Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Enseñanza - Región Murciana Coordinación: Área de comunicación y publicaciones Redacción: Permanente de STERM Intersindical
C/ Ronda de Garay, nº 16, 1º B C.P. 30003 Murcia sterm@sterm.org www.intersindicalrm.org/ensenanza
Guía del profesorado 2022 2
Curso 2019-2020 3 ÍNDICE DE CONTENIDOS 1. Introducción a la Guía del Profesorado 4 2. Nuestras señas de identidad................................................6 3. Permisos, Licencias y Excedencias 7 3.1. Licencias......................................................................................7 3.2. Permisos......................................................................................7 3.3. Permisos relacionados con la maternidad/paternidad.............9 3.4. Permisos relacionados con la conciliación familiar.................11 3.5. Excedencias................................................................................12 4. Plan de Acción Social 13 5. Retribuciones......................................................................15 6. Régimen académico 19 6.1. Jornada y horario laboral docente............................................19 6.2. Elección de grupo o asignatura................................................23 6.3. Guardias y recreos.....................................................................23 6.4. Actividades complementarias y extraescolares......................24 6.5. Reducciones horarias...............................................................24 6.6. Habilitaciones............................................................................24 6.7. Dar clase a un familiar ............................................................24 7. Formación 26 8. Jubilación y pensión............................................................27 9. Guía util para el profesorado interino 29 9.1. Actos de adjudicación................................................................29 9.2. Confección de las listas de interinidad........................................30 9.3. Tabla resumen...........................................................................31 9.4. Cobro del verano.......................................................................32 9.5. Medidas de apoyo a la maternidad...........................................33 9. Itinerancias 34 11. Seguridad y salud laboral.................................................35 11.1. Prevención de riesgos laborales..............................................35 11.2. Reconocimiento médico...........................................................36 11.3. Accidente laboral......................................................................36 11.4. Bajas por enfermedad..............................................................36 11.5. Acoso sexual y Acoso por razón de sexo.................................37 12. Por unos centros libres de amianto.................................38 13. En pie por el planeta 40 14. Nuestras reivindicaciones................................................42
1. Introducción a la Guía del Profesorado
La llegada de la pandemia ha sido un golpe muy duro para el sistema educativo, suponiendo un em peoramiento nunca visto de las condiciones de servicio y laborales de los docentes. Además, la cri sis anterior supuso la aplicación de duros recortes en el ámbito educativo, aún sin revertir, y cuyos efectos se están haciendo notar dramáticamente en las actuales circunstancias.
La aplicación de recetas neoliberales por parte de los gobiernos autonómico y central siguen per judicando al conjunto del profesorado y a la Escuela Pública. El abandono presupuestario de nues tros centros educativos públicos, en contra del sentir mayoritario de la Comunidad Educativa, está teniendo graves consecuencias en el funcionamiento de nuestro sistema educativo y es una dura hipoteca que nuestra región no puede asumir.
Este curso viene marcado por la crisis más profunda que se recuerda, y a la vez por la política de hostilidad hacia la Escuela Pública de la nueva Consejera de Educación, que no ha respondido a
las extraordinarias necesidades de los centros, ni ha resuelto los problemas que arrastramos de años anteriores. Es más, la nueva Consejera ha puesto en tela de juicio la profesionalidad de sus trabajadoras y trabajadores, anteponiendo las reclamaciones de algunas familias a los de rechos de niñas y niños, y ha consolidado los re cortes educativos, mientras apuesta claramente por la financiación con dinero público de centros privados. Las tímidas recuperaciones que se han venido dando a lo largo de los últimos años son insuficientes. La subida salarial ha sido mínima, la recuperación de ayudas del Plan de Acción Social, que se recortó injustamente, está incom pleta, y las sustituciones inmediatas del profeso rado no están funcionando.
Al tiempo que la escuela pública sufre las consecuencias de los recortes y el abandono presupues tario frente a la crisis, hemos presenciado cómo el Gobierno Regional recibe grandes cantidades de dinero del Estado y la UE, que nunca se invierten en la red pública de centros. En los últimos años se ha incrementado sin tregua la financiación de la enseñanza privada-concertada. Incluso, el go bierno del Partido Popular se ha permitido ir más allá en nuestra región, aumentando los conciertos educativos, haciéndolos extensivos a las enseñanzas no obligatorias (Formación Profesional y Ba chillerato), y ampliando su periodo de vigencia a 6 años.
Como decíamos, no se trata sólo de la imposición de los recortes en la enseñanza pública sino tam bién de la aplicación de políticas educativas que suponen un ataque directo al modelo educativo que defendemos: una escuela pública y de calidad para todas y todos. Por eso no es de extrañar, que la nueva Consejera continúe el camino ya iniciado por su predecesora, liderando un frente en defensa del desvío de fondos públicos a negocios educativos privados.
Durante todos estos años STERM Intersindical ha estado trabajando infatigablemente para luchar contra todas aquellas medidas que supusieran un retroceso en las condiciones laborales del pro fesorado. Esto nos ha llevado a movilizarnos en innumerables ocasiones no sólo para frenar los desmanes de la Administración o la ineficaz gestión política del gobierno regional sino también para exigir la recuperación de los derechos laborales que nos fueron arrebatados y que fueron el fruto de años de lucha de las y los trabajadores.
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“No se trata sólo de la imposición de los recortes sino también de la aplicación de políticas educativas que suponen un ataque directo al modelo educativo que defendemos”
Esta Guía del Profesorado pretende ser una herramienta más de los docentes para poder mo verse en ese terreno, en ocasiones bastante farragoso, de las normativas que afectan a nuestras condiciones de trabajo y que han sufrido múltiples cambios y modificaciones en los últimos años. Sin embargo, no es un simple compendio de la legislación que regula las condiciones laborales de la práctica docente, sino también un recopilatorio de las reivindicaciones y luchas de las y los profesionales de la enseñanza en cada uno de los ámbitos que se relacionan en las páginas que la componen.
Para ello hemos querido realizar esta Guía con información jurídico-laboral para el profesorado de la Enseñanza Pública de la Región Murciana en la que podréis encontrar una actualización de todo lo referido a Permisos, licencias y excedencias, un resumen del Plan de Acción Social para este año, información relativa a la Orden de formación y a nuestra propuesta formativa para el pre sente curso escolar, un repaso a nuestras retribuciones, a la jubilación y la cuantía de nuestras pensiones, así como cuestiones relacionadas con el personal docente interino como pueden ser los actos de adjudicación, el cobro del verano o la confección de las listas de interinidad.
Una guía que no tiene como objetivo ser exhaustiva en todo los temas que aborda pero que tiene la intención de mostrar, de la manera más clara y concisa posible, la información más útil de cada uno de los apartados que afecta a nuestras condiciones laborales.
Os recomendamos la lectura del apartado sobre el que queráis informaros y acudir a la norma tiva que lo desarrolla para obtener datos más precisos en caso de que fuese necesario. Siempre que tengáis cualquier duda, podéis poneros en contacto con el equipo de personas delegadas sindicales que trabajan diariamente para dar forma a los debates y decisiones que se toman en nuestras asambleas de STERM Intersindical y también para dar respuesta a todas vuestras dudas y preguntas. Podéis contactarnos tanto de manera presencial en nuestra sede como a través de los teléfonos que encontraréis en nuestra página web o mediante el correo electrónico.
Esperamos que esta Guía cumpla con su principal objetivo de ofreceros información útil y os in vitamos a participar de las asambleas y de las acciones que se lleven a cabo para conseguir la mejora de las condiciones laborales del profesorado, la estabilidad del personal interino así como la defensa de la Escuela Pública.
5 INTRODUCCIÓN A LA GUÍA DEL PROFESORADO
NUESTRAS SEÑAS DE IDENTIDAD
STERM INTERSINDICAL: RESPONDEMOS A UN MODELO CRÍTICO Y REIVINDICATIVO QUE LUCHA
POR LA ESCUELA PÚBLICA Y POR LA MEJORA DE LAS CONDICIONES
LABORALES DE LAS Y LOS TRABAJADORES. ASAMBLEARIO, PARTICIPATIVO Y DEMOCRÁTICO
Articulamos toda nuestra estructura y acción en torno a las Asambleas, donde la afiliación debate las líneas a seguir, se toman democráticamente las decisiones y se eligen a los y las representates sindicales. No te nemos ejecutiva, sino que son las propias bases las que deciden. Para STERM-i las Asambleas son el medio fundamental para la práctica de un sindicalismo vivo y alejado de cualquier burocratización y afiliación políti ca, contribuyendo a reforzar la unidad de las trabajadoras y trabajadores de la enseñanza.
FEMINISTA
Desde STERM-i y la Organización de Mujeres de la Intersindical RM potenciamos acciones que conduz can a la desaparición del sexismo en la enseñanza y abogamos por una escuela coeducativa. Nuestro feminismo no es una pose, en STERM-i las mujeres asumimos responsabilidades de representación y negociación en un entorno sindical que sigue siendo mayoritariamente masculino.
AUTÓNOMO
En STERM garantizamos nuestra independencia del poder político y económico mediante nuestra auto gestión financiera. No estamos subordinados a la Ad ministración ni mantenemos ningún tipo de depen dencia de partidos políticos ni de grupos de presión. Únicamente desde esta autonomía desarrollamos nuestra acción sindical, sin más lógica que la que marcan las propias trabajadoras y trabajadores.
SOCIOPOLÍTICO Y ALTERNATIVO
Desde STERM-i no solo reivindicamos la mejora de las condiciones laborales y profesionales de las trabaja doras y trabajadores, sino que somos solidarias en la solución de los problemas sociales porque no se pue den reducir ni subordinar a lo económico y porque las discriminaciones, las opresiones, las explotaciones, son plurales y transversales, y requieren enfoques integrales e integradores de las diversas reivindicaciones.
DE CLASE LAICO
Formamos parte de la INTERSINDICAL REGIÓN MURCIANA, junto con Servicios Públicos y Sindicato Ferroviario. Aspiramos a configurar una alternativa no solo en Enseñanza. Nuestras reivindicaciones no se quedan en una simple defensa gremial de nuestra profesión, sino que participamos de forma activa en la conquista de una sociedad más justa y solidaria.
PARA SABER MÁS...
En STERM somos independientes de ideas, creencias y organizaciones religiosas. Desde nuestra organiza ción luchamos porque las instituciones públicas y los servicios públicos no estén sujetos a ninguna confe sión o credo religioso.
Puedes encontrar más información en el apartado de retribuciones de nuestra página web
Puedes encontrar más información sobre nuestro equipo de delegadas y delegados sindicales, sobre nuestros Prin cipios y sobre los estatutos que definen nuestros Principios sindicales y organizativos en: https://intersindicalrm.org/ensenanza/nosotros
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3. Permisos, Licencias y Excedencias
Esta recopilación tiene como objetivo dar a conocer en unas sencillas tablas la relación de permisos, ex cedencias y demás licencias a las que tiene derecho el personal docente en la Región de Murcia. Aunque la normativa hasta ahora ha sido muy dispersa gran parte de estas orientaciones se puede encontrar en el Manual de Licencias y Permisos que se actualizó por última vez en el año 2017 que podéis encontrar en nuestra página web www.intersindical/ensenanza.org.
LICENCIAS
LICENCIA DURACIÓN OBSERVACIONES
-La duración acumulada es de 3 meses cada dos años.
L-1 Licencia por asuntos propios (No retribuida)
-Se puede solicitar en periodos inferiores al mes. -Los días de duración se entienden como días naturales consecutivos. -Una vez disfrutados los 3 meses, no se pueden volver a solicitar hasta que transcurran dos años.
-Esta licencia no será retribuida.
- El disfrute de asuntos propios es computable a efectos de trienios ya que no altera el servicio activo. - No se concede esta licencia para los meses de junio o septiembre y solo se estudiará para casos urgentes. - Hay que solicitarla con un mes como mínimo a la DG de Planificación Educativa y Recursos Humanos a través del centro de trabajo.
DOCUMENTACIÓN: Solicitud e informe favorable de la dirección del centro.
L-2 Licencia por enfermedad no superior a tres días (100% retribuida)
-Indisposiciones leves de salud no superiores a tres días, contando como primer día el que no se acuda al trabajo.
-Hasta un máximo de 6 días naturales sin justificante médico durante todo el curso (si se falta viernes y lunes cuenta como 4 días).
- Cuando se realiza una visita médica en el horario laboral, por no ser posible en otro horario, el justificante debe de especificar el horario de llegada y de salida.Se tramita a través del centro.
DOCUMENTACIÓN: Se justifica con una declaración personal del docente, o informe del médico si lo pide la dirección del centro. Este justificante con el parte de faltas del centro será enviado a la inspección.
L-3 Licencia por enfermedad de más de tres días de duración (100% retribuida)
Cuando la enfermedad se prolonga más de tres días y se presenta un informe médico de baja.
- La baja médica se comunicará en el centro de trabajo y se hará llegar de manera inmediata al centro tramitándola en la aplicación Mis bajas telemáticas de la zona privada de Educarm. - Igual ocurrirá cuando se reciba el alta, con incorporación al día siguiente hábil de la fecha de alta.
PERMISOS (100% retribuidos)
PERMISO DURACIÓN
P-1 Permiso por traslado de domicilio
Un día, independientemente de la localidad.
OBSERVACIONES
- Presentar la solicitud en la dirección del centro de trabajo con antelación de 15 días.
DOCUMENTACIÓN: Certificados de empadronamiento anterior y posterior (factura, contrato…)
P-2 Permiso por exámenes y demás pruebas de actitud
El día completo de su celebración. Si es fuera de la Región se tendrá en cuenta el desplazamiento. Más de 400 km, un día extra para desplazamiento.
- El permiso es para concurrir a exámenes preceptivos en centros oficiales y/u homologados donde se obtenga titulación necesaria para impartir la docencia. - Para realizar exámenes finales y pruebas definitivas de aptitud y evaluación en centros oficiales.
DOCUMENTACIÓN: Certificado oficial de asistencia. Presentar solicitud en el centro si es de un día y a la DG de Recursos Humanos si exige desplazamiento, con la antelación de 15 días.
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PERMISOS, LICENCIAS Y EXCEDENCIAS
PERMISO DURACIÓN OBSERVACIONES
P-3 Permiso para el cumplimiento de deberes inexcusables de carácter público o personal
El tiempo necesario para la realización del hecho causante.
- En el permiso se incluyen las obligaciones cuyo incumplimiento genere responsabilidad civil, penal o administrativa. Comprende la participación en procesos electorales, el ejercicio del voto, pertenencia a un jurado, asistencia como testigo en un juicio.
- Para miembros de corporaciones locales.
- Asistencia a reuniones de centros de personas dependientes enfermas.
- Presentar solicitud en el centro si es de un día y a la DG de Recursos Humanos si exige desplazamiento. Con la antelación de 15 días, si se conoce con anterioridad
DOCUMENTACIÓN: Documento de citación previo y certificado de asistencia posterior.
P-10 Permiso por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar
En caso de: fallecimiento, accidente, enfermedad grave u operación de familiar de: 1er grado: Hija/os (naturales y adoptivos) y padres.
2º grado: hermana/os, abuela/ os y nieta/os.
-Incluye a los cónyuges de los familiares, y a la familia del cónyuge.
- Misma localidad:
1er grado: 3 dias, 2ºgrado: 2 días.
-Distinta localidad: 1er grado: 5 días, 2ºgrado: 4 días.
- En los casos de operación ambulatoria sin ingreso hospitalario, al menos una noche, el permiso es solo para el día de la operación.
