviles. España IP H R ER BB SO Se.Perez L,0-1 2 3 3 1 4 1 Salazar 5 2 0 0 1 2 1-3 Er.Gonzalez 1 0 0 0 0 2-3 Ri.Hernandez 0 0 0 0 1 Puerto Rico IP H R ER BB SO Alvarado W,1-0 4 1 0 0 0 4 Burgos 42-3 4 0 0 1 3 X.Cedeño S,1-1 1-3 0 0 0 0 1 Se.Perez pitched to 1 batter in the 3rd. HBP-by Se.Perez (Rios, Rios), by Alvarado (Suarez), by Burgos (Canizares). Umpires-Home, Dan Bellino; First, Jesus Miller; Second, Eric Cooper; Third, Jair Fernandez. T-3:05. A-14,974 (19,000).

EL VOCERO / Gerardo Bello

Primera victoria de Puerto Rico Lineazo de Ángel Pagán, un toque de Irving Falú, pelotazo a Alexis Ríos y un sencillo de Yadier Molina, llenó las bases de boricuas. Un hit de Carlos Beltrán trajo la primera carrera en las piernas de Pagán y Mike Avilés lo imitó para traer a salvo a Ríos con la segunda. Beltrán arribó más tarde con la tercera luego de que Carlos Rivera recibiera pasaporte con las almohadillas congestionadas.

Caen a manos de República Dominicana

Alvarado se acreditó la victoria. Xavier Cedeño se apuntó el salvamento.

Robinson Canó conectó su primer cuadrangular del Clásico, Alejandro de Aza impulsó la carrera de la ventaja y República

PUERTO RICO 6, VENEZUELA 3 Puerto Rico AB R H RBI BB SO AVG Pagan, CF 5 0 3 1 0 0 .500 Falu, 2B 5 1 0 0 0 1 .125 Rios, RF 3 2 0 0 1 0 .200 Beltran, DH 4 1 2 0 0 0 .429 Molina, Y, C 3 1 1 0 1 1 .286 Aviles, SS-3B 3 0 1 3 0 0 .200 Maldonado, 1B 1 1 0 0 1 1 .000 a-Feliciano, J, PH 1 0 0 0 0 0 .000 Rivera, C, 1B 1 0 0 0 0 1 .000 Gonzalez, A, 3B 2 0 1 0 0 0 .200 b-Figueroa, L, PH-SS 1 0 1 2 0 0 .500 Rosario, Ed, LF 4 0 0 0 0 0 .000 Totals 33 6 9 6 3 4 .254 a-Grounded out for Maldonado in the 7th. b-Doubled for Gonzalez, A in the 8th. Venezuela AB R H RBI BB SO AVG Scutaro, 2B 4 1 1 1 0 1 .286 Cabrera, A, SS 3 0 0 0 0 2 .000 Cabrera, M, 1B 3 0 1 0 1 0 .143 Sandoval, P, 3B 4 0 1 1 0 1 .222 Gonzalez, C, RF 4 0 0 0 0 0 .125 Perez, S, C 4 1 1 0 0 1 .250 Prado, LF 4 0 2 1 0 0 .500 Parra, G, CF 2 0 0 0 1 0 .000 a-Hernandez, Ra, PH 0 0 0 0 0 0 .000 b-Montero, PH 1 0 0 0 0 1 .250 Infante, DH 4 1 1 0 0 0 .250 Totals 33 3 7 3 2 6 .200 a-Batted for Parra, G in the 9th. b-Struck out for Hernandez, Ra in the 9th. Puerto Rico 000 210 030—6 Venezuela 002 000 001—3 2B-Pagan (1), Beltran (2), L.Figueroa (1), Sandoval (2), Sa.Perez (1), Prado (2), O.Infante (1). S-An.Gonzalez. SF-Aviles. Puerto Rico IP H R ER BB SO N.Figueroa W,1-0 4 5 2 2 0 1 Soto 3 0 0 0 2 2 0 2 J.Romero 11-3 2 1 1 2-3 0 0 0 0 1 F.Cabrera S,1-1 Venezuela IP H R ER BB SO 2-3 2 2 Zambrano 3 1 2 2 1-3 1 0 0 0 0 En.Gonzalez H.Alvarez L,0-1 3 5 3 3 1 0 1-3 1 1 1 0 0 Rincon 1-3 0 0 0 0 1 C.Jimenez 0 1 F.Rodriguez 11-3 1 0 0 H.Alvarez pitched to 1 batter in the 8th. F.Rodriguez pitched to 1 batter in the 8th. H.Alvarez pitched to 1 batter in the 6th. H.Alvarez pitched to 1 batter in the 8th. Rincon pitched to 1 batter in the 8th. N.Figueroa pitched to 1 batter in the 1st. HBPby N.Figueroa (A.Cabrera), by H.Alvarez (Rios). WP-Zambrano. Umpires-Home, Ed Hickox; First, Jair Fernandez; Second, Dan Bellino; Third, Jesus Miller. T-3:35.A-18,741 (19,000).

DOMINICANA 4, PUERTO RICO 2 Dominicana AB R H RBI BB SO AVG Reyes, Js, DH 5 0 0 0 0 1 .286 Aybar, SS 5 1 2 0 0 1 .222 Cano, 2B 5 1 3 1 0 1 .600 Encarnacion, 1B 3 1 2 1 0 0 .300 Pena, F, C 1 0 0 0 0 0 .000 Ramirez, H, 3B 3 0 0 0 0 0 .111 Tejada, M, 3B 2 0 2 0 0 0 .500 Cruz, N, RF 5 0 1 1 0 1 .385 Santana, C, C-1B 3 1 1 0 1 1 .250 Nanita, LF 2 0 0 0 0 0 .111 Garcia, L, LF 1 0 0 0 0 1 .000 Perez, E, CF 0 0 0 0 0 0 .000 De Aza, CF 1 0 1 1 1 0 .444 Sierra, CF-LF 1 0 0 0 0 1 .000 Totals 37 4 12 4 2 7 .324 Puerto Rico AB R H RBI BB SO AVG Pagan, CF 3 0 1 0 1 1 .455 Falu, 2B 4 0 2 0 0 1 .250 Rios, RF 4 1 1 0 0 1 .222 Beltran, DH 4 0 0 0 0 0 .273 Aviles, 3B 4 1 2 2 0 0 .333 Maldonado, 1B 3 0 0 0 0 2 .000 a-Rosario, Ed, PH 1 0 0 0 0 1 .000 Molina, J, C 3 0 0 0 0 1 .000 b-Valdes, P, PH 1 0 0 0 0 0 .333 Feliciano, J, LF 3 0 1 0 0 0 .250 Figueroa, L, SS 3 0 0 0 0 0 .200 Totals 33 2 7 2 1 7 .239 a-Struck out for Maldonado in the 9th. b-Popped out for Molina, J in the 9th. Dominicana 100 011 100—4 Puerto Rico 000 200 000—2 2B-Tejada (1), De Aza (2). 3B-Pagan (1). HR-Cano (1), Aviles (1). SB-De Aza (1). CS-Ha.Ramirez (1). S-Nanita. Dominicana IP H R ER BB SO W.Rodriguez 31-3 3 1 1 1 2 Barcelo W,1-0 BS,1-1 2 2 1 1 0 1 Dotel 12-3 1 0 0 0 1 Casilla 1 1 0 0 0 2 Rodney S,2-2 1 0 0 0 0 1 Puerto Rico IP H R ER BB SO Roman 32-3 5 1 1 1 2 de la Torre 11-3 2 1 1 0 2 Berrios L,0-1 12-3 3 2 2 1 1 1-3 X.Cedeño 1 1 0 0 0 2 Fontanez 1 1 0 0 0 0 X.Cedeno pitched to 1 batter in the 9th. Dotel pitched to 1 batter in the 8th. W.Rodriguez pitched to 1 batter in the 4th. HBP-by Roman (De Aza), by Berrios (Encarnacion). WP-X.Cedeño. Umpires-Home, Eric Cooper; First, Ed Hickox; Second, Paul Hyham; Third, Jair Fernandez. T-3:41. A-19,413 (19,000).

Dominicana venció a los puertorriqueños 42 para terminar primero e invicto en el Grupo C ante lleno total en el Hiram Bithorn.

ESTADOS UNIDOS 7, PUERTO RICO 1 Puerto Rico AB R H RBI BB SO AVG Pagan, CF 4 0 1 1 0 1 .250 Falu, 2B-SS 4 0 1 0 0 1 .250 Rios, RF 4 0 0 0 0 0 .000 Beltran, DH 4 0 1 0 0 0 .250 Molina, Y, C 4 0 1 0 0 1 .250 Aviles, SS-3B 4 0 1 0 0 0 .250 Maldonado, 1B 2 0 0 0 0 2 .000 a-Rivera, C, PH-1B 1 0 0 0 0 0 .000 Gonzalez, A, 3B 2 0 0 0 0 1 .000 b-Feliciano, J, PH-LF 0 1 0 0 0 0 .000 Rosario, Ed, LF-2B 3 0 2 0 0 1 .667 Totals 32 1 7 1 0 7 .219 a-Lined out for Maldonado in the 7th. b-Hit by pitch for Gonzalez, A in the 8th. United States AB R H RBI BB SO AVG Rollins, SS 5 2 2 0 0 1 .400 Phillips, B, 2B 4 1 1 0 0 1 .250 Braun, LF 4 2 2 0 1 2 .500 Mauer, C 2 1 1 1 3 1 .500 Wright, D, 3B 5 0 2 5 0 0 .400 Hosmer, 1B 5 1 1 0 0 3 .200 Jones, Ad, CF 5 0 1 1 0 1 .200 Stanton, RF 3 0 2 0 1 0 .667 Zobrist, DH 3 0 0 0 1 0 .000 Totals 36 7 12 7 6 9 .333 Puerto Rico 000 000 010—1 Estados Unidos 101 010 13x—7 E-Y.Molina (1), Rios (1). DP-Puerto Rico 0, Estados Unidos 2. LOB-Puerto Rico 5, Estados Unidos 12. 2B-Beltran (1), Rosario (1), Mauer (1), Wright (1). SB-Pagan (1), Hosmer (1). S-Phillips. Puerto Rico IP H R ER BB SO 2 3 M.Santiago L,0-1 41-3 5 3 3 1-3 1 0 0 1 1 A.Santiago 1 3 de la Torre 11-3 1 0 0 J.Romero 1 2 1 1 1 1 1-3 2 2 2 0 0 Berrios 1-3 1 1 1 1 1 X.Cedeño 1-3 0 0 0 0 0 Fontanez Estados Unidos IP H R ER BB SO G.Gonzalez W,1-0 5 3 0 0 0 5 Affeldt 1 1 0 0 0 0 Pestano 1 1 0 0 0 1 Cishek 0 0 1 1 0 0 D.Hernandez 1 1 0 0 0 1 Kimbrel 1 1 0 0 0 0 Cishek pitched to 1 batter in the 8th. HBP-by Cishek (Feliciano). WP-M.Santiago. Umpires-Home, Marvin Hudson; First, Mark Wegner; Second, Edgar Estivision; Third, Katsumi Manabe. T-3:22. A-32,872 (37,442).

PUERTO RICO 4, ITALIA 3 Italia AB R H RBI BB SO AVG Punto, 2B 4 1 1 0 0 1 .429 Denorfia, CF 5 1 3 0 0 1 .500 Rizzo, 1B 3 0 1 3 2 1 .167 1-Infante, PR 0 0 0 0 0 0 .000 Liddi, 3B 4 0 0 0 1 2 .000 Colabello, DH 4 0 0 0 0 2 .143 Costanzo, LF 4 0 1 0 0 0 .143 Avagnina, LF 0 0 0 0 0 0 .000 Chiarini, RF 3 0 1 0 1 1 .167 Butera, C 4 0 1 0 0 2 .125 Granato, SS 3 1 1 0 0 0 .167 Santora, SS 1 0 0 0 0 0 .000 Totals 35 3 9 3 4 10 .206 1-Ran for Rizzo in the 9th. Puerto Rico AB R H RBI BB SO AVG Pagan, CF 5 0 1 0 0 0 .222 Falu, 2B 4 0 0 0 1 2 .125 Beltran, DH 3 1 0 0 1 0 .143 Molina, Y, C 4 1 3 0 0 0 .500 Aviles, SS 4 1 0 1 0 0 .125 Rios, RF 4 1 1 0 0 1 .125 Rivera, C, 1B 3 0 1 0 0 0 .250 a-Figueroa, L, PH-3B 0 0 0 1 0 0 .000 Gonzalez, A, 3B-1B 3 0 1 1 1 0 .200 Rosario, Ed, LF 4 0 1 0 0 1 .429 Totals 34 4 8 3 3 4 .227 a-Hit a sacrifice fly for Rivera, C in the 8th. Italia 000 030 000—3 Puerto Rico 000 001 03x—4 E-Santora (1), Granato (2). DP-Italia 0, Puerto Rico 0. LOB-Italia 10, Puerto Rico 10. 2B-Denorfia (1), Rizzo (1), Costanzo (1), Pagan (1). SF-L.Figueroa. Italia IP H R ER BB SO Maestri 41-3 3 0 0 2 3 Cooper 22-3 1 2 1 1 1 Pugliese 0 1 1 1 0 0 1-3 Sweeney L,0-1 1 1 1 0 0 2-3 Venditte BS,1-1 2 0 0 0 0 Puerto Rico IP H R ER BB SO 1-3 Alvarado 4 5 3 2 1 4 X.Cedeño 0 1 0 0 0 0 2-3 de la Torre 0 0 0 0 1 Burgos W,1-0 32-3 3 0 0 2 4 J.Romero 0 0 0 0 1 0 1-3 F.Cabrera S,1-1 0 0 0 0 1 X.Cedeño pitched to 1 batter in the 5th. Alvarado pitched to 1 batter in the 5th. J.Romero pitched to 1 batter in the 9th. Cooper pitched to 1 batter in the 8th. Pugliese pitched to 1 batter in the 8th. WP-Maestri. Umpires-Home, Mark Wegner; First, Paul Hyham; Second, Marvin Hudson; Third, Edgar Estivision.T-3:46. A-25,787 (37,442).


EL VOCERO / CLASICO MUNDIAL DE BEISBOL / MIERCOLES, 20 DE MARZO DE 2013

Gio González, lanzador estelar de los Nacionales de Washington, amarró los bates puertorriqueños por cinco entradas al permitir solo tres imparables con cinco ponches sin conceder base por bolas. Mario Santiago, perdedor del choque, estuvo en la loma por Puerto Rico y recibió cinco imparables para permitir tres carreras en 4.1 episodios.

PUERTO RICO 4, ESTADOS UNIDOS 3 Puerto Rico AB R H RBI BB SO AVG Pagan, CF 3 1 2 0 1 1 .333 Feliciano, J, LF 5 0 0 0 0 0 .000 Beltran, DH 4 1 1 0 1 0 .182 Molina, Y, C 4 0 1 0 0 1 .417 Aviles, SS 4 1 2 1 0 0 .250 Rios, RF 3 1 0 0 1 0 .091 Rivera, C, 1B 3 0 1 1 1 0 .286 Gonzalez, A, 3B 4 0 1 2 0 0 .222 Falu, 2B 3 0 0 0 0 0 .091 a-Figueroa, L, PH-2B 1 0 1 0 0 0 1.000 Totals 34 4 9 4 4 2 .240 a-Singled for Falu in the 9th. Estados Unidos AB R H RBI BB SO AVG Rollins, SS 5 1 2 0 0 0 .286 Phillips, B, 2B 4 1 2 0 0 1 .333 Braun, LF 4 0 1 1 0 0 .250 Mauer, C 3 1 1 0 1 1 .444 Stanton, RF 4 0 1 1 0 0 .400 Zobrist, 3B 2 0 0 1 2 0 .000 Hosmer, 1B 4 0 1 0 0 0 .167 Jones, Ad, CF 4 0 0 0 0 2 .154 Victorino, DH 4 0 0 0 0 2 .000 Totals 34 3 8 3 3 6 .252 Puerto Rico 100 003 000—4 United States 000 000 120—3 E-Aviles (1). DP-Puerto Rico 1, Estados Unidos 1. LOBPuerto Rico 8, Estados Unidos 7. 2B-Beltran (2), An.Gonzalez (1), Braun (1). 3B-Mauer (1). CS-Rollins (1). S-Pagan. Puerto Rico IP H R ER BB SO N.Figueroa W,1-0 6 2 0 0 1 2 2-3 Soto 3 1 1 0 0 2-3 de la Torre 3 2 2 0 2 X.Cedeño 0 0 0 0 1 0 1-3 F.Cabrera 0 0 0 1 0 J.Romero S,1-1 11-3 0 0 0 0 2 Estados Unidos IP H R ER BB SO 2-3 Vogelsong L,0-1 5 4 2 2 2 1 Pestano 0 2 2 2 2 0 Affeldt 11-3 1 0 0 0 1 H.Bell 1 1 0 0 0 0 Kimbrel 1 1 0 0 0 0 Pestano pitched to 3 batters in the 6th. Vogelsong pitched to 1 batter in the 3rd. Pestano pitched to 1 batter in the 6th. X.Cedeño pitched to 1 batter in the 8th. Umpires-Home, Mark Wegner; First, Angel Hernandez; Second, Edgar Estivision; Third, Paul Hyham. T-3:24. A-19,762 (37,442).

AP / Wilfredo Lee

Estados Unidos fue el primero en marca en el pizarrón durante la primera entrada cuando con dos fuera Santiago le dio boleto gratis a Ryan Braun y Joe Mauer lo hizo pagar con un doble remolcador. Con las bases llenas en la tercera entrada, Wright sacudió una roleta de out para llevar la segunda carrera de los locales al plato. La tercera base de los Mets de Nueva York volvió a atacar nuevamente con el tránsito pesado en la quinta entrada y esta vez pegó una línea que impulsó a Jimmy Rollins.

7

Abajo 3-1 en la octava y con el corazón de su alineación al bate, Carlos Beltrán recibió boleto y Molina conectó sencillo ante Nick Pugliese que dejó corredores en primera y tercera. Brian Sweeney relevó y Mike Avilés bateó una roleta que impulsó a Beltrán y forzó el out de Molina en segunda.

David Wright impulsó cinco carreras y Estados Unidos venció 7-1 a Puerto Rico en el inicio de la segunda ronda del grupo B ante más de 32 mil fanáticos en el Marlin Park de Miami.

DOMINICANA 2, PUERTO RICO 0 Puerto Rico AB R H RBI BB SO AVG Pagan, CF 2 0 0 0 1 0 .286 Molina, J, 1B 0 0 0 0 0 0 .000 a-Valdes, P, PH-1B 1 0 0 0 0 0 .000 Figueroa, L, 2B-3B 4 0 1 0 0 0 .400 Beltran, DH 4 0 0 0 0 1 .133 Aviles, SS 3 0 1 0 1 0 .267 Rios, RF 2 0 0 0 0 1 .077 Rosario, Ed, RF-CF 2 0 0 0 0 1 .333 Maldonado, C 2 0 0 0 1 1 .000 Rivera, C, 1B 1 0 1 0 0 0 .375 1-Falu, PR-2B 1 0 0 0 0 0 .083 Gonzalez, A, 3B-1B-RF 3 0 0 0 0 1 .167 Feliciano, J, LF 2 0 0 0 1 0 .000 Totals 27 0 3 0 4 5 .213 a-Grounded out for Molina, J in the 8th. 1-Ran for Rivera, C in the 3rd. Dominicana AB R H RBI BB SO AVG Reyes, Js, DH 4 0 0 0 0 1 .231 Aybar, SS 4 1 1 0 0 0 .333 Cano, 2B 4 0 1 0 0 1 .417 Encarnacion, 1B 3 0 1 0 0 1 .200 Tejada, M, 3B 1 0 0 0 0 0 .143 Ramirez, H, 3B 2 0 0 0 1 0 .250 Pena, F, C 1 0 1 1 0 0 1.000 Cruz, N, RF 4 0 0 0 0 0 .333 Santana, C, C-1B 1 1 1 1 2 0 .375 Sierra, LF 3 0 1 0 0 1 .250 De Aza, CF 2 0 0 0 0 1 .000 a-Perez, E, PH-CF 1 0 0 0 0 1 .000 Totals 30 2 6 2 3 6 .255 a-Struck out for De Aza in the 7th. Puerto Rico 000 000 000—0 Dominicana 000 010 01x—2 E-Santana (1). DP-Puerto Rico 0, Dominicana 2. LOBPuerto Rico 5, Dominicana 7. 2B-L.Figueroa (1), Aviles (1). HR-Santana (1). SB-Falu (1). S-Falu. Puerto Rico IP H R ER BB SO Roman L,0-1 5 2 1 1 2 4 1 2 Nieves 21-3 3 1 1 2-3 1 0 0 0 0 Fontanez Dominicana IP H R ER BB SO W.Rodriguez W,1-0 6 2 0 0 2 4 Veras 1 0 0 0 0 1 Casilla 1 0 0 0 2 0 Rodney S,3-3 1 1 0 0 0 0 Roman pitched to 1 batter in the 5th. Umpires-Home, Marvin Hudson; First, Angel Hernandez; Second, Paul Hyham; Third, Katsumi Manabe.T-2:48.A-25,846 (37,442).

Puerto Rico, que no pasó de la segunda ronda en los dos Clásicos anteriores, aseguró el encuentro con un racimo de tres con dos outs en la sexta, dos a la cuenta del abridor estadounidense Ryan Vogelsong (1-1).

Sin suerte ante Dominicana

PUERTO RICO 3, JAPÓN 1 Puerto Rico AB R H RBI BB SO AVG Pagan, CF 5 0 2 0 0 1 .400 Falu, 2B 4 1 0 0 1 0 .000 Beltran, DH 3 0 1 0 1 1 .333 Molina, Y, C 4 0 0 0 0 1 .000 Aviles, SS 3 1 2 1 1 0 .667 Rios, RF 4 1 2 2 0 1 .500 Rivera, C, 1B 4 0 1 0 0 1 .250 Gonzalez, A, 3B 4 0 0 0 0 0 .000 Feliciano, J, LF 3 0 1 0 1 1 .333 Totals 34 3 9 3 4 6 .265 Japón AB R H RBI BB SO AVG Toritani, 2B 4 1 1 0 0 0 .250 Ibata, DH 4 0 2 1 0 1 .500 Uchikawa, RF-LF 4 0 2 0 0 0 .500 Abe, C 4 0 0 0 0 1 .000 Sakamoto, SS 4 0 1 0 0 0 .250 Itoi, CF-RF 2 0 0 0 1 1 .000 Nakata, LF-1B 3 0 0 0 1 1 .000 Inaba, 1B 2 0 0 0 0 2 .000 a-Chono, PH-CF 1 0 0 0 0 1 .000 b-Matsui, K, PH 1 0 0 0 0 0 .000 Matsuda, 3B 3 0 0 0 0 1 .000 Totales 32 1 6 1 2 8 .188 a-Struck out for Inaba in the 7th. b-Flied out for Chono in the 9th. Puerto Rico 100 000 200—3 Japón 000 000 010—1 E -Nakata (1). DP -Puerto Rico 0, Japan 1. LOB -Puerto Rico 8, Japan 7. 3B -Toritani (1), Uchikawa (1). HR -Rios (1). CS -Feliciano (1), Uchikawa (1). Puerto Rico IP H R ER BB SO M.Santiago W,1-0 41-3 2 0 0 1 2 de la Torre 11-3 1 0 0 0 3 X.Cedeño 11-3 0 0 0 0 2 1-3 3 1 1 0 0 Fontanez J.Romero 1 0 0 0 1 0 2-3 F.Cabrera S,1-1 0 0 0 0 1 Japón IP H R ER BB SO Maeda L,0-1 5 4 1 1 2 3 Nohmi 1 3 2 2 0 0 2-3 1 0 0 1 0 Settsu 2-3 Sugiuchi 0 0 0 1 0 Wakui 0 1 0 0 0 0 0 3 Yamaguchi 12-3 0 0 0 Nohmi pitched to 2 batters in the 7th. Sugiuchi pitched to 1 batter in the 8th. Wakui pitched to 1 batter in the 8th. Sugiuchi pitched to 1 batter in the 8th. M.Santiago pitched to 1 batter in the 5th. M.Santiago pitched to 1 batter in the 4th. J.Romero pitched to 1 batter in the 9th. HBP -by X.Cedeño (Itoi). Umpires -Home, Bill Miller; First, Edgar Estivision; Second, Wally Bell; Third, Trevor Grieve. T -3:27. A -33,683 (41,915).

República Dominicana venció 2-0 a Puerto Rico. Ambos equipos ya estaban clasificados a la última ronda y el duelo sirvió para definir los cruces en San Francisco. Carlos Santana produjo la primera carrera dominicana con un jonrón en la quinta entrada ante el abridor puertorriqueño Orlando Román, y Francisco Peña impulsó la segunda en la octava contra el relevista Randy Fontanez. Román (0-1) admitió dos hits y una carrera en cinco episodios. Abanicó a cuatro y dio dos pasaportes.

Los boricuas avanzaron a su primera final de un Clásico Mundial de Béisbol tras vencer 3-1 al bicampeón Japón. Un jonrón de Alex Ríos que produjo dos carreras en la séptima entrada, un sencillo remolcador de Mike Avilés en la primera y el trabajo mancomunado de un aguerrido grupo de lanzadores depositó a Puerto Rico a una final que nadie en sus sueños más alocados pudo pronosticar antes del torneo. Puerto Rico tomó ventaja en la

8 AP / Ben Margot

Puerto Rico rayó tres veces en la octava entrada, auxiliado por un error de la defensa, y derrotó por 4-3 a Italia para avanzar a un duelo por un boleto a las semifinales.

Histórico desquite contra EE.UU.

PUR elimina a Japón

EE.UU. domina a PUR

Figueroa (2-0), un veterano de 38 años que ha pitcheado desde Taiwán hasta México, lanzó una joya contra una de las alineaciones más temibles del torneo. El derecho limitó a los estadounidenses a dos hits, ponchó a dos y otorgó un boleto, localizando bien la recta y con maestría de los lanzamientos rompientes.

AP / Wilfredo Lee

4

Con seis outs de vida y una alineación silenciada por tercer partido consecutivo, Puerto Rico se reencontró justo a tiempo con el bateo. Algo de suerte y la defensa contraria también le ayudaron bastante para jugar otro día en el Clásico Mundial de Béisbol.

Estados Unidos fue eliminado en segunda ronda.

6

Reaccionan ante Italia

AP/ David Santiago

AP / Mike Ehrmann

5

S9

Nelson Figueroa tiró seis innings en blanco, Andy González remolcó dos carreras y Puerto Rico derrotó 4-3 a Estados Unidos para avanzar por primera vez a las semifinales del Clásico Mundial de Béisbol.

misma primera entrada contra Kenta Maeda. Sin permitir anotaciones en 10 innings, el as japonés se metió en problemas al conceder un par de bases por bolas. Parecía que Maeda salía del atolladero con un ponche a Yadier Molina, pero Mike Avilés le hizo pagar con un sencillo al central que remolcó a Irving Falú. El abridor puertorriqueño Mario Santiago, por su parte, estuvo infranqueable, al retirar a los primeros nueve bateadores que enfrentó.


