C ONTENIDO
Marco legislativo de la bioética:
Normas(Asociación Nacional de Bioética)
Códigos de conducta bioética, internacionales
Cartas de derecho del paciente
Cartas de derecho del personal de salud
Legislación(Ley general de salud)
Ley general de los Adultos Mayores
M ARCO LEGISLATIVO
El marco legal proporciona las bases sobre las cuales las instituciones construyen y determinan el alcance y naturaleza de la participación política. En el marco legal regularmente se encuentran en un buen número de provisiones regulatorias y leyes interrelacionadas entre sí. Su fundamento en muchos países es La Constitución como suprema legislación, que se complementa con la legislación promulgada por un parlamento o legislatura donde se incluyen leyes, códigos penales, y Regulaciones, que incluyen Códigos de Conducta/Ética, dados a conocer por distintas instancias reguladoras que guardan estrechos vínculos con la materia en cuestión.
LA DECLARACIÓN RELATIVA A LAS NORMAS UNIVERSALES SOBRE LA BIOÉTICA. UNESCO. OCTUBRE 2005
El hombre ha practicado demasiado la discriminación del otro, del diverso; muchas veces los ha sometido, explotado y eliminado. Poco a poco, con grandes dificultades y contradicciones, la humanidad ha ido progresando en la capacidad de reconocer y respetar al otro sin discriminarlo; ha ido entendiendo que no se puede aceptar la explotación del otro o su eliminación por motivo de su color, raza, lengua, cultura, religión, sexo, condición física o psicológica, etc. Se ha ido progresando en la comprensión de la igualdad en la dignidad de todos los seres humanos, prescindiendo de sus condiciones y sus circunstancias.
Estas causas originaron esta declaración a continuación señalo sus principales artículos.
N ORMAS
UNIVERSALES SOBRE LA BIOÉTICA
Engloba diferentes caracteres:
Artículo 1 - Alcance
Artículo 2 - Objetivos :
proporcionar un marco universal de principios fundamentales y procedimientos
básicos
políticas en el ámbito de la bioética, y servir de base para dar a las instituciones,
agrupaciones y personas interesadas orientaciones en materia de bioética;
-
para orientar a los Estados
en la formulación
velar por el respeto de la dignidad humana
de sus legislaciones
y la protección
y
de los derechos
humanos
decisiones en materia de bioética, de conformidad con el derecho relativo a los
derechos humanos;
y las libertades
fundamentales
en
[el ámbito
de] la adopción
de
http://www.cnbmexico.salud.gob.mx/descargas/pdf/publicacion es/revistadebate/cnbsuentender.pdf
http://bioeticamexico.org/
Comisión nacional de bioética inicia una nueva etapa el 7 de septiembre del 2005
Se crea como un órgano desconcentrado con autonomía técnica y operativa
Su misión es ayudar a desarrollar una cultura de la bioética en México
Crear una cultura de bioética significa fomentar una actitud responsable y considerar las consecuencias de las acciones y decisiones.
A partir del interés a nivel internacional que ha surgido por la bioética se vio la necesidad de desarrollarla en nuestro país.
E L DERROTERO DE LA CNB
Se crea el 30 de marzo de 1992
Objetivo: El mejor conocimiento de las culturas universales, la realdad en relaci贸n con la protecci贸n de vida, el respeto a los derechos humanos, relativos al libertad, la salud y el bienestar.
M ISIÓN
Y VISIÓN DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE BIOÉTICA
Objeto: Promover el estudio y la observancia de valores y principios éticos para el ejercicio tanto de la atención médica como la investigación en la salud.
Misión: Coadyuvar al desarrollo de una cultura bioética para los mexicanos.
Es necesario crear espacios apropiados donde prevalezca el dialogo y la voluntad de acercamiento para una mejor convivencia social en relación con los problemas morales que preocupan.
El Código de Conducta especifica el comportamiento ideal de los profesionales de la salud, interpretando las normas morales y de trato social que ancestralmente han caracterizado a quienes profesan alguna de las carreras de la salud; asimismo, identifican la práctica humanista y en su conjunto configuran la imagen y el prestigio de quienes integran los equipos de salud. Estas conductas propician también la armonía en el desempeño individual con el del grupo responsable de prestar los servicios.