DOCUMENTACIÓN: Presentar prueba documental del hecho (informe médico, parte de defunción…) Libro de familia o certificado oficial que acredite el parentesco. También se debe notificar la localidad de residencia de quien solicite el permiso.
- Solo se concederá para realizar estudios directamente relacionados con las funciones y actividades del puesto de trabajo que se ocupa. Si se concede, se percibirá el sueldo.
P-17 Permiso por estudios sobre materias relacionadas con el puesto de trabajo
Por el tiempo indispensable para la realización.
- La dirección del centro de trabajo lo propondrá a la Dirección General correspondiente y ésta a la D.G de Planificación y Recursos Humanos. Antelación de 30 días. Mientras no se autorice no se puede hacer efectivo el permiso.
- Una vez finalizado el curso el trabajador/a debe presentar la certificación de asistencia y aprovechamiento.
Este permiso se concederá al personal funcionario e interino con vacante de curso completo.
DOCUMENTACIÓN: Solicitud del docente, propuesta de la Dirección General y certificación de la dirección del centro sobre la adecuada situación en la que queda la docencia en el centro.
P-18 Permiso por razón de violencia de género
El tiempo indispensable que marquen los servicios sociales de atención o salud.
- La información se hará de manera totalmente confidencial, no apareciendo la causa en el parte mensual de faltas.
DOCUMENTACIÓN: resoluciones judiciales, sentencias o informes emitidos por el CAVI.
P-20 Permiso por matrimonio
15 días naturales, que pueden ser inmediatamente anteriores o posteriores en todo o en parte al día de la celebración.
- Este permiso es por razón de matrimonio o unión de hecho registrada. Se puede acumular al periodo vacacional, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.
DOCUMENTACIÓN: Hay que rellenar instancia dirigida a la D. G de Planificación Educativa y Recursos Humanos y comunicada al centro de trabajo, presentándola entre un mes y quince días previos a la fecha.
Posterior al permiso hay que presentar fotocopia del libro de familia o certificación del registro Civil.
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PERMISO DURACIÓN OBSERVACIONES
El tiempo de duración de la representación sindical.
P- 21, 22, 23 y 24 Permisos para realizar funciones sindicales
El P-24 es para la realización de actividades sindicales en el ámbito de la Administración Pública
Regional y dentro de la estructura confederal de la organización sindical.
P-26 Permiso por ser víctima de terrorismo
Durante el tiempo que solicite la persona interesada.
- Estos permisos regulan los créditos horarios de las personas que realizan funciones sindicales. Pueden ser de horas mensuales, de días completos de la jornada semanal o de liberación a tiempo completo de la jornada laboral.
Permiso para hacer efectivo el derecho a la protección y asistencia social integral a víctimas de terrorismo.
DOCUMENTACIÓN: Solicitud y presentación de informes hospitalarios y judiciales.
PERMISOS RELACIONADOS CON LA MATERNIDAD/PATERNIDAD (100% retribuidos)
PERMISO DURACIÓN
P-4 Permiso por adopción, guardia con fines de adopción, o acogimiento, tanto temporal como permanente
Dieciséis semanas, ampliables en caso de adopción múltiple o internacional.
Si hay desplazamiento al país de origen puede darse un permiso de hasta dos meses con retribuciones básicas.
OBSERVACIONES
DOCUMENTACIÓN: Decisión administrativa o judicial de acogimiento o resolución judicial por la que se constituya la adopción. Para adopción en el extranjero, certificado del organismo público competente, donde se indique la obligatoriedad del desplazamiento al país de origen y con posterioridad, la Resolución de la adopción o acogimiento. Informe de Servicios Sociales.
Hasta que el o la menor cumpla doce meses.
P-5 Permiso por lactancia
Este permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiple.
El permiso es un derecho individual sin que pueda transferirse su ejercicio al otro progenitor. Puede ser de una hora de ausencia en el trabajo que se podrá dividir en dos fracciones al inicio y al final de la jornada.
DOCUMENTACIÓN: Instancia y libro de familia a presentar en el centro que se encargará de su tramitación con 15 días de antelación para poder adecuar los horarios del centro.
Permiso retribuido de 5 días hábiles para mujeres embarazadas
P-7 Permiso retribuido a funcionarias en estado de gestación
5 días hábiles, alternos o continuados, entre la semana 33 y 37 de embarazo.
Permiso retribuido al 100%.
A disfrutar con anterioridad al permiso para las empleadas públicas en estado de gestación.
Desde la 37 semana hasta la fecha del parto.
Desde la 35 semana si es embarazo múltiple.
Permiso retribuido al 100%.
DOCUMENTACIÓN: Informe médico e instancia presentada en la DG de Planificación Educativa y Recursos Humanos.
9 PERMISOS, LICENCIAS Y EXCEDENCIAS
PERMISO DURACIÓN OBSERVACIONES
Tras el parto, 6 semanas ininterrumpidas, y 10 semanas naturales, seguidas o salteadas hasta el final del primer año del bebé.
-Intrasferible y 100% remunerado.
P-8 Nacimiento para la madre biológica
-Dos semanas más en caso de discapacidad de la hija/o y en caso de parto múltiple.
- En caso de parto prematuro y mientras el neonato permanezca hospitalizado, el permiso se ampliará mientras continúe hospitalizado con un máximo de 13 semanas adicionales.
- SI este permiso interrumpe la vacación anual (agosto) se podrá seguir disfrutando una vez finalizado el permiso.
DOCUMENTACIÓN: Informe médico de maternidad, justificando la fecha de alumbramiento (libro de familia).
Modelo de solicitud de licencia por parto. *El personal interino y laboral incluido en el régimen de Seguridad Social tiene que solicitar cita previa en el INSS y tramitar presencialmente la solicitud de permiso.
P-9 Permiso del progenitor diferente a la madre biológica por nacimiento, guarda, acogimiento o adopción
Dieciséis semanas a partir de la fecha del nacimiento, guarda, acogimiento o adopción, de las cuales 6 serán inmediatamente seguidas y 10 semanas completas seguidas o interrumpidas durante el primer año.
- SI este permiso interrumpe la vacación anual (agosto) se podrá seguir disfrutando una vez finalizado el permiso.
DOCUMENTACIÓN: Instancia a la DG de Planificación
Educativa y Recursos Humanos, libro de familia o parte médico de nacimiento.
*El personal interino y laboral incluido en el régimen de Seguridad Social tiene que solicitar cita previa en el INSS y tramitar presencialmente la solicitud de permiso.
P-11 Permiso por exámenes prenatales
El tiempo necesario para los exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, dentro de la jornada de trabajo.
- La Administración considera que el tiempo de ausencia debe ser el estrictamente necesario y a ser posible en horas no lectivas.
DOCUMENTACIÓN: Se solicita al centro de trabajo con certificados justificativos y de los horarios necesarios de ausencias.
P-12 Permiso sustitutivo de lactancia
Disponible para ambos progenitores, con carácter intrasferible.
Hija/o natural, acogido o adoptado, menor de doce meses.
El progenitor podrá sustituir el permiso de lactancia de los hijos menores de 12 meses por un permiso de cuatro semanas.
DOCUMENTACIÓN: La petición se hará ante la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos a través de la dirección del centro, antes de terminar el permiso de maternidad/paternidad y con un mínimo de 15 días de antelación.
P-19 Permiso por riesgo en el embarazo o lactancia natural vinculado al puesto de trabajo
El tiempo determinado por prescripción médica, bien de la mutua del Servicio Público de Salud, bien del ámbito de MUFACE (funcionarias).
Hay que presentar el informe médico en el servicio de Prevención de Riesgos Laborales. Para el personal perteneciente al Régimen General de la Seguridad Social el trámite para la prestación se realizará en la Mutua de Accidentes.
La documentación a aportar junto con la solicitud dependerá si se trata de MUFACE o de la SS.
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PERMISOS RELACIONADOS CON LOS CUIDADOS Y LA CONCILIACIÓN FAMILIAR (100% retribuidos)
PERMISO DURACIÓN
P-6 Permiso por reducción de jornada por guarda legal o atención por discapacidad
El tiempo solicitado, mientras se mantenga la situación que provoca la reducción.
OBSERVACIONES
Por razones de guarda legal, cuando se tenga el cuidado de menor de 12 años o persona con discapacidad que no desempeñe actividad retribuida, se tendrá derecho a reducir la jornada de 1 a 14 horas lectivas con disminución proporcional de haberes.
DOCUMENTACIÓN: Libro de familia y documentación acreditativa del hecho causante, presentado en el centro de trabajo.
P-13 Permiso de ausencia por nacimiento de hIjas/ os prematuros u hospitalizados tras el parto
P-14 Ausencia del trabajo para la conciliación de la vida familiar y laboral
Un máximo de dos horas diarias percibiendo las retribuciones íntegras. En caso de acumulación cuatro horas, pero con dos horas de disminución proporcional de haberes.
Pueden solicitarlo tanto funcionarias como funcionarios. El permiso de maternidad podrá computarse a partir de la fecha de alta hospitalaria.
DOCUMENTACIÓN: Solicitud dirigida al centro de trabajo con certificado médico hospitalario, explicativo de la situación.
P-15 Permiso de reducción horaria por cuidado de familiares
El tiempo necesario, procurándose que sean horas no lectivas.
Se incluyen los casos excepcionales de atención a familiares, las visitas a tutores de hijas/os escolarizados, visitas médicas por motivos de enfermedad de hijos menores, o para someterse a técnicas de fecundación asistida.
DOCUMENTACIÓN: Solicitud mediante instancia a la dirección del centro, aportando documentos acreditativos y de los horarios de ausencia.
Máximo de un mes. Excepcionalmente 15 días a jornada completa.
Para atender al cuidado de un familiar de primer grado, se puede solicitar una reducción de hasta el 50% de jornada labora, con carácter retribuido por razones de enfermedad muy grave y por el plazo máximo de un mes. La reducción será tanto de horas lectivas como complementarias.
DOCUMENTACIÓN: Solicitud a la DG de Planificación Educativa y Recursos Humanos a través de instancia presentada en la dirección del centro, junto con certificado médico que determine la gravedad del caso.
P-16 Flexibilización
horaria para la conciliación de la vida familiar
El tiempo necesario.
- Se podrá flexibilizar una hora diaria del horario para quienes tengan a su cargo: personas mayores hijas/ os menores de 12 años, personas con discapacidad, o tener a cargo un familiar con enfermedad grave hasta el segundo grado de consanguinidad. - Las familias monoparentales y quienes tengan hijas/ os con discapacidad psíquica, física o sensorial podrán tener dos horas de conciliación.
DOCUMENTACIÓN: Solicitud a la dirección del centro junto a certificación adecuada del problemas causante.
P-25 Permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave
El tiempo de duración de la hospitalización y requiera cuidado directo, continuo y permanente.
La funcionaria o funcionario tendrá derecho al permiso, siempre que ambos progenitores trabajen, a una reducción de la jornada de trabajo de al menos la mitad de su duración, percibiendo las retribuciones íntegras, siendo acreditadas las circunstancias por el informe del Sistema Público de Salud y como máximo hasta que el menor cumpla 18 años. Este permiso solo se reconocerá a favor de uno de los progenitores.
DOCUMENTACIÓN: Solicitud de permiso e informe del Servicio Público de Salud.
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PERMISOS, LICENCIAS Y EXCEDENCIAS
EXCEDENCIAS (No retribuidas)
EXCED. DURACIÓN OBSERVACIONES
Cuidado de familiares
El periodo máximo será de tres años, mínimo 2 meses Se reservará el puesto de trabajo los dos primeros años, después se mantendrá derecho preferente a localidad. Al personal interino se le reserva el puesto hasta el final del curso escolar en vigor (VP), o hasta incoporación del titular (VS).
- Esta excedencia es para atender al cuidado de un familiar que se encuentre a su cargo, hasta el segundo grado de consanguinidad o por afinidad que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.
- Se puede pedir una sola vez por hija/o (hasta que cumpla los tres años desde la sentencia administrativa, en el caso de adopción o acogimiento) aunque no se utilicen los tres años de máximo.
DOCUMENTACIÓN: instancia de uso general y la documentación que pruebe los motivos por los cuales se solicita.
- Se requiere haber trabajado para la Administración los cinco años anteriores.
Voluntaria: Por interés particular
Mínimo de dos años.
*Solo para profesorado funcionario.
- Se pierde el destino definitivo y no computa este tiempo a efectos de méritos, trienios y derechos pasivos. También afecta a la jubilación anticipada.
- La duración no puede ser inferior a dos años continuados.
DOCUMENTACIÓN: instancia de uso general.
Voluntaria: Por agrupación familiar
Entre dos y quince años, mientras se mantenga la situación que da derecho a solicitarla.
*Solo para profesorado funcionario.
- Para las funcionarias y funcionarios cuyo cónyuge resida en otro municipio por haber obtenido y estar desempeñando un puesto de carácter definitivo como funcionario de carrera o laboral en cualquier Administración Pública, Organismos autónomos, Entidad gestora de la Seguridad Social, así como en órganos constitucionales o del Poder Judicial.
- Se pierde el destino definitivo y no se computa este tiempo a efectos de méritos, trienios y derechos pasivos. DOCUMENTACIÓN: instancia de uso general.
Por razón de violencia a funcionaria
Mientras se mantenga la situación que da derecho a la solicitud.
- La situación administrativa de excedencia por razón de violencia sobre la empleada pública, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integrada, se concederá sin necesidad de haber prestado tiempo mínimo de servicios y sin que resulte de aplicación ningún plazo de permanencia en la misma.
- Durante los seis primeros meses se percibirán las retribuciones íntegras y, en su caso, las prestaciones familiares por hijo a cargo.
PERMISO PARCIALMENTE RETRIBUIDO
A parte de los permisos y licencias mencionados en estos bloques también encontramos una Orden de 29 de junio de 2006 por la que se establecen las condiciones de disfrute del permiso parcialmente retribuido previsto en el objetivo de mejora de las condiciones de trabajo del profesorado funcionario acordado en el Pacto Social por la Educación en la Región de Murcia. La modalidad de este permiso con retribución parcial será la de trabajar cuatro años y librar el quinto, cobrando durante los cinco años el ochenta y cuatro por ciento» de las retribuciones correspondientes. Se puede pedir en más de una ocasión.
DESDE STERM-I REIVINDICAMOS....
-Permisos iguales e intransferibles de maternidad y paternidad de 24 semanas pagados al 100%.
-La recuperación de las licencias retribuidas por estudios.
-Licencias y ayudas para participar en actividades de formación del profesorado relacionadas con la actividad docente y las necesidades del centro educativo o servicio de apoyo.
-Licencias que permitan al profesorado participar de proyectos o programas de cooperación al desarrollo y acción humanitaria en colaboración con ONGs.
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4. Plan de Acción Social
4.1. ¿Qué es el Plan de Acción Social?
El Plan de Acción Social tiene como finalidad me jorar la calidad de vida de los empleados públicos al servicio de la Comunidad Autónoma, atendiendo diversas necesidades. Consiste en una serie de ayu das puntuales (cuidado de hijos, estudios, adelantos, etc.) con una dotación económica mayor o menor se gún los casos.
Con las políticas de recortes, una de las medidas que afecta a las y los trabajadores de la enseñanza es la eliminación de buena parte de estas ayudas. Segui mos exigiendo a la Administración la recuperación de cada una de las prestaciones de Acción Social que nos fueron robadas.