EL VOCERO / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013

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S14

CLASICO MUNDIAL DE BEISBOL / MIERCOLES, 20 DE MARZO DE 2013 Dif 1 2 3

En Fukuoka, Japón Sábado, 2 de marzo Japón 5, Brasil 3 Domingo, 3 de marzo Cuba 5, Brasil 2 Japón 5, China 2 Lunes, 4 de marzo Cuba 12, China 0 Martes, 5 de marzo China 5, Brasil 2 Miércoles, 6 de marzo Japón 6, Cuba 3 GRUPO B G Taiwán (c) 2 Holanda (c) 2 Corea del Sur (e) 2 Australia (e) 0

(c) clasificado a próxima ronda; (e) eliminado

P 0 1 2 3

P 1 1 1 3

Dif 2.5

En Taichung, Taiwán Sábado 2 de marzo Taiwán 4, Australia 1 Holanda 5, Corea del Sur 0 Domingo, 3 de marzo Taiwán 8, Holanda 3 Lunes, 4 de marzo Corea del Sur 6, Australia 0 Martes, 5 de marzo Holanda 4, Australia 1 Corea del Sur 3, Taiwán 2

GRUPO C G R. Dominicana (c)3 Puerto Rico (c) 2 Venezuela (e) 1 España (e) 0

P 0 1 2 3

Dif 1 2 3

En San Juan, Puerto Rico Jueves, 7 de marzo Rep. Dominicana 9, Venezuela 3 Viernes, 8 de marzo Puerto Rico 3, España 0 Sábado, 9 de marzo Rep. Dominicana 6, España 3 Puerto Rico 6, Venezuela 3 Domingo, 10 de marzo Venezuela 11, España 6 Rep. Dominicana 4, Puerto Rico 2 GRUPO D EEUU (c) Italia (c) Canadá (e) México (e)

G 2 2 1 1

P 1 1 2 2

Dif 1 1

En Phoenix Jueves, 7 de marzo Italia 6, México 5 Viernes, 8 de marzo Italia 14, Canadá 4 México 5, EE.UU. 2 Sábado, 9 de marzo Canadá 10, México 3 EE.UU. 6, Italia 2 Domingo, 10 de marzo EE.UU. 9, Canadá 4

SEGUNDA RONDA

G 3 2 1 0

SEMIFINALES

GRUPO A Cuba (c) Japón (c) China (e) Brasil (e)

CAMPEONATO

PRIMERA RONDA

El periódico de Puerto Rico

GRUPO 1 En Tokio Viernes, 8 de marzo Japón 4, Taiwán 3, 10 inn Holanda 6, Cuba 2 Sábado, 9 de marzo Cuba 14, Taiwán 0, 7 inn Domingo, 10 de marzo Japón 16, Holanda 4 Lunes, 11 de marzo Holanda 7, Cuba 6 Martes, 12 de marzo Japón 10, Holanda 6

En Miami Martes, 12 de marzo Rep. Dominicana 5, Italia 4 EE.UU. 7, Puerto Rico 1 Miércoles, 13 de marzo Puerto Rico 4, Italia 3 Jueves, 14 de marzo Rep. Dominicana 3, EE.UU. 1 Viernes, 15 de marzo Puerto Rico 4, EE.UU. 3 Sábado, 16 de marzo Rep. Dominicana 2, PR 0

En San Francisco Domingo, 17 de marzo Puerto Rico 3, Japón 1 Lunes, 18 de marzo República Dominicana 4, Holanda 1

En San Francisco Martes, 19 de marzo República Dominicana vs. Puerto Rico


S15 EL VOCERO / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013


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CLASICO MUNDIAL DE BEISBOL / MIERCOLES, 20 DE MARZO DE 2013 El periódico de Puerto Rico

ANÁLISIS

Los brazos del futuro JORGE FIGUEROA LOZA, EL VOCERO

El subestimado cuerpo monticular de Puerto Rico se creció ante los gigantes del Clásico Mundial de Béisbol Puerto Rico entró al Clásico Mundial 2013 con la esperanza de que el bateo lo ayudara a sobrevivir con un personal de lanzadores desconocidos, jóvenes y sin experiencia de Grandes Ligas. Doce días después, el pitcheo puertorriqueño se responsabilizó de transportarlos hasta la Final por primera vez en la historia del torneo.

AP / Stephen Lam

Hasta ayer, el cuerpo monticular tenía efectividad de 2.83, el cuarto mejor de la competencia, con marca de 5-3 y cinco rescates. De las 32 carreras que anotó República Dominicana, el rival del juego de campeonato, solo le permitieron 6 en dos partidos. Como los subestimados, la clave para el éxito fue la inyección de confianza que le brindó el dirigente Edwin Rodríguez, tratándolos como estrellas rumbo a enfrentarse a los mejores bateadores de las Mayores que el Clásico ofreció. Dicho grupo muy bien podría ser la carta principal del éxito para el 2017.

El joven lanzador Mario Santiago dejó a los nipones en dos hits el pasado domingo.

Giovanni Soto y José Berríos

A continuación, un vistazo a las joyas que aún faltan ser pulidas, pero que lucieron como diamantes de matrimonio: sorprendentes.

Los chamaquitos de la escuadra boricua lucieron maduros en el montículo con las etiquetas de prospectos de Grandes Ligas.

Hiram Burgos

Tomen nota Cerveceros de Milwaukee. Es tiempo de subirlo al ‘Circo Grande’.

Jose Berríos tiró contra Dominicana y Estados Unidos en momentos de presión.

Mario Santiago Nadie pensaría que acumula marca de 3651 en la Menores después de la manera que le lanzó Japón, el único campeón del Clásico hasta el martes. En 4.1 entradas, el joven de 28 años dejó a los nipones en dos hits. Su actuación pudo ser mejor, pero salió del partido para precaver una molestia que mostró en el antebrazo.

AP / Eric Risberg

Ante Estados Unidos, también estuvo 4.1 episodios y permitió cinco hits para tres carreras. Pero seamos honestos. Es difícil frenar a una alineación compuesta por Jimmy Rollins, Ryan Braun, Joe Mauer y David Wright.

En 8.1 entradas, Hiram Burgos acumuló siete imparables con siete ponches como relevista.

José de la Torre Cuando las cosas no pintaban bien para Puerto Rico, De la Torre entraba en los ombligos de los partidos para poner orden en el montículo. Y así lo hizo.

De 27 años, lanzó en cinco partidos para acumular 5.1 entradas con siete indiscutibles para tres carreras. Estos números no dicen mucho, pero sus 11 ponches, líder entre los boricuas, laten fuerte. Con experiencia en tres organizaciones (la última con Boston en Triple A), es hora de que se establezca en cualquier organización de las Mayores.

Suficiente para confiar en su talento cuanto apenas despunta. Con estos dos, el futuro luce prometedor.

Xavier Cedeño Al igual que De la Torre, Cedeño, de 26 años, tuvo la tarea de ‘hacer la camita’ para los cerradores boricuas. Y acomodó la sábana con pocas arrugas. AP / Ben Margot

En 8.1 entradas, acumuló siete imparables con siete ponches como relevista. El cayeyano se apuntó una importante victoria en dos salidas luego de amarrar los bates de Italia en el partido de eliminación.

AP / Wilfredo Lee

El derecho de 25 años le contó a EL VOCERO en la Serie del Caribe del 2011 que su sueño era representar a Puerto Rico en el Clásico. No solo cumplió su deseo, sino que lo hizo sin permitir que nadie le anotara.

Soto, de 21 años y perteneciente a los Indios de Cleveland, sacó de circulación a Miguel Cabrera y Pablo Sandoval en la eliminación de Venezuela en la primera fase con 3.2 entradas de tres hits. Berríos, por su parte, tiró contra Dominicana y Estados Unidos en momentos de presión. Fue inaugurado por ambas novenas, pero el juvenil de 18 años (selección de los Mellizos de Minnesota con una bonificación de $1.5 millones) se apuntó un ponche contra Robinson Canó, Jugador Más Valioso de la primera y segunda fase.

Apareció en 3.1 entradas de seis partidos para registrar efectividad 2.70 con seis abanicados, tres hits y una carrera permitida. Tiró 33 episodios con los Astros de Houston el año pasado. El número deberá aumentar.

José de la Torre fue el líder de ponches entre los lanzadores boricuas.


S17 EL VOCERO / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013


S18

MIERCOLES, 20 DE MARZO DE 2013

La novena de Puerto Rico nunca se propuso otra cosa que no fuera jugar por el campeonato del Clásico Mundial de Béisbol RAFY RIVERA, EL VOCERO

Puerto Rico amaneció ayer pensando en Puerto Rico. Tras una cena de confraternización la noche anterior, en la que los jugadores se sinceraron más allá del deporte, la espera por el partido contra la República Dominicana les hizo recordar cada una de las entradas jugadas antes de llegar a la final. “Anoche (lunes) tuvimos una comida todos juntos, yo dije unas palabras, (Carlos) Beltrán habló también junto con el dirigente Edwin Rodríguez. Todos muy animados, todos sabemos que somos parte de la historia”, dijo Carlos Baerga, 'coach' del banco boricua. “Comentamos que ya no podemos dejar que Dominicana siga bailando en el último out del partido. Ahora le toca a Puerto Rico levantarse cantando La Borinqueña y es por eso que nos hemos enfocado en la meta de ganar este Clásico Mundial”, agregó.

La novena de Puerto Rico siempre ha tenido la República Dominicana como su rival de vida, especialmente en los campeonatos de Serie del Caribe.

Rodríguez llama a la unión Rodríguez expresó luego en su cuenta de Facebook que se siente orgulloso que su novena disputara ayer el campeonato. “Hemos podido unir a un pueblo en una causa común, nos sentimos muy orgullosos por ello. Aunque satisfechos, no estamos conformes con lo alcanzado. Hoy la entrega es total, en busca de ese campeonato”. Además, sostuvo que los puertorriqueños deben mantener “la química de equipo y de trabajo en conjunto para echar pa'lante al país”. “Tendremos ‘juegos’ buenos y ‘juegos’ malos, pero tenemos que mantener el enfoque colectivo en el

EL VOCERO / Tania Dumas

Todo el tiempo en guardia

El periódico de Puerto Rico

objetivo final; hacer de Puerto Rico un buen lugar para vivir. Tenemos que entender que tenemos el poder de cambiar las cosas. Los cambios comienzan con nosotros mismos. Un ‘buenos días’, un gesto amable, la diferencia está en los detalles. El camino es largo y tedioso, no nos podemos desalentar,

nuestros hijos y futuras generaciones nos necesitan. El mecánico, el barbero, el abogado, doctor, maestro y enfermero, todos en el mismo equipo. Nadie puede dejar caer la bola. Hagamos la diferencia, un picheo a la vez. ¡Arriba Puerto Rico!”, finalizó el estatus de Rodríguez.


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OPINIÓN

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Yadier, la figura del Clásico VICTOR O. LÓPEZ, EL VOCERO

Yadier Molina ha brillado en el escenario más grande de las Mayores con dos sortijas de Serie Mundial. Su defensa ha sido reconocida con cinco Guantes de Oro, y es una presencia fija en el Juego de Estrellas con cuatro selecciones corridas. Sin embargo, el receptor boricua de los Cardenales de San Luis sería el primero en admitir que su actuación en el Clásico Mundial de Béisbol 2013 es el momento más destacado de su trayectoria en el diamante.

Molina utilizó el Clásico para dejar claro que es más que uno de los dos mejores catchers en el planeta (Buster Posey, el actual JMV de la Liga Nacional, siendo el otro), sino que es uno de los peloteros más finos en general jugando en el diamante profesional. El momento que vive, luego de una brillante campaña con los Cardenales en el 2012 (.315, 22 HR, 76 RBIs), lo coloca firmemente en posición para ser el enlace entre el presente y la nueva generación de peloteros boricuas que busca dejarse sentir en el futuro. La presencia de Molina -de 30 años de edad- fue una bendición para el dirigente Edwin Rodríguez, quien dependió de él para llevar de la mano a los jóvenes lanzadores boricuas que nunca habían lanzado en un escenario tan grande. Brazos jóvenes como los de José Berríos, Hiram Burgos, Xavier Cedeño, José de la Torre y Giovanni Soto, entre otros, serán los beneficiados a corto y largo plazo del tiempo que compartieron con Molina en el terreno de juego. Claro está, con la humildad que lo caracteriza, Molina optó por darle todo el crédito a los lanzadores puertorriqueños. “Mi gente, los pitcher boricuas no me necesitan para nada, tienen un talento brutal y

AP /Andres Leighton

El menor del trío de hermanos receptores fue la figura más valiosa de Puerto Rico en su improbable avance a la final, produciendo con el madero (.304 en los primeros seis juegos) y manejando un grupo de lanzadores que demostró ser una de las revelaciones del torneo. Su poderoso brazo neutralizó las ofensivas en base de los oponentes, y su astucia a la hora de cantar un juego le ganó una ovación de pie a nivel mundial.

estamos aquí por ellos, Puerto Rico vamos arriba!!!!!”, escribió Molina en su cuenta de Twitter alagando las habilidades del cuerpo de lanzadores y su importancia en el éxito de la novena boricua. Pero los que fuimos testigos del avance de Puerto Rico en el Clásico sabemos la verdad, y reconocemos el valor de tener a Molina cantando la acción detrás del plato. “Todo el mundo conoce las estadísticas, pero el liderazgo de Yadier no se puede cuantificar en estadísticas. Fue lo que vimos, la energía, la intensidad, la forma de llamar el juego, el control del juego completo. Por eso es que es el mejor del mundo”, dijo Rodríguez recientemente en una entrevista con AP. Y es con ese entusiasmo y pasión por el juego que Molina lo dejó todo en el terreno, como la figura de un equipo que quizás rescató el béisbol a nivel local y que sin duda colocó el nombre de Puerto Rico por todo lo alto ante los ojos del mundo.

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CLASICO MUNDIAL DE BEISBOL / MIERCOLES, 20 DE MARZO DE 2013


EL VOCERO / Tania Dumas EL VOCERO / Tania Dumas

EL VOCERO / Alvin Báez

EL VOCERO / Alvin Báez

El legendario estadio Hiram Bithorn, hogar de grandes luminarias desde Roberto Clemente hasta la novel figura de Yadier Molina, volvió a brillar con la celebración del Clásico Mundial de Béisbol. La instalación beisbolera que por los pasados años resultó secuestrada por eventos que poco tenían que ver con este deporte, fue abarrotada por una sedienta fanaticada que disfrutó de cada uno de los partidos y de las dos victorias de Puerto Rico y su eventual avance a las siguientes fases. A continuación presentamos varias imágenes que demuestran la gran emoción generada por este evento en su paso por el Bithorn.

EL VOCERO / Alvin Báez

Revivió el Bithorn

EL VOCERO / Tania Dumas

EL VOCERO / Alvin Báez

CLÁSICO MUNDIAL DE BÉISBOL MIERCOLES, 20 DE MARZO DE 2013


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Las guías de pago que deben revisarse cada cuatro años para ajustarse a la realidad económica del momento, se atrasarán un año más

LOCALES

EL VOCERO / Archivo

RETRASADAS LAS TABLAS DE ASUME P.14

Casey se expone a la ejecución Consumidores buscan pescado más barato

NEGOCIOS

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El lunes el jurado comenzará a decidir si se aplicará la pena de muerte

Miss Mundo PR: Wilnelia pasa la batuta a Shanira

ESCENARIO

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Maestra dona riñón a una de sus estudiantes

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Una educadora de una escuela elemental de Estados Unidos dona un riñón a una de sus alumnas de solo 8 años, quien necesitaba un trasplante urgente para sobrevivir a una extraña enfermedad. Escanee el código para leer esta emotiva historia.

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EN VOCERO.COM

índice

El periódico de Puerto Rico

La Secta

Le pone sabor salsero a su propuesta musical

P27

VOX P.22 NEGOCIOS P.24 ESCENARIO P.26 CLASIFICADOS P.29

Ladrón devuelve dinero que robó hace 30 años

SUMINISTRADA

ESQUELAS P.36 DEPORTES P.38

SUMINISTRADA

Escanee el código para conocer más detalles de este inusual suceso, en el que un hombre que expresó remordimiento por robar $800 de una tienda hace tres décadas devolvió el dinero y parte de los intereses del mismo.

Baloncesto Superior El BSN anuncia su venidera temporada P.38

Acondicionador de aire del auto Con el alto costo del combustible es necesario buscar alternativas para el ahorro. En los autos, el utilizar el acondicionador de aire cuando el tránsito esta denso equivale a un incremento de más de un 10% en el consumo de combustible y en la autopista de un 3% a un 4%. También, de hacer uso de un 'sun roof' en las autopistas el arrastre del auto se incrementa, así como el consumo de combustible. Recuerde vigilar las fugas del refrigerante o gas en el acondicionador de aire por lo menos cada 2 años o 50,000 km.

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Al FEI exalcalde de Vega Baja REDACCIÓN, EL VOCERO

EL VOCERO / Sebastián Márquez

El exalcalde de Vega Baja, Iván Hernández González, será investigado por un Fiscal Especial Independiente (FEI) como resultado de una investigación preliminar del Departamento de Justicia que concluyó que existe causa suficiente para concluir que Hernández González cometió delitos en violación a la Ley de Ética Gubernamental de Puerto Rico del 2011.

Padín no descartó la posibilidad de celebrar vistas públicas, de surgir cambios en lo que ya había sido avalado.

Para largo nuevas tablas de ASUME YAMILET MILLÁN RODRÍGUEZ, EL VOCERO

Revisión que se supone se hiciera en el 2011 podría tardar más de un año

Las nuevas guías de pensión alimentaria que se supone estuvieran listas para mediados del 2011, podrían tardar más de un año en aprobarse, confirmó la administradora de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME), Rosabelle Padín. La Titular dijo que volverán a evaluar las guías que dejó en el tintero la pasada administración y de surgir cambios, tendrían que abrir un proceso de vistas públicas para que el Pueblo se exprese sobre la propuesta. “Nosotros quisiéramos que fuera lo antes posible porque el término ya está vencido. Se supone que sea cada cuatro años y conocemos que desde el 2010 ya transcurrieron esos cuatro años. Sería irresponsable de nuestra parte no hacer nada y firmar el reglamento y continuar con el proceso sin evaluar todos estos productos e informes que se generaron. No puedo decir un año, pero quisiéramos que fuera a la mayor brevedad”, indicó Padín. La ley exige que cada cuatro años se revisen las tablas de pensión alimentaria y se atemperen a la realidad económica del momento. La última vez que se revisaron las guías fue en el 2006. “El reglamento final debe entregarse al Departamento de Estado, pero esa etapa no se finalizó”, dijo Padín. La funcionaria adelantó que el estudio económico que se realizó en el 2010 sobre el costo de la crianza tiene que volver a pro-

yectarse a cuatro años. Dicho estudio tiene una vigencia hasta el 2014. “Podemos partir de la premisa que se queda corto en el tiempo lo que sería la vigencia del estudio económico que se llevó a cabo… Todo esto se hizo como parte de la gestión gubernamental y sería irresponsable de nuestra parte evaluar lo que dice la ley. Tenemos que evaluar todo lo que se hizo”, sostuvo.

Expresó que la investigación reveló que existe prueba suficiente para creer que el exalcalde incurrió en conducta constitutiva de delitos bajo el Artículo 4.2 (b) y (m) de la Ley de Ética Gubernamental, por alegadamente establecer “una cuota [económica] para sufragar distintos gastos de su campaña de reelección, pago del Comité u otras actividades todas de corte político partidista. Además que les instó a participar de las referidas actividades”. Agregó que el Informe también señala que el exalcalde supuestamente “amenazó y profirió improperios” a los funcionarios públicos de confianza del municipio, “por su poca participación en las actividades político partidistas y su pobre cumplimiento con la cuota [económica] establecida durante el mes de enero del 2012”.

La semana pasada, dijo, se reunieron los miembros del comité –compuesto por todas las partes que forman un caso de pensión alimenticia en el proceso administrativo y judicial– que evaluarán y modificarán las guías. El senador novoprogresista Carmelo Ríos señaló, por su parte, que se incumple con la ley y reconoció que la pasada administración detuvo la aprobación de las nuevas tablas por razones políticas”. Recordó que el pasado administrador de ASUME, Waddy Mercado, había adelantado que luego de la revisión había una rebaja de cinco a seis por ciento para las fórmulas altas y un aumento para las fórmulas bajas. “Esto no es complicado. Ya están los estudios. Se pagaron decenas de miles de dólares en contratos de gente que hizo el trabajo, pero el Gobierno no puede pensar que lo que hizo el anterior está mal y empezar de cero… Esto no puede estar un año más porque mientras eso pasa hay 28 mil puertorriqueños que están entrando a esa ecuación de nuevo”, indicó Ríos.

EL VOCERO / Archivo / Sebastián Márquez

EN PORTADA

La presidenta del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI), licenciada Nydia M. Cotto Vives, indicó que el secretario de Justicia, Luis Sánchez Betances, refirió el caso a dicho organismo luego de una investigación conducida por la Divisiones de Integridad Pública, Delitos Económicos y Oficina de Asuntos del Contralor del Departamento de Justicia.

Hernández le sucedió en el cargo a Edgar Santana, quien fue convicto por actos de corrupción.


EL VOCERO / LOCALES / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013

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Continúa rechazo a Reforma Legislativa MARICARMEN RIVERA SÁNCHEZ, EL VOCERO

Romero Barceló compareció junto a su hija, la exsenadora Melinda Romero, para cuestionar los cambios propuestos. Romero Barceló dijo incluso que algunas de las propuestas podrían resultar inconstitucionales.

En tanto, la exsenadora Popular Victoria Muñoz Mendoza puso en duda que los proyectos bajo evaluación en el Senado constituyan una verdadera reforma legislativa. Una de sus principales objeciones es que los legisladores pretendan seguir cobrando sobre $70 mil.

bién expresidenta del Partido Popular Democrático (PPD).

“Comienza uno a darse cuenta que realmente al Senado o a la Comisión no le interesa el ciudadano legislador, del saque. Setenta y tres mil dólares, aún sin dieta, no es aceptable para el Pueblo de Puerto Rico. Eso es un sueldo enorme para los legisladores. Ese sueldo es una invitación para que incompetentes se tiraran a primarias y ganaran primarias”, dijo la tam-

A la vista de ayer también compareció el exrepresentante independentista Víctor García San Inocencio, quien al igual que casi todos los que han comparecido, criticó los planes de cambiar la función de los legisladores. Dijo que los proyectos tendrían el efecto de “miniaturizar” la Legislatura y convertirlo en un sello de goma del Ejecutivo.

Según Muñoz Mendoza, el salario de los legisladores debe ser entre $30 mil y $40 mil anuales y nunca más que el gobernador de turno.

EL VOCERO / Ingrid Torres

Los proyectos que buscan reformar la Legislatura cambiando los legisladores a tiempo parcial y reduciendo las sesiones a una por año continúan recibiendo el rechazo de los deponentes ante la Comisión Especial para el Estudio de la Reforma Legislativa. El exgobernador Carlos Romero Barceló y la exsenadora popular Victoria Muñoz Mendoza estuvieron ayer unidos en su rechazo a estas propuestas.

VICTORIA MUÑOZ MENDOZA

Fiscales piden ser excluidos de reforma de Retiro OBED BETANCOURT, EL VOCERO

La Asociación de Fiscales abogó para que el Ministerio Público sea eximido de la reforma de Retiro, dadas las particularidades de esos empleados. Igual petición la realizó la Asociación de Empleados de Gobierno, aunque, señalan, porque sería ilegal no así hacerlo.

públicos, aparte de los transitorios. Los fiscales no gozan de una expectativa de permanencia porque son nombramientos de 12 años, que pueden o no ser renominados nuevamente. Se les deduce el Retiro igual que a todo empleado público. La licenciada Rivera sostuvo que, en vista de que hay una naturaleza contractual de la pensión por retiro “que no está sujeta a cambios ni a menoscabos”, la Constitución impide al Gobierno menoscabar las obligaciones contractuales. “Por esa razón, la Asamblea Legislativa no tiene la facultad para menoscabar ese

El Ministerio Público consiste de 475 personas, entre fiscales, procuradores y abogados fiscales especiales. “No somos empleados de carrera ni de confianza”, denunció la presidenta de la organización Mibari Rivera. Esas son precisamente las dos categorías básicas de los empleados

derecho adquirido de naturaleza contractual o que ha sido ‘comprado’ por ese participante mediante aportaciones compulsorias provenientes de su salario”. Propuso que las medidas propuestas de reforma de Retiro sean “prospectivas”. De no ser posible, pidieron el trato especial que le da el proyecto a la Policía. Mientras, la Asociación de Empleados de Gobierno le recordó a la Comisión que ellos no son empleados públicos, aun cuando aportan al Sistema de Retiro. La Asociación de Empleados es una entidad privada aunque desempeña una labor

pública, pero sus aportaciones son privadas y la ley exige que esas aportaciones tengan cuentas exclusivas y separadas al resto de los empleados públicos que aportan al sistema. Los empleados de la Asociación se verán igualmente afectados por el proyecto de Reforma.

Problemas en el IVU loto Aunque la idea del IVU loto es fiscalizar y asegurarse de que los comercios han retenido el pago, su implantación ha sido atropellada y deficiente, según una serie de deponentes en vistas de la Comisión de Hacienda de la Cámara que investiga al IVU.

No le preocupa Leo Díaz EL VOCERO / Alvin J. Báez

YENNIFER ÁLVAREZ JAIMES, EL VOCERO

CARMEN YULÍN CRUZ

La alcaldesa de San Juan, Carmen Yulín Cruz, se mostró despreocupada sobre la posibilidad de que el exrepresentante Leo Díaz Urbina sea su retador en las elecciones del 2016. Aunque el también expresidente del Partido Nuevo Progresista (PNP) dijo a EL VOCERO que “no es tiempo de hablar sobre candidaturas”, se supo que Díaz participa en una serie de visitas junto con el doctor

Ricardo Rosselló Nevares en diferentes comunidades de la Cuidad Capital. “Yo soy la Alcadesa de San Juan. Yo duermo como un bebé todas las noches”, sentenció sonreída Cruz mientras caminaba, ayer, hacia el despacho del gobernador Alejandro García Padilla en La Fortaleza. La Primera Ejecutiva de San Juan acudió

ayer al Palacio Santa Catalina para conversar con el Primer Ejecutivo sobre la primera Alianza Público Comunitaria que se desarrollará en la comunidad La Perla. Se trata de una panificadora que empleará a los residentes de la comunidad y además tendrá como principales clientes los restaurantes, hoteles y establecimientos del Viejo San Juan.

Siguen las conversaciones con Pesquera YENNIFER ÁLVAREZ JAIMES, EL VOCERO

El contrato del superintendente de la Policía, Héctor Pesquera, llega a su fin en una semana, y todavía los miembros de la Uniformada desconocen qué pasará con el mando de la agencia.

El portavoz de Asuntos Públicos de La Fortaleza, Jorge Colberg Toro, dijo en entrevista con este rotativo que “las conversaciones están en su etapa final”.

la Autoridad de Puertos de esta ciudad tiene en agenda que el último día del funcionario en el cargo es el 28 de marzo.

EL VOCERO supo que ayer el Jefe de la Policía visitó La Fortaleza muy temprano en la mañana para discutir asuntos relacionados con la posibilidad de su permanencia en el cargo.

Aunque el contrato con el Condado de Miami-Dade –que habilita la estadía de Pesquera en la Isla– tiene vigencia hasta el 1ro. de abril, EL VOCERO supo que

El Portavoz de Asuntos Públicos de La Fortaleza insistió en que el Primer Ejecutivo desea que Pesquera permanezca en su puesto.


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Dudosa selección de AEE BEATRIZ DE LA TORRE, EL VOCERO

Piden cuentas sobre desarrollador de la Terminal Marítima de Gas Natural Licuado de Aguirre NOTA DEL EDITOR: Segundo artículo de una serie. Los detalles de como la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) piensa financiar, construir y operar la Terminal Marítima de Gas Natural Licuado de Aguirre, están sumergidos en lo que la Comisión Federal Reguladora de Energía (FERC) pinta como un mar de discrepancias y lagunas relacionadas a asuntos tanto burocráticos como ambientales.

