Código de Ética

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BIENVENIDO/A

Muchas gracias por su interés en formar parte de nuestra gran familia de empresas En este documento encontrará toda la información necesaria para que Ud. pueda regularizar sus documentaciones e integrarse a un nuevo lugar de trabajo.

Documentos necesarios para la incorporación:

1. Fotocopia de cedula de identidad.

2. CurrÍculum vitae completo: certificados laborales anteriores, certificados de cursos y seminarios entre otros.

3. Fotocopia autenticada de título académico habilitante.

4. Fotocopia autenticada de Registro Profesional.

5. Fotocopia de RUC.

6. Certificado de Residencia Médica.

7. Certificado de vida y residencia.

8. Certificado de antecedentes policiales.

9. Fotocopia de libreta de baja u objetor de conciencia.

Usted deberá acercar al Dpto. de Recursos Humanos todos los documentos citados anteriormente en un plazo de hasta 7 días posteriores a su primer día de trabajo Pasado dicho tiempo y de faltar uno de los documentos, será motivo suficiente para no aprobar el periodo de prueba inicial de dos meses.

El primer día de trabajo deberá completar todos los documentos de admisión y realizar el proceso de inducción. Cualquier duda deberá disipar con su jefatura, gerencia de área y recursos humanos.

Adjunto a la presente le hacemos llegar el código de ética y políticas disciplinarias.

Acepto conforme este material desde la página 1 a 17:

• CODIGO DE ETICA

• POLITICAS DISCIPLINARIAS

• AUTORIZACION PARA DESCUENTOS

• MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE LAS INFECCIONES INTRAHOSPITALARIAS

NOMBRE: _________________________________

CARGO: ________________________________

FIRMA: __________________________________

FECHA:

MISIÓN

Liderar en atención médica altamente especializada y humanizada.

VISIÓN

Brindamos servicios de salud de alto nivel, comprometidos con una atención humanizada del paciente y su familia.

VALORES Y FORMAS DE LLEVARLOS A LA PRÁCTICA

VALORES FORMA DE LLEVARLO A LA PRÁCTICA

Ética profesional

Normas morales que rigen la conducta profesional. Perteneciente o relativo a las acciones o caracteres de los profesionales, desde el punto de vista de lo bueno o malo.

• Respetamos la capacidad y el derecho que poseen las personas para decidir entre las opciones que a su juicio son las mejores, entre las diferentes posibilidades de las que se les haya informado.

• Preservamos la integridad y la confidencialidad de nuestros servicios y usuarios.

• Realizamos procedimientos acordes a las necesidades de los pacientes.

• Tomamos decisiones, que a nuestro criterio son oportunas y acertadas, de manera a no afectar la integridad física ni moral de las personas.

• Establecemos precios acordes a la calidad de los servicios prestados.

• Respetamos las opiniones de nuestros colegas.

Compromiso

Hacerse responsable de la obligación contraída.

Integridad

Actuar de forma recta, intachable y honrada.

Vocación de servicio

Conjunto de condiciones que contribuyen a hacer agradable y valioso el servicio que brindamos.

• Respetamos el marco jurídico de los entes reguladores y las recomendaciones internacionales en materia de salud.

• Cumplimos con los compromisos y objetivos asumidos.

• Investigamos sobre tratamientos, procedimientos y terapias nuevas para mejorar los ya existentes y mantenernos a la vanguardia.

• Demostramos lealtad y vocación de servicio con la institución y los pacientes.

• Asumimos en forma responsable el rol que nos toca desempeñar.

• Realizamos el mayor esfuerzo en el desarrollo de nuestras actividades.

• Facilitamos el acceso a nuestra infraestructura de alta complejidad a entidades de beneficencia, y a través de éstas a personas de escasos recursos.

• Ofrecemos una atención agradable y rápida, sin demoras innecesarias.

• Tomamos en consideración a las personas que nos rodean y respetamos sus ideas.

• Actuamos de forma coherente y honesta ante diferentes situaciones cotidianas.

• Proporcionamos información clara y veraz al paciente, y a sus familiares.

• Evaluamos ventajas y desventajas, riesgos y beneficios de los tratamientos o procedimientos propuestos, con el objetivo de maximizar los beneficios y disminuir los riesgos.

• Realizamos tratamientos y procedimientos siguiendo estrictamente los protocolos establecidos.

• Brindamos un servicio personalizado, humano y eficiente.

• Tratamos a cada persona como corresponda en la atención sanitaria, con la finalidad de disminuir situaciones de desigualdad.

• Aceptamos y escuchamos las necesidades de nuestros pacientes.

• Nos capacitamos en forma permanente, a fin de aplicar conocimientos técnicos actualizados.