Las bases reguladoras del Plan de Acción Social es tán en la Orden de 31 de mayo de 2006, publicada en el BORM el 6 de junio. Si bien, es la Ley de presu puestos generales de la CARM la que regula la tota lidad de estas ayudas cada año.
4.2. ¿Quién puede solicitar las ayudas del Plan de Acción Social?
Pueden solicitar estas ayudas todas las empleadas/ os públicos al servicio de la Administración Regio nal en activo: personal interino, laboral temporal y eventual, siempre que tengan al menos un año de antigüedad, funcionarias/os, jubiladas/os, y sus be neficiarios: hijas/os menores de 25 años, cónyuge o pareja de hecho, siempre y cuando estén bajo la dependencia económica del trabajador. También los cónyuges viudos/as y las huérfanas/os del personal de la Administración Regional.
Animamos al personal docente, anteriormente cita do, a que considere qué ayudas puede pedir según sus necesidades y situación, y a que las pida en cual quier caso.
4.3. Recomendaciones a tener en cuenta para la solicitud de las ayudas
A la hora de solicitar cualquiera de las ayudas inclui das en el Plan de Acción Social es necesario tener en cuenta una serie de recomendaciones que nos pue den ayudar por nuestra parte a evitar inconvenientes y retrasos:
- Leer con atención las bases de la convocatoria para asegurarnos que tenemos derecho a la ayuda. La Orden de convocatoria del plan de acción social, así
se publican cada año en la web de la Consejería, en el apartado Profesores/Acción social.
- Prestar atención a los plazos de presentación de cada una de las ayudas, y presentar toda la docu mentación requerida en la convocatoria.
- Para presentar las solicitudes podéis partir de la web de STERM-i, buscando en su menú desplegable el apartado Convocatorias, Plan de Acción Social. Aquí encontraréis información completa, un manual descargable de ayuda a la solicitud, impresos oficia les necesarios para todas las ayudas, y los códigos de procedimiento y enlaces a la Sede Electrónica de la CARM, en la que deberéis completar el trámite.
-Recordad que para hacer cualquier trámite en Sede Electrónica es preciso disponer de los sistemas de firma electrónica: Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
- Cuando se exija presentar facturas y documentos originales, recomendamos quedarse con fotocopia de todo lo presentado.
- El plazo máximo para resolver las diversas moda lidades de ayudas será de seis meses, computable desde la fecha de presentación de la solicitud o fi nalización del plazo de presentación de instancias, en su caso.
- La Consejería suele mandar cartas o comunicar mediante vía telemática la denegación o reclama ción de la documentación que falta. Todavía se pue de recurrir la denegación, así que hay que estar atentos a estas comunicaciones. Del mismo modo, hay que aportar la documentación requerida lo an tes posible para no retrasar más el trámite, muchos de los retrasos se producen por la falta de la misma.
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ACCIÓN SOCIAL
Ayudas del Plan de Acción Social 2022
AYUDA CUANTÍA PLAZOS OBSERVACIONES
Anticipos reintegrables (Proced: 662)
Discapacidad de la funcionaria/o (Proced: 892)
Discapacidad de hija/o (Proced: 885)
Su importe no podrá ser supe rior al doble de las retribucio nes ordinarias mensuales.
Se puede solicitar en cualquier momento.
El plazo de devolución será de mínimo 13 meses y máximo 36.
No hay intereses. Su devolución se detrae directamente mediante de tracción en nómina de una cantidad mensual fija.
Máximo de 100€
Se concederán ayudas para atender a los gastos de educa ción especial o rehabilitación por un importe máximo de 1.000€
Natalidad o adopción (Proced: 893) 151€
Estudios universitarios (Proced: 1947)
Máximo de 600€, que se incre mentará hasta un máximo de 750€ en caso de transporte o hasta un máximo de 900€ en caso de residencia.
Otros estudios regla dos: ESO, Bachillera to y módulos sup. FP (Proced: 1954) 200€
Especializaciones y habilitaciones (Proced: 895) 50% de los gastos, pero con un importe máximo de 400€
Violencia de género (Anticipos reintegrables) (Proced: 2531)
Violencia de género (Ayuda excepcio nal) (Proced: 2531)
Importe máximo 6.000€.
Importe máximo 500€ + 500€ adicionales por cada hijo o hija a su cargo.
De oficio, si se ha solicitado antes o si no está en vigor la resolución de reconocimiento aportada, si no hasta el 31 de marzo del ejercicio.
Antes del 30 de junio del ejerci cio corriente.
Para obtener esta ayuda hay que acreditar un mínimo del 33% de minusvalía.
El importe de la ayuda será deter minado por la Comisión de Acción Social en función de la discapacidad y de los gastos acreditados.
Solicitarlo en un plazo máximo de 60 días naturales desde el hecho causante.
Hasta el 31 de marzo del ejerci cio correspondiente.
Hasta el 31 de marzo del ejerci cio correspondiente.
Hasta el 30 de septiembre del ejercicio correspondiente.
Se trata de una ayuda única para cada hija/o o adopción.
Para el personal y sus beneficiarios mayores de 16 años. No considera estudios de postgrado.
Para el personal y sus beneficiarios mayores de 16 años.
Dentro de esta ayuda se incluirán los másteres universitarios.
A lo largo del año. plazo de de volución: entre 13 y 86 meses.
A lo largo del año.
Acreditación de la condición de víctima de violencia de género.
Acreditación de la condición de víctima de violencia de género. Acreditación documental de la insu ficiencia de ingresos.
Contacto para dudas sobre PAS: Tfno: 968375177 – email: spd_accionsocial@murciaeduca.es
El Plan de Acción Social debe recuperarse en su to talidad. Por ello exigimos que el Gobierno Regional, que eliminó buena parte de las ayudas, las incluya de nuevo en los próximos Presupuestos Generales y aumente la partida económica del Fondo de Acción Social para atender estas demandas. Entre otras medidas, exigimos la recuperación de las siguientes ayudas:
Atención de hijas/os menores de 3 años. Atención de hijas/os de entre 3 y 16 años. Seguros asistenciales (ayudas protésicas, asisten cia buco-dental, óptica, psicológica, cuidado de ma yores,...).
Desde STERM Intersindical no sólo exigimos a la Ad ministración Pública Regional la recuperación TOTAL del Plan de Acción Social sino también que el perso nal interino pueda solicitar TODAS las ayudas com prendidas en el Plan de Acción Social en igualdad de condiciones que el resto del profesorado. A igual tra bajo, iguales condiciones. Además de exigir la recuperación de estas medidas, reclamamos a la Administración mayor agilidad en la tramitación y los cobros de las ayudas. No admitimos los retrasos injustificados que alcanzan en ocasiones más de dos años sin que el profesorado tenga conoci miento exacto de la situación en la que se encuentra su expediente.
Guía del profesorado 2022 14
¡Por
la recuperación TOTAL del Plan de Acción Social!
5. Retribuciones
Para consultar tu nómina puedes hacerlo a tra vés de la zona privada de Educarm en tu Expe diente Personal accediendo a través de la pes taña de Nominas/Acción Social
Las retribuciones se cobran a mes vencido, es decir, al final de mes, excepto en diciembre que se cobran sobre el día 22. Podemos elegir li bremente la entidad bancaria por la que cobrar nuestras retribuciones, e incluso cambiar noso tros mismos el número de cuenta donde quere mos recibir la nómina en el apartado Modificar datos personales en nuestra zona privada de Educarm. Algunas entidades suelen adelantar disponibilidad del dinero unos días antes de fin de mes, otras no.
Las nóminas se cierran en torno al día 10 de cada mes por lo que el profesorado sustituto que se incorpore después de esta fecha cobrará un mes más tarde del mes vencido.
Retribuciones básicas
Son el sueldo base y los trienios. Se establecen en función del cuerpo al que se pertenezca.
Los trienios se consolidan cada tres años de servi cio. Ello supone el cobro de una pequeña cantidad mensual por cada uno de ellos. Tanto el primer trie nio como los servicios previos es necesario solicitar los. Después, cada trienio que se vaya cumpliendo se incorporará de oficio. Se cobran desde el princi pio del mes siguiente a su cumplimiento.
Corresponde una paga extra por cada 6 meses de servicio y su importe es algo menor que el de una nómina normal. Las pagas extras se abonan en las nóminas de junio y diciembre, pero el cálculo de las mismas se cierra el 31 de mayo y el 30 de noviembre respectivamente. Así, los períodos computados son: desde el 1 de diciembre hasta el 31 de mayo (paga extra de junio), y desde el 1 de junio hasta el 30 de noviembre (paga extra de diciembre).
Las medidas de recortes aplicadas por los gobier nos central y autonómico hicieron que en 2012, 2013 y 2014 se eliminaran importantes partes de la paga extra de miles de docentes.
De manera fraccionada la Administración ha ido restituyendo parte de las pagas no cobradas durante los últimos años.
Aún queda por fijar el cobro del complemento auto nómico de la paga extra de 2014. STERM-i pedirá que este pago se realice en el menor tiempo posible.
Retribuciones complementarias
El complemento de destino es estatal y correspon de al nivel asignado al puesto de trabajo que se des empeñe, pero en el caso del personal docente de pende del cuerpo al que se pertenece. Las maestras y maestros tienen asignado el nivel 21. Los restan tes docentes el nivel 24, excepto los que tienen la condición de catedráticos que tienen el nivel 26. Los maestros y maestras que están en la ESO o dan cla se en ella, deben cobrar en este concepto la cantidad correspondiente al nivel 24.
El complemento específico tiene un componente general que se establece a nivel estatal y se com pleta con los complementos autonómicos. Es igual para todos los cuerpos excepto para el de catedrá ticos. Dentro del complemento específico tenemos un complemento autonómico al que denominamos productividad fija, que es un desglose del general para evitar la incompatibilidad.
Existe un componente del específico por la titulari dad de cargos unipersonales y por el desempeño de puestos de trabajo singulares, es el complemento específico singular (aquí se ha incluido la Acción Tu torial). Del específico es también el complemento de formación permanente, lo que llamamos sexenios, que consta de cinco tramos con distintas cuantías.
Deducciones
Se realizan en catorce pagas y son de dos tipos:
- Cotizaciones: según la condición administrativa el funcionariado de carrera pagará clases pasivas y MUFACE. A partir del 1 de enero de 2011 todas las personas que accedan al funcionariado no pagarán la cuota de Derechos Pasivos pero sí la de MUFACE, por lo que tendrán TODOS sus servicios. En su lu gar, esa cuota se abonará a la Seguridad Social, de manera que su jubilación se regirá por el sistema de la Seguridad Social. El colectivo interino paga a la Seguridad Social a través de la cuota obrera.
- Retenciones a cuenta del IRPF: depende del sala rio total bruto y de la situación familiar del docente. Si queremos que se nos aplique otro IRPF en el cál culo de la nómina, podemos indicarlo en el apartado “Modificar datos personales” en nuestra zona priva da de Educarm.
15 RETRIBUCIONES
PARA SABER
Guía del profesorado 2022 16 RETENCIONES CUERPO: FUNCIONARIAS/OS DE CARRERA PERSONAL INTERINO MAESTRAS/OS P. TÉC. F.P. SEC/EOI/ CONSERV. CATEDRÁTiCAS/OS TODOS LOS CUERPOS I.R.P.F. En función de la situación familiar personal MUFACE 39,69 € 39,69 € 50,42€ 50,42€ La cuota obrera del Régimen de la S.S. dependerá de las horas. (Equivale al 6,35% de la base de Contingencias Generales) DERECHOS PASIVOS 90,64 € 90,64 € 115,17€ 115,17€
MÁS... Puedes encontrar más información y actualizaciones en el apartado de retribuciones de nuestra página web: https://intersindicalrm.org/ensenanza/retribuciones/ 5.1. Retribuciones, sexenios, retenciones y complementos para jornadas completas RETRIBUCIONES JORNADA COMPLETA CUERPO MAESTRAS/ OS P.TEC. F.P. SEC./EOI CONSERVAT. CATEDRAT. SUELDO BASE 1.071,06 € 1.071,06 € 1.238,68 € 1.238,68 € COMPL. DE DESTINO 528,70 € 651,06 € 651,06 € 779,83 € COMPL. ESPECÍFICO GENERAL 329,65 € 329,65 € 329,65 € 382,67 € PRODUCTIVIDAD FIJA DOCENTE 391,01 € 396,76 € 396,76 € 399,71 € COMPL. ESPE. SINGULAR (1) 57,32 € 57,32 € 57,32 € 57,32 € RETRIBUCIONES TOTALES (2) 2.377,72 € 2.505,84 € 2.673,46 € 2.858,21 € POR CADA TRIENIO 38,88 € 38,88 € 47,67 € 47,67 € COMPLEMENTO MAESTRO EN IES 124,20 € CARRERA PROFESIONAL (TRAMO I) 80,60 € 80,60 € 143,40 € 143,40 € Aclaraciones: (1) Acción Tutorial. Común a todos los docentes. (2) Faltan por incluir los trienios y sexenios correspondientes. SEXENIOS PARA TODOS LOS CUERPOS (Su cobro requiere la acreditación de 100h de formación) SEXENIO: 1º 2º 3º 4º 5º Importe mensual 62,91 € 79,37 € 105,74 € 144,71 € 42,65 € Total mensual acumulado 62,91 € 142,28 € 248,02 € 392,73 € 435,38 €
PROFESORADO
1.252,92
1.378,21
1.503,50
1.628,79
1.754,09
1.252,92
1.670,56
1.069,38
1.203,06
1.336,73
1.470,40
1.604,08
1.737,75
1.871,42
1.000,37
1.143,28
1.286,19
1.429,11
1.572,01
1.714,92
1.857,83
2.000,74
1.336,73 € 1.429,11
1.782,31 € 1.905,47
2.673,46
COLEGIOS DE ED. INFANTIL Y/O PRIMARIA
2.858,21
17 COMPLEMENTOS ESPECÍFICOS SINGULARES DE CARGOS UNIPERSONALES Tipo de centro: CEIP Y CEPAS SEC/ EOI/ CONSERV. / ARTES A B C D E F A B C D Dirección 815,50€ 743,63€ 577,30€ 470,55€ 352,71€ 182,92€ 982,47€ 854,18€ 778,66€ 710,35€ Jefat. est. y Secretariado 464,97€ 426,30€ 336,87€ 279,48€ 216,15€ 554,71€ 485,75€ 445,15€ 408,41€ Jefat. estudios adjunta 410,46€ 361,49€ 332,65€ 306,61€ RETRIBUCIONES 5.2. Retribuciones para jornadas parciales MAESTRAS/OS EN
HORAS LECTIVAS % MAESTROS/AS INF/PRI 1 4% 95,11 € 7 28% 665,76 € 8 32% 760,87 € 9 36% 855,98 € 10 40% 951,09 € 11 44% 1.046,20 € 12 48% 1.141,31 € 13 52% 1.236,41 € 14 56% 1.331,52 € REDUCCIÓN 1/2 50% 1.188,86 € REDUCCIÓN 1/3 66,66% 1.585,15 € COMPLETA 100% 2.377,10 €
DE SECUNDARIA, FP, EOI, CATEDRÁTICAS/OS Y MAESTRAS/OS EN IES SECUNDARIA Y ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL HORAS % MAESTRAS/OS EN IES O ASIMILADOS PROF.TÉC.F.P/ MAESTROS DE TALLER SEC. / EOI / CONSERV. / E.A. CATEDRÁTICAS/ OS 1 5% 125,10 € 122,84 € 133,67 € 142,91 € 6 (solo para enseñanzas artís ticas) 30% 802,04 € 857,46 € 7 35% 875,67 € 877,03 € 935,69 €
€ 8 40% 1.000,77 € 1.002,33 €
€
€ 9 45% 1.125,86 € 1.127,63 €
€
€ 10 50% 1.250,96 €
€
€
€ 11 55% 1.376,06 €
€
€
€ 12 60% 1.501,15 €
€
€
€ 13 65% 1.626,25 €
€
€
€ 14 70% 1.751,34 €
€
€
€ REDUCCIÓN 1/2 50% 1.250,96 €
€
€ REDUCCIÓN 1/3 66,66% 1.667,95 €
€
€ COMPLETA 100% 2.501,92 € 2.505,84 €
€
€ RETRIBUCIONES
Sexenios
La Orden de 5 de marzo de 1998, de la Consejería de Educación y Ciencia, estableció el procedimiento a seguir para el reconocimiento y consolidación de los distintos estadios del complemento de formación permanente, según lo previsto en el Acuerdo del Con sejo de Ministros de 11 de octubre de 1991.