Pidiendo que se le aclarase el propósito y la necesidad del proyecto, FERC le solicitó a Excelerate “información adicional relacionada al proceso de selección por la AEE, incluyendo el criterio utilizado y una cronología de cuándo Excelerate hizo los acercamientos a la AEE y cuándo fue que la AEE le concedió el contrato”. Teniendo en cuenta que todavía no existe tal cosa como un contrato formal entre la agencia y la compañía de Texas, las respuestas tienen visos de los controvertibles acuerdos secretos de hace 20 años de la AEE con la difunta Enron, para la construcción y operación de la cogeneradora Eco Eléctrica. EL VOCERO encontró un ejemplo en la forma como Excelerate --al igual que la AEE en San Juan-- conti-

EL VOCERO / Archivo

Una de las más serias de estas discrepancias, y la cual conlleva la posibilidad de un conflicto de intereses inherente, encabezó el año pasado las primeras preguntas de los reguladores federales, quienes pidieron que la compañía desarrolladora Excelerate Energy LP, de Houston, explicase en detalle cómo y por qué la empresa había sido seleccionada para el multimillonario proceso por medio de lo que la AEE llama una “expresión de interés y un proceso de precualificación”. La empresa comenzó a reunirse con asesores del Gobierno para discutir el proyecto propuesto para Aguirre, 10 meses antes que la AEE les hiciera un acercamiento.

núan presentando un cuadro contradictorio sobre la génesis del proyecto al igual que sobre su financiamiento. Según la información que la empresa le dio a FERC, el 21 de diciembre de 2010 recibió una invitación de la agencia boricua para someter una propuesta técnica y sus cualificaciones para desarrollar la terminal marítima, lo cual hizo para el 21 de enero del 2011. “Al mejor conocimiento de Excelerate Energy, cuatro compañías participaron en el proceso y en febrero 16 del 2011, la AEE anunció que había seleccionado a Excelerate Energy”. Pero hasta el número de empresas consideradas por la AEE parece cuestionable. Mientras Excelerate dice que fueron 4, el actual director ejecutivo de la AEE, Juan Alicea, pone el número en 7. Alicea rehusó iden-

tificar estas otras compañías citando los acuerdos de confidencialidad que dijo existen entre el Gobierno y la compañía de Texas. Mientras tanto, otros documentos radicados por la empresa ante los reguladores federales así como por información provista por la propia AEE a sus bonistas levantan mayores dudas sobre el proceso de selección y contratación. De acuerdo con Excelerate, tan temprano como el 26 de enero de 2010, ejecutivos de la compañía se estaban reuniendo con Colleen Kelly Newman, una asesora del gobernador Luis Fortuño, para discutir el proyecto. Esto es prácticamente un año antes de que la AEE alegadamente hiciese su primera llamada para que le sometiesen una “expresión de interés”.


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‘Si soñamos grande, llegamos grande’ MARICELIS RIVERA SANTOS, EL VOCERO

WASHINGTON, D.C. - Uno de los grandes propósitos de la jueza Sonia Sotomayor, del Tribunal Supremo federal, al escribir sus recientes memorias, fue poder narrar una historia real con la cual las personas pudieran identificarse y lograr un mayor entendimiento entre los puertorriqueños de la Isla y de los estados. Ella quería dejar al descubierto su aspecto más humano sin ocultar sus vivencias más difíciles, los problemas familiares e incluso las fallas de su matrimonio y eventual divorcio, para que cada persona que lo lea pueda reflejarse, identificar experiencias y sentimientos comunes. La intención parece haber comenzado a dar resultados en virtud de las cartas que ha recibido de personas de todas partes que le cuentan vivencias similares, sin importar su nacionalidad o aspectos culturales. Ello a pesar de que a los puertorriqueños de aquí y de allá, el paisaje que retrata le pueda parecer más cercano, y por los personajes reales de una historia común a tantas familias boricuas.

dían bien poquito de ser puertorriqueña. So, parte del libro era explicarle a los dos, porque yo soy la mezcla de los dos, la mezcla perfecta”, resaltó. Además, subrayó que cuando visita Puerto Rico no se siente como una extraña, sino como una hija más, pese a haberse criado en el Bronx, Nueva York. Reiteró en la entrevista un punto que se recoge en su libro, sobre como muchas veces pensó que a muchos puertorriqueños en la Isla les iba mejor que a los de Nueva York. Recordó que los puertorriqueños son quienes tienen los más altos y los más bajos puestos en la Isla, pero que en Estados Unidos son pocos los hispanos que llegaban a altos puestos. “Pero, aquí en Washington, en Nueva York, en otros estados de Estados Unidos, la cosa es diferente, no somos gobernadores, somos pocos que estamos en el Congreso, y no había otro puertorriqueño o latino en la Corte Suprema. Llegar a ser el primero de cualquier cosa, tiene una importancia”, sostuvo.

La narrativa sencilla y fluida que se logró en la edición en español, los puertorriqueñismos que sobresalen entre las pocas palabras en inglés del texto, son elementos que ayudan a una mayor identificación con la historia real que presenta la jueza.

Reconoció que quizás hay puertorriqueños –que por ese mismo factor– no han podido aquilatar la trascendencia de que ella lograra su máxima aspiración profesional en el Supremo, ya que es muy consciente de que a la mayoría de los puertorriqueños su designación y confirmación les tomó por sorpresa y de ahí, la necesidad de escribir un libro que permitiera que a través de conocerla a ella se conociera un poco más de la vida del puertorriqueño fuera de la Isla.

“Su pregunta es una reflexión de lo que yo pensé en escribir el libro, que había dos partes que no se entendían mucho uno del otro, que el puertorriqueño entendía bien poquito de la vida de un puertorriqueño aquí en Nueva York, en el ‘mainland’, y que los que vivían acá enten-

“Para mí, ese querer no es solamente en Estados Unidos, pero llegar aquí es una cosa grande porque todavía es uno de los países más grandes del mundo. Pero, podemos hacer lo que queramos hacer en todas partes del mundo, si soñamos grande, llegamos grande”, aseveró.

AP / Archivo

Nota del Editor: Segunda parte de una serie por motivo de la entrevista que hizo la directora ejecutiva de EL VOCERO, Maricelis Rivera Santos, a la jueza Sonia Sotomayor.

SONIA SOTOMAYOR

Tres años y medio desde que el presidente Barak Obama la designó y logró su confirmación en el Senado, la hija de una sangermeña, expresó “yo asumí la mayor responsabilidad que cualquier juez puede ostentar en la carrera de Derecho. Lo que hacemos en la Corte afecta cada sector, no solamente de Estados Unidos y la sociedad americana, sino al mundo. Lo que decimos, como lo decimos, como examinamos las controversias legales, los casos que se aceptan o rechazan, afecta a todo el mundo. Para alguien que ama el Derecho de la forma que yo lo hago, este es el trabajo más importante que pudiera alcanzar con la conciencia de que hay que tener un enorme grado de

responsabilidad y de obligaciones, obligaciones de hacer lo mejor que podamos, por ayudar la gente, no solamente a los latinos, sino la gente en general, de explicar lo que hacemos y hacerlo con un cuidado bien profundo y con la sensibilidad y el entendimiento de cuán importantes son nuestras decisiones para la gente”. Esa es su respuesta más directa, porque a cualquier provocación habla de sus vínculos puertorriqueños, de las dos visitas que ha hecho a Puerto Rico desde que se instauró en el cargo y de las llaves de la ciudad de Mayagüez que le fueron conferidas y que guarda como un tesoro al descubierto en su oficina.


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Federales desarticulan ganga en Canóvanas MELISSA CORREA VELÁZQUEZ, EL VOCERO

Narcotraficantes intimidaban vecinos de San Isidro para que abandonaran el sector

De acuerdo a un comunicado de prensa, el grupo, que también distribuía los narcóticos en Monte Verde, Villa Hugo y Las Casitas, fue acusado por un Gran Jurado por cargos de poseer con la intención de distribuir sustancias controladas a mil pies de un colegio privado. Se alega que la pandilla, liderada por Miguel (Buby) Canales Villalonga, operaba desde el 2007. La organización contaba con seis líderes, un gatillero, tres corredores, 21 vendedores, procesadores de droga, vigilantes y facilitadores.

Según el comuniado de prensa, los integrantes de la pandilla intimidaban a los residentes de San Isidro para que abandonaran sus residencias, a fin de utilizar las propiedades para sus actividades de narcotráfico. Se alega que varios de los acusados utilizaban armas de fuego para proteger el negocio y a ellos mismos. Doce de los imputados enfrentan cargos por uso de un arma de fuego durante la comisión de un delito de trasiego de drogas. Los acusados se exponen a sentencias mínimas de diez años de cárcel hasta cadena perpetua y multas de hasta $10 millones. El caso está a cargo del fiscal federal Alberto López Rocafort. “Los esfuerzos conjuntos de la DEA, la Policía de Puerto Rico y la Fiscalía federal nos ha llevado al arresto de estos violentos narcotraficantes

EL VOCERO / Dennis Jones

Agentes del Negociado Federal Antidrogas (DEA, por sus siglas en inglés), arrestaron en la madrugada de ayer a 20, de 31 integrantes de una violenta organización de distribuidores de ‘crack’, cocaína y marihuana, en la barriada San Isidro en Canóvanas y otros sectores de ese pueblo.

Las autoridades lograron el arresto de 21 integrantes de la organización.

que no tienen respeto por la vida de gente inocente”, expresó el director de la DEA Pedro Janer.

Ocupan vehículo utilizado por sicarios MIGUEL RIVERA PUIG, EL VOCERO

Agentes del CIC ocuparon ayer una guagua Toyota Sienna del 2012 en el residencial Lagos de Blasina en Carolina, con varios casquillos de bala en su interior, que se presume fue la utilizada por sicarios que al caer la noche del lunes asesinaron a tiros al joven Víctor Falú Quiñones, en la calle José De Diego, en el casco urbano de esta ciudad.

la calibre .4, que se sospecha fue la usada para asesinar a Falú Quiñones.

La víctima era vecino del residencial El Faro y tras recibir los balazos a eso de las 6:37 pm, fue llevado al Hospital de la UPR donde falleció.

De otra parte, los agentes del CIC de Ponce investigaban el asesinato de un joven cuyo cadáver fue hallado a las 9:20 de la noche del lunes en la carretera PR-123 cerca de la antigua Escuela Industrial para Mujeres en el barrio Magueyes. La víctima tenía tatuados en distintas partes los nombres de María, Nelson y Papo. Se cree que se trata de un joven vecino de la calle Magnolia, cuyos familiares gestionaban identificarlo ayer.

Varios individuos fueron entrevistados y posteriormente, en un apartamento en Lagos de Blasina, se ocupó una pisto-

Hasta la medianoche del lunes las muertes violentas sumaban 185, una reducción de 28 comparada con el 2012.

Agente víctima de narco cañona MIGUEL RIVERA PUIG, EL VOCERO

Dos pistoleros penetraron en la casa de un agente de la División de Drogas de San Juan, al que agredieron y asaltaron frente a su familia y después asaltaron a un vecino que es oriundo de la República Dominicana, a quien los asaltantes buscaban para quitarle $16 mil de una supuesta transacción de narcóticos. El agente Antonio Sostre Mateo estaba con su esposa e hijos en su

apartamento en Río Piedras cuando llegaron los asaltantes en la medianoche del lunes. Obligaron al agente, a su esposa e hijos a acostarse en el piso mientras rebuscaban la vivienda. Tras percatarse de que Sostre era agente le quitaron la pistola calibre .40 cargada, las credenciales, el ‘beeper’ para abrir el control de acceso y $420 en efectivo y lo interrogaron,

preguntándole por su vecino dominicano a quien no conoce. Cuando el vecino llegó, de inmediato lo encañonaron y le llevaron una suma indeterminada, ya que el hombre no se querelló. En el lugar, los agentes de la División de Robos bajo la dirección de la teniente Wanda Torres ocuparon unas listas que tenía el dominicano, en la que aparecen los nombres de unos individuos con deudas considerables por drogas.


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LOCALES / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013 El periódico de Puerto Rico

Culpable Casey por muerte agente encubierto JACKELINE DEL TORO CORDERO, EL VOCERO

El jurado que ayer declaró culpable al neoyorquino Lashuan Casey Rivera en el Tribunal federal de San Juan, por la muerte del agente encubierto Jesús Lizardi Espada, regresará a las instalaciones el lunes para entrar a la segunda etapa y decidir el futuro del hombre de 32 años, quien se expone a la pena capital. Después de escuchar la prueba en la sala de la jueza presidenta de la Corte federal en la Isla, Aida Delgado, el jurado de cuatro mujeres y ocho hombres decidió de manera unánime que Casey es culpable de tres cargos: apropiarse de un vehículo de motor –que fue traído a la Isla a través del comercio interestatal–, con la intención de causar daño severo, que culminó en la muerte del hombre de 36 años, poseer un arma de fuego teniendo convicciones

previas y utilizar un arma de fuego durante la comisión de un delito de trasiego de drogas. La determinación en la etapa de pena de muerte también tiene que ser unánime. Casey, vestido con camisa amarilla, esperó la decisión de pie, cabizbajo, al lado de sus abogados. Su abuelo Marciano Rivera no fue al Tribunal. Los familiares de Lizardi Espada lloraron en sala. Minutos después de salir, la madre del agente se le abalanzó al cuello del fiscal Scott Anderson y lo abrazó, mientras le agradeció su labor. Después abandonaron el Tribunal por la salida de empleados, sin emitir comentarios. La jefa de la Fiscalía federal, Rosa Emilia Rodríguez, estuvo en sala pero no hizo expresiones.

Realizarán simulacro hoy REDACCIÓN , EL VOCERO

Un simulacro para poner a prueba el Sistema de Alerta de Emergencia (EAS, por sus siglas en inglés) durante un evento de terremoto/tsunami, y las comunicaciones y proceso de respuesta de los gobiernos locales, estatales y federales, así como del sector privado, se efectuará durante el día de hoy. Durante el ejercicio LANTEX 2013 sonarán alarmas en diversos sectores costeros, por lo que la ciudadanía debe estar consciente de que se trata de un simulacro. El evento es producto de un esfuerzo entre la Agencia federal para el Manejo de Emergencias, la Agencia estatal para el Manejo de Emergencias, la Red Sísmica de Puerto Rico, la Asociación de Radiodifusores de Puerto Rico y la Agencia Nacional Oceánica y Atmosférica (NOAA, por sus siglas en inglés).


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ESTADOS UNIDOS / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013

REDACCIÓN Editor y Director Peter W. Miller

Directora Ejecutiva Maricelis Rivera Santos

AP / Ahn Young-joon

Supremo debate por el voto

FUNDADO POR GASPAR ROCA 29 de abril de 1974

BREVES

El periódico de Puerto Rico

JACQUES BILLEAUD, THE ASSOCIATED PRESS

Editor Asociado Ira Ellenthal

Evalúan constitucionalidad de leyes para evitar inscripción de inmigrantes ilegales

Director de Noticias Rafael Enrique Morales

Director Asociado de Noticias Roberto Orsini Herencia

Subdirectora Asociada de Noticias Milly Méndez

Directora de Escenario Johan Maldonado Rabelo

Subdirector Asociado de Escenario Eric Perlloni Alayón

Director Interino de Negocios Carlos Antonio Otero

Director de Deportes Omar Marrero Rivera

Director Asociado de Deportes

WASHINGTON - Los magistrados de la Corte Suprema debaten en estos días sobre si los estados que buscan combatir el fraude electoral y la inmigración ilegal pueden obligar a los electores a documentar su nacionalidad estadounidense antes de permitirles usar un sistema federal de inscripción de votantes diseñado para agilizar el voto.

varias batallas con el Gobierno federal sobre temas de inmigración relacionados con la frontera con México. Pero el caso tiene implicaciones mayores porque otros cuatro estados –Alabama, Georgia, Kansas y Tenesí– tienen exigencias similares, y otros 12 están contemplando leyes semejantes, dijeron funcionarios.

Activistas republicanos de diversas partes de Estados Unidos afirman que el fraude por parte de inmigrantes que

La ley federal, aprobada en 1993 para ampliar la inscripción de electores, permite a los solicitantes llenar y enviar por correo un formulario donde juran que son ciudadanos estadounidenses, bajo la penalidad de perjurio, pero no les exige presentar pruebas de que son ciudadanos estadounidenses. Las autoridades de Arizona exigen una licencia de conducir de ese estado emitida después del1996, un certificado de nacimiento de Estados Unidos, un pasaporte u otros documentos similares, o el Estado rechaza la solicitud de inscripción federal.

Víctor O. López Hernández

Director Gráfico Jorge Vargas

ADMINISTRACIÓN Presidente VP Ejecutivo de Ventas y Mercadeo Ira Ellenthal

VP de Recursos Humanos María Luisa Roca

VP de Finanzas Ángel de Jesús

VP Mercadeo y Relaciones Públicas Stephanie M. Moore

VP Sénior de Ventas Edwin Cruz

VP de Ventas Rafael Bautista

Directora de Recursos Humanos

AP / Archivo

Peter W. Miller

carecen de autorización para vivir en el país es una amenaza a la integridad de las elecciones, mientras que los demócratas afirman que la motivación real de tal postura es suprimir el voto de las minorías, quienes se inclinan abrumadoramente por los demócratas.

Pero el Congreso ha indicado que los estados tienen que “aceptar y usar” la tarjeta federal de inscripción de electores, dijo la magistrada Sonia Sotomayor. “No entiendo bien como usted dice que acepta y usa la tarjeta cuando está rechazando” algunos formularios, le expresó la jueza al procurador general de Arizona, Thomas C. Horne.

El caso se centra en la inscripción de electores en Arizona, que ha librado

Wandy Gomila Dolores Barreiro

Director Producción y Tráfico Guillermo Alonso Roca

Directora de Tráfico Ilia M. Pérez Centeno

Director de Operaciones y Control de Calidad Prensa Eligio Dekony

Directores Asociados Eméritos Carlos Romero González Germán Martínez Negroni Dirección Postal Apartado 9027515, San Juan, P.R. 00902-7515 Dirección Física EL VOCERO DE PUERTO RICO 206 Ave. Constitución San Juan, Puerto Rico 00901 Dirección Electrónica redacción@vocero.com El Vocero de Puerto Ricos se publica 5 días a la semana, de lunes a viernes. Cuadro: (787) 622-2300 (787) 721-2300 Servicio al cliente: (787) 622-7480 Clasificados: (787) 622-7495 (787) 724-1485

www.vocero.com

Colorado avala controles IVÁN MORENO y KRISTEN WYATT, THE ASSOCIATED PRESS

DENVER, Colorado - El gobernador de Colorado, John Hickenlooper, firmará hoy nuevas medidas para el control de armas que limitan el número de municiones en los cargadores y ampliará la revisión de antecedentes a los compradores. Un empleado estatal enterado del tema confirmó los detalles a The Associated Press con la condición de guardar el anonimato porque todavía no se hace un anuncio formal. La promulgación de la ley sería una victoria para los demócratas en el debate sobre el control de armas en este estado. Las propuestas fueron piezas centrales de los demócratas en el paquete de propuestas legislativas encaminadas a abordar el tema de los tiroteos masivos ocurridos en un cine de Denver y en una escuela primaria en

AP / Archivo

Directora Clasificados

Connecticut el año pasado. Las leyes entrarían en vigor el 1ro. de julio. El debate de armas de Colorado ha sido seguido muy de cerca porque es un estado políticamente moderado, donde poseer armas ha sido un derecho preciado. Las nuevas leyes serían las primeras sobre el tema que se aprueban este año fuera de la costa este de Estados Unidos. Los republicanos rechazaron ambas medidas y argumentaron que las propuestas no evitarían más tiroteos.

Bombarderos sobre Corea Los ejercicios militares conjuntos entre Corea del Sur y Estados Unidos en la península coreana, le han permitido al Pentágono emplear bombarderos B-52 como muestra de poderío frente a la amenazas norcoreana. Pyongyang ha dicho que estos ejercicios constituyen una provocación y causal para retribución militar. (Servicios Combinados)

Sangriento aniversario BAGDAD- Una oleada de atentados explosivos sacudió Bagdad y causó 57 muertos, en la víspera del décimo aniversario de la invasión encabezada por Estados Unidos y en el contexto de la inestabilidad que ha persistido en Irak poco más de un año después del retiro de las fuerzas estadounidenses. (AP)

Cae asesino de periodista Las autoridades paquistaníes anunciaron el arresto de uno de los presuntos autores de la muerte de Daniel Pearl, el corresponsal del The Wall Street Journal asesinado en dicho país en 2002. La muerte de Pearl, que ocurrió en pleno apogeo de la Guerra contra el Terrorismo, sacudió al mundo entero toda vez que sus captores difundieron un video en que se muestra su decapitación. (Servicios Combinados)


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Ojo por ojo

A la caza de los evasores ARTURO YÉPEZ

SANDRA D. RODRÍGUEZ COTTO, ANALISTA, RELACIONISTA, PERIODISTA

Mientras muchos seguimos saboreando la alegría que nos dejó este fin de semana el equipo de Puerto Rico en el Clásico Mundial del Béisbol (incluso muchos como yo, que no nos gusta ese deporte, nos lo gozamos), pocos pensamos en que la alegría luce efímera. Se ve breve si pensamos que tenemos de frente la amenaza de que aquí nos impongan la Ley del Talión. Ojo por ojo, diente por diente. O sea, mataste, eres un asesino, pero en vez de encerrarte, la Fiscalía federal quiere hacer que un jurado compuesto por siete mujeres y cinco hombres puertorriqueños, sean verdugos. Los fiscales harán como Pilato y el jurado mandará a matar. Ese parece ser el objetivo de las autoridades federales en el caso contra el convicto Alexis Candelario Santana en el que nuevamente insiste en pedir la pena de muerte.

VOX

Resulta difícil considerar el tema cuando se trata de un asesino de una larga historia delictiva, y quien mató de manera inmisericorde, fría y vilmente a 22 personas en varios eventos incluyendo la masacre de La Tómbola, en Toa Baja. Cuando es un asesino como Candelario Santana, es fácil pensar que merece morir. Es fácil decir que no merece que el erario pague por mantenerlo en una cárcel por el resto de sus días. Es fácil convencerse de que no importa, que no vale nada y por eso hay que pagarle igual que como él hizo; matando. Pero el tema es más complicado que eso. Hoy es él, mañana puede ser cualquier otro. Por un lado está el elemento moralista y de nuestra tradición judicial que abolió la pena de muerte hace años, pero por otro viene la insistencia de demostrar que aquí mandan los americanos. Ese activismo de la Fiscalía federal a favor de la pena de muerte es evidente, pero hasta ahora, los jurados se han negado dar veredictos de muerte. Todo tiende a indicar que más allá de dar una lección al asesino, lo que quiere hacer la Fiscalía

Prohibida la reproducción / arturoyepez@aol.com

de muerte son los pobres y las minorías, o sea, los más marginados.

federal es demostrar la subyugación del sistema colonial del País. Sin embargo, los puertorriqueños han demostrado que repudian el matar para detener las muertes.

En estos días el estado de Maryland abolió la pena de muerte. Ya son 18 los estados que la prohíben. Optan por respetar la vida de aquellos que no respetaron las vidas de otros. Quizás ese encierro de por vida sea el peor castigo de un asesino que siempre tendrá ahí a la conciencia hablándole. Este fin de semana leí que el nuevo sumo pontífice, el Papa Francisco, dijo al rezar su primer Ángelus que: “Un poco de misericordia hace al mundo menos frío y más justo”.

Se puede argumentar que en el bajo mundo existe la pena de muerte para aquellos que tiran ‘cañona’ o que no pagan sus deudas, por eso los ejecutan. Pero en nuestro ordenamiento jurídico y social, la pena de muerte está abolida. Desde el 1927 y posteriormente se incorporó en la Constitución del ELA. Los puertorriqueños sabemos que el derecho a la vida es fundamental, y que la pena de muerte atenta contra la dignidad humana por su naturaleza, y por los métodos que se usan para implementarla. Sabemos también que más que resarcir daños o representar la justicia, la pena capital implica venganza y no rehabilita a nadie. Lo que sí intimida, por la experiencia en otros sitios, son las estadísticas porque la mayoría de los condenados a pena

Resta ahora por ver si ese jurado de puertorriqueños será misericordioso, o si sucumbe ante el intento de la Fiscalía de aplicar aquí la Ley del Talión. Pienso que si lo hacen, nos vamos a quedar tuertos. Comentarios: sandra.rodriguez.cotto@gmail.com Twitter: @SRCSandra

Pagando justos por pecadores ROBERTO L. PRATS PALERM , ABOGADO

Las últimas noticias legislativas que llegan de la Casa de las Leyes atañen a la reestructuración de muchas de las Juntas de Gobierno en las agencias o corporaciones públicas. Cambios en la Junta de Síndicos de la Universidad de Puerto Rico, la Junta de Gobierno de la AEE, la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones, entre otras. La necesidad de tener que rediseñar el funcionamiento mecánico de las Juntas por consideración estrictamente de cambios de gobierno develan un gran problema; falta de prudencia. El problema no es el proceso de alternarse la administración del poder; el problema empieza antes. Justo en los casi dos meses que se dan después de las elecciones generales y antes de la toma

de posesión. La interrupción abrupta en la funcionalidad cotidiana del gobierno nos hace ingobernables. En esta materia de Juntas de Gobierno, no debe pasarse juicio de las actuaciones de la Administración García Padilla si no se pasa juicio sobre las actuaciones de su antecesor en sus últimos días en La Fortaleza. La realidad es que no hubo el más mínimo intento de un acto de constricción para ceder elegantemente el espacio a los entrantes para armar su rompecabezas de gobierno. Se llenaron sin sonrojo todos los espacios disponibles y el atornillamiento fue burdo e impulsivo. Tomo

por ejemplo el nombramiento de la exsenadora Norma Burgos a la Junta de la Autoridad de Energía Eléctrica justo después que esta perdiera decididamente las elecciones para la Alcaldía de Caguas. Creo que un ejercicio de prudencia hubiera sido suficiente para esta no aceptar el tornillo dorado que generosamente le obsequiaron. No porque no se lo mereciera o no tuviera las credenciales, que creo que las tiene, sino por lo que eso simbolizaba en el contexto de una elección perdida. En el plano político, ¿alguien piensa que la Senadora quiere que el gobernador García Padilla tenga éxito

como gobernador Popular? ¿Creen que colaboraría con García Padilla para bajar la luz en Puerto Rico? En el plano político son adversarios del Gobierno. Eso me lleva al siguiente punto, cuando pagan los justos por los pecadores. Cuando la necesidad de revisitar una decisión de un atornillamiento político requiere que el entrante tenga que reorganizar y en el proceso tenga que sustituir miembros de Juntas que tienen mucho mérito y desprendimiento con el Pueblo de Puerto Rico; y los hay. Creo que estas posiciones deben tener el mismo término de cuatro años y los gobernadores salientes deben ser mejores Jefe de Estado y menos gerentes de ferretería.


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Toma de la Universidad = Independencia por la cocina (Parte I) JAIME BENSON, CATEDRÁTICO DE ECONOMÍA, UPR

VOX

La Universidad de Puerto Rico como ente del Estado ha estado sometida desde su fundación al control de este último por ser su fuente principal de financiamiento y representante legítimo del interés público. Al ser las autoridades del Estado electas por sufragio libre y universal la institución ha estado sujeta a los azares de los cambios continuos de administración de gobierno muy a pesar de la relativa autonomía universitaria conferida en la Ley Universitaria de 1966, al ser sus instituciones de gobernanza (inicialmente el Consejo de Educación Superior y desde 1994 la Junta de Síndicos) integradas por las personas nombradas por los respectivos gobernadores electos como representantes del interés público. No empece, dichos cambios por lo general se han enmarcado en los objetivos de política pública y la filosofía de la administración gubernamental que los implementa y el rol que se entiende debe asumir la universidad pública dentro de ese esquema general. Y las más de las veces han redundado en fortalecer la enseñanza, la

investigación científica, la actividad de pensar y las artes, así como la reflexión, la discusión y el debate sobre distintos asuntos de interés local, nacional y global. De un tiempo para acá, grupos de intereses ideológicos muy sectarios (la Unión de Juventudes Socialista, UJS; la Organización Socialista Internacional, OSI; el Frente Socialista hoy conocido como el Partido del Pueblo Trabajador, PPT; en alianza con dos partidos políticos tradicionales el PIP y el PPD) han pretendido abrogarse la representación de la comunidad universitaria e imponer su agenda vía la cooptación poco escrupulosa de los organismos representativos universitarios (Consejos de Estudiantes, Senados Académicos, Junta Universitaria) en alianza y con el apoyo de las organizaciones gremiales (la APPU, la Hermandad de Empleados Exentos No Docentes, HEEND y el sindicato que agrupa a los empleados de planta física). Aunque ni siquiera en su conjunto constituyen la mayoría de la comunidad universitaria, han impuesto su agenda

vía asambleas estudiantiles poco representativas, excluyentes, burdamente amapuchadas y por ende, ilegales en los que decretan continuos cierres forzosos, implementados por una banda de encapuchados violentos que en el 2011 puso al sistema de la UPR a un pelo de perder su acreditación. Gracias a la puntual y firme reacción de la actual Junta de Síndicos, se recuperó el control del campus, se restablecieron las clases y se estabilizó la Universidad, sacándola de la probatoria en la que los desestabilizadores la habían colocado. La presente administración de Alejandro García Padilla pretende revertir estos logros por razones meramente politiqueras. Ante el claro desgaste y bancarrota del ELA territorial y no atreverse a defender abiertamente la opción de la república asociada en la que cree, pretende utilizar la Universidad como balón político para traer la independencia por la cocina. En la continuación de esta columna documentaré como se propone lograrlo. Continuará...