• Reconocemos nuestros errores, y analizamos los motivos que las originan, de forma a implementar acciones correctivas y preventiva

CODIGO DE ETICA DEL SANATORIO MIGONE BATTILANA, SERVICIOS MEDICOS MIGONE Y FOOD & CLEANING

Este CÓDIGO DE ETICA tiene como objetivo, acompañar el cumplimiento de las normas éticas que mantendrán el buen nombre y crecimiento de nuestra empresa, incentivando

nuestra actitud positiva en sus tres manifestaciones: cognitiva, afectiva y conductual, las cuales regirán un gran objetivo, cual es:

“SER PERSONAS CON DON DE SERVICIO PARA FAVORECER LA SALUD FISICA Y MENTAL DE NUESTROS PACIENTES Y CLIENTES".

No todo está escrito en este Código de Ética, pero estamos seguros de que lo que no mencionamos, forma parte de la personalidad integral de la gente que contratamos.

1. LEGALIDAD

Entre todas las acciones emprendidas o decisiones adoptadas, es prioritario e ineludible el proceder con ajuste a las normativas legales, fiscales o de auditorías externas que regulan la actividad de la empresa.

En tal sentido, ante cualquier duda al respecto, o cuando deban ponerse en práctica procedimientos que difieran de las rutinas diarias o que están contemplados en los manuales de procedimientos o circulares internas, deberán realizarse las consultas con los asesores que la empresa dispone en las diferentes materias a efectos de verificar la corrección de las operaciones a realizar.

Todo funcionario está obligado a reportar a sus superiores todo comportamiento de los clientes que escapen de lo habitual o que puedan implicar un apartamiento al principio de legalidad.

Cada empleado es responsable de informar a su superior inmediato de la sospecha de posibles violaciones a la ley, a las regulaciones vigentes y/o a las normas y procedimientos internos.

La organización garantiza que ningún empleado que efectúe una denuncia puede ser sujeto a represalia de algún tipo.

2. PROFESIONALIDAD

Se trata de cumplir con profesionalidad el deber de cada uno, en función de la posición y responsabilidades asignadas en la organización. Los funcionarios deberán realizar el trabajo con la atención y el interés debidos para obtener el mayor rendimiento posible con eficacia y eficiencia. Deben actuar en cada caso con buen criterio técnico y sensibilidad ética. La franqueza, la fidelidad y la honestidad deben ser moneda corriente en dichos contextos ycondición insoslayable para el buen desempeño delos negocios.

La primera obligación de buena práctica profesional de los empleados y directivos será la de mantener en todo momento una actitud y conducta respetuosa con los clientes, proveedores, colegas y todas las personas con las que de una forma u otra a través de su relación profesional deberán vincularse. En particular se enfatizará el respeto por la persona y el trabajo de los colegas, lo que sin duda contribuye al desarrollo de la Institución y de quienes la integran.

3. CONFIDENCIALIDAD

Toda información que surja de la operativa diaria y de las relaciones que se establezcan con nuestros clientes, deben ser consideradas confidenciales, y por lo tanto en modo alguno ser divulgadas o verse expuestas a convertirse en noticias de dominio público En este sentido, los que por razón de su cargo tienen acceso a dicho tipo de información, tienen el deber de actuar con cautela y hacer uso de ella dentro de los límites razonables y para los fines que se supone deben buscarse.

La confidencialidad constituye una exigencia ética y legal que subsiste incluso después de la desvinculación laboral del funcionario alcanzado por la misma.

Asimismo, se prohíbe a los usuarios de los distintos sistemas de procesamiento e información, el acceso directo a recursos disponibles en la red, siempre y cuando estos no estén vinculados al desarrollo específico de sus tareas

4. CONFLICTO DE INTERESES

En la toma de decisión de cada funcionario, no deben mediar motivos personales, siempre que los mismos puedan derivarse en perjuicios reales o potenciales para la propia organización o para los intereses de los clientes.

Deben evitarse situaciones en que se producen o podrían producirse conflictos de intereses personales con los de la empresa.

Los resultados de cada acción o decisión deben ser justos y equilibrados para todas las partes de la operación tanto a corto como a largo plazo.

Los empleados nunca deberán efectuar transacciones a título propio sin la autorización de un superior competente, ni recomendar o estimular a colegas o personas ajenas a la Institución a realizar operaciones cuando las mismas claramente generen pérdidas indebidas o innecesarias, o puedan exponer al patrimonio y/o imagen de la empresa a un riesgo evidente.

Los funcionarios no podrán traer proveedores familiares, sin consulta previa a la Gerencia General, para ningún tipo de servicios o prestaciones a la empresa, sopena de ser sancionado por este código de ética.