El componente específico por formación permanen te, más conocido como sexenio, viene asociado a la permanencia durante periodos de seis años, siempre que se acredite un mínimo de 100 horas de formación.
Tal y como explicaremos con más detenimiento en el apartado dedicado a la formación, la Orden de 28 de julio de 2017 regula el reconocimiento de estas ac tividades a efectos de ser tenidos en cuenta para el cobro del complemento de formación permanente.
Aquellas personas cuyo sexenio empezara antes del 10 de agosto de 2017 tendrán reconocidas completa mente sus horas de formación. Sin embargo, para las personas cuyo sexenio empezó después de esta fe cha computan como máximo 40 horas de formación organizadas por la Consejería, el MECD y entidades colaboradoras, y las 60 horas restantes deben reali zarse a través de los cursos convocados por el CPR según los distintos itinerarios propuestos.
Durante muchos años la Consejería de Educación se negó a hacer efectivo el pago de los sexenios al per sonal funcionario interino. Sin embargo, tras una lar ga batalla judicial y las sentencias favorables tanto en instancias europeas como nacionales se reconoció el derecho del cobro de sexenios por parte del personal interino en las mismas condiciones que el personal funcionario de carrera.
La cuantía de los sexenios está sujeta a variaciones en función de su actualización al igual que sucede con otros componentes de nuestra nómina. Puedes consultar las retribuciones de 2020 y de los años pre vios en nuestra página web.
En caso de huelga
Concluida la jornada de huelga o la semana en el caso de varias jornadas o cuando esta tenga un ca rácter indefinido, se elaborará un listado en el que se recojan las faltas de asistencia del personal y se procederá a notificar individualmente la presunta participación en la misma, con una copia que deberá firmar cada persona afectada con indicación de la fe cha de entrega.
Independientemente del horario individual, en el caso
de convocatoria de huelga para jornadas completas, la deducción de haberes será la correspondiente a una jornada completa (7 horas) del funcionario/a do cente. En los supuestos de convocatorias que con templen paros parciales la deducción deberá reali zarse tomando como referencia el número de horas que establece la convocatoria.
Ejercer el derecho a la huelga NO suprime tiempo de servicio y demás derechos del personal docente, so lamente afecta a la pérdida económica del periodo de huelga realizado.
Dietas por desplazamiento
La Orden de 29 de noviembre de 2000, por la que se establecen los criterios y procedimientos para los funcionarios docentes que desarrollan su actividad educativa, de forma itinerante, regula este apartado.
Cada vez que realizamos alguna actividad que supone desplazamiento de nuestro puesto de trabajo, tene mos derecho a cobrar dieta. Estas están reguladas por ley y aunque son escasas, excepto por el caso de las itinerancias que se tratará en otro punto aparte, estas deben ser abonadas. Viajes escolares, visitas oficiales a delegación u otras de interés para el cen tro, viajes de estudios, visitas culturales…
Se consideran pagos por servicios realizados: dietas, manutención, desplazamientos, kilometraje, etc.
La Orden de 20 de febrero de 2006 actualiza las cuan tías de las indemnizaciones por razón del servicio previstas en el Decreto 24/1997, de 25 de abril. Esta cuantía queda fijada en 0’20 €/km en caso de uso de automóvil y en 0,10 €/km en caso de uso de motoci cleta.
STERM Intersindical seguirá trabajando para actuali zar esta normativa y evitar que, al final, al docente le cueste dinero ir a trabajar.
Carrera profesional horizontal docente
La Orden de 29 de marzo de 2019 establece el proce dimiento específico de reconocimiento del Encuadra miento Inicial en el Tramo I de la Carrera Profesional Horizontal para el personal funcionario de carrera del ámbito sectorial de Educación. Los requisitos son:
- Estar en servicio activo desempeñando un puesto docente
- Tener reconocido 1 sexenio completo
Guía del profesorado 2022 18
6. Régimen académico
6.1. Jornada y horario laboral docente
CUERPO DE MAESTROS
El horario del profesorado del cuerpo de maestros que imparte docencia en centros de educación infantil, primaria, educación especial, personas adultas y centros de educación infantil y básica es regulado por la Orden de 29 de junio de 2021 por la que se establecen procedimientos en materia de recursos humanos para el curso 2021-2022, que ha sido prorrogada para el curso académico actual.
JORNADA SEMANAL: 37,5 horas (35’5 para mayores de 55 años con reducción horaria)
DEDICACIÓN AL CENTRO: 31 horas (29 para mayores de 55 años)
LECTIVAS
25 horas (23 h para mayores de 55) Incluye 1h de tutoría, solo para tutores.
COMPLEMENTARIAS DE OBLIGADA PERMANENCIA EN EL CENTRO
4 horas
LIBRE DISPOSICIÓN: 6,5 horas
COMPLEMENTARIAS COMPUTADAS MENSUALMENTE DE OBLIGADA PERMANENCIA
2 horas (1,5 para mayores de 55)
lectivas + complementarias 29 horas Recogidas en el horario individual
Se consideran horas LECTIVAS la docencia directa, los períodos de recreo, las funciones directivas y de coordinación didáctica.
Las 4 horas COMPLEMENTARIAS, de obligada permanencia en el centro, serán asignadas por jefatura de estudios. Una de ellas se dedicará a la función tutorial y el resto se podrán dedicar entre otras a: entrevistas con las familias, reuniones de coordinación docente y pedagógica, programación de actividades en el aula y extraescolares, perfeccionamiento e e investigación educativa…
No podrán acumularse todas las horas complementarias el mismo día de la semana. Con objeto de facilitar la coordinación pedagógica, al confeccionar los horarios jefatura de estudios deberá prever que, al menos una de las horas complementarias del profesorado coincida en la misma banda horaria.
Las de CÓMPUTO MENSUAL se dedicarán a asistencia a reuniones de claustro, sesiones de evaluación y otras actividades complementarias y extraescolares y de coordinación, formación y perfeccionamiento.
El resto del horario semanal será de LIBRE DISPOSICIÓN de las y los maestros para la preparación de las actividades docentes, el perfeccionamiento profesional o cualquier otra actividad pedagógica complemen taria.
Las REDUCCIONES HORARIAS POR COORDINACIÓN aparecen en la Orden de Cupos de Primaria, es decir, la Orden de 21 de junio de 2012, por la que se establecen criterios generales para la determinación de nece sidades reales de profesorado
Coordinador/a de ciclo 1 h/sem por cada 3 grupos de un mismo ciclo
Responsable de medios informático (RMI)
Coordinador/a de medios informáticos
Coordinador/a de educación para la salud
1 h/sem por cada 4 grupos.
Máx: 3 horas
1 hora semanal
Hasta 2 horas semanales
Responsable de biblioteca
1 h/sem por cada 6 grupos de alumnado
Representante del centro en el CPR 1 hora semanal
Coordinador/a de prevención de riesgos laborales
3 h/sem en los centros de 9 o más unidades
Coordinador/a de calidad 1 hora semanal
Para casos más específicos podéis consultar los Documentos de apoyo, de la Inspección de Educación, para la Confección y revisión de horarios de Infantil y Primaria.
19
RÉGIMEN ACADÉMICO
CUERPO DE SECUNDARIA Y OTROS
El horario del profesorado que imparte docencia en institutos de educación secundaria, centros de FP, en señanzas artísticas profesionales, EOI, enseñanzas deportivas y centros de educación de personas adultas es regulado por la Orden de 29 de junio de 2021 por la que se establecen procedimientos en materia de recursos humanos para el curso 2021-2022, que ha sido prorrogada para el curso académico actual.
JORNADA SEMANAL: 37,5 horas (35’5 para mayores de 55 años con reducción horaria)
DEDICACIÓN AL CENTRO: 31 horas (28-29 para mayores de 55 años)
HORAS LECTIVAS
Incluye 1h de tutoría, sin docencia directa
COMPLEMENTARIAS DE OBLIGADA PERMANENCIA EN EL CENTRO
LIBRE DISPOSICIÓN: 6,5 horas
COMPLEMENTARIAS COMPUTADAS MENSUALMENTE
21 horas 4 horas 5 horas
20 horas 6 horas 5 horas
MAYORES DE 55 AÑOS
19 horas
18 horas
DE OBLIGADA PERMANENCIA lectivas + complementa rias
26 horas
Recogidas en el horario individual
horas
horas
horas
horas
El horario COMPLEMENTARIO de OBLIGADA PERMANENCIA EN EL CENTRO, en función de las actividades asignadas a cada docente y según las necesidades del centro, podrá contemplar: - Hasta tres horas de guardia. Guardias de recreo: tres recreos de menos de 15 minutos, dos recreos de 15 a 29 minutos o un recreo de 30 minutos, contabilizarán como un periodo complementario. - Hasta tres horas de atención a la biblioteca. - Una hora para las reuniones de departamento. - Hasta dos horas de tutoría para el profesorado que no sea tutor de un grupo de alumnas/os, dedicándo se una de ellas a la atención a las familias del alumnado.
- Se podrán contemplar también dos horas para las personas representantes del profesorado en los consejos escolares y en el centro de profesores y de recursos; horas de despacho y dedicadas a tareas de coordinación para los miembros del equipo directivo; para la tutoría de profesoras/es en prácticas y de nueva incorporación; para el trabajo de los equipos docentes de los proyectos institucionales en los que participe el centro; de colaboración con la jefatura del departamento de actividades complementarias y extraescolares, de extensión académica; horas de preparación de prácticas de laboratorio, de taller, equi pamiento TIC y similares.
Las de CÓMPUTO MENSUAL se dedicarán a asistencia a reuniones de claustro, sesiones de evaluación y otras actividades complementarias y extraescolares y de coordinación, formación y perfeccionamiento.
El resto del horario semanal será de LIBRE DISPOSICIÓN del profesorado para la preparación de las acti vidades docentes, el perfeccionamiento profesional o cualquier otra actividad pedagógica complementaria.
Las REDUCCIONES HORARIAS POR LA JEFATURA DE LOS DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS Y OTROS CAR
GOS aparecen en la Orden de Cupos de Secundaria, es decir, la Orden de 12 de julio de 2016, por la que se establece el procedimiento para la dotación de personal en centros de Educación Secundaria y FP de Grado Superior. En el caso de la Orden de Cupos de Escuelas Oficiales de Idiomas se regularán mediante la Or den de 26 de junio de 2017 por la que se establece el procedimiento de dotación de personal a las Escuelas Oficiales de Idiomas.
Para casos más específicos podéis consultar los Documentos de apoyo, de la Inspección de Educación, para la Confección y revisión de horarios de Secundaria.
21
6
4,45
5
4,90
RÉGIMEN
ACADÉMICO
materia de recursos humanos)
III (Orden de 29 de junio de 2021, de la Consejería de Educación, por la que se establecen
Profesorado que imparte docencia en:
Institutos de Educación Secundaria
Centros de Educación de Personas Adultas (profesorado del resto de cuerpos docentes excepto maestras/os, así como profesorado del cuerpo de maestras/os que imparta
más periodos de enseñanzas de Educación Secundaria para adultos).
Escuelas Oficiales de Idiomas.
Conservatorios de Música y Conservatorio Superior de Música.
Conservatorio de Danza.
Escuela de Arte y Escuela Superior de Diseño.
Escuela Superior de Arte Dramático.
Orientadores destinados en colegios de Educación Infantil y Primaria. TABLA II Régimen de jornada semanal (periodos lectivos de 55 minutos, incluidos cinco minutos como tiempo máximo para efectuar los cambios de clase).
13,13
15,00
16,88
18,75
20,63
22,50
24,38
26,25
28,13
30,00
31,88
33,75
35,63
12,40
13,95
15,50
17,05
18,60
20,15
21,70
23,25
24,80
26,35
27,90
29,45
10,77
11,40
12,03
Guía del profesorado 2022 22 TIPO DE JORNADA PERÍODOS LECTIVOS (55’) HORAS COMPLEMENTARIAS HORAS DE PERMANENCIA EN EL CENTRO HORAS DE PREPARACIÓN DE ACTIVIDADES DOCENTES, PERFECCIONAMIENTO PROFESIONAL, ETC. HORAS DE COMPENSACIÓN HORARIA HORAS DE JORNADA SEMANAL PERÍODOS COM - PLEMENTARIOS EN HORARIO INDIVIDUAL HORAS COMPLEMENTARIAS COMPUTABLES MENSUALMENTE TOTAL HORAS COMPLEMENTARIAS ORDINARIA 21 6 5,25 10,75 30,00 6,50 1,00 37,50 20 8 5,33 12,67 31,00 6,50 37,50 Tipo A 6 2 1,97 3,80 9,30 1,95 11,25 Tipo B 7 3 1,68 4,43 10,85 2,28
Tipo C 8 3 2,32 5,07
2,60
Tipo D 9 4 2,03 5,70
2,93
Tipo E 10 4 2,67 6,33
3,25
Tipo F 11 4 3,30 6,97
3,58
Tipo G 12 5 3,02 7,60
3,90
Tipo H 13 5 3,65 8,23
4,23
Tipo I 14 6 3,37 8,87
4,55
Tipo J 15 6 4,00 9,50
4,88
Tipo K 16 6 4,63 10,13
5,20
Tipo L 17 7 4,35
5,53
Tipo M 18 7 4,98
5,85
Tipo N 19 8 4,70
6,18
ANEXO
procedimientos en
-
-
10 o
-
-
-
-
-
-
Educación Infantil y Primaria
Según la Orden de 29 de junio de 1994 por la que se regula la organización y funcionamiento de las es cuelas de educación infantil y los colegios de educa ción primaria la asignación de los diferentes cursos, grupos de alumnas y alumnos, áreas y actividades se realizará atendiendo a los siguientes criterios:
- La permanencia de una maestra o maestro con el mismo grupo de alumnado hasta finalizar el tramo.
- La especialidad del puesto de trabajo al que estén adscritas las diferentes maestras o maestros.
- Otras especialidades para las que las y los docen tes estén habilitados.
La asignación será realizada por la dirección del cen tro, en la primera semana del mes de septiembre de cada año, atendiendo a los criterios establecidos en el Plan de Centro para la asignación de las tutorías, de acuerdo con las líneas generales de actuación pe dagógica del centro y orientados a favorecer el éxito escolar del alumnado. De igual modo, se deberá te ner en cuenta los acuerdos alcanzados por las maes tras y maestros en la primera reunión del Claustro del curso.