C APÍTULOS
DEL CÓDIGO DE BIOÉTICA
Capitulo 1 Principios básicos
Capítulo II. Conducta Bioética en la Presentación de Servicio de Salud . Capítulo III El Enfermo como centro de Interés de la Bioética .
Capítulo IV Potestades bioéticas del personal de salud Capítulo V Responsabilidades de los individuos sanos y de los pacientes.. Capítulo VI Relaciones interpersonales del equipo de salud .
Capítulo VII Biotica en la investigación en salud. Capítulo VIII Temas bioéticos específicos.
CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA PARA EL PERSONAL DE SALUD
Mi Código tiene como objetivo concienciar sobre la aplicación diaria del código de conducta para beneficio de todos, enfatizando los principales valores:
Respeto
Responsabilidad
Colaboración
Compromiso
Vocación de Servicio
Orgullo
Bajo estos valores, Mi Código se convierte en un pacto personal, entre los usuarios y yo, por eso:
Respeto mi trabajo, sigo el Código de Conducta.
Soy responsable en mi trabajo, sigo el Código de Conducta.
Colabora en mi trabajo, sigo el Código de Conducta.
Me comprometo con mi trabajo, sigo el Código de Conducta.
Trabajo de tal manera que estoy siempre orgulloso de mi trabajo, sigo el Código de Conducta.
Ayudo y sirvo al prójimo, sigo el Código de Conducta.
Y al mismo tiempo nos obliga a establecer un pacto comunitario, por eso:
Unamos nuestro esfuerzo, sigamos nuestro Código de Conducta.
Con nuestro Código de Conducta hacemos mejor las cosas.
Nuestro Código de Conducta nos identifica y nos une.
El Personal de Salud con Valores de Profesional
Realizar con profesionalismo las tareas que corresponden al puesto sin descuidar las que le sean encomendadas explícitamente. Estar dispuesto a aprender y ampliar los conocimientos que obtenga por si mismo o a través de la capacitación, para mejorar el desempeño de las actividades que tiene encomendadas. Reconocer las propias limitaciones y pedir ayuda cada vez que se tenga una duda o que el enfermo requiera atención especial. Atender de manera calida y humana al usuario del servicio. Brindar con mesura, prudencia y calidez al usuario la información que solicita, respetando la dignidad; en el caso de que no se conozca dicha información, enviar al usuario hacia un área mejor informada.
El Personal de Salud con Valores de Profesional
Realizar con profesionalismo las tareas que corresponden al puesto sin descuidar las que le sean encomendadas explícitamente. Estar dispuesto a aprender y ampliar los conocimientos que obtenga por si mismo o a través de la capacitación, para mejorar el desempeño de las actividades que tiene encomendadas. Reconocer las propias limitaciones y pedir ayuda cada vez que se tenga una duda o que el enfermo requiera atención especial. Atender de manera calida y humana al usuario del servicio. Brindar con mesura, prudencia y calidez al usuario la información que solicita, respetando la dignidad; en el caso de que no se conozca dicha información, enviar al usuario hacia un área mejor informada.
El Personal de Salud con Valores como Ser Social
Una persona enferma no tiene siempre la presencia de ánimo para comportarse con amabilidad. El personal de salud no esta enfermo y si tiene la obligación de brindar un trato cordial, respetuoso y confidencial. Aunque no sea medico ni enfermera, el personal de salud puede contribuir, con el consejo y el ejemplo, a propagar hábitos saludables entre los usuarios. No es ético demandar o aceptar cualquier tipo de favores que atenten contra el pudor, la moral y las buenas costumbres.
CARTAS DE DERECHO DEL PACIENTE Destacan la importancia de hacer explícitos los derechos de los pacientes
Fue presentado a la sociedad ante el presidente de la República en diciembre de 2001. Los derechos de los pacientes se encuentran legislados en diferentes instrumentos de la normatividad jurídica del país Fomentar una cultura de servicio que satisfaga las expectativas y dignidad de los pacientes
DERECHOS PLANTEADOS Los derechos planteados son: Recibir atención médica adecuada Trato digno y respetuoso Información suficiente, clara, oportuna y veraz
Decidir libremente sobre la atención Otorgar o no consentimiento válidamente Informado ser tratado con confidencialidad; Contar con facilidades para obtener una segunda opinión Recibir atención médica en caso de urgencia
Disponer de un expediente clínico.
