8 POLÍTICA
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MARTES 18 DE SEPTIEMBRE DE 2012
En Puebla, red de corrupción en el Poder Judicial de la Federación La encabeza el secretario del Décimo Primer Distrito, Uri Téllez García UNOMASUNO REDACCIÓN
L
a impartición de justicia en el estado de Puebla se encuentra en riesgo debido a la mala actuación de funcionarios que buscan aprovechar sus cargos para sacar provecho personal a costa de lo que sea. En el poder Judicial de la Federación, por ejemplo, existe una red de corrupción conformada por Secretarios de Acuerdo y Secretarios Proyectistas que materialmente se dedican a "hacer dinero" a expensas de los ciudadanos.
Al respecto, por lo menos una decena de abogados, quienes pidieron la gracia del anonimato, señalaron a este medio, a Juan de Dios Uri Téllez García, secretario del Decimoprimer Distrito, como el responsable de una serie de irregularidades en las que incurre este trabajador del Poder Judicial de la Federación, quien llega a pedir desde 80 mil hasta millón y medio de pesos a ciudadanos que tratan un asunto en dicha sede oficial, a fin de que la sentencia les sea favorable. Los abogados denunciaron también a este medio que esta práctica es común, tanto, que el dinero del que se allegan los servidores
públicos les alcanza para comprar casas de 10, 15 y 20 millones de pesos, además de que adquieren autos de lujo, como Audi AC y Mercedes Benz, además de motocicletas de marcas reconocidas. Los secretarios, también buscan pasar desapercibidos, viviendo no en lugares exclusivos, sino en colonias de clase media, pero con enormes bardas que rodean y delimitan sus propiedades. Todas las tropelías denunciadas, refieren los quejosos, se sustentan en el apoyo tácito que le proporciona a Uri Téllez García, el Juez Décimo
Primero de Distrito, Jorge Mercado Mejía, quien al parecer también sale beneficiado de estos "arreglos", al igual que el socio de Uri Téllez García, Juan Carlos Cortés Salgado, también secretario del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito. Modus operandi de la corrupción Los denunciantes relataron que la logística con que opera Uri Téllez García es muy similar en casi todos los casos. Y es que el secretario que tiene a su cargo el asunto, difícilmente recibe directamente el dinero, únicamente asiste a una reunión con "los clientes", o envía algún documento, información o
señal, para que éstos puedan constatar su intervención y anuencia en la operación. Dentro de los lugares predilectos para este tipo de reuniones, destaca el restaurante "Los Pescadores". Al encuentro suele asistir un tercer funcionario judicial, en este caso sería Juan de Dios Uri Téllez García, quien directamente recibe el dinero y posteriormente mantiene informado al "cliente" de los avances del caso. De esta manera si las cosas salen mal, se "echan la bolita" mutuamente para evitar la devolución del dinero. Por una parte, Juan de Dios Uri manifiesta no poder regresar el dinero por haberlo entregado al funcionario que directamente lleva el asunto. Por otra parte, este último no admite reclamaciones, bajo el argumento de que "a él directamente no le dieron un peso"; de tal suerte se evitan reclamaciones por el dinero hurtado. Otra característica de su modo de operación, se relaciona con la manera en cómo contactarlos, pues nunca proporcionan su teléfono celular, sino que éstos son quienes llaman a "los clientes" cuando les parece oportuno. "La red con que operan estos funcionarios es enorme, pues afirman que prácticamente tienen un contacto dentro de cada Juzgado y Tribunal Federal radicado en Puebla", relató uno de los abogados. Cabe destacar que la ley establece en el Acuerdo General del Pleno que reglamenta los procedimientos de responsabilidad administrativa y el seguimiento de la situación patrimonial de los funcionarios del Poder Judicial de la Federación, que cuando se hace una denuncia como la que hicieron de manera pública los abogados a este medio, se debe iniciar de oficio una investigación, es decir, sin necesidad de una denuncia formal. En el capítulo V, De las Causas de Responsabilidad Administrativa, concretamente en el artículo 33, se señala que es causa de responsabilidad para los servidores públicos del Poder
FALLAS DE ORIGEN
Judicial de la Federación, el incumplimiento o contravención a las disposiciones reglamentarias o de los manuales de organización internas, por lo que se harán acreedores a un apercibimiento y/o amonestación pública o privada, suspensión del empleo, sanción económica, destitución del puesto o inhabilitación temporal. Lo anterior independientemente de la investigación que pueda iniciar la Procuraduría
General de la República (PGR), en la que se indagaría sobre dinero mal habido que pudieran haber obtenido. De esta forma, aunque las denuncias son anónimas, pues los abogados están temerosos de que si dan a conocer los casos específicos o identidades puedan ser objeto de hostigamiento, refieren que las autoridades responsables están obligadas a investigar y sancionar a los funcionarios corruptos.