La Orden de 20 de noviembre de 2014 por la que se regula la organización y la evaluación en Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia determina que la elección de las tutoras y los tutores de los grupos se haga procurando que: - El alumnado tenga el mismo tutor/a durante el mayor número posible de cursos escolares de cada uno de los dos tramos de la etapa. - Ningún grupo de alumnado tenga el mismo tutor durante más de tres cursos escolares.
- El tutor o tutora de primer curso de la etapa sea un/a maestro/a que pueda darle continuidad a di cha labor durante el primer tramo de la etapa.
- La tutoría recaiga preferentemente en las maes tras o maestros con mayor carga lectiva con todo el alumnado.
La adjudicación de un determinado puesto de trabajo NO exime al profesorado de impartir otras enseñan zas o actividades que pudieran corresponderle, de acuerdo con la organización pedagógica del centro y con la normativa que resulte de aplicación.
Secundaria
La elección de grupos o asignaturas en secundaria está regulada por Según la Orden de 29 de junio de 1994 por la que se regula la organización y funciona miento de los institutos de Educación Secundaria.
En el primer claustro del curso, la Jefatura de Es tudios comunicará a los departamentos los turnos, el número de grupos de alumnado, y el número de profesorado que compone cada departamento. Ade más, el claustro fijará los criterios pedagógicos, y posteriormente cada departamento celebrará una reunión extraordinaria para distribuir las materias y cursos entre sus miembros.
En aquellos centros en los que se impartan ense ñanzas en 2 o más turnos, el profesorado acordará en qué turno desarrollará su actividad lectiva. Una vez elegido el turno, los miembros del departamen to determinarán la distribución de materias y cur sos.
Solamente en los casos en que no se produzca acuerdo entre los miembros del departamento se utilizará el siguiente orden de elección:
- Catedráticas/os en activo antes de la entrada de la LOGSE;
- Profesorado de secundaria, excepto los mencio nados en el anterior apartado con destino defini tivo;
- Profesorado de secundaria en expectativa de destino.
- Profesorado interino.
Dentro de estos grupos la prioridad en la elección será la siguiente:
- Mayor antigüedad en el cuepo de profesores de enseñanza secundaria, entendida esta como el tiempo real de servicios efectivamente prestados como funcionaria/o de carrera del cuerpo.
- Si coincide el anterior, se acudirá a la antigüe dad en el instituto.
- De persistir la coincidencia, se atenderá al últi mo criterio de desempate fijado en la convocato ria de concurso de traslados publicada en la fecha más próxima al acto de elección de horario.
6.3. Guardias y recreos
En Educación Infantil y Primaria el cuidado y vigilan cia de los recreos podrá organizarse en turnos entre las maestras y los maestros del centro, a razón de una persona de vigilancia por cada dos grupos de alumnado.
En Educación Secundaria, el concepto de guardia y recreo forma parte de las horas de obligada perma nencia en el centro. En la confección del horario se procurará evitar que se concentren las guardias en las horas centrales de la actividad escolar. Se ga rantizará al menos la relación de una profesora o profesor de guardia por cada ocho grupos de alum nado o de seis durante las guardias de recreo. El profesorado que comparte centro quedará exen to, salvo que sea absolutamente necesaria su cola boración.
23 6.2. Elección de grupo o asignaturas
RÉGIMEN ACADÉMICO
6.4. Actividades complementarias y extraescolares
Se consideran actividades complementarias las or ganizadas por los Centros durante el horario escolar, de acuerdo con su Proyecto Curricular, y que tienen un carácter diferenciado de las propiamente lectivas por el momento, espacios o recursos que utilizan. Estas actividades desarrollan contenidos de las ma terias, responden a estándares de aprendizaje que el alumnado debe aprender y los docentes enseñar, evaluar y calificar.
Se consideran actividades extraescolares las enca minadas a potenciar la apertura del Centro a su en torno y a procurar la formación integral del alumnado en aspectos referidos a la ampliación de su horizonte cultural, la preparación para su inserción en la socie dad o el uso del tiempo libre. Las actividades extraescolares se realizarán fuera del horario lectivo, tendrán carácter voluntario para todo el alumnado y profesorado del Centro, y, en nin gún caso, formarán parte del proceso de evaluación.
6.5. Reducciones horarias
Los miembros del equipo directivo impartirán, según las unidades de cada centro y siempre que estén cu biertas las necesidades horarias de su especialidad, las siguientes horas lectivas a grupos de alumnado:
Unidades del centro Horas lectivas
En primer lugar debes comprobar que cumples con los requisitos que marca el Real Decreto 1594/2011 que establece los títulos habilitantes. Una vez hecha la comprobación, puedes entregar el modelo de soli citud de habilitación junto con la documentación jus tificativa.
También se podrá conseguir la habilitación por una especialidad del cuerpo de maestras y maestros me diante la superación de la fase de oposición de la co rrespondiente especialidad a partir de la publicación del acuerdo de personal interino de 2016. Las habili taciones adquiridas por superación de la fase de opo sición con anterioridad a 31 de mayo de 2013 tendrán validez siempre que se pertenezca a dicha lista.
En cuanto a la habilitación del programa bilingüe para el colectivo interino, tanto en el cuerpo de maestros como en el de secundaria, puedes compro bar que tienes la titulación en los Decretos 207/2017 y 165/2019 que han actualizado las titulaciones reco gidas en el Decreto 43/2015. Al igual que en el caso anterior, debes complementar el modelo de solicitud y dirigirlo a la Consejería de Educación junto con el título académico, presentando copia compulsada de los mismos.
Siempre que sea posible, las habilitaciones se actua lizarán mensualmente publicándose la concesión o denegación de las mismas mediante Resolución de la Consejería de Educación.
Puedes encontrar más información actualizada sobre habilitaciones en nuestra página web.
6.7. Dar clase a un familiar
más
6.6. Habilitaciones
Hay diferentes tipos de habilitaciones en función del cuerpo al que perteneces, al estado administrativo en el que te encuentres (interinidad o funcionariado de carrera) o a la especialidad o programa por el que quieras habilitarte.
Para la habilitación de nuevas especialidades del cuerpo de maestros, el procedimiento de habilitación está regulado por la Resolución de 24 de octubre de 2014 de la Dirección General de Planificación Edu cativa y Recursos Huamnos por la que se establece el procedimiento para la habilitación de especialida des por los integrantes de las listas de aspirantes al desempeño de plazas en régimen de interinidad del Cuerpo de Maestros.
Las profesores y profesores de los centros públi cos son funcionarias/os públicos y, por tanto, han de abstenerse de intervenir en el procedimiento de enseñanza/evaluación del alumnado, con carácter general cuando se produzcan algunos de los motivos relacionados en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Es decir, tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo La Ley prevé que en estos supuestos, el afectado lo comunique al superior jerárquico. Por ello, si la afectada o afectado fuera una profesora o profesor del centro lo pondrá en conocimiento del Director o Directora del mismo. En el supuesto de que el afec tado fuera el propio Director o Directora del centro lo pondrá en conocimiento del Inspector/a de zona. El superior jerárquico deberá valorar las distintas cir cunstancias y tendrá en consideración que sea otro profesor o profesora el que se haga cargo del proceso de evaluación. En todo caso, la resolución adop tada ha de estar motivada.
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6 a 8 15 9 a 17 12 18 a 27 9 28 ó
6
-Reducción de las ratios.
-Bajada de horas lectivas a 17/23h.
-Reducción de la carga burocrática de trabajo.
-Recuperación del poder adquisitivo perdido.
-Elevación de los permisos de maternidad y paternidad a 24 semanas.
-Licencias por estudios, congresos y colaboraciones humanitarias.
-Plan de Estabilidad para el profesorado interino.
-Reducción horaria para mayores de 55 sin merma retributiva.
-Recuperación total del Plan de Acción Social.
25 RÉGIMEN ACADÉMICO
DESDE STERM-I REIVINDICAMOS....
7. Formación
La formación del profesorado se rige por la Orden de 28 de julio de 2017 por la que se regulan las moda lidades, convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado
En esta Orden se establecen 6 itinerarios de forma ción preferente: competencia lingüística en lengua extranjera, competencia digital docente, actualización científica, actualización didáctica, organiza ción y gestión de centros educativos y convivencia y atención a la diversidad Esta novedad tiene una repercusión directa sobre el complemento de forma ción permanente del profesorado (sexenios, que debe acreditar 100 horas de formación, 10 créditos, para su percepción).
Aquellas personas cuyo sexenio empezara antes del 10 de agosto de 2017 tendrán reconocidas completa mente sus horas de formación. Sin embargo, para las personas cuyo sexenio empezó después de esta fe cha computan como máximo 40 horas de formación organizadas por la Consejería, el MECD y entidades colaboradoras, y las 60 horas restantes deben reali zarse a través de los cursos convocados por el CPR.
Otra de las novedades de esta Orden de Forma ción es que amplía el tipo de modalidades hasta 8:
cursos, seminarios de equipo docente, grupos de trabajo, proyectos de formación en centros, pro yectos de innovación educativa, proyectos de investi gación, seminarios temáticos y estancias formativas.
Además, se clasifican tres tipos de submodalidad di ferentes para cada modalidad de formación: presencial, semipresencial y telemática
Esta orden regula asímismo la posibilidad de que el profesorado pueda participar en las actividades y cur sos de formación durante la situación de: - baja transitoria por incapacidad temporal, siem pre que su estado de salud lo permita, - las excedencias por motivos familiares, y - los permisos de maternidad y paternidad
Otra cuestión importante que se regula es la pena lización al profesorado que una vez admitido en la lista definitiva de una actividad formativa, no inicie la misma. En los cursos de la submodalidad telemática, la actividad se considerará no iniciada siempre que el participante no obtenga una calificación positiva de las tareas obligatorias de los dos primeros módulos programados en la plataforma de teleformación. En este caso, además de no certificar en esa actividad formativa, NO podrá incribirse en actividades de formación durante el primer trimestre del curso siguiente (del 1 de septiembre al 30 de noviembre).
PLAN DE FORMACIÓN DE STERM INTERSINDICAL
Curso Modalidad
Actualización didáctica en historia contemporánea y memoria democrática.
Fecha
Presencial / 30 horas 2º trimestre Pedagogías respetuosas, vivas y activas. Aplicacio nes prácticas para Infantil y Primaria.
Utilización ética del contenido en el aula.
Educación para el desarrollo sostenible y Agenda 2030. Nociones y aplicaciones en el aula.
El cine en las materias de humanidades. Orienta ciones pedagógicas en las aulas.
Presencial / 30 horas 2º trimestre
Telemático / 30 horas 2º trimestre
Telemático / 30 horas 2º trimestre
Presencial / 30 horas 2º trimestre Novela gráfica. Posibilidades didácticas.
Telemático / 30 horas 2º trimestre Ecología social en la educación. Apicaciones edu cativas.
Telemático / 30 horas 3er trimestre
Herramientas ofimáticas de software libre. Telemático / 30 horas 3er trimestre
Estos cursos pueden estar sujetos a modificación por lo que os aconsejamos que consultéis la información a través de nuestra web: formacion.intersindicalrm.org.
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8. Jubilación y pensión
Desde la Ley 48/2015 de Presupuestos Generales del Estado para 2016 no ha habido cambios en las moda lidades de jubilación en Clases Pasivas del Estado. Esto significa que, si no hay cambios posteriores en las normas, en este curso seguirá existiendo la po sibilidad de jubilación anticipada de acuerdo con el art. 28.2.d del R.D.L. 670/87 para aquellas/os funcio naria/os acogidos al Régimen de Clases Pasivas que tengan 60 años de edad y 30 años de servicio efecti vos al Estado.
A partir del día 6 de octubre de 2020, el Régimen de Clases Pasivas del Estado queda integrado en el Mi nisterio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones mediante la adscripción provisional de la Subdirec ción General de Gestión de Clases Pasivas a la Direc
ción General de Ordenación de la Seguridad Social. No obstante lo anterior, en las Delegaciones provin ciales de Economía y Hacienda continuará existien do una sección de Clases Pasivas para prestar in formación y atención a los ciudadanos. También se puede acceder al portal de Clases Pasivas en www. portalclasespasivas.gob.es.
Las pensiones de jubilación en este régimen se cal culan aplicando unos porcentajes (en función de los años de servicios prestados) a unas cantidades llamadas Haberes Reguladores (HR), que se fijan anualmente en los Presupuestos Generales del Es tado y que varían en función del grupo en el que está encuadrado el Cuerpo al que se pertenece.
TABLA DE PENSIONES DE CLASES PASIVAS 2022 (RETENCIONES NO APLICADAS)
*TOPE ANUAL: 39.468,18€
*TOPE MENSUAL: 2.819,18€
GRUPO A1
SECUNDARIA/EOI/ CONSERV.
AÑOS DE SERVICIO PORCENTAJE REGULADOR CUANTÍA ANUAL
CUANTÍA MENSUAL
GRUPO A2 INFANTIL /PRIMARIA/ P.TEC
CUANTÍA ANUAL CUANTÍA MENSUAL
15 26,92 % 11.932,51 € 852,32 € 9.391,18 € 670,80 €
16 30,57 % 13.550,40 € 967,89 € 10.664,51 € 761,75 €
17 34,23 % 15.172,73 € 1083,77 € 11.941,32 € 852,95 €
18 37,88 % 16.790,62 € 1.199,33 € 13.214,64 € 943,90 €
19 41,541 % 18.412,95 € 1.315,21 € 14.491,45 € 1.035,10 €
20 45,19 % 20.030,84 € 1.430,77 € 15.764,77 € 1.126,06 €
21 48,84 % 21.648,73 € 1.546,34 € 17.038,09 € 1.217,01 €
22 52,5 % 23.271,06 € 1.662,22 € 18.314,90 € 1.308,21 €
56,15 % 24.888,95 € 1.777,78 € 19.588,23 € 1.399,16 €
24 59,81 % 26.511,27 € 1.893,66 € 20.865,04 € 1.490,36 €
25 63,46 % 28.129,17 € 2.009,23 € 22.138,36 € 1.581,31 €
26 67,11 % 29,747,06 € 2.124,79 € 23.411,68 € 1.672,26 €
70,77 % 31.369,38 € 2.240,67 € 24.688,49 € 1.763,46 €
74,42 % 32.987,28 € 2.356,23 € 25.961,81 € 1.854,42 €
78,08 % 34.609,60 € 2.472,11 € 27.238,62 € 1.945,62 €
81,73 % 36.227,49 € 2.587,68 € 28.511,94 € 2.036,57 €
85,38 % 37.845,39 € 2.703,24 € 29.785,27 € 2.127,52 €
89,04 % 39.467,71 € 2.819,12 € 31.062,08 € 2.218,72 €
92,69 % 41.085,60 €* 2.934,69 €* 32.335,40 € 2.309,67 €
96,33 % 42.707,93 €* 3.050,57 €* 33.612,21 € 2.400,87 €
o más 100 % 44.325,82 €* 3.166,13 €* 34.885,53 € 2.491,82 €
La pensión pública máxima es de 39.468,18 € anuales, es decir 2.819,18 € mensuales. La mensualidad se calcula sobre 14 pagas iguales al año (mensuales más dos pagas extras). Para el grupo A1 con 32 años de servicio se alcanzará el máximo mientras que el grupo A2 deberá llegar hasta los 35 años.
JUBILACIÓN Y PENSIÓN
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La jubilación del funcionariado puede producirse por distintos motivos: - Forzosa por edad. - Por incapacidad permanente para el servicio. - Voluntaria.