Para una buena práctica profesional es imprescindible mantener a las autoridades de la Empresa claramente informadas de las relaciones personales o contractuales que pudieren existir entre el empleado de nuestras empresas y clientes de la institución.

Ningún funcionario, ni profesional independiente que facture dentro de la empresa, deberá recibir regalías de los clientes ni proveedores, si ello ocurriera, se debería canalizar a través del Dpto. de Recursos Humanos. A fin de año, o el día del trabajador, se realizarían los sorteos de todas las regalías que las empresas recibieran, entre todos los funcionarios.

La existencia o establecimiento de tales vinculaciones deberá ser inmediatamente comunicado a la Dirección de la empresa a través de la Gerencia de Recursos Humanos.

5. RESPETO A LA INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS

Respetar la integridad de las personas significa en primer término una apelación a aspectos físicos y al mismo tiempo, a las dimensiones espirituales (emocionales, morales, etc.) de las mismas.

La dignidad de la persona, en definitiva, es el punto de referencia respecto al cual se debe medir la corrección moral de cualquier acción.

6. UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS DE LA EMPRESA

Los empleados de SANATORIO MIGONE BATTILANA, SERVICIOS MEDICOS MIGONE Y FOOD & CLEANING serán responsables por el correcto uso de los recursos y activos de la Institución que les son suministrados para el normal desempeño de sus tareas. Esos recursos y/o activos en ningún caso podrán ser utilizados en beneficio propio o de terceros.

Cuidar y proteger los bienes de la Empresa (edificios, instalaciones, maquinarias, enseres y herramientas de trabajo) es una obligación ética y legal de todos los empleados.

En caso de desvinculación laboral, todos los derechos incluso intelectuales y toda la información (listados de clientes, propiedades, diseños, sistemas, códigos, controles, etc.) generada u obtenida como parte de la relación con la institución, será propiedad exclusiva de esta última.

7. PROTECCIÓN DE LA IMAGEN DE LA EMPRESA

Salvo autorización de la dirección de la empresa, ningún funcionario podrá efectuar entrevistas, declaraciones o apariciones públicas invocando su vinculación con la Institución, o publicitar cualquier aspecto de la organización o de sus proyectos y negocios.

POLITICAS DISCIPLINARIAS

1. DEFINICIONES

Dentro de la Empresa, existen dos grupos que marcan el régimen disciplinario de la organización:

1.1 Directorio: que, en ejercicio de sus atribuciones de dirección y administración determinadas en los estatutos sociales, cumple con la responsabilidad de establecer y aprobar las políticas generales de la Empresa, las mismas serán de cumplimiento obligatorio y en función a éstas se revisarán y elaborarán los planes, programas, procedimientos y presupuestos; se administrarán los recursos, se organizará la administración y el funcionamiento de la Empresa.

1.2 Plana Ejecutiva: formado por las Gerencias, Coordinaciones y Jefaturas que dirigen y orientan a los demás empleados en el cumplimiento de las políticas, planes, programas, procedimientos; y que ejercen las funciones de supervisión con relación al cumplimiento de las mismas.

1.2.1 DEBERES Y OBLIGACIONES

Son deberes y obligaciones de los empleados:

1.2.1 Asistir con puntualidad al trabajo y cumplir con las normas de control de entrada y salida establecidas.

1.2.2 Guardar en todo momento la decencia y decoro debidos, dentro de las instalaciones de la Empresa observando una conducta ejemplar y buenas costumbres durante el trabajo.

1.2.3 Guardar fuera de la Empresa las normas de conducta ciudadanas y las sanas costumbres evitando disturbios, agresiones y cualquier otro acto que pueda empañar la imagen de la Empresa.

1.2.4 Observar en sus relaciones de trabajo y con el público en general la consideración, cortesía y cordialidad debida.

1.2.5 Cumplir las órdenes e instrucciones del superior inmediato relacionadas con el desarrollo de sus tareas y acatar todas las observaciones que le formule, para el mejor cumplimiento de sus actividades, guardando el más alto espíritu de disciplina, corrección, y respeto.

1.2.6 Guardar estricta reserva de métodos, clientes, know-how, asuntos administrativos y todo tipo de información que tenga conocimiento por razón del trabajo desempeñado o relacionado a la Empresa. La falta de discreción debidamente comprobada será causal justificada de terminación del contrato de trabajo por voluntad unilateral del empleador, sin perjuicio por parte de la Empresa, de promover las acciones civiles o penales que correspondan.

1.2.7 Conservar, vigilar y salvaguardar los documentos, bienes e intereses de la empresa, en especial aquellos confiados a su custodia, uso o administración.

1.2.8 Dedicar todo el esfuerzo necesario para elevar constantemente su preparación intelectual y profesional, con el fin de mejorar el rendimiento de su trabajo y la calidad del servicio ofrecido por la Empresa.