Impuesto a las corporaciones foráneas LCDO. ALFONSO A. ORONA AMILIVIA, ASOCIACIÓN DE ABOGADOS

La Ley 2-2013 del 28 de febrero de 2013, deroga la Ley 154-2010 en relación al arbitrio impuesto a las corporaciones foráneas para establecer un impuesto fijo de 4% sobre la adquisición de propiedad mueble y servicios a individuos extranjeros no residentes o corporaciones extranjeras que tengan, o que se traten como que tengan, una oficina o local de negocios fijo en Puerto Rico. La Ley 154 establecía un arbitrio inicial de 4% para el año 2011, pero el mismo se iba reduciendo cada año, hasta el 2016, cuando la tasa del arbitrio se reducía a 1% y en el 2017 se eliminaba. La Ley 2 mantiene el arbitrio de 2.75% ya establecido en la Ley 154 hasta el 30 de junio del 2013 y luego aumenta el mismo a 4%, de forma fija hasta el 31 de diciembre de 2017.

A su vez, la Ley 2 cambia las normas de cobro y depósito de dicho arbitrio. Mientras los individuos y corporaciones sujetas a este arbitrio bajo la Ley 154 tenían hasta el 15to. día del mes siguiente al mes que ocurrió la adquisición para depositar dicho arbitrio sin pagar penalidad alguna, bajo la Ley 2, las corporaciones e individuos sujetos al arbitrio tienen hasta el 13er. día de cada mes para depositarlo. Los individuos y corporaciones sujetos a esta contribución tienen dos días menos para depositar el arbitrio. La Ley 154 aumentó de forma considerable la ca-pacidad de recaudo del Gobierno de Puerto Rico. Para el año fiscal 2011-2012 dicho arbitrio generó unos recaudos de sobre $1,800 millones. Este dinero es esencial para las necesidades gubernamentales y puede ser

utilizado para los retos en Retiro y en los costos de la luz y el agua. La Ley 2 intenta mantener esa captación de recaudos obtenidos bajo la Ley 154. La implantación de esta medida, no obstante, genera una serie de preocupaciones. Si bien es cierto que estas corporaciones foráneas pueden reclamar un crédito contributivo a nivel federal por el pago de este arbitrio, este crédito puede eliminarse como parte de las medidas que está tomando el Gobierno federal para atender la crisis fiscal. Por otro lado, está por verse el efecto del cambio en el impuesto en las corporaciones foráneas ya radicadas en Puerto Rico y las que estén auscultando la posibilidad de hacer negocios en la Isla. Visite: www.asociacionabogadospr.com Twitter: @asocabogadopr


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NEGOCIOS / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013

EMPLEO Y POBREZA

N negocios

SUMINISTRADA

El periódico de Puerto Rico

Empleos no cumplen con necesidades de mujeres ALANA ÁLVAREZ VALLE, EL VOCERO

Jefas de familia son el grupo más afectado por la crisis económica (Tercero de una serie sobre la situación actual de los trabajadores y trabajadoras en Puerto Rico).

tipo de situación. Ese dicho de que ‘la pobreza tiene cara de mujer’ es más real en estos momentos”, continuó.

Las mujeres y en principal las jefas de familia son dos de los grupos más afectados en Puerto Rico por el desfase existente entre el mercado laboral y las necesidades sociales, situación que se agrava con el poco apoyo de la empresa pública y privada y los inminentes recortes federales a programas dirigidos a la niñez.

Laura Ortiz Negrón, investigadora del Centro de Investigaciones Sociales de la Universidad de Puerto Rico (UPR), destacó que el desfase siempre ha existido pero que la crisis económica lo agudiza. “Las necesidades sociales en términos de horarios, flexibilidad y exigencias en el trabajo no van a la par con el mercado laboral”, manifestó.

Economistas expertos en el tema coinciden en que la fuerza laboral de la mujer es indispensable para el desarrollo económico del País, ya que cada vez hay más mujeres en las aulas y en los empleos. No obstante, sus necesidades no son atendidas y sus condiciones laborales no son óptimas, según estudiosos en el tema. “El cuido de niños es un factor importante en el desarrollo económico social. Preocupa que entre los recortes (para balancear los presupuestos públicos) estén servicios de cuido. No hay la cultura de asistir a los padres y madres de familia en estos temas”, expresó la economista Rosario Rivera. “Muchas rompen turno de noche y llevan a los niños al salón de clases. Eso es un peso adicional, una carga física y emocional para estas mujeres que estudian y trabajan. Pero esta es la realidad económica que las obliga y las lleva a este

Rivera explicó que se necesita comunicación entre los sectores y una reestructuración de horarios que amilanen la desconexión existente y provean flexibilidad, espacios de ocio y recarga familiar. “No todo el mundo trabaja de 8 a 5, ni tienen tiempo personal para salir a buscar a los hijos cuando salen de la escuela, ni quien los cuide esas horas adicionales. A veces se trabajan turnos de noche, o dobles y luego son penalizados cuando no van a buscar las notas”, sostuvo Rivera, profesora de la UPR, Recinto de Cayey. El subempleo es una de las consecuencias directas de esta realidad, debido a que muchas mujeres recurren a trabajos u oficios por debajo de sus estudios, capacidades y destrezas porque lo necesitan para sobre-

vivir, en la mayoría de los casos para ‘echar a los niños adelante’. “En Puerto Rico el subempleo es altísimo. Se dicen a sí mismas o mismos ‘no me queda otro remedio que aceptarlo’. ‘Si no tengo los recursos u oportunidades, tengo que ver cómo me las busco’. Y ese es un punto de no retorno, porque esas destrezas, ese talento, experiencia y capacidad, se pierde. Por eso este sector es de los más desprotegidos, más propensos a la pobreza y más explotados, que en muchas ocasiones tienen que recurrir a la dependencia gubernamental y al estigma que viene con ello”, recalcó Rivera. El planificador e investigador Deepak Lamba Nieves agregó que para que la situación cambie, la conversación en los grupos sindicales, en el sector público y privado tiene que transformarse e incluir aspectos importantes sobre las necesidades laborales específicas de la mujer con “sinceridad y sensibilidad”. Según el Negociado de Estadísticas del Trabajo del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, a enero 2013 la tasa de participación del grupo trabajador fue de 50.4% en hombres, 34.1% en féminas. En la tasa de desempleo, alcanza el 15.8% en hombres y 13.5% en mujeres, de acuerdo con las cifras no ajustadas estacionalmente.

Aceita su operación FirstBank ILEANEXIS VERA ROSADO, EL VOCERO

Fidelity Information Services firma nuevo acuerdo con el banco en la parte tecnológica Durante el día de hoy, Fidelity National Information Services, Inc. (NYSE: FIS), líder mundial en soluciones de procesamiento y tecnología para las instituciones financieras, y FirstBank Puerto Rico, una subsidiaria de First BanCorp (NYSE:FBP), podrían anunciar la firma de un nuevo acuerdo de absorción total de tecnología del banco. Aunque ambas entidades han sido socios de consultoría y apoyo de soluciones y ‘software’ desde 1994, ahora bajo el nuevo acuerdo, FIS estará a cargo de manejar toda la gestión tecnológica e informática del banco, muy similar a la operación que tiene Evertec con Banco Popular. Bajo los términos del acuerdo previo, FIS proporcionaba ‘software’ y servicios de mantenimiento de ‘software’ para aplicaciones financieras de FirstBank, que incluían desde el centro de llamadas hasta la aplicación de almacenamiento de datos, y aplicaciones de banca minorista que ofrece atención al cliente en los depósitos, los préstamos y los sistemas de gestión financiera, entre otros servicios. En su gestión por continuar ofreciendo a los clientes mejores productos y servicios financieros disponibles, FirstBank igualmente se encuentra en un proceso de subasta de los llamados préstamos malos. De acuerdo con las fuentes, la institución financiera busca inversionistas para que adquieran dicha cartera, en una transacción muy similar a la realizada por Popular con CPG. Con dicha estrategia persiguen liberarse de una cantidad de préstamos que actualmente le representan un lastre económico y con su venta amplían la capacidad de generar ingresos y nueva actividad bancaria. First BanCorp registró en su cuarto trimestre del 2012 un ingreso neto de $14.5 millones comparado con una pérdida de $14.8 millones en el mismo trimestre del 2011, siendo el tercer trimestre consecutivo en el que el banco obtiene ganancias desde el primer trimestre del 2009. El ingreso neto para el año 2012 fue de $29.8 millones, comparado con una pérdida de $82.24 millones en el año previo. FIS es una división de Fidelity National Financial, con clientes en más de 50 países y territorios, que proporciona una gestión de procesamiento de información, servicios de ‘outsourcing’, consultoría y aplicación de ‘software’ para los servicios financieros y la industria hipotecaria. En Estados Unidos, cuarenta y ocho de los 50 principales bancos y 17 de las 25 principales compañías hipotecarias cuentan con los servicios y productos de FIS.


Consumidores buscan pescado más barato ILEANEXIS VERA ROSADO, EL VOCERO

Pescadores y comerciantes que se dedican a la venta de pescado fresco y congelado aseguran que este año las ventas de ambos productos ha comenzado bastante temprano, justo desde la celebración del Miércoles de Ceniza. No obstante, todos coincidieron en que será la semana que viene cuando se abarroten los comercios. Este año –contrario al 2012– cuentan con suficiente Chillo, Marlin y Dorado, ya que aunque el abasto no ha sido excesivo, es suficiente para poder cumplir la demanda local, lo que no sucedió el año pasado.

SUMINISTRADA

El abasto de pescados y mariscos para los puertorriqueños está garantizado durante esta Cuaresma y la Semana Santa, temporada en la que se estima una alta comercialización de productos pesqueros y acuícolas de más de un 30%.

Este año –al igual que en el 2011 y el 2012– la prioridad de compra es el pescado congelado, siendo el precio el factor principal. Isaac Otero, supervisor de compra del Departamento de Carnes y Mariscos de Plaza Loíza, uno de los principales centros de venta de pescado en la Isla, explicó que localmente las compras de Cuaresma en la parte de congelados se realizan con cuatro meses de anticipación, ya que dichos productos proceden de mercados tan lejanos como Indonesia y China, y otros cercanos como Venezuela y Chile.

Por su parte, Israel Torres, de la Pescadería Soltero en Cabo Rojo, mencionó que en esta área de la Isla todavía los pescados y mariscos frescos cuentan con una clientela cautiva, donde el Mero, el Chillo y el Pulpo son los de más demanda. Agregó que mayormente suple a restaurantes, donde el consumo es alto y en municipios donde la pesca es inexistente. Aseguró que municipios como Vieques y Culebra están solicitando pescado fresco. “El éxito de mi negocio y de contar con una demanda fija se debe a la estabilidad de los precios, donde llevamos años ofreciendo el mismo precio”.

Otero mencionó que este año la prioridad en los pescados congelados está en los filetes de Salmón o el Salmón entero, seguido por la Sierra y el Chillo. Sostuvo que esta preferencia versus estos cortes en fresco se debe principalmente al precio, donde la diferencia puede ser de hasta $4 por libra.

Otro sector que asegura estar preparado es el de los pescadores ambulantes. Mario Suárez, pescador ambulante del área de Arecibo, dijo que en esta temporada “hace su agosto” ya que ofrece los mejores precios y ya la gente espera su pesca para suplir la demanda de la Semana Santa.

Hacienda reporta mejores ingresos REDACCIÓN NEGOCIOS, EL VOCERO

La insuficiencia de recaudos ha comenzado a marchar en retroceso, con un saldo positivo para la caja del Departamento de Hacienda, que ha logrado allegarse $111 millones más de lo esperado durante el mes de febrero. El beneficio es el resultado –principalmente– de unos $110 millones no recurrentes, que según la secretaria de Hacienda, Melba Acosta, es la resulta de medidas tomadas para cerrar la insuficiencia de ingresos en el presupuesto vigente.

des para lograr la mayoría de su captación, produjo $97 millones o un alza de 7.2% en febrero, al compararlo sobre el mismo mes hace un año. El recaudo acumulado del IVU en lo que va del presente año fiscal “lleva un crecimiento de 3.5% con respecto al mismo periodo del año anterior”.

Por primera vez en el corto tiempo de la presente administración, comienzan a informar números positivos en recaudos, lo cual contrasta con el cuadro mostrado hasta ahora y que en parte era responsable de una significativa insuficiencia en la caja del Estado.

En el desglose de los demás ingresos por partidas, las contribuciones sobre ingresos han aumentado $59 millones sobre febrero del 2012. La justificación para esto tiene que ver con un efecto combinado entre varias partidas de ingresos, se indicó. Mientras, los recaudos por individuos cayó en $50 millones, situación que Hacienda la adjudica a los $46 millones que se recibieron en febrero del 2012 de la amnistía.

Según informó Hacienda en comunicación escrita, $718 millones netos han ingresado al Fondo General en febrero, cifra que supera por $44 millones los recaudos registrados el mismo mes hace un año.

En cuanto a las retenciones a no residentes, esto aumentó para febrero en $127 millones, “de los cuales $110 millones son ingresos no recurrentes de pagos adelantados por varias empresas”.

Cuando se comparan los números con el mes anterior, se observa que la insuficiencia acumulada en los recaudos en lo que va del año fiscal “se reduce de $375 millones a $264 millones en febrero”, señaló Acosta.

Los recaudos de arbitrios aumentaron en $9 millones, ante el alza de $3 millones correspondientes a las corporaciones foráneas (Ley 154). Otros recaudos, como de vehículos de motor, crecieron en $2.5 millones o 7.5% más que en febrero del 2012. Igualmente aumentaron los ingresos por bebidas alcohólicas y cigarrillos de $2.3 millones y $2.7 millones, respectivamente.

La partida del Impuesto de Ventas y Uso (IVU), que constantemente se le señala por las amplias dificulta-

BREVE

EL VOCERO / NEGOCIOS / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013

Saborea con MasterCard

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En su sexto año consecutivo, MasterCard y el programa Priceless Puerto Rico se unirán al mayor festival culinario del Caribe, Saborea Puerto Rico: A Culinary Extravaganza, como la tarjeta exclusiva del evento. Como parte de esta unión, los tarjetahabientes de débito y crédito de MasterCard recibirán un descuento de $15 en la compra de boletos de entrada y acceso privilegiado al pabellón VIP de MasterCard.


“Hace tiempo queríamos hacer ‘covers’, bien a nuestro estilo, que nos gustaban. Poder hacer esas canciones nuevas, con una fusión que describiría como tipo Carlos Santana, fue enriquecedor porque la idea es abrir puertas. Estas canciones son reconocidas a nivel internacional”, destacó Gustavo Laureano, vocalista de la banda. El intérprete y compositor del tema ‘El mundo está’, con el cual promocionan su próximo disco ‘Súbelo’, explicó que todavía sigue siendo importante crear proyectos discográficos, pese a que la mayoría de su música se vende por descargas individuales de canciones. “Lanzar sencillos es importante desde el punto de vista de la industria y cómo se maneja, pero como fanático que soy, sigo siendo de los que espera el lanzamiento de un disco para irlo a comprar. Es una cosa más de fanáticos que lucrativa”, manifestó.

MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013

escenario

La Secta le agregó un toque de sabor a su dosis ‘rockera’ con los temas ‘Todo tiene su final’ y ‘Lluvia’, popularizados en décadas pasadas por Héctor Lavoe y Eddie Santiago, respectivamente.

“Hay un poquito de todo en el disco. Todas son canciones nuevas excepto los ‘covers’. Hay algunas que escribí hace mucho tiempo y otras que salieron en el último año. Ya estamos probados como compositores y queríamos darle algo distinto al público. El incluir los ‘covers’ nos va a ir abriendo a las nuevas generaciones y, por otro lado, nos identifica con la nostalgia de los que tienen nuestra edad, que conocen esas canciones”, indicó. Laureano, quien dijo que ‘Súbelo’ estará disponible en el mercado en verano, adelantó que trabajan en “una fiesta grande”, refiriéndose a un concierto, para departir con sus seguidores en agosto. “Queremos hacer una fiesta grande; no tenemos fecha, pero queremos hacer algo para los fanáticos, quizás un Choliseo (Coliseo José Miguel Agrelot)”, expresó.

Salsean su ‘rock’ La Secta se presentará mañana jueves en el ‘Be Cool Sound Loaded’ de la MDA

Congela óvulos Sofía Vergara está en tratamiento para congelar sus óvulos y ser madre, reveló a la revista Vogue. El proceso incluye la ingesta de píldoras e inyecciones de hormonas, para asegurarse de que puede convertirse en madre por segunda vez.

SUMINISTRADA

El periódico de Puerto Rico

RITA PORTELA LÓPEZ, EL VOCERO

Gay Scout

Vestida con una imitación del uniforme de Boy Scout, Madonna exhortó a la organización a levantar la prohibición a admitir gays, a la vez que pidió también una “revolución” para prevenir la discriminación y el maltrato de los gays.

La agrupación se unió además al evento de recaudación de fondos de la MDA (Asociación contra la Distrofia Muscular) denominado ‘Be Cool Sound Loaded’, que se llevará a cabo mañana jueves en el Coliseo José Miguel Agrelot. “Estamos súper comprometidos con la causa y los estamos ayudando además con la promoción, que nos cayó muy bien con el estreno de ‘El mundo está’”, agregó. Otros que participarán son Angel & Khriz, N’Klabe, Christian Pagán y El Gran Combo de Puerto Rico. Los interesados en asistir a la actividad benéfica deberán adquirir la camiseta conmemorativa del evento y ese será su boleto de entrada.

¿En Playboy?

Rumores apuntan a que Aracely Arámbula podría despojarse de sus prendas para la revista Playboy.“Solamentelespuedo decir que muy pronto estará ‘La Patrona’ con nosotros”, afirmó en entrevista Alfredo Zedillo, editor de la famosa publicación.


EL VOCERO/ Ingrid Torres

EL VOCERO / ESCENARIO / MARTES, 19 DE MARZO DE 2013

Presentan a las bellezas con propósito MARIAM M. ECHEVARRÍA BÁEZ, EL VOCERO

21 chicas se disputarán la corona de Miss Mundo de Puerto Rico el 24 de abril en la Escuela de Bellas Artes de Guaynabo La presentación de las 21 candidatas que buscan la corona que ostenta Janelee Chaparro, Miss Mundo de Puerto Rico 2012, sirvió de marco para el anuncio de Shanira Blanco como nueva directora ejecutiva de la organización. Wilnelia Merced Forsyth, tenedora de la franquicia y única Miss Mundo puertorriqueña, destacó las cualidades de la dueña de la academia Actitud para la posición. “Es un orgullo y quiero continuar mano a mano con Wilnelia y doña Delia (Cruz, presidenta de Miss Mundo de Puerto Rico) y lograr traer esa segunda corona”, estableció a EL VOCERO la otrora animadora de 'Flashazo VIP', quien colabora de una manera u otra con el certamen hace cuatro años. Merced Forsyth, por su parte, reiteró la finalidad del concurso que se centra en belleza con propósito. “Pensamos (que la belleza) es algo frívolo, pero no lo es cuando se usa para beneficio de otros”, dijo. Shanira alabó al grupo de 21 beldades que aspira a la cinta que porta Chaparro, en el que se cuentan “operadas de corazón abierto y víctimas de 'bullying'”. Miss Mundo de Puerto Rico se realizará el 24 de abril en el Teatro de la Escuela de Bellas Artes de

Guaynabo y se transmitirá en vivo a partir de las 8:00 pm por Puerto Rico TV. Neslene Rosado (Barceloneta), Carol Rigual (Bayamón), Nadyalee Torres (Caguas), Leishla Díaz (Canóvanas), Cristina Olivieri (Carolina), Gabriela Rodríguez (Cidra), Hilda Rivera (Coamo), Nathaly Ferreira (Corozal), Merie Santana (Fajardo), Giannilys Bergollo (Guaynabo), Joselyne Arce (Hatillo), Lualmarie Serrano (Lajas), Nicole Nazario (Mayagüez), Layla Velásquez (Peñuelas), Génesis Concepción (Río Grande), Merelyn Soto (Santa Isabel), Kiara Morales (San Juan), Naneisnka Marrero (Toa Alta), Franceska Toro (Toa Baja), Karimar Quiñones (Trujillo Alto) y Luisa Otero (Yauco) completan el grupo que desfiló con trajes de baño de la nueva línea de Maripily Rivera. Emulando el estilo del concurso internacional, se sumarán las puntuaciones de las cinco minicompetencias: Beach Beauty, Top Model, Deportes, Talento y Belleza con propósito; con la entrevista con el jurado para seleccionar las 12 semifinalistas. Las chicas se acuartelarán del 15 al 24 de abril en el hotel Conrad de San Juan, así como en el Turtle Bay de Lajas. Miss Mundo internacional se llevará a cabo el 28 de septiembre en Indonesia.

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EL VOCERO / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013

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EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de PR. S.S. A: FULANO DE TAL y MENGANO DE TAL, como posibles herederos desconocidos con interés en la SUCESION DE CARMEN LYDIA ARROYO DE LOPEZ t/c/c CARMEN LYDIA ARROYO ASIA t/c/c CARMEN LYDIA ARROYO LOPEZ. Por la presente se notifica que la parte demandante ha presentado ante este Tribunal una demanda sobre cobro de dinero Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria, en la que alega usted(es) adeuda(n) la suma de $105,664.32 de principal; intereses a razón de 7.50% anual,; $1,934.71 por concepto de cargos por mora y $571.15 por concepto de cargos por escrow, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo de la deuda, más la suma de $11,300.00 por concepto de honorarios de abogado, más los recargos pactados desde la fecha antes indicada acumulándose mensualmente, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Se le advierte que si no contesta la demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la contestación al Bufete de Sergio Ramírez de Arellano al Banco Popular Center, Suite 1022 209 Ave. Muñoz Rivera San Juan, PR 00918-1009 Tel. 765-2988; Fax Núm. 765-2973, dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto, se le anotará la rebeldía y se le dictará sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello de este Tribunal. En CAGUAS, Puerto Rico, a MARZO 1, 2013. CARMEN I. GARCIA PEREZ, SECRETARIA. POR: MARIA E. RIVERA RIVERA, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL.

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ED-7532 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE CAGUAS.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.

SUCESION DE CARMEN LYDIA ARROYO DE LOPEZ t/c/c CARMEN LYDIA ARROYO ASIA t/c/c CARMEN LYDIA ARROYO LOPEZ compuesta por su hija CARMINEÉ MÁRQUEZ ARROYO FULANO

ELMER FELICIANO VICENS LORRAINE LOPEZ GUADALUPE y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NUM. AICI2013-0068. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de PR SS. A: ELMER FELICIANO VICENS, LORRAINE LOPEZ GUADALUPE y Sociedad Legal de Gananciales, compuesta por ambos. Por la presente se le notifica que la parte demandante ha presentado ante este Tribunal, demanda contra usted, solicitando la concesión del remedio expuesto en la demanda de epígrafe, por la suma principal de $48,235.52 más intereses sobre dicha cuantía al tipo convenido de 6.00% anual desde el primero de septiembre de 2012 hasta su total y completo pago, más recargos acumulados, más cuales-

quiera suma de dinero por concepto de contribuciones, primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora, así como de cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de hipoteca hasta el pago total de las mismas, más la cantidad de $5,582.50 para costas, gastos y honorarios de abogados. La propiedad hipotecada es la: URBANA: Parcela de terreno radicada en la Urbanización Paseos Reales, localizada en el Barrio Arenales del término municipal de Aguadilla, Puerto Rico, y que se describe en el Plano de Inscripción con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número del solar 3 del Bloque B. Area del Solar 300.150 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una alineación recta de 13.05 metros, con la calle número 1; por el SUR, en una alineación recta de 13.05 metros, con los solares número 23 y 24 del mismo bloque; por el ESTE, en una alineación recta de 23.00 metros, con el solar número 2 del mismo bloque; y por el OESTE, en una alineación recta de 23.00 metros, con el solar número 4 del mismo bloque. Enclava una casa para fines residenciales. Inscrita dicha hipoteca al folio 154 del tomo 623 de Aguadilla, finca número 33242, del Registro de la Propiedad, Sección de Aguadilla. Se le apercibe y advierte que de no contestar la Demanda radicando el original de la contestación ante la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla y notificando copia de la misma al Lcdo. Juan M. Surillo Pumarada con oficinas localizadas en Surillo Pumarada & Dahdah Ramírez, Calle Méndez Vigo 84-B Oeste, Mayagüez, Puerto Rico 00680 (787) 834-3700, y cuya dirección postal es P.O. Box 1183, Maayagüez, Puerto Rico 00681-1183, dentro del término de TREINTA (30) días, siguientes a la publicación de este emplazamiento por Edicto que será publicado una sola vez en un periódico de circulación diaria general en la Isla de Puerto Rico, podrá dictarse contra Usted sentencia en rebeldía, concediendo el remedio solicitado por la parte demandante en la Demanda, todo ello sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO, bajo la firma de este Tribunal, en Aguadilla, Puerto Rico, hoy día MAR 07 2013. ANA M. AVILES GONZALEZ, SECRETARIA REGIONAL. POR” LUZ M. APONTE PEREZ, SECRETARIA AUXILIAR. ED-7531 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO.

BANCO SANTANDER PUERTO RICO Demandante V.

LA SUCESION de MARITZA HERNANDEZ MONTAÑEZ compuesta por sus hijos ALEXIS MIGUEL BERROCALES HERNANDEZ mayor de edad ANGEL LUIS CASTRO HERNANDEZ y ANGELITA CASTRO HERNANDEZ menores de edad representados por su padre con patria potestad ANGEL CASTRO DEPARTAMENTO DE HACIENDA CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES Demandado(a) CIVIL: E2CI2012-00214 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJEC. DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: ALEXIS MIGUEL BERROCALES HERNANDEZ como miembro de la SUCESION DE MARITZA HERNANDEZ MONTAÑEZ; ANGEL LUIS CASTRO

HERNANDEZ y ANGELITA CASTRO HERNANDEZ, menores de edad representados por su padre con patria custodia ANGEL CASTRO, como miembros de la SUCESION DE MARITZA HERNANDEZ MONTAÑEZ. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 4 de marzo de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 13 de marzo de 2013. En SAN LORENZO, Puerto Rico, el 13 de marzo de 2013. MARIBEL BARREIRO MAYMI, SECRETARIA. ANA D. FLORES FLORES, SECRETARIA AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. CB-1573 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA

DORAL BANK como agente de servicio de BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante

GRETNA GONZÁLEZ BÁEZ y la sucesión del finado RENÉ CORREA ROMERO, compuesta por GRETNA GONZÁLEZ BÁEZ por sí en la cuota viudal usufructuaria y en representación del menor RENÉ CORREA GONZÁLEZ, JACKELINE PAGÁN DÍAZ en representación del menor RENÉ CORREA PAGAN; XYZ; (herederos desconocidos), ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO y CRIM Parte Demandada CIVIL NÚM: FCD 2010-1387 (408) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA) ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 27 de febrero de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 12 de abril de 2013, a las 11:15 de la mañana en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAROLINA. Siendo esta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo

pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $75,000.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 19 de abril de 2013, a las 3:15 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $50,000.00. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAROLINA. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 26 de abril de 2013, a las 3:15 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: "URBANA: Solar marcado con el número doce del Bloque "OQ", del plano de inscripción de la cuarta extensión tercera etapa Bloque de Country Club, situada en el Barrio Sabana Abajo de Carolina con una cabida superficial de ciento cincuenta metros cuadrados con setenta y cinco milímetros cuadrados, en lindes por el Norte, en seis metros quinientos veinticinco milímetros con una alameda; por el Sur, en seis metros quinientos veinticinco milímetros con la calle número quinientos veinte; por el Este, en veintitrés metros con pared medianera que separa esta propiedad del solar y propiedad número once; por el Oeste, en veintitrés metros con pared medianera que separa esta propiedad del solar y propiedad número trece. Sobre este solar enclava una casa de una planta de concreto y bloques de concreto para fines residenciales. FINCA NÚMERO: 8,031 inscrita al folio 41 del tomo 945 de Carolina, Registro de la Propiedad, Sección Primera de Carolina. Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, pesa el gravamen posterior a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento, el que se relaciona más adelante, y a cuyos tenedores se les notifica mediante este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta, de la ejecución de la primera hipoteca, para que comparezcan a la subasta en la fecha, hora y sitio antes indicados, a proteger sus derechos, si así lo estiman a bien: (1) Aviso de Demanda: En el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, en el caso civil núm. FCD07-2013 sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Doral Bank v. Titulares, solicita pago de la deuda garantizada con hipoteca de la inscripción 11ª, la cual asciende a $67,764.38 mas costas, gastos e intereses, todo según demanda de fecha 31 de octubre del 2007, anotado el 2 de noviembre de 2009, al folio 41 del tomo 945 de Carolina, finca #8,031, anotación ‘A’. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $65,649.47 de principal, con intereses al 6.95% anual desde el 1 de mayo de 2008, hasta su completo pago mas la suma pactada de $7,500.00 en concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, más los cargos por demora, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Dichos pagos se efectuarán en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaria de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAROLINA, Puerto Rico, hoy día 13 de diciembre de 2012. Samuel González Isaac ALGUACIL SALA SUPERIOR DE CAROLINA.