Jubilación forzosa u ordinaria
Para causar derecho a pensión ordinaria de jubila ción es requisito indispensable haber completado un periodo mínimo de 15 años de servicio efectivos al Es tado.
Se declara de oficio al cumplir los 65 años, aunque se puede prorrogar hasta los 70 años en algunos casos como la prorrogación del servicio hasta el fin de cur so. Actualmente se permite la prórroga de jubilación volntaria hasta los 70 años.
Cuando se desee finalizar esta situación, la persona interesada comunicará a la Dirección General de Re cursos Humanos de la Consejería de Educación, la fecha prevista para su jubilación, con una antelación mínima de tres meses respecto a esa fecha.
Jubilación por incapacidad permanente para el servicio
Se declara de oficio o a instancia de parte cuando la persona venga afectada por una lesión o proceso pa tológico, somático o psíquico que esté estabilizado y sea irreversible o de incierta reversibilidad y que le imposibilite totalmente para el desempeño de las funciones propias de su Cuerpo, Escala, plaza o ca rrera.
Existen tres clases de jubilación por incapacidad per manente:
Incapacidad permanente total. La cuantía es igual que las ordinarias o forzosas, pero con la ventaja de que se considera como servicios efectivos también el periodo de tiempo que le resta a la funcionaria/o para alcanzar los 65 años.
Incapacidad permanente absoluta Se declara la incapacidad para ejercer toda profesión u oficio. La cuantía es fijada como en el caso anterior pero, en este caso, NO hace falta tener los 15 años cotizados.
Incapacidad permanente con gran invalidez. La cuantía de la pensión por gran invalidez estará for mada por el importe de la pensión que corresponda por incapacidad permanente (total o absoluta), incre mentada con un complemento destinado a remune rar a la persona que atienda a la beneficiaria/o.
Jubilaciones voluntarias
Puede solicitarse la jubilación voluntaria teniendo re conocidos 30 años de servicio al Estado y cumplidos sesenta años de edad. La persona funcionaria ha de efectuar la solicitud con tres meses de antelación sobre la fecha en que desee jubilarse.
Si para completar los 30 años exigibles, o bien para completar los años suficientes para percibir la pen sión máxima (32 años para Profesorado de Educación Secundaria y 35 para el Cuerpo de Maestras/os) hu bieran de computarse cotizaciones a otros regíme nes de protección social por aplicación de las normas sobre cómputo recíproco de cuotas entre regímenes de Seguridad Social (R.D. 691/1991, de 12 de abril), se requerirá que los últimos 5 años computables para la determinación de la pensión de jubilación estén cu biertos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado.
Procedimiento de solicitud
El procedimiento para la solicitud de la jubilación vo luntaria es mediante instancia a la Dirección General de Recursos Humanos con, al menos tres meses de antelación a la fecha en que vaya a ser efectiva. Es decir, cuando se cumple la edad o posteriormente, si la persona funcionaria que se va a jubilar así lo desea (fin de mes, fin de año o fin de curso).
Sobre un mes antes de la fecha de jubilación, la Consejería de Educación suele comunicar que el procedimiento está en marcha y el tiempo de servi cio que te reconoce. Si se tienen otros servicios co rrespondientes al Régimen General de la Seguridad Social, es Hacienda quien suma estos. Para poder comprobar cuánto corresponde de pensión según la fecha en la que se solicite la jubilación, existe una aplicación de Hacienda para hacer una simulación.
Desde el día siguiente al de la jubilación se pueden descargar desde Educarm los documentos de Cese y Reconocimiento de Jubilación. El Reconocimiento de Jubilación hay que presentarlo en MUFACE para que conste en el expediente, pero no cambia nada en cuanto a la atención sanitaria (se continúa en la mis ma compañía y en las mismas condiciones). También se presentará ese documento en Clases Pasivas de Hacienda desde el día 15 del mes siguiente a la ju bilación. En Clases Pasivas se puede solicitar el do cumento que acredita que se está jubilada/o por si se necesita a algunos efectos. Además, como hasta enero no retendrán el IRPF, se puede solicitar volun tariamente la retención si no se quiere pagar todo junto al hacer la declaración de la renta del año.
Guía del profesorado 2022 28
9. Guía útil del profesorado interino
9.1. Actos de adjudicación telemáticos
En los actos ordinarios a lo largo del curso el plazo de peticiones se inicia el martes a las 15h con la pu blicación de la convocatoria y del listado de vacantes ofertadas y se cierra el miércoles a las 11h, siempre que cualquiera de ellos no sea festivo. A las 9h saldrá un listado con todas las incidencias ordenadas por tipo.
Clave Educarm
Si no dispones de clave para poder acceder a la Zona privada de Educarm, clica en He olvidado mi contra seña y sigue los pasos.
Desactivación por un curso
Puedes solicitar la renuncia a tu participación en los actos de adjudicación para a un curso completo, pri mer cuatrimestre y segundo cuatrimestre siempre que lo solicites en tiempo y forma a través del apar tado “Renuncias Anticipadas” en tu Zona Privada de Educarm. A todos los efectos se considerará renun cia justificada y tendrá carácter irrevocable.
Causas justificadas de renuncia a la oferta
No se deberá participar en el acto de adjudicación si no se está interesado en trabajar por alguno de estos motivos, puesto que se consideran causas justifica das para no ser expulsado de la bolsa de interinidad:
a. Por enfermedad. Dispones de 5 días para justi ficarlo.
b. Por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento
c. Por cuidado de hijo o familiar hasta el segundo grado.
d. Por tener contrato laboral en vigor, y sólo mientras dure. Plazo de alegación: 1 mes. Tam bién por encontrarse trabajando o becado en el extranjero o en algún programa docente convo cado por la Administración Pública.
e. Por ejercicio de cargo público.
f. Cuando el estado de salud aconseje un centro de trabajo determinado.
g. Por viaje como consecuencia de matrimonio o situaciones asimiladas.
h. Por otras causas debidamente justificadas (víc timas de violencia de género, terrorismo,...).
Medidas de conciliación
Las personas con un hijo o hija menor de 12 años, o mayor con discapacidad, no estarán obligadas a par ticipar en los actos de adjudicación y podrán volun tariamente pedir cualquiera de los puestos ofertados, sin ningún tipo de exclusión o penalización
En el caso de tener a su cargo familiares dependientes de hasta primer grado que convivan en el mismo domicilio familiar tienen obligación de par ticipar en los actos, pero solo les exigirá pedir los puestos obligatorios ofertados en su municipio sin que el ejercicio de este derecho pueda dar lugar a ningún tipo de exclusión o penalización.
Causas justificadas de renuncia al puesto
Cuando habiendo pedido y sido adjudicado un centro la persona no se incorpore o renuncie a él, será eliminada de la lista de interinidad de la especiali dad en que se haya producido la renuncia, excepto en las siguientes situaciones justificadas:
a. Por cuidado de hijo o familiar hasta el segun do grado.
b. Por cambio a un puesto de trabajo de nivel superior en el ámbito de la CARM.
c. Por pasar de un nombramiento de jornada completa a tiempo parcial de la misma natura leza y duración.
d. Por obtener un puesto de trabajo o beca en el extranjero o en algún programa docente convo cado por la Administración Pública.
e. Cuando el estado de salud aconseje un centro de trabajo determinado.
f. Por otras causas debidamente justificadas .
Plazas no obligatorias
Se consideran plazas no obligatorias los tiempos parciales, itinerantes, aulas hospitalarias, aulas ocupacionales, aulas de acogida, centros de adultos, centros de menores y compensatoria. Las pla zas bilingües SI tienen carácter obligatorio.
Optar
Esta opción está disponible para aquellas personas que estén en más de una lista de interinidad. La opción optar se utiliza para evitar vacantes que no deseas coger. Al seleccionar la casilla optar le decimos al sistema que preferimos optar por la otra especialidad que tengamos (es decir, opto en la lista en la que prefiero no trabajar). Para más información, consulta la guía de los actos de adjudi cación de tu cuerpo.
Petición condicionada
Se usa para especificar que sólo quieres un tiempo parcial si quedan plazas obligatorias sin adjudicar que no hayas pedido antes de ese tiempo parcial. Ejemplo: vivo en Yecla y entre las plazas que puedo pedir aparecen una completa en Águilas y una par cial en Jumilla. Prefiero la parcial de Jumilla antes que la completa en Águilas, pero sólo en el caso de que me llegara la de Águilas, por ser obligatoria. En este caso, marcaría la casilla de Petición Condicio nada. Si quiero una completa, sea donde sea, no la marco. Tampoco la marco si quiero la parcial antes que la completa a pesar de ser parcial.
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GUÍA ÚTIL DEL PROFESORADO INTERINO
9.2. Confección de las listas de interinidad
A continuación vamos a hacer un resumen de las cuestiones más importantes para entender el proce so de ordenación de las listas de interinidad. Estas se regulan a partir del Acuerdo sobre personal docente interino (Resolución 3 de junio de 2021).
Al término de cada procedimiento selectivo celebra do en la Región Murciana se elaborarán nuevas listas SOLO de los cuerpos y especialidades convocados. La lista de maestras y maestros será única y figurarán en la misma todas las habilitaciones de las y los in tegrantes.
Una misma persona podrá pertenecer a listas dis tintas, siempre que cumplimente la correspondiente instancia y cumpla los requisitos para ello.
La ordenación se llevará a cabo teniendo en cuenta la nota de la fase de oposición de los procedimientos selectivos convocados por la Región de Murcia desde el año 2000 y la experiencia docente.
Figurarán en un primer bloque los integrantes que cuenten con un cinco o más entre tales notas, y a continuación el resto en un segundo bloque. Con el Acuerdo de 2021 se crea un nuevo grupo, tercer blo que, donde pasarán de oficio las personas que per tenezcan a varias listas vigentes (extraordinarias in clusive) y decaigan de su pertenencia a las mismas por presetarse a una oposición por la especialidad correspondiente a una de ellas, incompatible con presentarse al resto.
La puntuación que determinará el orden en cada uno de los bloques de la lista se obtendrá de la suma re sultante al aplicar el siguiente baremo:
BLOQUE 1 BLOQUE 2 BLOQUE 3
Nota más alta de oposición desde el año 2000
Experiencia docente hasta máximo 10 ptos.
Oposiciones aprobadas máximo 6 ptos.
cuerpos distintos para los primeros 10 años de servicio alegados. Para los 10 años siguientes, 0’4 pun tos por año trabajado en especialidades del mismo cuerpo y 0’2 en cuerpos distintos. En otros centros se valorará con 0’3 puntos por año trabajado en es pecialidades del mismo cuerpo al que opta el aspirante y 0’15 en especialidades de distinto nivel para los 10 primeros años de servicio alegados. Para los 10 años siguientes, 0’2 por año trabajado en especialidades del mismo cuerpo y 0’1 en especialidades de distinto nivel.
Las listas de personal docente interino de aquellas especialidades no convocadas a oposición a partir de 2015 se rigen por el anterior sistema de PREFEREN TE - NO PREFERENTE. Todas las especialidades que hayan sido convocadas a oposición a partir de 2015 ya han sido rebaremadas, y se rigen por el sistema Bloque 1 y Bloque 2. Aunque existen unas cuantas ex cepciones, recogidas en el Acuerdo de Personal Do cente Interino de 2021 que no han tenido oposiciones desde antes de 2000, y no se rebaremarán en primera convocatoria.
En caso de estar en el Bloque 1 NO necesitarías pre sentar instancia en las siguientes oposiciones para mantenerte en las listas. Si, por el contrario, estás en el Bloque 2, SI tienes que presentar instancia y presentarte a las pruebas de la fase de oposición. Si tu especialidad todavía está en el antiguo sistema de PREFERENTE y NO PREFERENTE (la última convo catoria fue antes de 2015) tienes que presentar ins tancia obligatoriamente.
Concurrencia de listas
En ocasiones, por necesidades del servicio, como el agotamiento de una lista o la falta de un perfil con creto, se recurre a la participación voluntaria de inte grantes de distintas listas de interinidad para la co bertura de un puesto de otra lista. Podrá exigirse la realización de un examen específico.
Nota obtenida en la fase de oposición del último proceso selectivo.
Experiencia docente hasta máximo 10 ptos.
Ordenado exclusiva mente por la expe riencia docente.
Desempates:nota media del expediente académico
Listas extraordinarias
En caso de que se agote una lista podrán constituir se listas extraordinarias que permanecerán vigentes hasta la celebración del siguiente procedimiento se lectivo. Figurarán en primer lugar todos los que pre senten la titulación idónea y a continuación quienes cuenten con una titulación equivalente a efectos de docencia, ordenados en ambos casos por la media que conste en el expediente académico del título ale gado.
La experiencia docente se tendrá en cuenta hasta la fecha de fin de plazo de presentación de instancias del correspondiente procedimiento selectivo. En cen tros públicos se valorará con 0’6 puntos por año tra bajado en especialidades del mismo cuerpo y 0’3 en
En caso de que la convocatoria incluya prueba, serán ordenados por el resultado de la misma, con inde pendencia del carácter del título alegado. En tanto se constituyen estas listas podrá recurrirse a procedi mientos de urgencia como acudir a las listas del Ser vicio de Empleo y Formación (SEF).
Guía del profesorado 2022 30
Tabla resumen de listas de interinidad y Oposiciones
LISTA PREFERENTE-NO PREFERENTE
INTEGRANTES
Interinas/os cuya especialidad no ha sido convocada desde antes de 2015
BLOQUE I BLOQUE II
Personal interino con al menos una oposición aprobada desde el año 2000
Interinas/os con ninguna oposición aprobada desde el año 2000
OBLIGATORIEDAD DE PRESENTARSE AL PROCESO DE SELECCIÓN /OPOSICIONES
PRESENTACIÓN DE INSTANCIA OBLIGATORIO VOLUNTARIO OBLIGATORIO
PAGO DE TASAS OBLIGATORIO VOLUNTARIO
PRESENTACIÓN AL EXAMEN
Obligatorio solo si no ha aprobado ninguna oposición desde el 2000
Solo si se quiere mejorar la nota (Importante: para optar a plaza se cuenta solo la nota de la oposición del año vigente).
OBLIGATORIO
OBLIGATORIO
CONFECCIÓN DE LA LISTA DE PERSONAL INTERINO SIN PLAZA RESULTANTE
CONFORMACIÓN DE LOS INTEGRANTES
Se extingue la lista, y se reasigna a las interinas/os en BLOQUE I y BLOQUE II
Se mantienen en el mismo bloque, ordenados según baremo
Nota más alta desde 2000 (máx.10p)
-Si aprueban pasan a BLOQUE I, ordenados según baremo -Si suspenden se mantienen en BLOQUE II, ordenados según baremo
Nota de la oposición de ese año
BAREMO
Experiencia docente (máx. 10p)
oposiciones aprobadas (máx. 6 p)
Experiencia docente (máx.10 p)
BAREMO
CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS DE FUNCIONARIADO PARA INTERINA/OS SELECCIONADOS EN EL PROCESO DE OPOSICIÓN
2/3 Fase de oposición (nota de ese año)
1/3 Fase de concurso (Experiencia docente + Méritos recogidos en la Convocatoria de Oposiciones en vigor)
31 GUÍA ÚTIL DEL PROFESORADO INTERINO 9.3.
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9.4. Cobro del verano
La situación laboral del personal docente interino du rante los meses de verano (julio y agosto) así como el cobro de su correspondiente retribución ha sido materia de continuos recortes por parte de la Admi nistración. Esta es una de las herramientas de pre carización laboral del profesorado interino que se ve sometido a la inestabilidad que ha generado la propia Consejería de Educación.