1.2.9 Acatar rotaciones y/o traslados dispuestos por las autoridades de la Empresa, siempre y cuando no vulneren los derechos laborales.

1.2.10 Acatar y cumplir las medidas preventivas y de higiene impuestas por la ley, o que indique la Dirección de la Empresa, para seguridad y protección del personal, velar por la buena conservación de los dispositivos de seguridad impuestos.

1.2.11 En caso de terminación de contrato por el motivo que sea, proceder al retiro de sus efectos personales y a la devolución de las llaves de escritorios y armarios, carnet identificatorio, tarjetas personales; implementos de trabajo; así como de toda la documentación de la Empresa que tuviere en su poder.

1.2.12 Cuando se suscitaren cuestiones de carácter conflictivo entre los empleados por motivos de trabajo, o de orden personal, los reclamos deberán presentarse al superior inmediato, a la Gerencia del Área y Gerencia de Recursos Humanos.

1.2.13 Informar a la Empresa por escrito dentro de las 48 horas de ocurrido el cambio de domicilio, teléfono e informar de cualquier operación morosa, demanda, inhibición o cualquier acción judicial de carácter civil y/o penal en que estuviese involucrado.

1.2.14 Respetar la institución y a sus superiores, cuidando la jerarquía que existe de uno a otro.

1.2.15 Conocer y cumplir con las instrucciones emanadas del Directorio y Gerencia General a través de memorandos, circulares o resoluciones. Los empleados no podrán alegar desconocimiento de los mismos una vez que sean distribuidos.

1.2.16 El personal deberá presentarse al trabajo en condiciones de higiene, y arreglado en su aspecto personal.

1.2.17 Todo el personal, incluyendo médicos del staff, ingresará por el Subsuelo 2 sobre la Avda. Mariscal López, sin excepción.

1.2.18 El personal masculino y femenino tendrá la obligación de utilizar el uniforme establecido por la Empresa para cada área. La Dirección establecerá en función a las áreas, cuáles serán los funcionarios que deberán ingresar a la Empresa vestidos con el uniforme correspondiente y cuáles serán aquellos que deberán vestirse con el uniforme una vez dentro de la Empresa.

1.2.19 El personal que deba cambiarse de ropa para trabajar tendrá a su disposición un vestuario con armarios individuales, donde podrá guardar la ropa y sus efectos personales, recomendándose no dejar valores pues la Empresa no se responsabilizará de cualquier falta o sustracción. Los armarios podrán ser inspeccionados en cualquier momento en presencia del interesado, por una persona autorizada por la Empresa, estando vedado guardar en los mismos otros elementos que no sean efectos personales indispensables.

Periódicamente, y cuando la Empresa lo disponga, los armarios deberán dejarse abiertos y vacíos, a fin de proceder a su desinfección. A tal efecto se colocarán los avisos necesarios en lugares visibles.

1.2.20 Todo el personal deberá realizar la marcación de su ingreso, una vez que se encuentren ataviados con el uniforme, según lo descripto en los puntos 2.18 y 2.19, precedentes.

1.2.21 El personal masculino y femenino tendrá la obligación de utilizar los elementos de protección personal proporcionados por la Empresa.

1.2.22 Es obligación primordial del trabajador usar debidamente y conservar en buen estado las máquinas, herramientas, instrumentos, muebles, ropa y demás elementos que se le confían para la prestación de sus servicios, debiendo devolverlos -cuando ello sea pertinente- en iguales condiciones que las que le fueran entregadas, salvo el deterioro natural, destrucción que provenga de caso fortuito, vicio de la cosa o hechos de terceros ajenos a la voluntad del trabajador. Deberá comunicar a su jefe inmediato cualquier falla que advierta en los mismos a fin de ser subsanada inmediatamente.

1.2.23 Se deberán mantener limpios y ordenados los lugares de trabajo, herramientas y otros elementos.

1.2.24 Es obligatoria durante toda la jornada laboral la utilización del carnet identificatorio que lo acredita como funcionario de la empresa. La pérdida del mismo deberá ser comunicada en forma inmediata a la Gerencia de Recursos Humanos.

1.2.25 Al ingresar y salir de la Empresa, se deberán mostrar las carteras o bolsones a los guardias de seguridad.

1.2.26 Los ascensores camilleros son para uso del personal para el traslado de pacientes y carros de servicios. Será prioritario el traslado de pacientes, con lo cual deberá cederse el espacio de manera obligatoria. El ascensor deberá ser llamado en el sentido a utilizar.

1.2.27 La asistencia puntual a las reuniones, conferencias, sesiones de actualización técnica o cursos organizados y programados por la Empresa que son de asistencia obligatoria, ya

que son vehículos de actualización, aprendizaje y superación para el personal.

