Cuadro Ministerio de Agricultura

Page 1

APROBACIÓN DE LA MESA PERMANENTE DE CONCERTACIÓN PREACUERDOS CON EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Plan integral de permanencia y pervivencia de los pueblos indígenas En materia de territorios se formulará en los primeros seis meses luego de aprobado el PND un Programa Nacional para la Constitución, Ampliación y Saneamiento de Territorios Indígenas, el cual será definido por el Gobierno Nacional en conjunto con las organizaciones indígenas incluyendo lo acordado en la Comisión Nacional de Territorios Indígenas CNTI. Para la formulación, implementación y desarrollo de este programa que tendrá metas e indicadores definidos por regiones, el Ministerio de Agricultura y las entidades adscritas habilitará los recursos económicos, técnicos y logísticos necesarios para su cumplimiento. Esto comprende las siguientes acciones: − Ratificación y Reafirmación de los Títulos Coloniales y Republicanos − Constitución y ampliación de resguardos con tierras suficientes. − Protección de los sitios sagrados de los territorios

Pre- Acuerdo

APROBACIÓN DE LA MPC Y/O CONSTANCIA

En materia de derechos territoriales de los pueblos indígenas el Estado Colombiano y el gobierno nacional darán cumplimiento a las responsabilidades, competencias y funciones en cuanto al reconocimiento, garantía, protección y restablecimiento de los derechos de los pueblos Indígenas de Colombia, contenido en el bloque de constitucionalidad, la Ley 21 de 1991 (Convenio 169 de la OIT.) y Constitución Política Nacional, marco legal vigente y Autos 004 y 008 de la Corte Constitucional. Dentro de los seis (6) meses siguientes a la aprobación del PND, se formulará un Programa Nacional para la Constitución, Ampliación, Saneamiento de Resguardos Indígenas, que tendrá metas e indicadores definidos por regiones y por pueblos, el cual será elaborado y ejecutado por el Gobierno Nacional en concertación con las autoridades y organizaciones indígenas y debe incluir lo acordado en la Comisión Nacional de Territorios Indígenas CNTI. Para la formulación, implementación y desarrollo de este programa, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural,y las entidades adscritas, habilitarán los recursos económicos, técnicos y logísticos necesarios para su cumplimiento. El Plan deberá incluir entre otros los siguientes programas:

TEXTO APROBADO POR LA MPC: En materia de derechos territoriales de los pueblos indígenas el Estado Colombiano y el gobierno nacional darán cumplimiento a las responsabilidades, competencias y funciones en cuanto al reconocimiento, garantía, protección y restablecimiento de los derechos de los pueblos Indígenas de Colombia, contenido en el bloque de constitucionalidad, la Ley 21 de 1991 (Convenio 169 de la OIT.) y Constitución Política Nacional, marco legal vigente y Autos 004 y 008 de la Corte Constitucional. Dentro de los seis (6) meses siguientes a la aprobación del PND, se formulará un Programa Nacional para la Constitución, Ampliación, Saneamiento de Resguardos Indígenas, que tendrá metas e indicadores definidos por regiones y por pueblos, el cual será elaborado y ejecutado por el Gobierno Nacional en concertación con las autoridades y organizaciones indígenas y debe incluir lo acordado en la Comisión Nacional de Territorios Indígenas CNTI. Para la formulación, implementación y desarrollo de este programa, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural,y las entidades adscritas, habilitarán los recursos económicos, técnicos y logísticos necesarios para su cumplimiento. El Plan deberá incluir entre otros los siguientes programas:

Reestructuración de los resguardos de origen colonial y republicano

Reestructuración de los resguardos de origen colonial y republicano.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.
Cuadro Ministerio de Agricultura by Vera Carvajal - Issuu