A partir de 2012 esta misma Consejería se desvinculó de los acuerdos firmados previamente y durante cua tro años expulsó del sistema a miles de docentes y dejó de pagarles las retribuciones correspondientes. Después de cientos de denuncias y un largo proceso judicial la sentencia 966/2018 del Tribunal Supremo forzaba a la Administración a negociar el abono de los atrasos al colectivo docente interino para evitar el aluvión de juicios que estaban todavía pendientes en otras instancias judiciales.
La negociación permitió garantizar el abono de atra sos a funcionarios docentes de los veranos de 2012,
2013, 2014 y 2015 de acuerdo a las condiciones pre vias para los veranos 2012 y 2013, 255 días trabajados, y se amplió en las mismas condiciones para los ve ranos 2014 y 2015.
El personal que ganó la sentencia cobró a lo lar go del año 2018, mientras que el resto del personal percibirá las retribuciones año a año, empezando a abonarse el verano de 2012 a lo largo de 2019 y así sucesivamente.
A fecha de febrero de 2022 no todo el personal inte rino había recibido el cobro del verano de 2014, que dando todavía pendiente parte de este y el cobro del verano correspondiente a 2015. El orden de cobro se rige por criterio de antigüedad.
En la actualidad el cobro del verano se realiza solo si has trabajado 255 días. Desde STERM Intersindical seguimos defendiendo volver a los 165 días trabajados, cifra previa a los recortes en educación.
Guía del profesorado 2022 32
9.5. Medidas de apoyo a la maternidad
A lo largo de los últimos años STERM ha participado en las negociaciones para apuntalar los derechos re lativos a la maternidad, y equiparar a las compañeras interinas con las funcionarias de carrera.
Así se consiguió recuperar el mes de agosto como va caciones independientes de la maternidad, también para interinas con nombramiento a curso completo, la adaptación al puesto a partir de la 25 semana, el poder renunciar justificadamente o pedir reserva en los actos de adjudicación, o el derecho a retomar ex cedencia en distintas ocasiones.
En cuanto al derecho a retomar las excedencias por hijo/a menor para interinos/as:
a) Derecho a retomar la excedencia en distintas ocasiones, con incorporación efectiva al puesto. El tiempo mínimo de permanencia en esta exceden cia es de dos meses. El tiempo de excedencia computará en la hoja de servicios
b) El cómputo de tiempo de excedencia por cuidado de hija/o menor se dará en las mismas condicio nes que el del personal interino en activo: - Si alcanza los 255 días actuales genera dere cho a cobrar el verano. - Si no alcanza 255 días, solo computan los ser vicios prestados.
Tras el acuerdo tercero de la Mesa General de nego ciación del 13 de diciembre de 2021 se establecieron nuevas medidas de conciliación y apoyo a la mater nidad:
a) Se concederá un permiso retribuido de cinco días hábiles a las mujeres embarazadas a disfru tar entre la semana 33 y 37 de embarazo con an terioridad al permiso para las empleadas públicas en estado de gestación.
b) Las personas que formen parte de una bolsa de empleo temporal o lista de espera para la ad judicación de puestos de trabajo o nombramientos temporales, con un hijo o hija menor de 12 años o mayor con discapacidad podrán renunciar al mis mo sin ser excluidas ni penalizadas por ello. En caso de tener a su cargo familiares dependientes de hasta el primer grado que convivan en el mis mo domicilio familiar podrán renunciar cuando el puesto de trabajo ofrecido lo sea en un municipio distinto al de residencia sin ser excluidas ni pena lizadas.
Criterios de interpretación para el ámbito educativo por acuerdo del Grupo de Trabajo de la Mesa Secto rial de Educación de 21 de enero de 2022:
1. Las personas que formen parte de las listas de espera para la cobertura de puestos docentes, con un hijo o hija menor de 12 años, o mayor con discapacidad a su cargo, no estarán obligadas a participar en los actos de adjudicación y, en caso de hacerlo, podrán voluntariamente pedir cual quiera de los puestos ofertados, sin ningún tipo de exclusión o penalización.
2. Las personas que formen parte de las listas de espera para la cobertura de puestos docentes que tengan a su cargo familiares dependientes de has ta primer grado que convivan en el mismo domi cilio familiar tienen obligación de participar en los actos, pero solo les será exigible pedir los puestos obligatorios ofertados en su municipio de residen cia, sin que el ejercicio de este derecho pueda dar lugar a ningún tipo de exclusión o penalización.
Desde STERM Intersindical seguiremos luchando por conseguir un acuerdo que mejore las condicio nes actuales y ponga fin a situaciones de desigual dad.
Además reivindicamos que tanto el permiso de maternidad como el de paternidad sean intransferibles y como mínimo de 6 meses, tal y como aconseja la Organización Mundial de la Salud y como ocurre en otros países europeos.
De igual modo, en lo relativo a la excedencia por cui dado de familiares pedimos que las y los funciona rios en excedencia por cuidado de hija/o menor de tres años mantengan su puesto de trabajo durante todo este periodo.
33 GUÍA ÚTIL DEL PROFESORADO INTERINO
Itinerancias
Las itinerancias, es decir, los desplazamientos del profesores entre diferentes centros donde realizan su labor docente, viene regulada por la Orden de 29 de noviembre de 2000 por la que se establecen los criterios y procedimientos de actuación para los fun cionarios docentes que desarrollan su actividad edu cativa de forma itinerante en centros públicos depen dientes de esta Comunidad Autónoma. Además, cada año este marco de regulación queda reflejado en la Orden de Recursos Humanos, en este caso, la Orden de 29 de junio de 2021 por la que se establecen pro cedimientos en materia de recursos humanos para el curso 2021-2022.
En todo caso se debe tener en cuenta que la acep tación para desempeñar vacantes con carácter iti nerante que puedan adjudicarse al personal interino será siempre voluntaria
En la confección del horario lectivo de los colegios ru rales agrupados (CRA) así como aquellos con profe sorado itinerante deberán prever el menor número posible de desplazamientos del profesorado.
Siempre que las reducciones horarias por itineran cias no impidan la adecuada prestación del servicio educativo se procurará agrupar los tiempos parcia les de una localidad o localidades limítrofes. A estos efectos serán de aplicación los siguientes criterios:
Primaria
Se aceptarán como mínimo las siguientes itineran cias a efectos de computar como jornada
En cuanto
horario
dedicación
profesorado, en el caso de las itinerancias, éste habrá de guardar debida proporción con las horas lectivas que el profesorado tiene asignado en cada uno de los centros.
El profesorado itinerante disfrutará de los días no lectivos de la localidad en la que está establecido el domicilio oficial de su centro de origen, debiendo acudir a realizar su trabajo a este centro los días no lectivos de la localidad o localidades donde se ubi quen los otros centros docentes en los que también presta serivicios.
El profesorado itinerante a tiempo completo im partirá, al menos, un periodo lectivo con grupos de alumnado cada uno de los días de la semana.
Por parte de los directores de los centros se facilitará la asistencia de este profesorado a los claus tros de modo que no se convoquen de modo siste mático en un mismo día de la semana que impida su participación.
Aquellos funcionarios que desempeñen un puesto de trabajo de jornada reducida deberán realizar di cha jornada, en la proporción que les corresponda, adaptada al horario lectivo y necesidades del centro de servicio. De acuerdo con las posibilidades orga nizativas de los centros se procurará, respetados los criterios pedagógicos establecidos por los cen tros para la confección del horario del alumnado, agrupar el horario de este profesorado, en un único turno y con una distribución horaria semanal de dos a cuatro días. (Disposición adicional decimoquinta)
Cobro de dietas
Los partes de itinerancias se realizarán mensual mente. Este modelo se cumplimentará y remitirá por correo ordinario en los 5 días siguientes al mes en que se realizó la itinerancia.
Otras enseñanzas
Se aceptarán las siguientes itinerancias
efectos de computar como jornada
Aquellos profesores itinerantes que realicen por pri mera vez este servicio, o hayan cambiado de cuenta bancaria, deberán remitir, junto con el primer parte de ltinerancia, copia de la cartilla o certificado ban cario donde conste Nombre, DNI y los 20 dígitos de la cuenta del interesado.
El importe se calculará al multiplicar por 0’20€ el total de kilómetros realizados en los desplazamien tos (Ida y Vuelta) desde el centro de origen, al centro complementario.
máximo viene establecido por la jornada
horas
Desde STERM hemos solicitado la necesaria actua lización de dichas cuantías que no han sido modifi cadas en los últimos 15 años.
Guía del profesorado 2022 34 10.
completa: Horas lectivas Horas itinerancia Nº total horas 21 2 23 20 3 23 19 4 23 20 mismo centro
a
completa: Horas lectivas Horas itinerancia Nº total horas 18 2 20 19 2 21 18 mismo centro El
laboral que es de 25
en primaria y 21 en secundaria.
al
complementario de
del
11. Seguridad y salud laboral
11.1. Prevención de riesgos laborales
La Consejería de Educación dispone en el edificio administrativo de La Fama, de un Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, así mismo y con el fin de facilitar la implementación de la prevención en el centro docente, se ha creado la figura del Coordinador/a de Prevención de Riesgos laborales.
El Servicio de Prevención tiene como funciones asesorar, asistir y apoyar en materia preventiva a los centros educativos dependientes de la Consejería, a las y los empleados públicos y a sus representantes, así como vigilar y controlar el absentismo laboral.
A continuación presentamos una tabla con algunos de los riesgos más comunes asociados a la labor docente con las posibles causas y las medidas preventivas que pueden ayudarnos a evitarlas.
RIESGO CAUSA MEDIDAS PREVENTIVAS
Caídas al mismo nivel
Caídas a distinto nivel
Caídas de objetos
Choques contra objetos
Contactos eléctricos
Contaminantes biológicos
Medio ambiente físico de trabajo
Mal estado del suelo, derrames, presen cia de obstáculos...
Mal estado del suelo, presencia de obs táculos, escaleras fijas...
Almacenamiento y manipulación inade cuada. Deficiencias en las estanterías.
Golpes contra objetos: mesas, sillas... por falta de orden y limpieza.
Manipulación de cuadros eléctricos, manipulación de equipos que se utili zan como soporte en la impartición de clases...
El docente es considerado como perso nal de riesgo por contagio de enferme dades infecciosas.
Disconfort debido a alteraciones en el microclima de trabajo que se crea en el aula.
Mantener libre de obstáculos las zonas de paso, recoger de forma inmediata cualquier derrame...
No utilizar mobiliario como escaleras, no circular por escaleras con objetos que impidan la visibilidad o con calzado inestables...
Mantener ancladas las estanterías, no cargar en ex ceso los estantes, evitar colocar objetos en la zona superior de las estanterías...
Asegurar el orden y limpieza en las áreas de tra bajo, disponer de espacio entre las mesas, cerrar cajones y puertas de muebles...
Asegurarse del buen estado de los aparatos eléc tricos, desechar cables estropeados, desconectar equipos electrónicos tirando de la clavija (nunca del cable), no sobrecargar los enchufes abusando de ladrones o regletas...
Ventilación cruzada en aulas, puertas con rejillas de ventilación, higiene de manos, distancias y ratios adecuadas, vacunación antigripal y anti-SARS.
Controlar los factores de riesgo: temperatura, ventilación, humedad, iluminación, ruido, etc; tem peraturas entre 17ºC y 27ºC, nivel de iluminación de 500 Lux, evitar fuentes luminosas frente a los ojos, renovación periódica del aire en el aula, evitar corrientes de aires...
Carga física: esfuerzo de la voz
Carga física: posturas forzadas
Factores de riesgos psicosociales
Accidentes de tráfico
Esfuerzo mantenido por la voz, condi ciones ambientales, hablar demasiado fuerte y rápido, inhalación de polvo de tiza,...
Permanecer en una misma posición o adoptar posturas inadecuadas mucho tiempo.
Trabajo sin medios adecuados, carga laboral excesiva, exposición emocional, violencia psicológica o física, multiplica ción de tareas debida a la digitalización, conflictos en el centro, distancia excesi va entre domicilio y centro
Desplazamientos al ir y volver del centro de trabajo.
Utilizar tizas antialérgicas y antipolvo, evitar am bientes secos y calientes, no hablar mientras se escribe en la pizarra, evitar el estrés que puede afectar a la voz, evitar tensar los músculos de la cara, cuello, garganta...
Emplear útiles y mobiliario con diseño adecuado y confortable, verificar su buen estado de conser vación, mantener la espalda recta, utilizar calzado adecuado, realizar estiramientos...
Identificación de las fuentes de estrés, diferenciar entre obligaciones laborales y “voluntariado edu cativo”, exigir una digitalización no invasiva y el derecho a la desconexión.
Respetar el Código de Circulación, incrementar el uso del transporte público, usar el cinturón de se guridad, no utilizar el móvil durante la conducción...
35
SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
11.2. Reconocimiento médico
La vigilancia de la salud como actividad preventiva va dirigida a proteger la salud de las y los trabajadores por medio de reconocimientos médicos, estadísticas de accidentes, estudios de absentismo, encuestas de salud, etc, todo lo que aporte información sobre el estado psico-físico de los y las empleadas públicas.
Los examenes de salud o reconocimientos médicos tendrá un carácter voluntario, salvo de las y los fun cionarios en prácticas y el de las y los interinos nom bradas, cuya obligatoriedad se recoge en distintas normativas.
Las solicitudes de reconocimiento se harán a través de la circular que a principio de curso se remiten a los centros educativos.
11.3. Accidente laboral
Se trata de toda lesión corporal que el trabajador su fre con ocasión o por consecuencia de la prestación del servicio educativo. En esta definición se incluye: los accidentes en el lugar y durante el tiempo de trabajo, accidentes in itinere, accidentes en misión y accidentes de cargos electos de carácter sindical, entre otros.
En caso de sufrir un accidente laboral se deberá atender a la condición laboral del docente puesto que existen diferencias en función de si es dependiente del Régimen Especial de MUFACE, la gran mayoría de los y las funcionarias de carrera, o del Régimen General de la Seguridad Social, como en el caso del colectivo docente interino.
- Si el accidente en acto de servicio afecta a un em pleado público dependiente del Régimen Especial de MUFACE, la asistencia médica será dispensada por la entidad privada o pública elegida por el fun cionario; y la solicitud de reconocimiento del acci dente se realizará según se especifica en la página Web de la Consejería dentro del tema “Prevención de Riesgos Laborales” en el apartado de Riesgos Laborales en Educación, Área de Salud Laboral.
- Si el accidente laboral afecta a un empleado pú blico dependiente del Régimen General de la Seguridad Social, la asistencia médica será dispensada por la Mutua IBERMUTUAMUR, así como su reco nocimiento y emisión, si procede, de la baja laboral (que será remitida a la Dirección del Centro).
Cualquier incidencia que produzca lesión, debemos tramitarla con un parte de urgencia que deje claro que es un accidente laboral.
11.4. Bajas por enfermedad
¿Cómo tramito mi baja?
Cuando causes baja tendrás que escanear el parte y subirlo al apartado Mis bajas telemáticas en tu zona privada de Educarm. La aplicación discrimina entre el personal afiliado a MUFACE y a la Seguridad Social. Si eres funcionaria/o, te pedirá que renueves la baja cada 15 días y, si eres interina/o cada 7. No te preo cupes si tu médica/o te ha dado una baja más larga, en la Consejería hay compañeras trabajando para que podamos ejercer nuestros derechos y cambiarán la duración de tu baja.