2. INCOMPATIBILIDADES Y PROHIBICIONES

Queda prohibido a los empleados:

2.1 Practicar durante la jornada de trabajo cualquier tipo de juegos, entretenimientos, apuestas, sorteos, rifas o juegos de azar o promover desórdenes en las oficinas, molestar, realizar bromas o proferir frases insultantes que signifiquen falta de respeto.

2.2 Practicar colectas para personas necesitadas, sin previa autorización de la Gerencia de Recursos Humanos y Gerencia General.

2.3 Fumar en las áreas prohibidas determinadas por la ley

2.4 Dormir dentro del horario de trabajo.

2.5 Dejar abiertos los grifos una vez hecho uso del servicio de agua.

2.6 Tirar los papeles u otros residuos fuera de los recipientes destinados a esos fines.

2.7 Abusar del uso del servicio sanitario demorando excesivamente en ellos.

2.8 Vender cualquier tipo de mercaderías dentro del establecimiento.

2.9 Realizar inscripciones o dibujos de cualquier orden sobre muebles o inmuebles propiedad de la Empresa. Arrancar avisos y carteles colocados por la Empresa.

2.10 Usar para fines particulares los teléfonos, fotocopiadoras, impresoras, vehículos y demás bienes de la Empresa, salvo expresa autorización del superior inmediato. Los daños y perjuicios ocasionados en valores, edificios, herramientas, máquinas, útiles y demás objetos relacionados con el trabajo, serán con cargo a los responsables directos e indirectos, quienes serán considerados codeudores solidarios, sin perjuicios de las demás consecuencias y sanciones legales.

2.11 Abandonar el lugar de trabajo trasladándose a pisos, dependencias o lugares distintos del que fuera destinado para sus funciones, salvo por motivos de servicios ordenados por sus superiores.

2.12 Salir en horas de trabajo de la Empresa salvo que esté autorizado por su superior inmediato.

2.13 Ocultar o tergiversar hechos, formular declaraciones falsas para justificar negligencias e incumplimientos de sus funciones, inasistencia al trabajo o con cualquier otra finalidad.

2.14 Presentarse al trabajo bajo la influencia de bebidas alcohólicas, de narcóticos o estupefacientes o introducirlos a las dependencias de la Empresa.

2.15 Faltar a las disposiciones de seguridad adoptadas por la empresa para cada sector.

2.16 Suministrar a terceros cualquier información relacionada con su trabajo o con la Empresa, o entregar documentos a personas extrañas a la institución sin previa autorización de la Gerencia, o revelar o divulgar secretos, asuntos reservados o datos confidenciales que conozca en razón de sus funciones.

2.17 Disminuir intencionalmente el ritmo de trabajo estipulado, retardar la marcha normal del mismo o interrumpir las tareas aun cuando permanezca en su puesto, o incitar a otro empleado a que lo haga, y bloquear intencionalmente el trabajo de los demás compañeros de trabajo.

2.18 Efectuar por sí o por interpósitas personas, préstamos con intereses dentro de la Empresa.

2.19 Realizar trabajos de proselitismo a favor de agrupaciones políticas o religiosas dentro de la institución.

2.20 Provocar, facilitar o participar en polémicas o discusiones sobre política, deportes religión u otros temas, que pudieran perturbar el orden que debe existir en la Empresa durante las horas de trabajo.

2.21 Realizar o participar en cualquier clase de juegos, riñas o discusiones, adoptar actitudes provocativas o amenazantes o emplear palabras indecentes u obscenas en los lugares de trabajo.

2.22 Presentarse al trabajo sin el uniforme vigente establecido por la empresa para las mujeres y varones. Quedan exonerados los casos debidamente justificados como embarazo o de labores específicas.

2.23 Ningún empleado podrá retirarse de su lugar de trabajo antes de la hora de salida salvo previo permiso otorgado por su superior inmediato y confirmación del Gerente del área, y comunicación al Departamento de Recursos Humanos.

2.24 Ocultar la ausencia de otro compañero durante la jornada de trabajo o simular su presencia y ocupación del mismo.

2.25 Marcar las tarjetas de asistencia a las personas que utilizan ese sistema de marcación.

2.26 Hacer marcar por otras personas su ficha en el reloj de control.

2.27 Uso de equipos informáticos personales, módems inalámbricos, medios de almacenamiento masivo de datos y uso

de teléfonos celulares, no autorizados por el Gerente del área involucrada.

