NL20120219

Page 20

El Peruano Lima, domingo 19 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

461070

Aprueban transferencia de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Santa Teresa, a favor de Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN SUPREMA N° 033-2012-EM Lima, 18 de febrero de 2012 VISTO: El Expediente Nº 11275711, organizado por Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. (EGEMSA), sobre concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Santa Teresa, y la solicitud de transferencia de concesión a favor de Luz del Sur S.A.A. (LUZ DEL SUR), presentada el 09 de diciembre de 2011; CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Resolución Suprema N° 075-2011EM, publicada el 24 de julio de 2011, se otorgó a favor de EGEMSA la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Santa Teresa, aprobándose el Contrato de Concesión N° 380-2011, elevado a Escritura Pública el 01 de agosto de 2011; Que, mediante el documento presentado el 09 de diciembre de 2011, ingresado bajo el Registro N° 2149745, EGEMSA y LUZ DEL SUR solicitaron a la Dirección General de Electricidad se apruebe la transferencia de la concesión definitiva para el desarrollo de la actividad de generación en la Central Hidroeléctrica Santa Teresa, a favor de LUZ DEL SUR, sociedad inscrita en la Partida Electrónica N° 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima; Que, como sustento de la solicitud a que se refiere el considerando que antecede, EGEMSA y LUZ DEL SUR presentaron el Contrato de Cesión de Posición Contractual de fecha 28 de noviembre de 2011, mediante el cual la primera transfiere a favor de la segunda la concesión definitiva de generación de la Central Hidroeléctrica Santa Teresa, otorgada por la citada Resolución Suprema N° 075-2011-EM, en cumplimiento de lo dispuesto en el Contrato de Adquisición de Activos Central Hidroeléctrica Santa Teresa, suscrito el 23 de febrero de 2011, mediante el cual EGEMSA se obligó frente a LUZ DEL SUR, a transferir varios activos intangibles, entre ellos, la titularidad de la concesión definitiva de generación de la Central Hidroeléctrica Santa Teresa; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1436° del Código Civil, la forma de la transmisión, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en función del acto que sirve de base a la cesión y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, estando a lo dispuesto por el artículo 1436° del Código Civil, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesión definitiva de generación de energía eléctrica de la futura Central Hidroeléctrica Santa Teresa a LUZ DEL SUR, la que deberá inscribir el citado Contrato de Cesión de Posición Contractual, así como el texto de la presente Resolución, en el Registro de Concesiones para la Explotación de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 017-2012-DGE-DCE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1435° y 1436° del Código Civil, en el segundo párrafo del artículo 53° y en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de

energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Santa Teresa, que efectúa Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. a favor de Luz del Sur S.A.A. por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Tener como titular de la concesión mencionada en el artículo precedente a Luz del Sur S.A.A., quien asumirá todos los derechos y obligaciones contenidos en el Contrato de Concesión Nº 380-2011, a partir de la fecha en que se publique en el Diario Oficial El Peruano la presente Resolución Suprema. Artículo 3°.- Aprobar la primera modificación al Contrato de Concesión N° 380-2011, en los aspectos referidos a la cláusula Décimo Segunda y al literal c) del numeral 2.1 del Anexo N° 2, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 4°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá ser incorporado en la Escritura Pública a que dé origen la primera modificación al Contrato de Concesión N° 380-2011. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y será notificada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas

754505-9

Aprueban primera modificación al Contrato de Concesión N° 372-2011, celebrado con Energía Eólica S.A. para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica RESOLUCIÓN SUPREMA N° 034-2012-EM Lima, 18 de febrero de 2012 VISTO: El Expediente N° 14268210, sobre la solicitud de modificación de concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica, presentada por Energía Eólica S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12061536 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral N° IX Sede Lima, Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 045-2011EM, publicada el 01 de junio de 2011, se otorgó a favor de Energía Eólica S.A. concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica con la Línea de Transmisión de 220 kV Central Eólica Talara – Interconexión LT 220 kV S.E.Talara – S.E. Piura, aprobándose el Contrato de Concesión N° 372-2011; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 380-2011MEM/DM de fecha 23 de agosto de 2011, el Ministerio de Energía y Minas aprobó el texto de la Minuta que contiene la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Renovable al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) mediante el proyecto de la Línea de Transmisión de 220 kV Central Eólica Talara – Interconexión LT 220 kV S.E. Talara – S.E. Piura (SEIN), donde se encuentra incluida la modificación del Cronograma de Ejecución de Obras; Que, con fecha 28 de setiembre de 2011, mediante el documento con registro de ingreso N° 2130604, Energía Eólica S.A. solicitó la primera modificación del referido Contrato de Concesión para prorrogar la construcción de la Central Eólica Talara y su Interconexión al Sistema Interconectado Nacional (SEIN), y de esta forma concluir


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.