EL VOCERO / CLASIFICADOS / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013 ED-7536 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR.

DORAL BANK Parte Demandante VS.

CARLOS ARIAN TORRES HOFF

Parte Demandada CASO NUM. FCD2012-0914. SALON NUM. 408. ACCION CIVIL DE COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: CARLOS ARIAN TORRES HOFF. Quede emplazada(o) y notificada(o) que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria en la que se alega que usted le adeuda a la parte demandante lo siguiente: La suma de $93,194.27 de principal, más los intereses sobre dicha suma al 6.5% anual desde el día 1ro. de enero de 2012, hasta su completo pago, más las primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora y cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de primera hipoteca, desde la fecha antes mencionada y hasta la fecha del total pago de las mismas, más la suma de $10,800.00 para gastos, costas y honorarios de abogados. La propiedad hipotecada cuya ejecución se solicita tiene la siguiente descripción y localización: URBANA: Propiedad horizontal: Apartamento letra A número 302 (A-302), localizado en el tercer piso del edificio I del Condominio Vista Serena, ubicado en el barrio Carraízo del término municipal de Trujillo Alto, Puerto Rico, con una cabida superficial aproximada de 998.45 pies cuadrados, equivalentes a 92.76 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el apartamento A-301, en 35’5” y escalera; por el SUR, con el apartamento B-301, en 45’9”; por el ESTE, con elemento común exterior, en 27’6” y por el OESTE, con elemento común exterior y escalera de acceso, en 27’6”. Consta de tres cuartos dormitorios con closet, sala, comedor, cocina, dos baños, área de recibidor (foyer), área de lavado de ropa t linen closet en pasillo. La puerta de entrada de este apartamento está situada en el lindero Este. Esta unidad tiene una participación en los elementos comunes generales del condominio de .004563%. ---Inscrita al folio 21 del tomo 681 (ágora) de Trujillo Alto, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Cuarta, finca número 30,933. Se le advierte que si no contesta la demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la misma al LCDA. MARIELA MORALES CAMPS del Bufete VAZQUEZ & VIZCARRONDO LLP, a su dirección P.O. Box 195389, San Juan, Puerto Rico 00919-5389, Tel. (787) 999-5252, Fax (787) 7511038, dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto en un periódico de circulación diaria, se le(s) anotará la rebeldía y se le(s) dictará sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y sello de este Tribunal. EN CAROLINA, Puerto Rico, hoy día DEC 28 2012. MIRIAM ROSA MALDONADO, SECRETARIA REGIONAL. POR: GISELLE M. FOURNIER QUIÑONES, SECRETARIA AUXILIAR TRIB. I. CB-1574 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAROLINA

DORAL BANK Demandante v.

La Sucesión del finado HÉCTOR RAMÓN FERNÁNDEZ SERRANO, t/c/c HÉCTOR R. FERNÁNDEZ SERRANO, compuesta por WANDA FERNANDEZ MEDINA, XYZ (HEREDEROS DESCONOCIDOS); ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Y CRIM

Demandados CIVIL NÚM: FCD 2009-0705 (407) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA) ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al publico en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 20 de julio de 2010, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 12 de abril de 2013, a las 9:45 de la mañana en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAROLINA. Siendo esta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $86,170.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 19 de abril de 2013, a la 1:45 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $57,446.66. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAROLINA. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 26 de abril de 2013, a las 1:45 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: "URBANA: Solar marcado con el número doscientos noventa y cinco (295) del bloque ‘M’ del plano de inscripción de la Urbanización Vistamar, situado en el Barrio Sabana Abajo de la municipalidad de Carolina, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos cuarenta punto cincuenta y cuatro (340.54) metros cuadrados. Colinda por el NORTE, en veintitrés punto catorce (23.14) metros, con el solar doscientos noventa y seis (296) del bloque ‘M’ del mencionado plano de inscripción; por el SUR, en veintitrés (23.00) metros, con la calle ‘D’ del mencionado plano de inscripción; por el ESTE, en quince punto dieciséis (15.16) metros, con terrenos de la Insular Housing Corporation; y por el OESTE, en catorce punto sesenta y cuatro (14.64) metros, con la calle ‘F’ del mencionado plano de inscripción. Enclava una casa de concreto reforzado para fines residenciales." FINCA #40,249: al folio 79 del tomo 888 de Carolina del Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Primera de Carolina. Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, no pesan gravámenes posteriores a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $80,567.96 más intereses sobre dicha suma al tipo del 8.000% anual, desde el día 1ro de noviembre de 2008, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $8,617.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento está de manifiesto en la Secretaria de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAROLINA, Puerto Rico, hoy día 11 de diciembre de 2012. Samuel González Isaac ALGUACIL TRIBUNAL SUPERIOR DE CAROLINA

CB-1575 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA

(de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaria de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo Parte Demandante que los interesados pueden refev. rirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAROLINA, Puerto Rico, hoy día 11 de diciembre de 2012 Samuel González Isaac ALGUACIL SAParte Demandada CIVIL NÚM: F CD2005-0549 LA SUPERIOR DE CAROLINA. (404) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPO- ED-7537 ESTADO LIBRE ASOTECA (VÍA ORDINARIA) ESTA- CIADO DE PUERTO RICO. TRIDOS UNIDOS DE AMERICA EL BUNAL DE PRIMERA INSTANPRESIDENTE DE LOS EE.UU. CIA, CENTRO JUDICIAL DE SS EL ESTADO LIBRE ASOCIA- SAN JUAN, SALA SUPERIOR. DO DE PUERTO RICO EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA Parte Demandante El Alguacil que suscribe, FuncioVS. nario del Tribunal de Primera instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 21 de mayo de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 12 de abril de 2013, a las 10:00 de la mañana en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAROLIParte Demandada NA. Siendo esta la PRIMERA CASO NUM. KCD2012-2688. SUBASTA que se celebra en es- SALON NUM. 506. ACCION CIte caso, el tipo mínimo aceptable VIL DE COBRO DE DINERO Y como oferta en la PRIMERA SU- EJECUCION DE HIPOTECA BASTA será el tipo mínimo pac- POR LA VIA ORDINARIA. MANtado en la escritura de Constitu- DAMIENTO ORDEN DE INTERción de Hipoteca, o sea, la suma PELACION. Estados Unidos de de $132,900.00. De no haber re- América. El Presidente de los mate o adjudicación en esta PRI- Estados Unidos. Estado Libre MERA SUBASTA se celebrará Asociado de Puerto Rico. SS. A: una SEGUNDA SUBASTA el día SUCESION DE FRANCISCO 19 de abril de 2013, a las 2:00 DIAZ ROSELLO compuesta de la tarde en la cual el tipo míni- por NILDA DELGADO MALDOmo aceptable como oferta será NADO, JOHN DOE y RICHARD dos terceras partes del tipo míni- ROE como posibles herederos mo pactado en la escritura de desconocidos. POR CUANTO: Constitución de Hipoteca, o sea, Se ha dictado en el presente cala suma total de $88,600.00. Es- so la siguiente Orden: “ORDEN” ta SEGUNDA SUBASTA habrá Examinada la moción presentade celebrarse en mi oficina, sita da por la parte demandante y en el local que ocupa el Tribunal examinados los autos del caso, de Primera Instancia de Puerto el Tribunal le imparte su aprobaRico, SALA DE CAROLINA. De ción y en su virtud acepta la Deno haber remate o adjudicación manda Enmendada presentada en esta SEGUNDA SUBASTA se en el caso del epígrafe, así como celebrará una TERCERA SU- la interpelación judicial de la parBASTA el día 26 de abril de te demandante a los herederos 2013, a las 2:00 de la tarde en la de(l) la demandado(a) FRANCIScual el tipo mínimo aceptable co- CO DIAZ ROSELLO conforme mo oferta será la mitad del tipo dispone el Artículo 959 del Códimínimo pactado en la escritura go Civil, 31 L.P.R.A. §2787. Se de Constitución de Hipoteca. Si ORDENA a los herederos del (la) tampoco hubiese remate o adju- causante, a saber, Nilda Delgadicación en la TERCERA SU- do Maldonado, John Doe y RiBASTA y se declarase desierta, chard Roe como posibles herese dará por terminado el procedi- deros desconocidos, a que denmiento, pudiendo el acreedor ad- tro del término legal de treinta judicarse la propiedad dentro de (30) días contados a partir de la los diez (10) días siguientes, por fecha de la notificación de la prela totalidad de la cantidad adeu- sente Orden, acepten o repudien dada. La propiedad a ser vendi- la participación que les corresda en subasta es la que se des- ponda en la herencia de(l) (la) cribe a continuación y para la causante FRANCISCO DIAZ cual se dan sus datos registra- ROSELLO. Se le APERCIBE a les: "URBANA: Solar radicado en los herederos antes mencionala Urbanización Villa Carolina, si- dos que de no expresarse dentro tuada en el Barrio Hoyo Mulas de ese término de treinta (30) de Carolina, Puerto Rico, que se días en torno a su aceptación o describe en el plano de la urbani- repudiación de herencia, la hezación con el número diez (10) rencia se tendrá por aceptada. de la manzana cuarenta y tres También se le APERCIBE a los (43); área del solar trescientos herederos antes mencionados treinta y seis (336.00) metros que luego del transcurso del tércuadrados. En lindes por el Nor- mino de treinta (30) días antes te, con el solar número nueve (9) señalado contados a partir de la distancia de veinticuatro (24.00) fecha de la notificación de la premetros; por el Sur, con el solar sente Orden, se presumirá que número once (11), distancia de han aceptado la herencia de(l) veinticuatro (24.00) metros; por causante FRANCISCO DIAZ el Este, con la calle número ROSELLO por consiguiente, restreinta y nueve (39) en una dis- ponden por las cargas de dicha tancia de catorce (14.00) metros; herencia conforme dispone al Ary por el Oeste, con los solares tículo 957 del Código Civil, 31 números dieciséis (16) y diecisie- L.P.R.A. §2785. Se ORDENA a te (17), en una distancia de ca- la parte demandante a que, en torce (14.00) metros. Enclava vista de que la sucesión del (la) una casa. FINCA NÚMERO: causante FRANCISCO DIAZ 16,755 inscrita 146 del tomo 419 ROSELLO incluye a John Doe y de Carolina, Registro de la Pro- Richard Roe como posibles hepiedad, Sección Segunda de Ca- rederos desconocidos, proceda a rolina. Surge del Estudio de Títu- notificar la presente Orden melo efectuado en el caso de epí- diante publicación de un edicto a grafe que sobre la finca descrita esos efectos una sola vez en un anteriormente, no pesan gravá- periódico de circulación diaria menes posteriores a la primera general de la Isla de Puerto Rico. hipoteca que se ejecuta median- DADA en San Juan, Puerto Rico, te este procedimiento. Con el im- a 07 FEB 2013. RAMON E. MEporte de esta venta se habrá de LENDEZ CASTRO, JUEZ SUPEsatisfacer la Sentencia antes RIOR.” POR CUANTO: Se le(s) mencionada por la suma princi- advierte a que dentro del término pal de $121,999.26 de principal, legal de treinta (30) días contacon intereses al 6.500% anual dos a partir de la fecha de la nodesde el 1 de noviembre de tificación de la presente ORDEN, 2009, hasta su completo pago acepten o repudien la participamas la suma pactada de ción que les corresponda en la $13,290.00 en concepto de cos- herencia de(l) (la) causante tas, gastos y honorarios de abo- FRANCISCO DIAZ ROSELLO y gado, más los cargos por demo- eximiendo a la parte demandanra, más cualesquiera otras su- te de tener que enviar copia de mas que aparezcan de la faz del la presente Orden y del Mandacontrato. Dichos pagos se efec- miento de Interpelación a dichos tuarán en efectivo, giro postal o herederos por desconocerse su cheque certificado a nombre del identidad y sus direcciones. Por

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RAFAEL ÁNGEL CHACÓN BONILLA y MARÍA ESTHER RODRÍGUEZ SERRANO

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SUCESION DE FRANCISCO DIAZ ROSELLO compuesta por NILDA DELGADO MALDONADO JOHN DOE y RICHARD ROE como posibles herederos desconocidos

ORDEN DEL TRIBUNAL de Primera Instancia, expido el presente Mandamiento, bajo mi firma y sello oficial, en San Juan, Puerto Rico, hoy día FEB 15 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: GLORIAM MARTINEZ RIVERA, SECRETARIA SERVICIOS A SALA. ED-7529 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA.

DORAL BANK Demandante V.

LA SUCN. DE ADRIAN RUIZ NIEVES compuesta por JOHN DOE y RICHARD ROE como posibles herederos desconocidos con interés en la SUCN.; ANA CELIA TASADO ROMAN en cuanto a la cuota viudal usufructuaria DPTO. DE HACIENDA por conducto de la DIVISION DE CAUDALES RELICTOS; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM)

Demandado(a) CIVIL: CD 2011-343. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJEC. DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: ANA CELIA TASADO ROMAN Bo Ceiba, Sector Sabana, 40 calle 3, Vega Baja PR 00693. PO Box 948874, Vega Baja, PR 00694. JOHN DOE Y RICHARD ROE. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 5 de marzo de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 12 de marzo de 2013. En VEGA BAJA, Puerto Rico, el 12 de marzo de 2013. MARIA DEL C. CANCEL RIOS, SECRETARIA. MARITZA ROSARIO ROSARIO, SECRETARIA AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-7538 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

DORAL BANK como agente de servicio de BANCO SANTANDER DE PUERTO RICO Parte Demandante VS.

CARMEN R. CALDERON BENITEZ t/c/c CARMEN ROSA CALDERON BENITEZ Parte Demandada CASO NUM. K CD2012-2846. SALON NUM. 505. ACCION CIVIL DE COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO.

Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: CARMEN R. CALDERON BENITEZ t/c/c CARMEN ROSA CALDERON BENITEZ. Quede emplazada(o) y notificada(o) que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria en la que se alega que usted le adeuda a la parte demandante lo siguiente: La suma de $55,104.94 de principal, más los intereses sobre dicha suma al 7% anual desde el día 1ro. de diciembre de 2011, hasta su completo pago, más las primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora y cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de primera hipoteca, desde la fecha antes mencionada y hasta la fecha del total pago de las mismas, más la suma de $10,640.00 para gastos, costas y honorarios de abogados. La propiedad hipotecada cuya ejecución se solicita tiene la siguiente descripción y localización: URBANA; Solar radicado en el Barrio Sabana Llana de Río Piedras, San Juan, Puerto Rico, marcado con el número 4 del bloque A de la urbanización Extensión Villa Capri, con un área superficial de 551.37 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en una distancia de 14.67 metros, 12.79 metros, y 2.63 metros, haciendo un total en distancia de 30.09 metros, con Camino Boulón; por el Sur, en una distancia de 30.00 metros, con el solar número 3 del bloque A de la urbanización; por el Este, en una distancia de 17.26 metros, con terrenos propiedad de la Sucesión Benítez; por el Oeste, en una distancia de 18.66 metros, con el solar número 1 del bloque A de la urbanización. Sobre dicho solar enclava una casa de concreto y bloques, de concreto que consiste principalmente de marquesina, balcón, sala, comedor, cuatro habitaciones, dos baños y cocina. Finca 13304 inscrita al folio 181 del tomo 318 de Sabana Llana. Se le advierte que si no contesta la demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la misma al LCDO. RAFAEL BRAS BENITEZ del Bufete VAZQUEZ & VIZCARRONDO LLP, a su dirección P.O. Box 195389, San Juan, Puerto Rico 00919-5389, Tel. (787) 9995252, Fax (787) 751-1038 dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto en un periódico de circulación diaria, se le(s) anotará la rebeldía y se le(s) dictará sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y sello de este TRIBUNAL. En SAN JUAN, Puerto Rico, hoy día 20 de febrero de 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: JOHANNA ALMENAS OCASIO, SECRETARIA DEL TRIBUNAL CONFIDENCIAL I. ED-7541 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

DAVID R. RODRIGUEZ SOTO y ROBERT RODRIGUEZ SOTO FULANO DE TAL FULANA DE TAL SUTANO DE TAL SUTANA DE TAL A, B y C como herederos desconocidos HONORABLE SECRETARIO DE HACIENDA

Demandados CIVIL NUM. DCD2012-2128 (402). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. Presidente de los Estados Unidos. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. S.S. A: FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B Y C por ser herederos desconocidos de la SUCESION DE ROBERTO RODRIGUEZ GARCIA. Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y Sala que se menciona en el epígrafe de este edicto con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia sin más citarle ni oírle. El Tribunal de Primera Instancia Sala de Bayamón, conforme al caso de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria vs. Latinoamericana de Exportación, Inc., 2005 TSPR 50, Op. De 22 de abril de 2005, le ordena que en el término de treinta (30) días, haga declaración aceptando o repudiando la herencia de la Sucesión de Roberto Rodríguez García. Se le apercibe que de no expresar su intención de aceptar o repudiar la herencia dentro del término que se le fijó, la herencia se tendrá por aceptada. Los abogados de la parte demandante son: GarcíaChamorro Law Group, P.S.C., 33 Calle Bolivia Suite 701, San Juan, Puerto Rico, 00917-2010, Tel. (787) 764-1932, Fax (787) 787) 766-2132. Expido este edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy DEC. 17 2012. MIGDALIA RIVERA COLON, SECRETARIA REGIONAL. POR: IDA SEDA PAGAN, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I. ED-7533 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR.

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PETRONIA BAEZ GARCIA t/c/c PETRONILA BAEZ GARCIA SUCESION DE ROBERTO RODRIGUEZ GARCIA compuesta por PETRONIA BAEZ GARCIA t/c/c PETRONILA BAEZ GARCIA por sí y en cuanto a la cuota viudal usufructuaria XIOMARA RODRIGUEZ BAEZ JOHNY RODRIGUEZ BAEZ GLADYS RODRIGUEZ BAEZ WILBERTO RODRIGUEZ BAEZ ZULEIKA RODRIGUEZ BAEZ

JUAN FRANCISCO TORRES RIVERA

Demandante V.

Demandante v.

Demandado CIVIL NUM.: ECD2013-0002 (402). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: JUAN FRANCISCO TORRES RIVERA a su última dirección conocida FISICA: Condominio Estancias del Rey Apartamento 61 Caguas, PR 00725 POSTAL: Estancias del Rey, Edif. 6 Apto. 612, Caguas, PR 00725. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $74,950.83 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.000% anual desde el 1 de junio de 2010. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $8,590.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca

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número 96, otorgada ante el Notario Rogelio I. Guzmán Lloveras, el día 6 de marzo de 2001, sobre la finca número 52,903, inscrita al folio 145 del Tomo 1559 del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcda. Nathalia M. Rivera Florez P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel. (787) 767-8244, Fax (787) 7671183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy 8 de marzo de 2013, en Caguas, Puerto Rico. CARMEN I. GARCIA PEREZ, SECRETARIA REGIONAL III. MIGDALIA COLON DIAZ, SEC. AUXILIAR. ED-7404 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE CAMUY.

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ELLIOT MANUEL TORRES RUIZ YOLANDA ESTRADA COLON y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NUM. CD2012-166. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. EDICTO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: LOS DEMANDADOS, ELLIOT MANUEL TORRES RUIZ, YOLANDA ESTRADA COLON y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos y al público general: Yo, Pedro Ruiz Cámara, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de CAMUY, a los demandados y al público en general les notifica que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha liberado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 5 de octubre de 2012 y para satisfacer la Sentencia dictada en el caso de autos la cual se notificó y archivó en autos el día 9 de agosto de 2012 y publicada el el 17 de agosto de 2012, en donde se condena a la parte de satisfacer la suma ascendiente a $49,978.75 de principal más intereses al 8.50% anual desde el día primero de OCTUBRE de 2011, más recargos acumulados, más cualesquiera suma de dinero por concepto de contribuciones, primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora, así como de cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de hipoteca, más la suma de $6,850.00 para costas, gastos y honorarios de abogado procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido, tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad bien inmueble ubicada en Carr. 455 Km5.8, Barrio Quebrada, Camuy, Puerto Rico 00627 que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela marcada con el número 224 en el plano de parcelación de la Comunidad rural Quebrada del Barrio Quebrada del término municipal de Camuy, con una cabida superficial de 695.51 metros cuadrados, en lindes por el NORTE, con zanjón que la separa de la parcela 338, por el SUR, con carretera estatal número 455, por el ESTE, con parcela número 223 de la comunidad y por el Oeste con parcela 225 de la comunidad. Inscrita la hipoteca al folio 135 vuelto del tomo 191 de Camuy, finca número 10,264, del Registro de la Propiedad, Sección de Arecibo II. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la


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CLASIFICADOS / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013 El periódico de Puerto Rico

parte demandante las cantidades adeudadas, según Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, SALA DE CAMUY, cuyos autos están disponibles para su inspección en dicho Tribunal. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $68,500.00 para la propiedad descrita. Sino produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para la propiedad descrita, la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 4 de abril de 2013, a las 11:00 AM. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el día 11 de abril de 2013, a las 11:00 A.M. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día 18 de abril de 2013, a las 11:00 AM. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, SALA DE CAMUY. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda del curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tenga(n) interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. LIBRADO EN CAMUY, Puerto Rico, a 26 de diciembre de 2012. POR: LUIS F. PADIN, ALGUACIL DEL TRIBUNAL. POR: ALG. AUX #178. ED-7528 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE HUMACAO.

EDWIN NUÑEZ MARTINEZ rep. por ISABEL MARTINEZ BERRIOS Demandante Vs.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO como Sucesor en derecho de la ADMINISTRACION DE ASUNTOS DE VETERANOS FULANO DE TAL Demandados CIVIL NUM: HICI201200456. SOBRE: CANCELACION DE HIPOTECA REPRESENTADA POR PAGARE HIPOTECARIO EXTRAVIADO. EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico SS. A: FULANO DE TAL. Se le emplaza y notifica a ustedes que se ha presentado una demanda en este caso, en la cual en síntesis, la parte demandante alega que se extravió un pagaré hipotecario, luego de haberse saldado a su legítimo dueño y poseedor Banco Popular de

Puerto Rico, desconociéndose su paradero y solicita que se ordene su cancelación y la de la hipoteca que lo garantizan. El Pagaré fue librado por los entonces propietarios, a favor de la Administración de Asuntos de Veterano, o a su orden, por la suma de $32,100.00, más intereses y créditos, según consta de la escritura número 95, otorgada en San Juan, Puerto Rico el 16 de diciembre de 1982, ante el Notario Público Osvaldo A. Izquierdo, inscrita al folio 112 vuelto del tomo 253 de Humacao, finca Número 9,430, inscripción quinta, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Segunda de Humacao. Pueden ver la demanda en su totalidad en este Tribunal. El Abogado de la Parte Demandante lo es el Lcdo. Miguel García Suárez, PO Box 10832, San Juan, Puerto Rico 00922-0832, Teléfono 754-7171, a quien deberán notificar la contestación a la demanda dentro de los próximos treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Se les apercibe que de así no hacerlo, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado en la demanda sin más citarle ni oírle. La parte demandada; deberá radicar el original de la contestación de la demanda en este Tribunal, con copia a la parte demandante. Dado bajo mi firma y sello de este Tribunal y por Orden del mismo hoy 4 de marzo de 2013. DOMINGA GOMEZ FUSTER, SECRETARIA REGIONAL. MYRNA T. RIVERA, SECRETARIA AUXILIAR. ED-7420 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE COAMO, SALA DE COAMO.

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO BARRANQUITAS (CREDICENTRO COOP) Parte Demandante vs.

RUBEN FIGUEROA ORTIZ Parte Demandada CIVIL NUM: BCI2011-01117. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA. AVISO PUBLICA SUBASTA. Yo, OMAR ROSA FUENTES, ALGUACIL que suscribe, por la presente anuncio y hago constar que en cumplimiento de una SENTENCIA dictada en el caso de epígrafe el día 18 de noviembre de 2011 procederé a vender en PUBLICA SUBASTA, en mi oficina localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Coamo, todo título, derecho o interés de sobre las siguientes propiedades: A) --”RUSTICA: NUMERO SIETE (7). Predio de terreno radicado en el Barrio Hayales del término Municipal de Coamo, Puerto Rico, según Plano de Inscripción del Caso 98-66-579-PPLS, con una cabida superficial de dos mil seiscientos diez metros cuadrados con dos mil ochocientos veinte diezmilésimas de otro metro cuadrado (2,610.2820 m/c.), y en lindes por el NORTE, con terrenos de Eladio Rivera; por el SUR, con Parcela de Uso Público antes segregada; por el ESTE, con terrenos de Hipólito Ortíz; y por el OESTE, con el Predio Número Ocho (8) en el Plano de Inscripción del Caso Número 98-66579-PPLS.” La HIPOTECA consta inscrita al Folio 1 del Tomo 303 de Coamo, Finca Número 14,044, inscripción Sexta. Esta Propiedad está tasada por la suma de $68,000.00 y responde de la Hipoteca por la suma de $44,400.00. B) ---”RUSTICA: NUMERO OCHO (8). Predio de terreno radicado en el Barrio Hayales del término Municipal de Coamo, Puerto Rico, según Plano de Inscripción, con una cabida superficial de dos mil seiscientos diez metros cuadrados con dos mil ochocientos veinte diezmilésimas de otro metro cuadrado (2,610.2820 m/c.), y en lindes por el NORTE, con terrenos de Eladio Rivera; por el SUR, con Parcela de Uso Público antes segregada; por el ESTE, con el Predio Número Siete (7) en el Plano de Inscripción del Caso Número 98-66-B-579-PPLS y por el OESTE, con el Remanente de la finca principal”. ---LA HIPOTECA consta inscrita al Folio 122 del Tomo 303 de Coamo, Finca Número 14,045, Inscripción Cuarta. Esta propiedad está tasada por la suma de $68,000.00 y responde de la Hipoteca por la suma de $23,600.00. Esta venta se hará para satisfacer la SENTENCIA antes mencionada a favor de la parte demandante. La subasta se celebrará de la siguiente forma: a) LA PRIMERA

SUBASTA será el día 10 de abril de 2013, a las 11:00 de la am, por la suma mínima de cuarenta y cuatro mil dólares ($44,400.00) para la Finca número 14,044, descrita bajo la Letra “A” y de veintitrés mil seiscientos dólares ($23,600.00), para la Finca Número 14,045, descrita bajo la Letra “B”, más intereses al siete punto noventa y cinco por ciento (7.95%) anual, más la suma de seis mil ochocientos dólares ($6,800.00) para honorarios de abogado. b) LA SEGUNDA SUBASTA será el día 17 de abril de 2013, a las 11:00 de la am, por la suma mínima de la suma de VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS DOLARES ($29,600.00) para la finca Número 14,044, descrita bajo la Letra “A” y de QUINCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES DOLARES CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($15,333.33) para la Finca Número 14,045, descrita bajo la Letra “B”, más intereses al siete punto noventa y cinco por ciento (7.95%) anual, más la suma de SEIS MIL OCHOCIENTOS DOLARES ($6,800.00) para honorarios de abogado. c) LA TERCERA SUBASTA será el día 24 de abril de 2013, a las 11:00 de la AM, por la suma mínima de VEINTIDOS MIL DOLARES ($22,200.00) para la Finca Número 14,044, descrita bajo la letra “A” y de ONCE MIL OCHOCIENTOS DOLARES ($11,800.00) para la Finca Número 14,045, descrita bajo la Letra “B”, más intereses al siete punto noventa y cinco por ciento (7.95%) anual, más la suma de SEIS MIL OCHOCIENTOS DOLARES ($6,800.00) para honorarios de abogado. Para mayor información los interesados pueden referirse al expediente que consta en los archivos del Tribunal bajo el número de epígrafe. En COAMO, Puerto Rico a 8 de febrero de 2013. OMAR ROSA FUENTES, ALGUACIL. POR: MADELINE A. TORRES PAGAN, ALGUACIL AUXILIAR 857.