2.28 Sacar paquetes de mercaderías o efectos pertenecientes a la Empresa, como, por ejemplo: bienes muebles, instalaciones, herramientas, materias primas, retazos cualquiera sea su valor y estado en que se encuentre, etc. Para ello la empresa se reserva el derecho de efectuar a la salida del personal las inspecciones y revisaciones que juzgue convenientes y de acuerdo a las disposiciones legales.

2.29 Recibir visitas en horas de trabajo.

2.30 Durante la jornada laboral no podrán exhibirse ni usarse teléfonos móviles, salvo aquellosde carácter corporativo, ypodrán comunicarse única y exclusivamente con otros teléfonos corporativos o línea baja o por cuestiones laborales, y en carácter excepcional para emergencias de índole familiar o personal debidamente justificadas.

2.31 No respetar las buenas costumbres: educación, amabilidad, postura, compostura, correcta conversación, evitando malas palabras, chistes o comentarios improcedentes que deben observarse sistemáticamente y en todo momento.

2.32 Evitar los chismes, comentarios sobre otros funcionarios de la Empresa, y situaciones que generen inconvenientes en el relacionamiento interpersonal. Si existiesen inconvenientes o malos entendidos con otro/s funcionario/s, aclarar la situación siempre manteniendo el buen trato. En casos extremos solicitar la intervención del Departamento de Recursos Humanos.

3. JORNADA DE TRABAJO

3.1 Todo el personal está obligado a ajustar su asistencia a los horarios que la Empresa tiene establecidos o los que pudiera establecer según la estación temporal en que se trabaje, las tareas que se realicen y las necesidades del trabajo.

3.2 La Empresa fijará horarios de trabajo, como así también la modalidad o el sistema de control de asistencia de personal, de acuerdo con la naturaleza de las labores que realiza, con la particularidad de su actividad, y de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

3.3 El horario de almuerzo es de 40 minutos, 10 minutos para desayuno y 10 para merienda.

3.4 La carga horaria de la Empresa en general, será de 48 horas semanales, según lo establecido en elArt. 194 del Código Laboral. La carga horaria de enfermería será de 120 horas mensuales en diferentes turnos, según lo establecido en el Art. 25 inciso 1 de la Ley de Enfermería Nº 3.206.

3.5 El Directorio y la Gerencia General podrán modificar el horario vigente, siempre que no superen los topes establecidos en el punto 4.3 anterior.

3.6 Los empleados quedarán sujetos a cubrir los puestos que sean necesarios en días de cierre, fin de mes, etc., de acuerdo a las necesidades de la Empresa.

3.7 El personal deberá cumplir el horario establecido y su permanencia en la Empresa se justificará en el registro de entrada y salida conforme al sistema de control correspondiente, quedando los registros en la empresa.

3.8 El control de entrada y salida de cada empleado se hará de acuerdo a los procedimientos establecidos con la empresa.

3.9 La empresa admite una tolerancia por llegada tardía de 5 minutos por día, no pudiendo hacer uso de la misma más de 3 veces en el mes. Pasando dicho plazo incurrirá en falta y consecuentemente será sancionado.

3.10 Para los empleados que presten sus servicios en Casa Central, Sucursales e interior del país, el control de entrada y salida quedará registrado en la planilla de control de asistencia, firmada por los empleados, o cualquier otro sistema que la Empresa determine.

3.11 Quedan exonerados de marcar entrada y salida los empleados que ejercen cargos Gerenciales y los que designe el Directorio.

3.12 La empresa no abonará a los empleados los haberes correspondientes al día en que no se encuentre registrada la entrada en el sistema de control establecido. Ningún empleado deberá registrar por otro, esta situación será sancionada de acuerdo con el procedimiento aprobado por la empresa que se encuentre en vigencia.

3.13 En caso de que un empleado se vea forzado a ausentarse del trabajo, está obligado a solicitar permiso por escrito al superior inmediato, el que deberá ser autorizado por su Gerente de área y deberá ser comunicado a la Gerencia de Recursos Humanos. El permiso se le concederá únicamente cuando existan motivos justificados y legalmente admisibles y siempre que la inasistencia no ocasione inconvenientes o dificultades en el desarrollo de trabajo.

3.14 Si por circunstancias especiales no fuera posible solicitar tal permiso previo, el empleado deberá dar aviso a su jefe directo, y este último deberá comunicar la situación al Departamento de Recursos Humanos, antes de las 9 horas del día de la ausencia, tuviese o no reposo médico. Adicionalmente el empleado deberá justificar su ausencia por escrito dentro de las 24 horas siguientes, adjuntando las constancias que justifiquen el motivo de su

inasistencia. Si así no lo hiciere se considerará que su ausencia es injustificada.

