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27.5. Dirigir en coordinación con el equipo administrativo las siguientes actividades: 27.5.1. El seguimiento de proyectos básico -teóricos o experimentales- o de Investigación, desde su propuesta, su evaluación, el tiempo de ejecución, y la etapa del post-proyecto (publicaciones, repartición de bienes adquiridos durante el proyecto y propiedad intelectual). 27.5.2. La asignación y seguimiento de recursos del Centro de Investigación, tales como: 27.5.2.1. Horas de Investigación para profesores 27.5.2.2. Recursos económicos 27.5.2.3. Infraestructura e Insumos 27.5.2.4. Equipamiento 27.6. Evaluación y seguimiento de publicaciones, patentes y propiedad intelectual. 27.7. Evaluación y seguimiento de firmas de convenios con otras entidades, asesorías y consultorías. 27.8. Coordinar los conversatorios de actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación del área a fin de fomentar el diálogo y difusión de los temas llevados a cabo. 27.9. Impulsar y mantener vínculos de cooperación con otras unidades académicas, instituciones locales, regionales, nacionales e internacionales. 27.10. Establecer un sistema de financiamiento que permita el desarrollo sostenido de actividades de investigación. DE LA ESCUELAS PROFESIONALES Art. 28 De las Escuelas Profesionales La Escuela Profesional, o la que haga sus veces, es la organización encargada del diseño y actualización curricular de una carrera profesional, así como de dirigir su aplicación, para la formación y capacitación pertinente, hasta la obtención del grado académico y título profesional correspondiente. Las Escuelas Profesionales están dirigidas por un Director de Escuela, correspondiente a la Escuela de la que será Director. Art. 29 La Universidad Católica de San Pablo cuenta con las siguientes Escuelas Profesionales: 29.1. Escuela Profesional de Administración de Negocios - Departamento de Ciencias Económicas y Empresariales.