ED-7526 CARE AND PROTECTION. TERMINATION OF PARENTAL RIGHTS. SUMMONS BY PUBLICATION. DOCKET NUMBER: IICP0244SP. COMMONWEALTH OF MASSACHUSETTS. HAMPDEN COUNTY JUVENILE COURT, SPRINGFIELD DIVISION. 80 STATE STREET, SPRINGFIELD, MA 01102. 413-748-7714. TO:

FÉLIX VELASQUEZ or the father of Danicha Paola Santiago Mercado DOB 06/28/06 born to Silvania Ligia Santiago Mercado, in Ponce, Puerto Rico. A petition has been presented to this court by JOSEPH PIETRAS, seeking, as to the following child(ren), DANICHA PAOLA SANTIAGO MERCADO that said child(ren) be found in need of care and protection and committed to the Department of Children and Families. The court may dispense the rights of the person named herein to receive notice of or to consent to any legal proceeding affecting the adoption, custody, or guardianship or any other disposition of the child(ren) named herein, if it finds that the child(ren) is/are in need of care and protection and that the best interests of the child(ren) would be served by said disposition. You are hereby ORDERED to appear in this court, at the court address set forth above, on 05/10/2013, at 9:00 AM Other Hearing. You may bring an attorney with you. If you have a right to an attorney and if the court determines that you are indigent, the court will appoint an attorney to represent you. If yo fail to appear, the court may proceed on that date and any date thereafter with a trial on the merits of the petition and an adjudication of this matter. For further information calle the Office of the Clerk-Magistrate at 413-7487714. WITNESS: Daniel J. Swords, First Justice. Donald P. Whitney, Clerk-Magistrate. Date issued: 03/07/2013.

ED-7539 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRI- ED-7543 ESTADO LIBRE ASOBUNAL DE PRIMERA INSTAN- CIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE FAJARDO. CIA, CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR.

DORAL BANK

Demandante v.

JUAN ALEMAN VELEZ su esposa MIGDALIA GAUTHIER DE JESUS y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta entre ambos Demandados CIVIL NUM.: NSCI2011-0383 (301). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de P.R. SS. A: JUAN ALEMAN VELEZ y su esposa MIGDALIA GAUTHIER DE JESUS y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta entre ambos. Condominio La Loma, Apt. I-102, Fajardo, PR 00738. Por la presente se le notifica que la parte demandante Doral Bank, ha presentado ante este Tribunal una demanda contra usted, solicitando la concesión del siguiente remedio: Cobro de Dinero: Préstamo #1322427, la suma de $124,844.26 de principal; intereses al 5.875% anual, los cuales se acumulan mensualmente hasta el saldo total de la deuda, más la suma de $13,600.00 por concepto de honorarios de abogado. La demanda en su totalidad puede ser examinada en este Tribunal. El abogado de la parte demandante lo es el LCDA. NATHALIA M. RIVERA FLOREZ, con oficinas en el Banco Popular Center, Suite 1022, Ave. Muñoz Rivera 209, San Juan, Puerto Rico 00918-1009; teléfonos (787) 765-2988; (787) 764-6392; Fax (787) 765-2973, a quienes deberán notificar copia de la contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días desde la publicación de este edicto presentado dentro de dicho término el original de la contestación en este Tribunal. Se le apercibe que de así no hacerlo, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado en la demanda transcurridos los treinta (30) días después de la publicación del Edicto, se le anotará la rebeldía y se le dictará sentencia, sin más citarle ni oírle. Dado bajo mi firma y con el sello del Tribunal en Fajardo, Puerto Rico a 1 AUG 2012. PABLO L. ROSA, SECRETARIO(A). FDO. POR: SUB-SECRETARIO(A).

DORAL BANK Demandante V.

REY FRANCISCO RAMIREZ ORENCH t/c/c REY RAMIREZ ORENCH GLORIA ENID MORALES CASADO t/c/c GLORIA MORALES CASADO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos

ED-7540 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR.

DORAL BANK Demandante vs.

ORIENTAL BANK & TRUST JOHN DOE

Demandados CIVIL NUM. DCP2013-0028 (505). SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de ORIENTAL BANK & TRUST, antes Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $60,000.00, con intereses al 12.00% anual, vencedero a la presentación, según consta la escritura 243, otorgada en San Juan, Puerto Rico, ante el notario José Orlando Mercado Gely, inscrita al folio 197 del tomo 1309 de Guaynabo, finca 13307, inscripción 8va, Registro de la Propiedad de Guaynabo, EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy FEB 12 2013. MIGDALIA RIVERA COLON, SECRETARIA REGIONAL. POR: MARIA E. MONROIG TORRES, SECRETARIA AUXILIAR. CB-1693 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE RIO GRANDE

Doral Bank Demandante v.

La Sucesión de José Ramón Eliecer Dávila, compuesta por Providencia Romero Almestica t/c/c Providencia Romero Almezquita por sí y en la cuota viudal usufructuaria, José Ramón Eliecer JR, Nicolasa Eliecer, Emery Betsaida Eliecer Romero, José Antonio Eliecer Romero, La Sucesión de María Lourdes Eliecer Romero compuesta por Solimar Ramos Eliecer, Eric Rafael Ramos Eliecer, Emely Yolanda Álvarez Eliecer, Mengano y Mengana de Tal como posibles herederos desconocidos y Fulano y Fulana de Tal como posibles herederos desconocidos de la Sucesión de José Ramón Eliecer Dávila

Demandados CIVIL NUM. DCD2012-2387 (702). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. Presidente de los Estados Unidos. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. S.S. A: REY FRANCISCO RAMIREZ ORENCH t/c/c REY RAMIREZ ORENCH, por sí y en representación de la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por él y la SRA. GLORIA ENID MORALES CASADO t/c/c GLORIA MORALES CASADO. Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe de este edicto con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia sin más citarle ni oírle. Los abogados de la parte demandante son: García-Chamorro Law Group, P.S.C., 1606 Ave. Ponce De León, Edif. Julio Bogoricín, Suite 900, San Juan, Puerto Rico, 00909, Tel. (787) 977-1932, Fax (787) 722-1932. Expido este edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy 19 de diciembre de 2012. MIGDALIA RIVERA COLON, SECRETARIA REGIONAL. POR: YADemandados MAIRA NIEVES COLON, SE- CIVIL NÚM: N3CI2007-00394 CRETARIA AUXILIAR DEL TRI- SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA BUNAL I.

POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE RIO GRANDE , en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 4 de abril de 2013, a las 9:30 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE RIO GRANDE , todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Jardines de Río Grande, BJ 699 Calle 56, Río Grande, P.R 00745-2637 y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en el Barrio Cienaga Baja, del término municipal de Río Grande, Puerto Rico, en la Urbanización Jardines de Río Grande, que se describe en el plano de inscripción de la urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: solar número seiscientos veintinueve del bloque BJ con un área de TRESCIENTOS CUATRO PUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (304.75 m.c.), en lindes por el NORTE, en veintitrés metros con el solar setecientos del bloque BJ; por el SUR, en veintitrés metros con el solar número seiscientos noventa y ocho del bloque BJ; por el ESTE, en trece punto veinticinco metros con la Avenida B y por el OESTE, en trece punto veinticinco metros con la calle número cincuenta y seis. Enclava una casa. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 176 del Tomo 160 de Río Grande, finca número 8021, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Tercera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $30,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 11 de abril de 2013, a las 9:30 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $20,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 18 de abril de 2013, a las 9:30 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $15,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 357, otorgada el día 16 de octubre de 1999, ante el Notario David Toledo David y consta inscrita en el Folio 177vto del Tomo 160 de Río Grande, finca número 8021, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Tercera, inscripción tercera. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $21,009.01 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 9.500% anual desde el día 1 de noviembre de 2006. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $3,000.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $3,000.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $3,000.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE RIO GRANDE durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la

responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Río Grande, Puerto Rico, hoy día 13 de marzo de 2013. (Fdo.) CÉSAR PILLOT, ALGUACIL. CB-1716 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR

Doral Bank Demandante v.

Luis Antonio Méndez Torres, Thilza Córdova Martínez y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos; Reyes Serate Pérez, Eugenia Isabel Martínez Caballero y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NÚM: FCD2012-0117 (404) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 4 de abril de 2013, a las 10:00 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. Country Club, MC19 Calle 400, Carolina, PR 00982-1848; 14116 411 St., Villa Carolina, Carolina, PR 00985 y que se describe a continuación: URBANA: Solar número 16 de la manzana 141 de la Urbanización Villa Carolina del Barrio Hoyo Mulas de Carolina, con un área de 324.00 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con el solar número 15, distancia de 24.00 metros; por el Sur, con el solar número 17, distancia de 24.00 metros; por el Este, con el solar número 9, distancia de 13.50 metros; por el Oeste, con la calle número 411, distancia de 13.50 metros. Enclava una casa de concreto. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 99 del

Tomo 701 de Carolina, finca número 28,194, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $75,460.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 11 de abril de 2013, a las 2:00 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $50,306.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 18 de abril de 2013, a las 2:00 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $37,730.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 270, otorgada el día 26 de mayo de 1995, ante el Notario Diana M. Ruiz Hernández y consta inscrita en el Folio 100 vuelto del Tomo 701 de Carolina, finca número 28,194, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda, inscripción segunda. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $57,425.36 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.500% anual desde el día 1 de marzo de 2010. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $7,546.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $7,546.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $7,546.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Carolina, Puerto Rico, hoy día 3 de enero de 2013. FDO. MIRIAM M. CASTRO ALGUACIL.


EL VOCERO / CLASIFICADOS / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013 CB-1717 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE RIO GRANDE SALA SUPERIOR

Federal National Mortgage Association t/c/c Fannie Mae Demandante v.

Jason Medina Lebrón Demandado CIVIL NÚM: N3CI2010-00562 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE RIO GRANDE SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 4 de abril de 2013, a las 10:30 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE RIO GRANDE SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urbanización Coco Beach, 706 Calle Palma, Río Grande, PR 00745 y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Coco Beach del término municipal de Río Grande, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Solar número dos (2) del Bloque 'R', área del solar trescientos cincuenta y uno punto veintiséis (351.26) metros cuadrados. En lindes: por el NORTE, con la calle número ocho (8) en una distancia de trece punto setenta y nueve (13.79) metros; por el SUR, con área dedicada para juegos en una distancia de trece punto setenta y seis (13.76) metros; por el ESTE, con el lote número 'R' tres (R-3) en una distancia de veinticinco punto cincuenta metros (25.50 m.) y por el OESTE, con el lote número 'R' uno (R-1) en una distancia de veinticinco punto cincuenta metros (25.50 m.). Tiene una servidumbre de uno punto cincuenta y dos metros (1.52 m.) con su colindancias Sur a favor de la Puerto Rico Telephone Company. Enclava una casa para fines residenciales. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 151 del Tomo 406 de Río Grande, finca número 23,888, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Tercera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $150,500.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 11 de abril de 2013, a las 10:30 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $100,333.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que el día 18 de abril de 2013, a las 10:30 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $75,250.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 175, otorgada el día 30 de abril de 2004, ante el Notario Camilly I. Azize Alvarez y consta inscrita en el Folio 175 del Tomo 507 (Agora) de Río Grande, finca número 23,888, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Tercera, inscripción quinta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $131,849.72 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.375% anual desde el día 26 de febrero de 2010. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en

exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $15,050.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $15,050.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $15,050.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE RIO GRANDE SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA: Constituida por Jason Medina Lebrón (soltero) (así consta), en garantía de un pagaré a favor de DORAL BANK, o a su orden, por la suma de $35,100.00, sus intereses al 9.95% anual y vencedero el 1 de septiembre de 2035, según escritura número 473, otorgada en San Juan, el 31 de agosto del 2005, ante el notario Oscar M. González Rivera. Inscrita al folio de 175 del tomo 507 (ágora) de Río Grande. Inscripción sexta. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Río Grande, Puerto Rico, hoy día 2 de enero de 2013. POR: BETTY NAVARRO ALGARIN ALGUACIL PLACA 242 JOSE C. ORTIZ SANTANA ALGUACIL CONFIDENCIAL. CB-1718 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR

Doral Bank Demandante v.

Alex Cruz Colón Demandado CIVIL NÚM: FCD2011-0942 (404) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 4 de abril de 2013, a las 9:45 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR,

todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urbanización Villa Carolina, 48-71 Calle 59, Carolina, PR 00985-4967; Lot-48 Blk-71 59th St., Villa Carolina Development, Carolina, PR 00985 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 48 de la manzana 71 de la Urbanización Villa Carolina, situada en el Barrio Hoyo Mulas de Carolina, con un área de 354.00 metros cuadrados. Colindando por el Norte, con la calle principal A Calderón en 14.75 metros; por el Sur, con la calle número 59 en 14.75 metros; por el Este, con el solar número 47, en 24.00 metros; por el Oeste, con solar número 49, en 24.00 metros. Enclava una casa. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 50 del Tomo 481 de Carolina, finca número 19,754, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $148,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 11 de abril de 2013, a las 1:45 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $98,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 18 de abril de 2013, a las 1:45 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $74,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 173, otorgada el día 30 de abril de 2008, ante el Notario David Toledo David y consta inscrita en el Folio 175 del Tomo 1437 (ágora) de Carolina, finca número 19,754, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda, inscripción novena. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $144,976.86 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.125% anual desde el día 1 de abril de 2010. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $14,800.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $14,800.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $14,800.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de

sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA: Constituida por Alex Cruz Colón, (soltero), en garantía de un pagaré a favor de DORAL MORTGAGE LLC., o a su orden, por la suma de $37,000.00, sus intereses al 9 7/8% anual y vencedero el 1 de mayo de 2018, según escritura número 174, otorgada en San Juan, el 30 de abril de 2008, ante el notario David Toledo David. Inscrita al folio 175 del tomo 1437 (ágora) de Carolina. Inscripción décima. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Carolina, Puerto Rico, hoy día 3 de enero de 2013. FDO. MIRIAM M. CASTRO ALGUACIL. CB-1719 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR

Doral Bank Demandante v.

Wanda Pérez Ortiz t/c/c Wanda Ivelisse Pérez Ortiz Demandada CIVIL NÚM: FCD2011-1224 (407) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 4 de abril de 2013, a las 11:15 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Sabana Gardens, 20-35 Calle 17, Carolina, PR 00983 y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Sabana Gardens, situada en el Barrio Sabana Abajo del término municipal de Carolina, Puerto Rico, marcado con el número 35 de la manzana 20, con un área superficial de 363.89 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con la calle 17, distancia de 14.25 metros, arco de 0.75 metros; por el Sur, con paseo público, distancia de 16.166; por el Este, con el solar número 34, distancia de 23.398 metros; y por el Oeste, con el solar número 36, distancia de 23.35 metros. Enclava una casa. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 23 del Tomo 503 de Carolina, finca número 19,353, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $137,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 11 de abril de 2013, a las 3:15 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $91,333.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 18 de abril de 2013, a las 3:15 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $68,500.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 227, otorgada el día 28 de mayo de 2005, ante el Notario Víctor R. Núñez Arco y consta inscrita en el Folio

205 del Tomo 957 (ágora) de Carolina, finca número 19,353, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Primera, inscripción décima. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $126,850.93 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.500% anual desde el día 1 de febrero de 2011. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $13,700.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $13,700.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $13,700.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Carolina, Puerto Rico, hoy día 4 de enero de 2013. FDO. YOLANDA SANTIAGO AYALA, ALGUACIL CB-1720 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAMUY

DORAL BANK Parte Demandante VS

JUDITH J. VARGAS ROMAN T/C/C JUDITH JANETTE VARGAS ROMAN T/C/C JUDITH JANNETTE VARGAS ROMAN Parte Demandada CIVIL NUM.: CD2012-0480 SALON NÚM.: SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: JUDITH J. VARGAS ROMAN T/C/C JUDITH JANETTE VARGAS ROMAN T/C/C JUDITH JANNETTE VARGAS ROMAN; COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE CAMUY; Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Quebradillas, Quebradillas, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PU-

BLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE CAMUY: A cuyo favor aparece inscrita una Sentencia en cobro de dinero por la suma de $21,565.41 y otras cantidades de fecha 29 de abril de 2005, sobre cobro de dinero, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Camuy, en el caso civil número CD 2004-1025. Anotada el 18 de junio de 2012, al folio 25 del Libro de Sentencias número 3, finca número 18,370. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 16 de noviembre de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: RUSTICA: Solar marcado con el número 2 en el plano de inscripción, ubicado en el Barrio Piedra Gorda del término municipal de Camuy, Puerto Rico, con una cabida superficial de 519.39 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con el remanente de la finca principal; por el Sur, con el solar marcado con el número 1 en el plano de inscripción; por el Este, con Jorge Martínez; por el Oeste, con servidumbre de paso y remanente de la finca. Inscrita al folio 35 del tomo móvil 355 de Camuy, Registro de la Propiedad de Arecibo Sección Segunda, finca número 18370. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 6 de septiembre de 2012, en el presente caso civil, a saber la suma de $43,735.26 de principal, más intereses al 6 1/2% anual desde el día 1ro. de diciembre de 2011, más la suma de $5,050.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de enero de 2012, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 4 abril 2013 1:30 PM, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Camuy, Camuy, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $50,500.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 11 abril 2013 1:30 AM, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $33,666.99, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 18 abril 2013 1:30 PM, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $25,250.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto

Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Camuy, Puerto Rico, hoy día 27 de diciembre de 2012. Luis F. Padín Valentín, Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Camuy. CB-1721 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR

DORAL BANK Parte Demandante VS

PETER THOMAS FENN ENDSLEY T/C/C PETER THOMAS FENN Y SU ESPOSA CARMEN GONZALEZ COLLAZO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS Parte Demandada CIVIL NUM.: KCD2009-4637 SALON NÚM.: 603 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: PETER THOMAS FENN ENDSLEY T/C/C PETER THOMAS FENN Y SU ESPOSA CARMEN GONZALEZ COLLAZO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece inscrito una anotación de Embargo por la suma de $11,160.41, según notificación número 409758207, presentada el 26 de diciembre de 2007, al asiento 3 de la página 55 del Libro de Embargos Federales número 8, finca número 8,147. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece inscrito una anotación de Embargo por la suma de $1,916.35, según notificación número 696991610, presentada el 13 de septiembre de 2010, al asiento 2 de la página 106 del Libro de Embargos Federales número 10, finca número 8,147. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 19 de diciembre de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: CALMA ST., 430, SANTURCE, PR 00915 URBANA: Solar que radica en la Sección Norte del Barrio de Santurce de San Juan, situado en el costado Oeste de la calle Rambla, hoy Calle Calma de Monteflores, donde tiene su frente, quedando al extremo Norte de dicho frente a 161.17 metros cuadrados del punto de intersección del costado Sur de la Avenida Eduardo Colón, con el costado Oeste de la calle Rambla hoy calle Calma de Monteflores y medidos sobre este ultimo costado. Es de forma rectangular de 13.72 metros de frente y espalda por 20.00 metros de fondo en los costados derecho e izquierdo y tiene una cabida superficial de 274.40 metros cuadrados. Colinda por su frente que es el Este, con la calle Rambla, hoy calle Calma de Monteflores; por su fondo, o sea, el Oeste, con terrenos de la Reverendas Madres del Sagrado Corazón de Jesús; por su derecha entrando, Norte, con un solar vendido a Nemesio Oliveras; y por su izquierda entrando, o sea el Sur, con el solar de Elena Villafañe de Rodríguez Inscrita al folio 281 del tomo 650 de Santurce Norte, finca número 8,147, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 24 de mayo de 2010, en el presente caso civil, a saber la suma de $51,640.12 rebajado

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mediante plan de pago por Estipulación a la suma de $45,486.34, rebajado nuevamente mediante plan de pago a la suma de $40,436.50 de principal, más intereses al 10- 1/4% anual desde el día 1ro. de febrero de 2011, más la suma de $15,000.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de marzo de 2011, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 4 DE ABRIL DE 2013 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $150,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 11 DE ABRIL DE 2013 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $100,000.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 22 DE ABRIL DE 2013 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $75,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, además, a todos los interesados que la co-demandada Estados Unidos de América, tiene el derecho a redimir la propiedad antes descrita dentro del término de ciento veinte (120) días desde la fecha de la venta y pública subasta, previo el pago de la cantidad ofrecida por el licitador a quien se le otorgue la buena pro, más intereses, todo ello a tenor con lo dispuesto en la Sección 2410(c) del Título 28 del Código de Estados Unidos de América (28 USC 2410(c)) y la Sección 7425 (d)(1)(2) del Título 26 del mismo Código (26 USC 7425 (d)(1)(2)). Se le advierte, además, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 04 de marzo de 2013. Diana I. Navarro Cruz, Alguacil Auxiliar Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan.


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CLASIFICADOS / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013 El periódico de Puerto Rico

ED-7534 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE YAUCO.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

ED-7535 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE RIO GRANDE, SALA SUPERIOR.

DORAL BANK Demandante v.

LAS SUCESIONES SUCESION DE JUAN BAUTISTA de ANA LYDIA NEGRON PEREZ RODRIGUEZ CORNIEL t/c/c e INOCENCIA ANA L. RODRIGUEZ SANCHEZ ALVARADO CORNIEL compuesta por compuesta REYNALDO por sus hijos EDWIN NEGRON SANCHEZ VELEZ RODRIGUEZ NELIDA JOSE ANTONIO NEGRON SANCHEZ VELEZ RODRIGUEZ FULANO DE TAL IRIS TORRES RODRIGUEZ Y FULANA DE TAL como herederos LUIS MANUEL desconocidos VEGA RODRIGUEZ de la SUCESION SUCESION DE ISRAEL DE JUAN BAUTISTA GARCIA RODRIGUEZ NEGRON PEREZ compuesta por SUTANO DE TAL sus hijos y SUTANA DE TAL JUAN GARCIA como herederos y NANCY GARCIA desconocidos SUCESION de la SUCESION DE REGALADO DE INOCENCIA RIVERA QUILES SANCHEZ ALVARADO compuesta por MENGANO DE TAL FULANO DE TAL y MENGANO DE TAL y MENGANA DE TAL como herederos como herederos desconocidos desconocidos DEPARTAMENTO de la SUCESION DE HACIENDA DE JOSE JUAN por conducto NEGRON SANCHEZ de la DIVISION JOE ROE y JANE ROE DE CAUDALES como herederos RELICTOS desconocidos CENTRO DE de la SUCESION RECAUDACION DE ANTONIA DE INGRESOS NEGRON SANCHEZ MUNICIPALES DEPARTAMENTO (CRIM) Demandados DE HACIENDA CIVIL NUM. J4CI201200342. SOBRE: COBRO DE DINERO Y DIVISION EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMDE CAUDALES PLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El RELICTOS Y CENTRO Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de P.R. SS. DE RECAUDACIONES A: JUAN GARCIA Y NANCY DE INGRESOS GARCIA como miembros de la SUCESION DE ISRAEL GARMUNICIPALES CIA RODRIGUEZ; e IRIS TORRES RODRIGUEZ como (CRIM) miembro de la SUCESION de ANA LYDIA RODRIGUEZ CORNIEL, t/c/c ANA L. RODRIGUEZ CORNIEL. Por la presente se le notifica que la parte demandante Banco Popular de Puerto Rico, ha presentado ante este Tribunal una Demanda contra usted solicitando la concesión del siguiente remedio: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por las sumas de: (a) Préstamo Núm. 8851451, $21,611.04 de principal; intereses a razón de 9.50%, los cuales continúan acumulándose diariamente hasta el saldo total y completo de la deuda; $27.96 por concepto de cargos por mora; $110.00 por concepto de otros cargos; y la cantidad de $3,000.00 por concepto de gastos y honorarios de abogado; La demanda en su totalidad puede ser examinada en este Tribunal. La abogada de la parte demandante lo es la LCDA. IRMARIE RIVERA MIRANDA, con oficinas en el Banco Popular Center, Suite 1022, Ave. Muñoz Rivera #209, San Juan, Puerto Rico 00918-1009; teléfonos (787) 765-2988; (787) 764-6392; Fax 765-2973, a quienes deberán notificar copia de la contestación en este Tribunal. Se le apercibe que de así no hacerlo, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado en la demanda transcurridos los treinta (30) días después de la publicación del Edicto, se le anotará la rebeldía y se le dictará sentencia sin más citarle ni oírle. Dado bajo mi firma y con el sello oficial del Tribunal en, Puerto Rico, a 1 de marzo de 2013. DAMARIS E. SOTO RODRIGUEZ, SECRETARIA DEL TRIBUNAL II. POR: DELIA APONTE VELAZQUEZ.