3.15 Si la ausencia ocurriera por motivos de salud, deberá presentar o enviar el correspondiente certificado médico expedido por un profesional matriculado, perteneciente al servicio médico del seguro contratado o del I.P.S., a más tardar dentro de las 24 horas de la inasistencia. Si así no lo hiciere se considerará que su ausencia es injustificada. En caso de que no presente reposo, pero si una constancia de consulta del I.P.S., o del Ministerio de SaludPúblicay BienestarSocial, dicha ausenciaseráconsiderada como un permiso sin goce de sueldo.

3.16 La Empresa podrá enviar los servicios especializados de control de ausentismo y asistencia domiciliar, en caso de que el empleado no comparezca al trabajo por motivos de enfermedad.

3.17 Ningún empleado podrá salir de la empresa en horas de trabajo sin autorización del superior inmediato; así como tampoco entrar y/o permanecer en ella fuera del horario establecido, salvo autorización por escrito del Gerente del Área.

3.18 En caso de que el Jefe y el Gerente de área definan algún cambio de horario con fines compensatorios o por eventos especiales con un funcionario, este cambio deberá ser comunicado al Departamento de Recursos Humanos con 24hs de antelación, a los efectos de no contabilizarse como llegada tardía, y a fin de evitar horas extraordinarias.

4. PERMISOS Y LICENCIAS

Se concederán, previa autorización por escrito de la Jefatura, Gerencia de área, y Gerencia de Recursos Humanos, las siguientes licencias con goce de sueldo:

4.1 Por contraer matrimonio: 3 (tres) días corridos con goce de sueldo, que podrán agregarse a las vacaciones si fuera el caso previa autorización. (Con presentación de certificado de matrimonio).

4.2 Por nacimiento de hijos para empleados varones: 2 semanas posteriores al nacimiento del hijo/a. (Con presentación de partida de nacimiento de los hijos).

4.3 Por fallecimiento: de cónyuge, padres, hijos, abuelos o hermanos 3 (tres) días corridos con goce de sueldo. (Con presentación de certificado de defunción).

4.4 Durante el periodo de lactancia la trabajadora gozará de sus permisos conforme lo establece el Art. 14 de la Ley Nº 5508/15 “PROMOCION, PROTECCIÓN DE LAMATERNIDAD YAPOYOA LA LACTANCIA MATERNA.

5. RÉGIMEN DISCIPLINARIO

5.1 Las sanciones serán aplicadas considerando la naturaleza y gravedad de la infracción cometida, así como los daños perjuicios o riesgos que por ellos resulten a la Empresa, ya sea a consecuencia del dolo, error, impericia o negligencia en el desempeño de sus funciones.

5.2 La inobservancia de cualquiera de las normas contenidas en estas Políticas autoriza a la Empresa a imponer las sanciones pertinentes, que consistirán -según la gravedad de la falta o reincidencia en:

• Llamada de atención verbal.

• Amonestación por escrito.

• Suspensión del trabajo sin goce de sueldo de 1 a 8 días sin goce de salario.

• Rescisión del contrato de trabajo (despido con justa causa) Luego de un análisis de la Jefatura y Gerencia de área.

La enumeración precedente no es taxativa, sino simplemente enunciativa, no significando asimismo un orden de prelación, ya que la Empresa aplicará la sanción, como se indicará precedentemente, en un todo de acuerdo con la gravedad y/o reiteración de las faltas.

5.3 Puntualidad

A fin de ser consistentes y equitativos a través de todos los departamentos, seguidamente exponemos el procedimiento correctivo para cuando la falta de puntualidad comience a ser un problema.

5.3.1 Cuando un empleado llegue al trabajo más de 5 minutos tarde en días normales y más de 15 minutos en días de lluvias torrenciales comprobados según informes meteorológicos, sin causa debidamente justificada, será considerada llegada tardía.

5.3.2 El empleado que llegare en más de tres ocasiones después de 5 minutos del horario de entrada, será apercibido verbalmente en la primera oportunidad.

5.3.3 El empleado que reincida en una cuarta llegada tardía, dentro del periodo de un mes después de haber sido apercibido, será amonestado por escrito.

5.3.4 En caso de que el empleado incurra nuevamente en alguna llegada tardía, siempre dentro del periodo de un mes, se procederá a la suspensión sin goce de salarios por 1 (un) día, bajo expreso apercibimiento de que, en caso de reiteración de esta falta, seguirá una suspensión de 2 (dos) días y luego de 3 (tres) días hasta definir su desvinculación.

5.3.5 Si en el lapso de seis meses, se incurre en 18 llegadas tardías, será causal de terminación del contrato de trabajo

5.3.6 Las suspensiones de más de tres días serán dadas luego de un sumario administrativo, pero aclarando que podría dictaminarse una suspensión de hasta ocho días, pero en “sustitución del despido que corresponde”.