Tratamiento sin discriminación por edad, raza, color, religión, sexo, origen nacional, credo político o discapacidad
Una atención considerada y respetuosa tomando en cuenta entre otras variables, las psicosociales, espirituales y culturales
La institución le dará al paciente o al representante de éste, las políticas de la misma y la descripción de leyes estatales de salud y seguridad sobre instrucciones previas Privacidad consonante con un servicio adecuado a la salud. Tratamientos son confidenciales, debiendo realizarse con discreción.
infecciones, protección y ausencia de abusos o asedio.
Que se le preste servicio en un medio seguro en cuanto se refiere a: la seguridad ambiental del paciente, control de Si lo solicita el paciente, a examinar y recibir una explicación detallada de su cuenta, inclusive una factura detallada de los servicios otorgados, sin importar cual es el origen del pago Privacidad y confidencialidad de todo registro sobre su tratamiento
Que se le preste servicio sin tener que inmobilizarlo, a no ser que se haya accedido a aspectos médicos razonables, planteando un mayor riesgo a la salud sin inmovilización.
A participar en la elaboración, implementación y reforma de su plan de salud.
La Carta de los Derechos Generales de los pacientes
La experiencia mexicana de realizar un trabajo en consenso con instituciones de salud, públicas y privadas, universidades, organizaciones no gubernamentales, representantes de la sociedad civil, asociaciones y colegios médicos.
La ética médica actual está sustentada en cuatro principios de bases sólidas:
Beneficencia
Autonomía
No maleficencia
Justicia
La Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED) coordino un proceso con el objetivo de elaborar la Carta de los Derechos Generales de las Médicas y los Médicos personal de salud.
Tienen como propósito hacer explícitos los principios básicos en los cuales se sustenta la práctica médica, reflejo, en cierta forma, del ejercicio irrestricto de la libertad profesional de quienes brindan servicios de atención médica en el área de la salud.
DERECHOS GRALES. DEL PERSONAL DE SALUD
1.-Ejercer la profesión en forma libre y sin presiones de cualquier naturaleza
El personal de salud tiene derecho a que se respete su juicio clínico (diagnóstico y terapéutico) y su libertad prescriptiva, así como su probable decisión de declinarla atención de algún paciente, siempre que tales aspectos se sustenten sobre bases éticas, científicas y normativas.
2.- Laborar en
instalaciones apropiadas y seguras que garanticen su práctica profesional
Tiene derecho a contar con lugares de trabajo e instalaciones que cumplan con medidas de seguridad e higiene, incluidas las que marca la ley, de conformidad con las características del servicio a otorgar.
3. - Tenerer a su disposición los recursos que requiere su práctica profesional
Es un derecho del personal de salud, recibir del establecimiento donde presta su servicio: personal idóneo, así como equipo, instrumentos e insumos necesarios, de acuerdo con el servicio a otorgar.
La médica o el médico tiene derecho a recibir del paciente y sus familiares trato respetuoso, así como información completa, veraz y oportuna relacionada con el estado de salud.
4.- Recibir trato respetuoso por parte de los pacientes y sus familiares, así como del personal relacionado con su trabajo profesional
El mismo respeto deberá recibir de sus superiores,personal relacionado con su trabajo profesional y terceros pagadores.
5.- Tener acceso a educación médica contínua y ser considerado en igualdad de oportunidades para su desarrollo profesional El personal de salud tiene derecho a que se le facilite el acceso a la educación médica continua y a ser considerado en igualdad de oportunidades para su desarrollo profesional Derecho a asociarse en organizaciones, asociaciones y 6.- Tener para acceso a actividades de investigación y docencia en colegios su desarrollo profesional, con el fin de promover el campo de su profesiónm la superación de sus miembros y vigilar el ejercicio profesional, de conformidad con lo prescrito en la ley. Tiene derecho a participar en actividades de investigación y enseñanza como parte de su desarrollo profesional. 7.- Asociarse para promover sus intereses profesionales
L EY GENERAL DE SALUD Disposiciones Generales
El bienestar físico y mental del hombre, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades;
CAPITULO DOS
CAPITULO UNICO
Artículo 1o.- La presente ley reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona
En los términos del Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud
La prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana;
La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social
Distribución de Competencias
Corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud.