Demandados CIVIL NUM.: N3CI2012-00732. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: LA PARTE DEMANDADA: NELIDA NEGRON SANCHEZ, FULANO DE TAL y FULANA DE TAL como herederos desconocidos de la SUCESION DE JUAN BAUTISTA NEGRON PEREZ; SUTANO DE TAL y SUTANA DE TAL como herederos desconocidos de la SUCESION DE INOCENCIA SANCHEZ ALVARADO; MENGANO DE TAL y MENGANA DE TAL como herederos desconocidos de la SUCESION DE JOSE JUAN NEGRON SANCHEZ; JOE ROE y JANE ROE como herederos desconocidos de la SUCESION DE ANTONIA NEGRON SANCHEZ a su última dirección conocida FISICA: Alturas de Río Grande, O-726, Río Grande, PR 00745 POSTAL Alturas de Río Grande O-726, Río Grande, PR 00745 POSTAL Alturas de Río Grande, 726 Calle Main Bloq. O, Río Grande, PR 00745. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $31,593.57 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 8.000% anual desde el 1 de abril de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte de-

mandante los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $4,090.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de número 364, otorgada ante el Notario Miguel A. Silvestrini Alemañy, el día 25 de septiembre de 1997, sobre la finca número 19,699 inscrita al folio 267 del Tomo 294 del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Tercera. Este Tribunal ha ordenado que se les cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se les(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las Oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcdo. José David Hernández Dávila P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel (787) 767-8244, Fax (787) 767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle. Expedido bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy MAR 05, 2013, en Río Grande, Puerto Rico. MARIA J. LOPEZ SANCHEZ, SECRETARIA DEL TRIBUNAL. IDALIA TORRES COLON, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I. CB-1725 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR

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Robert Allen Lyles, Elizabeth Lyles y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos

Demandados CIVIL NÚM: FCD2010-0212 (402) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 4 de abril de 2013, a las 11:00 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urbanización Ciudad Jardín, 154 Calle Azucena, Carolina, PR 00987 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número ciento cincuenta y cuatro (154) de la Urbanización Villa Margarita (Ciudad Jardín de Carolina) localizada en la parcela identificada como Parcela B del Plano de Inscripción de dicha urbanización, ubicada en el Barrio Canovanillas del término Municipal de Carolina, Puerto Rico, con una cabida superficial de cuatrocientos cuatro punto treinta y nueve metros cuadrados (404.39 m.c.). En lindes por el NORTE en una distancia de veinticuatro punto novecientos treinta y siete metros (24.937 m.) con el solar número ciento cincuenta y cinco (155); por el SUR en una distancia de veinticinco punto cero cero metros (25.00 m.) con el Solar número ciento cincuenta y tres (153); por el ESTE en dos alineaciones distintas, una de uno punto seiscientos ochenta y nueve metros (1.689 m.) con el solar numero ciento ochenta y seis (186) y la otra en una distancia de quince punto setenta metros (15.70 m.) con el solar número ciento ochenta y siete (187) y por el OESTE en una distancia de quince punto ciento seis metros (15.106 m.) con la calle Azucena de dicha urbanización, todos estos solares pertenecientes al re-

ferido desarrollo urbano. Enclava una casa de concreto. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 43 del Tomo 1151 de Carolina, finca número 49808, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $280,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 11 de abril de 2013, a las 3:00 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $186,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 18 de abril de 2013, a las 3:00 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $140,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 509, otorgada el día 30 de diciembre de 2004, ante el Notario Lucy Navarro Rosado y consta inscrita en el Folio 27 del Tomo 1348 (Agora) de Carolina, finca número 49808, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda, inscripción sexta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $262,031.71 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.875% anual desde el día 1 de agosto de 2009. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $28,000.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $28,000.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $28,000.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Carolina, Puerto Rico, hoy día 4 de enero de 2012. FDO. YOLANDA SANTIAGO AYALA ALGUACIL

CB-1601 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR

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EDWIN ORLANDO MORALES GONZÁLEZ, MARÍA ORTEGA SANTOS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados CIVIL NÚM: CCD2012-0519 (404) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA IN REM EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 2 de abril de 2013, a las 10:15 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Parcela #1 Bo. Hato Arriba, Arecibo, PR 00612; Lot 1 Piñero Street Abra San Francisco, Hato Arriba WD. Arecibo, PR 00612 y que se describe a continuación: RUSTICA: Solar radicado en el Barrio Hato Arriba del término municipal de Arecibo, Puerto Rico, identificado con el número 1 en el plano de inscripción, con una cabida superficial de 900.00 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con parcela identificada con el número 41 y 41-A; por el Sur, con servidumbre de paso; por el Este, con parcela número 39; por el Oeste, con remanente de la finca principal. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 16 del Tomo 1304 de Arecibo, finca número 49,535, en el Registro de la Propiedad de Arecibo, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $223,300.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 de abril de 2013, a las 10:15 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $148,866.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 16 de abril de 2013, a las 10:15 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $111,650.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 3, otorgada el día 30 de abril de 2008, ante el Notario Julián R. Rivera Aspinall y consta inscrita en el Folio 16 del Tomo 1304 de Arecibo, finca número 49,535, en el Registro de la Propiedad de Arecibo, Sección Primera, inscripción tercera. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $212,596.81 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.500% anual desde el día 1 de septiembre de 2011. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $22,330.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $22,330.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $22,330.00 para cubrir cualquier

otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Arecibo, Puerto Rico, hoy día 10 de enero de 2013. Fdo. Luis E. Román Carrero ALGUACIL. CB-1604 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR

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ANDRÉS CRUZ NEGRÓN Demandado CIVIL NÚM: CCD2010-0665 (404) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 2 de abril de 2013, a las 10:00 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en PR 663 KM 0.3, Sector Ballajá, Arecibo, PR 00612 y que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela de terreno radicada en el Barrio Sabana Hoyos, Sector Ballajá del término municipal de Arecibo, Puerto Rico, compuesta de uno punto setenta cuerdas (1.70 cdas), equivalentes a seis mil seiscientos ochenta y uno punto sesenta y seis (6,681.66) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con José J. Luciano y Fernando Betancourt; por el SUR, con Carmen Cruz Jiménez; por el ESTE, con Sucesión Fernando Quero; por el OESTE, con carretera estatal número seiscientos sesenta y tres (663). La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 10 del

Tomo 490 de Arecibo, finca número 20,464, en el Registro de la Propiedad de Arecibo, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $120,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 9 de abril de 2013, a las 10:00 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $80,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 16 de abril de 2013, a las 10:00 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $60,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 85, otorgada el día 31 de marzo de 2005, ante el Notario Luis Angel Velázquez Mass y consta inscrita en el Folio 190 del Tomo 1027 de Arecibo, finca número 20,464, en el Registro de la Propiedad de Arecibo, Sección Primera, inscripción décima. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $115,938.31 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 9.950% anual desde el día 1 de marzo de 2010. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $12,000.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $12,000.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $12,000.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Arecibo, Puerto Rico, hoy día 10 de enero de 2013. FDO. LUIS E. ROMÁN CARREO ALGUACIL

CB-1616 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. CENTRO JUDICIAL PONCE SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante vs.

HEREDEROS DE FUNDADOR NUÑEZ BERRIOS t/c/c FUNDADOR NUÑEZ COMPUESTA POR MIRIAM NUñEZ CASIANO T/C/C MIRIAM T. NUÑEZ Y COMO MIRIAM TERESA NUÑEZ CASIANO, ANTONIO NUÑEZ CASIANO, MARIA NUÑEZ CASIANO, MILAGROS NUÑEZ CASIANO, FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL Demandados Civil Núm. J CD2012-1186. Sobre: Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria. Emplazamiento por Edicto. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: HEREDEROS DE FUNDADOR NUÑEZ BERRIOS T/C/C FUNDADOR NUÑEZ COMPUESTA POR MIRIAM NUÑEZ CASIANO T/C/C MIRIAM T. NUÑEZ Y COMO MIRIAM TERESA NUÑEZ CASIANO, ANTONIO NUÑEZ CASIANO, MARIA NUÑEZ CASIANO, MILAGROS NUÑEZ CASIANO, FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL. Por la presente queda notificado que DORAL BANK presentó en este Tribunal la demanda del epígrafe y se le emplaza y requiere para que notifique al Lcdo. Antonio J. Colón García, PO BOX 331150, Ponce, Puerto Rico 00733-1150, Teléfono 843-3404, lcdocolon@frauyasoc.com, Abogados de la parte demandante, copia de su contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la última publicación de este edicto. Se advierte que si transcurrido el término de treinta (30) días antes mencionado, no han presentado su contestación a la demanda ante el tribunal correspondiente, con copia a la parte demandante, el Tribunal podrá anotar la rebeldía y se le dictará sentencia en rebeldía en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oírle. En cumplimiento de una Orden dictada por este Tribunal expido el presente bajo mi firma y sello de este Tribunal en Ponce, Puerto Rico, hoy día FEB 20 de 2013. Evelyn Casasnovas Maldonado, Secretaria Regional. Delis Sánchez Ramos, Secretaria Aux. del Tribunal I. Secretario Tribunal de Primera Instancia. CB-1642 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN

PROVIDENCIA MORALES CRUZ, ET ALS DEMANDANTES VS.

JOHN DOE JANE DOE Y RICHARD DOE, MIEMBROS DE LA SUCESION DE LILLIAM ROJAS ORTEGA, ET ALS DEMANDADOS CIVIL NUM. K AC2004-2343 SOBRE: LIQUIDACION DE HERENCIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PR A: Jane Doe, John Doe y Richard Doe, herederos, causahabientes, legatarios o personas con interés legítimo en el causal relicto de Lilliam Rojas Ortega y de los que se desconocen sus direcciones desconocidas. A: James Doe, nombre con el que se ha denominado cualquier persona con interés legítimo en la herencia de Lilliam Rojas Ortega y Don Emilio Cruz t/c/c Emilio Tirado Cruz. POR LA PRESENTE: Se les notifica que en el caso de epígrafe se ha presentado una quinta demanda enmendada solicitando la liquidación del caudal relicto de Emilio


EL VOCERO / CLASIFICADOS / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013 Cruz t/c/c Emilio Cruz Tirado t/c/c Emilio Tirado Cruz, que incluye sus bienes privativos y aquellos que adquirió durante su matrimonio con su esposa ya fallecida, Lilliam Rojas Ortega. Se apercibe y advierte a usted como heredero o persona con interés propietario o real en el caudal de Emilio Cruz t/c/c Emilio Cruz Tirado t/c/c Emilio Tirado Cruz, que de no contestar la demanda enmendada radicando el original de la contestación ante la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, y notificar copia de la contestación de ésta a la parte demandante por conducto de la licenciada Dalmaris Betancourt a su dirección Lote 120, Carr. 876, Bo. Las Cuevas, Trujillo Alto, PR 00977-7234. Tel. (787) 7583329, dentro de los próximos treinta (30) días a partir de la publicación de este emplazamiento por edicto que será publicado una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia, concediendo el remedio solicitado en la demanda sin más citarle no oírle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA Y SELLO DEL TRIBUNAL EN SAN JUAN, PR, HOY JAN 28 DE 2013. Lcda. Rebecca Rivera Torres, Secretaria Regional, Secretaria. Nitza Rivera Reyes, Sec. Serv. a Sala. Sub-Secretaria.

tes de los anteriores dueños a todos los que deseen oponerse a la petición de dominio que se ha radicado en este Tribunal para justificar el dominio que sobre la finca que se describe más adelante, alegan tener los peticionarios por conducto de su abogado, Lcdo. José Aníbal Gierbolini Rosa, Calle Carrión Maduro #5 Norte, Apartado 935, Coamo, Puerto Rico, 00769, que pueden presentar sus objeciones a las pretenciones de los peticionarios dentro del término de veinte (20) días a partir desde la última publicación de este edicto. Las fincas se describen como sigue: “RUSTICA”: Parcela radicada en el Barrio San Ildefonso del término municipal de Coamo, con un área superficial de NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS y en lindes por el NORTE, en treinta y un metros con el Callejón Bravo; por el SUR, en veintinueve metros con cincuenta centímetros con más terrenos de la finca principal de la cual se segrega; por el ESTE, en veintidós metros con cincuenta centímetros con el Callejón Bravo; y por el OESTE, en cuarenta y dos metros con más terrenos de la finca principal de la cual se segrega. -CONTIENE una casa de maderas y cemento, dedicada a vivienda. Por orden del Honorable Juez expido el presente edicto en Aibonito, Puerto Rico a 10 de enero de 2013. Mayra Liz Cabrera García, CB-1643 ESTADO LIBRE ASO- Secretario Interina. Firmado, CIADO DE PUERTO RICO. TRI- Sub-Secretaria. BUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. CENTRO JUDICIAL DE CB-1622 ESTADO LIBRE ASOGUAYAMA SALA SUPERIOR CIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN Demandante JUAN. vs.

DORAL BANK

SIXTO SANCHEZ SEDA Demandados Civil Núm. GCD2012-0456. Sobre: Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria y Cobro de Dinero. Emplazamiento por Edicto. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: SIXTO SANCHEZ SEDA Por la presente queda notificado que DORAL BANK presentó en este Tribunal la demanda del epígrafe y se le emplaza y requiere para que notifique al Lcda. Dennisse M. Dedós Ocasio, PO BOX 331150, Ponce, Puerto Rico 00733-1150, Teléfono 843-3404, lcdadedos@frauyasoc.com, Abogados de la parte demandante, copia de su contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la última publicación de este edicto. Se advierte que si transcurrido el término de treinta (30) días antes mencionado, no han presentado su contestación a la demanda ante el tribunal correspondiente, con copia a la parte demandante, el Tribunal podrá anotar la rebeldía y se le dictará sentencia en rebeldía en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oírle. En cumplimiento de una Orden dictada por este Tribunal expido el presente bajo mi firma y sello de este Tribunal en Guayama, Puerto Rico, hoy día 14 de febrero de 2013. Marisol Rosado Rodríguez, Secretaria Regional I. Secretario Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Guayama. Ileana B. Gómez Ortiz, Secretaria Auxiliar. CB-1623 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE AIBONITO SALA SUPERIOR

GUILLERMINA COLON SERRANO, rep. por VIRGEN SANTIAGO COLON PETICIONARIA

EX-PARTE CIVIL NUM. BJV2012-0173 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SS. A: SUCN. DE JOSE ELIAS COLON ROMAN y SUCN. MARIA ISABEL SERRANO COLON, compuesta por sus hijos: JOSE FELIPE COLON SERRANO, JUAN ENRIQUE COLON SERRANO, TERESA COLON SERRANO, MARGARITA COLON SERRANO, LYDIA COLON SERRANO, MARIA ISABEL COLON SERRANO, ANGELA COLON SERRANO, LUIS ZAMBRANA. SE LES AVISA: Como anteriores dueños y/o como poseedores de las fincas colindantes y se avisa al público en general, así como a las personas ignoradas que tengan derechos reales sobre la finca que se describirá, así como a todos los posibles sucesores o causahabien-

BERKIS ALTAGRACIA HERNANDEZ Parte Demandante Vs.

STANLEY MENDEZ QUINTANA

Parte Demandada CIVIL NUM. KDI2012-1648 SALA 708. SOBRE: DIVORCIO EMPLAZAMIENTO POR EDICTO Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. SS El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: Stanley Méndez Quintana o sea, la parte demandada arriba mencionada. POR LA PRESENTE, se le emplaza y requiere para que notifique al licenciado: SAMUEL E. DE LA ROSA PO BOX 193617, SAN JUAN, PUERTO RICO 00919 Tel. (787) 727-0020/7270019 abogado de la parte demandante, cuya dirección es la que se deja indicada, con copia de su contestación a la demanda, copia de la cual le es servida en este acto, dentro de los treinta (30) días de haber sido diligenciado este Emplazamiento, si la citación se hiciere en otra parte fuera de Puerto Rico, excluyéndose el día del diligenciamiento, apercibiéndose que en caso de no hacerlo así podrá dictarse Sentencia en rebeldía en contra suya, concediendo el remedio solicitado en la Demanda. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y sello del Tribunal hoy día 28 de enero de 2013. Lcda. Rebecca Rivera Torres, Secretaria Regional. Secretario. Por: Chary L. Santiago Gambaro Sub-Secretario. CB-1617 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. CENTRO JUDICIAL PONCE SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante vs.

HEREDEROS DE JOSE ANIBAL SANTOS ORTIZ T/C/C JOSE SANTOS ORTIZ COMPUESTA POR ANIBAL JOSE, JOSEAN, JONATHAN, NINOSHKA Y SAMUEL TODOS DE APELLIDOS SANTOS RIVERA Y OMAYRA RIVERA BERMUDEZ FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL Demandados Civil Núm. J CD2013-0055 G-28 Sobre: Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria. Emplazamiento por Edicto. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

A: HEREDEROS DE JOSE ANIBAL SANTOS ORTIZ T/C/C JOSE SANTOS ORTIZ COMPUESTA POR ANIBAL JOSE, JOSEAN, JONATHAN, NINOSHKA Y SAMUEL, TODOS DE APELLIDOS SANTOS RIVERA, FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL Por la presente queda notificado que DORAL BANK presentó en este Tribunal la demanda del epígrafe y se le emplaza y requiere para que notifique al Lcdo. Carlos J. Batista, PO BOX 331150, Ponce, Puerto Rico 00733-1150, Teléfono 843-3404, lcdobatista@frauyasoc.com, Abogados de la parte demandante, copia de su contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la última publicación de este edicto. Se advierte que si transcurrido el término de treinta (30) días antes mencionado, no han presentado su contestación a la demanda ante el tribunal correspondiente, con copia a la parte demandante, el Tribunal podrá anotar la rebeldía y se le dictará sentencia en rebeldía en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oírle. En cumplimiento de una Orden dictada por este Tribunal expido el presente bajo mi firma y sello de este Tribunal en Ponce, Puerto Rico, hoy día 20 de febrero de 2013. Evelyn Casasnovas Maldonado, Secretaria Regional. Delis Sánchez Ramos, Secretaria Aux. del Tribunal I. Secretario Tribunal de Primera Instancia Sala de Ponce. CB-1621 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. CENTRO JUDICIAL DE SALINAS SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante vs.

EDWARD RIVERA ALVAREZ Y SU ESPOSA ABILDA MARTINEZ GUEVARA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

BIENTES. POR CUANTO: La Peticionaria a través de su abogado el Lcdo. Fernando Montañez Delerme, Apartado 10744, San Juan, Puerto Rico 0922; ha radicado una petición de Expediente de Dominio para la inscripción a su nombre de la propiedad inmueble que se describe a continuación: -“Solar radicado en la sección Norte del Barrio de Santurce de esta ciudad, sito Machuchal. Se identifica para fines catastrales con el número 041-051-253-04-001 y aparece con el número 1854 de la Calle Laura en Santurce, Puerto Rico”. -Esta propiedad tiene una cabida de 115.000 unidad métrica. En lindes por el Norte, con la Calle Laura; por el Sur, con la propiedad de Víctor Alvarado Flores, Calle Laura 1856; por el Este, con la propiedad del Sr. Rafael Pabón, Calle Laura 1852 antes Sucesión de Ernesto Vara y por el Oeste, con la propiedad de Miguel Jaime Alvarado en la Calle Fortuna 1857. Contiene una casa de madera techada de zinc. POR CUANTO: Se publica este Edicto 3 veces en un periódico de circulación general en Puerto Rico convocando y emplazando a Sucesión de Ernesto Vara, Sr. Víctor Alvarado Flores, Sr. Rafael Pabón, Sr. Miguel Jaiman Alvarado y/o sus causahabientes, persona desconocidas y a cualquier otra, que tenga o creyere tener, algún derecho en el inmueble antes mencionado para que se oponga o haga valer su derecho, frente a las pretensiones de la peticionaria y comparezca hacer valer su derecho dentro de los 30 días a partir de la publicación de este Edicto, no contando el día de su publicación. La comparecencia debe ser hecha por escrito, presentando el original en la secretaria del Tribunal y notificando copia al Lcdo. Fernando Montañez Delerme, a la dirección antes mencionada. Se apercibe a todo interesado que si no comparece en la forma y dentro del plazo indicado, este Tribunal dictará auto declarando CON LUGAR la petición. Por Orden del Tribunal y bajo mi firma y sello de esta Corte, en San Juan, Puerto Rico, hoy 25 de febrero de 2013. Lcda. Rebecca Rivera Torres, Secretaria Regional. Secretaria General. Firmado, Secretaria Servicios a Sala.

CB-1620 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANDemandados Civil Núm. G4CI2012-00359 So- CIA CENTRO JUDICIAL DE bre: Ejecución de Hipoteca por la SAN JUAN SALA SUPERIOR Vía Ordinaria. Emplazamiento por Edicto. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Demandante Asociado de Puerto Rico. A: Vs. EDWARD RIVERA ALVAREZ Y SU ESPOSA ABILDA MARTINEZ GUEVARA, Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS. Por la presente queda notificado que DORAL BANK presentó en este Tribunal la demanda del epígrafe y se le emplaza y requiere para que notifique al Lcdo. Antonio J. Colón García, PO BOX 331150, Ponce, Puerto Rico 00733-1150, Teléfono 843-3404, lcdocolon@frauyasoc.com, Abogados de la parte demandante, copia de su contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la última publicación de este Demandados edicto. Se advierte que si transcurrido el término de treinta (30) CIVIL NUM. KCD 2012-1907 SALON NUM: 504 ACCION CIVIL días antes mencionado, no han presentado su contestación a la DE COBRO DE DINERO EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS demanda ante el tribunal correspondiente, con copia a la parte ESTADOS UNIDOS DE AMERIdemandante, el Tribunal podrá CA EL PRESIDENTE DE LOS anotar la rebeldía y se le dictará ESTADOS UNIDOS SS EL ESsentencia en rebeldía en su con- TADO LIBRE ASOCIADO DE tra concediendo el remedio soli- PUERTO RICO A: RICHARD M. citado en la demanda, sin más GRAFFAM RODRIGUEZ, JANE citarle ni oírle. En cumplimiento DOE, POR SI Y EN REPREde una Orden dictada por este SENTACION DE LA SOCIEDAD Tribunal expido el presente bajo LEGAL DE BIENES GANANmi firma y sello de este Tribunal CIALES COMPUESTA POR en Salinas, Puerto Rico, hoy día AMBOS Se notifica a usted que 20 de febrero de 2013. Zaida M. se ha radicado en esta SecretaColón Santiago, Secretaria del ría la demanda de epígrafe, en la Tribunal II. Secretario Tribunal que se alega, que adeuda usted de Primera Instancia Sala Supe- a la parte demandante EN rior de Salinas. Yamilé Díaz To- CUANTO A LA PRIMERA CAUSA DE ACCION: la cantidad rres, Secretaria Auxiliar principal de $23,933.99, más los CB-1645 ESTADO LIBRE ASO- intereses que se sigue acumuCIADO DE PUERTO RICO TRI- lando, más $2,393.00 para honoBUNAL DE PRIMERA INSTAN- rarios de abogado, más las cosCIA SALA SUPERIOR DE SAN tas y gastos de este pleito; EN CUANTO A LA SEGUNDA CAUJUAN SA DE ACCION: la cantidad principal de $41,691.28, más los intereses que se siguen acumulando, más $4,169.00 para honoPETICIONARIA rarios de abogado, más las costas y gastos de este pleito. Se le CIVIL NUM: KJV13-0153 SALA: emplaza y requiere para que no606 SOBRE: EXPEDIENTE DE tifique al LCDO. OSCAR AMADOMINIO EDICTO ESTADO DOR RAMIREZ, C.S.P., cuya diUNIDOS DE AMERICA EL PRE- rección es: P.O. Box 363422, SIDENTE DE LOS ESTADOS San Juan, PR 00936-3422, Tels. UNIDOS SS: ESTADO LIBRE (787) 754-1460 & (787) 758ASOCIADO DE PUERTO RICO 2412. Se le advierte al demandaA: SUCESION DE ERNESTO do de que si no contesta la deVARA, SR. VICTOR ALVARA- manda presentada dentro de 30 DO FLORES, SR. RAFAEL PA- días siguientes a la publicación BON, SR. MIGUEL JAIMAN AL- de este Edicto, el original de la VARADO Y/O SUS CAUSAHA- contestación ante este Tribunal

BANCO POPULAR DE PR

RICHARD M. GRAFFAM RODRIGUEZ JANE DOE POR SI Y EN REPRESENTACION DE LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

RAMONA ONEIDA SANTOS VENTURA EX PARTE

con copia a la demandante, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia para conceder el remedio solicitado, sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO BAJO MI FIRMA Y SELLO DEL TRIBUNAL, hoy día DEC 28 de 2012. Lcda. Rebecca Rivera Torres, Secretaria Regional. Firmado por Sub-Secretario (a). Migdalia Rivera Rangel CB-1644 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR VIEQUES

IRIS PERALTA MARTINEZ por sí y como Albacea Universal en representación de: CARMEN SONIA PERALTA MARTINEZ, ANA LUZ PERALTA MARTINEZ, VICENTE PERALTA MARTINEZ, JOSE ANGEL PERALTA MARTINEZ, OVIDIA PERALTA MARTINEZ, AIDA LUZ PERALTA MARTINEZ Demandantes VS.

JAIME ORLANDO PERALTA MARTINEZ, MAYDA PERALTA MARTINEZ Demandados CIVIL NUM. N2CI201200096 SOBRE: DIVISION DE COMUNIDAD EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: Mayra Peralta Martínez 8 Civic Center Drive Apt. #20 Brunswick, NJ 08816 De: LICENCIADO REGALADO LOPEZ CORCINO Calle Baldorioty #500 Vieques, Puerto Rico 00765 Tel. (787) 741-2666 Por la presente se le notifica que la parte demandante ha presentado demanda contra usted solicitando la concesión de los siguientes remedios: a) Se ordene a un alguacil de sala quien esté autorizado para el otorgamiento de instrumentos públicos, a comparecer en la escritura de compraventa correspondiente para el presente caso en sustitución de los demandados. b) Se imponga a los demandados una cantidad de $500.00 a cada uno por temeridad, debido a que la posición negativa asumida por ellos no tiene justificación en derecho. c) Se ordene la consignación en el tribunal del balance que le corresponda a cada demandado como producto de la venta del susodicho inmueble, una vez descontados los gastos de rigor. Se le apercibe que de no comparecer usted a contestar dicha demanda dentro de un término de treinta (30) días a partir de la fecha de la publicación de este EDICTO, podrá dictarse sentencia en rebeldía en su contra concediendo los remedios solicitados en la demanda. En Vieques, Puerto Rico, a 15 de febrero de 2013. Olga N. Morales Torres, Secretario (a) del Tribunal. Por: Sub-Secretario (a) del Tribunal.

Se le advierte que este edicto se publicará en un (1) periódico de circulación general una (1) sola vez y que si no comparecen contestar dicha Demanda radicando el original de la misma en el Tribunal Superior, Sala de San Juan, con copia al abogado de la parte demandante, dentro del término de treinta (30) días contados a partir de la publicación del edicto, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin más citarle ni oírle, disponiéndose además, que en los diez (10) días siguientes a la publicación de este edicto se le dirigirá por correo certificado con acuse de recibo una copia del Emplazamiento por Edicto y de la Demanda presentada a su última dirección postal conocida en Urb. Crown Hills, 138 Ave. Winston Churchill, San Juan, PR 009266013. Expedido bajo mi firma y sello de este Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 21 de febrero de 2013. Lcda. Rebecca Rivera Torres, Secretaria Regional. Secretario Johanna Almenas Ocasio, Secretaria del Tribunal Confidencial I. Sub-Secretario. CB-1633 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE ARECIBO

CRESPO FIGUEROA FRANCISCA DEMANDANTE VS.

R&G PREMIER BANK OF PR

DEMANDADO CASO: C CD2012-0576. SALON: 0302 COBRO DE DINERO CANCELACION PAGARE EXTRAVIADO CAUSAL/DELITO LIC. TRINIDAD MARTIN YELITZA PO BOX 135 MANATI, PR 00674 NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTOS. EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 31 de enero de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recursos de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 04 de febrero de 2013. Fulano de Tal No Disponible 00999. Mengano de Tal No Disponible 00999. R&G Premier Bank of PR No Disponible 00999 Scotiabank of PR No Disponible 00999 Arecibo, Puerto Rico, a 04 de febrero de 2013. Mariluz Díaz Rodríguez, Secretario. Por: Yanitza Iglesias Maldonado, Secretario Auxiliar. CB-1632 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE ARECIBO

CRESPO FIGUEROA FRANCISCA DEMANDANTE VS.

R&G PREMIER BANK OF PR

CB-1624 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN DEMANDADO JUAN CASO: C CD2012-0576. SALON: 0302 COBRO DE DINERO CANCELACION PAGARE EXTRAVIADO CAUSAL/DELITO Demandante A: FULANO DE TAL Y MENGANO DE TAL. NOTIFICACION DE Vs. SENTENCIA POR EDICTOS. EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 31 de enero de 2013, este Tribunal ha dicDemandado tado Sentencia, Sentencia ParCIVIL NÚM. KCD2012-2657 cial o Resolución en este caso, (505) SOBRE: COBRO DE DI- que ha sido debidamente regisNERO EMPLAZAMIENTO POR trada y archivada en autos donEDICTO. ESTADOS UNIDOS de podrá usted enterarse detallaDE AMÉRICA EL PRESIDENTE damente de los términos de la DE LOS ESTADOS UNIDOS SS. misma. Esta notificación se puEL ESTADO LIBRE ASOCIADO blicará una sola vez en un perióDE PUERTO RICO. A: RAFAEL dico de circulación general en la ROIG MEJIA Por la presente se Isla de Puerto Rico, dentro de los le notifica que ha sido presenta- 10 días siguientes a su notificada en este Tribunal una Deman- ción. Y, siendo o representando da en su contra en el pleito de usted una parte en el procediepígrafe. El abogado de la parte miento sujeta a los términos de demandante es el Lcdo. Jean la Sentencia, Sentencia Parcial o Paul Juliá Díaz, Rivera-Munich, Resolución, de la cual puede esEliza & Hernández Law Offices, tablecerse recursos de revisión o P.S.C.; P.O. Box 364908, San apelación dentro del término de Juan, PR 00936-4908; Tel. (787) 30 días contados a partir de la 622-2323 Fax (787) 622-2320. publicación por edicto de esta

SCOTIABANK DE PUERTO RICO RAFAEL ROIG MEJIA

notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 04 de febrero de 2013. Trinidad Martin Yelitza PO Box 135 Manatí, PR 00674. Fulano de Tal No Disponible 00999. Mengano de Tal No Disponible 00999. R&G Premier Bank of PR No Disponible 00999 Scotiabank of PR No Disponible 00999 Arecibo, Puerto Rico, a 04 de febrero de 2013. Mariluz Díaz Rodríguez, Secretario. Por: Yanitza Iglesias Maldonado, Secretario Auxiliar. CB-1634 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE COMERIO

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE BARRANQUITAS Parte Demandante vs.