¿Quién me paga?
Si eres interina/o te pagará la Seguridad Social pero, si eres funcionaria/o, una parte de la nómina te la pa gará MUFACE. En este caso, tendrás que solicitarlo a partir del día 90 de la baja.
¿Y si me llama la inspección?
Puede que durante el tiempo que estés de baja re cibas una citación de la inspección médica del INSS (Seguridad Social), que tiene unas tablas de curación de secuelas, y te citarán o no según tu enfermedad y el tiempo que lleves de baja. En caso de que recibas una notificación de incorporación, debes acudir a tu puesto de trabajo al día siguiente de recibirla.
¡PÁSATE A LA PÚBLICA!
Si eres de MUFACE , puedes pasarte de tu entidad privada al Sistema Nacional de Salud en los siguientes plazos: -Del 1 al 30 de enero.
Solicita el cambio de entidad por cualquiera estas vías: -En cualquier delegación de MUFACE. -A través de su registro electrónico, cumplimentando la solicitud telemática.
Guía del profesorado 2022 36
11.5 Acoso Sexual y Acoso por razón de Sexo en el ámbito laboral
Uno de los problemas más ninguneados por la Ad ministración y por los centros, amparados gene ralmente por la inseguridad y miedo de las propias víctimas, es el Acoso Sexual y el Acoso por Razón de Sexo. Problema que supone la vulneración de varios derechos fundamentales: el derecho a la li bertad sexual, a la dignidad, a la intimidad, y, a la no discriminación por razón de sexo, y a la salud y la seguridad en el trabajo, como queda recogido en el artículo 7 de la Ley Orgánica 3/2007 para la igual dad efectiva de mujeres y hombres.
Esta nueva definición de la ley por fin excluye la res ponsabilidad de la víctima y se centra únicamente en el carácter ofensivo, intimidatorio o degradante, de la conducta de acoso.
Tipos de acoso
1.Acoso sexual: Cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entor no intimidatorio, degradante u ofensivo.
Ejemplo: Vaya culo te hace ese vestido, dan ganas de sobártelo.
Puede manifestarse de dos formas:
· Chantaje sexual: relación jerárquica en la que la víctima tiene rango inferior.
· Acoso ambiental: víctima y agresor tienen el mis mo rango jerárquico.
2.Acoso por razón de sexo: Cualquier comporta miento realizado en función del sexo de una perso na, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degra dante u ofensivo.
Ejemplo: Las mujeres no sabéis hacer nada bien.
La diferencia entre ambos radica en que, mientras la primera se circunscribe al ámbito de lo sexual, el acoso por razón de sexo supone un tipo de situacio nes laborales discriminatorias mucho más amplias, sin tener porqué existir intencionalidad sexual por parte de la persona agresora.
Conductas propias del acoso
El acoso no supone un comportamiento único, sino que incluye una variedad de situaciones entre las que se encuentran:
·Las bromas y comentarios sobre la apariencia o condición sexual de la trabajadora o el trabajador.
· El uso de imágenes, fotografías o dibujos de conte nido sexualmente explícito.
·Las comunicaciones (llamadas telefónicas, correos electrónicos, etc) de contenido sexual y carácter ofensivo.
·El contacto físico deliberado y no solicitado, o un acercamiento físico excesivo o innecesario.
·Las invitaciones persistentes para participar en actividades sociales, pese a que la persona objeto de las mismas haya dejado claro que no son deseadas.
·Las invitaciones o peticiones de favores sexuales, cuando estas estén relacionadas, directa o indirec tamente, a la carrera profesional, la mejora de las condiciones de trabajo o la conservación del puesto de trabajo.
·Los comportamientos que busquen la vejación o humillación de la persona trabajadora por su con dición sexual.
Consecuencias
Ambos tipos de conducta constituyen una muestra de la desigualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y, como tal, se califican como vulne raciones del principio de igualdad.
Aunque en los centros educativos la continuidad de una maestra o profesora en el centro no depende (aún) de los criterios subjetivos de ningún supe rior, el acoso sí tiene una incidencia directa sobre su puesto de trabajo, sus condiciones y su estado emocional o psíquico. Además, la degradación del ambiente de trabajo repercute negativamente so bre la motivación y la salud no solo de la víctima, sino también del resto de trabajadoras y trabajadores, y genera una disminución del rendimiento y absentismo, o lo que es lo mismo, la pérdida de productividad.
Medidas
Dado que ambos tipos de acoso se producen en el ámbito laboral, el tratamiento de estas situaciones debe realizarse desde el Servicio de Prevención y Salud Laboral, tal como señala la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Por tanto, tanto víctimas como testigos que vean que las víctimas no se atreven a afrontar su situa ción, deben poner en conocimiento de los respon sables de Prevención de riesgos laborales lo que está ocurriendo. La víctima permanecerá anónima si así lo desea.
Recordamos que existe un Protocolo de actuación para estos casos, que puedes consultar en la Reso lución de 12 de septiembre de 2014, de la Secretaría General de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se publica el protocolo de actuación para la prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo, en el ámbito de la Administración Pública de la Región de Murcia.
37 SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
12.1. Efectos sobre la salud
Los asbestos, como también se conoce al amianto, puede provocar cáncer de pulmón, laringe, ovario, asbes tosis y mesotelioma. El simple hecho de respirar una sola de estas fibras puede provocar que se aloje en el cuerpo humano y dé lugar a estas enfermedades, que resultan mortales a largo plazo.
12.2. En qué centros educativos se encuentra
Basta con echar un vistazo a simple vista al tejado de cualquier centro educativo para comprobar si tiene una cubierta de amianto, aunque en algunos casos se hicieron obras de reforma se instaló un faldón y es más difícil de detectar.
La Consejería de Educación de la Región de Murcia, tras varios años de insistencia, publicó un listado donde aparecen 133 centros que cuentan con amianto en sus instalaciones, aunque este listado no es exhaustivo, ya que hay más centros educativos detectados y que no se encuentran presentes en ese listado.
Guía del profesorado 2022 38
12.3. Qué es
El amianto es un material mineral que se usa- ba sobre todo en las cubiertas de fibrocemento (ura lita) en la década de los 70, pero también se puede encontrar en las fachadas, bajantes e incluso en algunas pizarras.
Mientras el amianto esté intacto no resulta peligroso para la salud, pero agotada su vida útil, de entre 20 y 35 años, puede empezar a descomponer se y a soltar fibras. Son estas fi- bras las que resul tan peligrosas para la salud.
12.4. Legislación sobre la retirada
- En España se prohibió el uso y comercialización del amianto en 2002
- La legislación vigente establece que debe retirar se obligatoriamente cuando se encuentre en mal estado o ha llegado al final de su vida útil, sin dar lugar a reparaciones, y ha de realizarse por una empresa especializada
- La Asamblea Regional aprobó en noviembre de 2015 una moción en la que se instaba al Go- bierno Regional a la retirada del amianto de las escuelas murcianas.
12.5. Cómo lo hace la Consejería de Educación
Tal y como aparece recogido en la web de Transparencia CARM, “La Consejería de Educación y Uni versidades, dentro de la Estrategia Regional de Re visión y Reformas de Infraestructuras Educativas, tiene por objetivo la retirada de las cubiertas de fi brocementos existentes en los centros públicos con el horizonte temporal de 2028”.
Para ello se basan en criterios de estado del mate rial, antigüedad y oportunidad, aprovechando que en el centro educativo se realice alguna obra de enver gadura.
La realidad es que cada año aparece reflejada en los Presupuestos Regionales una partida para retirar la cubierta de fibrocemento en dos o tres centros y prima el criterio de oportunidad sobre el del dete rioro del material.
12.6. ¿Qué se puede hacer?
Los centros educativos, además de centros de en señanza, son centros de trabajo y están, por tanto, sometidos a la normativa de prevención de riesgos laborales. Se puede actuar, por tanto, desde varios frentes;
- Las AMPAS deben estar informadas de la presen cia de amianto en el centro educativo y las conse cuencias que de ello se desprenden.
- Los centros educativos deben informar a la Consejería de Educación, en caso de no aparecer en el listado publicado, de la presencia de cubiertas de fi brocemento en el centro.
- Asimismo, tienen derecho a pedir mediciones al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería.
- En caso de no estar conformes, tienen derecho a acudir a la Inspección de Trabajo para exigir el cum plimiento de tus derechos.
- Las administraciones locales también deben apoyar la retirada de este material altamente per judicial para la salud.
- Los sindicatos trasladan las quejas de las personas trabajadoras a la Administración. Cuéntanos tu caso y lo denunciaremos en el Comité de Seguridad y Salud Laboral.
39
SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
13. En pie por el Planeta
Desde STERM apoyamos las iniciativas para declarar el Estado de Emergencia Climática en ayunta mientos y en la Asamblea Regional con el fin de que se tomen medidas cuanto antes para paliar los efectos del cambio climático
Aquí te dejamos algunas ideas para que tú puedas participar activamente ante la Emergencia Climá tica, tanto desde tus pequeñas acciones en el día a día, como a través de las necesarias exigencias a la Administración:
Asegurarme de que al menos a última hora ordenadores y proyectores se quedan correctamente apagados en el aula
Unirme a las protestas y movilizaciones en defensa del planeta
Disminuir el material impreso, fomentando los medios informáticos
Trabajar el Patrimonio artístico y cultural en las UUDD
Incluir materiales reciclados y reutilizados en las actividades
Tratar el medio ambiente transversalmente en todas las UUDD
Depositar la basura en los recipientes correctos
Ser creativa/o y desarrollar mis propias medidas y actividades para concienciar al alumnado y a mis compañeras/os
Compartir vehículo con gente de mi centro u otros centros
Introducir el huerto escolar en tus materias
Utilizar transporte público o bici siempre que sea posible
Llevar mi propia botella de agua reutilizable
Utilizar sandwicheras para el almuerzo, evitando papeles o plásticos desechables
Realizar actividades al aire libre
Vestir priorizando la moda sostenible
Guía del profesorado 2022 40
¿Qué puedo hacer yo?
Bioclimatización de los centros
Colocación de luminarias LED
Ventanas y cerramientos bien aislados
Fomento del transporte público y el vehículo compartido
Eliminación del plástico en los comedores escolares
Papeleras para residuos específicos y/o tóxicos
¿Qué debo exigir a la Administración?
Surtidores de agua en patios y salas comunes
Eliminación del amianto
Papeleras diferenciadas
Habilitación de caminos seguros para ir en bici o a pie
¿Reciclas correctamente?
CONTENEDORES DE RESTOS RECICLABLES COLOR
QUÉ DEPOSITAR
Azul: papel y cartón
Cajas de cartón Papel Revistas
Bolsas de papel
Cajetillas de tabaco sin plástico
Amarillo: envases, metal y bricks
Verde: vidrio
Botellas de agua Latas de refrescos Envases de alimentos
Papel aluminio Bricks de zumos, batidos y leche Latas de conserva Metales ligeros Aerosoles vacíos
Botellas de vídrio Tarros de cristal Frascos de cosmética y perfumería
Más aparcabicis en los centros
QUÉ NO DEPOSITAR
Papeles con restos de comida Papeles plastificados Papeles con aluminio Blisters de medicamentos
Grapas ni gusanillos
Envases con aceites tóxicos
Envases de pintura Envases de medicamentos
Bombillas
Tapas de los envases y tarros de vidrio Ladrillos, cerámica...
41 13.1.
EN PIE POR EL PLANETA
STERM
STERM Intersindical participa activamente en la Comisión de Salud y Seguridad Laboral que trimestralmen te se reúne en la Consejería de Educación para evaluar las actuaciones en esta materia.
Una de nuestras reivindicaciones históricas gira en torno a la necesidad de ampliar el catálogo de enfermedades profesionales relacionadas con el ejercicio de la docencia. Actualmente, tan sólo los problemas de voz forman parte de la lista de enfermedades profesionales.
Desde STERM Intersindical reivindicamos que tanto el estrés o el síndrome del profesional quemado (burnout) o las enfermedades músculo esqueléticas entren a formar parte del catálogo de enfermedades profe sionales de la docencia.
Además, nos preocupan mucho las condiciones térmicas en las que muchos profesionales de la docencia ejercen su trabajo, sobre todo durante las temporadas de más calor en nuestra región: desde el mes de mayo hasta octubre. Durante esta temporada veraniega, cada vez más larga y con picos de temperatura más elevados, las aulas de nuestros centros educativos pueden llegar a alcanzar e incluso superar temperaturas de más de 35º.
Ante este tipo de situaciones los centros pueden adaptar el desarrollo de las actividades previstas en septiembre y junio, con vistas a evitar la impartición de clases en el exterior en los momentos de excesivo calor, pudiendo suspender todo tipo de actividad física o deportiva a partir de las 11 horas.
Aprovechamos para recordaros que el RD 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones ciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, determina que en el caso de superar los 27ºC en el interior de las aulas pueden cesar su actividad laboral si consideran que continuar ejerciendo la actividad entraña un riesgo grave e inminente.
Desde STERM Intersindical consideramos necesaria la bioclimatización de los centros educativos para dar respuestas inmediata a los problemas de los centros y para contribuir a abordarlos desde un enfoque bioclimático que conecte directamente con los compromisos de sostenibilidad y acción contra el cambio cli mático. Para ello son requisitos indispensables la participación de la comunidad educativa y el compromiso de las administraciones.
Otro elemento que durante muchos años ha sido objeto de preocupación por nuestro sindicato ha sido la retirada y eliminación definitiva de todas las cubiertas externas de fibrocemento que en su composición pre sentan amianto, una sustancia que se ha catalogado como tóxica.
La propia Unión Europea ha avisado a España de la necesidad de eliminar estos materiales que fueron usa dos abundantemente en la construcción de centros educativos durante los años 70 y 80.
Por ello, exigimos a la Administración que ponga los recursos necesarios para eliminar estos materiales de todos los centros educativos de la Región de manera que se cumplan los plazos dispuestos por la Comuni dad Europea que marca como fecha límite el año 2028. En la actualidad son más de 130 los centros afectados en nuestra región y el ritmo de eliminación de cubiertas de fibrocemento no supera los 6-7 centros por año por lo que animamos a la administración para que tome las medidas necesarias para cumplir con los plazos previstos.
Guía del profesorado 2022 42
REIVINDICACIONES DE
INTERSINDICAL
¿QUÉ PUEDO HACER YO?
Si NO estás afiliada al sindicato, afíliate. Pue des hacerlo en nuestra sede, por internet com pletando el formulario de nuestra web www.in tersindical/ensenanza/afiliate, o a través de la delegada sindical de tu zona.
Si ya estás afiliada, participa en la vida sindical a través de las asambleas y de los actos que con voca el sindicato. Si necesitas ayuda, pídesela a la delegada o el delegado sindical de tu zona.
Conviértete en Enlace de Centro y forma parte de una red compuesta por cientos de profesio nales que defienden la escuela pública y a sus docentes. Sé un nudo de comunicación en dos direcciones: del sindicato a las trabajadoras y trabajadores y viceversa.
Nuestro modelo es más legítimo cuanto mayor es la participación. No queremos un sin dicalismo donde unas burocracias sindicales toman las decisiones en nombre de las trabaja doras y los trabajadores sin ni siquiera haberlas consultado. En STERM decide la asamblea de docentes.
Por una Educación pública, laica, diversa e inclusiva, STERM Intersindical, tu sindicato transparente y