Dictar las normas oficiales mexicanas a que quedará sujeta la prestación, en todo el territorio nacional, de servicios de salud en las materias de salubridad general y verificar su cumplimiento
Artículo 13.- La competencia entre la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general
CAPITULO V
Artículo 67.- La planificación familiar tiene carácter prioritario. En sus actividades se debe incluir la
información y orientación educativa para los adolescentes y jóvenes. Asimismo, para disminuir el riesgo
Atención MaternoInfantil
La promoción de la integración y del bienestar familiar y de Planificación Familiar
reproductivo, se debe informar a la mujer y al hombre sobre la inconveniencia del embarazo
Artículo 61.- La atención maternoinfantil tiene carácter prioritario y comprende las siguientes acciones:
CAPITULO VI
I. La atención de la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio
II. La atención del niño y la vigilancia de su crecimiento y desarrollo, incluyendo la promoción de lavacunación oportuna y su salud visual
CAPITULO III
TITULO SEXTO
Formación, Capacitación y Actualización del Personal
Artículo 89.- Las autoridades educativas, en coordinación con las autoridades sanitarias y con la participación de las instituciones de educación superior, recomendarán normas y criterios para la formación de recursos humanos para la salud.
Información para la Salud
Artículo 104.- La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, y de conformidad con la Ley de Información Estadística y Geográfica y con los criterios de carácter general
L EY
GENERAL DE LA SALUD
CAPITULO IV
Efectos del Ambiente en la Salud
Artículo 116.- Las autoridades sanitarias establecerán las normas, tomarán las medidas y realizarán las actividades a que se refiere esta Ley tendientes a la protección de la salud humana ante los riesgos y daños dependientes de las condiciones del ambiente.
L EY
DE LOS DERECHOS DE
LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES Elaborada durante la Presidencia de la República de VICENTE FOX QUESADA el 25 de julio del 2002
CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A:LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES
CAPÍTULO ÚNICO : DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1o. La presente Ley es de orden público, de interés social y de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos. Tiene por objeto garantizar el ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores, así como establecer las bases y disposiciones para su cumplimiento, :
Los principios, objetivos, programas, responsabilidades e instrumentos que la administración pública federal, las entidades federativas y los municipios deberán observar en la planeación
Autonomía y autorrealización. Todas las acciones que se realicen en beneficio de las personas adultas mayores orientadas a fortalecer su independencia, su capacidad de decisión
Equidad. El trato justo y proporcional en las condiciones de acceso y disfrute de los satisfactores necesarios para el bienestar de las personas adultas mayores, sin distinción por sexo y situación económica.
De manera enunciativa y no limitativa, esta Ley tiene por objeto garantizar a las personas adultas mayores los siguientes derechos:
I. De la integridad, dignidad y preferencia:
a. A una vida con calidad. Es obligación de las Instituciones Públicas, de la comunidad, de la familia y la sociedad, garantizarles el acceso a los programas que tengan por objeto posibilitar el ejercicio de este derecho.
b. Al disfrute pleno, sin discriminación ni distinción alguna, de los derechos que ésta y otras leyes consagran.
c. A una vida libre sin violencia.
d. Al respeto a su integridad física, psicoemocional y sexual.
e. A la protección contra toda forma de explotación.
LOS OBJETIVOS
Propiciar las condiciones para un mayor bienestar físico y mental a fin de que puedan ejercer plenamente sus capacidades en el seno de la familia y de la sociedad, incrementando su autoestima y preservando su dignidad como ser humano II. Garantizar a las personas adultas mayores el pleno ejercicio de sus derechos, sean residentes o estén de paso en el territorio nacional
Garantizar igualdad de oportunidades y una vida digna, promoviendo la defensa y representación de sus intereses
Federación, las entidades federativas y los municipios ejercerán sus atribuciones en la formulación y ejecución de las políticas públicas para las personas adultas mayores, de conformidad con la concurrencia prevista en esta Ley y en otros ordenamientos legales.
El acceso a la educación pública en todos sus niveles y modalidades y a cualquier otra actividad que contribuya a su desarrollo intelectual y que le permita conservar una actitud de aprendizaje
Fomentar la participación de los sectores social y privado en la promoción, seguimiento y financiamiento de los programas de atención a las personas adultas mayores
Se crea el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores como un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión para el cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y fines.
Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos que le competen, el Instituto contará con un Consejo Directivo y una Dirección General y las estructuras administrativas que establezca el Estatuto Orgánico
CRÉDITOS Coyoc Cleofás Laura
Hau Dzul Wendy Concepción