ANTHONY RODRIGUEZ ORTIZ Y PAULA ORTIZ RODRIGUEZ

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Bancos y demás sucesores de ésta, compuestos por John Doe y Fulano de Tal, Parte Demandada. POR LA PRESENTE se le notifica que se ha presentado en la oficina del Secretario del Tribunal de Distrito de Puerto Rico, Sala de Carolina, una Petición sobre cancelación de un crédito hipotecario por la suma principal de $16,300.00, a la orden de la James T. Barnes of Puerto Rico, con intereses a razón del 5-3/4% anual, vencedero el día 1 de agosto de 1996, todo según se indica en la Escritura Pública número 628, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 1 de junio de 1976, ante el Notario Público don Alfredo Rivera Mendoza. Dicho crédito hipotecario está garantizado con hipoteca sobre el siguiente inmueble: “URBAN: Solar marcado con el número veinte (20) del Bloque QI del Plano de Inscripción de la cuarta extensión, Tercera etapa de la Urbanización Country Club, situada en el Barrio Sabana Abajo del Municipio de Carolina, Puerto Rico, con una cabida superficial de TRESCIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS (371.25 MC) en lindes por el Norte, en veintisiete metros cincuenta centímetros con el solar número diecinueve: por el Sur, en veintisiete metros cincuenta centímetros con el solar número veintiuno; por el Este, en trece metros cincuenta centímetros con el sola número siete del bloque QJ: y por el Oeste, en trece metros cincuenta centímetros con la calle quinientos veintinueve. Sobre el solar antes descrito enclava una casa de concreto y bloques de concreto para residencia de una sola familia”. Consta inscrita al folio 221 del tomo 227 de Carolina, finca número 8,593. Se le notifica a usted o a cualquier otra persona que tuviere algún interés en el crédito hipotecario que motiva esta demanda para que comparezca al Tribunal por escrito, y que le notifique copia al Lcdo. Juan Massa Díaz, en Calle Yaboa Real 982, Country Club, Río Piedras, Puerto Rico, 00924, Tel. 752-1055, dentro de los treinta (30) días después de la publicación de este Edicto, y de no comparecer a formularse oposición a la demanda de cancelación, se dictará sentencia ordenando la cancelación del crédito hipotecario y de la hipoteca constituida en garantía del mismo. En Carolina, Puerto Rico, a FEB 20 2013. Miriam Rosa Maldonado, Secretaria Regional. Por: Luz E. Carrión Pimentel, Secretaria Auxiliar.

Parte Demandada CIVIL NUM. B3CI201200661 COBRO DE DINERO EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: ANTHONY RODRIGUEZ ORTIZ HC 3 BOX 7584 BARRANQUITAS, PR 00794 O sea, la parte demandada arriba mencionada POR LA PRESENTE se le emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, radicando el original de su contestación ante el Tribunal correspondiente y notificando con copia al abogado de la demandante, Lcdo. Norberto Falcón Morales, cuya dirección es PO Box 935, Comerío, Puerto Rico 00782, teléfono 857-3500 y número de facsímil 857-0040. Se le apercibe que de no hacerlo, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oírle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el sello del Tribunal, en Comerío Puerto Rico, hoy día 8 de febrero de 2013. Carmen Ana Torres Torres, Secretaria del Tribunal II. Secretaria (o) del Tribunal. Por: María I. Cruz Ortiz, Secretaria Auxiliar del CB-1674 ESTADO LIBRE ASOTribunal, Subsecretaria (o). CIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCB-1646 ESTADO LIBRE ASO- CIA SALA SUPERIOR DE SAN CIADO DE PUERTO RICO TRI- JUAN BUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAROLINA

EDWIN RENE OLMEDA PAGAN DE POR SI Y EN REPRESENTACION DE LOS DEMAS MIEMBROS DE LA SUCESION DE DOÑA CRUCITA PAGAN ASENCIO, COMPUESTA POR JUDITH OLMEDA POLANCO, JAMES OLMEDA POLANCO, SONIA OLMEDA RODRIGUEZ, JOSE ERNESTO OLMEDA MONTALVO, ERLINDA OLMEDA MONTALVO Y ERNESTO JAVIER OLMEDA MALAVE Parte Demandante Vs.

JAMES T. BARNES OF PUERTO RICO, Y LOS BANCOS Y DEMAS SUCESORES DE ESTA, COMPUESTOS POR JOHN DOE Y FULANO DE TAL Parte Demandada 401 CIVIL NUM. FCD13-0133 SOBRE: CANCELACION DE HIPOTECA POR LA VIA JUDICIAL EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: James T. Barnes of Puerto Rico, y los

MARKETING SMALL BUSINESS FINANCE CORPORATION Demandantes Vs.

FULANO DE TAL Y MENGANO DE TAL Demandados CIVIL NUM.: KCP2013-0032 (807) SOBRE: PAGARE EXTRAVIADO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: MENGANO DE TAL Como posible tenedor del pagaré Por la presente se les notifica que la parte demandante, ha presentado ante este Honorable Tribunal Demanda contra usted, solicitando la concesión del siguiente remedio. La cancelación del pagaré hipotecario por la suma de $221,000.00, suscrito ante el Notario José A. Andreu Fuentes. POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al tribunal su alegación responsiva a la demanda dentro de los treinta (30) días a partir de la publicación de este Edicto, notificando copia de la misma al (a la ) abogado (a) de la parte demandante o a ésta, de no tener representación legal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. HECTOR R. CRESPO MILIAN RUZ 7474 URB. PARADIS #1 CALLE ANGEL L. ORTIZ CAGUAS, PUERTO RICO TEL. 744-4459 / 745-0480 FAX 7456382 Correo electrónico: lcdocrespo@gmail.com EXTENDIDO BAJO MI FIRMA Y el Sello del tribunal, hoy día FEB 13 2013. Lcda. Rebecca Rivera Torres, Secretaria Regional. Jenniffer Vega Maldonado, Secretaria de Servicio a Sala.


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LOCALES / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013 El periódico de Puerto Rico

NA, 58 años. Natural de Lares y residente de Camuy. Falleció el 17 de marzo de 2013 en Mayagüez. Será cremado en el Centro de Cremación Ehret.

CARMEN VAZQUEZ VAZQUEZ, 89 años. Natural de Río Piedras y residente de San Juan. Falleció el 18 de marzo de 2013 en San Juan. Sepelio mañana jueves, 21 de marzo de 2013, a la 1:00 p.m. hacia el cementerio El Señorial Memorial, en Cupey, Río Piedras. ZAIDA L. VELEZ MEDI-

SIXTO MARTINEZ ROSADO, 71 años. Natural de Mayagüez y residente de Parcelas Soledad. Falleció el 17 de marzo de 2013 en Mayagüez. Sepelio mañana jueves hacia el Cementerio Nuevo Municipal. ABRAHAM VALENTIN

RAMOS, 54 años. Natural de Mayagüez y residente del Bo. Mineral. Falleció el 18 de marzo de 2013 en Río Piedras. Será cremado.

Vieques. Falleció en Trujillo Alto. Recibió cristiana cremación. ALICIA GONZALEZ DIAGO. Natural de Cuba. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. ERIC A. PASTRANA MEDERO. Natural de Río Piedras. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. LIBERTAD ROSADO. Natural de Loíza. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación.

MARIA DEL CARMEN , 71 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 19 de marzo de 2013 en Manatí. Sepelio mañana jueves a las 11:00 a.m. partiendo desde la Fun. González, carretera 129, hacia el Cementerio Nuevo El Tres de Arecibo. EDUARDO RODRIGUEZ MARTINEZ, 60 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 14 de marzo de 2013 en Río Piedras. Sepelio efectuado.

FELIX MARTINEZ ALICEA, 78 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 15 de marzo de 2013 en Arecibo. Sepelio hoy a la 1:00 p.m. partiendo desde la Fun. González, carretera 129, hacia el Cementerio Nuevo El Tres de Arecibo. RAFAEL MOJICA CONCEPCION, 75 años. Natural de Camuy y residente de Arecibo. Falleció el 18 de marzo de 2013 en Lares. Será cremado.

GLORIA GONZALEZ PADIAL. Natural de San Juan. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. LAURA ELENA RIOS. Natural de San Juan. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. CLYDE P. CASANOVA QUIÑONES. Natural de

EDICTOS ED-7403 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE RIO GRANDE.

DORAL BANK Demandante VS

PIRAMID GENERAL CONTRACTORS, INC. CARA DE INDIO DEVELOPMENT, INC. LISSETTE OQUENDO RODRIGUEZ, por sí y como Presidenta ENRIQUE SANTIAGO RODRIGUEZ ANITA DONES LEBRON y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NUM: N3CI 2006-915 (002). SOBRE: COBRO DE DINERO (EJECUCION DE PRENDA E HIPOTECA SOBRE BIENES MUEBLES E INMUEBLES POR LA VIA ORDINARIA). AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, BETTY NAVARRO ALGARIN, ALGUACIL, PLACA 242 Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Río Grande, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 23 de octubre de 2012 y para satisfacer la Sentencia, la cual asciende a: $699,105.27 de principal más intereses y que fue dictada en el caso de autos el 29 de diciembre de 2010, notificada el 11 de febrero de 2011, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en

moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en el: Municipio de Río Grande, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: ---Barrio Jiménez, Río Grande, Puerto Rico 00745. --RUSTICA: Predio de terreno ubicado en el Barrio Jiménez del término municipal de Río Grande, Puerto Rico, con una cabida superficial de ochenta y nueve mil setecientos dieciséis punto cinco metros cuadrados (89,716.05), equivalentes a veintidós punto ocho mil doscientos noventa y dos cuerdas (22,8292) en lindes por el NORTE, con terrenos de Fosan Development, Inc., en lindes por el L SUR, con terrenos de la Sucesión Morales López y camino vecinal La Cuchilla, por el ESTE, con el Río Espíritu Santo; y por el OESTE, con la parcela segregada. ---Inscrita al Folio 241 del Tomo 302 de Río grande, finca número 20,033, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Tercera. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Río Grande. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $700,000.00, para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 3 de abril de 2013, a las 11:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 10 de abril de

2013, a las 11:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 17 de abril de 2013, a las 11:30 de la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Río Grande. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesa-

das y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Río Grande, Puerto Rico, a 29 de noviembre de 2012. POR: BETTY NAVARRO ALGARIN, ALGUACIL, PLACA 242. JOSE C. ORTIZ SANTANA, ALGUACIL SUPERVISOR. PLACA 104. ED-7439 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE MAYAGUEZ.

DORAL BANK Demandante Vs.

BETSY YADIRA SANCHEZ SANCHEZ MARTA IRMA ROSSY FULLANA Demandados CIVIL NUM. ISCI2012-1254. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de PR. SS. A: MARTA IRMA ROSSY FULLANA. Por la presente se le notifica que la parte demandante ha presentado ante este Tribunal, demanda contra usted, solicitando la concesión del remedio expuesto en la demanda de epígrafe, por la suma principal de $119,468.75 más intereses sobre dicha cuantía al tipo convenido de 5.50% anual desde el primero de enero de 2012 hasta su total y completo pago, más recargos acumulados, más cualesquiera suma de dinero por concepto de contribuciones, primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora, así como de cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de hipoteca hasta el pago total de las

mismas, más la cantidad estipulada de $12,054.13 para costas, gastos y honorarios de abogados. La propiedad hipotecada es la: URBANA: Solar con el número C-1 de la Urbanización Estancias de Monte Grande Estates en el Barrio Monte Grande de Cabo Rojo, con cabida de 732.22 metros cuadrados, en linderos: NORTE, en 15.69 metros con el solar A-6 y en 13.44 metros con la calle 2; SUR, en 25.02 metros CON EL SOLAR C-6; ESTE, en 21.50 metros con el solar C-2; y OESTE, en 31.00 metros con terrenos de Antonio J. Fas Alzamora. Enclava una casa de concreto para fines residenciales. Afecta a servidumbre telefónica de una franja de terreno de 5 pies de ancho que discurre a lo largo de su colindancia Norte. Inscrita dicha hipoteca al folio 67 del tomo 845 de Cabo Rojo, finca número 28,530, del Registro de la Propiedad, Sección de San Germán. Se le apercibe y advierte que de no contestar la Demanda radicando el original de la contestación ante la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez y notificando copia de la misma al Lcdo. Juan M. Surillo Pumarada con oficinas localizadas en Surillo Pumarada & Dahdah Ramírez, Calle Méndez Vigo 84-B Oeste, Mayagüez, Puerto Rico, 00680; teléfono (787) 8343700, y cuya dirección postal es P.O. Box 1183, Mayagüez, Puerto Rico 00681-1183, dentro del término de TREINTA (30) días, siguientes a la publicación de este emplazamiento por Edicto que será publicado una sola vez en un periódico de circulación diaria general en la Isla de Puerto Rico, podrá dictarse contra Usted sentencia en rebeldía, concediendo el remedio solicitado por la parte demandante en la Demanda, todo ello sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO, bajo la firma de este Tribunal, en Mayagüez, Puerto Rico, hoy día 25 de febrero de 2013. LIC. NORMA G. SANTANA IRIZARRY, SECRETARIA REGIONAL II. POR: SILVIA HERNANDEZ LOPEZ, SECRE-

TARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL. ED-7428 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

CONSEJO DE TITULARES DEL CONDOMINIO PASEO DEL ROCIO Demandante v.

ISAAC FAJARDO SANCHEZ MARIANA JOSEFINA CABRERO QUIÑONES y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos Demandado(a) CIVIL NUM. K CD2012-1861. SALA 505. SOBRE: COBRO DE DINERO VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: ISAAC FAJARDO SANCHEZ, MARIANA JOSEFINA CABRERO QUIÑONES y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos. EL SECRETARIO que suscribe le notifica a usted que 1 de marzo de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede es-

tablecerse recursos de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 5 de marzo de 2013. EN SAN JUAN, Puerto Rico, el 5 de marzo de 2013. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA. DENISE M. AMARO MACHUCA, SECRETARIA AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. CB-1698 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. COMISION DE SERVICIO PUBLICO. PO BOX 190870, SAN JUAN, P.R. 00919-0870. TRANSPORTACION TERRESTRE AVISO. Aviso Número: S13-137-TCCF (R) El señor José C. Roldán Bernabe H/N/C C. ROLDAN MORTUARY SERVICES, residente en Juncos solicita autorización para operar una (1) unidad en la transportación de coche fúnebre recogido de cadáveres (TCCF-(R) mediante paga desde el Municipio de Juncos a través de la Isla de Puerto Rico. Cualquier persona natural o jurídica que desee comparecer y ser oída, deberá presentar a la Comisión de Servicio Público dentro de los quince (15) días subsiguientes a la fecha de este AVISO, un escrito jurado haciendo constar en detalle los hechos en que se funda su derecho a intervenir y ser oída, enviando copia de dicho escrito al peticionario a su dirección postal: PO BOX 1472 JUNCOS, PR 00777. De oponerse a lo solicitado deberá expresar los fundamentos por los cuales no deba concederse lo solicitado. De igual forma se citarán para VISTA PUBLICA y serán oídas, las personas que así lo soliciten por escrito, a la Comisión. En San Juan, Puerto Rico, hoy FEB 25 2013. EGLEE W. PEREZ RODRIGUEZ, COMISIONADA. JENNIFER APONTE VAZQUEZ, COMISIONADA.

RUTH D. BERRIOS RODRIGUEZ, SECRETARIA. CB-1564 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE ESTADO SAN JUAN, PUERTO RICO MARCA PARA REGISTRAR. AVISO A QUIEN PUEDA INTERESAR: Confor me a la Ley Núm. 169 del 16 de diciembre de 2009, según enmendada, y al Reglamento Número 8075 del 19 de septiembre de 2011, la siguiente marca ha sido presentada ante el Registro de Marcas y Nombres Comerciales de Puerto Rico para su registro y archivo. Número de Presentación: 66,501. Solicitante: 9202-2987 Québec, Inc. Dirección Postal: PO BOX 190998 SAN JUAN PR 00919-0998. Descripción: The mark is composed of the words “THE PUERTO RICO YELLOW PAGES” in stylized letters, with “THE PUERTO RICO” in black letters and “YELLOW PAGES” in yellow letters. Renuncia de elementos no susceptibles de uso exclusivo: “Puerto Rico” & “Yellow Pages” Clase Internacional: 035. NOTIFICACION: Conforme al Artículo 8 de la Ley Núm. 169 del 16 de diciembre de 2009, según enmendada, cualquier persona que se considere perjudicada por el registro de esta marca puede oponerse al mismo presentado ante el Registro de Marcas y Nombres Comerciales un Escrito de Oposición debidamente fundamentado dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. No obstante lo anterior, antes de vencido el término y por justa causa, el Registro podrá conceder una prórroga de hasta veinte (20) días para presentar dicha oposición. El oponente deberá notificar al solicitante copia del Escrito de Oposición mediante correo certificado con acuse de recibo, no más tarde de dos (2) días laborables a partir de la fecha de presentación del Escrito de Oposición.`


EL VOCERO / DEPORTES / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013

Pelearía en abril por HBO

ORIENTACIÓN CARRERAS PARA MAÑANA 1RA. CARRERA

CARLOS NARVÁEZ ROSARIO, EL VOCERO

THE ASSOCIATED PRESS

MADRID - Iker Casillas se reincorporó a las prácticas del Real Madrid y cumplió con el entrenamiento completo, luego de casi dos meses de ausencia por una factura en la mano izquierda, informó el club merengue. Casillas “se incorporó al grupo y realizó trabajo específico” con el preparador de arqueros, Silvino Louro, informó el Madrid en su página oficial de la Internet. El 23 de enero, Casillas sufrió una fractura en la base del quinto metacarpiano de la mano izquierda, en el partido de vuelta por los cuartos de final de la Copa del Rey frente al Valencia. El club no anunció una fecha tentativa para el regreso de Casillas, pero parece probable que esté listo para la recta final de la temporada.

Pedraza apunta a su primera reyerta por la cadena de cable El cotizado prospecto súper pluma, José (Sniper) Pedraza, espera por la confirmación de un posible combate en abril que podría convertirse en su primera aparición estelar en un evento de la telecadena HBO.

2DA. CARRERA

3RA. CARRERA

El púgil cidreño, que tiene marca perfecta de 12-0 y 8 nocauts, se prepara a todo vapor en vías de un próximo anuncio.

“No tenemos fecha realmente, pero se está hablando de una pelea por HBO en abril”, expresó el padre y entrenador del púgil, Luis Espada. “Estamos esperando esa confirmación, mientras tanto no dejaremos de trabajar. Tenemos que estar listos para esa próxima pelea”, añadió.

PROGRAMA HÍPICO

1-1/16 Millla 4 años y mayores

Reclamables a $5,000 1. El Emprendedor Héctor Berríos 117 2. Sargento Mayor Luis Negrón 118 3. Alpheratz Star Carlos Pizarro 116 4. Toño M. Edwin Castro 118 5. Redactor S. Figueroa 117 NUESTRA SELECCIÓN: El Emprendedor, Alpheratz Star y Redactor.

Pedraza viene de derrotar por nocaut en el primer asalto al mexicano Gerardo Zayas el pasado 23 de febrero en Ponce, luciendo gran forma en su primera pelea del año.

Su pelea de abril podría ser en Nueva York.

1-1/16 Milla 4 años y mayores

Reclamables a $24,000 1. Felicidad Jevian Toledo 109 2. Kimera Edwin Castro 116 3. Integrista José M. Rivera 120 4. Lupercia Héctor M. Díaz 116 5. La Nena de Hervelt Andy Hernández 116 NUESTRA SELECCIÓN: Integrista, La Nena de Hervelt y Felicidad.

EL VOCERO / Archivo

Practica el capitán

37

José Pedraza viene de ganar su primera pelea del año, venciendo por nocaut al mexicano Gerardo Zayas.

Cita en Cidra en octubre Por otro lado, Espada confirmó que están negociando para que su protegido pelee en el mes de octubre en el estadio municipal Jesús María Freire, de Cidra. Ayer Espada estuvo reunido con el alcalde de ese pueblo, Javier Carrasquillo, en vías de la realización de ese choque.

“Sí, puedo decir que en octubre vamos a pelear en Cidra”, aseguró Espada sobre la pelea de su protegido y exmedallista aficionado. “Acabo de salir de una reunión y esperamos que podamos darle ese regalo a nuestro pueblo. Se está trabajando esa posibilidad y el Alcalde está haciendo un gran esfuerzo en eso”.

1,200 Metros 4 años y mayores

Reclamables a $15,000 1. Infanta Josean Rivera 110 2. Char Lena Jo Alberto Soto 112 3. Dream Glow Héctor Berríos 117 4. Summer Proud Juan Carlos Díaz 116 5. La Codiciada Edwin Castro 118 NUESTRA SELECCIÓN: La Codiciada, Char Lena Jo y Dream Glow.

4TA. CARRERA

1,400 Metros 4 años y mayores

Reclamables a $3,500 1. Lynn’s Princess José M. Rivera 118 2. Pomeroy Baby José A. Hernández 116 3. Sheza Favorite P. González 116 4. Successful Lady David Rosario 117 5. Hookedon Karakorum Jerry J. Díaz 109 6. Fully Paid Edwin Castro 116 7. Quality Palace Jevian Toledo 113 NUESTRA SELECCIÓN: Quality Palace, Lynn’s Princess y Pomeroy Baby.

5TA. CARRERA

1,400 Metros 4 años y mayores

Reclamables a $3,500 1. Smart Training Héctor M. Díaz 116 2. Real Me In David Rosario 117 3. Abuelito Jaime José M. Rivera 118 4. Eurobuilding Edwin Castro 116 5. Metulla Luis Hiraldo 116 6. Jen’s Tin Man Julio A. Hernández 116 7. Unsung Song Angel M. Viera 118 8. Broken Dancer Jerry J. Díaz 109 9. Grand Terror Juan Carlos Díaz 120 10. Royal Tapit Benjamín López 120 11. Stormy Kay Carlos Pizarro 116 12f. Yankysjazz Eddie Santiago 109 13f. Moncito Jevian Toledo 111 14f. Mr. Freeman P. González 116 NUESTRA SELECCIÓN: Jen’sTin Man, RoyalTapit y Grand Terror.

6TA. CARRERA

1,400 Metros 4 años y mayores

Reclamables a $3,500 1. Hot Afleet Angel M. Viera 118 2. P R Vigilante José A. Hernández 116 3. Warrior’s Cove José M. Rivera 118 4. Houston’s Royalty Carlos Pizarro 118 5. Gilt Edged Alberto Soto 112 6. Weston Juan Carlos Díaz 116 7. Market Analysis Josean Rivera 111 8. Lofty Banner Benjamín López 116 9. Vuelve Gilberto M Héctor M. Díaz 116 10. Fortunate Trail Hiram Rivera 118 11. Courting Wisdom Jevian Toledo 109 12f. Room Mate Héctor Berríos 117 13f. Cracklin A. Adorno 112 NUESTRA SELECCIÓN: Weston, Market Analysis y Lofty Banner.

7MA. CARRERA

1-1/16 Milla 3 años y mayores

Reclamables a $7,500 1. Cuatro Vientos Jevian Toledo 109 2. Pirulí Edwin Castro 118 3. Tito Discount Jerry J. Díaz 111 4. El Chuso Miguel Sánchez 116 5. Pilonero Josean Rivera 110 6. Happy Angel Héctor M. Díaz 118 NUESTRA SELECCIÓN: Piruli, Happy Angel y Cuatro Vientos.

RECOMENDACIONES PARA EL POOL CUADRO $3.00 2da. El Emprendedor 3ra. La Codiciada 4ta. Quality Palace y Lynn’s Princess 5ta. Jen’s Tin Man, Royal Tapit y Market Analysis 6ta. Weston 7ma. Piruli y Happy Angel

PAPELETA 2da. 3ra. 4ta. 5ta. 6ta. 7ma.

El Emprendedor La Codiciada Quality Palace Jen’s Tin Man Weston Piruli

PARA LAS BANCAS PARA ARRIESGADOS Lynn’s Princess y Jen’s Tin Man en primera.

PARA CONSERVADORES: El Emprendedor y La Codiciada en segunda.


P.37

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D deportes

MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013

Se acumulan las dolencias en NY THE ASSOCIATED PRESS

EL VOCERO / Willín Rodríguez

NEW YORK - Los Knicks de Nueva York anunciaron que el pívot ‘Todos Estrellas’ Tyson Chandler estará fuera hasta una semana y Kurt Thomas se perderá por lo menos dos, a medida que las lesiones continúan haciendo estragos con su línea frontal.

‘Súper’ el entusiasmo RAFY RIVERA, EL VOCERO

Celebrando sus 100 años de existencia, la encomienda de sobrepasar la asistencia de 700 mil fanáticos en las canchas y el regreso de los quintetos de los Leones de Ponce, Cangrejeros de Santurce y los fusionados Gigantes Caciques de Carolina-Humacao, inicia el próximo 31 de marzo la denominada ‘Súper Temporada del BSN 2013’. A esto se le añade que cada equipo hará efectivo un minucioso plan de seguridad en sus canchas, lo que incluirá detectores de metales en las entradas. La temporada se le dedicará al veterano narrador y productor Ernesto Díaz González. “No dudo de que el baloncesto va a arropar a Puerto Rico como nunca”, dijo Carlos Beltrán, presidente de la Federación de Baloncesto. “Vamos a estar moviendo a toda la fanaticada y sobrepasaremos nuestros números de asistencias”. Otro de los detalles de esta temporada es el debut de dos dirigentes españoles: Paco Olmos con los Cangrejeros de Santurce e Iván Deniz con los Atléticos de San Germán.

Carmelo Anthony se ha perdido tres partidos corridos luego de que le drenaran líquido de la parte trasera de su rodilla derecha. Reservas claves como Amare Stoudemire (rodilla) y Rasheed Wallace (pie) ya fueron operados y están perdidos por lo menos por el balance de la temporada regular. Chandler, actual Mejor Defensa, promedia 10.7 puntos, 11.0 rebotes y 1.15 tapones por juego para los Knicks, quienes el lunes regresaron a la ruta ganadora luego de perder cuatro partidos corridos por promedio de 20 puntos.

Otra baja en los Cavaliers También el 2013 marcará el debut en el BSN de los centros Jorge Brian Díaz, de los Piratas de Quebradillas, y Angel (Piwi) García, de los Vaqueros de Bayamón. Mike Rosario, canastero de los Gators de Florida e integrante del seleccionado, también estará jugando por primera vez bajo el uniforme de Ponce. Contrario a otras temporadas, el torneo contará este año con la participación desde el primer día con algunos de los principales jugadores locales, como es el caso del centro Peter John Ramos, quien debutará en uniforme de los Capitanes de Arecibo.

CLEVELAND - El novato de los Cavaliers, Dion Waiters, se perderá por lo menos una semana con una dolencia en su rodilla izquierda que podría necesitar una cirugía. Los Cavs anunciaron ayer que un MRI reveló un fragmento suelto en la rodilla izquierda de Waiters. La lesión de Waiters –entre los mejores novatos con promedio de 14.7 ppj– es otro golpe a los Cavs, quienes juegan sin el armador ‘Todos Estrellas’ Kyrie Irving y el brasileño Anderson Varejao, ambos fuera por lesiones.

“De acuerdo con la calidad de torneo que vamos a tener, y el entusiasmo que he palpado desde hace varias semanas, pienso que no vamos a tener problemas en conseguir ese número en asistencias”, dijo Beltrán. La temporada constará de 36 partidos por equipo, con los primeros ocho adelantando a las series de postemporada, que este año regresan al formato de cuartos de final, semifinal y la de campeonato.

AP

El BSN apunta a una gran campaña en festejo de los 100 años del basket boricua

Chandler se hizo un MRI de su espina dorsal que reveló un disco abultado. Un examen del pie derecho de Thomas dejó al descubierto una reacción aguda alrededor de una fractura crónica. El quinteto informó que la lesión lo mantendría fuera hasta un mes, potencialmente noqueándolo el resto del año.


39 EL VOCERO / MIÉRCOLES, 20 DE MARZO DE 2013



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