5.3.7 Las sanciones aplicadas no impiden ni excluyen la posibilidad del infractor de ser responsable en lo civil, penal o administrativo conforme a la gravedad de la falta cometida.

5.4 Los empleados encargados de efectivo, cheques y otras prestaciones que impliquen el manejo de valores de la Empresa, serán sancionados con destitución si tuviesen demandas, operaciones morosas o contra su sueldo se librare embargo ejecutivo originado en pagarés o letras exigibles, o en cualquier otro documento proveniente de préstamos o tarjetas de créditos.

5.5 Toda sanción aplicada será inmediatamente comunicada por escrito al afectado personalmente o en el domicilio comunicado por el mismo a la Empresa, así como a las autoridades administrativas del trabajo, indicando el o los motivos.

5.6 Los empleados tendrán derecho de dejar constancia de sus descargos al pie de la notificación suscrita, cuando los empleados sancionados se negaren a firmar dicha notificación, la negativa se hará constar por el Inspector del Trabajo o con la firma de testigos o notificándosele por medio de telegrama colacionado, anotándose las faltas cometidas y el castigo impuesto en la carpeta individual respectiva.

5.7 En caso de robos o hurtos de los bienes de la Empresa, los supuestos autores y testigos presenciales estarán obligados a concurrir a la Gerencia de Recursos Humanos y Auditoría Interna a los efectos de prestar una declaración verbal y/o por escrito, y responderán a las preguntas que por el hecho se les formule.

5.8 Por cada ausencia no justificada se descontará 1 (un) día completo de trabajo. En caso de 3 (tres) ausencias consecutivas y no justificadas o 4 (cuatro) ausencias alternadas y no justificadas durante el mes se procederá de acuerdo a lo establecido en el Código LaboralArt. 81 “Son causas justificadas de terminación de contrato por voluntad unilateral del empleador, las siguientes: inciso P la inasistencia del trabajador a las tareas contratadas durante 3 (tres) días consecutivos o 4 (cuatro) veces en el mes, siempre que se produjera sin permiso o sin causa justificada”. Los permisos no deben solicitarse a través de mensajes de texto.

5.9 El personal que se ausentare injustificadamente de su lugar de trabajo será pasible de sanciones con pérdida de salarios por el mismo plazo de la ausencia, siempre y cuando no configurare causal de despido justificado, conforme lo establecido precedentemente se seguirá el siguiente procedimiento:

• Primera falta injustificada: Amonestación por escrito.

• Segunda falta injustificada: Suspensión del trabajo sin goce de sueldo de 1 (un) día.

• Tercera falta injustificada: Suspensión del trabajo sin goce de sueldo de 2 (dos) días.

• Cuarta falta injustificada: Suspensión del trabajo sin goce de sueldo de 3 (tres) días.

5.10 Todas las personas que no tengan llegadas tardías ni ausencias en el mes, recibirán una carta de felicitaciones. En los casos en los que no posean llegadas tardías en el año, serán premiadas en diciembre con un certificado de reconocimiento más un obsequio a definir.

6. USO DE HERRAMIENTAS INFORMÁTICAS

6.1 La Empresa deja expresa constancia en las presentes políticas que el correo electrónico (e-mail), personalizado o no, a disposición en cada una de las terminales utilizadas por los trabajadores son de exclusivo uso profesional, quedando terminantemente prohibido el envío o la recepción de correos electrónicos particulares o de actividades ajenas a la Empresa. Tómese constancia que no se pretende alterar el derecho de privacidad del empleado, sino que se reglamenta el uso de una herramienta de trabajo.

• No están permitidas las siguientes prácticas:

• Enviar o reenviar cadenas de correo electrónico.

• Enviar (e –mail) internos fuera de la Empresa.

• Ingresar a juegos a través de internet o en forma local.

• Publicar o distribuir contenidos que atenten contra la moralidad y las buenas costumbres.

• Transmitir cualquier contenido que se ofensivo, hostil, discriminatorio y fraudulento.

• Atender negocios personales usando recursos de la Empresa.

• Transmitir material protegido por derechos intelectuales sin el debido permiso o autorización.

5.2 Asimismo, la Empresa se arroga el derecho de verificar, por los medios que crea conveniente, las páginas "web" frecuentadas por cada empleado para determinar específicamente la utilización profesional del servicio de Internet propiedad de esta empleadora y vinculada a las actividades de la misma.

5.3 Se encuentra prohibido el ingreso y la utilización de Celulares no corporativos, Notebooks, dispositivos de almacenamiento (Pendrive), Internet Móvil “Modem“y demás herramientas tecnológicas personales. En aquellos casos en los que se requiera la utilización de este tipo de herramientas, deberá justificarse la necesidad de uso y gestionarse una autorización previa a través de RR.HH

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